Anlisis de levantamiento de velo societario en la normativa ecuatoriana

 

Analysis of lifting the corporate veil in Ecuadorian regulations

 

Anlise do levantamento do vu corporativo nas regulamentaes equatorianas

 

Ruth Milagro Silva Guapulema I
rsilva8@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0000-1429-1804
Esthela Paulina Silva Barrera II
esilva13@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-4354-9258
 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: rsilva8@indoamerica.edu.ec

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

* Recibido: 30 de enero de 2024 *Aceptado: 22 de febrero de 2024 * Publicado: 11 de marzo de 2024

 

       I.          Estudiante de la Universidad Indoamrica, Ecuador.

     II.          Abogada de los Tribunales de la Repblica del Ecuador, Magster en Derecho Tributario, Especialista Superior en Derecho de la Empresa y Magster en Derecho de la Empresa, Docente de la Universidad Indoamrica a tiempo completo, Ecuador.

 


Resumen

Este artculo presenta un exhaustivo anlisis sobre el levantamiento del velo societario, una herramienta jurdica de importancia vital destinada a desvelar la autntica realidad de las sociedades mercantiles ms all de su apariencia formal. Con un enfoque especfico en la normativa ecuatoriana, se examina detalladamente cmo esta figura legal juega un papel fundamental en la contrarrestacin de prcticas ilcitas tales como la evasin fiscal y el lavado de dinero. Se subraya la relevancia del artculo 17 de la Ley de Compaas como el marco legal que rige el levantamiento del velo societario.

La accin de develamiento societario, presentada como una herramienta procesal, se analiza en profundidad, incluyendo su periodo de prescripcin de seis aos desde la comisin del acto ilcito. Un aspecto crtico de este anlisis es la exploracin del alcance de figuras legales clave, como el fraude a la ley y el abuso de la persona jurdica, especficamente en el contexto del levantamiento del velo societario.

El artculo se propone no solo comprender estas figuras legales en s, sino tambin evaluar cmo se aplican para proteger a terceros perjudicados por acciones empresariales ilcitas. Este artculo contribuye a la comprensin integral del marco legal ecuatoriano en el mbito societario, proporcionando conocimientos valiosos para abordar y prevenir prcticas ilcitas en el sector empresarial.

Palabras Clave: Abuso de persona jurdica; Fraude a la ley; Ley de Compaas; Levantamiento de velo societario; Proteccin a terceros.

 

Abstract

This article presents an exhaustive analysis of the lifting of the corporate veil, a vitally important legal tool designed to reveal the true reality of commercial companies beyond their formal appearance. With a specific focus on Ecuadorian regulations, it examines in detail how this legal figure plays a fundamental role in counteracting illicit practices such as tax evasion and money laundering. The relevance of article 17 of the Companies Law is highlighted as the legal framework that governs the lifting of the corporate veil.

The corporate disclosure action, presented as a procedural tool, is analyzed in depth, including its prescription period of six years from the commission of the illicit act. A critical aspect of this analysis is the exploration of the scope of key legal figures, such as fraud under the law and abuse of legal entity, specifically in the context of piercing the corporate veil.

The article aims not only to understand these legal figures themselves, but also to evaluate how they are applied to protect third parties harmed by illicit business actions. This article contributes to the comprehensive understanding of the Ecuadorian legal framework in the corporate field, providing valuable knowledge to address and prevent illicit practices in the business sector.

Keywords: Abuse of legal entity; Fraud of the law; Companies Law; Lifting of corporate veil; Third party protection.

 

Resumo

Este artigo apresenta uma anlise exaustiva do levantamento da personalidade jurdica, ferramenta jurdica de vital importncia destinada a revelar a verdadeira realidade das sociedades comerciais para alm da sua aparncia formal. Com foco especfico na regulamentao equatoriana, examina detalhadamente como esta figura jurdica desempenha um papel fundamental no combate a prticas ilcitas, como a evaso fiscal e a lavagem de dinheiro. Destaca-se a relevncia do artigo 17. da Lei das Sociedades Comerciais enquanto enquadramento legal que rege o levantamento da personalidade societria.

A ao de divulgao corporativa, apresentada como instrumento processual, analisada em profundidade, incluindo seu prazo de prescrio de seis anos a partir do cometimento do ato ilcito. Um aspecto crtico desta anlise a explorao do alcance das principais figuras jurdicas, como a fraude perante a lei e o abuso de pessoa colectiva, especificamente no contexto da perfurao do vu corporativo.

O artigo visa no apenas compreender essas figuras jurdicas em si, mas tambm avaliar como elas so aplicadas para proteger terceiros prejudicados por aes empresariais ilcitas. Este artigo contribui para a compreenso abrangente do quadro jurdico equatoriano no mbito empresarial, fornecendo conhecimentos valiosos para abordar e prevenir prticas ilcitas no setor empresarial.

Palavras-chave: Abuso de pessoa jurdica; Fraude da lei; Direito das Sociedades; Levantamento do vu corporativo; Proteo de terceiros.

