Polticas de erradicacin progresiva del trabajo infantil en nias, nios y adolescentes extranjeros en el Ecuador

 

Policies for the progressive eradication of child labor in foreign girls, boys and adolescents in Ecuador

 

Polticas para a erradicao progressiva do trabalho infantil em raparigas, rapazes e adolescentes estrangeiros no Equador

 

 

Luis Alberto Guerrero-Rodrguez I
alberto.guerrero@unach.edu.ec   https://orcid.org/0009-0009-0999-1393
Segundo Walter Parra-Molina II
sparra@unach.edu.ec 
https://orcid.org/0009-0003-2854-1220
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: alberto.guerrero@unach.edu.ec

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 03 de junio de 2024 *Aceptado: 03 de julio de 2024 * Publicado: 15 de agosto de 2024

 

        I.            Ab., Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.

      II.            Dr. Mgs. Universidad Nacional de Chimborazo, Riobamba, Ecuador.

 


Resumen

El trabajo infantil es un problema a nivel mundial, regional y en el Ecuador, frente a esa realidad la comunidad internacional ha aprobado diferentes instrumentos internacionales que obligan a los Estados a aplicar leyes y polticas pblicas para la erradicacin progresiva del trabajo infantil. En el Ecuador la consideracin de las nias, nios y adolescentes como grupo de atencin prioritaria impone al Estado la obligacin de erradicar el trabajo infantil, pero ese objetivo no se ha logrado an por diversas razones que explican los expertos consultados en el tema. Como objetivo se estableci caracterizar las polticas pblicas de erradicacin del trabajo infantil en el Ecuador; para alcanzarlo se realiz una investigacin de enfoque mixto donde se combina el estudio documental con una entrevista aplicada a expertos, lo que permiti obtener como resultado las principales polticas que se aplican en el tema, las dificultades para su ejecucin y su efectividad, y las acciones que seran necesarias para erradicar el trabajo infantil. Se concluye que la evaluacin de las mencionadas polticas no fue satisfactoria, y que no fue posible establecer una diferencia significativa entre el trabajo infantil de los menores nacionales y extranjeros porque no existen estadsticas al respecto, y las que se mencionan son solo aproximativas. Tampoco se identific que los menores realicen alguno de los peores trabajos descritos en el Convenio 182/1999 de la OIT: peores formas de trabajo infantil.

Palabras clave: Niez y adolescencia; Trabajo infantil; Polticas pblicas; Derecho a la educacin; Derecho a la salud.

 

Abstract

Child labor is a problem at the global, regional and Ecuadorian levels. Faced with this reality, the international community has approved different international instruments that oblige States to apply laws and public policies for the progressive eradication of child labor. In Ecuador, the consideration of children and adolescents as a priority attention group imposes on the State the obligation to eradicate child labor, but this objective has not yet been achieved for various reasons explained by the experts consulted on the subject. The objective was to characterize the public policies for the eradication of child labor in Ecuador. To achieve this, a mixed-approach research was carried out, combining a documentary study with an interview with experts, which allowed obtaining as a result the main policies that are applied in the subject, the difficulties for their execution and their effectiveness, and the actions that would be necessary to eradicate child labor. It is concluded that the evaluation of the aforementioned policies was not satisfactory, and that it was not possible to establish a significant difference between child labor of national and foreign minors because there are no statistics on the matter, and those that are mentioned are only approximate. Nor was it identified that minors perform any of the worst jobs described in ILO Convention 182/1999: worst forms of child labor.

Keywords: Childhood and adolescence; Child labor; Public policies; Right to education; Right to health.

