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La legalidad de los actos administrativos en el estado de excepci�n y sus implicaciones jur�dicas
The legality of administrative acts in the state of emergency and their legal implications
A legalidade dos atos administrativos no estado de emerg�ncia e suas implica��es jur�dicas
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Correspondencia: jacontero.fpd@unach.edu.ec
Ciencias Sociales y Pol�ticas
Art�culo de Investigaci�n
* Recibido: 31 de agosto de 2024 *Aceptado: 30 de septiembre de 2024 * Publicado: �03 de octubre de 2024
I. Abogado, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.
II. Doctor, Mag�ster, Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.
Resumen
El manuscrito, la legalidad de los actos administrativos en el estado de excepci�n y sus implicaciones jur�dicas, tienen como objetivo, derrenegar si los actos administrativos que se ejecutaron durante estado de excepci�n son legales y que implicaciones jur�dicas provocaron su ilegalidad. Para su estudio se aplican los m�todos, inductivo, anal�tico jur�dico, descriptivo jur�dico; se asume un enfoque mixto; por los objetivos es una investigaci�n de tipo pura, jur�dica anal�stica, dogm�tica, jur�dica descriptiva; por la complejidad y la manipulaci�n de variables es no experimental. La poblaci�n involucrada est� constituida por 15 abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y 10 abogados de la Contralor�a General del Estado a quienes se les aplic�, un cuestionario de 7 preguntas modelo Likert. Los resultados demuestran que, durante los estados de excepci�n se vulneraron derechos humanos y fundamentales, se ejecutaron varios actos administrativos ilegales especialmente en el poder ejecutivo y en el �rea de la salud, por lo que se concluye se�alando, que, en los reg�menes de Lenin Moreno Garc�s y Rafael Correa Delgado, son los gobiernos en donde hubo mayores estados de excepci�n, vulneraciones de derechos fundamentales, exceso de poder y actos de corrupci�n.
Palabras claves: acto administrativo; elemento; fundamento motivaci�n; estado de excepci�n.
Abstract
The manuscript, the legality of administrative acts in the state of emergency and their legal implications, aims to determine whether the administrative acts that were executed during the state of emergency are legal and what legal implications caused their illegality. For its study, inductive, legal analytical, and legal descriptive methods are applied; a mixed approach is assumed; For its objectives, it is a pure, analytical legal, dogmatic, descriptive legal investigation; Due to the complexity and manipulation of variables, it is non-experimental. The population involved is made up of 15 lawyers specializing in administrative law in free practice and 10 lawyers from the State Comptroller General's Office to whom a questionnaire of 7 Likert model questions was applied. The results show that, during the states of emergency, human and fundamental rights were violated, several illegal administrative acts were carried out, especially in the executive branch and in the area of health, so it is concluded by pointing out that, in Lenin's regimes Moreno Garc�s and Rafael Correa Delgado are the governments where there were the greatest states of exception, violations of fundamental rights, excess of power and acts of corruption.
Keywords: administrative act; element; motivation foundation; emergency.
Resumo
O manuscrito, a legalidade dos atos administrativos no estado de emerg�ncia e suas implica��es jur�dicas, tem como objetivo determinar se os atos administrativos praticados durante o estado de emerg�ncia s�o legais e quais as implica��es jur�dicas que originaram a sua ilegalidade. Para seu estudo s�o aplicados m�todos indutivos, jur�dico-anal�ticos e jur�dico-descritivos; assume-se uma abordagem mista; Para os seus objetivos, � uma investiga��o jur�dica pura, anal�tica, dogm�tica, descritiva; Devido � complexidade e manipula��o de vari�veis, n�o � experimental. A popula��o envolvida � composta por 15 advogados especializados em direito administrativo em exerc�cio livre e 10 advogados da Controladoria-Geral do Estado aos quais foi aplicado um question�rio de 7 perguntas do modelo Likert. Os resultados mostram que, durante os estados de emerg�ncia, foram violados direitos humanos e fundamentais, foram praticados v�rios atos administrativos ilegais, sobretudo no poder executivo e na �rea da sa�de, pelo que se conclui salientando que, em Os regimes de Lenin, Moreno Garc�s e Rafael Correa Delgado, s�o os governos onde ocorreram os maiores estados de exce��o, viola��es de direitos fundamentais, excesso de poder e atos de corrup��o.
Palavras-chave: ato administrativo; elemento; base de motiva��o; emerg�ncia.
Introducci�n
Para hablar del acto administrativo, es necesarios realizar algunas puntuaciones sobre la administraci�n p�blica. Esta instituci�n jur�dica, nace con el Estado y se ha manejado a trav�s de la historia con pol�ticas p�blicas, que han sido implementadas y mejoradas con el fin de trasparentar los actos administrativos; en la �poca antigua en el imperio Romano y Grecia, �las pol�ticas iban encaminadas al desarrollo social�. (Lude�a, 2011. p�g. 20); a medida que ha evolucionado la sociedad, los cambios en la administraci�n p�blica tambi�n han variado, muchos de ellos, ya no apuntan al desarrollo social, sino al inter�s del poder econ�mico y pol�tico, dejando a un lado, la esencia del acto administrativo, que es el servicio p�blico de calidad y calidez, claro ejemplo es la administraci�n de justicia, donde se puede observar la injerencia indiscriminada de las elites de poder.���
Algunos tratadistas de derecho administrativo, indican que la administraci�n p�blica, nace con el derecho can�nico, posteriormente en el derecho romano; en Am�rica, la administraci�n p�blica estuvo presente con la llegada de los espa�oles, en la conquista y en la colonia se observa la presencia de varios funcionarios e instrumentos como los edictos y c�dulas reales, los encomenderos y virreyes, entre otros, que manejaban la cosa p�blica. Actualmente la gesti�n p�blica emana del Estado de Derecho; en el Ecuador desde el nacimiento de la Rep�blica en 1830, la administraci�n p�blica ha estado regida por el Presidente; en otras palabras, la administraci�n p�blica del Estado ecuatoriano, est� gobernada por un gobierno, quien ejerce autoridad sobre el territorio nacional y sobre las personas que lo habitan.
El acto administrativo, es parte de la administraci�n p�blica, de la trasparencia y la integridad de la acci�n cumplida por el funcionario o servidor p�blico, depende que la administraci�n p�blica sea considerada eficiente y eficaz. En esta parte hay que esclarecer lo que es un acto y un hecho administrativo, �los actos son las decisiones, declaraciones o manifestaciones de voluntad o de juicio; los hechos, son las actuaciones materiales, las operaciones t�cnicas realizadas en ejercicio de la funci�n administrativa�. (Gordillo, 2011, p�g. 194), es decir, el acto administrativo, tiene que ver con la orden del superior y decisi�n del servidor en ejecutar o no una acci�n, y, el hecho, es propiamente la acci�n que se ejecuta, la misma que dependiendo de las circunstancias, puede ser jur�dica o no jur�dica, legal e ilegal.