 

 

 

Introduccin

En el complejo entramado legal que rige las relaciones empresariales en Ecuador, el levantamiento del velo societario emerge como una herramienta jurdica decisiva. Este artculo se adentra en el anlisis detallado de esta figura, cuyo propsito central es desvelar la realidad detrs de la fachada formal de las sociedades mercantiles. La importancia de comprender esta herramienta radica en su capacidad para contrarrestar prcticas ilcitas, tales como la evasin fiscal y el lavado de dinero, que amenazan la integridad del sector empresarial.

En el contexto especfico de la normativa ecuatoriana, el levantamiento del velo societario encuentra su marco legal en el artculo 17 de la Ley de Compaas. Segn Rodrguez, este artculo establece que "el velo societario podr ser levantado cuando la sociedad se utilice como instrumento para eludir la ley, disfrazar operaciones, perjudicar derechos de terceros o proteger el patrimonio personal de los socios (Prez, 2016, p. 84). Este marco legal sirve como piedra angular para entender la accin de develamiento societario, una herramienta procesal cuyo anlisis en profundidad constituye el ncleo de este artculo. Un aspecto crtico que abordaremos es el periodo de prescripcin de seis aos desde la comisin del acto ilcito, un elemento temporal que aade complejidad a la aplicacin efectiva de esta figura jurdica.

No menos relevante es la exploracin del alcance de figuras legales fundamentales como el fraude a la ley y el abuso de la persona jurdica en el contexto especfico del levantamiento del velo societario. Este anlisis permitir no solo comprender estas figuras legales en s, sino tambin evaluar cmo se aplican para proteger a terceros perjudicados por acciones empresariales ilcitas.

Este artculo no solo se propone ofrecer un anlisis jurdico riguroso del levantamiento del velo societario en Ecuador sino tambin contribuir a la comprensin integral del marco legal ecuatoriano en el mbito societario. A medida que avanzamos en este estudio, se espera que las conclusiones y recomendaciones que se deriven proporcionen conocimientos valiosos para abordar y prevenir prcticas ilcitas en el sector empresarial ecuatoriano.

Ampliando este anlisis, se evidenciando su impacto y eficacia. Adems, se examinarn las reformas legales recientes vinculadas a esta figura jurdica, analizando su relevancia y repercusiones en el mbito empresarial. Este estudio busca no solo descifrar el marco legal sino tambin proporcionar una visin contextualizada de su aplicacin en la dinmica empresarial actual.

El objetivo general de este anlisis y estudio es analizar el alcance de la figura de fraude a la ley y abuso de la persona jurdica en la accin del levantamiento del velo societario, tambin se toma en cuenta como objetivos especficos el Investigar sobre la figura jurdica del levantamiento del velo societario en Ecuador, determinar el mbito procesal previsto para el levantamiento del velo societario en la normativa nacional, e identificar el alcance de las figuras de fraude y a la ley y abuso de la persona jurdica en la accin del levantamiento del velo societario.

 

La conclusin a la que se llega es que el anlisis y estudio realizado proporciona una comprensin integral sobre el alcance de la figura de fraude a la ley y abuso de la persona jurdica en relacin con la accin del levantamiento del velo societario. Se destaca la importancia de investigar la figura jurdica del levantamiento del velo societario en Ecuador, as como determinar el mbito procesal previsto para esta accin en la normativa nacional. Adems, se resalta la necesidad de identificar claramente el alcance de las figuras de fraude a la ley y abuso de la persona jurdica en el contexto del levantamiento del velo societario.

Para tal efecto este artculo se basa en una metodologa analitico-sintetico, y exegtica empleada en este artculo, debido a que hace una investigacin doctrina y jurisprudencia sobre el levantamiento del velo societario, as como un anlisis detallado de la normativa nacional relacionada. Tambin se realiza un estudio especfico sobre las figuras de fraude a la ley y abuso de la persona jurdica para entender su aplicacin en el contexto del levantamiento del velo societario. Este articulo proporciona una comprensin integral y fundamentada sobre el tema, contribuyendo al conocimiento jurdico y a la prctica legal y empresarial en el pas.

 

  1. Persona jurdica y personalidad jurdica

 

Persona jurdica

La persona jurdica es una entidad reconocida por la ley que posee derechos y obligaciones propios, independientes de los individuos que la componen. En Ecuador, haciendo referencia al artculo 02 de la Ley de Compaas las personas jurdicas pueden ser constituidas como compaa de nombre colectivo, en comandita simple y dividida por acciones, responsabilidad limitada, anonima y de economa mixta. Este reconocimiento legal proporciona a la entidad una existencia independiente, con capacidad para realizar actos jurdicos, adquirir bienes y asumir obligaciones.

 

Para Atehorta (2005):

Jurdicamente, por persona se entiende todo ser capaz de adquirir derechos y de contraer obligaciones. La expresin persona no indica slo la fsica o natural, puesto que tambin existe la jurdica, de creacin o reconocimiento legal segn el artculo 73 C. C. que dice: las personas son naturales o jurdicas. (p.49)

 

Este enfoque refleja la flexibilidad del sistema jurdico para reconocer diferentes formas de entidad con personalidad jurdica. La incorporacin de la figura de la persona jurdica permite adaptar el marco legal a la complejidad de las relaciones y actividades modernas. Esto no solo facilita la actividad comercial y organizativa, sino que tambin proporciona una base legal slida para la proteccin de derechos y el cumplimiento de obligaciones.

