Violacin de la soberana en sedes diplomticas y sus consecuencias en el Derecho Internacional

 

Violation of sovereignty in diplomatic headquarters and its consequences in International Law

 

Violao da soberania nas sedes diplomticas e suas consequncias no Direito Internacional

 

 

Bryan Alexander Gmez-Nez I
bgomez4@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0008-8812-0619
Christian Israel Rodiguez-Barroso II
crodriguez26@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0000-5615-6651
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: bgomez4@indoamerica.edu.ec

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 26 de julio de 2024 *Aceptado: 30 de agosto de 2024 * Publicado: 30 de septiembre de 2024

 

        I.            Universidad Tecnolgica Indoamrica, Ambato, Ecuador.

      II.            Universidad Tecnolgica Indoamrica, Ambato, Ecuador.


Resumen

Las relaciones internacionales son producto del ejercicio de la soberana de un estado, encabezadas por un representante en el pas receptor denominado embajador. En razn de ello, las misiones diplomticas son esenciales para la convivencia pacfica y la cooperacin internacional, en aras del progreso y respeto de los derechos humanos. Este estudio analiza las consecuencias del irrespeto a la normativa internacional, enfocndose en el principio de inviolabilidad de los locales de las misiones diplomticas, consagrado en la Convencin de Viena de 1961. A travs de la codificacin de derechos y obligaciones en tratados internacionales, el Derecho Internacional Pblico regula las relaciones entre estados, promoviendo la seguridad y la paz global. Las sedes diplomticas facilitan la comunicacin y cooperacin, representando los intereses nacionales en el extranjero. Las violaciones a la soberana en estas sedes pueden resultar en la prdida de relaciones diplomticas, conflictos armados o litigios en la Corte Internacional de Justicia. Este anlisis se complementa con la investigacin de casos emblemticos, como el asalto a la embajada de Ecuador en Cuba en los aos 1961 y 1881, respectivamente, y el asalto a la embajada de Mxico en Ecuador en 2024, ilustrando las consecuencias de tales violaciones y subrayando la importancia de respetar la soberana estatal.

Palabras claves: derecho internacional; diplomacia; embajada; inviolabilidad; soberana.

 

Abstract

International relations are the product of the exercise of the sovereignty of a state, headed by a representative in the receiving country called an ambassador. For this reason, diplomatic missions are essential for peaceful coexistence and international cooperation, for the sake of progress and respect for human rights. This study analyzes the consequences of disrespect for international regulations, focusing on the principle of inviolability of the premises of diplomatic missions, enshrined in the Vienna Convention of 1961. Through the codification of rights and obligations in international treaties, the Law Public International regulates relations between states, promoting security and global peace. Diplomatic offices facilitate communication and cooperation, representing national interests abroad. Violations of sovereignty in these venues may result in the loss of diplomatic relations, armed conflict or litigation in the International Court of Justice. This analysis is complemented by the investigation of emblematic cases, such as the assault on the Ecuadorian embassy in Cuba in 1961 and 1881, respectively, and the assault on the Mexican embassy in Ecuador in 2024, illustrating the consequences of such violations and underscoring the importance of respecting state sovereignty.

Keywords: international law; diplomacy; embassy; inviolability; sovereignty.

 

Resumo

As relaes internacionais so o produto do exerccio da soberania de um Estado, chefiado por um representante no pas receptor denominado embaixador. Por esta razo, as misses diplomticas so essenciais para a coexistncia pacfica e a cooperao internacional, em prol do progresso e do respeito pelos direitos humanos. Este estudo analisa as consequncias do desrespeito s regulamentaes internacionais, com foco no princpio da inviolabilidade das instalaes das misses diplomticas, consagrado na Conveno de Viena de 1961. Atravs da codificao de direitos e obrigaes nos tratados internacionais, o Direito Internacional Pblico regula as relaes entre estados, promovendo a segurana e a paz global. Os escritrios diplomticos facilitam a comunicao e a cooperao, representando os interesses nacionais no exterior. As violaes da soberania nestes locais podem resultar na perda de relaes diplomticas, conflitos armados ou litgios no Tribunal Internacional de Justia. Esta anlise complementada pela investigao de casos emblemticos, como o assalto embaixada do Equador em Cuba em 1961 e 1881, respectivamente, e o assalto embaixada do Mxico no Equador em 2024, ilustrando as consequncias de tais violaes e sublinhando a importncia de respeitar a soberania do Estado.

