El bloque de constitucionalidad en Ecuador y su aplicacin prctica
The constitutionality block in Ecuador and its practical application
O bloqueio de constitucionalidade no Equador e sua aplicao prtica
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Correspondencia: pablo.diazl@ug.edu.ec
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 06 de abril de 2025 *Aceptado: 12 de mayo de 2025 * Publicado: 27 de junio de 2025
I. Abogado, Magister, Docente de la Universidad de Guayaquil UG, Ecuador.
Resumen
El bloque de constitucionalidad en Ecuador constituye una figura esencial dentro del sistema jurdico-constitucional contemporneo, al integrar normas y principios internacionales sobre derechos humanos con jerarqua constitucional. A partir de la Constitucin de 2008, el artculo 424 reconoce que la Carta Magna y los tratados internacionales de derechos humanos prevalecen sobre el resto del ordenamiento jurdico, permitiendo as la incorporacin directa de normas internacionales como parte del control de constitucionalidad. En la prctica, esto ha significado un avance en la tutela de los derechos fundamentales, particularmente en decisiones de la Corte Constitucional del Ecuador, que han utilizado tratados como la Convencin Americana sobre Derechos Humanos o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos para declarar la inconstitucionalidad de leyes nacionales. Sin embargo, su aplicacin no ha estado exenta de desafos, como la resistencia institucional, la falta de formacin en estndares internacionales y las tensiones entre normas internas y compromisos internacionales. Este artculo analiza los alcances del bloque de constitucionalidad en la jurisprudencia ecuatoriana reciente, sus principales desafos y la necesidad de fortalecer la coherencia normativa a travs de una cultura constitucional que garantice la supremaca de los derechos humanos.
Palabras clave: bloque de constitucionalidad; derechos humanos; Corte Constitucional; tratados internacionales; jerarqua normativa; control de constitucionalidad; Ecuador.
Abstract
The constitutionality block in Ecuador constitutes an essential element within the contemporary constitutional legal system, integrating international human rights norms and principles with constitutional hierarchy. Since the 2008 Constitution, Article 424 recognizes that the Magna Carta and international human rights treaties prevail over the rest of the legal system, thus allowing the direct incorporation of international norms as part of constitutional review. In practice, this has represented progress in the protection of fundamental rights, particularly in decisions by the Ecuadorian Constitutional Court, which has used treaties such as the American Convention on Human Rights and the International Covenant on Civil and Political Rights to declare national laws unconstitutional. However, its implementation has not been without challenges, such as institutional resistance, a lack of training in international standards, and tensions between domestic norms and international commitments. This article analyzes the scope of the constitutionality block in recent Ecuadorian jurisprudence, its main challenges, and the need to strengthen normative coherence through a constitutional culture that guarantees the supremacy of human rights.
Keywords: constitutionality block; human rights; Constitutional Court; international treaties; normative hierarchy; constitutional review; Ecuador.
Resumo
O bloqueio de constitucionalidade no Equador constitui um elemento essencial dentro do sistema jurdico constitucional contemporneo, integrando normas e princpios internacionais de direitos humanos com hierarquia constitucional. Desde a Constituio de 2008, o Artigo 424 reconhece que a Carta Magna e os tratados internacionais de direitos humanos prevalecem sobre o restante do sistema jurdico, permitindo assim a incorporao direta de normas internacionais como parte do controle de constitucionalidade. Na prtica, isso representou um avano na proteo dos direitos fundamentais, particularmente nas decises do Tribunal Constitucional equatoriano, que utilizou tratados como a Conveno Americana sobre Direitos Humanos e o Pacto Internacional sobre Direitos Civis e Polticos para declarar a inconstitucionalidade das leis nacionais. No entanto, sua implementao no ocorreu sem desafios, como resistncia institucional, falta de treinamento em padres internacionais e tenses entre normas domsticas e compromissos internacionais. Este artigo analisa o alcance do bloqueio de constitucionalidade na jurisprudncia equatoriana recente, seus principais desafios e a necessidade de fortalecer a coerncia normativa por meio de uma cultura constitucional que garanta a supremacia dos direitos humanos.
Palavras-chave: bloqueio de constitucionalidade; direitos humanos; Tribunal Constitucional; tratados internacionais; hierarquia normativa; reviso constitucional; Equador.
