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Violation of Women's Rights: Knowledge about Legal Procedures in the Communities of Guayas � Ecuador
Viola��o dos direitos das mulheres: conhecimento sobre os procedimentos legais nas comunidades de Guayas � Equador
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Correspondencia: mverdugoa@unemi.edu.ec
Ciencias Sociales y Pol�ticas
Art�culo de Investigaci�n
* Recibido: 23 de septiembre de 2024 *Aceptado: 23 de octubre de 2024 * Publicado: �20 de noviembre de 2024
I. Abogada de los Tribunales y Juzgados de la Rep�blica del Ecuador, Docente T�cnico en la Universidad Estatal de Milagro UNEMI, Milagro, Ecuador.
II. Licenciada en psicolog�a, Docente T�cnico en la Universidad Estatal de Milagro UNEMI, Milagro, Ecuador.
III. Abogado de los Tribunales y Juzgados de la Rep�blica del Ecuador, Docente T�cnico en la Universidad Estatal de Milagro UNEMI, Milagro, Ecuador.
IV. Licenciada en Administraci�n de Empresas, Asistente en AGROAZUCAR S.A, Milagro, Ecuador.
Resumen
La vulneraci�n de derechos de la mujer es un problema persistente que afecta su igualdad y seguridad en diversos contextos. Conocer los procedimientos legales de protecci�n es crucial, ya que permite a las mujeres identificar, denunciar y buscar justicia en casos de violencia y discriminaci�n. Esta investigaci�n tiene como objetivo describir el conocimiento de las mujeres beneficiarias de la Gesti�n de Educaci�n Ciudadana de la Escuela de Formaci�n y Emprendimiento del Vicerrectorado de Vinculaci�n de la Universidad Estatal de Milagro sobre los procedimientos legales para la protecci�n de sus derechos. Para evaluar su comprensi�n de los mecanismos legales, el estudio busc� identificar �reas de mejora en las estrategias educativas y de apoyo. La metodolog�a utilizada fue de tipo descriptiva, empleando t�cnicas e instrumentos cuantitativos. El dise�o de la investigaci�n fue no experimental y de corte transversal. Se trabaj� con una muestra censal de 380 mujeres, a quienes se les aplic� una encuesta estructurada. Los resultados revelan una significativa falta de conocimiento entre las mujeres encuestadas sobre las leyes y procedimientos que protegen sus derechos en casos de violencia intrafamiliar. Un 46.1% tiene un conocimiento limitado y solo el 4.7% muestra un buen nivel de comprensi�n. Muchas desconocen c�mo proceder ante denuncias o utilizar medidas de protecci�n, lo que dificulta su acceso a la justicia. Esta desconexi�n entre la legislaci�n y la conciencia p�blica destaca la necesidad urgente de campa�as educativas y una mejor difusi�n de los recursos legales. Se concluye que el empoderamiento a trav�s de la educaci�n es clave para que las mujeres accedan a sus derechos y a la justicia.
Palabras clave: acceso a la justicia; declaraciones; derechos de la mujer; leyes.
Abstract
The violation of women's rights is a persistent problem that affects their equality and security in various contexts. Knowing legal protection procedures is crucial, as it allows women to identify, report and seek justice in cases of violence and discrimination. This research aims to describe the knowledge of women beneficiaries of the Citizen Education Management of the School of Training and Entrepreneurship of the Vice-Rector's Office of Liaison of the State University of Milagro about the legal procedures for the protection of their rights. To assess their understanding of legal mechanisms, the study sought to identify areas for improvement in educational and support strategies. The methodology used was descriptive, using quantitative techniques and instruments. The research design was non-experimental and cross-sectional. We worked with a census sample of 380 women, to whom a structured survey was applied. The results reveal a significant lack of knowledge among the women surveyed about the laws and procedures that protect their rights in cases of domestic violence. 46.1% have limited knowledge and only 4.7% show a good level of understanding. Many do not know how to proceed with complaints or use protective measures, which makes it difficult for them to access justice. This disconnect between legislation and public awareness highlights the urgent need for educational campaigns and better dissemination of legal resources. It is concluded that empowerment through education is key for women to access their rights and justice.
Keywords: access to justice; statements; women's rights; laws.
Resumo
A viola��o dos direitos das mulheres � um problema persistente que afecta a sua igualdade e seguran�a em v�rios contextos. Conhecer os procedimentos de prote��o legal � crucial, pois permite �s mulheres identificar, denunciar e procurar justi�a em casos de viol�ncia e discrimina��o. Esta pesquisa tem como objetivo descrever o conhecimento das mulheres benefici�rias da Gest�o da Educa��o Cidad� da Escola de Forma��o e Empreendedorismo da Vice-Reitoria de Liga��o da Universidade Estadual de Milagro sobre os procedimentos legais para a prote��o de seus direitos. Para avaliar a sua compreens�o dos mecanismos legais, o estudo procurou identificar �reas para melhoria nas estrat�gias educativas e de apoio. A metodologia utilizada foi descritiva, utilizando t�cnicas e instrumentos quantitativos. O desenho da pesquisa foi n�o experimental e transversal. Trabalhamos com uma amostra censit�ria de 380 mulheres, �s quais foi aplicado um inqu�rito estruturado. Os resultados revelam um significativo desconhecimento das mulheres inquiridas sobre as leis e procedimentos que protegem os seus direitos em casos de viol�ncia dom�stica. 46,1% possuem conhecimento limitado e apenas 4,7% apresentam bom n�vel de compreens�o. Muitos n�o sabem como proceder com as den�ncias ou utilizar medidas de prote��o, o que lhes dificulta o acesso � justi�a. Esta desconex�o entre a legisla��o e a sensibiliza��o do p�blico real�a a necessidade urgente de campanhas educativas e de uma melhor divulga��o dos recursos legais. Conclui-se que o empoderamento atrav�s da educa��o � fundamental para que as mulheres tenham acesso aos seus direitos e � justi�a.
Palavras-chave: acesso � justi�a; declara��es; direitos das mulheres; leis.
