La valoracin de la prueba en el tipo penal de trfico ilcito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin

 

The assessment of evidence in the criminal type of illicit trafficking of substances classified as subject to control

 

A apreciao da prova no tipo penal de trfico ilcito de substncias inventariadas sujeitas a controlo

 

Danissa Nohelia Flores-Delgado I
18danisa.flores@gmail.com
https://orcid.org/0009-0002-8572-9492
Danny Xavier Snchez II
dannysanchez@uti.edu.ec
https://orcid.org/0000-0001-5783-2682
 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: 18danisa.flores@gmail.com

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 20 de septiembre de 2024 *Aceptado: 01 de octubre de 2024 * Publicado: 20 de noviembre de 2024

 

        I.            Estudiante de Octavo Semestre de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Polticas, Carrera de Derecho, Universidad Indoamrica, Ambato, Ecuador.

      II.            Abogado, Msc. Doctorado por la Pontificia Universidad Catlica de Argentina, posee Ttulo de Maestra en Derecho Mencin, Derecho Penal y Procesal Penal, posee Ttulo de Maestra en Derecho Penal Econmico, Diplomatura en Derecho Procesal Penal, Mencin Experto Litigante, Consejo de la Judicatura, Experto Universitario en Tcnicas de Litigacin de Juicio, Abogado Titulado por la Pontificia Universidad del Ecuador, Ambato, actualmente Profesor, Investigador Titular del Derecho Penal y Teora del Delito en la Universidad Indoamrica, Ambato, Coordinador de Posgrados de la Carrera de Derecho Universidad Indoamrica, Ecuador.


Resumen

El objetivo principal de este articulo acadmico es analizar el impacto del ejercicio de la valoracin probatoria aplicada por los jueces ecuatorianos en la determinacin de la culpabilidad o inocencia en casos de trfico ilcito de sustancias catalogadas y sujetas a fiscalizacin. La evolucin histrica de la prueba en el proceso penal refleja los cambios sociales y judiciales. Desde juicios antiguos basados en rituales hasta sistemas modernos, la prueba ha pasado de la autoridad divina a pruebas concretas y reglas especficas. En la actualidad, la valoracin de la evidencia se rige por criterios como la legalidad, autenticidad y pertinencia, con un equilibrio entre eficiencia y bsqueda de la verdad. El trfico ilcito de sustancias controladas, previsto en el artculo 220 del Cdigo Orgnico Integral Penal, conlleva a la imposicin de penas severas al respecto. El procedimiento abreviado agiliza los procesos judiciales, pero podra comprometer la calidad de la investigacin. Las diferentes perspectivas sobre la valoracin de la prueba pueden afectar la eficacia del sistema judicial y la confianza en l. Para llegar a este resultado, se aplic un enfoque cualitativo, con ayuda de los mtodos analtico-sinttico, el histrico-lgico y el exegtico.

Palabras Clave: Valoracin de la prueba; tipo penal; trfico ilcito de sustancias sujetas a fiscalizacin; Cdigo Orgnico Integral penal, Ecuador.

 

Abstract

The main objective of this academic article is to analyze the impact of the exercise of evidentiary assessment applied by Ecuadorian judges in determining guilt or innocence in cases of illicit trafficking of controlled substances. The historical evolution of evidence in criminal proceedings reflects social and judicial changes. From ancient trials based on rituals to modern systems, evidence has moved from divine authority to concrete evidence and specific rules. Currently, the assessment of evidence is governed by criteria such as legality, authenticity and relevance, with a balance between efficiency and the search for truth. The illicit trafficking of controlled substances, provided for in article 220 of the Comprehensive Organic Criminal Code, leads to the imposition of severe penalties in this regard. The abbreviated procedure speeds up judicial processes, but could compromise the quality of the investigation. Different perspectives on the assessment of evidence can affect the effectiveness of the judicial system and confidence in it. To reach this result, a qualitative approach was applied, with the help of analytical-synthetic, historical-logical and exegetic methods.

Keywords: Evidence assessment; criminal type; illicit trafficking of controlled substances; Comprehensive Organic Criminal Code, Ecuador.

 

Resumo

O principal objetivo deste artigo acadmico analisar o impacto do exerccio de avaliao probatria aplicado pelos juzes equatorianos na determinao da culpabilidade ou inocncia em casos de trfico ilcito de substncias inventariadas sujeitas a controlo. A evoluo histrica da prova em processo penal reflete alteraes sociais e judiciais. Desde os antigos julgamentos baseados em rituais at aos sistemas modernos, a prova passou da autoridade divina para testes concretos e regras especficas. Atualmente, a avaliao da prova rege-se por critrios como a legalidade, a autenticidade e a relevncia, havendo um equilbrio entre a eficincia e a busca da verdade. O trfico ilcito de substncias controladas, previsto no artigo 220. do Cdigo Penal Orgnico Integral, conduz imposio de penas severas a este respeito. O procedimento abreviado agiliza os processos judiciais, mas pode comprometer a qualidade da investigao. As diferentes perspetivas sobre a avaliao da prova podem afetar a eficcia e a confiana no sistema judicial. Para chegar a este resultado, aplicou-se uma abordagem qualitativa, com o auxlio de mtodos analtico-sintticos, histrico-lgicos e exegticos.

Palavras-chave: Avaliao de testes; tipo criminoso; trfico ilcito de substncias controladas; Cdigo Penal Orgnico Integral, Equador.

