Epistemologa jurdica sobre los delitos de trfico de drogas en el contexto legal del Ecuador
Legal epistemology on drug trafficking crimes in the legal context of Ecuador
Epistemologia jurdica dos crimes de trfico de drogas no contexto jurdico do Equador
Joffre Gabriel Velasco-Ortiz I
joffre_velasco@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-8262-4284
Silvia Patricia Simisterra-Masas II
pizafeo@yahoo.es
https://orcid.org/0000-0001-8604-5813
Correspondencia: joffre_velasco@hotmail.com
Ciencias sociales y polticas
Artculo de investigacin
*Recibido: 15 de agosto de 2020 *Aceptado: 10 de septiembre 2020 * Publicado: 01 de octubre de 2020
I. Doctor en Jurisprudencia, Especialista en Derecho Penal y Justicia Indgena, Magster en Derecho Penal y Criminologa, Abogado, Licenciado en Ciencias Sociales, Polticas y Econmicas, Docente de la Universidad Tcnica Luis Vargas Torres, Esmeralda, Ecuador.
II. Licenciada en Secretariado Ejecutivo Bilinge, Docente de la Universidad Tcnica Luis Vargas Torres, Esmeralda, Ecuador.
Resumen
En este trabajo de investigacin se pretende presentar una serie de reflexiones epistmico-jurdicas acerca de los delitos de trfico de substancias ilcitas, segn el Cdigo Orgnico Integral Penal ecuatoriano. Se tom el uso de la metdica de la hermenutica, combinando los enfoques de Gadamer, 1977 y lo propuesto en el crculo hermenutico de Heidegger, 2014; a los fines de generar el anlisis de documentos jurdicos, en post de comprender por una parte que el trfico de estupefacientes se configura en un delito segn la Ley. Entre los resultados obtenidos destaca: el sintagma trfico de drogas podra comprenderse no nicamente como cualquier hecho aislado de distribucin y entrega del producto estupefaciente, sino adems como traslado as como el acopio de las mismas. Es un problema social, cuya solucin necesita de la ms amplia participacin de la ciudadana y de los organismos pblicos y privados: en acciones orientadas a buscar el desarrollo integral que enfatice el crecimiento emocional, intelectual y social de la poblacin y educando a las personas a rechazar participar en esta clase de hechos delictivos. Como conclusin destaca: La configuracin jurdico-epistmica sobre la produccin y trfico de drogas dan cuenta de que esta es una actividad ilcita, tipificada como delito en el marco jurdico ecuatoriano, de cuya revisin se ha evidenciado que hay una suerte de tensin y discrepancia entre esto y la configuracin constitucional y legal del Derecho a la salud y a la libertad esttica.
Palabras Clave: fundamentacin jurdica; tipificacin de delito; trfico de estupefacientes.
Abstract
In this research work it is intended to present a series of epistemic-legal reflections about the crimes of trafficking in illicit substances, according to the Ecuadorian Comprehensive Organic Penal Code. The use of the hermeneutic method was taken, combining the approaches of Gadamer, 1977 and what was proposed in the hermeneutic circle of Heidegger, 2014; in order to generate the analysis of legal documents, in order to understand, on the one hand, that drug trafficking is configured as a crime according to the Law. Among the results obtained, it stands out: the phrase drug trafficking could be understood not only as any fact isolated from distribution and delivery of the narcotic product, but also as transfer as well as stockpiling of the same. It is a social problem, whose solution requires the broadest participation of citizens and public and private organizations: in actions aimed at seeking integral development that emphasizes the emotional, intellectual and social growth of the population and educating people to refuse to participate in these kinds of criminal acts. In conclusion, it stands out: The legal-epistemic configuration on the production and trafficking of drugs shows that this is an illegal activity, classified as a crime in the Ecuadorian legal framework, from whose review it has been evidenced that there is a kind of tension and discrepancy between this and the constitutional and legal configuration of the Right to health and aesthetic freedom.
Keywords: legal basis; criminalization; drug trafficking.