 

La persona jurdica se concibe como una entidad ficticia creada y reconocida por la ley, dotada de capacidad para adquirir derechos y asumir obligaciones en el mismo sentido que lo hara una persona natural. En otras palabras, es una entidad jurdica con existencia propia, separada y distinta de las personas fsicas que la componen.

 

Adems, la coexistencia de personas naturales y jurdicas resalta la necesidad de considerar las diversas realidades que pueden surgir en el ejercicio de derechos y obligaciones. En este sentido, la dualidad entre personas naturales y jurdicas enriquece el sistema legal al reconocer y regular de manera especfica las caractersticas y responsabilidades de cada tipo de entidad.

 

Dicho esto, se subraya la amplitud y adaptabilidad del concepto de persona en el mbito jurdico, abriendo la puerta a un entendimiento ms amplio y complejo de los sujetos de derechos y obligaciones en la sociedad contempornea.

 

La persona jurdica, segn Junyent Bas (2008), facilita una organizacin autnoma con patrimonio propio, siendo esencial para el funcionamiento del sistema econmico, p.58

 

"En Ecuador, la Ley de Compaas regula la creacin, funcionamiento y disolucin de diversas formas de personas jurdicas, especialmente en el mbito societario, " (Ley de Compaas, Artculo 2). A continuacin, se presentan los tipos de personas jurdicas que estn establecidos en la referida norma legal:

 

Sociedad Annima (S.A.)

Es una forma jurdica de empresa que se constituye a travs de la participacin de accionistas. En este tipo de sociedad, el capital social se encuentra dividido en acciones y la responsabilidad de los accionistas se limita al monto de las acciones que poseen. Basta contar con un accionista para su establecimiento; y, la direccin de la empresa se organiza a travs de un directorio, considerando que la junta general de accionistas es su mximo rgano rector.

 

Esta estructura permite que los accionistas, al poseer acciones de la empresa, sean propietarios de la misma. La limitacin de responsabilidad significa que, en caso de problemas financieros o legales de la empresa, los accionistas no son personalmente responsables ms all de la inversin que hayan realizado mediante la adquisicin de acciones.

 

 Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Es una forma societaria que destaca por ofrecer a sus socios una limitacin de responsabilidad conforme el monto de sus aportes. En este tipo de sociedad, los socios no responden con su patrimonio personal ante las deudas u obligaciones de la empresa, ya que su responsabilidad se encuentra restringida al capital aportado.

 

El capital de una sociedad de responsabilidad limitada se representa a travs de cuotas de participacin, que son unidades de propiedad de la sociedad. Cada socio posee un nmero especfico de cuotas, reflejando su participacin en la sociedad (Caray 2020, p.65). Esta estructura facilita la flexibilidad en la distribucin de la propiedad y permite una adaptacin ms gil a los cambios en la composicin de los socios.

 

Es importante destacar que la formacin de una S.R.L. requiere como mnimo un socio para su constitucin, pero no puede exceder de quince (15), lo que contribuye a mantener una estructura ms cercana y manejable. Esta limitacin en el nmero de socios fomenta la participacin activa en la gestin y toma de decisiones, ya que cada socio puede tener una influencia significativa en el funcionamiento de la empresa.

 

 La Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.) 

Presenta una interesante fusin entre la sociedad annima y la comanditaria. Se distingue por dividirse entre socios comanditados, cuya responsabilidad est limitada al monto de sus aportes, y socios comanditarios, quienes asumen responsabilidad ilimitada hasta el monto de sus aportes. Esta estructura ofrece flexibilidad al combinar diferentes formas de participacin y responsabilidad, adaptndose a las preferencias y necesidades de los inversionistas.

 

Cada una de estas formas tienen requisitos y caractersticas particulares, y su eleccin depender de los objetivos y necesidades especficas de los fundadores o participantes. Esta figura es esencial para facilitar la organizacin y operacin de actividades con fines de lucro, brindando a los participantes la seguridad jurdica necesaria para llevar a cabo sus objetivos de manera formal y regulada.

 

El artculo 33 del Cdigo Civil ecuatoriano establece que: las personas jurdicas pueden ser de derecho pblico o de derecho privado. Las de derecho pblico estn sujetas al rgimen jurdico propio de las entidades estatales, mientras que las de derecho privado se rigen por las normas especficas establecidas para cada tipo de persona jurdica, como sociedades, asociaciones, fundaciones, entre otras (Nino 1994, p. 128)

 

Es importante tener en cuenta que, adems del Cdigo Civil, otras leyes especficas, como la Ley de Compaas, pueden detallar aspectos adicionales sobre la creacin, funcionamiento y disolucin de personas jurdicas, especialmente en el mbito societario.

