El R�gimen Tributario Simplificado y su relaci�n con el Impuesto a la Renta en el Ecuador

 

The Simplified Tax Regime and its relationship with Income Tax in Ecuador

 

O Regime Fiscal Simplificado e a sua rela��o com o Imposto sobre o Rendimento no Equador

 

 

 

Edgar Fabi�n Mera Bozano I edgarfmera@uta.edu.ec https://orcid.org/0000-0002-5040-4092

 

 

 

 

 

 

Correspondencia: edgarfmera@uta.edu.ec

Ciencias Econ�micas y Empresariales Art�culo de Investigaci�n

 

* Recibido: 06 de agosto de 2024 *Aceptado: 19 de agosto de 2024 * Publicado: 14 de septiembre de 2024

 

I.����� Doctor en Contabilidad y Auditor�a, Mag�ster en Tributaci�n y Derecho Empresarial, Master en Fiscalidad Internacional, Docente Titular de la Universidad T�cnica de Ambato de la Facultad de Contabilidad y Auditor�a; Ambato � Ecuador.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


http://polodelconocimiento.com/ojs/index.php/es


 

Resumen

Este art�culo de investigaci�n aborda el R�gimen Tributario Simplificado (RTS) en Ecuador y su relaci�n con el Impuesto a la Renta. El RTS fue creado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los peque�os contribuyentes, promoviendo la formalizaci�n de la econom�a y simplificando los procesos tributarios. A trav�s de un an�lisis de la normativa vigente y la aplicaci�n pr�ctica del RTS, se examinan sus caracter�sticas, ventajas y limitaciones. Hablando metodol�gicamente es considerada como una investigaci�n b�sica pues su objetivo es conocer la relaci�n que tiene el r�gimen simplificado con el Impuesto a la Renta en el Ecuador. El enfoque es cuantitativo toda vez que utiliza datos num�ricos con relaci�n al impuesto causado, pero adem�s es cualitativo en cuanto a estudiar la informaci�n documental proveniente de las normas que rigen la aplicaci�n del impuesto a la renta en el r�gimen simplificado. Se concluye que, si bien el RTS representa un avance hacia una tributaci�n m�s equitativa, es necesario fortalecer la educaci�n fiscal y mejorar la comunicaci�n entre la administraci�n tributaria y los contribuyentes para maximizar su efectividad.

Palabras Clave: R�gimen tributario simplificado; impuesto a la renta; equidad fiscal; eficiencia recaudatoria.

 

Abstract

This research article addresses the Simplified Tax Regime (RTS) in Ecuador and its relationship with the Income Tax. The RTS was created to facilitate the fulfillment of tax obligations by small taxpayers, promoting the formalization of the economy and simplifying tax processes. Through an analysis of the current regulations and the practical application of the RTS, its characteristics, advantages and limitations are examined. Methodologically speaking, it is considered basic research since its objective is to know the relationship that the simplified regime has with the Income Tax in Ecuador. The approach is quantitative since it uses numerical data in relation to the tax caused, but it is also qualitative in terms of studying the documentary information from the regulations that govern the application of the income tax in the simplified regime. It is concluded that, although the RTS represents a step towards more equitable taxation, it is necessary to strengthen tax education and improve communication between the tax administration and taxpayers to maximize its effectiveness.

Keywords: Simplified tax system; income tax; tax equity; tax collection efficiency.


 

Resumo

Este artigo de investiga��o aborda o Regime Fiscal Simplificado (RTS) no Equador e a sua rela��o com o Imposto sobre o Rendimento. O RTS foi criado para facilitar o cumprimento das obriga��es fiscais dos pequenos contribuintes, promovendo a formaliza��o da economia e simplificando os processos fiscais. Atrav�s da an�lise da regulamenta��o em vigor e da aplica��o pr�tica do RTS, s�o examinadas as suas caracter�sticas, vantagens e limita��es. Metodologicamente falando, considera-se uma investiga��o b�sica uma vez que o seu objetivo conhecer a rela��o que o regime simplificado tem com o Imposto sobre o Rendimento no Equador. A abordagem � quantitativa por utilizar dados num�ricos em rela��o ao imposto suportado, mas � tamb�m qualitativa no sentido de estudar a informa��o documental proveniente das normas que regem a aplica��o do imposto sobre o rendimento no regime simplificado. Conclui-se que, embora o RTS represente um progresso no sentido de uma tributa��o mais equitativa, � necess�rio refor�ar a educa��o fiscal e melhorar a comunica��o entre a administra��o fiscal e os contribuintes para maximizar a sua efic�cia.

Palavras-chave: Regime fiscal simplificado; imposto sobre o rendimento; equidade fiscal; efici�ncia de recolha.