Palavras-chave: direito internacional; diplomacia; embaixada; inviolabilidade; soberania.

 

Introduccin

Respetar la soberana de un estado, es de vital importancia para las relaciones internacionales, es as que, una misin diplomtica es fundamental para la convivencia armnica y la paz entre los estados. El irrespeto de la norma internacional trae consecuencias tanto en el mbito diplomtico como legal, a la luz del derecho internacional pblico. En este contexto, se hace especial hincapi en el principio de inviolabilidad de las sedes diplomticas, consagrado en la Convencin de Viena de 1961 sobre relaciones diplomticas. Los tratados internacionales son un eje trascendental para codificar en un documento tangible los derechos y obligaciones de los estados, tomando en cuenta la tradicin internacional, es decir, la prctica estatal que con anterioridad, se consideraba obligatoria en las relaciones consulares.

El Derecho Internacional Pblico, se definir como un conjunto de normas jurdicas que regulan las relaciones entre estados y organizaciones internacionales, donde se establecen los derechos y obligaciones de los estados, con el objetivo de preservar la seguridad internacional y la paz entre las naciones, por ello, se promueve la cooperacin internacional en aras de la prosperidad y el desarrollo, buscando espacios de dilogo y no agresin. El incumplimiento de la normativa internacional puede acarrear repercusiones diplomticas y legales, e incluso derivar en litigios ante tribunales internacionales.

Las sedes diplomticas, son espacios fsicos de comunicacin y cooperacin entre dos pases, sirven para representar y llevar a cabo relaciones internacionales en beneficio mutuo, son el punto de encuentro fsico ms cercano entre dos pases, especialmente en casos donde no comparten fronteras, como ocurre entre Ecuador y Mxico. Los embajadores y ministros, encargados de las misiones diplomticas, tienen la responsabilidad de gestionar y representar a su pas en la nacin extranjera, actuando como defensores de los intereses de su nacin.

Violar la soberana de un estado, en su sede diplomtica puede tener graves consecuencias, una de ellas es la prdida de relaciones diplomticas, de igual manera, podra desembocar en un conflicto armado o en litigios en la Corte Internacional de Justicia. Para prevenir estas situaciones, existen rganos internacionales como la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), que buscan la paz entre las naciones y promueven el respeto de los derechos humanos. La Corte Internacional de Justicia, con sede en el palacio de la Paz en La Haya, Pases Bajos, es el rgano de la ONU encargado de resolver disputas legales entre estados y garantizar el cumplimiento del Derecho Internacional.

Este anlisis se enriquece con la investigacin de casos internacionales, en donde podremos evidenciar las consecuencias de irrumpir en una sede diplomtica, violando de facto, el principio de inviolabilidad de las misiones diplomticas consagrado en la normativa internacional. Los casos a analizar son el asalto a la embajada de Ecuador en Cuba y el asalto a la embajada de Mxico en Ecuador. Estos casos, controversiales en la esfera internacional, han marcado la historia y son esenciales para comprender las consecuencias de violar la soberana de un pas.

 

 

Desarrollo

1.      Soberana de sedes diplomticas

La soberana sigue siendo el poder originario y supremo del Estado; es una e indivisible en su esencia y titularidad (Ros lvarez, 2017). Es as que, la soberana es un trmino que abarca varias concepciones, pero todos ellas se ven direccionadas al poder que tiene un estado para decidir sobre su futuro, el principal titular del poder soberano es el pueblo. Adems la soberana se puede vincular, por ejemplo, con el territorio, dan lugar a la soberana territorial, que se define como la autoridad para tomar decisiones dentro de su territorio y defenderlo. En un escenario de desigualdades, es suyo el derecho a defender sus tierras, reconociendo en sus relatos, acciones y prcticas, gestos de soberana sobre sus territorios (Razeto Migliaro et al., 2019).