Los actos administrativos, en �pocas anteriores eran controlados de manera eficiente y eficaz; el objetivo era que el empelado o servido p�blico de cualquiera de los poderes del Estado (Ejecutivo, legislativo y judicial), sean trasparentes e �ntegros; en la �poca de la Gran Colombia, el funcionario o servidor p�blico que comet�a un acto de corrupci�n era fusilado; en la actualidad, el funcionario que comete el acto punible en el manejo de la cosa p�blica, es premiado y las denuncias quedan en la impunidad, casos de esta �ndole, actualmente en el pa�s lo observamos� a diario, para citar algunos de ellos, el caso de Alexandra Ocles, (2020), exsecretaria de Gesti�n de Riesgos, quien fue acusada por, �posibles irregularidades en la contrataci�n de 7.000 kits alimenticios y por tr�fico de influencias�. (Diario El Expreso, 2020, p�rr.2); o el caso de Pa�l Granda, expresidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, (IESS, 2020), quien est� acusado por, �la compra de $10 millones en insumos m�dicos para enfrentar la emergencia sanitaria por el COVID-19 con un supuesto sobreprecio�. (Diario El Universo, 2020, p�rr. 3).
En relaci�n a los actos administrativos en el estado de excepci�n, se debe indicar que la actual Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador, (2019), faculta al presidente la rep�blica, �decretar el estado de excepci�n en todo el territorio nacional o en parte de �l en caso de agresi�n, conflicto armado internacional o interno, grave conmoci�n interna, calamidad p�blica o desastre natural�. (Registro Oficial 449, 2020, p�g. 120). Con los antecedentes se�alados, en este trabajo se expone aspectos relacionados con los actos administrativos y el estado de excepci�n, para determinar los principios y derechos que se vulneran en la emergencia sanitaria en el Ecuador.
El acto administrativo
El acto administrativo, se encuentra �ntimamente relacionado con la administraci�n p�blica, es decir, no puede haber gesti�n p�blica sino no hay acto administrativo; por tal motivo, la justicia no puede sancionar una conducta tipificada si no se evidencia y comprueba la acci�n administrativa; en este sentido, la administraci�n p�blica, es definida, como el �conjunto de normas jur�dicas positivas que regulan las relaciones del Estado con los particulares�. (Gordillo, 200, p�g. 5), leyes que se originan con el nacimiento del Estado y que su evoluci�n depende de desarrollo de la naci�n; es decir, las leyes cambian a medida que el Estado evoluciona.
Uno de los factores elementales de la de eficacia, eficiencia, calidad de los actos administrativos, se relacionan con la trasparencia de los mismos; es decir, un acto administrativo es integro, cuando el acto est� pegado a derecho y sobre todo a los principios �ticos; bajo este aspecto, puede haber actos que son legalmente aprobados, pero �ticamente no son trasparentes, por ejemplo, las compras p�blicas en el Ecuador, se realiza a trav�s de un proceso digital obligatorio de ofertar productos o servicios, sin embargo por lo que se ha podido observar en los medios de comunicaci�n y por �las constantes observaciones por parte de los equipos de la Contralor�a General del Estado y de auditor�as internas�, a casi todas las instituciones del Estado, se denota que existe corrupci�n, inclusive, se ha podido observar y constatar amarres y maquillajes a los informes de la Contralor�a a cambio de coimas o puestos de trabajo, actos y hechos administrativos que� permiten se�alar, que los organismos de control y de trasparencia, no est�n evaluando de manera eficiente y eficaz� la administraci�n p�blica, por lo que se evidencia una impunidad de los� actos p�blicos y una vulneraci�n al principio de responsabilidad, hechos que est�n dejando en crisis al Ecuador.
El elemento objetivo de acto administrativo, es la parte pr�ctica, hace alusi�n al contenido concreto del acto, �es el efecto pr�ctico que el sujeto emisor se propone lograr a trav�s de su acci�n voluntaria; es, en fin, lo que por dicho acto se dispone�.� (Marienhoff, 2003, p�g. 272), este acto, debe ser �ntegro y trasparente, debe estar sujeto a lo que determina la norma. En relaci�n al elemento formal, el profesor mexicano Miguel Acosta Romero, (1999), se�ala que la forma: �constituye la manifestaci�n material objetiva en que se plasma el acto administrativo para el efecto de que pueda ser apreciada por los sujetos pasivos o percibida a trav�s de los sentidos�. (p�g. 830), seg�n B�jar y Salazar, (2018), este acto administrativo, �refiere al revestimiento que lo envuelve, es decir, a la sujeci�n de las formas en cuanto a su g�nesis y emisi�n�. (p�g. 47), lo que implica se�alar que, en el Estado Constitucional de Derechos y Justicia, como lo es el Ecuador, el elemento formal, materializa a la seguridad jur�dica que se encuentra establecida en la Constituci�n de la Republica y que todo poder o funci�n del Estado debe garantizar, especialmente la funci�n judicial. Finalmente, el elemento teol�gico, en donde se evidencia y se expresa la finalidad del acto administrativo, es una situaci�n compleja y no tan f�cil de poderla determinar porque este elemento debe estar acorde con la norma que lo legaliza y lo ampara; es decir, la finalidad del acto administrativo, no puede evadir, las disposiciones y requisitos que se establece en la Ley, hacerlo significar�a irse en contra de las propias finalidades l�citas y legales del acto administrativo.
La motivaci�n en los actos administrativo
Todo acto administrativo, tiene un motivo, que es la raz�n y la justificaci�n que justifica la realizaci�n del contrato; sin embargo, cuando se habla de la motivaci�n de los actos administrativos, es otra cosa, es la exigencia para que el acto administrativo cumpla y establezca los fundamentos de hecho y derecho que legalice y transparente la decisi�n administrativa, bajo etas consideraciones, se pude se�alar que la debida motivaci�n en las resoluciones, no solo le compete observar al �rgano jurisdiccional, tambi�n es facultad del �rgano administrativo; en este sentido, se puede decir que la motivaci�n en el �mbito administrativo, no solamente fundamenta el acto, sino establece las relaciones entre el administrativo y el administrado, relaci�n que debe ser eficaz y trasparente, consider�ndole al administrado como ciudadano con derechos y no como un s�bdito obligado a cumplir �rdenes jer�rquicas poniendo en riesgo sus derechos constitucionales, como sucede en algunas instituciones especialmente de las fuerzas armadas.
La Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador, (2020), en relaci�n a la motivaci�n de los actos administrativos, en su Art. 76, numeral 7, literal l, se�ala, que todas las resoluciones que se emane de los poderes del Estado debes estar legalmente motivadas, �no habr� motivaci�n si en la resoluci�n no se enuncian las normas o principios jur�dicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicaci�n a los antecedentes de hecho�. (p�g. 48). En concordancia a este postulado constitucional el Art. 100 del C�digo Org�nico Administrativo, (2020), indica: en la motivaci�n del acto administrativo se observar�:
1. El se�alamiento de la norma jur�dica o principios jur�dicos aplicables y la determinaci�n de su alcance.
2. La calificaci�n de los hechos relevantes para la adopci�n de la decisi�n, sobre la base de la evidencia que conste en el expediente administrativo.