 

Introducci�n

El sistema tributario ecuatoriano ha experimentado una serie de transformaciones significativas en los �ltimos a�os, particularmente en relaci�n con el R�gimen Tributario Simplificado y su interacci�n con el Impuesto a la Renta. Este tema reviste una relevancia indiscutible en el panorama fiscal del pa�s, dado su impacto directo en la tributaci�n de los contribuyentes, especialmente en el �mbito de las peque�as y medianas empresas. La implementaci�n y evoluci�n de estos reg�menes generan un marco de estudio esencial para comprender c�mo las pol�ticas tributarias afectan a la econom�a nacional, la equidad fiscal y la eficiencia recaudatoria. En esta investigaci�n, exploraremos en profundidad la naturaleza de estos reg�menes, su relaci�n con el Impuesto a la Renta y su implicaci�n en el contexto econ�mico y fiscal de Ecuador.

Las microempresas como parte de los emprendimientos requieren de la participaci�n Estatal para su subsistencia, de tal forma que la pol�tica fiscal cumpla su rol de promover la inversi�n, productividad y el empleo, a trav�s sobre todo de la simplicidad administrativa que originen su creaci�n y permanencia, es as� como el Estado ecuatoriano ha promovido en su sistema tributario


 

la inclusi�n de un r�gimen simplificado que tiene su origen en la publicaci�n de la Ley para la Equidad Tributaria en el Ecuador en el a�o 2008 con la creaci�n del denominado R�gimen Impositivo Simplificado (RISE), posteriormente, con la publicaci�n de la Ley de Simplificaci�n y Progresividad Tributaria se incluye un r�gimen simplificado para los contribuyentes considerados como microempresas, r�gimen que fuera sustituido en el a�o 2021 mediante Ley para el Desarrollo Econ�mico y sostenibilidad Fiscal en donde se establece el R�gimen Simplificado para emprendedores y negocios populares denominado RIMPE.

Collosa (2013) en su monograf�a: �Los Reg�menes Simplificados para Peque�os Contribuyentes y la actuaci�n de la Administraci�n Tributaria: El Caso Argentino� cuyo objetivo es rese�ar las principales caracter�sticas del R�gimen Simplificado para Peque�os Contribuyentes analizando sus ventajas, efectos recaudatorios y pol�tica de control de los peque�os contribuyentes sin dejar de mencionar los inconvenientes que en cada una de las etapas, que van desde su elaboraci�n y dise�o hasta su aplicaci�n efectiva, concluye que los objetivos que persiguen los reg�menes simplificados son:

         Simplificar las obligaciones formales (Ej.: no llevar registros de compras y ventas, no presentar declaraciones juradas mensuales);

         Incorporar a los peque�os contribuyentes a la econom�a formal y, de esta manera, ampliar la base imponible;

         Disminuir el costo de cumplimiento fiscal para los contribuyentes, lo cual no implica disminuir la carga tributaria establecida por ley, sino facilitar su cumplimiento;

         Posibilitar que la administraci�n tributaria destine la mayor parte de sus recursos a los medianos y grandes contribuyentes.

En esto coincide G�mez & Mor�n (2013) cuando indica: �En relaci�n con la introducci�n de reg�menes simplificados para peque�os contribuyentes a nivel de empresas estos responden a la necesidad de incorporar a la formalidad a un numeroso grupo de contribuyentes que dif�cilmente son alcanzados por la administraci�n tributaria. En consecuencia, se suele considerar la necesidad de garantizar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias minimizando el costo impl�cito para las empresas m�s peque�as y el costo que su administraci�n representa para las administraciones tributarias, el cual se acrecienta en los pa�ses de menor grado de desarrollo. (�)� Estos objetivos tienen coincidencias en com�n particularmente en los pa�ses de Latinoam�rica, y Ecuador no es la excepci�n, derivado de la alta informalidad, sin embargo, la aplicaci�n puede ir


 

m�s all� del objetivo del r�gimen y vulnerar el sentido de su creaci�n: la simplificaci�n, disminuir el costo de cumplimiento de los sujetos pasivos, que no significa disminuir la carga impositiva, pero tampoco incrementarla a trav�s de la imposici�n directa, particularmente el Impuesto a la Renta.

En el Ecuador, de acuerdo con SRI (2023), de un total de 2.5 millones de contribuyentes inscritos en el Registro �nico de Contribuyentes en estado Activo, 1,7 millones se encuentran dentro del R�gimen Simplificado (RIMPE), representando el 68% del total de contribuyentes activos inscritos, de los cuales el 57% corresponde a personas naturales dentro del RIMPE Negocio Popular, conforme se detalla a continuaci�n:

 

Tabla 1 Clase de Contribuyente

 

CLASE

CONTRIBUYENTE

DESCRIPCION_TI

PO

TIPO

CANTIDAD

OTROS

804.575

RIMPE

PERSONAS

NATURALES

NEGOCIO

POPULAR

966.610

RIMPE

PERSONAS

NATURALES

EMPRENDEDOR

648.440

RIMPE

SOCIEDADES

EMPRENDEDOR

115.142

Total

2.534.767

Elaborado por: El Investigador

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop (SRI, 2022)

Nota: Datos obtenidos del Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

 

 

El n�mero de sujetos pasivos dentro del R�gimen reflejan la importancia que se le debe dar a la simplificaci�n tributaria, dentro de la pol�tica fiscal que busca promover la inversi�n, productividad y el empleo, si el impuesto que deben satisfacer va m�s all� de lo que se genera en el r�gimen general, lo m�s probable es que incremente la omisidad en declaraci�n y pago.