 

Resumo

O trabalho infantil um problema mundial, regional e no Equador. Perante esta realidade, a comunidade internacional aprovou vrios instrumentos internacionais que obrigam os Estados a aplicar leis e polticas pblicas para a erradicao progressiva do trabalho infantil. No Equador, a considerao das raparigas, rapazes e adolescentes como um grupo de ateno prioritria impe ao Estado a obrigao de erradicar o trabalho infantil, mas este objetivo ainda no foi alcanado por diversas razes explicadas pelos especialistas consultados no assunto. O objetivo foi caracterizar as polticas pblicas de erradicao do trabalho infantil no Equador; Para isso, foi realizada uma pesquisa de abordagem mista onde o estudo documental foi combinado com uma entrevista aplicada a especialistas, o que permitiu obter como resultado as principais polticas que so aplicadas sobre o tema, as dificuldades para a sua execuo e a sua eficcia e as aes que seriam necessrias para erradicar o trabalho infantil. Conclui-se que a avaliao das referidas polticas no foi satisfatria, e que no foi possvel estabelecer uma diferena significativa entre o trabalho infantil de menores nacionais e estrangeiros porque no existem estatsticas a este respeito, sendo as mencionadas apenas aproximadas. Tambm no foi identificado que os menores desempenham qualquer um dos piores trabalhos descritos na Conveno 182/1999 da OIT: piores formas de trabalho infantil.

Palavras-chave: Infncia e adolescncia; Trabalho infantil; Polticas pblicas; Direitos educativos; Direito sade.

 

 

 

Introduccin

El trabajo infantil es uno de los problemas que afecta la niez y la adolescencia en el Ecuador, muchas veces porque los menores no tienen cmo satisfacer sus necesidades bsicas por diversas razones de ndole familiar o social, o porque en el medio donde viven trabajar es una necesidad para colaborar con los gastos del hogar. De cualquier manera, debe quedar claro que el marco normativo vigente en el Ecuador prohbe el trabajo a menores de 15 aos segn lo dispone el artculo 46 numeral 2 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador (2008), a la vez que obliga al Estado a implementar polticas de erradicacin progresiva del trabajo infantil, como una forma de explotacin laboral y econmica.

La Constitucin de la Repblica de Ecuador y el Cdigo Orgnico de la Niez hacen referencia a la proteccin de los menores contra el trabajo infantil en el artculo 81 (proteccin frente a la explotacin laboral), artculo 82 (edad mnima para el trabajo), y el artculo 83 sobre la erradicacin del trabajo infantil. En el orden internacional existen diversos convenios de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) que prohben el trabajo infantil como es el caso particular del Convenio 138/1973 de la Organizacin del Trabajo sobre la edad mnima de trabajo, y el Convenio 182/1999 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, ambos vigentes y aplicables en el Ecuador como parte del bloque de constitucionalidad establecido en el artculo 425 del texto constitucional.

La existencia de ese marco regulatorio no garantiza que los menores no sean sometidos a trabajo infantil pues las estadsticas muestran que unos 250 mil nios en Ecuador se enfrentan al trabajo infantil, segn un reporte de 12 de junio de 2023 realizado a partir de los datos del Instituto Nacional de Estadsticas y Censos-INEC(Prensa Latina, 2023). El trabajo infantil no es solo una forma de explotacin econmica, sino que impacta negativamente en otros derechos, pues expone a los menores a maltratos fsicos y psicolgicos, agresiones sexuales y en general vulneracin de sus derechos reconocidos en el artculo 45 de la Constitucin vigente.

Un caso particular de trabajo infantil en el Ecuador son los nios migrantes, principalmente de nacionalidad venezolana, que se pueden ver desde hace algunos aos en semforos, zonas concurridas o transporte pblico de las principales ciudades del pas, bien sea solos o acompaados de adultos, donde se dedican a actividades como la venta de diversos productos, la limpieza de parabrisas o la mendicidad, lo que adems de presentar un espectculo triste para cualquier persona sensible, expone a esos menores a condiciones de vida prohibidas tanto por las normas constitucionales vigentes como por los instrumentos internacionales, en especial la Convencin sobre los Derechos del Nio de 1989.