El propsito de todo ordenamiento constitucional reside precisamente en constituir o formar el pueblo que habita un Estado, tanto mediante la decisin del pueblo de instituir una constitucin como a travs de las resoluciones que toma el gobierno creado por tal constitucin (Laise y Manzo, 2021).

Para Laise y Manzo-Ugas la constitucin tiene el fin de establecer quienes formarn parte del pueblo dentro de un estado soberano y desde su origen el pueblo tiene un papel crucial en la implementacin de una constitucin y seleccin de sus representantes, de modo que, en un estado democrtico, donde los gobernantes son elegidos por eleccin popular, el poder de la soberana recae en el "pueblo", esta expresin se coloca entre comillas, puesto que, el pueblo no toma decisiones directamente, sino que se elige mediante elecciones populares a un representante (presidente), quien est encargado del poder ejecutivo, la administracin econmica y la seguridad del estado, adems, tiene en sus manos la direccin de las fuerzas armadas. Entendamos entonces a la soberana como la libertad de organizarse, decidir y administrar su territorio segn lo considere conveniente, respetando la constitucin y la normativa internacional.

Artculo 1. i). Por Locales de la Misin se entiende los edificios o las partes de los edificios, sea cual fuere su propietario, utilizados para las finalidades de la Misin, incluyendo la residencia del Jefe de la Misin (Convencin de Viena de Relaciones Diplomticas, 1961). Es as, que los locales de las misiones diplomticas o sedes diplomticas son espacios fsicos, de encuentro entre dos naciones y a su vez, dnde reside la persona encargada de dirigir la misin diplomtica(embajador) y su equipos de trabajo, encargados de representar a su estado en un pas extranjero, estos espacios diplomticos tienen privilegios establecidos en la normativa internacional, paraqu no se impida su eficaz funcionamiento.

Segn el autor Ghilarducci (2020), existen dos tipos de diplomacia. La diplomacia desde abajo que abarca lo no estatal, siendo un tipo de cooperacin ms fluida y menos estricta en relacin a las formalidades. Por otro lado, la diplomacia oficial se gua por formalidades y protocolos que dificultan su mbito de actuacin, siendo mucho ms rgida debido a las estructuras burocrticas complejas. De este modo, la diplomacia implica la accin de cooperacin y trabajo entre estados, as como otras instituciones internacionales.

En caso de persecucin, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de l, en cualquier pas (Naciones Unidas, 1948). Es as que los estados deben proporcionar proteccin a las personas que, por circunstancias extraordinarias, deban huir de su pas de origen para buscar resguardo en un pas extranjero. Esto puede deberse a diversas razones, como su corriente ideolgica, religiosa, o por pertenecer a un grupo social determinado. El gobierno, en ejercicio de su soberana, es el encargado de conceder el asilo poltico y de evaluar la situacin del solicitante.

2.      Derecho Internacional

La ONU desde su creacin en el ao 1945 despus de los acontecimientos de la segunda guerra mundial, y posterior creacin de la declaracin de derechos humanos, ha buscado la paz y la solucin de conflictos, siendo un lugar neutral donde los pases pueden reunirse a dialogar y llegar acuerdos que sean beneficiosos para todos los estados miembros, evitando que los problemas se hagan ms grandes y puedan llegan en el peor de los casos a una guerra entre naciones, en la actualidad la ONU esta conformada por 193 naciones, que conforman la Asamblea General, que es el rgano que tiene como misin tomar decisiones de forma democrtica.

Segn Ingunza (2019), el derecho internacional es una agrupacin normas encargadas de regular las relaciones entre estados, estos estados se les denomina sujetos del derecho internacional, los estados tienen la libertad de tomar decisiones que bien vean convenientes dentro de su soberana territorial, tomando en cuenta la norma internacional, ningn estados puede meterse en las decisiones que tome otro estado, ya que cada estado es independiente y soberano, sin importar las dimensiones territoriales, o condiciones econmicas.