 

Personalidad Jurdica

La personalidad jurdica se refiere a la capacidad de la persona jurdica para ser sujeto de derechos y obligaciones en el mbito legal. En el contexto ecuatoriano, las leyes establecen los requisitos para la adquisicin y mantenimiento de la personalidad jurdica. Estos requisitos suelen incluir la inscripcin en el registro correspondiente, el cumplimiento de obligaciones fiscales y la observancia de ciertas normativas.

 

En palabras de Julio Atehorta (2005):

 

La personalidad, en sentido jurdico, se constituye por un conjunto de atributos o cualidades que se predican de ciertos seres, especialmente de los humanos; en consecuencia, persona, jurdicamente, quiere decir ente que tiene funcin jurdica, cualidades en el derecho y capacidad. (p.50)

 

La personalidad jurdica en el levantamiento de velo societario y en la normativa ecuatoriana es crucial para garantizar la transparencia y la legalidad en las operaciones comerciales. A travs de este anlisis, se busca equilibrar la proteccin de la persona jurdica con la necesidad de prevenir abusos y garantizar que los individuos involucrados asuman la responsabilidad adecuada.

 

Dobson (2015) conceptualiza la desestimacin de la personalidad jurdica, tambin llamada allanamiento o redhibicin de la personalidad jurdica, como un recurso legal que permite prescindir de la forma de una sociedad o asociacin, negando su existencia autnoma frente a una situacin jurdica especfica, p.70

La personalidad jurdica confiere a esta entidad la facultad de realizar actos jurdicos en su propio nombre, por lo que puede poseer bienes, celebrar contratos, y asumir responsabilidades legales de manera autnoma.

 

En el caso de una sociedad mercantil, la personalidad jurdica nace en el momento de su inscripcin en el registro correspondiente, segn el Art 17 A de la ley de compaias, corresponde al Registro Mercantil. La sociedad se convierte en un ente distinto de sus accionistas o socios. Aunque la personalidad jurdica otorga una separacin entre la entidad y sus miembros, existen situaciones en las cuales los tribunales pueden levantar el velo societario para llegar a los individuos detrs de la entidad. De acuerdo al Art 31 numeral 3 de la Ley de Compaias este levantamiento puede ocurrir en casos de abuso de la personalidad jurdica, fraude, mala fe, o cuando la entidad se utiliza para eludir responsabilidades legales

 

La relacin entre la persona jurdica y la personalidad jurdica es inherente al reconocimiento legal de la entidad como sujeto de derechos y obligaciones. La personalidad jurdica es un atributo esencial de la persona jurdica, y su adquisicin est vinculada a actos legales especficos, como la constitucin y registro de la sociedad en conformidad con las leyes ecuatorianas.

En el contexto de la normativa ecuatoriana, la persona jurdica adquiere personalidad jurdica al cumplir con los requisitos legales establecidos.

 

 

  1. Levantamiento de Velo Societario

La doctrina del levantamiento del velo, originada en Estados Unidos y Reino Unido, permite desestimar la personalidad jurdica en casos especficos, como abuso, evasin fiscal y fraudes. La figura del estoppel procesal ha sido crucial en su evolucin.

La figura del "estoppel procesal" se refiere a un principio legal que impide a una parte de un proceso argumentar o contradecir algo que previamente ha afirmado o reconocido en un proceso legal. En otras palabras, una vez que una parte ha adoptado una posicin en un proceso judicial y ha actuado en consecuencia, no puede cambiar repentinamente su postura en un momento posterior para obtener una ventaja injusta o para perjudicar a la otra parte. Esto se basa en el principio de equidad y justicia procesal, y busca prevenir el comportamiento inconsistente o injusto durante el proceso judicial, tal como lo estipula el Art 76 de la Constitucin ecuatoriana

En el contexto de la doctrina del levantamiento del velo, el estoppel procesal puede jugar un papel importante al impedir que las partes se aprovechen de la personalidad jurdica de una empresa para cometer abusos o fraudes y luego intenten evadir responsabilidades cambiando de posicin durante el proceso judicial.

Hurtado Cables (2017) clasifica los casos de aplicacin de la doctrina del levantamiento del velo en tres categoras:

1. Evasin contractual usando a la persona jurdica;

2. Uso indebido para eludir obligaciones legales; y

3. Levantamiento por acciones negligentes, aprovechando la entidad.

En el concepto jurdico que se refiere a la facultad de los tribunales o autoridades competentes para desestimar la separacin entre la persona jurdica y sus miembros, revelando la identidad y responsabilidades de los individuos que integran una entidad legal. Este procedimiento permite trascender la personalidad jurdica de una sociedad con el fin de atribuir responsabilidades directas a aquellos que han utilizado la entidad de manera fraudulenta, ilcita o abusiva.

 

Para Santamara (2022):

 

El velo societario constituye una figura jurdica de carcter excepcional limita la responsabilidad de los socios u accionistas, en otras palabras, es la proteccin que, se da a las personas naturales y a sus bienes personales, si la persona jurdica deba responder obligaciones con terceros. En tal sentido, el velo societario ha evolucionado y en la actualidad incluso cabe el levantamiento de esta figura cuando las circunstancias particulares lo exigen. (p.4)

 

Este principio otorga a los socios y accionistas una capa de proteccin, limitando su responsabilidad personal y resguardando sus bienes frente a las obligaciones de la persona jurdica. Esta proteccin, en esencia, fomenta la participacin en actividades comerciales al mitigar el riesgo financiero individual.