Los sectores de la econom�a en donde se concentran los sujetos pasivos del R�gimen Simplificado son en las actividades de Comercio y prestaci�n de servicios.


 

 

Tabla 2 Gesti�n Servicio Rentas Internas

 

PESONAS NATURALES

 

 

SECTOR ECON�MICO

NEGOCIO POPULAR

 

EMPRENDEDOR

SOCIEDADES EMPRENDEDOR

 

 

ACTIVIDADES������������ DE

ALOJAMIENTO��� Y���� DE SERVICIO DE COMIDAS.

 

79.156

 

47.453

 

3.800

 

ACTIVIDADES������������ DE ATENCI�N DE LA SALUD HUMANA Y DE

ASISTENCIA SOCIAL.

 

5.886

 

5.177

 

5.317

 

ACTIVIDADES� DE LOS HOGARES������������� COMO EMPLEADORES; ACTIVIDADES����������� NO DIFERENCIADAS������ DE LOS�� HOGARES�� COMO PRODUCTORES��������� DE BIENES�� Y��� SERVICIOS

PARA USO PROPIO.

 

 

3.132

 

 

1.129

 

 

11

 

ACTIVIDADES������������ DE ORGANIZACIONES Y �RGANOS

EXTRATERRITORIALES.

1

2

24

 

ACTIVIDADES������������ DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS���� Y

DE APOYO.

23.339

13.350

9.875

 


 

ACTIVIDADES FINANCIERAS���� Y���� DE

SEGUROS.

 

373

 

327

 

402

 

ACTIVIDADES

INMOBILIARIAS.

8.104

5.375

2.083

 

ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENT�FICAS����������������� Y

T�CNICAS.

 

63.776

 

40.560

 

8.226

 

ADMINISTRACI�N P�BLICA� Y DEFENSA; PLANES DE SEGURIDAD SOCIAL DE AFILIACI�N

OBLIGATORIA.

 

854

 

132

 

613

 

AGRICULTURA, GANADER�A, SILVICULTURA������������ Y

PESCA.

23.730

17.577

3.532

 

ARTES,

ENTRETENIMIENTO���� Y RECREACI�N.

14.805

8.619

2.979

 

BAJO���� RELACION��� DE

DEPENDENCIA SECTOR PRIVADO

148

110

-

 

BAJO���� RELACION��� DE DEPENDENCIA SECTOR

PUBLICO

56

23

-

 

COMERCIO���� AL���� POR

MAYOR��� Y���� AL���� POR MENOR;��� REPARACI�N

388.938

239.090

30.216

 


 

DE���������������� VEH�CULOS AUTOMOTORES����������� Y

MOTOCICLETAS.

 

 

 

 

CONSTRUCCI�N.

18.314

11.204

6.810

 

DISTRIBUCI�N���������� DE AGUA; ALCANTARILLADO, GESTI�N DE DESECHOS Y���� ACTIVIDADES���� DE

SANEAMIENTO.

488

422

2.091

 

ENSE�ANZA.

16.458

9.266

2.574

 

EXPLOTACI�N���������� DE

MINAS Y CANTERAS.

339

251

409

 

INDUSTRIAS

MANUFACTURERAS.

108.527

58.935

8.048

 

INFORMACI�N������������� Y

COMUNICACI�N.

11.008

5.890

6.317

 

OTRAS���� ACTIVIDADES

DE SERVICIOS.

179.822

169.758

18.351

 

SIN��������������� ACTIVIDAD

ECONOMICA CIIU

41

124

1

 

SUMINISTRO�������������� DE ELECTRICIDAD, GAS, VAPOR��� Y��� AIRE

ACONDICIONADO.

 

194

 

143

 

743

 

TRANSPORTE��������������� Y

ALMACENAMIENTO.

19.041

13.500

2.719

 

VERIFICAR

80

23

1

 

TOTAL

966.610

648.440

115.142

 

Elaborado por: El Investigador

Fuente: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n Servicio de Rentas Internas (2023).


 

Nota: Base de datos del Servicio de Rentas Internas (SRI, 2022)

 

 

Desarrollo

La potestad tributaria es la capacidad fundamentada en los preceptos constitucionales y la ley que tiene el Estado para crear, modificar o suprimir tributos, sin necesidad de ejercer soberan�a.

Un elemento esencial en los sistemas tributarios es que los tributos se determinen en funci�n de la capacidad contributiva de los contribuyentes, de tal forma que todos los ciudadanos contribuyan al sostenimiento del Estado en funci�n de su capacidad econ�mica basado en un principio de progresividad �el que m�s gana, m�s paga�, as� se han estructurado varios sistemas tributarios a nivel mundial.

