Recepción: 06 / 06 / 2019
Aceptación: 21 / 07 / 2019
Publicación: 05 / 08 / 2019
 


Ciencias económicas y empresariales

Artículo de revisión   

                                                                                 

 

La cultura tributaria en la recaudación de los tributos

The tax culture in the collection of taxes

A cultura tributária na arrecadação de impostos


 

 

 

María Isabel Neira-Galván I

chave_ng@hotmail.com

 

Correspondencia: chave_ng@hotmail.com

 

 

 

 

         I.            Magíster en Gerencia Contable y Financiera, Ingeniero en Administración en Banca y Finanzas, Licenciado en Contabilidad y Auditoría Contador Público Auditor, Docente de la Universidad Nacional de Loja, Loja, Ecuador.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Resumen

El reto que la sociedad ha impuesto a un asesor tributario se basa en convencer a los contribuyentes cumplir con tal responsabilidad, lo cual le confiere la autoridad moral necesaria para exigir al Estado que haga un uso correcto y transparente de los recursos públicos. A partir de este planteamiento, el presente artículo se planteó como objetivo evaluar la cultura tributaria en la recaudación de los tributos. La metodología utilizada fue de carácter fenomenológico. Para ello se utilizó como técnica la entrevista a profundidad a 5 asesores tributarios de ambos sexos, de profesiones Contador Público y Abogado, quienes se desempeñan en el libre ejercicio de la profesión y asesorando a un consorcio empresarial. Posterior al análisis de las entrevistas, se planteó entre sus resultados que la idea de diseñar un sistema tributario para orientar al ciudadano y que lo invite a cumplir sus obligaciones de una forma ordenada, es el reto fundamental que se debe fortalecer para la atención del contribuyente mediante la información, servicios y la educación.

Palabras clave: Cultura tributaria; recaudación de los tributos y contribuyente.

Abstract

The challenge that society has imposed on a tax adviser is based on persuading taxpayers to fulfill such responsibility, which gives it the moral authority necessary to require the State to make the correct and transparent use of public resources. On the basis of this approach, this article was intended to assess the tax culture in the collection of taxes. The methodology used was phenomenological in nature. For this purpose, the in-depth interview of 5 tax advisors of both sexes, from public accountant and lawyer professions, who perform in the free exercise of the profession and advising a business consortium, was used as a technique. After the analysis of the interviews, it was raised among its results that the idea of designing a tax system to guide the citizen and invite him to fulfill his obligations in an orderly manner, is the fundamental challenge that must be strengthened for care taxpayers through information, services and education. 

Keywords: Tax culture; tax collection and taxpayers.

 

 

 

Resumo

O desafio que a sociedade impôs a um consultor tributário baseia-se em convencer os contribuintes a cumprir essa responsabilidade, o que lhe confere a autoridade moral necessária para exigir que o Estado faça um uso correto e transparente dos recursos públicos. Com base nessa abordagem, este artigo teve como objetivo avaliar a cultura tributária na arrecadação de tributos. A metodologia utilizada foi fenomenológica. Para tanto, foi utilizada como técnica uma entrevista em profundidade com 5 conselheiros fiscais de ambos os sexos, das profissões de Contador Público e Advogado, que atuam no livre exercício da profissão e assessoram um consórcio empresarial. Após a análise das entrevistas, levantou-se entre seus resultados que a idéia de projetar um sistema tributário para orientar o cidadão e convidá-lo a cumprir suas obrigações de maneira ordenada é o desafio fundamental que deve ser fortalecido para a atenção do contribuinte. Através da informação, serviços e educação.

Palavras-chave: Cultura tributária; Cobrança de impostos e contribuinte.

 

Introducción

Cuando hablamos de evasión tributaria refiere a las distintas maneras que buscan los contribuyentes para evitar el pago de impuestos, aun a conciencia de que están cometiendo un delito legal. Esta es distinta de la omisión de impuestos, la cual consiste en conductas del contribuyente que buscan evitar el pago de impuestos utilizando para ello maniobras o estrategias permitidas por la misma ley o por los vacíos de esta, por lo cual no es técnicamente ilegal.  Es un problema que viene afectando tanto  a países desarrollados, como en vías de desarrollo, convirtiéndose en un impedimento para la aplicación de una política fiscal efectiva y coherente, todo ello a pesar de los grandes esfuerzos que realizan los estados por lograr el cumplimiento de los mismos.