 

La existencia y adaptabilidad del velo societario subrayan la naturaleza dinmica del derecho societario. Este principio refleja una respuesta inteligente a la complejidad de las relaciones comerciales contemporneas, donde la flexibilidad legal es esencial para abordar situaciones diversas. "El velo societario, como principio fundamental del derecho societario, responde a la necesidad de flexibilidad legal en un entorno empresarial dinmico. Su existencia y adaptabilidad son esenciales para garantizar la integridad del sistema jurdico y fomentar un clima propicio para la inversin y el desarrollo econmico." (John C. Coffee Jr, 2006, p. 142)

 

Otros nombres asociados al Levantamiento de Velo Societario son los que a continuacin se detallan

 

Piercing the Corporate Veil

Este trmino, en ingls, se refiere al acto de penetrar o perforar el velo corporativo para exponer la realidad detrs de la entidad legal.

Desestimacin de la Personalidad Jurdica

Se utiliza para describir el proceso en el cual se desestima la separacin entre la entidad legal y sus miembros, revelando la identidad y responsabilidades individuales.

 

Desvelamiento Societario

En algunos contextos, se puede utilizar esta expresin para referirse al acto de desvelar la verdadera naturaleza de la entidad y sus participantes.

 

Ignorar la Personalidad Jurdica

Este trmino sugiere la accin de ignorar la separacin formal entre la entidad y sus miembros para propsitos legales.

 

Atribucin de responsabilidad Personal

Este concepto destaca la consecuencia del levantamiento de velo, que implica atribuir responsabilidades directas a los individuos detrs de la entidad legal.

 

En el marco de la normativa ecuatoriana, el levantamiento de velo societario se aplica en situaciones especficas donde se demuestre un uso indebido de la personalidad jurdica, proporcionando as una herramienta legal para proteger los intereses y la equidad en el mbito empresarial.

 

Importancia del Levantamiento del Velo Societario

La importancia de la Figura Jurdica en el Levantamiento del Velo Societario en la Normativa Ecuatoriana radica, en que, al ser una herramienta legal fundamental busca equilibrar la proteccin de una entidad con la necesidad de prevenir el uso indebido de este mecanismo, basndose en varios aspectos clave que se explican a continuacin.

 

Proteccin de Inversionistas y Terceros

Esta otorga una separacin formal entre la entidad y sus miembros, brindando proteccin a inversionistas, acreedores y otros terceros. Sin esta distincin, estos actores podran estar expuestos a riesgos ilimitados al realizar transacciones con la entidad.

 

Facilita la inversin y la actividad empresarial al proporcionar un marco legal que permite a las personas participar en empresas con ciertos niveles de proteccin. Esto contribuye al desarrollo econmico y la confianza en el entorno de negocios.

 

Seguridad Jurdica

Establece un marco legal claro y predecible para el funcionamiento de las empresas. El levantamiento del velo societario no debe comprometer la seguridad jurdica, pero ms bien garantizar que la personalidad jurdica no se utilice indebidamente.

 

Limitacin de Responsabilidad

Limita la responsabilidad de los accionistas o socios al capital aportado, evitando que sus activos personales estn en riesgo. Este principio es fundamental para atraer inversores y emprendedores a participar en empresas sin temor a consecuencias financieras desproporcionadas.

 

Prevencin de Abusos y Fraudes

Se vuelve esencial cuando se sospecha de abuso o fraude. La figura jurdica no debe ser utilizada como escudo para actividades ilcitas, y el levantamiento del velo permite revelar la verdad detrs de la entidad en casos de mala conducta.

 

Confianza en las Relaciones Comerciales

Fomenta la confianza en las relaciones comerciales. Las partes involucradas confan en que la entidad cumplir con sus obligaciones legales y que, en caso de controversia, se puede recurrir a procesos legales establecidos.

 

Incentivo para la Creacin de Empresas

La posibilidad de crear entidades con personalidad jurdica fomenta la creacin de empresas al ofrecer un entorno favorable y protegido legalmente para los empresarios.

 

El levantamiento del velo societario desempea un papel crucial en el equilibrio entre la proteccin de los inversionistas y terceros, la seguridad jurdica, la limitacin de responsabilidad, la prevencin de abusos y fraudes, la confianza en las relaciones comerciales y el estmulo a la creacin de empresas. Al permitir revelar la verdadera naturaleza y responsabilidades de una entidad en situaciones especficas, esta herramienta legal promueve la transparencia, la equidad y la confianza en el entorno empresarial. As, el levantamiento del velo no solo protege a los interesados involucrados en transacciones comerciales, sino que tambin promueve un clima empresarial slido y tico, esencial para el desarrollo econmico sostenible.