Introduccin
El bloque de constitucionalidad se ha consolidado como una herramienta fundamental para la garanta efectiva de los derechos humanos y la consolidacin del principio de supremaca constitucional. En el caso ecuatoriano, su reconocimiento explcito desde la Constitucin de 2008 ha abierto un nuevo panorama para el control de constitucionalidad y el uso de normas internacionales en la proteccin de los derechos fundamentales (Uprimny, 2011, p. 24). Este fenmeno ha dado lugar a una reinterpretacin del sistema de fuentes del derecho y del rol de los jueces constitucionales.
El artculo 424 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador establece que la Constitucin y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado forman parte del ordenamiento jurdico supremo y prevalecen sobre cualquier otra norma legal (Asamblea Constituyente, 2008, p. 148). Esta disposicin ha generado una apertura del orden jurdico nacional hacia el derecho internacional de los derechos humanos, fortaleciendo as el principio de interdependencia normativa.
El bloque de constitucionalidad no solo se limita al reconocimiento jerrquico de los tratados internacionales, sino que tambin implica la incorporacin de principios y estndares provenientes de los sistemas de proteccin de derechos, como el Sistema Interamericano y el Sistema Universal (Prez Luo, 2007, p. 112). De esta manera, el bloque permite a los jueces y autoridades administrativas aplicar directamente normas internacionales cuando se encuentren en juego derechos fundamentales.
En la prctica ecuatoriana, la Corte Constitucional ha sido uno de los principales actores en la aplicacin del bloque de constitucionalidad. A travs de diversas sentencias, esta corte ha declarado la inconstitucionalidad de normas internas contrarias a tratados internacionales, invocando incluso la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como parte de este bloque (Corte Constitucional del Ecuador, Sentencia No. 34-17-IN/19, pp. 5-6).
No obstante, la implementacin del bloque no ha estado exenta de dificultades. Existen desafos estructurales como la escasa formacin de los operadores de justicia en materia de derecho internacional, la resistencia institucional frente a estndares supranacionales y la poca claridad en la delimitacin del contenido normativo del bloque (Neira, 2020, p. 46). Estos factores generan incertidumbre en la aplicacin uniforme de este mecanismo.
Adems, el bloque de constitucionalidad pone a prueba la coherencia interna del ordenamiento jurdico. No todas las normas nacionales han sido armonizadas con los tratados internacionales, lo que ha generado conflictos normativos y vacos interpretativos. En muchos casos, la falta de voluntad poltica ha impedido una reforma estructural del aparato normativo que permita una aplicacin armnica del bloque (Rodrguez, 2018, p. 73).
Desde una perspectiva crtica, el bloque de constitucionalidad tambin ha sido cuestionado por su uso discrecional. Algunos sectores sealan que los jueces constitucionales emplean esta figura para justificar decisiones ideolgicas o que no siempre responden a un anlisis riguroso de la compatibilidad entre normas internas e internacionales (Gargarella, 2010, p. 88).
A pesar de estos cuestionamientos, el bloque de constitucionalidad representa un avance significativo en la construccin de un Estado constitucional de derechos. Su reconocimiento permite una apertura hacia una cultura jurdica ms pluralista y respetuosa del derecho internacional, lo que es especialmente relevante en contextos donde los derechos fundamentales han sido histricamente vulnerados (Ferrajoli, 2001, p. 152).
En el Ecuador contemporneo, caracterizado por tensiones polticas, reformas legales frecuentes y un sistema judicial an en proceso de consolidacin, el bloque de constitucionalidad puede ser una herramienta para garantizar la estabilidad jurdica y la supremaca de los derechos humanos sobre intereses coyunturales (Villavicencio, 2015, p. 59).
Este artculo propone un anlisis terico-prctico del bloque de constitucionalidad en Ecuador, revisando tanto sus bases normativas como su aplicacin en la jurisprudencia constitucional reciente. A su vez, se reflexiona sobre los lmites, oportunidades y desafos que enfrenta este mecanismo en la actualidad.
Con base en ello, se busca aportar a la construccin de una doctrina constitucional ms clara sobre el bloque de constitucionalidad, proponiendo lineamientos que favorezcan su correcta interpretacin y aplicacin. Asimismo, se pretende visibilizar las prcticas judiciales que han fortalecido o debilitado su funcin protectora de los derechos fundamentales.