3. La explicaci�n de la pertinencia del r�gimen jur�dico invocado en relaci�n con los hechos determinados. (p�g. 34)
La autoridad p�blica o funcionario que no fundamente desde el punto de los hechos reales y justifique legalmente la resoluci�n o un acto administrativo, esta decisi�n ser� nula de nulidad absoluta, y quien emiti� mentada providencia, ser� sancionado como determina la Ley; el afectado recibir� su correspondiente indemnizaci�n y reparaci�n integral. Estos actos arbitrarios, ilegales y anti�ticos, se han dado en muchas instituciones p�blicas y privadas; son actos que en la mayor�a de caso, van en contra de quienes, ejerciendo el derecho a denunciar los actos de corrupci�n, han puesto sus denuncias ante la autoridad competente; los denunciados en represar�as han establecido resoluciones o actos sancionadores sin que exista la debida motivaci�n de la decisi�n, lo que ha originado un conflicto jur�dico que en la mayor de los casos ha terminado perjudicando al servidor p�blico y favoreciendo a la autoridad, porque el sistema de administraci�n de justicia en el Ecuador, est� viciado por la injerencia del poder pol�tico y econ�mico.�
El Estatuto del R�gimen Jur�dico Administrativo de la Funci�n Ejecutiva, en relaci�n a la motivaci�n, se�ala que esta instituci�n jur�dica, es un elemento sustancial en el contenido de los actos administrativos, cuya omisi�n o el incurrir en vicios sobre la misma ocasiona la nulidad absoluta de los actos administrativos. El art�culo 122 prescribe lo siguiente, �la motivaci�n de los actos que pongan fin a los procedimientos se realizar� de conformidad con lo que dispone la Constituci�n y la ley y la normativa aplicable. La motivaci�n del acto administrativo, �consiste en la sustentaci�n f�ctica y legal del derecho, sanci�n o controversia sobre la que se pronuncia�. (Northcote, 2010, p�g. 2). Es necesario concluir se�alando, para evitar confusiones, que entre el motivo y la motivaci�n existen sentidas diferencias; el motivo, es un elemento fundamental del acto administrativo, y la motivaci�n, es la obligaci�n jur�dica que exige expresar los hechos reales y los fundamentos legales dentro del acto administrativo para que este se licito y legal.
La legalidad de los actos administrativos en el estado de excepci�n
El estado de excepci�n es una medida ampara por la Constituci�n, la Ley y los instrumentos internacionales que tiene como fin la protecci�n del Estado y de sus ciudadanos, al respecto el Art. 28 de la Ley de seguridad P�blica y del Estado, (2017), �los estados de excepci�n son la respuesta a graves amenazas de origen natural o antr�pico que afectan a la seguridad p�blica y del Estado. El estado de excepci�n es un r�gimen de legalidad y por lo tanto no se podr�n cometer arbitrariedades a pretexto de su declaraci�n�. (p�g. 13). Tal como se lee en la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador el estado de excepci�n, es un derecho exclusivo del presidente, �la Presidenta o Presidente de la Rep�blica podr� decretar el estado de excepci�n en todo el territorio nacional o en parte de �l en caso de agresi�n, conflicto armado internacional o interno, grave conmoci�n interna, calamidad p�blica o desastre natural�. (Registro Oficial 449, 2020, p�g. 120); es decir, la suspensi�n de derechos constitucionales y de algunas actividades, culturales, econ�micas, pol�ticas y sociales, legalmente el presidente de la rep�blica, lo puede ejecutar cuando exista un problema social o fen�meno natural que ponga en riesgo la seguridad del Estado o la integridad personal de la ciudadan�a; sin embargo, para que proceda este mecanismo de seguridad nacional, regional, provincial o cantonal, debe estar legalmente apegado a derecho; es decir, debe estar, contemplado en la Constituci�n, Ley y en los instrumentos internacionales de protecci�n de derechos humanos; lo que es m�s, �toda medida que se decrete durante el estado de excepci�n debe ser proporcional a la situaci�n que se quiere afrontar, en funci�n de la gravedad de los hechos objetivos, naturaleza y �mbito de aplicaci�n�. (Registro Oficial Suplemento 35, 2017, p�g. 14).
En cuanto al tiempo de duraci�n del estado de excepci�n, la Ley determina que el pazo m�ximo es de sesenta d�as, pudi�ndose prolongar con los justificativos necesarios hasta treinta d�as m�s; esta medida, trata en lo posible de evitar la prolongaci�n indebida de esta medida; sin embargo, en el Ecuador, se presume, que el presidente Lenin Moreno Garc�s, alargo el tiempo del estado de excepci�n, con el objetivo de prevenir los levantamientos de los movimientos pol�ticos y ciudadanos en contra de sus medidas econ�micas. Finalmente es necesario se�alar, que el presidente de la rep�blica, tiene la obligaci�n de poner en conocimiento de la Asamblea Nacional, Corte Constitucional; y, en el �mbito internacional, debe comunicar a la Organizaci�n de las Naciones Unidas, ONU, y la Organizaci�n de Estados Americanos, OEA, sobre la declaratoria de estado de excepci�n y su renovaci�n, como tambi�n debe dar a conocer la suspensi�n o limitaci�n de derechos y garant�as constitucionales, esta medida cautelar, culmina cuando haya desaparecido o regulado el problema que causa la conmoci�n.
Bajo estas consideraciones, para poder determinar la legalidad de los actos administrativos en el estado de excepci�n, primeramente, se debe analizar si el decreto de estado de excepci�n cumpl�a con una de las causales establecidas en el Art. 164 de la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008). Por otra parte, se debe observar y determinar si durante el estado de excepci�n, no existi� vulneraci�n de los derechos de fundamentales de los ciudadanos y exceso en el uso de poder; finalmente la norma obliga al Estado a realizar los controles y supervisiones necesarios a los actos del poder p�blico, para evitar el cometimiento de eventos antijur�dicos que vayan en contra de la buena gesti�n p�blica.
En este sentido, tomando como referencia al Diario Digital Primicias de fecha 20 de junio de 2024, los ecuatorianos durante los cuatro �ltimos Gobiernos, Rafael Corea Delgado, Lenin Moreno Garc�s; Guillermo Lasso Mendoza, Daniel Noboa Azin, hemos vivido 13 a�os en estado de excepci�n. En el Gobierno de Correa (2007-2017), seg�n la Tabla elaborada por PRIMICIAS, cuya Fuente es la Presidencia de la Rep�blica, se han decretado 84 estados de excepci�n, por emergencias sanitarias, inundaciones, sequ�as, problemas de abastecimiento de servicios b�sicos, problemas con represas, terremotos, da�os ambientales, delincuencia. El primer estado de excepci�n del Gobierno de Correa �se funda en una deficiente administraci�n de Petroecuador que significaba una p�rdida de ingresos para el desarrollo del pueblo ecuatoriano, lo que puede provocar una grave conmoci�n interior� (Corte Constitucional, 2008), varias son las cr�ticas a estos estados de excepci�n, donde la vulneraci�n de derechos fundamentales como el derecho a la libertad y el autoritarismo de los decretos est�n presentes.����
Durante el periodo de Lenin Moreno Garc�s (2017-2021), se decretaron 19 estados de excepci�n, en respuesta a las protestas convocadas por los transportistas en contra de la eliminaci�n de subsidios a las gasolinas, para contener la transmisi�n del coronavirus (COVID-19) declar� estado de excepci�n por calamidad p�blica. En varios estados de excepci�n decretados por el Gobierno de Morenos existi� actos de corrupci�n en la gesti�n p�blica en varios niveles de gobierno, como el caso Ocles quien fue llamado a juicio por sobreprecio en la compra de kits alimenticios, caso Granda vinculado al proceso por delincuencia organizada en hospitales p�blicos durante la pandemia por covid-19, de igual forma, se evidencia la vulneraci�n de derechos constitucionales y humanos de los ciudadanos y el uso arbitrario de esta medida constitucional.