 

Introduccin

En los procesos judiciales, la prueba se refiere a la presentacin de evidencia con el fin de demostrar o refutar, hechos pertinentes al caso. Las pruebas desempean un papel esencial en el sistema legal, siendo cruciales para la toma de decisiones imparciales por parte de los tribunales. Existen varios tipos de pruebas, que abarcan desde documentos y testimonios verbales, hasta pruebas periciales y evidencia fsica.

En civilizaciones antiguas como la romana, se empleaban mtodos rudimentarios como el juicio por combate, pero los romanos, introdujeron la nocin de testimonio de testigos y la importancia de la evidencia en la toma de decisiones judiciales. En este sentido, segn Echanda (2000) la antigua Roma emerge como la cuna de la prueba, y destaca que all tuvo lugar la primera evolucin analgica de la materia de la prueba, junto con el desarrollo del proceso y el surgimiento de la administracin de justicia. (p. 120)

En la etapa conocida como per legis actiones (a travs de acciones de la ley), el juez desempeaba el papel de rbitro del pueblo, gozando de total autonoma para valorar las pruebas y tomar decisiones judiciales segn su propio criterio (Garca, 2003). En este perodo, la admisin del testimonio como elemento probatorio estaba presente, pero solo aquellos ciudadanos con derechos plenos, principalmente de la alta sociedad y aristcratas, eran considerados testigos idneos.

Adems del testimonio, otros elementos probatorios en la antigua Roma incluan la prueba documental presentada por las partes y el juramento al que los sujetos procesales estaban dispuestos a someterse, estos elementos constituan un conjunto de contribuciones entregadas al rbitro, quien ostentaba la ltima palabra y decida en funcin de estos elementos (Crdenas y Salazar, 2021). El propsito detrs de esta estructura era evitar arbitrariedades y garantizar que ninguna de las partes fuera perjudicada sin justificacin.

Asimismo, durante la Edad Media, surgieron las ordalas, pruebas divinas que incluan juicios por fuego o la intervencin divina para determinar la culpabilidad. La Inquisicin, caracterstica de esta poca, adopt un sistema inquisitivo centrado en la confesin, a menudo obtenida mediante tortura. En Inglaterra, el sistema legal evolucion hacia un enfoque ms equitativo y basado en la evidencia, destacando la importancia del jurado y el estndar de prueba ms all de una duda razonable. (Devis, 2012)

Con la Revolucin Cientfica, surgieron desarrollos como la prueba pericial y la aplicacin de mtodos cientficos a la evidencia forense en los siglos XVII y XVIII. El siglo XX, marcado por los derechos humanos, hizo hincapi en garantizar un juicio justo, con nfasis en la asistencia letrada y la exclusin de pruebas ilcitas (Crdenas y Salazar, 2021). En tiempos contemporneos, los avances tecnolgicos, como las pruebas de ADN y el anlisis de evidencia digital, han transformado la presentacin y evaluacin de pruebas en los tribunales, proporcionando herramientas ms precisas y confiables.

Este artculo que abraca acerca de la valoracin de la prueba, pero, especficamente, dirigida a los delitos de trfico ilcito de sustancias sujetas a fiscalizacin. Delito que, en la actualidad, es cada vez ms invasivo y extendido por el mundo, causando todas las consecuencias nefastas que implica, y que, por ende, su valoracin probatoria, merece reflexiones en aras de encontrar la precisin, la exhaustividad y la procedencia de dichas valoraciones a cargo del juzgador.

La autora Lpez Soria, (2015) al respecto, opina:

Esta institucin se sustenta por el principio de que el acusado slo puede ser condenado si el Tribunal competente ha constatado con certeza los hechos imputados. Una decisin judicial slo puede estar fundada en una prueba plena. La actividad judicial se nuclea bsicamente en torno a la valoracin de los hechos y su subsuncin en las normas jurdicas. El fallo de la sentencia se basar exclusivamente y se corresponder, con los elementos probatorios obtenidos, en el juicio oral, y consignados en el acta. El consecuente momento procesal consiste en la subsuncin de los hechos al Derecho, proceso dialctico del que resulta el producto genuino del proceso penal: la sentencia. (p. 166)

Pensamiento tcnico que, no solo resalta la necesidad de una valoracin correcta y adecuada, en base a los elementos probatorios, sino, adems, que la sentencia; resolucin judicial, destinada explicar esa valoracin, tanto desde el punto de vista fctico, como normativo, requiere una concatenacin lgica, detallada y eficiente, con respecto a los medios de prueba practicados. Sin lugar a duda, hay mucho que ampliar al respecto, pero, en este caso, es de concretar el examen de este ejercicio judicial, adaptado a las caractersticas de los delitos vinculados al trfico de drogas.

En el mbito penal, la prueba es crucial para establecer si el acusado es culpable o inocente. Aunque se parte de la presuncin de inocencia, es responsabilidad de la fiscala probar su culpabilidad de manera que no quede duda razonable. Los derechos del acusado, como el derecho a guardar silencio y a contar con una defensa adecuada, son esenciales en este proceso. El juez es quien tiene la tarea de valorar la prueba, tomando en cuenta la credibilidad de los testigos, la autenticidad de las pruebas y la coherencia de los testimonios.