En suma, el bloque de constitucionalidad no debe verse como una simple frmula jurdica, sino como un instrumento vivo del constitucionalismo transformador que aspira a posicionar al ser humano como centro del ordenamiento jurdico y a los derechos como lmites efectivos del poder estatal (Carbonell, 2007, p. 131).
Planteamiento del problema
A pesar del reconocimiento normativo del bloque de constitucionalidad en la Constitucin ecuatoriana, su aplicacin prctica evidencia una serie de inconsistencias. Existen deficiencias en la formacin de jueces, ambigedades en la interpretacin del alcance del bloque, y resistencia institucional frente a la incorporacin efectiva de tratados internacionales como parmetros de control. La ausencia de criterios uniformes en la jurisprudencia y la falta de articulacin entre el derecho nacional e internacional generan incertidumbre jurdica y ponen en riesgo la proteccin efectiva de los derechos fundamentales.
Objetivo general
Analizar la aplicacin del bloque de constitucionalidad en el ordenamiento jurdico ecuatoriano y su impacto en la proteccin de los derechos fundamentales a travs de la jurisprudencia reciente.
Objetivos especficos
1. Identificar las normas constitucionales y supranacionales que integran el bloque de constitucionalidad en Ecuador.
2. Examinar la jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador relacionada con el bloque de constitucionalidad.
3. Determinar los principales obstculos jurdicos e institucionales que dificultan su aplicacin efectiva.
Posible solucin
Una posible solucin radica en el fortalecimiento de la formacin continua en derecho internacional de los derechos humanos para jueces, fiscales y abogados, as como en la creacin de protocolos judiciales que establezcan lineamientos claros para la aplicacin del bloque. Adems, se requiere armonizar el ordenamiento interno con los tratados internacionales, impulsando reformas legislativas que eliminen contradicciones normativas. Finalmente, debe fortalecerse el rol de la Corte Constitucional como garante de la aplicacin del bloque mediante el desarrollo de doctrina jurisprudencial coherente y accesible.
Justificacin
La relevancia de este estudio radica en que el bloque de constitucionalidad constituye un puente entre el derecho interno y el derecho internacional de los derechos humanos, ofreciendo herramientas poderosas para la defensa de los principios fundamentales del Estado de Derecho. En un contexto donde persisten violaciones a los derechos humanos y donde las decisiones judiciales an reflejan vacos en el conocimiento de las normas supranacionales, resulta imprescindible revisar crticamente la forma en que se aplica el bloque de constitucionalidad en Ecuador. Al comprender sus desafos y potencialidades, se contribuye a consolidar una cultura jurdica respetuosa de la dignidad humana y del principio de supremaca constitucional, pilares esenciales para un Estado democrtico y garantista.
Estado del arte
El bloque de constitucionalidad ha sido objeto de mltiples estudios en Amrica Latina, especialmente en pases que han incorporado en sus constituciones el reconocimiento expreso de normas internacionales como parte del derecho interno. En el caso ecuatoriano, este concepto ha sido abordado desde diferentes enfoques: jurdico, constitucional, y de derechos humanos.
Segn Uprimny (2011), el bloque de constitucionalidad se entiende como un conjunto normativo que, aunque no forma parte literal del texto constitucional, tiene igual jerarqua debido a su contenido de derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de tratados internacionales ratificados por el Estado (p. 27). Esta visin ha sido adoptada parcialmente en Ecuador, donde la Constitucin de 2008 establece de manera explcita la inclusin de los tratados internacionales sobre derechos humanos como parte del orden jurdico supremo (Asamblea Constituyente, 2008, art. 424, p. 148).
Autores como Neira (2020) han identificado que la aplicacin del bloque en Ecuador an enfrenta vacos interpretativos debido a la falta de doctrina nacional consolidada que defina con precisin su contenido y lmites (p. 48). Esto ha generado una aplicacin desigual en los tribunales y una dependencia excesiva de la jurisprudencia constitucional.
Por su parte, Villavicencio (2015) destaca que la Corte Constitucional del Ecuador ha dado pasos importantes en la consolidacin del bloque de constitucionalidad, al citar directamente tratados y sentencias internacionales en sus fallos, aunque advierte sobre la necesidad de fortalecer la capacitacin judicial en derecho internacional (p. 62).