El trabajo infantil son aquellas actividades que realizan los nios, nias y adolescentes y por el que reciben algn tipo de remuneracin; no se define por el tipo de actividad que realicen o lo que reciben a cambio, sino por la edad de quienes la realizan, que son personas menores de edad segn la legislacin vigente, a quienes por su desarrollo fsico e intelectual no se les permite ser contratados como trabajadores, excepto a los adolescentes a partir de 14 o 16 aos segn la legislacin vigente en cada pas. Para su proteccin existen diferentes instrumentos internacionales que deben ser incorporados a la legislacin nacional, adems de la aplicacin de polticas pblicas para hacer efectivos los derechos de los menores y eliminar toda forma de trabajo en que se vean involucrados.

Se trata de una aspiracin expresada como compromiso internacional o nacional, porque en la prctica el trabajo infantil a nivel mundial y regional sigue siendo una realidad que no todos los Estados enfrentan de la misma manera, ni todos los menores tiene la oportunidad de sustraerse a ellas dada la situacin de pobreza, precariedad o falta de apoyo familiar en que pueden encontrarse, sobre todo en los pases donde la situacin econmica limita las posibilidades de los adultos de dar una vida adecuada a su descendencia. Por ejemplo, en Amrica Latina se estima que 8,2 millones de nios de entre 5 y 17 aos trabajan(Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, 2021).

Ante esa realidad es preciso hacer una revisin de los principales instrumentos internacionales relativos a los derechos de la niez y la adolescencia y el trabajo infantil, para luego hacer una valoracin de la distancia existente entre los principios internacionales que rigen la materia y la realidad ecuatoriana en el mbito legislativo y de polticas pblicas. El primer instrumento de especial relevancia es la Convencin Sobre los Derechos del Nio de 1989, en la cual se sintetizan los derechos de los menores de edad reconocidos por la comunidad internacional, y que debe ser complementado con otros instrumentos anteriores o posteriores a su entrada en vigor.

En su artculo 1 la Convencin define como nio a todo ser humano menor de dieciocho aos, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayora de edad. Esa norma no define cul sea la edad a partir de la cual se es adulto para trabajar, sino que remite a lo dispuesto en el ordenamiento jurdico interno de cada uno de los Estados signatarios de la Convencin, que por lo general establece diferentes lmites de edad para distintas relaciones jurdicas como la responsabilidad penal, la capacidad civil o la edad laboral. Siendo as, a tenor de la Convencin toda persona menor de 18 aos que trabaje estar realizando trabajo infantil, salvo que est autorizado por la legislacin interna como se ver ms adelante.

En el artculo 32 se reconoce el derecho del nio a estar protegido contra la explotacin econmica y contra el desempeo de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educacin, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo fsico, mental, espiritual, moral o social. Para garantizar su cumplimiento el propio artculo impone a los Estados parte adoptar medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas, en las que se debe fijar una edad o edades mnimas para trabajar, una reglamentacin apropiada de los horarios y condiciones de trabajo as como las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la proteccin de los derechos de los nios.

Anterior a la Convencin Sobre los Derechos del Nio, pero referido exclusivamente al trabajo infantil es el Convenio 138/1973 de la OIT: Edad mnima de trabajo. Su objetivo es fijar la edad mnima de admisin al empleo y o sentar pautas a partir de las cuales los Estados parte puedan determinarla, tomando en consideracin las condiciones de desarrollo de los menores y el tipo de actividades que realizan o podran ejecutar, lo que amerita la necesidad de la comunidad internacional de disponer de un instrumento general del que sean parte todos los Estados y tenga como finalidad eliminar el trabajo infantil a nivel mundial, as como una gua para realizar esa eliminacin de manera progresiva.(Organizacin Internacional del Trabajo, 1973).