Introducci�n
La Declaraci�n Universal de los Derechos Humanos, tal como se establecen en los primeros art�culos, garantiza que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, sin distinci�n alguna, lo que incluye expl�citamente el sexo como criterio prohibido de discriminaci�n. Estos principios fundamentales influyen directamente en los derechos de las mujeres al asegurar su acceso igualitario a todos los derechos y libertades, protegiendo su vida, libertad y seguridad, y promoviendo un trato fraternal y sin discriminaci�n en todos los �mbitos de la vida (Naciones Unidas, 1948).
Martos (2023), se�ala que la violencia afecta a todas las personas, pero tiene una mayor incidencia en las mujeres, manifest�ndose de diversas formas, como violencia f�sica, psicol�gica, sexual y econ�mica. Esta violencia est� vinculada a la distribuci�n desigual del poder en la sociedad y perpet�a la desvalorizaci�n y subordinaci�n de las mujeres, lo que distingue a este tipo de violencia de otras agresiones.
La violencia contra las mujeres, seg�n Lubaale y Budoo-Scholtz (2022), es una violaci�n de derechos humanos que trasciende fronteras de geograf�a, cultura y clase social, afectando a mujeres en todos los entornos, ya sean p�blicos o privados. Esta violencia ha sido hist�ricamente tolerada y, en algunos casos, sancionada legalmente, reflejando relaciones de poder desiguales entre hombres y mujeres que impiden el avance de la igualdad de g�nero.
Adem�s, tambi�n se presenta como un problema con serias repercusiones en la salud p�blica, que incluye lesiones, discapacidades y muertes, as� como otros problemas de salud indirectos. En relaciones abusivas, el estr�s, el consumo de sustancias y la falta de control sobre la fertilidad y autonom�a personal son comunes, llevando a tasas elevadas de embarazos no deseados, abortos espont�neos, complicaciones neonatales, infecciones de transmisi�n sexual (incluido el VIH) y trastornos mentales como depresi�n y ansiedad. La mayor�a de esta violencia es ejercida por parejas masculinas (Monteiro & Zaluar, 2012).
De igual manera Qureshi (2013) argumenta que la violencia contra las mujeres es una violaci�n de los derechos humanos, m�s all� de ser solo una cuesti�n de desigualdad, y deber�a ser abordada directamente como tal. Adem�s, enfatiza la necesidad de reconocer el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia como un derecho fundamental y de revisar el enfoque tradicional de los derechos humanos que tiende a marginar a las mujeres.
En su art�culo de reflexi�n, Zuleta (2019), analiza el principio de igualdad tanto formal como material, centr�ndose en la figura de la mujer como sujeto de derechos. Destaca que, seg�n la Constituci�n y los instrumentos internacionales ratificados por Ecuador, la igualdad es fundamental para el Estado de derechos. A pesar de los avances normativos, persisten desigualdades debido a convencionalismos sociales y patriarcales que perpet�an la discriminaci�n de g�nero. La autora subraya la necesidad de un cambio cultural y educativo para lograr una verdadera igualdad, destacando que la igualdad formal solo se materializa cuando se logra la igualdad sustantiva. A pesar de los esfuerzos actuales, a�n queda un largo camino para eliminar las inequidades y garantizar los derechos de todos, especialmente de los grupos vulnerables, incluida la mujer.
Vergel y Mart�nez (2021) analizan la persistente vulneraci�n de derechos que enfrentan las mujeres ind�genas en Colombia, una situaci�n que se ha mantenido a lo largo del tiempo a pesar del reconocimiento multicultural en la Constituci�n. A pesar de ser un grupo sujeto a especial protecci�n, estas mujeres siguen siendo marginadas y v�ctimas de m�ltiples violaciones de derechos debido a su g�nero y pertenencia a comunidades ind�genas. Aunque las leyes actuales deber�an protegerlas, la realidad sociol�gica de estas mujeres muestra una desconexi�n con la normativa. Destaca que, es crucial ofrecer soluciones tangibles para mejorar sus condiciones de vida, considerando las m�ltiples formas de desplazamiento y el olvido al que han sido sometidas.
En Ecuador S�nchez et al. (2019), llevaron a cabo un estudio centrado en el derecho al trabajo de las mujeres, enfoc�ndose en la protecci�n y promoci�n de la igualdad en el �mbito laboral y la remuneraci�n. A pesar de los avances hacia la igualdad laboral en pleno siglo XXI, el estudio revela que en Ecuador persiste una significativa desigualdad salarial entre hombres y mujeres que realizan el mismo trabajo con responsabilidades equivalentes. Esta brecha salarial no se basa en normas institucionales, sino en actitudes machistas arraigadas en la cultura. Aunque las mujeres han comenzado a ocupar posiciones y profesiones previamente dominadas por hombres, siguen enfrentando barreras significativas y una disparidad en la remuneraci�n. Esta situaci�n pone de manifiesto una cultura persistente de machismo que perpet�a la creencia de que las mujeres deben recibir salarios menores. Para abordar esta desigualdad, es crucial un cambio cultural profundo y una educaci�n que elimine las concepciones machistas sobre el papel y las capacidades de las mujeres en el entorno laboral.
El estudio de Twill y Fisher (2010) resalta la necesidad de implementar pol�ticas que apoyen a las familias, como licencias familiares m�s generosas y pensiones para mujeres dedicadas al cuidado de los ni�os, con el objetivo de prevenir violaciones econ�micas de los derechos humanos que afectan a mujeres y sus hijos. La investigaci�n muestra que las madres ganan significativamente menos que las no madres y los hombres. Cifras en Estados Unidos, muestran que, las madres ganan entre un 11% y un 19% menos que las no madres, y entre un 43% y un 48% menos que los hombres a los 45 a�os.