Asimismo, la doctrina comparada ha servido de referencia para contextualizar el caso ecuatoriano. En Colombia, por ejemplo, la Corte Constitucional ha construido una teora slida del bloque de constitucionalidad, diferenciando entre un bloque estricto (normas con jerarqua constitucional) y un bloque lato sensu (normas con rango legal pero vinculantes en la interpretacin constitucional) (Corte Constitucional de Colombia, Sentencia C-225/95, p. 18).
En resumen, aunque el Ecuador ha avanzado normativamente en la incorporacin del bloque de constitucionalidad, su aplicacin prctica requiere mayor claridad doctrinal, sistematizacin jurisprudencial y formacin judicial especializada.
Marco terico
El bloque de constitucionalidad nace del principio de supremaca constitucional y de la necesidad de armonizar el derecho interno con el derecho internacional de los derechos humanos. Este concepto implica que, adems del texto formal de la Constitucin, existen otras normas y principios que forman parte del parmetro de constitucionalidad, como los tratados internacionales ratificados por el Estado (Ferrajoli, 2001, p. 138).
En el contexto ecuatoriano, el artculo 424 de la Constitucin de 2008 reconoce explcitamente que los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Ecuador tienen jerarqua constitucional. Esto posiciona al bloque como un instrumento para el control de convencionalidad y para la aplicacin directa de normas internacionales (Asamblea Constituyente, 2008, p. 148).
Desde la perspectiva del garantismo jurdico, el bloque de constitucionalidad permite reforzar la proteccin de los derechos fundamentales frente a normas legales regresivas o contrarias a estndares internacionales (Ferrajoli, 2001, p. 144). Este enfoque exige que toda autoridad pblica acte conforme al principio pro persona, favoreciendo siempre la norma ms protectora de los derechos humanos (Prez Luo, 2007, p. 115).
Adems, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sealado en casos como Almonacid Arellano vs. Chile que el derecho internacional de los derechos humanos forma parte del derecho interno y debe ser aplicado preferentemente cuando se trate de proteger derechos fundamentales (Corte IDH, 2006, prr. 124).
El bloque de constitucionalidad tambin encuentra sustento en la doctrina del pluralismo jurdico, que reconoce la existencia de mltiples sistemas normativos coexistentes (Carbonell, 2007, p. 131). En este marco, el juez constitucional no se limita al anlisis de normas nacionales, sino que debe integrar fuentes internacionales como parte de su razonamiento jurdico.
Finalmente, el desarrollo del bloque requiere no solo de normas escritas, sino tambin de una cultura constitucional que promueva su aplicacin efectiva mediante la educacin jurdica, la transparencia y la rendicin de cuentas en el poder judicial (Gargarella, 2010, p. 94).
Estudios de caso y experiencias internacionales
1. Colombia: La Corte Constitucional de Colombia ha sido pionera en Amrica Latina en la construccin del bloque de constitucionalidad. En la Sentencia C-225/95, el tribunal defini dos tipos de normas: aquellas que hacen parte del bloque en sentido estricto, como los tratados de derechos humanos, y aquellas que complementan la interpretacin constitucional (Corte Constitucional de Colombia, 1995, p. 18). Esta diferenciacin ha servido para articular un sistema de control de constitucionalidad que combina fuentes internas e internacionales.
2. Costa Rica: En Costa Rica, la Sala Constitucional de la Corte Suprema ha utilizado el bloque de constitucionalidad para controlar normas legales contrarias a tratados como la Convencin Americana sobre Derechos Humanos. En la sentencia 3435-2012, se declar la inconstitucionalidad parcial de una ley por contrariar el principio de igualdad consagrado en la CADH (Sala Constitucional de Costa Rica, 2012, prr. 42).
3. Ecuador: La Sentencia No. 34-17-IN/19 de la Corte Constitucional del Ecuador reconoci la aplicacin del bloque de constitucionalidad al invalidar normas contrarias al principio de igualdad y no discriminacin, utilizando como fundamento la Convencin sobre la Eliminacin de todas las formas de Discriminacin contra la Mujer (CEDAW) y la jurisprudencia de la Corte IDH (Corte Constitucional del Ecuador, 2019, pp. 5-7).
Estos casos muestran cmo el bloque de constitucionalidad se ha convertido en un mecanismo clave para reforzar el respeto a los derechos humanos a nivel nacional e internacional, aunque con desafos diferenciados segn el contexto institucional y poltico de cada pas.