Seg�n el Diario El Comercio de fecha 2 abril de 2023, el presidente, Guillermo Lasso, ha emitido 11 estados de excepci�n en sus casi dos a�os de mandato, 10 de ellos por la crisis de inseguridad que vive el pa�s, en efecto, en el periodo de gobierno de Lasso Ecuador vivi� altos �ndices de criminalidad, delincuencia organizada y violencia, donde estuvieron involucrados familiares, amigos y funcionarios del Gobierno de Lasso, de igual forma se involucraron a altos mandos de las Fuerzas Armadas a quienes se les acuso de narcotr�fico producto de ellos varios generales fueron retirados sus v�as norteamericanas y se les dio la baja. Bajo estas consideraciones se puede concluir se�alando que los estados de excepci�n decretados por el Gobierno de Guillermo Lasso Mendoza, fueron legales, porque 10 se vinculan con la causal �grave conmoci�n interna� y uno fue para enfrentar los da�os del terremoto y las lluvias que se relaciona con la causal �desastre natural�.
Daniel Noboa asume la presidencia de la Rep�blica del Ecuador en noviembre de 2023, hasta la fecha ha decretado estados de excepci�n en todo el territorio nacional y en ciertas provincias donde la delincuencia organizada, el narcoterrorismo, la inseguridad y el sicariato son pan de cada d�a. Para combatir los actos delictivos se�alados y que est�n causando miedo y terror en el pa�s, el presidente Noboa ha declarado conflicto interno armado estipulado en el Art. 164 de la Constituci�n de la Rep�blica; por grave temporada invernal y a los movimientos tel�ricos ocurridos en marzo de 2023 Noboa declaro estado de excepci�n parcial en ciertas provincias afectadas por los fen�menos naturales, sin embargo, la Corte Constitucional emiti� el dictamen de inconstitucionalidad de la declaratoria de estado de excepci�n contenida en el Decreto Ejecutivo No. 693, la Corte precis� que las circunstancias expuestas corresponden con mayor propiedad a la ocurrencia de la causal de �desastres naturales�. Adem�s, la CC se�al� que en la declaratoria la presidencia no fundament� las razones para sostener que los mecanismos institucionales ordinarios resultaron insuficientes para atender la situaci�n alegada.
A pesar de estar en un estado de conmoci�n por la afectaci�n de un desastre natural o por un conflicto provocado por el hombre, ninguna autoridad puede cometer abusos y arbitrariedades a pretexto de estar en un estado de excepci�n; el funcionario o servidor p�blico o los particulares, que cometan estos actos que est�n fuera de la Ley, una vez que se compruebe el acto il�cito ser� sancionado administrativa, civil y penalmente; estos casos de arbitrariedad y abuso de poder, durante la emergencia sanitaria se est�n realizando a nivel local y mundial;� en el Ecuador se puede observar varios casos� en los cuales las Fuerzas Armadas (militares), agreden f�sicamente a las personas que no respetan el toque de queda; a nivel mundial, el caso de �la muerte de George Floyd desata protestas y un incendio racial sin precedentes�. (Crespo, 2002, p�rr. 1); al respecto el Art. 33 de la Ley de Seguridad P�blica y del Estado, (2017), dice: �Las autoridades civiles, militares y policiales ser�n responsables de las �rdenes que impartan. La obediencia a las �rdenes superiores no eximir� de responsabilidad a quienes las ejecuten, conforme lo prev� el �ltimo inciso del art�culo 166 de la Constituci�n de la Rep�blica�.� (p�g. 14).
Implicaciones jur�dicas de los actos administrativos en el estado de excepci�n
La Constituci�n, la Ley y los instrumentos institucionales, ponen l�mites al presidente de la rep�blica en el estado de excepci�n, como se hab�a se�alado en p�rrafos anteriores, la norma proh�be durante el estado de excepci�n interrumpir las actividades de las funciones del Estado; sin embargo, en el Ecuador, por decreto Ejecutivo No. 1017 de 6 de marzo de 2020, se suspendi� el trabajo presencial en todas las instituciones p�blicas y privadas, evidenci�ndose un desacato a las disposiciones constitucionales, porque a pesar, que se pod�a laborar a trav�s del teletrabajo, el desconocimiento de las herramientas digitales o inform�ticas por parte de autoridades, servidores y trabajadores, oblig� a los administrativos a suspender las funciones laborales y con esto tambi�n se suspendieron algunos actos administrativos, unos que estuvieron ejecut�ndose y otros que estaban por ejecutarse.�
En efecto, los actos administrativos en el estado de excepci�n, tomando como referencia la emergencia sanitaria COVID 19, han sido desastrosos. El d�a 17 de abril de 2020, el Ejecutivo envi� a la Asamblea Nacional, con el car�cter de urgentes, dos proyectos de ley con el objeto de enfrentar la aguda crisis que sufre el pa�s como consecuencia de la pandemia: la Ley Org�nica de Apoyo Humanitario y la Ley de Ordenamiento de las Finanzas P�blicas, estas decisiones presidenciales, son actos administrativos que afectan a los derechos constitucionales de los ciudadanos y que no son coherentes y est�n apegados a lo que se establece la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador, lo que ha provocado implicaciones jur�dicas a trav�s de los actos administrativos durante el estado de excepci�n, siendo los m�s notorios, los siguientes:
Vulneraci�n de los derechos de los ciudadanos como el derecho a la libertad, entre ellos a la libertad de tr�nsito, de asociaci�n y reuni�n, de informaci�n y expresi�n, violaci�n a la inviolabilidad del domicilio, entre otros. En este sentido se puede se�alar que durante los estados de excepci�n no existi� un control constitucional eficiente porque durante el tiempo de duraci�n del decreto de r�gimen especial, no se vivi� un disfrute pleno de los derechos constitucionales.
Vulneraci�n de los derechos humanos, sobre este hecho, la Defensor�a del Pueblo por varias ocasiones ha exhortado al Estado a respetar los derechos humanos en el contexto del estado de excepci�n y toque de queda. Al respecto, Saltos (2020), se�ala que, durante el estado de excepci�n se limitan o suspenden �nicamente el derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tr�nsito, libertad de asociaci�n o reuni�n y libertad de informaci�n, sin embargo, en varios estados de excepci�n se han violado el derechos a la vida, a la salud, a la integridad f�sica, a la integridad psicol�gica, a la libertad de expresi�n, a la resistencia, derechos humanos y constitucionales que por ning�n motivo pueden ser violentados. De igual forma han existido denuncias de caso de abusos de la fuerza y del uso de poder durante el toque de queda.