 

 

Anlisis normativo del develamiento societario

En el contexto de nuestro marco legal, la aplicacin de esta figura se sustenta principalmente en los preceptos establecidos en los artculos 1562 del Cdigo Civil y 17 de la Ley de Compaas.

 

El Artculo 17 de la Ley de Compaas de Ecuador establece disposiciones especficas para responsabilizar a aquellos que cometan fraudes, abusos o vas de hecho en nombre de compaas y otras personas naturales o jurdicas. A continuacin, se realiza un anlisis normativo del procedimiento de develamiento societario basado en este artculo

 

El Artculo 17, Ibdem, sirve como fundamento legal para el procedimiento de develamiento societario en casos de fraudes o abusos cometidos en nombre de compaas. Establece las bases para la atribucin de responsabilidades personales y solidarias.0

 

El procedimiento se activa en caso de fraudes, abusos o vas de hecho cometidos en nombre de compaas. Estas causales proporcionan el fundamento para iniciar acciones legales y levantar el velo societario.

 

El artculo establece que sern personal y solidariamente responsables aquellos que ordenen, ejecuten o se beneficien de los fraudes o abusos. Esta responsabilidad abarca tanto a los autores materiales como a aquellos que obtienen algn beneficio de dichas acciones.

 

El procedimiento implica acciones judiciales para determinar la responsabilidad de las personas involucradas en fraudes o abusos. Se espera que los tribunales examinen las pruebas presentadas y emitan decisiones basadas en la legislacin vigente.

 

Se establece la identificacin de responsables, abarcando a quienes ordenan o ejecutan los actos fraudulentos, as como a aquellos que obtienen beneficios de los mismos. Esta identificacin es esencial para el correcto levantamiento del velo societario.

 

La norma especfica que la responsabilidad abarca hasta el valor del beneficio obtenido. Esto delimita el alcance de la responsabilidad financiera de los responsables, asegurando proporcionalidad en las consecuencias.

 

Se establece la obligacin de los tenedores de los bienes para efectuar la restitucin en casos de fraudes o abusos. Esto puede implicar la devolucin de bienes obtenidos de manera fraudulenta o la compensacin correspondiente.

 

El procedimiento puede conllevar la aplicacin de sanciones a los responsables, dependiendo de la gravedad de los actos cometidos. Esto contribuye a disuadir prcticas ilcitas y proteger los intereses de terceros afectados.

 

La norma busca proteger a terceros afectados por los fraudes o abusos de la persona jurdica, asegurando que aquellos que se beneficiaron o participaron en estas acciones sean responsables de la restitucin o compensacin correspondiente.

 

  1. Fraude a la ley y abuso de la persona jurdica

Existen dos tipos de anomalas en la utilizacin de figuras societarias, el fraude a la ley, que constituye una compaa con el propsito de alcanzar metas prohibidas por la ley, y el abuso del derecho, que ocurre cuando se utiliza la compaa de manera ilcita para perjudicar a terceros.

 

En casos de fraude a la ley, como la creacin de compaas "de paja" para facilitar el lavado de dinero, se considera que existe causa ilcita, y la compaa adolecer de nulidad absoluta. Segn el Art 33 de la ley de Compaas cuando una compaa preexistente se utiliza con fines ilcitos, como la desviacin de su objeto social, esto puede llevar a su disolucin y liquidacin por intervencin de un organismo de control

 

Si una compaa se constituye con el objetivo de abusar del derecho de terceros, como privar a los herederos de sus legtimas hereditarias, o si una compaa ya existente se utiliza con este propsito, se enfrenta a la simulacin. Aunque no sea ilegal per se, si constituye un abuso del derecho, el ordenamiento jurdico debe intervenir y frenar dicho abuso. Inicialmente, el ordenamiento legal careca de respuestas especficas para estas situaciones, a pesar de las demandas de la doctrina. La jurisprudencia en pases como Estados Unidos, Alemania y varios de Europa y Latinoamrica ha desarrollado soluciones que luego se han consolidado en la legislacin de algunos pases, abordando estas problemticas asociadas al fraude a la ley y al abuso del derecho en la constitucin y uso de sociedades.

 

Para Glvez describe el acto como una accin legtima respaldada por normas legales especficas. Segn su anlisis, el fraude a la ley requiere la presencia de dos normativas: la "ley de cobertura" y la "ley defraudada". La primera acta como un mecanismo general que encubre la accin maliciosa, otorgndole una apariencia de legalidad, mientras que la segunda no es una norma especfica para el caso en cuestin, sino que representa el objetivo original para el cual fue creada. En este sentido, se ataca la finalidad o razn de ser de la ley, es decir, la ratio legis que motiv al legislador a promulgar dicha normativa (2003, p.20).

 

 

El fraude a la ley se manifiesta cuando las partes, a travs de actos simulados o artificiosos, intentan eludir la normativa legal con el propsito de obtener beneficios indebidos o evadir obligaciones. En el mbito societario, puede implicar el uso indebido de la personalidad jurdica de una sociedad para fines fraudulentos.

La legislacin ecuatoriana, en el marco del levantamiento de velo societario, permite abordar situaciones de fraude a la ley.