La carta de las Naciones Unidas de (1945) nos establece especficamente en el artculo 2, numeral 3 que los estados que conforman la organizacin de Naciones Unidas buscarn solucionar sus conflictos priorizando la paz, entre las naciones en el marco internacional, en otras palabras que los estados no arriesguen la seguridad internacional y la paz. Adems, en el numeral 7 nos establece que las Naciones Unidas no podrn de ningn modo interferir en asuntos relacionados con la justicia dentro de las Naciones.

Las normas encaminadas a regular los derechos y obligaciones internacionales son los tratados, la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 es la norma encargada de detalle como se crea un tratado, as como la interpretacin del tratado y como se pone fin a un tratado, ayudando a que las relaciones internacionales sean ms eficaces y claras, de modo que sus compromisos queden debidamente formalizados. Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) establece en su artculo 2, literal a que un tratado es un acuerdo voluntario e intencionado llevado de forma escrita, entre estados a la luz de la normativa internacional. Adems en el literal b se establece que la ratificacin, es la aceptacin voluntaria de un estado del tratado internacional, es as que, los estado como soberanos, de forma autnoma, pueden decidir sobre sus obligaciones internacionales al ratificar un tratado internacional.

conjunto de normas imperativas del derecho internacional general, jerrquicamente superiores y universalmente aplicables, cuyo bien jurdicamente protegido son los valores fundamentales de la comunidad internacional (Rojas, 2022). Por lo cual, la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados, se constituye como (jus cogens) obligatoria dentro del derecho internacional, puesto que, abarca temas como la nulidad, terminacin o suspensin de los tratados internacionales, que son trascendentales para las relaciones internacionales.

El principal tratado internacional, que versa sobre las relaciones diplomticas entre estados independientes, y que puntualmente regula la violacin de las sedes es la Convencin de Viena sobre las relaciones diplomticas de 1961, que empez a tener vigencia el 24 de abril del ao 1964, con su posterior ratificacin por 22 estados inicialmente, que debatieron y negociaron, los puntos clave del tratado, en donde acordaron el establecimiento de misiones diplomticas, adems el reconocimiento del principio de inviolabilidad de los espacio diplomtico, y tambin, la inmunidad a diplomticos dentro de la justicia del estado receptor.

De acuerdo a la Convencin de Viena sobre las relaciones diplomticas (1961), en su Artculo 22 esta escrito que los locales diplomticos no deben ser violentados, es decir que, el pas que ha recibido a un estado extranjero tiene prohibido entrar a la sede diplomtica, sin la autorizacin expresa del jefe de la misin diplomtica, adems, el estado receptor debe generar los mecanismos necesarios para proteger la sede diplomtica, con la finalidad de que no exista algn dao o intrusin. Por ende, una irrupcin en una embajada es considerada como una ataque directo en contra de la soberana estatal del estado extranjero, dado que, las embajadas representan su territorio.

La inviolabilidad de los locales de la misin diplomtica y de la oficina consular se configura como un principio esencial para el ejercicio de sus funciones y el mantenimiento de las relaciones diplomticas y consulares. En los tres casos su incumplimiento ha dado lugar al cierre de las dependencias (Gonzles & Casanova Gonzlez,2021).

El principio de inviolabilidad de las sedes diplomticas es fundamental dentro del derecho internacional en la actualidad, se encuentra redactado en el Convencin de Viena sobre Relaciones Diplomticas del ao 1961, tiene el fin de buscar la proteccin de la misin diplomtica y a su vez, de las personas encargadas de esta misin, de esta forma, el pas receptor no pueda interferir en la sede diplomtica, paraqu la comunicacin y relacin entre ambos, no se vea truncada. Adems busca el respeto entre estados soberanos, fundamental para la cooperacin y la diplomacia. El principio de inviolabilidad contribuye a la proteccin de los Derechos Humanos, puesto que, actan como refugio de personas que se encuentran, en persecucin poltica o en conflictos armados, siendo un refugio humanitario que se respeta a nivel internacional.

El principio de Inviolabilidad de los Locales de la Misin Diplomtica se configura como absoluto, sin ninguna excepcin, ni en la costumbre internacional ni en la Convencin de Viena. En consecuencia, cualquier intromisin por parte de las autoridades del Estado receptor sin el expreso consentimiento del Jefe de la Misin es considerada una violacin de la Convencin (Torres, 2023).