Resumo
Neste trabalho de pesquisa pretende-se apresentar uma srie de reflexes epistmico-jurdicas sobre os crimes de trfico de substncias ilcitas, de acordo com o Cdigo Penal Orgnico Integral equatoriano. A utilizao do mtodo hermenutico foi tomada, combinando as abordagens de Gadamer, 1977 e o que foi proposto no crculo hermenutico de Heidegger, 2014; para gerar a anlise dos documentos legais, a fim de compreender, por um lado, que o narcotrfico se configura como crime de acordo com a Lei. Dentre os resultados obtidos, destaca-se: a frase narcotrfico poderia ser entendida no apenas como um fato isolado da distribuio e entrega do produto entorpecente, mas tambm como transferncia e armazenamento do mesmo. um problema social, cuja soluo requer a mais ampla participao dos cidados e das organizaes pblicas e privadas: em aes que visem a busca do desenvolvimento integral que valorize o crescimento emocional, intelectual e social da populao e a educao para recusar-se a participar neste tipo de atos criminosos. Em concluso, destaca-se: A configurao jurdico-epistmica sobre a produo e o trfico de drogas mostra que se trata de uma atividade ilegal, classificada como crime no ordenamento jurdico equatoriano, de cuja anlise se evidenciou que existe uma espcie de tenso e discrepncia entre isso e a configurao constitucional e jurdica do Direito sade e liberdade esttica.
Palavras-chave: base jurdica; criminalizao; trfico de drogas.
Introduccin
La actividad de trfico de sustancias ilcitas es un hecho social de larga data en el devenir de la historia del hombre en sociedad, que incluye la presencia y el uso de sustancias alucingenas en el marco de la celebracin de rituales y dems eventos ceremoniales ancestrales, a lo interno de diversas culturas en el mundo, prcticas que se mantienen en el seno de algunas culturas y como resultado de actividad rural y urbana en la produccin, trfico y comercializacin de substancias estupefacientes.
Empero, con el transcurrir del tiempo se ha distorsionado el uso de estas substancias, lo cual se ha generado en el impulso de la produccin, el trfico, la comercializacin y el uso de drogas que ha suscitado la adiccin de quienes consumen y que se han convertido en las cifras que en la actualidad dan cuenta de la existencia de este flagelo en las diversas latitudes del mundo. De ello dan cuenta autores como Vsconez, (2016: p. 1), quien refiere lo que se presenta a rengln seguido:
Este problema social ha afectado a todas las sociedades en el mundo, y de ello no escapa el Ecuador, donde se suscit un auge del uso de estupefacientes en la dcada de los aos 60, para evadir la dura realidad que circundaba en aquella poca, lo cual origin adicciones, enfermedades mentales, marginacin y delincuencia. De all que, el tratar de escapar de los contextos sociales reales que caracterizaban y condicionaban la juventud de este tiempo, se convirti en una necesidad que conminaba a buscar un escape, una evasin cuyo asidero se ancl en la adiccin, el juego y la bsqueda de un mundo irreal que proporciona el uso de alucingenos.
Pese a este antecedente, conviene recordar lo que seala el Cdigo Integral Penal sobre la materia, lo cual establece que al develar la existencia de este tipo de actividades, lo que corresponde como conducta preventiva y correctiva adecuada es la destruccin y el decomiso de tales substancias; sin embargo esto debe analizarse con mayor cuidado y detenimiento porque existe el supuesto que establece el derecho a la libertad esttica y el derecho a la salud, en concordancia con lo cual se aspira que sea justamente el Estado el que garantice la dotacin y otorgamiento de las mismas, en el orden de que estas substancias puedan ser utilizadas en los procedimientos y protocolos mdicos practicados por diversos pueblos y nacionalidades en el Ecuador.
Por su parte, la Carta Fundamental del Ecuador garantiza el derecho de la libertad esttica, la cual se endilga a ambos gneros, pero de forma muy marcada haciendo referencia a la mujer, la cual puede requerir la prctica de la ciruga esttica en su rostro por distintos motivos, tales como los accidentes, la violencia, la existencia de algunas patologas que pueden llegar a suscitar desfiguracin, quemaduras, entre otros. De all que se estime conveniente referir que en el marco del concepto penal de lesiones dentro del COIP, establece en su Art. 152 que:
La persona que lesione a otra ser sancionada de acuerdo con las siguientes reglas: ... Si como resultado de las lesiones se produce en la vctima un dao, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho das, ser sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta das
As que, en aquellos casos en los que una persona infrinja dao a otra, el victimario ser penalizado privndole de su libertad durante uno o dos meses. Por su parte, en cuanto a la vctima el COIP establece en su artculo 215, la posibilidad de obtener resarcimiento econmico si el dao ha sido permanente, lo cual sigue siendo tema de discusin y objeto de anlisis en materia de jurisprudencia.