 

Desarrollo

Origen de la prueba y evolucin histrica dentro del proceso penal

La evolucin de la prueba ha sido un reflejo marcado no tanto del progreso lineal de la civilizacin, sino ms bien, de los vaivenes polticos que han caracterizado a cada poca y sociedad. Desde los rudimentarios juicios de la era primitiva, donde la prueba se basaba en rituales y creencias, hasta los sofisticados sistemas legales contemporneos, donde la evidencia su sometimiento a un escrutinio meticuloso, cada avance ha estado estrechamente ligado a los cambios en el poder y la estructura poltica. La historia de la prueba es, en esencia, una narrativa entrelazada con los altibajos de la autoridad y la influencia poltica, revelando tanto los ideales de justicia, como las realidades del poder a lo largo del tiempo.

La evolucin de la prueba penal refleja el progreso de la sociedad y los cambios en el sistema judicial a lo largo de la historia.

En sus inicios, la determinacin de culpabilidad recaa en la divinidad, y los tribunales simplemente realizaban rituales en busca de su manifestacin. Este enfoque reflejaba una visin teocrtica del derecho, donde la autoridad divina era suprema. Sin embargo, con el avance de la civilizacin y el surgimiento de sistemas polticos ms complejos, surgi una nueva concepcin de la justicia. (Bravo, 2010)

Este mismo autor describe:

Se impuso a los jueces la responsabilidad de formar su propio convencimiento sobre la culpabilidad del acusado, basndose en su capacidad intelectual y en pruebas concretas. Este cambio marc el surgimiento de la prueba penal tal como la conocemos hoy en da, donde se valoran evidencias y argumentos para determinar la verdad en los casos judiciales. Mientras tanto, en el sistema inquisitivo antiguo, la nocin de prueba estaba intrnsecamente ligada a un enfoque autoritario que presuma la culpabilidad del imputado desde el inicio del proceso. (Bravo, 2010)

Por ello, la importancia de la prueba en ese momento histrico era relativa, ya que el objetivo primordial no era precisamente, establecer la verdad objetiva, sino, reafirmar una culpabilidad ya presupuesta. Bajo este modelo, el imputado era tratado como culpable de antemano, y el proceso judicial se converta en una suerte de validacin de esa presunta culpabilidad. Este enfoque autoritario no solo socavaba los derechos fundamentales del imputado, sino que tambin, generaba un clima de injusticia y arbitrariedad en el sistema judicial. La presuncin de culpabilidad antes de la presentacin de pruebas efectivas iba en contra de los principios bsicos de la justicia y la equidad. La interseccin de estos paradigmas de divinidad e inteligencia del juzgador, ha moldeado un escenario donde el testimonio y la prueba indiciaria emergen como pilares fundamentales en la bsqueda de la verdad.

Ahora bien, en sistemas jurdicos influenciados tanto por el Derecho romano-germnico, la ley se erige como la principal fuente de derecho, siendo el deber del juez, interpretarla y discernir la voluntad del legislador. Sin embargo, esta interpretacin se encuentra limitada por los textos normativos, marcando as, un Estado de Derecho donde la libertad judicial para valorar la prueba, se ve constreida por las reglas del ordenamiento jurdico. El juez, en este escenario, se convierte en la "boca de la ley", lo que impide la discrecin en sus sentencias y dificulta la bsqueda de la verdad real (Crdenas y Salazar, 2021).

En este contexto, la prueba surge como un elemento esencial para sustentar las tesis de las partes procesales y proporcionar conviccin al juez. En el mbito penal, los medios de prueba se convierten en herramientas para determinar la existencia del delito y la culpabilidad de los procesados, guiando as, el ejercicio valorativo del juez hacia la certeza de la inocencia o la culpabilidad. Esta bsqueda de la verdad a travs de la prueba, es fundamental para la administracin de justicia.

Afortunadamente, con el paso del tiempo y el desarrollo de los sistemas jurdicos modernos, se han adoptado enfoques ms justos y equitativos que ponen nfasis en la presuncin de inocencia y en la necesidad de pruebas concretas para fundamentar cualquier acusacin. Este cambio ha contribuido a fortalecer la imparcialidad y la transparencia en los procesos judiciales, garantizando as una mayor proteccin de los derechos individuales y un mayor respeto por la dignidad humana en el mbito legal.

Quizs, en ltima instancia, la verdadera naturaleza de la prueba penal reside en su capacidad para revelar no solo la culpabilidad o la inocencia de un individuo, sino tambin, la complejidad de la condicin humana y los misterios de la verdad. En este cruce de caminos entre el relato y la evidencia, se dibuja el paisaje de la justicia moderna, donde la bsqueda de la verdad es un viaje lleno de giros inesperados y revelaciones sorprendentes.

 

La valoracin de la prueba en materia penal: Anlisis de sus etapas

La prueba desempea un papel fundamental en cualquier proceso jurdico probatorio, y su importancia se dimensiona an ms, en un proceso penal, donde la bsqueda de la justicia y la proteccin de los derechos humanos son primordiales. En el escenario penal, se encuentran en juego, derechos fundamentales de todo individuo, incluyendo el derecho a un juicio justo, el respeto a la dignidad humana y la presuncin de inocencia (Monroy y Gonzales, 2021, p. 20).

Adems, y a decir de Parra (2011) se involucra el derecho a la libertad, ya que las decisiones judiciales pueden determinar la privacin o preservacin de la libertad de una persona (p. 35). Por tanto, la calidad y la pertinencia de la prueba, adquieren una relevancia muy grande en cuanto a garantizar un proceso justo y equitativo, en el cual se respeten los derechos fundamentales de todas las partes involucradas.