En relaci�n a documentos legales internacionales relacionados a los derechos de las mujeres, destacan: La Convenci�n sobre la Eliminaci�n de Todas las Formas de Discriminaci�n contra la Mujer (CEDAW) la cual, subraya la obligaci�n de los Estados Parte de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en todos los �mbitos, eliminando cualquier forma de discriminaci�n basada en el sexo. La Convenci�n reafirma los principios de la dignidad humana, no discriminaci�n y la igualdad de derechos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos. Tambi�n destaca la necesidad de modificar los roles tradicionales de g�nero y de adoptar medidas legislativas y pol�ticas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, incluyendo su participaci�n igualitaria en la vida pol�tica, econ�mica, social y cultural. La Convenci�n establece un Comit� para supervisar su implementaci�n y subraya la importancia de la educaci�n, el acceso a servicios de salud y la igualdad en el empleo como pilares para lograr la igualdad de g�nero (Naciones Unidas, 1979).
Otros documentos importantes son, la Declaraci�n y Plataforma de Acci�n de Beijing, de las Naciones Unidas (1995), el Convenio de Estambul de Council of Europe (2011) y la Convenci�n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Organizaci�n de Estados Americanos, 1994) son marcos normativos internacionales fundamentales que abordan la igualdad de g�nero y la protecci�n de los derechos de las mujeres. La Plataforma de Beijing establece directrices globales para eliminar las desigualdades de g�nero en diversas �reas cr�ticas, mientras que el Convenio de Estambul se centra en prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, promoviendo medidas preventivas y protecciones legales. Por su parte, la Convenci�n de Belem do Par� refuerza estos principios en Am�rica Latina y el Caribe, instando a los Estados a adoptar medidas integrales para erradicar la violencia de g�nero y garantizar la protecci�n efectiva de las mujeres.
Relacionados a los documentos legales nacionales, la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador establece una serie de garant�as y derechos para proteger a las personas, especialmente a las mujeres, en diversos �mbitos. Primero, el Art. 66, numeral 3, literal b) garantiza una vida libre de violencia en el �mbito p�blico y privado, ordenando la adopci�n de medidas para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, con especial atenci�n a mujeres y personas en situaci�n de vulnerabilidad.
�En cuanto a los derechos de las mujeres embarazadas, el Art. 43 asegura que no sean discriminadas en �mbitos educativos, sociales y laborales, y garantiza servicios de salud materna gratuitos, as� como protecci�n integral durante el embarazo, parto, y posparto. El Art. 70 establece que el Estado formular� pol�ticas para promover la igualdad de g�nero, incorporando el enfoque de g�nero en planes y programas, y brindando asistencia t�cnica para su aplicaci�n obligatoria en el sector p�blico.
El Art. 57, numeral 10 y el Art. 171 reconocen y protegen los derechos colectivos de las comunidades, pueblos, y nacionalidades ind�genas, asegurando que su derecho consuetudinario no vulnere los derechos constitucionales, especialmente en lo que respecta a mujeres, ni�as, ni�os y adolescentes. Adem�s, se garantiza la participaci�n de las mujeres en funciones jurisdiccionales dentro de sus comunidades.
En el �mbito laboral, el Art. 331 asegura la igualdad de acceso al empleo y la eliminaci�n de la discriminaci�n y violencia contra las mujeres en el trabajo. El Art. 332 protege los derechos reproductivos de los trabajadores, prohibiendo el despido de mujeres por embarazo o maternidad, y garantizando derechos relacionados con la maternidad y la lactancia. Finalmente, el Art. 333 reconoce el trabajo no remunerado de cuidado humano como una labor productiva, y promueve un r�gimen laboral que facilite la armon�a entre el trabajo y las necesidades de cuidado, incluyendo la provisi�n de servicios adecuados para apoyar a las personas trabajadoras.
El C�digo Org�nico Integral Penal (COIP) (2024) establece sanciones espec�ficas para delitos de violencia de g�nero y familiar. El Art. 141 tipifica el femicidio, definido como el asesinato de una mujer debido a su g�nero en un contexto de relaciones de poder y violencia, con una pena de 22 a 26 a�os de prisi�n. El Art. 155 define la violencia contra la mujer o miembros del n�cleo familiar como maltrato f�sico, psicol�gico o sexual ejercido por un familiar. El Art. 156 establece que, si la violencia f�sica causa lesiones, la pena aumenta en un tercio sobre la sanci�n prevista para el delito de lesiones. El Art. 157 sanciona la violencia psicol�gica, donde se busca degradar o controlar a la v�ctima mediante amenazas, manipulaci�n o humillaci�n, con una pena de 6 meses a 3 a�os de prisi�n, dependiendo de la vulnerabilidad de la v�ctima.
El Art. 158 estipula que la violencia sexual contra mujeres o miembros de la familia, especialmente si la v�ctima es menor de edad, anciana o discapacitada, se castiga con la pena m�xima establecida para delitos sexuales. Finalmente, el Art. 159 sobre contravenciones de violencia, como agresiones menores o da�os a bienes, son sancionadas con penas de prisi�n de corta duraci�n 15 a 30 d�as, trabajo comunitario y medidas de reparaci�n integral.
En relaci�n a la privaci�n de libertad el C�digo Org�nico Integral Penal (2024) en el Art. 573, establece disposiciones especiales en relaci�n con la privaci�n de libertad para ciertos grupos vulnerables: en lugar de prisi�n preventiva, las mujeres embarazadas pueden ser sometidas a arresto domiciliario y vigilancia electr�nica durante el embarazo y hasta 90 d�as despu�s del parto, con posibilidad de extender este periodo si el reci�n nacido necesita cuidados especiales.
Si una persona incumple una medida cautelar no privativa de libertad, se le podr� imponer una medida cautelar privativa de libertad, y en el caso de mujeres embarazadas, esta se cumplir� en secciones separadas dentro de los centros penitenciarios (Art. 542). Adem�s, las penas privativas de libertad se ejecutar�n una vez que la sentencia est� firme, y las mujeres embarazadas no podr�n ser privadas de libertad ni notificadas con sentencia hasta 90 d�as despu�s del parto, durante los cuales se les impondr� arresto domiciliario con vigilancia electr�nica para garantizar el cumplimiento de la pena (Art. 624).
Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres
La violencia contra las mujeres es un problema arraigado en relaciones de poder que desvalorizan lo femenino, manifest�ndose en diversas formas y afectando a mujeres de todas las edades y condiciones. Hist�ricamente, este tema fue ignorado a nivel estatal, pero gracias a la lucha de las mujeres, en Ecuador se comenz� a reconocer la violencia de g�nero como un problema de salud p�blica y se adoptaron medidas legales para enfrentarlo, incluyendo la Ley 103 y la creaci�n del Consejo Nacional de las Mujeres -CONAMU. A pesar de estos avances, las cifras de violencia siguen siendo alarmantes, lo que llev� a la tipificaci�n del femicidio en 2014 y a la necesidad de una nueva Ley que articule un Sistema Nacional para la Prevenci�n y Erradicaci�n de la Violencia de G�nero contra las Mujeres, con enfoque en prevenci�n, protecci�n y reparaci�n.
La Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2024) se basa en varios principios fundamentales:
Principios Rectores (Art. 8). En primer lugar, la Igualdad y No Discriminaci�n asegura que ninguna mujer sea discriminada ni se le menoscaben sus derechos, conforme a la Constituci�n y la normativa internacional. La Diversidad reconoce y valora las diferencias entre las mujeres, respetando sus diversas condiciones y caracter�sticas. El principio de Empoderamiento se centra en proporcionar a las mujeres las herramientas necesarias para ejercer plenamente sus derechos y controlar sus vidas. La Transversalidad garantiza que los enfoques establecidos en la ley se apliquen en todos los niveles de gesti�n, asegurando un tratamiento integral de la violencia de g�nero. El principio Pro-persona busca interpretar la ley de la manera m�s favorable para la protecci�n de los derechos de las mujeres. La Realizaci�n Progresiva exige al Estado cumplir gradualmente con sus obligaciones de proteger y satisfacer estos derechos. Finalmente, el principio de Autonom�a respeta la libertad de las mujeres para tomar decisiones en todos los aspectos de sus vidas.
Derechos de las Mujeres (Art. 9). La ley establece una amplia gama de derechos para las mujeres en todas las etapas de la vida, desde ni�as hasta adultas mayores. Entre estos derechos se incluyen: la garant�a de una vida libre de violencia, el respeto a la dignidad y autonom�a, el acceso a una educaci�n igualitaria, y la recepci�n de informaci�n clara y accesible sobre sus derechos. Tambi�n se asegura la confidencialidad de sus datos personales y la protecci�n frente a la violencia de g�nero. Las mujeres tienen derecho a servicios de protecci�n y asistencia integral, orientaci�n legal gratuita, y a participar en decisiones que las afecten, con especial atenci�n a la no revictimizaci�n.
Otros derechos contemplados son el acceso a la vivienda segura, la igualdad salarial, el auxilio inmediato por parte de la fuerza p�blica, y la protecci�n frente a situaciones de amenaza. La ley tambi�n garantiza la no explotaci�n y protecci�n laboral, as� como el reconocimiento de los derechos laborales relacionados con la maternidad y lactancia.
Tipos de Violencia (Art. 10). La ley clasifica diversos tipos de violencia. La Violencia F�sica incluye cualquier acto que cause da�o f�sico o sufrimiento, mientras que la Violencia Psicol�gica abarca acciones que da�an la autoestima y estabilidad emocional de la mujer. La Violencia Sexual se refiere a cualquier violaci�n de la integridad sexual y la coerci�n en el �mbito sexual, y la Violencia Econ�mica y Patrimonial implica la afectaci�n de los recursos econ�micos y patrimoniales de las mujeres.
Adem�s, se define la Violencia Simb�lica como la reproducci�n de mensajes que consolidan la dominaci�n y discriminaci�n hacia las mujeres. La Violencia Pol�tica afecta a mujeres en cargos p�blicos o en su activismo, mientras que la Violencia Gineco-Obst�trica se refiere al maltrato en el �mbito de la salud reproductiva. Finalmente, la Violencia Sexual Digital aborda la vulneraci�n de la intimidad a trav�s de tecnolog�as digitales.
Principios del Sistema Nacional Integral (Art. 15). El Sistema Nacional Integral para la Prevenci�n y Erradicaci�n de la Violencia se basa en varios principios clave. El principio de No Criminalizaci�n asegura que las v�ctimas no sean tratadas como responsables de los hechos denunciados. La No Revictimizaci�n previene que las mujeres sean sometidas a nuevas agresiones durante el proceso de atenci�n y reparaci�n. La Confidencialidad protege la informaci�n personal de las v�ctimas, mientras que la Gratuidad garantiza que todos los servicios sean sin costo para las v�ctimas. El principio de Oportunidad y Celeridad asegura una atenci�n inmediata y eficaz, y la Territorialidad del Sistema implica que las acciones se coordinen y se implementen a nivel local, facilitando as� la prevenci�n y erradicaci�n de la violencia.
En relaci�n a los procedimientos legales en las comunidades, la ley manifiesta que, las Juntas Cantonales de Protecci�n de Derechos desempe�an un rol crucial en la protecci�n de las mujeres v�ctimas de violencia, con diversas atribuciones establecidas en el Art. 50. Estas incluyen intervenir de oficio o a solicitud para conocer casos de amenaza o violaci�n de derechos, y tomar medidas administrativas para proteger o restituir los derechos violados. Tambi�n tienen la facultad de interponer acciones legales en caso de incumplimiento de decisiones, requerir informaci�n de funcionarios p�blicos, y mantener un registro de personas con medidas de protecci�n. Adem�s, deben denunciar actos de violencia y vigilar que las entidades de atenci�n respeten los derechos de las mujeres.
Entre las medidas administrativas inmediatas que pueden tomar, seg�n el Art. 51, se incluyen la emisi�n de boletas de auxilio y �rdenes de restricci�n, la restituci�n de la v�ctima a su domicilio habitual, la protecci�n de bienes y documentos, y la instalaci�n de dispositivos de alerta. Tambi�n pueden coordinar la inclusi�n en programas de protecci�n y apoyo, flexibilizar horarios laborales, y suspender actividades del agresor en diversas instituciones.