Para (Villegas, 2016) la capacidad contributiva tiene cuatro implicaciones trascendentales:

a)      Requiere que todos los titulares de medios aptos para hacer frente al tributo contribuyan, salvo aquellos que por no contar con un nivel econ�mico m�nimo quedan al margen de la imposici�n.

b)      El sistema tributario debe estructurarse de tal manera que quienes ostentan mayor capacidad econ�mica tengan una participaci�n m�s alta en las rentas tributarias del Estado

c)      No pueden seleccionarse como hechos imponibles o bases imponibles, circunstancias o situaciones que no sean abstractamente id�neas para reflejar capacidad contributiva.

d)      En ning�n caso, el tributo o conjunto de tributos que recaiga sobre un contribuyente puede exceder su razonable capacidad contributiva, ya que de lo contrario se atenta contra la propiedad, confisc�ndola ilegalmente.

El principio de capacidad contributiva tiene doble alcance: significa que �nicamente las potenciales manifestaciones directas o indirectas de riqueza pueden ser objeto de t ributaci�n y configurar los hechos generadores de obligaci�n tributaria; y al propio tiempo que los particulares han de contribuir de acuerdo con su capacidad econ�mica. El primer alcance se refiere a tributos en particular, debi�ndose entender que un tributo que no toma como base una manifestaci�n de riqueza es inconstitucional (Troya, 2014).

 

La capacidad contributiva como elemento componente de los tributos debe ser tomada en cuenta para hacer de ellos un instrumento de justicia, a fin de que cada persona obligada a su pago vea realizado tambi�n el principio de igualdad en la participaci�n social. (�) debe quedar claro para


 

la administraci�n y los contribuyentes que el ingreso por s� solo no constituye renta gravada y para llegar a ella necesariamente debe revisarse lo que dice la Ley.

R�os & Santos (2022) a trav�s de su estudio: El r�gimen simplificado de confianza en la ley del impuesto sobre la renta y su lucha contra la informalidad, cuyo objetivo es analizar la pertinencia de un r�gimen simplificado a trav�s de m�todo de investigaci�n documental, describen t�cnicamente el contenido de la normativa, concluyendo que el r�gimen simplificado no ayudar� a contribuir el pago del impuesto a personas que laboran en el sector informal.

En el estudio sobre impacto social y tecnol�gico del R�gimen de Tributaci�n Simple en la formalizaci�n empresarial cuyo objetivo es determinar los factores del nuevo r�gimen de tributaci�n simple, y su influencia en la creaci�n y formalizaci�n de empresa, se desarrolla a trav�s de una investigaci�n mixta, con un enfoque triangular que re�ne la revisi�n documental y la aplicaci�n de encuestas como instrumento de recolecci�n de la informaci�n, tomando como muestras comerciantes de la localidad de Engativ�.

Los instrumentos de recopilaci�n que se utilizaron fueron las encuestas, basadas en los datos arrojados por la C�mara de Comercio de Bogot� (2020) donde se establece que del 100% de las empresas registradas el 97,5% corresponde a microempresas, y que Engativ� ocupa el tercer lugar del listado con 63.722 (el 9,7%)

La investigaci�n concluye que el r�gimen de tributaci�n simple busca la formalizaci�n y el cumplimiento de las obligaciones tributarias facilit�ndolas, sin embargo, se puede evidenciar que las personas no conocen el r�gimen simple ni sus beneficios, adem�s se considera que la carga impositiva es muy alta, y el cumplimiento de la obligaci�n complejo particularmente la facturaci�n electr�nica, y la mayor�a piensa que no es un r�gimen que no es favorable para la formalizaci�n (Hern�ndez et al. 2021).

Si contrastamos la informaci�n de declarantes en el R�gimen RIMPE vs el n�mero de inscritos tenemos que existe alto grado de omisidad, entendi�ndose a esta con la falta de cumplimiento en la presentaci�n de su declaraci�n de Impuesto a la renta, as� de la informaci�n que consta en la base de datos de la administraci�n tributaria SRI (2023) se tiene que:

 

Tabla 3 N�mero de declaraciones


 

 

 

 

DESCRIPCION_TI PO

RIMPE NEGOCIO

POPULAR

RIMPE EMPRENDEDOR

RIMPE EMPRENDEDOR

PERSONAS

NATURALES

PERSONAS

NATURALES

SOCIEDADES

N�MERO���������� DE

DECLARANTES

684.226

348.647

2.649

Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop (SRI, 2022)

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

 

 

Es decir, de 960 mil contribuyentes inscritos como RIMPE Negocio Popular 680 mil cumplen con su obligaci�n de declarar, es decir un cumplimiento del 70%, mientras que en el RIMPE emprendedor para personas naturales el cumplimiento es de apenas el 52%, sin embargo, el dato m�s preocupante lo presentan las sociedades RIMPE emprendedor con apenas el 2% de cumplimiento.

Gonz�lez (2021) en su estudio: Los puentes hacia un sistema tributario �ptimo se�ala que l a existencia de un r�gimen general fortalecido implica que el mismo se base en impuestos �ptimos seg�n la capacidad contributiva de los contribuyentes, es decir que tenga una base amplia y una carga tributaria moderada, juntamente con puentes tributarios para integrar a los contribuyentes provenientes de la informalidad y de los reg�menes especiales.