Desde las consideraciones anteriores, se declara que, en este trabajo de investigacin se pretende presentar una serie de reflexiones epistmico-jurdicas acerca de los delitos de produccin y trfico de substancias ilcitas, segn el COIP pero con la salvedad que se hace tomando como base el derecho a la libertad esttica y el derecho a la salud consagrados en el marco de la Constitucin Nacional Ecuatoriana y la Ley Orgnica de la Salud. Todo ello desde el mtodo hermenutico, segn Heidegger (2014).
Materiales y mtodos
El objetivo de este acpite es declarar que se tom el uso de la metdica de la hermenutica (combinando los enfoques de Gadamer, 1977 y lo propuesto en el crculo hermenutico de Heidegger, 2014) a los fines de generar el anlisis de documentos jurdicos, en post de comprender por una parte que la produccin y trfico de estupefacientes se configura en un delito segn la Ley, pero su uso para fines de restituir la salud y mantener la libertad esttica es un derecho constitucional.
Estos problemas se configuran en temas controvertidos, que estn tipificados en la Ley, lo cual puede expresarse en forma positiva y negativa. Su anlisis ha generado discusiones y divergentes puntos de vista. La normativa que rige estos tpicos temticos se enmarcan dentro del COIP y la Carta Magna del Estado ecuatoriano, en los que se establece la penalizacin de agravios y daos, y donde se garantiza el resarcimiento econmico de los mismos, as como el derecho a la libertad esttica y a la salud que posee el ciudadano ecuatoriano.
En el marco de lo antes expuesto, se asumen los siguientes mtodos:
- Anlisis de la Lingisticidad en los contenidos: Este mtodo se sustenta en el anlisis del contenido de los documentos a revisar desde el punto de vista jurdico-semntico referencial. El mismo fue til al momento de revisar, leer y tomar apuntes de los documentos que rigen el Derecho penal y Constitucional.
- Elaboracin de la situacin hermenutica: Este mtodo implica la contextualizacin jurdica de la ocurrencia del problema y su proceso de interpretacin de documentos, mediante procesos de elucubracin y elucidacin interpretativa de los mismos.
- Crculo Hermenutico. Este crculo metdico se explica en el cuadro N 1 de la siguiente guisa a saber:
Cuadro Nro. 1. Momentos del Mtodo Hermenutico
FASES |
CONTENIDO |
OBJETIVO |
Pre-comprensin |
Abarca la comprensin previa del contexto inherente al ser humano, mediante la asuncin de los supuestos bsicos de la investigacin. |
Lograr aprestamiento en conjugacin xon los propios prejuicios para hacer consciente el saber y lo que dice la teora a travs de la indagacin lingstica |
Reduccin |
Es la orientacin o curso que toma el objeto de interpretacin textual. |
Exponer textualmente lo derivado de los documentos revisados, extrayendo los significados. |
Construccin |
Es la interpretacin conceptual del ser y de sus estructuras |
Construir dialcticamente la unidad de significado clave o ideas principales y realizar la contrastacin con la teora y los propios prejuicios |
Destruccin /penetracin |
Es la reconstruccin crtica de los conceptos tradicionales y se hace acompaar de la penetracin (Heidegger, 2014, p.17-18). |
Constructo producto de un proceso de descomposicin de ideas principales con anlisis etimolgico, filosfico o terico en cuanto a los trminos analizados. |
Fuente: Revisin documental. Elaboracin propia (2020).
- Formato de Fichas bibliogrficas. Estas fueron empleadas para el vaciado de los datos bibliogrficos de autores, adems de registrar en las mismas la informacin necesaria para la comprensin del fenmeno objeto de estudio.