El estado de excepci�n tiene como fin garantizar la seguridad y bienestar de la poblaci�n, sin embargo, restricci�n de los servicios p�blicos, se constituye en un acto administrativo que provoca consecuencias jur�dicas graves, por ejemplo, limitar el acceso al derecho a la salud y a los medicamentos, pone en riesgo la vida e integridad de las personas, esto a su vez puedo conllevar a demandas nacionales e internacionales. Bajo estos argumentos, se pude concluir se�alando que los ecuatorianos hemos �vivido m�s de un centenar de estados de sitio sin control alguno y, a pesar de contar con un esquema de regulaci�n estructurado, debe ser revisado en aras de entender mejor la complejidad del concepto y sus consecuencias� (Gonz�lez, 2021), lo que implica se�alar que, no existe un control eficiente de los actos administrativos que se ejecutaron durante los estados de excepci�n.
Cambiarla jornada laboral presencial del sector p�blico y privado a virtual, sin que exista la capacitaci�n pertinente, provoca efectos jur�dicos que pueden afectar a las relaciones laborales entre el patrono y los trabajadores, lo que implica se�alar que, a legislaci�n laboral en el Ecuador no estaba dise�ada para regular el trabajo remoto de manera efectiva; por otra parte, se observan casos en los cuales los servidores p�blicos y trabajadores demandaron al estado y a las autoridades del sector privado, por la vulneraci�n de los derechos laborales en la modalidad virtual, es decir, se evidencia que el teletrabajo no garantiza el goce efectivo de los derechos laborales, para lo cual se recomienda que el estado debe establecer pol�ticas y directrices que garanticen los derechos de los trabajadores y la �eficiencia, equilibrio y un cuidado constante de la salud f�sica y mental del trabajador�. Otras implicaciones jur�dicas de los actos administrativos en el estado de excepci�n, son la suspensi�n de los plazos o t�rminos en los actos administrativos o resoluciones; la suspensi�n del cobro de multas o sanciones por la emergencia sanitaria y las medidas dictadas; violaci�n al principio de legalidad.
Los actos administrativos, tienen una relaci�n directa con la trasparencia e integridad del Estado y del Gobierno de una naci�n; en el caso del Ecuador, estas decisiones y facultades que les otorga la Constituci�n y la Ley a los administrativos, �ltimamente han sido duramente cuestionadas por los actos de corrupci�n que emanan de la administraci�n p�blica. A pesar que la Constituci�n y la Ley e incluso las normas internacional�celes recomiendan y obligan a las autoridades del sector p�blico y privado, a manejar y administrar la bienes y servicio p�blicos con trasparencia y honestidad, estos principios fundamentales del derecho y la moral, se inobserva en varias autoridades de turno.
Los actos administrativos tienen como fin fundamental el bien com�n o el bienestar de la colectividad, sin embargo, actualmente los actos administrativos est�n siendo utilizados para el enriquecimiento ilegal e injustificado de las autoridades y de sus testaferros. Estos hechos no son indiferentes en los estados de excepci�n, dictaminados por el presidente dela rep�blica, por la emergencia sanitaria COVID 19, al contrato se denota un crecimiento indiscriminado de los actos de corrupci�n que empa�a a todas las funciones del Estado; la compra de medicamentos y de kit alimenticios con sobreprecios; la adquisici�n y utilizaci�n de carnets de discapacidad para gozar de los beneficiarse que otorga este documento a los discapacitados, actos antijur�dicos que involucran a funcionarios de los cinco poderes del Estado ecuatoriano.
M�todos
La unidad de an�lisis del presente estudio se ubica en la Rep�blica del Ecuador, espec�ficamente en la Contralor�a General del Estado y en la ciudad de Riobamba, provincia de Chimborazo, lugar donde se estudi� la legalidad de los actos administrativos en el estado de excepci�n para determinar sus implicaciones jur�dicas. En el proceso investigativo se aplican los m�todos, inductivo, anal�tico jur�dico, descriptivo jur�dico, fundamentales en la investigaci�n jur�dica y cada uno aporta una perspectiva particular al an�lisis del objeto de estudio; se asume un enfoque mixto � cualicuantitativo, visi�n de investigaci�n que combina de manera estrat�gica los m�todos cualitativos y cuantitativos, para obtener una visi�n m�s espec�fica y completa del problema jur�dico; por los objetivos es una investigaci�n de tipo pura, jur�dica anal�stica, dogm�tica, jur�dica descriptiva, porque la investigaci�n, se enfoca en conceptos generales y principios te�ricos, organiza el conocimiento jur�dico de manera coherente y l�gica, y, eval�a y cuestiona las teor�as jur�dicas existentes; por la complejidad y la manipulaci�n de variables es no experimental.
La poblaci�n involucrada est� constituida por 15 abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y 10 abogados de la Contralor�a General del Estado a quienes se les aplic�, un cuestionario de 7 preguntas modelo Likert. El tratamiento de la informaci�n recopilada en los instrumentos de investigaci�n, cumplen cuatro fases: la tabulaci�n de los resultados, es el proceso de organizar y presentar los datos recopilados en la investigaci�n de manera clara, concisa y estructurada, para ello se utiliz� t�cnicas matem�ticas; procesamiento de la informaci�n, conjunto de acciones y operaciones que se realizan sobre los datos para convertirlos en informaci�n �til y comprensible a trav�s de tablas y/o gr�ficos estad�sticos, para esta acci�n� investigativa, se utiliz� el paquete inform�tico contable Excel; resultados y discusi�n, que consiste en presentar de manera clara y concisa los hallazgos obtenidos en el proceso investigativo, para ello, se utilizaron t�cnicas l�gicas del pensamiento reflexivo.
Resultados y discusi�n
PREGUNTA 1.- �Se garantiz� el principio de legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n?
TABLA 1: Principio de legalidad de los actos administrativos
Principio de legalidad de los actos administrativos |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Totalmente de acuerdo |
0 |
0% |
0 |
0% |
De acuerdo |
3 |
20% |
0 |
0% |
Neutro |
7 |
47% |
3 |
30% |
En desacuerdo |
5 |
33% |
5 |
50% |
Totalmente en desacuerdo |
0 |
0% |
2 |
20% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite conocer si se garantiz� el principio de legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: Uno de los deberes morales y legales de las y los servidores p�blicos es, �ejercer sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe� (Ley Org�nica del Servicio P�blico, 2015). Esto implica, que todos quienes son parte de las instituciones del Estado, deben cumplir sus funciones y labores, con transparencia, compromiso �tico y moral para garantizar el principio de buena administraci�n p�blica. �Sus actos deber�n ajustarse a los objetivos propios de la instituci�n en la que se desempe�e y administrar los recursos p�blicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, econom�a y eficiencia, rindiendo cuentas de su gesti�n� (ib�dem).
En este sentido, conforme a los resultados de la investigaci�n, se evidencia que, el 33% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y el 50% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, se�alan que, en los actos administrativos durante los estados de excepci�n no se garantiz� el principio de legalidad. Sobre el particular un 77% del 100% de consultados prefieren no opinar. Al respecto, dice que, �durante a�os, se ha aplicado el estado de excepci�n para realizar contrataciones p�blicas de forma incorrecta� (Vargas, et al., 2020), en efecto, en los �ltimos cuatro gobiernos de Correa, Moreno, Lasso y Noboa, se han dado varios estados de excepci�n, como actos administrativos que han sido cuestionados, algunos est�n en proceso de investigaci�n sobre su legalidad, otros han sido imputados y sus actores encarcelados, hechos que permiten concluir se�alando que, son varios los actos administrativos en los cuales se han vulnerado el principio de legalidad.