Segn lo establecido en el artculo 589 del Cdigo Orgnico Integral penal, en adelante, COIP, las etapas del procedimiento ordinario son: instruccin, evaluacin y preparatoria de juicio, y juicio. (COIP, 2014). Entonces, pese a que la etapa judicial o de juzgamiento es el momento cumbre para la valoracin de la prueba, pues solo despus de su prctica es que los medios probatorios, se convierten en prueba, ya sea en sentido positivo o negativo con respecto a determinada teora del caso sostenida hasta ah. Todas estas etapas requieres ejercicios de valoracin y en ocasiones, tambin judicial, como cuando se practica, por ejemplo, un testimonio anticipado.

Esto, a pesar de que los criterios de valoracin de la prueba son constantes en todas estas fases, su aplicacin puede verse influenciada por el contexto y los objetivos especficos de cada etapa. Por ello, es importante tener en cuenta que todo este proceso penal se inicia con la fase de investigacin previa, donde se recopilan los primeros indicios y evidencias que luego, sern sometidos a un anlisis durante las etapas posteriores del procedimiento.

En la etapa de investigacin previa, conforme al artculo 580 del COIP, se recopilan los elementos de conviccin tanto de cargo, como de descargo, con el propsito de que la fiscala decida si formula o no, la imputacin penal. Durante este proceso, segn el artculo 582 del COIP, la fiscala tiene la responsabilidad de identificar a las personas relevantes para esclarecer los hechos y escuchar su versin, sin requerir juramento. (COIP, 2014)

Si estas personas no se presentan de manera voluntaria, la fiscala puede solicitar su comparecencia con la ayuda de la fuerza pblica. Al finalizar la toma de versiones, se les informa a los participantes sobre su obligacin de asistir y declarar en la audiencia de juicio, adems de notificar cualquier cambio en su domicilio o lugar de trabajo. Asimismo, si una persona prev que no podr asistir a la audiencia de juicio, la fiscala tiene la opcin de pedir al juez que se reciba su testimonio de manera anticipada. (COIP, 2014).

La recoleccin de pruebas durante la etapa de investigacin previa reviste una importancia fundamental en el desarrollo de un proceso penal justo y equitativo. Esta fase inicial, es determinante para recopilar los elementos de conviccin necesarios que permitan a la fiscala determinar si existen suficientes indicios para formular la imputacin y llevar el caso a juicio. La recoleccin adecuada de pruebas en esta etapa, es esencial para garantizar la efectividad de la justicia y proteger los derechos tanto de las vctimas, como de los acusados.

Como se mencion previamente, todo proceso ordinario comienza con la fase de instruccin, cuyo propsito, segn el artculo 590 del COIP, es identificar los elementos de conviccin, tanto a favor como en contra, que puedan sustentar una acusacin contra la persona procesada. De acuerdo con el artculo 591 del COIP, esta etapa se inicia con la audiencia de formulacin de cargos, donde una de las reglas clave es que el fiscal debe contar con pruebas suficientes que respalden la existencia del delito imputado. Estas pruebas deben ajustarse estrictamente al tipo penal atribuido, lo que resalta la importancia de la investigacin preliminar realizada por la fiscala. (COIP, 2014)

En cuanto a los medios probatorios en esta etapa, se analiza primero, la idoneidad de esta, determinando si es apta para demostrar el tipo penal que se pretenden acreditar, seguido de la pertinencia, donde se analiza si estos medios probatorios, guardan una relacin lgica y jurdica con los elementos que se pretenden probar en el proceso. Adems, se considera la credibilidad de la evidencia, examinando su fiabilidad y confiabilidad, as como, su obtencin de acuerdo con los principios y normas legales establecidas.

La etapa de evaluacin y preparatoria de juicio, conforme al artculo 601 del COIP, tiene como objetivo principal abordar cuestiones relacionadas con procedibilidad, prejudicialidad, competencia y procedimiento (COIP, 2014). Esto implica validar la admisibilidad del caso, resolver cualquier asunto legal previo pendiente, establecer la autoridad competente para el caso y asegurar la validez de los procedimientos seguidos hasta el momento. En esta etapa est, la realizacin de la actividad probatoria.

Durante esta fase, segn lo estipulado en el COIP (2014): se evalan los elementos de prueba presentados por la acusacin fiscal, excluyendo aquellos que se consideren ilegales (art. 601). Adems, se definen los temas que sern debatidos en el juicio oral y se anuncian las pruebas que sern presentadas en la audiencia de juicio (COIP, 2014, art. 603).

Aqu, la prueba es importante para determinar la viabilidad del proceso y establecer los trminos para el juicio oral. La prueba proporciona evidencia para respaldar las alegaciones presentadas por las partes involucradas. Durante esta etapa, la prueba se utiliza para respaldar la acusacin fiscal y los argumentos de la defensa, permitiendo a las partes fundamentar sus posiciones y defender sus intereses. La evidencia presentada puede incluir testimonios de testigos, documentos, registros y cualquier otro medio que pueda contribuir a esclarecer los hechos en disputa.

Tambin aqu, se examina cuidadosamente, la calidad y pertinencia de la evidencia presentada por ambas partes. Es decir, se evala, por ejemplo, la autenticidad de los documentos y la relevancia de esta, en relacin con los hechos del caso. El juez encargado de la audiencia preparatoria de juicio, es el responsable de valorar la prueba de manera imparcial y objetiva, considerando todos los elementos relevantes para tomar una decisin informada, que bien pudiera ser no llamar a juicio por insuficiencia aprobatoria, aunque no se adentre en la prctica de dichos medios probatorios ya anunciados.