Sin embargo, es importante destacar que el Art. 58 establece el principio de impugnabilidad, indicando que las medidas administrativas inmediatas de protecci�n pueden otorgarse sin afectar los procesos en curso, ya sean en la justicia ind�gena u ordinaria. Esto garantiza una respuesta efectiva y oportuna, protegiendo la integridad y derechos de las mujeres v�ctimas de violencia sin perjuicio de otros procedimientos legales.
Reglamento de la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
El Reglamento para la aplicaci�n de la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2024) tiene como objetivo establecer normas y procedimientos espec�ficos para la prevenci�n, atenci�n, protecci�n y reparaci�n de las mujeres v�ctimas de violencia (Art. 1). Su aplicaci�n es v�lida en todo el territorio ecuatoriano, incluyendo a las mujeres ecuatorianas en situaci�n de movilidad humana en el exterior, quienes recibir�n protecci�n y asistencia de las misiones diplom�ticas o consulares del Ecuador, sin importar su condici�n migratoria (Art. 2).� En la interpretaci�n de la Ley y las medidas de protecci�n, se deber� aplicar una interpretaci�n favorable en caso de duda (Art. 4).
Uno de sus aspectos destacados es que, para solicitar medidas administrativas de protecci�n inmediata, cualquier persona puede hacerlo ante las Juntas Cantonales de Protecci�n de Derechos, Tenencias Pol�ticas o Comisar�as Nacionales de Polic�a, sin necesidad de patrocinio legal (Art. 47). Adem�s, los Gobiernos Aut�nomos Descentralizados deben asegurar que las Juntas Cantonales de Protecci�n de Derechos cuenten con personal especializado en la defensa de derechos y violencia contra las mujeres (Art. 52).
La Defensor�a del Pueblo desempe�a un papel crucial en la vigilancia y control de las medidas administrativas de protecci�n. Brinda apoyo en el seguimiento del cumplimiento de estas medidas, reporta trimestralmente sobre su otorgamiento y cumplimiento, eval�a anualmente la ejecuci�n de acciones urgentes, y documenta la informaci�n en el Registro �nico de Violencia contra las Mujeres (Art. 53).
Como se evidencia en la literatura cient�fica y legal, existen numerosos documentos normativos que respaldan y garantizan los derechos de las mujeres. No obstante, la difusi�n y el conocimiento de estos instrumentos siguen siendo limitados, lo que genera una brecha significativa entre la teor�a jur�dica y la pr�ctica cotidiana. Es crucial que instituciones acad�micas y sociales, contribuyan en la concientizaci�n y educaci�n de las mujeres sobre sus derechos legales. Una instituci�n que contribuye a la vinculaci�n con la comunidad es la Universidad Estatal de Milagro.
La Gesti�n de Educaci�n Ciudadana de la Escuela de Formaci�n y Emprendimiento del Vicerrectorado de Vinculaci�n de la Universidad Estatal de Milagro se enfoca en la vinculaci�n como un pilar esencial de la labor universitaria. Esta vinculaci�n se materializa a trav�s de programas y proyectos que integran un contenido acad�mico y social significativo, respondiendo a las necesidades sociales, ambientales y culturales mediante una planificaci�n que alinea los objetivos acad�micos con las demandas sociales (Universidad Estatal de Milagro, 2022).
Los estudiantes contribuyen a la sociedad transfiriendo conocimientos espec�ficos de sus �reas de estudio, lo que no solo mejora la calidad de vida de la poblaci�n beneficiaria, sino que tambi�n fortalece las competencias adquiridas por los estudiantes durante su formaci�n profesional. En este marco, el Consultorio Jur�dico Gratuito ofrece servicios de asesor�a y patrocinio legal a personas de bajos recursos y a grupos prioritarios, funcionando con la acreditaci�n de la Defensor�a P�blica del Ecuador (Universidad Estatal de Milagro, 2022).
La presente investigaci�n tiene como objetivo describir el nivel de conocimiento sobre los procedimientos legales relacionados con la vulneraci�n de derechos de las mujeres entre las beneficiarias de las comunidades atendidas por la Gesti�n de Educaci�n Ciudadana de la Escuela de Formaci�n y Emprendimiento del Vicerrectorado de Vinculaci�n de la Universidad Estatal de Milagro, durante el periodo comprendido entre septiembre de 2023 y agosto de 2024. Este an�lisis busca evaluar el grado de comprensi�n y familiaridad de estas mujeres con los mecanismos legales disponibles para la protecci�n de sus derechos, con el fin de identificar �reas de mejora y fortalecer las estrategias de educaci�n y apoyo en el �mbito de la justicia y la equidad de g�nero.
Metodolog�a
La metodolog�a utilizada fue de tipo descriptiva, lo que permiti� caracterizar el estudio y obtener datos num�ricos precisos a trav�s de t�cnicas e instrumentos cuantitativos, facilitando el an�lisis estad�stico del nivel de conocimiento sobre los procedimientos legales relacionados con la vulneraci�n de derechos de las mujeres. El dise�o de investigaci�n fue no experimental, lo que implic� que no se realizaron intervenciones ni manipulaciones de variables, sino que se observ� y analiz� la realidad tal como se presenta. Adem�s, se adopt� un enfoque de corte transversal, capturando una instant�nea del conocimiento de las mujeres en un momento espec�fico, sin realizar seguimientos en el tiempo.
La muestra estuvo compuesta por 380 mujeres, lo que proporcion� una base s�lida para el an�lisis de los datos. Se emple� un muestreo probabil�stico, garantizando que cada miembro de la poblaci�n objetivo tuviera una probabilidad conocida y no nula de ser seleccionada. Se aplic� una encuesta estructurada para medir el grado de comprensi�n y familiaridad de las mujeres con los mecanismos legales disponibles para la protecci�n de sus derechos. Esta herramienta permiti� recopilar informaci�n detallada y objetiva, facilitando la evaluaci�n de la efectividad de las estrategias de la Gesti�n de Educaci�n Ciudadana de la Escuela de Formaci�n y Emprendimiento implementadas por el Vicerrectorado de Vinculaci�n de la Universidad Estatal de Milagro.