PREGUNTA 2.- �Se realiz� una revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n?
TABLA 2: Revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos
Revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Totalmente de acuerdo |
0 |
0% |
2 |
20% |
De acuerdo |
2 |
13% |
3 |
30% |
Neutro |
5 |
33% |
5 |
50% |
En desacuerdo |
8 |
54% |
0 |
0% |
Totalmente en desacuerdo |
0 |
0% |
0 |
0% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite determinar si se realiz� una revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: Determinar si existi� o no una revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n, no es una tarea sencilla, se requiere conocer bien los hechos y analizar de manera imparcial e integra los documentos y pruebas de los actos. En este sentido, a pesar que la Constituci�n establece disposiciones que condicionan y ponen l�mites bajo los cuales se pueden declarar estados de excepci�n, as� como los derechos que pueden ser suspendidos o limitados, en varios Gobiernos, no se han observado las normas y de manera arbitraria e ilegal las autoridades de todos los niveles de gobierno, han autorizado la ejecuci�n de los actos administrativos de manera fraudulenta.
A respecto, Vargas, et al. (2020), se�alan que, la pandemia para muchas autoridades p�blicas fue el escenario perfecto para realizar actos corrupci�n en la adquisici�n de recursos para las instituciones del Estado, como por ejemplo los insumos m�dicos con sobreprecio para de una manera enfrentar y combatir esta pandemia, lo cual moralmente y sobre todo legal tiene que ser sancionada. De igual forma, existen actos en los cuales se encuntran involucrados los Gobiernos Aut�nomos Descentralizados, provinciales, cantonales y parroquiales, que realizaron adquisiciones sin cumplir la normativa y los procedimientos legales.
Seg�n el criterio del 54% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio, no se realiz� una revisi�n eficiente de la legalidad de los actos administrativos durante los estados de excepci�n; mientras que el 50% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, se�alan lo contrario; el 83% del total de los encuestados prefieren no opinar sobre el particular. Tapia, (2021), dice, los procesos de contrataci�n p�blica en el Ecuador mediante el estado de excepci�n se han visto disfrazados por hechos y actos de corrupci�n, en los cuales, principalmente la vulneraci�n, corresponde a la falta de transparencia como un principio universal de adquisici�n para la rendici�n de cuentas entre el Estado y la sociedad, lo que afecta a organismos y entidades que, en general, prestan sus servicios y recursos econ�micos al pueblo soberano.
PREGUNTA 3.- �Existi� un control eficiente de los actos administrativos que se ejecutaron durante los estados de excepci�n?
TABLA 3: Control eficiente de los actos administrativos
Control eficiente de los actos administrativos |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Totalmente de acuerdo |
1 |
7% |
0 |
0% |
De acuerdo |
4 |
26% |
2 |
20% |
Neutro |
4 |
26% |
6 |
60% |
En desacuerdo |
6 |
41% |
2 |
20% |
Totalmente en desacuerdo |
0 |
0% |
0 |
% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite determinar si existi� un control eficiente de los actos administrativos que se ejecutaron durante los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: Los actos de la administraci�n p�blica conforme a las disposiciones constitucionales, deben ser ejecutados acorde a lo que se�ala la norma suprema, para que tengan validez jur�dica. La validez legal del acto administrativo se relaciona con la motivaci�n, es decir, que, para que un acto administrativo sea valid�, debe estar motivado. En efecto, �la motivaci�n es esencial para garantizar la transparencia, legalidad y objetividad en el ejercicio de la funci�n administrativa� (Valencia, et al., 2024), en este sentido para que un acto administrativo sea v�lido, el �rgano ejecutor debe ser competente, de igual forma, la finalidad debe ser clara, licita y legal, debe cumplir con las formalidades que exige la norma, el fin u objetivo no puede ser contrario a la ley y en el contenido se debe explicar los fundamentos jur�dicos y f�cticos de la decisi�n.��
Bajo estos argumentos y considerando los resultados de la investigaci�n, el 41% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y el 20% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, se�alan que, no existi� un control eficiente de los actos administrativos que se ejecutaron durante los estados de excepci�n. Lo que implica se�alar que, en los estados de excepci�n, los procesos de compras p�blicas, no cumplen con lo que determina el Art. 288 de la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008), es decir, no se observaron los principios eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad, raz�n por la cual, se gener� la invalidez de varios actos administrativos, porque se detect� vicios de voluntad como el dolo, de consentimiento y de forma porque se inobserv� varias normas constitucionales y legales.��
PREGUNTA 4.- �Se han impugnado los actos administrativos ejecutados durante los estados de excepci�n?
TABLA 4: Impugnaci�n a los actos administrativos
Impugnaci�n a los actos administrativos |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Totalmente de acuerdo |
0 |
0% |
6 |
60% |
De acuerdo |
5 |
33% |
4 |
40% |
Neutro |
7 |
47% |
0 |
0% |
En desacuerdo |
3 |
20% |
0 |
0% |
Totalmente en desacuerdo |
0 |
0% |
0 |
0% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla permite conocer si se ha impugnado los actos administrativos ejecutados durante los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: La impugnaci�n de un acto administrativo es la facultad legal que tiene una persona natural o jur�dica, para solicitar ante la autoridad competente la revisi�n, correcci�n o anulaci�n de una resoluci�n o decisi�n administrativa, que afecte a los derechos constitucionales o vulnere las disposiciones legales. Seg�n Guerra & Mendoza (2018), el acto administrativo es una de las instituciones del Derecho Administrativo; donde pr�cticamente temas relacionados con los servicios p�blicos, dominio p�blico, poder de polic�a, proceso contencioso-administrativo y funci�n p�blica, entre otros, giran necesariamente alrededor de la teor�a del acto administrativo, a la cual se debe recurrir para solucionar una situaci�n jur�dica administrativa determinada.
Seg�n la Resoluci�n No. SEPS-IGT- IGJ-2018-017, de la Superintendencia de Econom�a Popular y Solidaria, las formas de impugnaci�n de los actos administrativos son: 1. Recurso de apelaci�n 2. Recurso Extraordinario de Revisi�n, la elecci�n de la v�a judicial impide la impugnaci�n en v�a administrativa. En efecto El C�digo Org�nico Administrativo (2017), en el Art. 42 se�ala, �la impugnaci�n de los actos administrativos en v�a administrativa�, sin embrago, Sentencia 3314-17-EP/23 de la Corte Constitucional del Ecuador, se�ala, �el acto administrativo pueda ser impugnado en la v�a judicial, salvo que se demuestre que la v�a no fuere adecuada ni eficaz�, en este sentido si se puede, impugnar un acto administrativo por la vida judicial, cuando se demuestre, con pruebas contundes que lo actuado en la v�a administrativa adolece de eficacia jur�dica.�
Seg�n los resultados de la investigaci�n, el 100% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y el 33% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, coinciden en se�alar que, si se han impugnado los actos administrativos ejecutados durante los estados de excepci�n. La impugnaci�n de los actos administrativos ejecutados durante los estados de excepci�n, plantea un conjunto de desaf�os particulares que ponen a prueba el equilibrio entre la necesidad de garantizar la seguridad, el orden p�blico y la protecci�n de los derechos individuales, por lo tanto, este acto jur�dico, requiere un an�lisis cuidadoso de cada caso concreto.