Segn la Convencin sobre el Asilo Diplomtico de 1954, el artculo tres establece que no es legal conceder asilo poltico a personas que hayan sido sentenciadas o que se encuentren dentro de un proceso judicial en el momento de solicitar el asilo. Las personas que solicitan asilo poltico deben cumplir la totalidad de su pena antes de poder ser consideradas para esta proteccin.

3.      Consecuencias de la violacin de sedes diplomticas

La terminacin de relaciones internacionales entre Estados es una consecuencia inicial, tomada por los gobiernos para dejar claro, que ambos estados han tenido choques ideolgicos fuertes o a su vez, ha ocurrido una clara violacin a la normativa internacional. Esta consecuencia puede resultar nociva en un mundo globalizado, afectando a los dos pases directamente, en temas como la movilidad humana de migrantes, por ejemplo actualmente miles de migrantes ecuatorianos, buscan cruzar la frontera entre Mxico y Estados Unidos, teniendo que cruzar obligatoriamente por suelo Mexicano, al no existir cooperacin internacional para tratar esta problemtica, la crisis se agudiza an ms.

Segn Moreno (2024), Periodista del diario Universo publica que 57.250 ecuatorianos cruzaron el Tapn del Darin en el ao 2023, y por ende debieron de haber llegado a Mxico para seguir su rumbo a los Estados Unidos. La cooperacin internacional ha sido clave, paraqu las autoridades mexicanas rescaten a ecuatorianos, que se encontraban en las garras de mafias dedicadas a la migracin ilegal, es as que, la cooperacin internacional es sumamente importante para ambos estados puesto que permite que no se vulneren derechos humanos a estas personas que dejan su pas, en busca de nuevas oportunidades en un pas extranjero.

Segn Gonzles y Casanova Gonzlez, (2021) el incumplimiento del principio de inviolabilidad ha ocasionado el cierre de dependencias diplomticas, trayendo consigo, la perda de relaciones entre estados y ocasionado que el pas infractor pierda credibilidad en la esfera internacional. La percepcin internacional, como otros pases ven a una nacin, tambin vara segn la situacin que est viviendo el pas en cada momento de la Historia.

La ruptura de relaciones diplomticas tiene graves consecuencias econmicas. Los acuerdos comerciales pueden ser suspendidos, afectando negativamente a las economas de ambos pases. Las empresas que dependen del comercio bilateral pueden enfrentar prdidas significativas, y la incertidumbre poltica puede desalentar la inversin extranjera directa, de modo que las relaciones internacionales inciden directamente en la economa del pas y en su desarrollo comercial.

La cooperacin en proyectos internacionales puede verse seriamente afectada por la ruptura de relaciones diplomticas. Esto incluye la colaboracin en reas como la ciencia, la educacin, la cultura y la asistencia humanitaria. Los intercambios acadmicos, los programas de investigacin conjunta y los eventos culturales pueden ser suspendidos, lo que limita el flujo de conocimiento y la comprensin cultural entre los pases.

Estabilidad Poltica y Seguridad, la ruptura de relaciones diplomticas puede aumentar la tensin y la inestabilidad poltica, tanto a nivel interno como regional. La falta de comunicacin y la desconfianza mutua pueden escalar los conflictos y aumentar el riesgo de enfrentamientos militares. Adems, las comunidades de expatriados y los ciudadanos en el extranjero pueden quedar desprotegidos sin el apoyo consular adecuado.

Una justificacin a las acciones beligerantes es el ataque directo a una sede diplomtica que representa a una nacin soberana en un territorio extranjero, esta consecuencia muy grave puede ocasionar conflictos armados, esto si, la tensin entre las naciones llega a un punto, en donde el dilogo ya no es eficaz para solucionar los conflictos.