Resultados
La secci�n de resultados se estructura en dos partes principales que proporcionan una visi�n detallada de las caracter�sticas de la poblaci�n de estudio y su nivel de conocimiento sobre los procedimientos legales relacionados con la vulneraci�n de derechos de la mujer.
En la Secci�n 1, se presentan los Datos Demogr�ficos, los cuales son fundamentales para contextualizar el perfil de las participantes. La Tabla 1 resume la distribuci�n de la poblaci�n seg�n variables clave como edad, nivel educativo, estado civil, y ocupaci�n, entre otros.
La Secci�n 2 aborda el Conocimiento sobre Procedimientos Legales de Vulneraci�n de Derechos de la Mujer. Aqu�, se detalla el grado de familiaridad de las participantes con los mecanismos legales disponibles para proteger sus derechos. La Tabla 2 sintetiza estos resultados, permitiendo identificar tanto fortalezas como �reas que requieren mayor intervenci�n educativa y de difusi�n.
Secci�n 1: Datos Demogr�ficos
Tabla 1. Resultados datos demogr�ficos poblaci�n de estudio
|
Opciones |
N� |
% |
Edad |
45-54 a�os |
98 |
25,8 |
25-34 a�os |
94 |
24,7 |
|
35-44 a�os |
83 |
21,8 |
|
55-64 a�os |
46 |
12,1 |
|
18-24 a�os |
35 |
9,2 |
|
65 a�os o m�s |
19 |
5,0 |
|
No responde |
3 |
0,8 |
|
Menos de 18 a�os |
2 |
0,5 |
|
Total |
380 |
100% |
|
Nivel de escolaridad |
Secundaria |
155 |
40,8 |
Universidad |
103 |
27,1 |
|
Primaria |
64 |
16,8 |
|
Educaci�n t�cnica |
30 |
7,9 |
|
Postgrado |
20 |
5,3 |
|
No responde |
8 |
2,1 |
|
Total |
380 |
100% |
|
Estado Civil |
Uni�n libre |
119 |
31,3 |
Casada |
107 |
28,2 |
|
Soltera |
107 |
28,2 |
|
Separada/Divorciada |
33 |
8,7 |
|
Viuda |
10 |
2,6 |
|
No responde |
4 |
1,1 |
|
Total |
380 |
100% |
|
Situaci�n laboral |
Ama de casa |
176 |
46,3 |
Empleada |
132 |
34,7 |
|
Desempleada |
48 |
12,6 |
|
Estudiante |
18 |
4,7 |
|
Jubilada |
3 |
0,8 |
|
No responde |
3 |
0,8 |
|
|
Total |
380 |
100% |
Nota. Los datos que se muestran en la tabla provienen de encuestas realizadas en varias parroquias y recintos del cant�n Milagro, provincia de Guayas, Ecuador
La distribuci�n de edades en la muestra revela una notable concentraci�n de participantes en el rango de 45 a 54 a�os, que representa el 26% del total, seguido de cerca por el grupo de 25 a 34 a�os con un 24,9%. Estos resultados sugieren que la mayor�a de las mujeres encuestadas se encuentra en una etapa adulta media de su vida, lo que podr�a influir en sus perspectivas y conocimientos sobre los mecanismos legales para la protecci�n de sus derechos.
El an�lisis del nivel de escolaridad indica que la mayor�a de las encuestadas posee un nivel educativo limitado a la secundaria (40.8%), seguido por un menor porcentaje que ha alcanzado la educaci�n universitaria (27.1%). Este dato sugiere que la comprensi�n de procedimientos legales podr�a estar condicionada por el nivel de formaci�n acad�mica, lo que destaca la necesidad de dise�ar estrategias educativas accesibles y adaptadas a estos niveles para mejorar el conocimiento sobre los derechos legales. La baja proporci�n de personas con estudios de postgrado (5.3%) o educaci�n t�cnica (7.9%) refuerza la necesidad de una intervenci�n educativa enfocada en simplificar y clarificar los procedimientos legales relacionados con la protecci�n de derechos.
El estado civil de las encuestadas muestra una distribuci�n diversa, con una mayor�a en uni�n libre (31.3%) y una proporci�n similar de casadas y solteras (28.2% cada una). La situaci�n marital puede influir en la percepci�n y enfrentamiento de las vulneraciones de derechos, especialmente en mujeres casadas o en uni�n libre, quienes pueden enfrentar mayores desaf�os debido a din�micas familiares. Este aspecto subraya la importancia de abordar las particularidades legales que afectan a mujeres en diferentes estados civiles y de ofrecer apoyo espec�fico seg�n estas circunstancias.
La situaci�n laboral revela que una gran parte de las encuestadas son amas de casa (46.3%), lo que podr�a limitar su acceso a informaci�n y recursos sobre procedimientos legales. Las mujeres empleadas (34.7%) tambi�n podr�an enfrentar barreras, aunque con mayor acceso a redes de apoyo. El hecho de que el 12.6% est� desempleada y el 4.7% sea estudiante subraya la vulnerabilidad econ�mica de estas mujeres, lo que puede afectar su capacidad para acceder a la justicia. Este escenario refuerza la necesidad de programas que integren la educaci�n legal con el empoderamiento econ�mico, para garantizar que todas las mujeres, independientemente de su situaci�n laboral, tengan las herramientas necesarias para proteger sus derechos.
Secci�n 2: Conocimiento sobre procedimientos legales de vulneraci�n de derechos de la mujer.