Conforme lo expuesto ha sido necesario relacionar el comportamiento del Impuesto a la Renta con el R�gimen Simplificado y tomar como elemento de discusi�n en el an�lisis la carga tributaria que de estos se deriva.

Con los objetivos antes descritos coincide la CEPAL, cuando G�mez & Mor�n (2013) mencionan que:

�En relaci�n con la introducci�n de reg�menes simplificados para peque�os contribuyentes a nivel de empresas estos responden a la necesidad de incorporar a la formalidad a un numeroso grupo de contribuyentes que dif�cilmente son alcanzados por la administraci�n tributaria. En consecuencia, se suele considerar la necesidad de garantizar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias minimizando el costo impl�cito para las empresas m�s peque�as y el costo


 

que su administraci�n representa para las administraciones tributarias, el cual se acrecienta en los pa�ses de menor grado de desarrollo. (�)�

En este contexto, los estudios internacionales reflejan que los reg�menes simplificados est�n direccionados a los peque�os contribuyentes con el objetivo de disminuir la informalidad y por lo tanto ampliar las bases de los contribuyentes, para que sea efectivo el r�gimen debe ser simple en su cumplimiento y con una cuant�a tributaria m�nima.

Antecedentes nacionales

Conforme el estudio realizado en relaci�n a las microempresas, se concluye que la carga tributaria de microempresas para el a�o 2019 fue del 0.6% valor el cual se obtuvo relacionando el Impuesto causado sobre el total ingresos gravados declarados, mientras que para el a�o 2020 ser� del 2%, es decir el r�gimen simplificado gener� mayor impuesto aun cuando los ingresos tuvieron una disminuci�n importante (L�pez, 2021).

Para (Andino, 2009), el r�gimen simplificado resulta de inter�s por dos motivos:

a)      Suele argumentarse que contribuye a abatir la evasi�n/elusi�n pues (i) reduce los costos de administraci�n y, con ello, libera recursos de la Administraci�n Tributaria que pueden reasignarse a la fiscalizaci�n de los contribuyentes mayores; y (ii) permite a la Administraci�n Tributaria obtener informaci�n sobre vendedores y compradores de estos peque�os contribuyentes y, as�, mejorar los controles (cruzados) sobre el resto de los contribuyentes.

b)      Dado que comienzan a tributar contribuyentes que antes no lo hac�an, se abate la competencia desleal y, con ello, se reduce la inequidad horizontal. Te�ricamente, estos argumentos son los principales en este tipo de reg�menes. No obstante, para que en la pr�ctica se confirmen, el r�gimen simplificado debe ser exitoso en captar (sacar de la informalidad) a un n�mero significativo de potenciales contribuyentes (�)�

Los objetivos del r�gimen son coincidentes tanto a nivel internacional como nacional, de ah� que su estructura debe darse en funci�n de cumplir esas necesidades planteadas, no hacerlo desvirt�a su aplicaci�n, es decir para que plantear un r�gimen simplificado si no se incrementa la base imponible, no se dota de informaci�n, el cumplimiento no es simple y la informalidad no reduce sus niveles.

En la pr�ctica la aplicaci�n del r�gimen puede generar comportamientos no deseados, para el Centro de Estudios Fiscales del Ecuador �el r�gimen simplificado merece un especial inter�s


 

recapitulando los objetivos del r�gimen y las causas de los problemas presentados. Es una herramienta importante para atacar la informalidad, pero lo fundamental es crear mecanismos paulatinos de inclusi�n que no den espacio a la elusi�n tributaria. La AT no debe perder la informaci�n de la actividad econ�mica de los contribuyentes (ingresos y egresos), adem�s debe buscar la simplificaci�n (�)� (O�a, 2014)

 

Bases Te�ricas

El cambio fundamental en el Sistema tributario en el Ecuador proviene de la Constituci�n 2008 la cual da paso a la estructura impositiva con la aplicaci�n de los principios b�sicos de la tributaci�n, con una pol�tica redistributiva.

Un sistema tributario progresivo en donde el pago del impuesto como la renta proviene en base a la capacidad contributiva y manifestaci�n de riqueza de los contribuyentes.

La eficiencia, la simplicidad administrativa son principios b�sicos para estructurar un r�gimen simplificado, en donde la suficiencia recaudatoria no necesariamente es un elemento esencial. Para Mauro Andino, Un sistema tributario constituye aquel conjunto de impuestos coordinados y estructurados conforme a criterios de pol�tica, que buscan una distribuci�n equitativa de los ingresos en la poblaci�n, la reactivaci�n del aparato productivo y la regulaci�n del consumo privado (Andino, 2009).