En ella, se busca determinar la fuerza probatoria de cada elemento presentado y su influencia en el curso del proceso judicial. El juez, realiza una percepcin inmediata con la evidencia y el procedimiento en curso y de esa manera, establece una base slida para el juicio oral, determinando qu medios probatorios sern admitidos y cules, excluidos.

Finalmente, est la fase de juicio, que, conforme a lo dispuesto en los artculos 609 y 610 del COIP, constituye la etapa central de cualquier proceso penal y se basa en la acusacin presentada por la fiscala. Durante esta fase, se aplican principios esenciales como la oralidad, publicidad, inmediacin y contradiccin en la presentacin de pruebas. La prctica probatoria, regulada por el artculo 615 del COIP, se lleva a cabo bajo la supervisin del presidente del tribunal y sigue las reglas establecidas:

      1.            Despus del alegato de apertura, se procede a la prctica de las pruebas solicitadas por la fiscala, la vctima y la defensa, tanto pblica como privada.

      2.            Durante la audiencia, los peritos y testigos deben prestar juramento de decir la verdad y son interrogados personalmente o mediante sistemas telemticos.

      3.            Las declaraciones personales de los testigos no pueden ser sustituidas por la lectura de registros anteriores, salvo en el caso de prueba anticipada. Los testigos son sometidos al interrogatorio y contrainterrogatorio de las partes.

      4.            Se pueden utilizar versiones e informes previos del personal especializado, peritos y otras declaraciones para recordar sus actuaciones durante el interrogatorio.

      5.            Los peritos exponen el contenido y las conclusiones de su informe antes de ser interrogados. Las preguntas son realizadas primero por la parte que ofreci la prueba y luego por las restantes.

      6.            Si en el juicio intervienen mltiples acusadores o acusados, se les concede sucesivamente la palabra.

      7.            El tribunal puede formular preguntas al testigo o perito para aclarar sus testimonios.

      8.            Antes de declarar, los peritos y testigos no pueden comunicarse entre s ni tener conocimiento de lo que ocurre en la audiencia. (COIP, 2014)

Asimismo, el artculo 616 del COIP, establece los mecanismos para la exhibicin de documentos, objetos y otros medios de prueba durante el juicio, acorde a la oralidad. Los documentos relevantes son ledos en su parte pertinente, mientras que los objetos pueden ser exhibidos y examinados previa acreditacin. Los vdeos, grabaciones u otros medios anlogos tambin pueden ser incorporados como prueba, garantizando su fidelidad, integralidad y autenticidad. (COIP, 2014).

En la etapa de juicio, se da ya la valoracin de la prueba, la cual es importante para llegar a una conclusin justa y fundamentada sobre la culpabilidad o inocencia del acusado. La validez y la relevancia de las pruebas presentadas durante esta fase son evaluadas por el juez con el fin de determinar su peso probatorio y su impacto en el caso en el proceso. Este proceso se realiza en consonancia con los principios establecidos en el COIP (2014), que incluyen la oralidad, publicidad, inmediacin y contradiccin en la actuacin probatoria (art. 610). Estos garantizan que el proceso sea transparente, que todas las partes tengan la oportunidad de presentar sus argumentos y que se respeten los derechos del acusado.

La valoracin de la prueba implica considerar no solo la calidad y la pertinencia de la evidencia presentada, sino tambin, el contexto en el que se obtuvo y cualquier circunstancia relevante que pueda afectar su credibilidad. Esto se realiza de manera imparcial y objetiva, por ello el juez, solo debe fundamentar sus decisiones en los hechos probados y en la aplicacin adecuada de la ley, garantizando as, la justicia y el debido proceso en el sistema judicial.

Ahora bien, la esencia del proceso judicial radica en la bsqueda de la verdad procesal, un concepto que se manifiesta en la determinacin de hechos en disputa dentro de una audiencia de juicio. Pero este proceso no se limita a un mero acto de confrontacin entre partes, sino que requiere una cuidadosa introduccin y prctica de los medios de prueba en todas las etapas del proceso penal. Por ello, la labor de la fiscala es crucial en esta bsqueda, ya que su objetivo principal es presentar pruebas que conduzcan a la elucidacin de la verdad procesal. Sin embargo, es importante reconocer que esta verdad no es un concepto esttico, sino dinmico y sujeto a interpretaciones. (Barreto y Bermdez, 2023)

En ocasiones, no se puede perder de vista el hecho de que la verdad procesal no es algo absoluto, sino que se construye a travs del anlisis riguroso de las pruebas presentadas por ambas partes. Es un proceso que requiere no solo la diligencia de los actores judiciales, sino tambin, la imparcialidad y objetividad del juzgador. Por tanto, la bsqueda de la verdad procesal implica un compromiso constante con la justicia y la equidad. Solo a travs de una correcta aplicacin de los medios de prueba y un anlisis adecuado de los hechos en disputa, se puede aspirar a alcanzar el convencimiento del juzgador y, en ltima instancia, a garantizar una resolucin justa y equitativa.

 

Criterios que rigen la valoracin probatoria

Los criterios de valoracin de la prueba son los estndares y principios utilizados para evaluar la validez, confiabilidad y relevancia de la evidencia presentada en un proceso judicial o en cualquier otro contexto, donde se requiera establecer la veracidad o la solidez de un argumento. Estos criterios pueden variar dependiendo del tipo de prueba y del objetivo de la evaluacin, pero, generalmente, incluyen la coherencia lgica, la consistencia con otros elementos de prueba, la credibilidad de los testigos o fuentes de informacin, la calidad de la documentacin presentada y la ausencia de sesgos o manipulaciones.