Anlisis y discusin de resultados
Previa referencia a los tipos de trfico de droga que hay y estn tipificados en la Ley, se precisa conceptualizar la definicin de lo que se comprende por trfico de droga. Segn Velazco (2017)
El trfico de drogas es un delito consistente en facilitar o promocionar el consumo ilcito de determinadas sustancias estupefacientes y adictivas que atentan contra la salud pblica con fines lucrativos, aunque esta definicin puede variar segn las distintas legislaciones penales de cada Estado. (p. 6)
De all, que se considere que el sintagma trfico de drogas podra comprenderse no nicamente como cualquier hecho aislado de distribucin y entrega del producto estupefaciente, sino adems como traslado as como el acopio de las mismas, que supone el manejo de porciones excedentes de los requerimientos del propio consumo, porque se asume que el acopio persigue el objetivo de fomentar, permitir y solapar el consumo ilegal. Existen algunos instrumentos legales en las que, se considera como infraccin de la ley exclusivamente el trfico, mas no el acopio de drogas en cantidades mnimas en correspondencia con la demanda particular del consumidor, en cambio hay otras fuentes jurdicas en las que se describen como actividad delictiva, adems del trfico la tenencia de substancias estupefacientes.
Desde este escenario, se reconocen tres modalidades que se califican dentro del trfico de drogas, establecidas con base en los medios que se utilizan para realizar esta actividad. Estos tres tipos de trfico son los siguientes:
1.- El Trfico Areo: se configura en un proceso de trnsito y traslado el cual emplea como medio de transporte unidades areas bien sea pblicas o privadas, para que transporten por va area las sustancias estupefacientes o psicotrpicas con fines de comercializacin y consumo.
2.- Trfico Martimo: Se conforma en aquel que usa como medio de trnsito y traslado unidades martimas, tales como buques, barcos, submarinos, etc., para que transporten va martima sustancias estupefacientes o psicotrpicas depositadas en conteiner u otros lugares del buque.
3.- Trfico Terrestre: Este se concibe como el que utiliza como medio de trnsito la va terrestre. Estos pueden ser: vehculos, automotor de cualquier tipo, para que trafique por va terrestre sustancias estupefacientes o psicotrpicas, cualquiera sea su forma de ser trasladada.
Asimismo, se han suscitado otras formas de llevar a efecto el trfico de drogas que se distingue de los 3 tipos antes referidos, se trata del trfico de drogas efectuado por medio de los seres humanos, que se ha constituido en un nuevo formato, una nueva manera de trasladar las substancias, la cual es popularmente conocida con el nombre de narco mula intra orgnica, lo cual implica introducir por la boca cantidades especficas y controladas de estupefacientes hasta llegar a portarlas en el estmago a objeto de lograr el traslado de la droga, lo cual puede resultar infructuoso, porque se corre el riesgo de que los envoltorios se disuelvan por el efecto de los jugos gstricos, que pueden ocasionar daos en el organismo de quien las porta; tanto as que en ocasiones puede suscitar el deceso de la persona. Esta actividad suele efectuarse en el trnsito por aeropuertos, cuyos controles son cada vez ms rigurosos.
Situacin del Trfico en Ecuador
Segn revisin realizada a artculos, noticias de prensa y otras fuentes estadsticas oficiales, en Ecuador este se ha convertido en un problema social de envergadura e incidencia econmica y poltica, de este problema se generan variaciones del mismo, con expresiones de violencia y delincuencia organizada. El trfico de drogas es un problema social, cuya solucin precisa de la ms amplia participacin de la ciudadana y de los organismos pblicos y privados: en acciones orientadas a buscar el desarrollo integral que enfatice el crecimiento emocional, intelectual y social de la poblacin y educando a las personas a rechazar participar en esta clase de hechos delictivos.
De all que se considere necesario desarrollar prcticas sociales alternativas: acciones vlidas reales dirigidas a modificar las condiciones que permiten la aparicin y el agravamiento del problema del trfico de drogas o cualesquiera otra que debilite al individuo y a la sociedad, as como los obstculos que nos impiden desarrollar nuestra accin preventiva.
Es as como es preciso necesario desarrollar programas de informacin, formacin y educacin preventiva dirigida a la institucin educativa en general, al contexto familiar y comunitario, distribuyendo equitativamente la responsabilidad, los roles e importancia que tiene la integracin y participacin de los diferentes actores. Necesitamos organizarnos y unirnos para fortalecer nuestras fuerzas como comunidad para que nuestras acciones sean eficaces.