Para evitar conflictos armados existe la Corte Internacional de Justicia, quien es la encargada de resolver disputas legales entre naciones, es el mximo rgano de justicia de las Naciones Unidas y adems emite opiniones consultivas en materia de derecho internacional, presentadas por otros rganos de ONU, en aras de la seguridad internacional y la paz entre las naciones. Esta consecuencia afecta directamente en el prestigio internacional, obligando al estado sentenciado a cambiar sus polticas o reformar las ley, ya que las decisiones de la CIJ, son vinculantes para los pases miembros.

 

Casos Asaltos a sedes Diplomticas

Segn Kwai y Yoon (2024),  periodistas del New York Times, el da 5 de abril del ao 2024, en la embajada de Mxico en Ecuador, la fuerza pblica irrumpi, para detener al exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, quien fue condenado por corrupcin por la justicia ecuatoriana. Jorge Glas estaba viviendo en la embajada mexicano desde diciembre el ao pasado y el mismo da por la maana se le otorgo el asilo poltico, trayendo como consecuencia que Ecuador declare a la embajadora de Mxico en Ecuador como persona no grata. El estado ecuatoriana se justifico aseverando que Mxico haba abusado del principio de inviolabilidad de los Estados y de los privilegios que confiere la normativa internacional. La irrupcin a la fuerza a la embajada mexicana, provoco lesiones a los funcionarios de la embajada que intentaron evitar el hecho, especialmente a Roberto Canseco encargado de la embajada, quien se opuso a la entrada de la fuerza pblica ecuatoriana. En consecuencia el estado mexicano atreves de su secretaria de Relaciones Exteriores de Mxico, Alicia Brcena, declar la ruptura de relaciones diplomticas con Ecuador y manifest que presentara un recurso ante la Corte Internacional de Justicia.

Segn Molina (2012), periodista del medio de comunicacin La Repblica, el 11 de diciembre de 1961, la sede diplomtica ecuatoriana, ubicada en La Habana, capital de Cuba, fue invadida por ciudadanos cubanos en un camin, quienes cruzaron la cerca buscando asilo. La guardia cubana que se encontraba resguardando la sede diplomtica arremeti contra los ciudadanos con armas de fuego, dejando tres personas muertas y cuatro heridas. Asimismo, otra irrupcin a la embajada ecuatoriana sucedi el 21 de febrero de 1981, cuando fuerzas especiales de Castro asaltaron la embajada para detener a 14 dirigentes, miembros de la familia Delgado, sin la autorizacin del embajador ecuatoriano Jorge Prez Concha. La embajada es un territorio que no se debe irrumpir sin la expresa autorizacin del jefe de la misin diplomtica.

 

Metodologa

Diseo de la investigacin

El presente artculo cientfico est dirigido a analizar y reflexionar jurdicamente sobre la violacin de la soberana en sedes diplomticas y cmo estas acciones producen consecuencias en el Derecho Internacional. La investigacin se basa en un enfoque cualitativo, adecuado por la naturaleza del tema, con una perspectiva analtico-crtica. Este enfoque permite analizar la norma internacional vigente y sintetizar crticamente la doctrina de diferentes expertos en Derecho Internacional y la teora pertinente.

La recopilacin de la informacin de diversas fuentes confiables y fiables es para analizar las consecuencias de violar las normas internacionales en relacin con la soberana de los pases en sedes diplomticas. Esto implica el anlisis de principios generales del Derecho Internacional que rigen la relacin y la convivencia armnica entre pases. La recoleccin de informacin se realiza a travs de diversas fuentes, como artculos cientficos pertinentes al tema, doctrina del Derecho Internacional y normativas internacionales vigentes.

La investigacin aborda el anlisis de casos de violacin de la soberana diplomtica y las consecuencias directas de tales acciones. Adems, se examinan los tratados ms relevantes de la norma internacional vigente relacionados con la violacin de las sedes diplomticas. Se definen los conceptos de soberana, diplomacia y Derecho Internacional. Finalmente, se proporciona un comentario crtico sobre las relaciones internacionales y su importancia para el desarrollo nacional, as como la manera en que la soberana influye en las decisiones de los Estados.