Por su parte autores como Ramírez y col (2003), explican que los asesores tributarios se constituyen en aliados y de gran apoyo para con los contribuyente, independientemente se refieran a persona jurídica o persona natural, en pro de realizar pagos justos que eviten los sobrepagos y además derivar pagos por multas y sanciones. De allí que en el cumplimiento tributario no sólo influye la eficacia de la fiscalización. En efecto, hay evidencia de que existe una fuerte correlación entre el cumplimiento tributario y el destino de los fondos recaudados. El comportamiento tributario mejora cuando la recaudación impositiva financia bienes públicos que los contribuyentes aprueban y cuando los ciudadanos tienen participación en la confección de los planes de gasto público.

Las teorías explican que La literatura también muestra que las renuncias morales para evadir disminuyen cuando los contribuyentes consideran que es inequitativa la relación de intercambio entre los impuestos que pagan y los bienes y servicios que el Estado les proporciona. En efecto, la función de utilidad de las personas también considera, por ejemplo, los bienes y servicios que el Estado entrega a los más pobres (Harberger, 2008). Por ello, el cumplimiento mejora cuando los ciudadanos aprueban el uso que se da a la recaudación. Luego, el cumplimiento tributario será mayor en la medida que el gasto público coincida con las preferencias de las personas, y la administración pública sea más eficiente. Con base en esta posición, se evaluó la cultura tributaria en la recaudación de los tributos

Desarrollo

Cultura tributaria

La Cultura tributaria, señala el SAT(2019) es una conducta manifestada en el cumplimiento permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad social de todos. La importancia de recaudar impuestos para satisfacer las exigencias de la colectividad ha estado presente en el progreso en todas las formas en el país. Desde el punto de vista de la conciencia, no es idóneo recaudar sin una dirección clara, desde la perspectiva legal, es indispensable recaudar los impuestos con una aprobación voluntaria por parte de los contribuyentes.

Cabe destacar, que la cultura tributaria es un mecanismo importante que ayuda a fortalecer el sistema tributario, surge con la necesidad de recaudar es un sistema equitativo de justicia y progresivo. Y el propósito fundamental es establecer una política de recaudación para el gasto público y suministro de bienes colectivos, buscando satisfacer las necesidades sociales, estabilizar la economía y desarrollo del país contribuyendo a las políticas que reducen la inflación de la economía de mercado. Por su parte, Ataliba (2000), señala que la cultura tributaria es el comportamiento que adoptan los contribuyentes, la manifestación frente a la administración tributaria, la forma como enfrentan los contribuyentes sus deberes y derechos frente a la administración tributaria.

 

 

 

 

Características de la cultura tributaria

El pago en dinero para con el estado, establecido en su legislatura con la finalidad de dar mantenimiento a sus estructuras. Es de indicar, que en nuestros días, estos impuestos pueden recaudarse usando la coerción al establecer castigo para los defraudadores o convenciendo a los contribuyentes de la necesidad de pagarlos mediante una cultura tributaria que tenga bases sólidas. Todo ello, atiene las siguientes características;

Carácter coactivo: Los tributos son impuestos de manera unilateral por las autoridades. Estas se tienen que regir por las normas aprobadas para que los importes no resulten abusivos y exista proporcionalidad con las ganancias de cada persona.

Carácter pecuniario: Son abonados en la moneda correspondiente de cada país.

Carácter contributivo: Un aspecto muy importante a la hora de crear una buena cultura tributaria es que los tributos cumplan su carácter contributivo. Esto significa que el dinero recaudado debe usarse para la financiación de servicios que redunden en el bien común. Cada ciudadano tiene la obligación de contribuir al mantenimiento del Estado. Si no se percibe así o el dinero se malgasta, los contribuyentes serán reacios a pagar lo que les corresponde.

Recaudación de los tributos

No cabe duda que la magnitud de los ingresos públicos recaudados está relacionada con el nivel de desarrollo económico de las entidades estatales, el cual ejerce una importante influencia. Es así que hay que considerar la relación que existe entre el Índice de Infraestructura de cada Estado, con las variables de recaudación que se han identificado. Este índice es un indicador del desarrollo estatal y considera la calidad del sistema de transportes y comunicaciones y de los servicios educativos y de salud.