En Ecuador, estos criterios estn establecidos en el artculo 457 del COIP:

La valoracin de la prueba se har teniendo en cuenta su legalidad, autenticidad, sometimiento a cadena de custodia y grado actual de aceptacin cientfica y tcnica de los principios en que se fundamenten los informes periciales. La demostracin de la autenticidad de los elementos probatorios y evidencia fsica no sometidos a cadena de custodia, estar a cargo de la parte que los presente. (COIP, 2014)

En este artculo en primer lugar, se enfatiza la necesidad de evaluar la legalidad de la prueba, asegurando que haya sido obtenida y presentada de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley. Adems, se menciona la autenticidad de la evidencia, lo que implica verificar su origen y veracidad. Este punto resalta la importancia de garantizar que los elementos probatorios sean genuinos y no estn sujetos a manipulacin o falsificacin.

Por su lado, la cadena de custodia es una institucin procesal que es esencial en la preservacin de la integridad de la evidencia. Este proceso documenta el manejo de la evidencia desde su recoleccin hasta su presentacin en el juicio (Brito y Muoz, 2023, p. 62), garantizando su trazabilidad y evitando posibles contaminaciones o alteraciones que puedan afectar su validez. Por ltimo, se destaca la importancia de considerar el grado actual de aceptacin cientfica y tcnica de los principios en que se basan los informes periciales. Esto subraya la relevancia de la evidencia cientfica en el proceso judicial y la necesidad de utilizar mtodos y tcnicas reconocidos y validados por la comunidad cientfica.

En cuanto a la demostracin de la autenticidad de los elementos probatorios no sometidos a cadena de custodia, se establece claramente que esta responsabilidad recae en la parte que los presente. Esto indica la importancia de la transparencia y la responsabilidad en la presentacin de pruebas, garantizando que se respeten los principios fundamentales de justicia y equidad en el proceso judicial.

La importancia de fijar criterios slidos en la valoracin de la prueba radica en la necesidad del tribunal de fundamentar debidamente sus decisiones. Este requisito no es meramente formal, sino que est arraigado en la garanta constitucional de la motivacin en toda resolucin de poder pblico que afecte a las personas. El juez no puede limitarse a emitir un fallo basado en creencias personales o apreciaciones subjetivas. Por el contrario, debe respaldar su decisin con pruebas vlidas, presentadas y admitidas en el proceso de manera legal y oportuna. (Romero, 2021)

A decir de Garca (2009):

estos criterios desde el punto de vista doctrinario le dan mayor seguridad jurdica a nuestro ordenamiento legal porque implica una reflexin ms profunda por parte del rgano jurisdiccional, hay un razonamiento lgico que le lleva al juzgador a tomar tal resolucin y a explicar las razones por las que se pronunci de esa forma (p. 95)

Sin embargo, Armenta (2013) contradice esta posicin indicando que los criterios de valoracin de la prueba, tal como se establecen en el Cdigo Orgnico Integral Penal, deben ser considerados como indicadores o pautas, en lugar de reglas de aplicacin estricta. Esto se debe a que el ejercicio del derecho implica no solo el estudio, sino tambin el pensamiento crtico y reflexivo al momento de aplicarlo. En la actualidad, el enfoque de valoracin de la prueba ha evolucionado, permitiendo al juez ejercer su criterio y discernimiento al emitir una sentencia en funcin de las pruebas presentadas y evaluadas. Si el juez se limita a seguir rigurosamente lo estipulado en el cdigo, su papel se reducira a una mera reproduccin automtica de la ley, lo cual ira en contra del propsito de la justicia.

 

Regulaciones procesales en torno a la prueba, segn el Cdigo Orgnico Integral Penal

La prueba, en general, es todo soporte de informacin aportado, introducido y practicado en una audiencia oral y contradictoria por los medios y procedimientos regulados en la Constitucin de la Repblica y las leyes de la materia (Veliz y Castaeda, 2023, p. 559), con el fin de llevar al juez, al convencimiento de las posicione procesales, all sostenidas.

Segn el artculo 453 del COIP, la finalidad de la prueba es: llevar a la o al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias materia de la infraccin y la responsabilidad de la persona procesada (COIP, 2014)

Al decir que la finalidad de la prueba es llevar al juzgador al convencimiento, se enfatiza la responsabilidad de las partes en el proceso judicial para proporcionar evidencia clara y coherente que permita al juez, formar una opinin fundamentada sobre el caso. Esta tarea requiere la presentacin de argumentos slidos respaldados por pruebas verificables y relevantes. Lo que implica no solo demostrar la ocurrencia del acto ilcito, sino tambin, proporcionar detalles sobre el contexto y las circunstancias que rodean el evento.

En cuanto a los principios de la prueba, estos estn establecidos en el artculo 454 del COIP y son los siguientes:

      1.            Oportunidad: La prueba se anuncia durante la etapa de evaluacin y preparatoria del juicio y se practica solo en la audiencia de juicio. Las investigaciones y pericias realizadas durante la investigacin adquieren valor de prueba una vez presentadas, incorporadas y valoradas en la audiencia de juicio, aunque en casos excepcionales se puede admitir testimonio producido anticipadamente.

      2.            Inmediacin: Tanto los jueces como las partes procesales deben estar presentes durante la prctica de la prueba.