Normativa ecuatoriana sobre el bloque de constitucionalidad
1. Constitucin de la Repblica del Ecuador (2008):
Artculo 424: Reconoce que la Constitucin y los tratados internacionales de derechos humanos prevalecen sobre cualquier otra norma (Asamblea Constituyente, 2008, p. 148).
Artculo 417: Establece que los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se integran al ordenamiento jurdico nacional (p. 145).
2. Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC):
Artculo 22: Determina que los jueces deben aplicar el bloque de constitucionalidad al ejercer el control de constitucionalidad, incluyendo normas internacionales ratificadas (Asamblea Nacional del Ecuador, 2009, p. 34).
3. Cdigo Orgnico de la Funcin Judicial:
Artculo 18: Establece que los jueces deben aplicar normas constitucionales e internacionales, respetando el principio pro persona (Consejo de la Judicatura, 2011, p. 67).
4. Jurisprudencia constitucional:
La Corte Constitucional ha emitido varias sentencias relevantes, entre ellas la Sentencia No. 34-17-IN/19, la Sentencia No. 1147-18-JP/20, y la Sentencia No. 002-12-SCN-CC, todas aplicando tratados internacionales en su razonamiento.
Metodologa
El trabajo aplica este marco metodolgico de manera integrada para ofrecer un anlisis completo del impacto del bloque de constitucionalidad en el ordenamiento jurdico ecuatoriano, especialmente en lo relativo a la proteccin de los derechos humanos y la aplicacin judicial de tratados internacionales. Se emplean tres enfoques complementarios: el mtodo descriptivo, el mtodo bibliogrfico y el mtodo fenomenolgico jurdico, los cuales permiten abordar el fenmeno jurdico desde una perspectiva terica, normativa y prctica.
Mtodo Descriptivo
El mtodo descriptivo permite caracterizar el bloque de constitucionalidad como figura jurdica en el contexto ecuatoriano, identificando sus componentes normativos, sus fundamentos doctrinales y su recepcin jurisprudencial. Este mtodo se centra en observar y documentar las principales caractersticas del fenmeno sin manipular las variables, permitiendo una visin objetiva del estado actual del tema.
A travs del mtodo descriptivo se analizan los artculos constitucionales relevantes, como el 424 y el 417 de la Constitucin de 2008, as como la normativa complementaria y los pronunciamientos de la Corte Constitucional del Ecuador. De igual forma, se describen las experiencias comparadas de otros pases latinoamericanos, como Colombia y Costa Rica, que han desarrollado de forma ms estructurada el bloque de constitucionalidad, a fin de contrastar y enriquecer el anlisis del caso ecuatoriano.
Mtodo Bibliogrfico
Aplicacin
El mtodo bibliogrfico permite sustentar tericamente el anlisis a partir de fuentes
secundarias, como libros, artculos cientficos, normas jurdicas y
jurisprudencia especializada. Este enfoque es esencial para establecer el marco
conceptual del bloque de constitucionalidad y para identificar cmo ha sido
entendido y aplicado por distintos autores y tribunales constitucionales.
Se recurre a obras fundamentales de autores como Luigi Ferrajoli (2001), Antonio Enrique Prez Luo (2007) y Roberto Gargarella (2010), quienes abordan el vnculo entre derechos fundamentales, normas supranacionales y control de constitucionalidad. Asimismo, se emplean investigaciones recientes sobre el sistema constitucional ecuatoriano y su interaccin con el derecho internacional, como las de Villavicencio (2015) y Neira (2020).
Las fuentes bibliogrficas consultadas son evaluadas crticamente para seleccionar aquellas que aportan una visin rigurosa y actualizada del fenmeno, permitiendo construir un cuerpo argumentativo slido y coherente.
Mtodo Fenomenolgico Jurdico
Aplicacin
El mtodo fenomenolgico jurdico se emplea para comprender cmo los operadores
jurdicos ecuatorianos particularmente la Corte Constitucional perciben y
aplican el bloque de constitucionalidad en sus decisiones. Este enfoque no se
limita al anlisis normativo, sino que busca comprender el sentido prctico que
los actores jurdicos dan a esta figura dentro de la cultura constitucional
ecuatoriana.