Para Rodríguez (2006), la recaudación fiscal es el conjunto de normas jurídicas que se refieren al establecimiento de los tributos, esto es, a los impuestos, derechos, contribuciones especiales, las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración y los particulares con motivo de su nacimiento, cumplimiento o incumplimiento, a los procedimientos oficiosos o contenciosos que pueden surgir, y a las sanciones establecidas por su violación.

 

Por su parte De la Garza (2006), sostiene que de la realización del presupuesto legal conocido como hecho imponible, surge una relación jurídica que tiene la naturaleza de una obligación, en cuyos extremos se encuentran los elementos personales: Un acreedor, un deudor y en el centro, un contenido que es la prestación del tributo. También sobre este el mismo Rodríguez (2006), nos dice que al dedicarse una persona a la realización de actividades que se encuentren gravadas por una ley fiscal, surge de inmediato entre ella y el Estado relaciones de carácter tributario; debiéndose una y otra a una serie de obligaciones que serán cumplidas aun cuando la primera nunca llegue a coincidir en la situación prevista por la ley para que nazca la obligación fiscal, por lo tanto, la relación tributaria impone obligaciones a las dos partes a diferencia de la obligación fiscal que solo está a cargo del sujeto pasivo, y nunca del sujeto activo

Con base en lo expuesto en materia fiscal, se puede inferir que es el medio por el cual se realizan las determinaciones fiscales, la liquidación, el pago, las devoluciones, las exenciones, la prescripción y el control de los créditos fiscales que se realiza por medio del derecho administrativo a través de las diferentes dependencias gubernamentales

 

Factores de la Recaudación de tributos.

Los factores de recaudación, para Martín, (2009) y que participan de forma directa en la conformación de los datos de la recaudación tributaria son los siguientes:

 

La legislación tributaria. La estructura de los impuestos es fijada por leyes, que especifican el objeto del gravamen, su base imponible, las alícuotas, el momento de perfeccionamiento del hecho imponible, las deducciones admitidas y las exenciones, tanto de carácter objetivo como subjetivo. Estas normas también se ocupan de un sinnúmero de cuestiones relativas al sistema de determinación del tributo, tales como criterios de valuación de activos y pasivos, métodos de contabilización, regímenes de amortización y tratamientos a otorgar a los diversos tipos de contribuyentes y operaciones.

 

El valor de la materia gravada. Es la magnitud, medida en valores monetarios, de los conceptos económicos gravados por la legislación tributaria. Conceptos tales como las ventas minoristas, el consumo, las importaciones, los ingresos y bienes de las personas y las utilidades y activos societarios constituyen, habitualmente, la materia gravada por los impuestos. Este factor abarca la totalidad de la materia definida por la legislación, es decir que cuando nos referimos a él estamos considerando la materia gravada potencial.

 

Las normas de liquidación e ingreso de los tributos. Son las normas contenidas tanto en las leyes de procedimiento tributario, que se aplican a la generalidad de los impuestos, como en disposiciones reglamentarias dictadas por las administraciones tributarias, que establecen en forma pormenorizada las prácticas que deben seguirse para el ingreso de los gravámenes. Estas normas fijan los conceptos que deben abonarse en cada tributo, es decir declaraciones juradas, anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta, así como los métodos para determinar el monto de cada pago y las fechas en que deben ingresarse.

 

El incumplimiento en el pago de las obligaciones fiscales. El eventual registro como recaudación de los pagos con bonos de crédito fiscales depende de las normas por las que se rige cada oficina recaudadora.

 

Los factores diversos. Para disponer de la totalidad de los elementos que participan en la formación de los valores de recaudación tributaria debe agregarse un conjunto de variables, en general de índole administrativa, entre los que se destacan las transferencias que el organismo recaudador efectúa entre las cuentas bancarias de los impuestos, los ingresos por planes de facilidades de pago y las demoras en la acreditación de pagos, que pueden provocar que su registro se efectúe en un período posterior al de su efectiva realización.

Es de revelar, que cada uno de estos factores determinantes está siempre presente en la conformación de los datos de recaudación tributaria. Por lo tanto, cualquier modificación que se produzca en ellos afectará el nivel de los ingresos impositivos. La suma de los cambios que en estos factores se produzca entre dos períodos de tiempo proporcionará la explicación de la variación que registre la recaudación entre los mismos.