PREGUNTA 5.- �En qu� Gobierno se cometi� mayores vulneraciones de derechos fundamentales en los estados de excepci�n?
TABLA 5: Vulneraciones de derechos fundamentales
Vulneraciones de derechos fundamentales |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Rafael Correa Delgado |
4 |
27% |
2 |
20% |
Lenin Moreno Garc�s |
6 |
40% |
4 |
40% |
Guillermo Lasso Mendoza |
3 |
20% |
3 |
30% |
Daniel Noboa Azin |
2 |
13% |
1 |
10% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite conocer el Gobierno que cometi� mayores vulneraciones de derechos fundamentales en los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados:� Como se sabe los estados de excepci�n son medidas excepcionales que los gobiernos tienen la facultad de decretarlas cuando existen problemas cr�ticos ���������� que afectan a la seguridad y convivencia pac�fica de los ciudadanos de un Estado. En el estado de excepci�n se restringen algunos derechos fundamentales, como el derecho a la movilidad o el derecho a la asociaci�n Es importante destacar que, aunque los estados de excepci�n permiten la restricci�n temporal de ciertos derechos, estos deben estar sujetos a un marco legal y a un control judicial riguroso para evitar abusos y garantizar que las medidas sean necesarias y proporcionadas.
En este sentido, cuando se les pregunt� a los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y los abogados de la Contralor�a General del Estado, �En qu� Gobierno se cometi� mayores vulneraciones de derechos fundamentales en los estados de excepci�n?, el 40% del total de encuestados se�alan que en el Gobierno de Lenin Moreno Garc�s se cometi� mayores vulneraciones de derechos fundamentales en los estados de excepci�n; a continuaci�n, con el� 25% esta Guillermo Lasso Mendoza; con el 23,5% se menciona a Rafael Correa Delgado; y, con el 11.5% figura Daniel Noboa Azin. Al respecto, Lesmes (2024), se�ala que, �durante los estados de excepci�n los derechos fundamentales se ven restringidos, suspendidos o limitados�; por su parte, Mera, et al., (2024), indican que el derecho fundamental que con mayor frecuencia se vulnera en el estado de excepci�n, es el derecho a la libertad de expresi�n; para Nogales (2024), es la inviolabilidad del domicilio; y, para Ruperti (2024), es el derecho al turismo.
PREGUNTA 6.- �En qu� Gobierno existi� exceso de poder durante los estados de excepci�n?
TABLA 6: Exceso de poder
Vulneraciones de derechos fundamentales |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Rafael Correa delgado |
4 |
27% |
5 |
50% |
Lenin Moreno Garc�s |
6 |
40% |
3 |
30% |
Guillermo Lasso Mendoza |
3 |
20% |
2 |
20% |
Daniel Noboa Azin |
2 |
13% |
0 |
0% |
TOTAL |
15 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite determinar en qu� Gobierno existi� exceso de poder durante los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: Se considera exceso de poder cuando las medidas adoptadas durante un estado de excepci�n van m�s all� de lo estrictamente necesario para enfrentar la crisis, esto puede manifestarse de diversas formas, como, por ejemplo, prolongar esta situaci�n m�s all� de lo justificado por la emergencia; imponer limitaciones a derechos que no son directamente relevantes para la crisis; aplicar las medidas de manera arbitraria, sin criterios claros ni controles; utilizar la fuerza de manera desproporcionada, torturar o maltratar a detenidos, entre otros.
En efecto, cuando existe exceso de poder durante los estados de excepci�n, se evidencia, ausencia de mecanismos efectivos para supervisar y controlar el ejercicio del poder durante el estado de excepci�n; puede ser que las normas jur�dicas no definen con claridad los l�mites de las medidas excepcionales o puede existir falta de rendici�n de cuentas por los abusos cometidos durante estos periodos. En este sentido, el 27% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y el 50% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, coinciden en se�alar que, en el Gobierno de Rafael Correa Delgado existi� exceso de poder durante los estados de excepci�n, seguido por Lenin Moreno Garc�s, Guillermo Lasso Mendoza y Daniel Noboa Azin.
Seg�n el portal Primicias (2024), Correa moviliz� USD 1.408 millones por emergencias y no todo se us� bien, la Contralor�a revis� la aplicaci�n de seis decretos de Estado de Excepci�n, emitidos entre 2013 y 2016, el informe final revela irregularidades que llevaron el caso a la Fiscal�a para que se investigue un posible delito penal. El mismo portal precitado se�ala que, entre Rafael Correa, Len�n Moreno y el inicio del periodo de Guillermo Lasso, los mandatarios han ordenado 109 estados de excepci�n, locales y nacionales, en los cuales se observa �una errada funci�n preventiva, se verifica m�s de un exceso por parte del Ejecutivo y se utiliza las medidas extraordinarias como herramienta para el abuso de poder� (Correa, 2021).
PREGUNTA 7.- �En qu� Gobierno se cometi� mayores actos de corrupci�n en los estados de excepci�n?
TABLA 7: Actos de corrupci�n
Vulneraciones de derechos fundamentales |
ABOGADOS EN LIBRE EJERCICIO |
ABOGADOS DE LA CGE |
||
|
Frecuencia |
Porcentaje |
Frecuencia |
Porcentaje |
Rafael Correa delgado |
5 |
33% |
2 |
20% |
Lenin Moreno Garc�s |
7 |
47% |
4 |
40% |
Guillermo Lasso Mendoza |
3 |
20% |
3 |
30% |
Daniel Noboa Azin |
0 |
0% |
1 |
10% |
TOTAL |
10 |
100% |
10 |
100% |
NOTA: En esta tabla estad�stica se permite determinar en qu� Gobierno se cometi� mayores actos de corrupci�n en los estados de excepci�n
Discusi�n de resultados: Uno de los problemas que en el Ecuador han venido de menos a m�s, es la corrupci�n, actualmente no hay instituci�n del Estado que no est� salpicada con actos que est�n fuera de la �tica y la Ley, �el sistema de compras p�blicas ecuatoriano, durante los �ltimos a�os, ha recibido constantemente acusaciones sobre casos de corrupci�n� (Cabezas & Paredes, 2020). Los actos de corrupci�n con mayor frecuencia se detectan a partir de la emergencia sanitaria a consecuencia de la Covid 19, seg�n �.., sobreprecios en insumos m�dicos, medicinas para hospitales y centros p�blicos que afectan los fondos p�blicos destinados a la crisis sanitaria; situaciones de acuerdos, alianzas o pactos pol�ticos para el reparto de instituciones y cargos p�blicos; alianzas con representantes o propietarios de negocios privados que fingen cumplir con todos los procesos de contrataci�n p�blica y realizan sus negociados, son algunos casos que han sido y est�n siendo investigados.