Para el Banco Mundial, en su art�culo titulado �una conversaci�n necesaria sobre los sistemas tributarios� se�ala: �Un buen sistema tributario es simple y transparente y recauda recursos de una manera eficiente y eficaz. Tambi�n promueve la equidad, a trav�s de una tributaci�n progresiva. Finalmente, un buen sistema tributario minimiza las distorsiones econ�micas y promueve la competitividad� se�ala, adem�s, que, Si la recaudaci�n efectiva est� muy por debajo de la recaudaci�n potencial, t�picamente es una se�al de una alta incidencia de evasi�n, y/o una administraci�n tributaria poco eficiente y eficaz. El fortalecimiento de la administraci�n tributaria a trav�s de la modernizaci�n de la tecnolog�a, la mejora de la fiscalizaci�n y el fortalecimiento del r�gimen sancionatorio son algunos elementos clave. Tales reformas han sido exitosas en varios pa�ses y han contribuido de manera significativa a un incremento en la recaudaci�n. Algunos pa�ses establecieron la presentaci�n de las declaraciones juradas del Impuesto a la Renta y del IVA en forma electr�nica � a trav�s del internet � como en los casos de Argentina, Chile y Brasil, entre otros. En Per�, por ejemplo, el recaudo se ha incrementado como resultado de la mejora en


 

el cumplimiento tributario que se logr� a trav�s de mejoras en la asistencia y servicios a los contribuyentes, incrementos en la cobertura de la facturaci�n electr�nica y extendiendo los servicios electr�nicos de registro, solicitud de devoluci�n y pago; (ii) la implementaci�n de un sistema de gesti�n de riesgos y reestructuraci�n del proceso de devoluci�n del IVA; y (iii) fortalecimiento de los sistemas inform�ticos� (Banco Mundial, 2018).

La directora adjunta del Departamento de Asuntos Fiscales del Fondo y experta en tributaci�n, Victoria Perry, dijo a Noticias ONU que, al planificar la recuperaci�n tras la pandemia, los pa�ses deber�an considerar la posibilidad de hacer frente a la desigualdad mediante la aplicaci�n de sistemas tributarios m�s progresivos esto significa que la tasa impositiva media aumenta, a la par que los ingresos. La cuant�a de la carga fiscal para los m�s ricos es algo que debe decidir cada pa�s, pero es ciertamente problem�tico cuando los tipos impositivos aplicados a las personas m�s acomodadas son m�s bajos que para las m�s pobres. Tambi�n suele ocurrir que las personas en mejor situaci�n econ�mica, y que cuentan con acceso a asesoramiento fiscal y a cuestiones financieras m�s sofisticadas, se aprovechen mejor de las exenciones o los vac�os legales del sistema tributario que las personas que s�lo dependen de los salarios. El cierre de esas opciones puede hacer que el sistema sea m�s equitativo y, seg�n el pa�s, puede resultar m�s eficaz que las reformas estructurales de los tipos impositivos" (ONU, 2020).

 

Base Legal

El sistema tributario en el Ecuador tiene su nacimiento en la Constituci�n, la secci�n quinta en su art�culo establece

�Art. 300.- El r�gimen tributario se regir� por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizar�n los impuestos directos y progresivos.

La pol�tica tributaria promover� la redistribuci�n y estimular� el empleo, la producci�n de bienes y servicios, y conductas ecol�gicas, sociales y econ�micas responsables.� (Asamblea Constituyente, 2008)

La Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador sobre los objetivos de la pol�tica fiscal establece:

�Art. 285.- La pol�tica fiscal tendr� como objetivos espec�ficos:

1.  El financiamiento de servicios, inversi�n y bienes p�blicos.

2.  La redistribuci�n del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios adecuados.


 

3.  La generaci�n de incentivos para la inversi�n en los diferentes sectores de la econom�a y para la producci�n de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente aceptables.�

Para el efecto el r�gimen simplificado no es parte fundamental para el financiamiento, esto toda vez que el recaudo representa valores poco significativos y adem�s no se muestra como un r�gimen que incentive la inversi�n, sin embargo, el objetivo de la permanencia de un r�gimen simplificado es justamente simplificar las obligaciones fiscales tendientes a que se incorporen los sujetos pasivos y as� ampliar las bases de los contribuyentes.

Materiales y M�todos (Metodolog�a):

Se define a la investigaci�n b�sica como la clase de investigaci�n que cumple dos prop�sitos fundamentales: producir conocimiento y teor�as (Hern�ndez, et al., 2014). Esta investigaci�n califica como una investigaci�n b�sica pues su objetivo es conocer la relaci�n que tiene el r�gimen simplificado con el Impuesto a la Renta en el Ecuador. El enfoque es cuantitativo toda vez que utiliza datos num�ricos con relaci�n al impuesto causado, pero adem�s es cualitativo en cuanto a estudiar la informaci�n documental proveniente de las normas que rigen la aplicaci�n del impuesto a la renta en el r�gimen simplificado.

Este estudio busca comprender la relaci�n entre variables partiendo de la informaci�n particularmente de fuente secundaria, de aquella que mantiene la administraci�n tributaria en sus bases de datos, la cual se obtiene a trav�s de un requerimiento de informaci�n, salvaguardo la confidencialidad de la informaci�n tributaria y considerando que la data es gen�rica sin identificaci�n de sujeto pasivo alguno, as� se obtendr� informaci�n de n�mero de contribuyentes, impuesto causado por rango de ingreso, entre otros.