 

Conclusiones

En conclusin, la soberana es el poder de decisin que tiene un estado para administrar y dirigir su propio destino. Respetar la soberana es esencial para mantener la armona y la cooperacin entre las naciones. Por esta razn, irrumpir en una sede diplomtica sin la debida autorizacin del jefe de Misin constituye una grave violacin de la normativa internacional. La Convencin sobre Relaciones Diplomticas de 1961 establece que las sedes diplomticas no deben ser violentadas bajo ningn motivo, consagrando el principio de inviolabilidad de estas sedes. El estado receptor tiene prohibido ingresar a una sede diplomtica sin la autorizacin correspondiente del jefe de Misin; adems, tiene la obligacin de prestar seguridad y proteccin a la embajada que se encuentra en su territorio.

Por ende, las sedes diplomticas son una extensin de la voluntad soberana de un estado, encaminadas a cooperar y trabajar en comn para un bien mutuo, por ello los locales de las misiones diplomticas tienen inmunidades y privilegios, que son de obligatorio cumplimiento de acuerdo a la normativa internacional, es as que el principio de inviolabilidad constituye una pieza esencial para el respet y funcionamiento eficaz de la misin diplomtica.

El derecho al asilo poltico est establecido en la Declaracin Universal de los Derechos Humanos para proteger a los perseguidos polticos y a otras personas que no se sientan seguras en su pas de origen, siempre y cuando no tengan cuentas pendientes con la justicia de su pas. El asilo es concedido por el gobierno en ejercicio de su soberana. Interferir con esta decisin constituye una violacin de la soberana del pas que concede el asilo. Esto fue alegado por Mxico tras la irrupcin de la fuerza pblica en la embajada mexicana, luego de la concesin de asilo poltico al exvicepresidente Jorge Glas, quien tiene juicios pendientes hasta la fecha con la justicia ecuatoriana.

Las consecuencias de violar la soberana de un estado son amplias. La primera, segn los casos analizados, es la prdida de relaciones internacionales, lo que trae limitaciones significativas para la cooperacin en problemticas que afectan a ambos pases en conflicto. Un ejemplo de ello es la movilidad humana: muchos migrantes ecuatorianos se ven obligados a cruzar por Mxico para llegar a los Estados Unidos, por lo que la prdida de relaciones internacionales es una consecuencia negativa para ambos pases, afectando las relaciones comerciales y generando inestabilidad poltica. Adems, una consecuencia de violar la soberana de un pas que he identificado y propuesto es la aparicin de disputas blicas entre pases en casos extremos, sin embargo, siempre se debe priorizar el dilogo y la mediacin en aras de la paz.

En el caso de la irrupcin de la embajada de Mxico en Ecuador se ha evidenciado la importancia del respeto a la normativa internacional y adems cmo los pases conceden derechos, como el asilo, sin analizar la norma internacional vigente. Sin embargo, esta razn no justifica la violacin del principio de inviolabilidad de la sede diplomtica. Es necesario buscar mecanismos de solucin de conflictos que prioricen el dilogo y recurrir a rganos internacionales como la Corte Internacional de Justicia, que pueden coercer al estado infractor para que no siga violando la normativa internacional.

En el caso de la irrupcin de la embajada de Ecuador en Cuba del 11 de diciembre de 1961, se pudo evidenciar como el pas receptor de la misin diplomtica debe proteger la embajada del pas extranjero y al personal diplomtico, aun que lamentablemente en este caso hubo personas fallecidas, por otro lado en la irrupcin del 21 de febrero de 1981, pudimos evidenciar la violacin al principio de inviolabilidad de las sedes diplomticas, puesto que no se pido la autorizacin del embajador ecuatoriano de ese entonces,.