      3.            Contradiccin: Las partes tienen derecho a conocer y cuestionar las pruebas oportunamente, tanto aquellas presentadas en la audiencia de juicio como los testimonios anticipados.

      4.            Libertad probatoria: Todos los hechos y circunstancias pertinentes al caso pueden probarse mediante cualquier medio que no viole la Constitucin, los instrumentos internacionales de derechos humanos o las leyes.

      5.            Pertinencia: Las pruebas deben referirse directa o indirectamente a los hechos o circunstancias relacionados con la comisin del delito, sus consecuencias y la responsabilidad penal del acusado.

      6.            Exclusin: Cualquier prueba obtenida violando derechos constitucionales, internacionales o legales ser ineficaz y debe ser excluida del proceso. Se prohben los medios de prueba que se refieran a conversaciones entre el fiscal y el acusado o su defensa, as como otros documentos que no sustituyan el testimonio.

      7.            Principio de igualdad de oportunidades para la prueba: Debe garantizarse la igualdad de oportunidades para todos los involucrados en el proceso, tanto en aspectos materiales como formales (COIP, 2014)

Estos principios son fundamentales para garantizar la integridad y la equidad del proceso penal. Su importancia radica en varios aspectos clave. En primer lugar, estos principios aseguran que todas las pruebas presentadas en el proceso penal, sean obtenidas y utilizadas de acuerdo con la ley, promoviendo as, la transparencia y la confianza en el sistema judicial. Adems, la exclusin de pruebas obtenidas con violacin de derechos constitucionales, internacionales o legales, protege los derechos fundamentales de los acusados, previniendo la utilizacin de pruebas obtenidas de manera ilegal, fraudulenta o viciada, tratando de garantizar un proceso justo y respetuoso de los derechos humanos.

Es de recordarse que, la finalidad de la prueba es entre otras cuestiones detalladas por Lpez Soria:

1.Demostrar la verdad real, objetiva o material, sobre el hecho imputado y sus circunstancias, pues la revelacin de sta, constituye la conditio sine qua non de fines ulteriores, del procesamiento del culpable y de la proteccin del inocente, de la salvaguarda de los intereses de la sociedad y la ejecucin de la prevencin de los delitos.2.Sustanciar el Proceso Penal para mantener las tesis, alegaciones y demostraciones en el Debate Penal, sea su contenido siempre relacionado con el asunto que se trate, o sea, previa determinacin de pertinencia.

 

Estas cuestiones demandan el cumplimiento de los requisitos ya comentados para poder lograr los fines de cada medio probatorio ya en el carcter de prueba. (Lpez, 2015, p. 28)

Asimismo, el principio de igualdad de oportunidades para la prueba asegura que todas las partes involucradas en el proceso, tengan acceso equitativo a los medios de prueba y la oportunidad de presentar su caso de manera efectiva, promoviendo la igualdad ante la ley y evitando ventajas injustas. Finalmente, al requerir que las pruebas presentadas estn directamente relacionadas con los hechos y circunstancias del caso, estos principios garantizan que el proceso se centre en aspectos relevantes y evita dilaciones innecesarias, contribuyendo a la eficiencia del proceso y a una resolucin justa y oportuna del caso.

 

Peculiaridades sobre la prueba en delitos de trfico ilcito de sustancias catalogadas y sujetas a fiscalizacin, desde la realidad ecuatoriana

El trfico ilcito de sustancias catalogadas y sujetas a fiscalizacin est tipificado en el artculo 220 del COIP y establece las penalidades para esta infraccin. Este delito abarca una amplia gama de acciones, desde la oferta y almacenamiento hasta la distribucin y exportacin de sustancias estupefacientes y psicotrpicas o precursores qumicos destinados a la elaboracin ilcita de estas sustancias. Las penas varan segn la escala del trfico, desde uno hasta trece aos de pena privativa de libertad.

El trfico ilcito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin representa una grave amenaza para la sociedad, ya que afecta directamente el bienestar y la salud de las personas. Este delito no solo compromete la integridad fsica y mental de los individuos que consumen estas sustancias, sino que tambin socava los cimientos de una sociedad saludable y prspera. Al traficar con estas sustancias, los perpetradores ponen en riesgo la vida y el bienestar de quienes caen en su influencia, minando as el principio fundamental del buen vivir y la proteccin de la salud pblica (Hinojosa, 2021).

Ahora bien, las personas procesadas por el delito de trfico ilcito de drogas, pueden someterse a un procedimiento abreviado, segn lo que establece el artculo 635 del COIP. Este procedimiento se aplica a las infracciones penales que tienen una pena mxima privativa de libertad de diez aos, excluyendo algunos delitos, tambin graves, como el secuestro, los delitos contra la integridad sexual y reproductiva, as como los delitos de violencia sexual contra la mujer o miembros del ncleo familiar. En este procedimiento, la propuesta de la fiscala puede presentarse en cualquier momento, desde la audiencia de formulacin de cargos, hasta la audiencia de evaluacin y preparatoria de juicio (Ochoa, 2023, p. 16), lo que brinda flexibilidad en la tramitacin de los casos que cumplen con los requisitos establecidos.

La principal caracterstica y ventaja, del procedimiento abreviado es, la celeridad, lo que puede provocar una mala valoracion de la prueba en estos casos penales. En lugar de buscar una investigacin exhaustiva y rigurosa que garantice la justicia y la verdad, se prioriza la rapidez en encontrar responsables a cualquier costo. Esta mentalidad centrada en resultados rpidos puede llevar a una negligencia o, tambin, indolencia profesional, en la recoleccin y evaluacin de pruebas, lo que tambalea la integridad del proceso judicial y pone en riesgo, la imparcialidad y equidad de este.