Peculiaridades del Trfico de Drogas en Ecuador
El trfico de drogas implica la puesta en prctica de actividades que abarcan desde la compra, el financiamiento y el transporte de la materia prima, los insumos, los productos y los subproductos, el establecimiento de laboratorios, la operacin de los mismos y la instauracin de aeropuertos clandestinos, hasta la creacin de intrincadas redes de comercializacin al mayor y al detal, de aparatos de violencia y de soborno a funcionarios, polticos y el desarrollo de mecanismos para el lavado de dlares.
Aunado a lo antes expuesto, por su caracterstica de ser una actividad ilcita se solapa en la clandestinidad y conmina a la generacin de asociaciones y sociedades secretas, cerradas y selectivas, como ocurre con todas las mafias. Con respecto a la puesta en prctica de esta actividad, la misma se desarrolla como un mercado fragmentado, basada en la Ley de la oferta y la demanda puesta en prctica en pases distintos y muy localizados. En cuyo escenario, los gestores, coordinadores y administradores actan con una gran racionalidad econmica, tratando de potenciar sus prebendas econmicas y polticas, de all que hayan organizado el funcionamiento de dos sectores: uno oligoplico, que controla las actividades ms rentables del negocio (refinacin, transporte y distribucin al por mayor del producto, as como de lavado de los beneficios) y otro, competitivo, formado por los numerosos cultivadores independientes de la coca, refinadores y comerciantes del PBC o pasta bsica, y distribuidores callejeros de la cocana al detal en los principales centros de consumo :
La cocana, el producto principal del proceso, se caracteriza, por tener una oferta elstica, debido a la alta rentabilidad del rubro en comparacin con otros cultivos y por la disponibilidad relativa de mano de obra y de tierra en los pases productores, que son, a su vez, pases como Colombia. Adems, la cocana tiene una demanda inelstica, por el carcter adictivo de la droga y por el gran nmero de consumidores con alto poder adquisitivo existente en los pases industrializados o ricos. Los resultados globales del negocio son tan elevados, que lo han convertido en uno de los negocios ms rentables del mundo.
Ecuador es uno de los principales pases de trnsito para el envo de cocana, herona, y cannabis hacia los Estados Unidos y Europa. Los cargamentos dentro de contenedores por transporte martimo comercial constituyen el mtodo predominante de contrabando de una o ms toneladas de cocana. Con base en las estadsticas de incautaciones en el 2016, continan entrando al Ecuador cargamentos de mltiples toneladas de cocana, principalmente de Colombia, por la Carretera Panamericana (en el estado fronterizo del Tchira) y salen de Colombia de los puertos costeros. Las incautaciones sustanciales de cocana en los pueblos fronterizos de Pasto y Esmeraldas confirman el trnsito de cocana de Colombia por la Pennsula de Guajira y por el Ro Orinoco, respectivamente.
Reflexiones sobre el Derecho a la Libertad Esttica y el Derecho a la Salud
La libertad esttica es un tema que puede considerarse como banal, al margen de los preceptos morales y de la vivencia religiosa. Se implica en s misma una identidad personal a fuerza de perseguir el canon de la belleza actual. Lo caracterstico del derecho de libertad esttica es, al cabo, la aceptacin inmediata del mundo inmanente natural como la nica realidad y la persecucin de los premios y satisfacciones que este puede dar. (Sol, Kierkegaard, el primer, existencialista, 2015)
La libertad del consumo y las Drogas
Es preciso analizar lo que se prohbe y quien lo prohbe. El Derecho est para delimitar y asegurar el dominio exclusivo sobre las cosas y sobre la propia vida. El orden social se fundamenta, o as debe ser, en la libre interaccin de los individuos bajo una libertad negativa, como ausencia de coaccin. Velasco (2017).
Las drogas, se ha configurado en un tema en el que se involucran juicios morales, prejuicios, jurisdiccin y otros aspectos. La Droga es todo aquello que induce un posible efecto placentero, relajante o excitante que suscita la evasin y el escape al dolor en cualquiera de sus manifestaciones.