A travs de este mtodo, se analizan sentencias emblemticas que han aplicado normas del derecho internacional de los derechos humanos para invalidar leyes nacionales, interpretando no solo el texto de las decisiones, sino tambin el contexto jurdico, poltico e institucional en el que fueron dictadas. La fenomenologa jurdica permite as una aproximacin ms humana y contextualizada al estudio del derecho, atendiendo a los significados que los jueces atribuyen a las normas internacionales dentro del bloque.
Discusin y resultados
1. Definicin
La discusin sobre el bloque de constitucionalidad en Ecuador gira en torno a su funcin como parmetro normativo y jurisprudencial que integra normas constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos con igual jerarqua. De acuerdo con Uprimny (2011), esta figura se construye como una herramienta de control que fortalece la supremaca de los derechos humanos en el ordenamiento jurdico (p. 27). En el contexto ecuatoriano, esta herramienta se encuentra expresamente reconocida en los artculos 424 y 417 de la Constitucin (Asamblea Constituyente, 2008, pp. 145-148).
El bloque no se limita a los tratados, sino que tambin puede abarcar principios generales del derecho internacional, jurisprudencia internacional vinculante, y en algunos casos, normas consuetudinarias. La Corte Constitucional del Ecuador ha comenzado a construir una doctrina incipiente sobre esta figura, aunque su desarrollo sigue siendo limitado en comparacin con otras jurisdicciones latinoamericanas como Colombia.
2. Ejemplos de Implementacin y Resultados
En Ecuador, la Corte Constitucional ha aplicado el bloque de constitucionalidad en varios fallos emblemticos:
Sentencia No. 34-17-IN/19: se declar inconstitucional un reglamento por vulnerar el principio de igualdad y no discriminacin, apoyndose en la CEDAW y en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte Constitucional del Ecuador, 2019, pp. 5-8).
Sentencia No. 002-12-SCN-CC: se invocaron tratados internacionales para reforzar el derecho al debido proceso y garantizar la tutela judicial efectiva, estableciendo que las normas internacionales pueden aplicarse directamente en casos de vulneracin de derechos fundamentales (p. 12).
Sentencia No. 1147-18-JP/20: se analiz la detencin preventiva a la luz del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (PIDCP), determinando que las medidas cautelares deben cumplir estndares internacionales de proporcionalidad y necesidad (p. 9).
Estos casos reflejan cmo la aplicacin del bloque puede incidir directamente en la proteccin de derechos, reinterpretar normas internas y fortalecer el control de constitucionalidad en beneficio de la ciudadana.
3. Cuestiones ticas
La aplicacin del bloque de constitucionalidad conlleva importantes desafos ticos. Por un lado, impone a los jueces la responsabilidad de interpretar el derecho con base en los ms altos estndares internacionales, lo cual exige formacin continua y conciencia tica sobre el impacto de sus decisiones.
Por otro lado, el uso estratgico o ideolgico del bloque puede derivar en una instrumentalizacin del derecho internacional, lo cual comprometera el principio de imparcialidad judicial. Adems, en contextos de inestabilidad poltica, el juez constitucional podra ser presionado para invocar normas internacionales de forma selectiva, generando inseguridad jurdica (Gargarella, 2010, p. 88).
Finalmente, existe una dimensin tica vinculada al principio pro persona: siempre que existan dos o ms normas aplicables, debe preferirse aquella que otorgue mayor proteccin a los derechos fundamentales (Prez Luo, 2007, p. 117). No hacerlo implicara una omisin tica y jurdica grave en el ejercicio de la funcin pblica.
4. Anlisis de los Resultados
El anlisis de casos recientes y opiniones doctrinarias permite identificar una tendencia positiva en el uso del bloque, aunque todava fragmentada y dependiente de la voluntad interpretativa de los jueces constitucionales. La siguiente tabla sistematiza los principales resultados encontrados:
Tabla 1. Aplicacin del Bloque de Constitucionalidad en Sentencias Ecuatorianas (20122024)
N. |
Sentencia CC |
Tratado Internacional Invocado |
Derecho Protegido |
Resultado |
1 |
002-12-SCN-CC |
PIDCP |
Debido proceso |
Aplicacin directa del tratado |
2 |
34-17-IN/19 |
CEDAW |
Igualdad de gnero |
Inconstitucionalidad parcial |
3 |
1147-18-JP/20 |
PIDCP |
Libertad personal |
Restriccin declarada ilegtima |
4 |
001-15-SAN-CC |
CADH |
Derecho a la salud |
Obligacin de reparacin al Estado |
Nota:
Elaboracin propia con base en informacin pblica de la Corte Constitucional
del Ecuador.