 

Para esta investigaci�n se ha implementado la metodolog�a de la investigaci�n documental, en donde se revisa la normativa tributaria que aborda el tema de estudio (G�mez, Reyes y Pelayo, 2023). Conjuntamente, se efect�a una metodolog�a de tipo descriptiva en donde se revisan datos del Instituto Nacional de Estad�stica y Geograf�a (INEGI) y la Organizaci�n para la Cooperaci�n y el Desarrollo Econ�micos (OCDE) (R�os, 2022). As�, se ejecut� una investigaci�n anal�tica y deductiva, siendo la investigaci�n documental la base met�dica de toda investigaci�n jur�dico- te�rica, as� como se usaron fuentes documentales incluida la revisi�n a la normativa (Santos, 2022). Ergo, se obtuvieron datos del SAT que se implementaron para analizar el impacto de dichos reg�menes en el padr�n fiscal, concluyendo que es esencial para este tipo de reformas un an�lisis


 

que evidencie la favorabilidad en la recaudaci�n fiscal, evitando la evasi�n proveniente de la informalidad, reformas que deben adecuarse a la realidad de los contribuyentes y su capacidad contributiva (G�mez, Reyes, & Pelayo, 2023). Conforme lo expuesto, la metodolog�a aplicable es de tipo descriptiva donde se analiza la informaci�n que mantiene la administraci�n tributaria del Ecuador.

El dise�o del m�todo de an�lisis de correlaci�n bivariado se refiere a un m�todo de investigaci�n dise�ado para examinar la relaci�n entre dos variables cuantitativas y determinar en qu� medida una variable est� correlacionada o modificada por la otra (Creswell, 2009). Como muestra Field (2009), Este enfoque ayuda a identificar si hay una relaci�n lineal entre dos variables, adem�s de medir la fuerza y direcci�n de dicha relaci�n. No obstante, es importante destacar que la correlaci�n no implica causalidad, ya que solo muestra la relaci�n entre las variables y no demuestra que una variable cause cambios en la otra. El estudio tiene un dise�o de una investigaci�n de tipo relacional, pues parte de los estudios descriptivos para relacionar las variables de estudio.

La poblaci�n en estudio comprende el total de contribuyentes activos inscritos en el Registro �nico de Contribuyentes y que han sido catastrados dentro del R�gimen Simplificado RIMPE, tanto negocios populares como emprendedores. De los contribuyentes inscritos, se relacionar� con el impuesto a la renta y su comportamiento en relaci�n con el r�gimen simplificado, estableciendo el n�mero de declarantes en general, por sector de la econom�a y rango de ingreso.

 

La muestra en esta investigaci�n son los valores declarados por contribuyentes sujetos al r�gimen simplificado, en lo que corresponde al Impuesto a la Renta y realizar� una simulaci�n de cu�nto hubiese sido el pago si el impuesto se calculaba dentro del r�gimen general.

Para el efecto se trabaj� con toda la poblaci�n en funci�n de los datos que se obtienen de la administraci�n tributaria. Esto es 1.7 millones de contribuyentes, cifra que puede resultar alta sin embargo al permanecer en las bases de la administraci�n la relaci�n conforme la recolecci�n de informaci�n se realiza de forma gen�rica en una sola b�squeda.

Para la recolecci�n de datos fue necesario utilizar la t�cnica del an�lisis documental, se revis� y extrajo de la p�gina web de la administraci�n tributaria central, el Servicio de Rentas Internas a trav�s de las estad�sticas multidimensionales. As� mismo sobre estudios previamente relacionados en cuanto al r�gimen, la mayor parte de la data proviene de la informaci�n proporcionada por la administraci�n tributaria.


 

Resultados

N�mero de contribuyentes declarantes que cumplan la condici�n de microempresa, que los ingresos en el ejercicio fiscal 2022 no hayan superado los 300 mil d�lares para ser considerados dentro del R�gimen Simplificado RIMPE y sujetos pasivos declarantes de Impuesto a la Renta en el r�gimen general, de estos su impuesto causado.

 

Tabla 4 Base imponible de actividad empresarial y no empresarial, impuesto causado declarado


Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: Formulario 102 BDD SRI

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

La mayor parte de declarantes del Impuesto a la Renta con ingresos de hasta USD $ 300.000,00 se encuentran en el r�gimen simplificado con un poco m�s de un mill�n de declarantes, frente a quinientos mil sujetos pasivos del r�gimen general. Dentro del rango de ingreso m�s bajo de cero a once mil trescientos diez d�lares, la mayor parte corresponden al r�gimen general, que por su exenci�n de una fracci�n b�sica desgravada causan un impuesto casi nulo, mientras que en el r�gimen simplificado con menos declarantes causan un impuesto cercano a los sesenta y cuatro millones de d�lares, conforme la tabla que antecede el pago de renta de los sujetos pasivos RIMPE se concentra en las brechas inferiores de los ingresos.

 

Tabla 5 Contribuyentes en estado Activo


 

Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

 

 

La mayor parte de los contribuyentes en estado Activo se encuentran en el r�gimen simplificado, representando el 68% de los contribuyentes activos, mientras que el 32% corresponden al r�gimen general.