A trav�s de una serie de preguntas, se evalu� la comprensi�n de las participantes respecto a las leyes que las amparan, el proceso de denuncia, los servicios de emergencia disponibles, y sus derechos a medidas de protecci�n y representaci�n legal. Estos resultados proporcionan una visi�n clara de las �reas donde es necesario fortalecer la educaci�n y el apoyo legal para mejorar la defensa de los derechos de las mujeres en situaciones de vulnerabilidad.
Tabla 2. Resultados conocimiento sobre procedimientos legales de vulneraci�n de derechos de la mujer
|
Nada |
Poco |
Moderado |
Bueno |
Excelente |
No responde |
||||||
1. Conocimiento sobre leyes que amparan a la mujer en casos de violencia intrafamiliar: �Qu� nivel de conocimiento tiene? |
64 |
16,8% |
175 |
46,1% |
71 |
18,7% |
43 |
11,3% |
18 |
4,7% |
9 |
2,4% |
2. Conocimiento sobre c�mo realizar una denuncia: �Qu� tan informada est� sobre el procedimiento para realizar una denuncia formal? |
108 |
28,4% |
152 |
40,0% |
58 |
15,3% |
39 |
10,3% |
15 |
3,9% |
8 |
2,1% |
3. Conocimiento sobre c�mo presentar una denuncia ante la fiscal�a: �Qu� tan informada est� sobre el procedimiento para presentar una denuncia ante la fiscal�a? |
127 |
33,4% |
148 |
38,9% |
45 |
11,8% |
36 |
9,5% |
14 |
3,7% |
10 |
2,6% |
4. Conocimiento sobre l�neas de ayuda telef�nica y servicios de emergencia: �Qu� tan informada est� sobre las l�neas de ayuda telef�nica y servicios de emergencia disponibles? |
76 |
20,0% |
139 |
36,6% |
50 |
13,2% |
44 |
11,6% |
53 |
13,9% |
18 |
4,7% |
5. Conocimiento sobre medidas de protecci�n y medidas cautelares: �Qu� tan informada est� sobre las medidas de protecci�n y/o medidas cautelares disponibles para las v�ctimas de violencia? |
115 |
30,3% |
136 |
35,8% |
66 |
17,4% |
31 |
8,2% |
13 |
3,4% |
19 |
5,0% |
6. Conocimiento sobre el derecho a un abogado defensor: �Qu� tan informada est� sobre el derecho a un abogado defensor para las v�ctimas de violencia intrafamiliar? |
85 |
22,4% |
134 |
35,3% |
84 |
22,1% |
37 |
9,7% |
22 |
5,8% |
18 |
4,7% |
Nota. Los datos que se muestran en la tabla provienen de encuestas realizadas en varias parroquias y recintos del cant�n Milagro, provincia de Guayas, Ecuador
Discusi�n de los resultados
El conocimiento de las mujeres en Ecuador sobre las leyes que las protegen en casos de violencia intrafamiliar revela una preocupante desconexi�n entre la legislaci�n vigente y su aplicaci�n efectiva. Seg�n los resultados de las encuestas, el 46.1% de las mujeres tiene un conocimiento limitado de estas leyes, mientras que solo el 11.3% y el 4.7% poseen un conocimiento bueno o excelente, respectivamente.
Esta brecha significativa en la comprensi�n de los derechos legales b�sicos dificulta el acceso efectivo a la justicia, a pesar de que la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008), en su art�culo 66, numeral 3, garantiza la protecci�n de las mujeres contra la violencia en todas sus formas. Adicionalmente, la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2024, en sus art�culos 19 y 22, establece un marco para asegurar el acceso a la justicia y la protecci�n efectiva de las mujeres. Sin embargo, la falta de difusi�n adecuada de estas disposiciones legales entre la poblaci�n sugiere una desconexi�n entre la ley y la conciencia p�blica (Esp�n & S�nchez, 2021).
El desconocimiento sobre c�mo realizar una denuncia es alarmante. Un 40.0% de las encuestadas tiene un conocimiento bajo y un 28.4% no sabe c�mo proceder. Este d�ficit de informaci�n es particularmente preocupante considerando que el C�digo Org�nico Integral Penal (2024), en los art�culos 155 al 158, detalla los procedimientos y sanciones relacionadas con la violencia intrafamiliar. Estas leyes obligan al Estado a proporcionar informaci�n clara y accesible sobre c�mo y d�nde denunciar, lo que no parece estar cumpli�ndose de manera efectiva. Esta falencia crea una barrera cr�tica para que las mujeres accedan a la justicia (S�nchez et al., 2019).
Similarmente, el conocimiento sobre c�mo presentar una denuncia ante la fiscal�a es limitado. Un 38.9% de las encuestadas tiene poco conocimiento y un 33.4% no tiene conocimiento alguno. La Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2024), en sus art�culos 19 y 22, y el C�digo Org�nico de la Funci�n Judicial (2023) en su art�culo 282, establecen la responsabilidad de la Fiscal�a General del Estado en la recepci�n de denuncias, pero la desconexi�n con las instituciones legales sugiere una falta de confianza o percepci�n de inaccesibilidad, lo cual podr�a disuadir a las mujeres de buscar ayuda legal (Machado et al., 2021).
La familiarizaci�n con l�neas de ayuda telef�nica y servicios de emergencia presenta serias deficiencias. Un 36.6% de las encuestadas tiene un nivel limitado de familiarizaci�n, y un 20.0% no tiene conocimiento alguno sobre estos recursos. A pesar de que la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2024), en su art�culo 19, establece la disponibilidad de servicios como la l�nea 1800-DELITO, la falta de difusi�n efectiva de estos recursos pone en riesgo la seguridad de las mujeres en situaciones de emergencia. Esto sugiere que el Estado no est� cumpliendo plenamente con su obligaci�n de garantizar el acceso a esta informaci�n vital (Le�n & Ram�rez, 2022).
En relaci�n con las medidas de protecci�n y cautelares, un 35.8% tiene poco conocimiento y un 30.3% no tiene conocimiento alguno sobre estos mecanismos, los cuales son fundamentales para garantizar la seguridad de las mujeres en riesgo. El C�digo Org�nico Integral Penal (2024), en los art�culos 152 al 155, y la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), en su art�culo 19, establecen estas medidas, pero la falta de conocimiento sugiere deficiencias en la comunicaci�n y capacitaci�n tanto para las v�ctimas como para los funcionarios encargados de su implementaci�n (Castillo & Ruiz, 2021).