Seg�n el criterio del 47% de los abogados especialistas en derecho administrativo en libre ejercicio y el 40% de los abogados de la Contralor�a General del Estado, en el Gobierno de Lenin Moreno Garc�s se cometi� mayores actos de corrupci�n en los estados de excepci�n, seguido por el Gobierno de Rafael Correa Delgado con el 26.5%, Guillermo Lasso Mendoza con el 25% y Daniel Noboa Azin con el 5%. Seg�n el Observatorio de Derechos y Justicia (ODJ, 2021), de las treinta y dos instituciones p�blicas que han sido detectadas en el monitoreo del Observatorio, la Fiscal�a General del Estado ha iniciado operativos o acciones de diversa �ndole en veintiocho de estas; por otro lado, la Contralor�a ha intervenido apenas en doce entidades; por su parte la Secretar�a Anticorrupci�n, intervino a seis instituciones.
En efecto, el caso mascarillas N95 � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, caso Hospital Eugenio Espejo � Ministerio de Salud P�blica, caso Hospital Los Ceibos � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, caso Hospital General del Guasmo Sur � Ministerio de Salud P�blica, casos Hospital Teodoro Maldonado Carbo � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, caso Hospital Docente de Ambato � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, caso Hospital Docente de la Polic�a Nacional, Caso kits de alimentos � Secretar�a Nacional de Gesti�n de Riesgos, Caso Hospital de Pedernales � Ministerio de Salud P�blica, caso Hospital IESS de Machala � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Caso Hospital Mart�n Icaza de Babahoyo � Ministerio de Salud P�blica, Hospital Jaime Rold�s Aguilera de Ventanas � Ministerio de Salud P�blica, Hospital General de Babahoyo � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Hospital General de Quevedo � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, caso Hospital Alfredo Noboa Montenegro de Guaranda � Ministerio de Salud P�blica, caso Hospital de IESS Ibarra � Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Hospital General San Vicente de Paul � Ministerio de Salud P�blica, Hospital Sagrado Coraz�n de Jes�s de Quevedo � Ministerio de Salud P�blica, Hospital General Rodr�guez Zambrano de Manta � Ministerio de Salud P�blica, Hospital General Verdi Cevallos de Portoviejo � Ministerio de Salud P�blica, Hospital Luis G. D�vila de Tulc�n � Ministerio de Salud P�blica, Hospital Pedi�trico Baca Ortiz � Ministerio de Salud P�blica, Casos Prefectura del Guayas � Gobierno Aut�nomo Descentralizado, caso Municipio de Colta � Gobierno Aut�nomo Descentralizado, Caso Cuerpo de Bomberos de Guayaquil, Caso Prefectura de Pichincha � Gobierno Aut�nomo Descentralizado, Casos Municipio del Distrito Metropolitano de Quito - Gobierno Aut�nomo Descentralizado, caso Hospital Psiqui�trico Julio Endara � Ministerio de Salud P�blica, cobros para la identificaci�n de cad�veres en centros hospitalarios de Guayas, caso prefectura de Chimborazo, caso municipio de Guamote, son algunos casos en los cuales se detect� ilegalidades� en los actos administrativos durante el estado de excepci�n.
Conclusiones
En general, la legalidad es un pilar fundamental de la transparencia y buena gesti�n p�blica, en espec�fico, en la emisi�n y ejecuci�n de los actos administrativos en Ecuador, por tal raz�n, cualquier decisi�n o resoluci�n tomada por una autoridad p�blica debe ajustarse estrictamente a las disposiciones constitucionales y normas legales vigentes. En este sentido, un acto administrativo es una manifestaci�n de la voluntad de una autoridad administrativa, que, en ejercicio de una potestad atribuida por la ley, crea, modifica, extingue o reconoce derechos y obligaciones.
Por otra parte, el Estado de Excepci�n en nuestro pa�s, es una medida extraordinaria que el Gobierno puede decretar ante situaciones de grave conmoci�n interna o externa que pongan en peligro la seguridad del Estado, la vida, la salud o el bienestar de la poblaci�n, durante este periodo, se suspenden temporalmente algunos derechos y garant�as constitucionales, con el objetivo de restablecer el orden p�blico y garantizar la seguridad de los ciudadanos. Esta decisi�n del ejecutivo, no puede ser tomada de manera arbitraria, porque est� sujeta al control de constitucionalidad y legalidad.
En los �ltimos a�os, Ecuador ha experimentado varios estados de excepci�n debido a la creciente violencia relacionada con el narcotr�fico y las organizaciones criminales, estas medidas han sido objeto de debate y controversia, tanto a nivel nacional como internacional. Durante los �ltimos cuatro gobiernos, Rafael Correa Delgado, Lenin Moreno Garc�s; Guillermo Lasso Mendoza, Daniel Noboa Azin, se han decretado aproximadamente 150 estados de excepci�n, que han sido una de los mecanismos legales que han utilizado para mitigar, los desastres naturales y la inseguridad que se vive en el Ecuador, empero, tambi�n para ejecutar actos administrativos de manera ilegal, siendo los Gobiernos de Lenin Moreno Garc�s y Refale Corea Delgado, en los cuales se cometi� mayores vulneraciones de derechos fundamentales, exceso de poder y actos de corrupci�n, que provocaron implicaciones jur�dicas, relacionadas con los derechos humanos y de los ciudadanos, con la restricci�n de los servicios p�blicos, se cambi� la modalidad de trabajo de presencial a virtual, se ejecutaron varios actos administrativos que perjudicaron al bienestar de la colectividad y econ�micamente al Estado, entre otros.
Referencias
1. Cabezas Alb�n, V. D., & Paredes Aulestia, V. L. (2020). La corrupci�n en 3D: una radiograf�a de sus componentes. Estado & comunes, revista de pol�ticas y problemas p�blicos, 1(10), 37-51.
2. Correa Calder�n, Jos� Eduardo. (2021). Balances Constitucionales. https://repositorio.utmachala.edu.ec/bitstream/48000/17183/1/cap5-%20El%20estado%20de%20excepcio%CC%81n%20en%20ecuador.pdf
3. Escobar Vargas, V.; Su�rez Merino, E.; Cornejo Aguiar, S. (2020). Las contrataciones en estado de excepci�n y los actos de corrupci�n en el sector p�blico en el Ecuador. Revista UNIANDES Episteme, 7(1), 1341-1365.
4. Diario El Comercio. (2 abril de 2023). 10 estados de excepci�n para frenar la inseguridad en el gobierno de Guillermo Lasso. https://www.elcomercio.com/actualidad/seguridad/estados-excepcion-gobierno-guillermo-lasso.html
5. Diario Digital Primicias. (20 de junio de 2024). Los ecuatorianos han vivido 13 a�os en estado de excepci�n desde 2007. https://www.primicias.ec/noticias/politica/desde-2007-los-ecuatorianos-han-vivido-13-anos-en-estado-de-excepcion/
6. Ecuador, Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador. (2008). https://www.lexis.com.ec/
7. Ecuador, C�digo Org�nico Administrativo, (2017). Segundo Suplemento � Registro Oficial N� 31. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/COA.pdf
8. Ecuador, Corte Constitucional CC. �Sentencia�, N� 0001-08-SEE-CC/Caso N� 0001-08-EE, 04 de diciembre de 2008.
9. Ecuador, Corte Constitucional CC. Dictamen 2-23-EE/23. https://www.corteconstitucional.gob.ec/267588-2/
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� 2024 por los autores. Este art�culo es de acceso abierto y distribuido seg�n los t�rminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribuci�n-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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