En su parte normativa el Convenio compromete a los miembros de la organizacin a tomar medidas efectivas que aseguren la abolicin del trabajo infantil y vaya elevando de manera progresiva la edad mnima para acceder a un empleo, hasta llegar a los 18 aos, con lo cual se podra garantizar el pleno desarrollo fsico y mental de los menores antes de comenzar su vida laboral (artculo 1). La norma distingue entre el trabajo de los nios, que debe ser abolido de manera efectiva por el Estado, y el trabajo de los menores edad, cuyo lmite de edad para trabajar legalmente debe ser elevado progresivamente para asegurar su desarrollo de acuerdo con su capacidad fsica, intelectual, de desarrollo y sus necesidades educativas y de formacin general para el trabajo.

Para el trabajo de los menores de edad se establecen dos opciones: fijar la edad mnima de acceso al empleo tomando como criterio la edad en la que cesa la educacin bsica obligatoria, que puede ser diferente en cada Estado, o la edad efectivamente cumplida de 15 aos, con independencia del criterio anterior (artculo 2). Los Estados son libres de escoger una de esas dos opciones, pero en cualquier caso subyace la obligacin de fijar la edad a partir de la cual los menores de edad pueden acceder a un trabajo remunerado. En todo caso el lmite mnimo son los 15 aos de edad, por debajo del cual se considera trabajo infantil y queda prohibido, hasta cierto punto.

Una relativizacin de ese principio se justifica en las necesidades de desarrollo del pas, ya que el propio artculo permite que pueda fijarse la edad mnima de 14 aos cuando, cuando sea imprescindible de acuerdo con el contexto y las necesidades de la economa nacional, siempre en consulta con las organizaciones de los trabajadores para conocer su criterio y proceder en consecuencia(Organizacin Internacional del Trabajo, 1973). Adems de la edad mnima de 14 o 15 aos en dependencia de las consideraciones explicadas, el Convenio establece lmites de edades diferentes de acuerdo con el tipo de trabajo a realizar por el menor, lo cual debe ser garantizado por cada miembro de la OIT en su legislacin interna y sus polticas pblicas.

As dispone en el artculo 3 que la edad mnima de admisin a cualquier tipo de empleo o trabajo que pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores no deber ser inferior a dieciocho aos. Ese lmite puede ser los diecisis aos, siempre que queden plenamente garantizadas la salud, la seguridad y la moralidad de los adolescentes, y que stos hayan recibido instruccin o formacin profesional adecuada y especfica en la rama de actividad correspondiente.

En ciertas circunstancias, el propio artculo autoriza la posibilidad de que se puedan emplear menores de doce aos como edad mnima; la excepcin es la participacin de los menores en representaciones artsticas, donde no se establece un lmite de edad mnimo cuando lo autorice la autoridad competente, pero se limitar el nmero de horas que pueden trabajar y se han de garantizar las condiciones necesarias de proteccin y seguridad (artculo 8). Para garantizar las normas anteriores el Estado debe adoptar todas las medidas necesarias, incluso el establecimiento de sanciones apropiadas, determinar las personas responsables del cumplimiento, y debern indicar el nombre y apellidos y la edad o fecha de nacimiento, debidamente certificados siempre que sea posible, de todas las personas menores de dieciocho aos empleadas por l o que trabajen para l.

El Convenio 182/1999 de la OIT: peores formas de trabajo infantil es un texto normativo de sentido negativo, pues establece cules son las formas de trabajo que en ningn caso deberan realizar los menores de edad, y establece las obligaciones de los Estados de disminuirlas o eliminarlas en sus respectivos territorios, por ser atentatorias de los derechos bsicos de quienes la realizan, al tiempo que limitan las posibilidades de desarrollo normal de los menores y vulneran sus derechos fundamentales. El Convenio plantea en su exposicin de motivos que se requiere una accin inmediata para prevenir y erradicar el trabajo infantil y asegurar la rehabilitacin e insercin de los nios que hayan sido sometidos a trabajos de cualquier naturaleza, y se acojan a programas de educacin bsica gratuita.