Y como lo menciona Salas (2019):

en lugar de adoptar un enfoque causalista, donde se busca entender las causas y circunstancias que rodean un delito, se debera adoptar una perspectiva finalista que busque realmente la verdad y la justicia, incluso si eso significa tomar ms tiempo para realizar una investigacin exhaustiva y garantizar un proceso justo para todas las partes involucradas.

Por un lado, quienes defienden el enfoque estricto en la valoracin de la prueba argumentan, que este, garantiza la transparencia y la legalidad en el proceso judicial. Segn este punto de vista, la aplicacin rigurosa de los criterios establecidos en el cdigo asegura que solo se admitan como vlidas, aquellas pruebas que cumplan con los requisitos de legalidad, autenticidad y cadena de custodia. Esto, a su vez, protege los derechos de los acusados y evita que se utilicen pruebas falsas o manipuladas para obtener condenas injustas.

Sin embargo, existe otra perspectiva que sostiene que el enfoque estricto en la valoracin de la prueba podra limitar la capacidad del tribunal para evaluar adecuadamente, la totalidad de las circunstancias del caso. Al imponer criterios rgidos, se corre el riesgo de desestimar pruebas relevantes que, aunque no cumplan estrictamente con todos los requisitos formales, podran contribuir a esclarecer la verdad y garantizar una justicia ms equitativa. Adems, este enfoque podra dificultar la persecucin efectiva de los delitos de trfico ilcito de sustancias, especialmente, si la evidencia disponible no cumple con todos los criterios establecidos en el cdigo.

Estos delitos relativos a drogas txicas son delitos que clasifican por su resultado como delitos de peligro, para muchos tericos y operadores del Derecho penal son delitos con los que se pretende evitar una futura lesin del bien jurdico protegido, que en este caso es la salud pblica, en la mayora de los ordenamientos jurdico-penales del mundo. (Lpez, 2017, p. 109)

Esta opinin da al traste con elementos que requieren una atencin especial desde todo punto de vista para el juzgamiento de estos delitos, entre ellos, el mbito probatorio.

En este sentido, surge la preocupacin de si la aplicacin estricta de los criterios de valoracin de la prueba podra estar generando un efecto contrario al deseado. Es decir, favoreciendo la impunidad en lugar de promover la justicia. Si la falta de flexibilidad en la valoracin de la prueba conduce a la exclusin de evidencia relevante o a la desestimacin de casos vlidos, podra haber un aumento de la impunidad en los delitos de trfico ilcito de sustancias, lo que, a su vez, podra debilitar an ms, la confianza en el sistema de justicia penal ecuatoriano.

 

Conclusiones

La evolucin de la prueba en el proceso penal ha sido un reflejo de los cambios en la estructura de la justicia y la dinmica de poder a lo largo de la historia. Desde los mtodos ms arcaicos y rituales hasta los sistemas modernos, donde se valora con mayor criterio la evidencia, se observa que cada etapa ha estado profundamente influenciada por factores polticos y sociales. Esta evolucin ha llevado a un proceso ms racional y objetivo, donde la prueba se convierte en un elemento clave para convencer al juzgador, aunque en algunos sistemas jurdicos la discrecin del juez ha estado limitada por regulaciones estrictas. Esta transformacin histrica ha contribuido al desarrollo de sistemas jurdicos ms equitativos y transparentes, en los cuales se protegen los derechos fundamentales de las personas involucradas en un proceso penal.

Las diferentes etapas de la valoracin de la prueba en el proceso penal ecuatoriano son fundamentales para garantizar la justicia en cada caso. Desde la fase de investigacin previa hasta la etapa de juicio, cada fase exige una rigurosa recoleccin, evaluacin y presentacin de la evidencia, que debe cumplir con los principios y regulaciones establecidas en el Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP). Los criterios de valoracin de la prueba proporcionan directrices claras para asegurar la legalidad, autenticidad y relevancia de las pruebas, as como para garantizar la igualdad de oportunidades para todas las partes involucradas. Estos principios no solo promueven la transparencia y la confianza en el sistema judicial, sino que tambin son esenciales para asegurar que las decisiones judiciales se basen en pruebas vlidas y respeten los derechos fundamentales de todos los implicados.

Ahora bien, el ejercicio de la valoracin probatoria aplicado por los jueces ecuatorianos en casos de trfico ilcito de sustancias catalogadas y sujetas a fiscalizacin desempea un papel importante en la determinacin de la culpabilidad o inocencia de los acusados. Sin embargo, la excesiva celeridad y rigidez con la que a veces se llevan a cabo estos procesos ha contribuido a una preocupante tendencia hacia la impunidad delictiva. Este fenmeno, exacerbado por la presin para resolver rpidamente los casos, compromete tanto la efectividad del sistema de justicia penal como la proteccin de los derechos fundamentales de los acusados. Es esencial que los jueces ejerzan una valoracin probatoria que no solo busque la verdad procesal, sino que tambin garantice un equilibrio entre la eficiencia procesal y el respeto a los principios y garantas procesales. Solo de esta manera se podr combatir eficazmente el trfico ilcito de sustancias, sin sacrificar la justicia ni los derechos humanos, asegurando as un sistema judicial justo, transparente y respetuoso del Estado de derecho.

 

Referencias

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