En palabras de Velsco, (2017):
Lo que hoy padecemos es el envilecimiento de las sustancias fruto del prohibicionismo invasivo de autoridades morales encarnadas en Pap Estado. til es facilitar la felicidad social, privar al ciudadano de los males que le acechan; alguien estima que el alcohlico es un pobre desgraciado y en consecuencia proscribe el alcohol, aunque sea un chupito. O mejor, lo deja circular y consumir, pero se alarma a posteriori de que alguno, o la mayora, cometan la irresponsabilidad de conducir bajo sus efectos. Cmo se evita eso? Prohibiendo, multando, sancionando, con puntos y cantinela moralista todos hacen lo mismo. (p. 20).
A decir de este autor, la prohibicin envilece, demoniza las drogas y el consumo de las mismas, sin nimos de estimular ningn tipo de vicios o consumo nocivo, considera que la prohibicin disminuye la calidad y suscita el ansia por alcanzar lo prohibido, habra que analizar para quien es lo perjudicial en el uso y consumo de las drogas, hasta donde llega el vicio y la adiccin y hasta donde se configura en una necesidad de restituir la salud, y la libertad esttica.
Derecho a la Salud
En el Art. 32 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador se establece el Derecho a la salud: La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realizacin se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentacin, la educacin, la cultura fsica, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizar este derecho mediante polticas econmicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusin a programas, acciones y servicios de promocin y atencin integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestacin de servicios de salud se regir por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaucin y biotica, con enfoque de gnero y generacional.
Este mandato constitucional tiene concordancias con los Arts. 1; 3; de la Ley Orgnica de la Salud; ya que el primero los principios y finalidades y el tercero el derecho a la salud. La Ley Orgnica de Salud en concordancia con el mandato anterior, trata este Derecho as el Art. 3 Derecho a la salud La salud es el completo estado de bienestar fsico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Es un derecho humano inalienable, indivisible, irrenunciable e intransmisible, cuya proteccin y garanta es responsabilidad primordial del Estado; y, el resultado de un proceso colectivo de interaccin donde Estado, sociedad, familia e individuos convergen para la construccin de ambientes, entornos y estilos de vida saludables.
El Art. 360 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador determina la red pblica integral de salud: El Sistema garantizar, a travs de las instituciones que lo conforman, la promocin de la salud, prevencin y atencin integral, familiar y comunitaria, con base en la atencin primaria de salud; articular los diferentes niveles de atencin; y promover la complementariedad con las medicinas ancestrales y alternativas. la red pblica integral de salud ser parte del Sistema Nacional de Salud y estar conformada por el conjunto articulado de establecimientos estatales, de la seguridad social y con otros proveedores que pertenecen al Estado, con vnculos jurdicos, operativos y de complementariedad.
El mandato anterior tiene concordancias con el Art. 192 de la Ley Orgnica de Salud que seala la medicina alternativa ejercida por profesionales con ttulo reconocidos.
La Constitucin de la Repblica del Ecuador en el Art. 32 establece el Derecho a la Salud, entre ellos cita siete que segn la Carta Magna sustentan el buen vivir; pero falta la mencin de los derechos fundamentales como son el de la vida, la libertad la igualdad y otros tambin muy importantes vinculados con la salud como es el DERECHO A LA LIBERTAD ESTTICA. Hay un trecho grande entre la normativa constitucional y la realidad de la integridad fsica de las personas. Velsco, (2017)
Conclusiones
La configuracin jurdico-epistmica sobre la produccin y el trfico de drogas dan cuenta de que esta es una actividad ilcita, tipificada como delito en el marco jurdico ecuatoriano, de cuya revisin se ha evidenciado que hay una suerte de tensin y discrepancia entre esto y la configuracin constitucional y legal del Derecho a la libertad esttica porque esta confrontacin entre la Ley vigente y las acciones llevadas a efecto por las personas que recurren a estas substancia, con fines de salud y de esttica, implica la imposibilidad de la libertad humana: porque cada sujeto no debe tomar decisiones ni acciones fuera del marco jurdico, en aquello casos en los que por alguna causa ha sufrido daos en su integridad fsica. La prdida del Derecho a la libertad esttica implica una suerte de frustracin por parte de aquellos que se ven afectados. La adiccin es socialmente vista como un problema y un flagelo social, sin embargo, la farmacologa es utilizada cuando de ella se requiere la restitucin de la salud, sin considerar que el derecho a la libertad esttica forma parte tambin de la salud integral del individuo.
Referencias
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2020 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).
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