 

Tabla 6 N�mero de contribuyentes que corresponden al R�gimen Simplificado RIMPE.

 


Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

 

 

La mayor parte de contribuyentes registrados en el R�gimen Impositivo Simplificado RIMPE se encuentran como negocios populares, es decir de aquellas actividades que no generan ingresos m�s all� de USD $ 20,000.00 que representan alrededor del 60% de contribuyentes, un 28% corresponden a personas naturales en el RIMPE emprendedor y un peque�o porcentaje de sociedades en el RIMPE emprendedor.

 

Tabla 7 N�mero de Contribuyentes sujetos al r�gimen simplificado RIMPE por sector de la econom�a y tipo de contribuyentes.


 

 

 

Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

 

 

La actividad que mayor n�mero de contribuyentes acoge en el R�gimen Simplificado es el comercio, con casi el 40% de la poblaci�n de sujetos pasivos, seguido de actividades de servicios y actividades manufactureras.


 

Tabla 8 N�mero de contribuyentes inscritos en el RUC sujetos al R�gimen Impositivos Simplificado RISE, desde al a�o 2008, o desde que la administraci�n tributaria mantenga la informaci�n hasta el ejercicio fiscal 2022.


Elaborado por: Departamento de Planificaci�n y Control de Gesti�n

Fuente: BDD SRI Discoverer Desktop

Nota: Informaci�n tomada del Servicio de Rentas Internas

 

 

Los contribuyentes del anteriormente denominados RISE nos muestran que no necesariamente se incrementan por tener un r�gimen simplificado y como tal el objetivo de ampliar el catastro de contribuyentes no se cumple.

 

Discusi�n de resultados

La relaci�n entre el R�gimen Tributario Simplificado y el Impuesto a la Renta en el Ecuador plantea una serie de consideraciones cruciales en el �mbito fiscal y econ�mico del pa�s. La implementaci�n de un r�gimen simplificado busca reducir la carga administrativa y fiscal de los contribuyentes de menor escala, fomentando as� la formalizaci�n de la econom�a y el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Sin embargo, esta simplificaci�n tambi�n puede plantear desaf�os en t�rminos de equidad y eficiencia recaudatoria.

En nuestra investigaci�n, hemos observado que el R�gimen Tributario Simplificado ha tenido un impacto positivo en la inclusi�n de peque�os contribuyentes en el sistema tributario formal, promoviendo la recaudaci�n y la transparencia fiscal. Este enfoque simplificado ha facilitado el cumplimiento de las obligaciones tributarias para un segmento importante de la poblaci�n empresarial, estimulando la actividad econ�mica y la generaci�n de empleo.


 

No obstante, es importante se�alar que la relaci�n entre este r�gimen simplificado y el Impuesto a la Renta plantea desaf�os en t�rminos de equidad y progresividad tributaria. La diferenciaci�n de tasas impositivas y la simplificaci�n de los procedimientos pueden generar distorsiones en la tributaci�n de diferentes sectores econ�micos, lo que requiere un constante monitoreo y ajuste por parte de las autoridades fiscales.

En conclusi�n, si bien el R�gimen Tributario Simplificado ha demostrado ser una herramienta eficaz para promover la formalizaci�n y la recaudaci�n fiscal en el Ecuador, es fundamental considerar cuidadosamente su impacto en la equidad y la eficiencia del sistema tributario en general. Un equilibrio adecuado entre la simplificaci�n administrativa y la equidad tributaria es esencial para garantizar un sistema fiscal justo y efectivo que contribuya al desarrollo econ�mico sostenible del pa�s.

 

Conclusiones

         El R�gimen Tributario Simplificado ha demostrado ser una herramienta eficaz para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los peque�os contribuyentes, lo que contribuye a la formalizaci�n de la econom�a.

         La simplificaci�n de procesos y la reducci�n de la carga tributaria son aspectos positivos del RTS, que incentivan a los peque�os emprendedores a cumplir con sus obligaciones fiscales y a participar en la econom�a formal.

         A pesar de sus beneficios, el RTS enfrenta desaf�os significativos, como la falta de capacitaci�n y conocimiento entre los contribuyentes, lo que limita su efectividad y puede resultar en una subutilizaci�n del r�gimen.

         Es fundamental analizar c�mo el RTS afecta la recaudaci�n del Impuesto a la Renta, ya que una implementaci�n inadecuada puede llevar a una disminuci�n en la recaudaci�n fiscal del Estado.

         Para maximizar los beneficios del RTS, se recomienda implementar programas de educaci�n fiscal y comunicaci�n efectiva por parte de la administraci�n tributaria, as� como realizar un seguimiento continuo de la efectividad del r�gimen.


 

El R�gimen Tributario Simplificado es un paso importante hacia una tributaci�n m�s accesible en Ecuador, pero su �xito depende de una adecuada implementaci�n y de la capacitaci�n de los contribuyentes

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� 2024 por los autores. Este art�culo es de acceso abierto y distribuido seg�n los t�rminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribuci�n-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0) (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).

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