Finalmente, el derecho a un abogado defensor, garantizado por la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008), en su art�culo 76, y la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), es poco conocido por un 35.3% de las encuestadas, y un 22.4% no tiene conocimiento alguno de este derecho. La falta de informaci�n sobre este derecho crucial limita el acceso a una representaci�n legal adecuada, lo cual es esencial en casos de violencia intrafamiliar. Esto evidencia la necesidad urgente de campa�as informativas y programas de apoyo legal para mujeres en situaci�n de vulnerabilidad (Caizapanta et al., 2022).
Aunque Ecuador cuenta con un marco legal robusto para la protecci�n de las mujeres contra la violencia intrafamiliar, existe una brecha significativa entre lo que establece la ley y el conocimiento que las mujeres tienen sobre sus derechos y los procedimientos legales disponibles. Esta desconexi�n, evidenciada en las encuestas, subraya la necesidad de implementar campa�as de educaci�n y sensibilizaci�n masivas, fortalecer los programas de capacitaci�n para funcionarios p�blicos, y asegurar que las leyes se apliquen de manera efectiva. (Vergel & Mart�nez, 2021).
1. Es fundamental implementar estrategias de educaci�n y sensibilizaci�n para mejorar la comprensi�n y el acceso a los derechos de las mujeres. Esto implica la difusi�n de informaci�n sobre los marcos legales nacionales e internacionales, adem�s de la promoci�n de un cambio cultural que desaf�e las actitudes machistas y la discriminaci�n de g�nero arraigada en la sociedad. La educaci�n y el empoderamiento de las mujeres son esenciales para materializar los principios de igualdad formal y sustantiva y para erradicar la violencia de g�nero en todas sus formas (Vera-Del Pezo, 2022).
Conclusiones
La evaluaci�n del conocimiento de las mujeres en Ecuador sobre los procedimientos legales que protegen sus derechos revela una preocupante desconexi�n entre la legislaci�n vigente y su aplicaci�n efectiva. A pesar de contar con un marco legal s�lido, el 46.1% de las encuestadas muestra un conocimiento limitado sobre estas leyes, lo que obstaculiza su acceso a la justicia. Adem�s, un 40.0% desconoce c�mo presentar una denuncia, indicando que la informaci�n sobre estos procesos no se comunica adecuadamente. Esta brecha de conocimiento afecta gravemente la capacidad de las mujeres para hacer valer sus derechos y obtener el apoyo necesario.
Adem�s, el an�lisis revela una falta de familiarizaci�n con recursos cruciales, como l�neas de ayuda y servicios de emergencia, lo que pone en riesgo la seguridad de las mujeres en situaciones cr�ticas. Es urgente mejorar la difusi�n de informaci�n sobre estos servicios para facilitar su acceso. Adem�s, la escasa comprensi�n sobre medidas de protecci�n y el derecho a un abogado defensor indica deficiencias en la capacitaci�n de funcionarios p�blicos y en la comunicaci�n de los derechos disponibles. Esto subraya la necesidad de programas de capacitaci�n que aseguren una correcta comprensi�n y aplicaci�n de las leyes por parte de v�ctimas y operadores de justicia, garantizando as� el apoyo necesario para las mujeres.
Finalmente, es urgente implementar estrategias de educaci�n y sensibilizaci�n que promuevan la comprensi�n de los derechos de las mujeres y los procedimientos legales. Estas campa�as deben enfocarse no solo en informar, sino tambi�n en fomentar un cambio cultural que desaf�e las actitudes machistas y la discriminaci�n de g�nero profundamente arraigadas en la sociedad. El empoderamiento de las mujeres es esencial para avanzar hacia la igualdad sustantiva y formal, as� como para erradicar la violencia en todas sus formas.
En conclusi�n, aunque Ecuador cuenta con un marco legal robusto para proteger los derechos de las mujeres, es crucial abordar las brechas en conocimiento y acceso a la justicia. Implementar estrategias de educaci�n y sensibilizaci�n, junto con la capacitaci�n de funcionarios p�blicos, es esencial para empoderar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos. La Gesti�n de Educaci�n Ciudadana del Vicerrectorado de Vinculaci�n de la Universidad Estatal de Milagro tiene un papel fundamental al ofrecer programas educativos que informen y empoderen a las mujeres de las comunidades, facilitando as� que las v�ctimas de violencia hagan valer sus derechos.
La implementaci�n de capacitaciones, talleres y campa�as informativas desarrolladas por la Gesti�n de Educaci�n Ciudadana que pertenece a la Escuela de Formaci�n y Emprendimiento, contribuye al crecimiento y desarrollo de la comunidad en general en la que se promueve la actualizaci�n constante de conocimientos, y el desarrollo de habilidades y competencias fomentando el aprendizaje permanente y la vinculaci�n con el entorno, fortaleciendo as� la formaci�n integral y el desarrollo personal de las comunidades y ciudadan�a en general. Con estos antecedentes, es necesaria la articulaci�n de la comunidad con Organismos Universitarios como el Consultorio Jur�dico Gratuito y Consultorio Psicol�gico Gratuito, para apoyo a la Comunidad en general.
Asimismo, se ayudar�a a sensibilizar a las mujeres sobre sus derechos y proporcionarles herramientas pr�cticas para ejercerlos. Esto no solo mejorar�a la calidad de vida de las beneficiarias, sino que tambi�n fortalecer�a las competencias de los estudiantes al involucrarlos en la soluci�n de problemas reales, promoviendo una educaci�n comprometida con un impacto social significativo. De este modo, el �rea de Gesti�n de Educaci�n Ciudadana se convertir�a en un espacio seguro para las v�ctimas de violencia, brindando la gu�a y el apoyo necesario para hacer valer sus derechos.
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