La Ley de Compaas de Ecuador establece medidas para evitar abusos de la personalidad jurdica y salvaguardar intereses legtimos.

El fraude a la ley, como concepto, abarca diversas prcticas que buscan burlar o evadir disposiciones legales con el propsito de obtener beneficios indebidos. En el mbito societario, el fraude puede manifestarse a travs de la manipulacin de estructuras empresariales, prcticas contables engaosas o el uso de la personalidad jurdica para ocultar actividades ilcitas. En Ecuador, estas prcticas estn sujetas a la accin legal mediante el levantamiento de velo societario.

El abuso de la persona jurdica se materializa cuando los individuos detrs de una entidad empresarial utilizan su estructura legal para realizar actos contrarios a la ley o con el propsito de obtener beneficios indebidos. Este fenmeno puede manifestarse a travs de prcticas como la evasin fiscal, el lavado de dinero, la elusin de responsabilidades legales y la ocultacin de actividades ilcitas.

Para Guerra define el abuso del derecho como la situacin derivada de la accin voluntaria de un individuo que ejerce un derecho subjetivo amparado por una normativa legal vigente y vlida, pero que en ltima instancia viola los derechos de un tercero, contraviniendo as el principio de buena fe y otros principios y objetivos del Derecho (2009, p. 32).

El abuso de la persona jurdica representa una violacin fundamental de la confianza depositada en el sistema legal y empresarial. Este comportamiento distorsiona el propsito original de la creacin de una entidad jurdica y socava la confianza pblica en la legitimidad de las empresas.

La ley ecuatoriana implica desafos en la prevencin del abuso de la persona jurdica, como por ejemplo la complejidad de las transacciones que a menudo involucran estructuras complejas, lo que dificulta la identificacin temprana del abuso de la persona jurdica. El diseo de estas transacciones puede ser deliberadamente opaco, permitiendo que actos ilcitos queden ocultos detrs de formalidades legales.

El abuso de la persona jurdica en Ecuador plantea desafos significativos, pero tambin abre la puerta a mejoras sustanciales en la normativa y prcticas empresariales. A medida que se desarrolla la legislacin, es esencial considerar la complejidad del entorno empresarial actual y adoptar medidas que equilibren la facilitacin de la actividad comercial con la necesidad de prevenir el abuso. El fortalecimiento de las herramientas legales y ticas contribuye a la construccin de un sistema empresarial ms transparente y responsable en Ecuador.

En el marco de nuestra normativa legal, el artculo que sigue al artculo 36 del Cdigo Civil, modificado por el artculo 7 de la Ley Orgnica para la Defensa de los Derechos Laborales (Segundo Suplemento del Registro Oficial 797, de 26 de septiembre de 2012), establece la nocin y delimita el concepto de abuso del derecho como aquel acto en el cual "su titular excede irrazonablemente y de modo manifiesto sus lmites, de tal suerte que se perviertan o se desven, deliberada y voluntariamente, los fines del ordenamiento jurdico" (Cdigo Civil, 2005).

De acuerdo a Herdoza y Pangol (2021):

La doctrina del levantamiento del velo societario, nace justamente para evitar que se generen abusos en el uso de la personera jurdica, y constituye una va que permite a los acreedores penetrar el patrimonio del socio o accionista. (p.183)

La esencia de esta doctrina radica en la posibilidad de levantar la proteccin otorgada por la personera jurdica de una empresa en casos donde se evidencian prcticas abusivas o fraudulentas.

En el contexto citado, la doctrina surge como una herramienta crucial para prevenir el uso indebido de la personalidad jurdica de una sociedad. La personera jurdica proporciona a las empresas una entidad legal separada de sus propietarios, lo que implica ciertos beneficios, como la limitacin de responsabilidad. Sin embargo, cuando se utiliza de manera abusiva para cometer fraudes o perjudicar a terceros, esta proteccin puede ser levantada para exponer a los responsables detrs de la entidad.

Su propsito fundamental es proteger a los acreedores y otras partes afectadas al permitirles "levantar el velo" y acceder al patrimonio de los socios o accionistas. En otras palabras, cuando una entidad utiliza su personera jurdica de manera fraudulenta para eludir obligaciones o cometer actos ilcitos, la doctrina del levantamiento del velo societario posibilita que los perjudicados busquen reparacin directamente a travs de los activos personales de los individuos responsables.

Para Granda, el levantamiento del velo societario constituye una novedosa institucin jurdica diseada para prevenir que, detrs de formalidades legales que actan como un escudo, se lleven a cabo actividades perjudiciales para determinados accionistas de la sociedad o para terceros con los cuales exista algn tipo de relacin contractual (2004, p.49).

El levantamiento del velo societario desempea un papel crucial en la preservacin de la justicia y la equidad en las relaciones comerciales. Su aplicacin contribuye a mantener la confianza en el sistema legal al garantizar que las empresas y sus propietarios no utilicen la personera jurdica de manera inapropiada en perjuicio de terceros.