 

 

 

 

 

Metodología

El abordaje metodológico se dio mediante la adaptación del método fenomenológico, el cual según Martínez (2011), utiliza como procedimiento básico oír detalladamente a las personas para comprender sus experiencias y sobre esta base elaborar una estructura común representativa de su vivencia. Para ello se utilizó como técnica la entrevista a profundidad a 5 asesores tributarios de ambos sexos, de profesiones Contador Público y Abogado, quienes se desempeñan en el libre ejercicio de la profesión y asesorando a un consorcio empresarial. Posterior al análisis de las entrevistas, se planteó los resultados del mismo a través del uso de la hermenéutica.

 

Resultados

Posterior a la interpretación de los contenidos de la entrevista a profundidad y en correspondencia a las teorías que sustentaron el estudio se pueden presentar los siguientes resultados:

 

-       La Cultura tributaria nace con la idea de diseñar un sistema tributario para orientar al ciudadano y que lo invite a cumplir sus obligaciones de una forma ordenada, el reto como pilar fundamental es fortalecer la atención al contribuyente mediante la información, servicios y la educación. Esta cultura es promovida mediante el cumplimiento de obligaciones voluntarias y así fortalecer el desarrollo de la sociedad.

-       Dentro de las características de la cultura tributaria, es factible que el estado aplique los correctivos necesarios para lograr que los tributos que deben pagar sus contribuyentes. Solo bajo este logro, puede el Estado cumplir con su obligación constitucional de velar por el bien común y proporcionar a la población los servicios básicos que ésta requiere.

-       La legislación tributaria viene a estar fijada por leyes, en tanto que son las encargadas de especificar el objeto del gravamen, su base imponible, las alícuotas, el momento de perfeccionamiento del hecho imponible, las deducciones admitidas y las exenciones, tanto de carácter objetivo como subjetivo. Asimismo, son las encargadas de casi la totalidad  de las cuestiones relativas al sistema de determinación del tributo, tales como criterios de valuación de activos y pasivos, métodos de contabilización, regímenes de amortización y tratamientos a otorgar a los diversos tipos de contribuyentes y operaciones.

-       El valor de la materia gravada, fue considerado como un factor que abarca la totalidad de la materia gravada definida por la legislación, es decir aquella que considera la materia gravada potencial, por lo que cabe atender el efecto que sobre ella produce el incumplimiento de las obligaciones tributarias.

-       Las normas de liquidación e ingreso de los tributos, fueron consideradas por los entrevistados como las normas contenidas tanto en las leyes de procedimiento tributario como en disposiciones reglamentarias dictadas por las administraciones tributarias. Tambien indicaron que dentro de estas normas se fijan los conceptos que deben abonarse en cada tributo, en relación a las  declaraciones juradas, anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta, así como los métodos para determinar el monto de cada pago, base de cálculo y alícuotas, y las fechas en que deben ingresarse.

-       El incumplimiento en el pago de las obligaciones fiscales, indicaron a la mora como la más predominante entre las obligaciones fiscales reconocidas por los contribuyentes. Asimismo, indicaron a diferencia de la mora, que el rasgo distintivo de la evasión es el ocultamiento total o parcial del valor de los conceptos económicos gravados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencias Bibliográficas

Ataliba, G. (2000)Hipótesis de la incidencia tributaria. Lima. Instituto Peruano de Derecho Tributario.

De la Garza (2006). Derechos financieros. Editorial Porrua ED.

Harberger, Arnold C. (2008). "La incidencia del impuesto sobre la renta de sociedades revisado". LXI (2). National Tax Journal.

Martín, F. (2009). La economía de los ingresos tributarios. Un manual de estimaciones tributarias. Serie Manuales, No. 62, CEPAL, Naciones Unidas, Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES). Santiago de Chile, Agosto, pp.143

Martínez, M. (2011) El comportamiento humano: nuevos métodos de investigación. 3ra Edición. México, Editorial Trillas.

Ramírez, J. L. y Figueredo, C. (2003). La Responsabilidad del Contador Público como Asesor Tributario Frente a las Normas Vigentes. Especialidad en Gerencia Tributaria. Convenio UCLA-UCT.

Rodríguez Lobato, Raúl. (2006). “Derecho Fiscal”, (2ª ed.), Oxford University Press, México, pp.468 11.

SAT (2019).  Superintendencia de Administración Tributaria. Disponible en: https://portal.sat.gob.gt/portal/biblioteca-en-linea-sat/

 

 

 

 

Enlaces de Referencia

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