Fuente: Corte Constitucional del Ecuador (2024). Sistema de Consulta
Jurisprudencial
Grfico 1. Frecuencia de Invocacin de Tratados Internacionales en Sentencias Constitucionales (20122024)
Nota:
El grfico representa la cantidad de veces que se ha invocado cada tratado en
las sentencias analizadas
Fuente: Elaboracin propia con datos de la base jurisprudencial de la
Corte Constitucional del Ecuador (2024)
Interpretacin del grfico: El grfico muestra que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (PIDCP) es el tratado ms utilizado por la Corte Constitucional para fundamentar fallos de inconstitucionalidad, seguido por la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y la CEDAW. Esto indica que los derechos civiles, polticos y de igualdad de gnero son los mbitos ms fortalecidos por el bloque.
Conclusiones
El estudio del bloque de constitucionalidad en Ecuador permite concluir que se trata de un instrumento clave para garantizar la supremaca de los derechos humanos en el orden jurdico nacional. Su inclusin expresa en la Constitucin de 2008 representa un avance sustancial en la alineacin del ordenamiento jurdico interno con los estndares internacionales.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha dado pasos importantes para su consolidacin, aplicando tratados internacionales como parmetros de control de constitucionalidad y proteccin de derechos. Sin embargo, la falta de uniformidad en su aplicacin y la escasa formacin de operadores jurdicos en derecho internacional de los derechos humanos limitan su eficacia real.
El bloque de constitucionalidad tambin enfrenta desafos normativos y polticos, entre ellos la resistencia de ciertos sectores estatales a incorporar de forma vinculante los estndares internacionales. Adems, la inexistencia de una doctrina nacional slida sobre el alcance del bloque genera inseguridad jurdica y margen de discrecionalidad.
Comparativamente, Ecuador ha avanzado respecto de otros pases de la regin, pero an se encuentra rezagado frente a experiencias como la de Colombia, donde se ha desarrollado una doctrina clara y sistemtica sobre el bloque de constitucionalidad. La consolidacin de esta figura depender de la voluntad institucional, la formacin jurdica y la creacin de criterios jurisprudenciales coherentes.
Recomendaciones
1. Fortalecer la formacin continua de jueces, fiscales y abogados en derecho internacional de los derechos humanos y su vinculacin con el bloque de constitucionalidad.
2. Promover una reforma legal que clarifique los alcances normativos del bloque, incorporando expresamente estndares internacionales en el desarrollo legislativo.
3. Sistematizar la jurisprudencia de la Corte Constitucional para establecer criterios uniformes sobre la aplicacin del bloque y facilitar su uso por otras instancias judiciales.
4. Fomentar el dilogo entre el derecho nacional e internacional mediante seminarios, foros y redes jurdicas interinstitucionales que refuercen una cultura constitucional.
5. Desarrollar protocolos judiciales de interpretacin y aplicacin del bloque, que guen a los jueces en el uso adecuado de tratados y jurisprudencia internacional.
6. Impulsar el uso del principio pro persona como criterio rector en todas las decisiones jurdicas que involucren derechos fundamentales.
Referencias
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2. Asamblea Nacional del Ecuador. (2009). Ley Orgnica de Garantas Jurisdiccionales y Control Constitucional. Registro Oficial No. 52.
3. Carbonell, M. (2007). Neoconstitucionalismo(s). Editorial Trotta.
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7. Corte Constitucional de Colombia. (1995). Sentencia C-225/95. https://www.corteconstitucional.gov.co
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11. Neira, J. (2020). La aplicacin del bloque de constitucionalidad en el Ecuador: Anlisis jurdico y jurisprudencial. Revista Ecuatoriana de Derecho Constitucional, 12(1), 4261.
12. Prez Luo, A. E. (2007). Los derechos fundamentales: Estado actual y perspectivas. Tecnos.
13. Uprimny, R. (2011). Bloque de constitucionalidad, justicia constitucional y democracia en Amrica Latina. Revista de Derecho Pblico, (25), 2134.
14. Villavicencio, E. (2015). El bloque de constitucionalidad en Ecuador: Marco normativo y jurisprudencial. Revista Iuris Dictio, 17(2), 5567.
2025 por el autor. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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