El alcance del fraude de la ley y el abuso de persona jurdica resalta la necesidad de una regulacin legal dinmica y adaptativa. Es fundamental que la normativa ecuatoriana evolucione para abordar las complejidades del entorno empresarial actual y garantizar la proteccin de los derechos de terceros.

El levantamiento de velo societario, al ser una herramienta legal, debe aplicarse con prudencia y equilibrio. Es esencial considerar las circunstancias especficas de cada caso, garantizando que las medidas tomadas sean proporcionadas y justas. La transparencia en las operaciones comerciales y una legislacin actualizada son fundamentales para prevenir y corregir abusos en el uso de la persona jurdica.

En trminos generales, aquellos que ordenen o ejecuten fraudes, simulaciones, abusos o actos de violencia en detrimento de terceros en nombre de una compaa o haciendo uso de ella, sern considerados responsables personal y solidariamente, adems de aquellos previamente mencionados en este artculo. Asimismo, los poseedores de los bienes correspondientes sern personalmente responsables por su restitucin, excepto aquellos que hayan actuado de buena fe (Ley de Compaas, 1999).

En la aplicacin del levantamiento de velo societario en Ecuador, el entendimiento profundo del fraude de la ley y el abuso de persona jurdica es esencial. La normativa debe evolucionar para abordar los desafos emergentes, y la aplicacin de esta doctrina legal debe perseguir el equilibrio entre la promocin de la actividad empresarial y la proteccin de los derechos de terceros.

 

Punto de discusin

El anlisis detallado de las diversas formas de personas jurdicas reconocidas por la Ley de Compaas en Ecuador, as como el examen exhaustivo del levantamiento del velo societario, plantean un punto importante de discusin en torno a la interseccin entre la proteccin legal de la personalidad jurdica y la necesidad de prevenir prcticas ilcitas.

 

La personalidad jurdica confiere a las entidades una serie de derechos y atributos legales que les permiten operar de manera independiente. Sin embargo, la utilizacin indebida de estas formas legales, como se seala en el anlisis, plantea desafos ticos y legales. El levantamiento del velo societario emerge como una herramienta para contrarrestar abusos, fraudes y prcticas ilcitas, permitiendo que los juzgadores penetren la apariencia formal de la entidad y atribuyan responsabilidades a los individuos detrs de ella.

 

El punto de discusin radica en encontrar un equilibrio entre la proteccin de la personalidad jurdica, esencial para el funcionamiento del sistema econmico y legal, y la necesidad de abordar conductas ilcitas que socavan la integridad del sistema. Cmo se puede lograr este equilibrio? En qu medida debera el levantamiento del velo societario ser aplicado y bajo qu circunstancias? Adems, la discusin puede extenderse a la pertinencia de las medidas legales existentes y si es necesario considerar reformas para fortalecer la prevencin y sancin de prcticas ilcitas. Son suficientes las disposiciones actuales o se requieren ajustes? Cmo pueden las autoridades y los tribunales abordar de manera ms efectiva los casos de abuso de la personalidad jurdica?

 

En ltima instancia, el anlisis plantea la necesidad de una reflexin ms profunda sobre la relacin entre la personalidad jurdica y la responsabilidad individual en el mbito societario ecuatoriano, as como tambin, el estudio mas detallado de las figuras legales de fraude a la ley y abuso de la persona jurdica que, la normativa jurdica ecuatoriana detalla brevemente solo en el artculo 17 de la Ley de Compaas, relacionado con el levantamiento del velo societario, sin que se otorgue una ideas mas clara y precisa de su configuracin.

 

Conclusiones

La investigacin ha permitido un entendimiento profundo de figuras legales clave como el velo societario en el contexto ecuatoriano. La comprensin detallada de estas figuras es esencial para analizar su aplicabilidad y pertiencia en la proteccin de terceros afectados por acciones empresariales ilcitas.

Este artculo contribuye significativamente al conocimiento legal en el mbito societario en Ecuador. Proporciona informacin valiosa sobre cmo estas figuras legales pueden ser utilizadas como salvaguardias efectivas para proteger a terceros, elevando as el nivel de comprensin en la comunidad jurdica y empresarial.

La investigacin destaca el papel de estas figuras legales como herramientas preventivas. Al comprender su aplicacin, se pueden identificar patrones y prcticas ilcitas en el sector empresarial, permitiendo a las autoridades y empresas abordar y prevenir activamente estas conductas indebidas.

La comprensin y evaluacin detallada del velo societario fortalecen el marco legal empresarial en Ecuador. Proporciona una base slida para futuras revisiones y mejoras en la legislacin, garantizando que el entorno empresarial promueva la transparencia y la responsabilidad.

Este artculo ofrece informacin prctica para las empresas, instndolas a adoptar prcticas comerciales ticas y a comprender las repercusiones legales de sus acciones. Promueve una cultura empresarial que valora la integridad y la legalidad en todas las operaciones.

El anlisis del levantamiento de velo societario en el marco legal ecuatoriano no solo enriquece la comprensin terica, sino que tambin tiene aplicaciones prcticas significativas para la proteccin de terceros y la promocin de prcticas empresariales ticas.

 

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