 

Referencias

1.      Chacn Hernndez, D., & Nez Palacios, S. (2022). Las facultades de la Corte Internacional de Justicia en materia de Derechos Humanos. Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia, 8(22), 1945. https://doi.org/10.32870/dgedj.v8i22.373

2.      CONVENCION SOBRE ASILO DIPLOMATICO. (1954). Dcima Conferencia Interamericana realizada en Caracas, Venezuela el 28 de marzo de 1954. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2002/0038.pdf?file=fileadmin/Documentos/BDL/2002/0038

3.      Ghilarducci, D. (2020). La diplomacia desde abajo: una herramienta terica para los estudios globales. Colombia Internacional. https://doi.org/10.7440/colombiaint102.2020.06

4.      Gonzlez-Casanova Gonzlez, . (2021). Inviolabilidad de la Misin Diplomtica y de la Oficina Consular: Anlisis sobre el cumplimiento por parte del Estado receptor de la inviolabilidad de las sedes diplomticas y consulares. http://hdl.handle.net/11531/47673

5.      Ingunza, M. F. (2019). UNA APROXIMACIN AL ESTUDIO DEL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO. Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazn. https://doi.org/10.33539/lumen.2019.v15n2.1826

6.      Kwai, I., & Yoon, J. (2024). Mxico rompe relaciones diplomticas con Ecuador tras la detencin de Jorge Glas en su embajada. https://www.nytimes.com/es/2024/04/06/espanol/mexico-ecuador-embajada-glas.html

7.      Laise, L. D., & Manzo-Ugas, G. (2021). Nosotros, el pueblo: apuntes sobre la evolucin del concepto de soberana en el constitucionalismo iberoamericano. Revista Jurdicas CUC. https://doi.org/10.17981/juridcuc.17.1.2021.11

8.      Molina, A. (2012, septiembre 7). Asalto a la embajada del Ecuador. https://www.larepublica.ec/blog/2012/09/07/asalto-a-la-embajada-del-ecuador/

9.      Moreno, J. P. (2024, abril 6). Los migrantes ecuatorianos en Mxico son las primeras vctimas de la ruptura de relaciones entre ambos pases, dice organizacin 1800 Migrante. El Universo. https://acortar.link/UfKsz0

10.  Naciones Unidas. (1948). La Declaracin Universal de los Derechos Humanos. https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

11.  Organizacin de las Naciones Unidas. (18 de Abril de 1961). Convencin de Viena sobre Relaciones Diplomticas. Viena, Austria.

12.  Organizacin de las Naciones Unidas. (24 de Abril de 1963). Convencin de Viena sobre Relaciones Consulares. Viena, Austria.

13.  Organizacin de las Naciones Unidas. (1945). Carta de las Naciones Unidas. https://www.un.org/es/about-us/un-charter

14.  Razeto Migliaro, Jorge, Cataln Martina, Emilia, & Skewes Vodanovic, Juan Carlos. (2019). Soberana territorial, conservacin ambiental y comunidades de campo comn en Chile central. Polis (Santiago), 18(54), 120-143. https://dx.doi.org/10.32735/s0718-6568/2019-n54-1403

15.  Ros lvarez, L. (2017). La soberana, El Poder constituyente y Una Nueva constitucin para Chile. Estudios Constitucionales (Impresa), 15(2), 167202. http://dx.doi.org/10.4067/S0718-52002017000200167

16.  Rojas Amandi, V. M. (2022). El nuevo estatus jurdico del ius cogens, reflexiones en torno a los informes de la Comisin de Derecho Internacional. Anuario Mexicano De Derecho Internacional, 22(22), 343389. https://doi.org/10.22201/iij.24487872e.2022.22.16956

17.  (Convencin de Viena sobre el derecho de los tratados, 1969) Recuperado de https://www.oas.org/xxxivga/spanish/reference_docs/convencion_viena.pdf

18.  Torres Reyes, F. S. (2023). Los locales de la misin diplomtica en la Convencin de Viena sobre relaciones diplomticas de 1961. https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/195305

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).

 

 

Enlaces de Referencia

  • Por el momento, no existen enlaces de referencia
';





Polo del Conocimiento              

Revista Científico-Académica Multidisciplinaria

ISSN: 2550-682X

Casa Editora del Polo                                                 

Manta - Ecuador       

Dirección: Ciudadela El Palmar, II Etapa,  Manta - Manabí - Ecuador.

Código Postal: 130801

Teléfonos: 056051775/0991871420

Email: polodelconocimientorevista@gmail.com / director@polodelconocimiento.com

URL: https://www.polodelconocimiento.com/