La causa principal del trabajo infantil sera la pobreza, y su solucin a largo plazo sera un crecimiento econmico sostenido conducente al progreso social, en particular a la mitigacin de la pobreza y a la educacin universal. En trminos ms sencillos: la eliminacin del trabajo infantil pasa por la existencia de una sociedad donde se elimina la pobreza y se garantice el acceso a condiciones de vida adecuadas a todas las personas, donde los menores puedan dedicarse a las actividades propias de su edad y los adultos proveer lo necesario para satisfacer sus necesidades bsicas. En los trminos del Convenio, un nio se define como toda persona menor de 18 aos de edad (artculo 1), y los Estados deben protegerles contra las perores formas de trabajo infantil que se recogen en el artculo 2, que son todas las formas de esclavitud o las prcticas anlogas a la esclavitud, como la venta y la trata de nios, la servidumbre por deudas y la condicin de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de nios para utilizarlos en conflictos armados.

De igual manera se prohbe la utilizacin, el reclutamiento o la oferta de nios para la prostitucin, la produccin de pornografa o actuaciones pornogrficas; la utilizacin, el reclutamiento o la oferta de nios para la realizacin de actividades ilcitas, en particular la produccin y el trfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes; y el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dae la salud, la seguridad o la moralidad de los nios. Para evitar, disminuir o eliminar esas formas de trabajo infantil, los Estados deben adoptar medidas concretas, respecto de las cuales tambin el Convenio se pronuncia.

Las medidas ms importantes incluyen las siguientes: elaborar y poner en prctica programas de accin para eliminar, como medida prioritaria, las peores formas de trabajo infantil; esos programas de accin debern elaborarse y ponerse en prctica en consulta con las instituciones gubernamentales competentes y las organizaciones de empleadores y de trabajadores, tomando en consideracin las opiniones de otros grupos interesados, segn proceda; adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar la aplicacin y el cumplimiento efectivos de sus obligaciones derivadas del Convenio, incluidos el establecimiento y la aplicacin de sanciones penales o, segn proceda, de otra ndole.

De igual manera se debe adoptar medidas efectivas y en un plazo determinado con el fin de impedir la ocupacin de nios en las peores formas de trabajo infantil; prestar la asistencia directa necesaria y adecuada para librar a los nios de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitacin e insercin social; asegurar a todos los nios que hayan sido librados de las peores formas de trabajo infantil el acceso a la enseanza bsica gratuita y, cuando sea posible y adecuado, a la formacin profesional; identificar a los nios que estn particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos y tener en cuenta la situacin particular de las nias.

El Convenio ha sido complementado con las Recomendacin 190/1999 de la OIT, Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, en donde se presenta un programa de accin con las medidas no excluyentes que deberan aplicar los miembros de la organizacin para eliminar el trabajo infantil, entre las que se pueden mencionar las siguientes: informar, sensibilizar y movilizar al pblico en general y, en particular, a los dirigentes polticos nacionales y locales, los parlamentarios y las autoridades judiciales; hacer partcipes a las organizaciones de empleadores y de trabajadores y a las asociaciones civiles, y capacitarlas al respecto; e impartir formacin adecuada a los funcionarios pblicos competentes, en especial a los inspectores y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, as como a otros profesionales pertinentes.

Asimismo se exige permitir a todo Miembro que procese en su territorio a sus nacionales que infrinjan las disposiciones nacionales sobre la prohibicin y la eliminacin inmediata de las peores formas de trabajo infantil, aun cuando dichas infracciones se hayan cometido fuera de su territorio; simplificar los procedimientos judiciales y administrativos, y velar por que sean adecuados y rpidos; registrar y difundir las prcticas idneas en materia de eliminacin del trabajo infantil; difundir, en los idiomas o dialectos que corresponda, las disposiciones jurdicas o de otra ndole sobre el trabajo infantil; adoptar medidas apropiadas para mejorar la infraestructura educativa y la capacitacin de maestros que atiendan las necesidades de los nios y de las nias, y sensibilizar a los padres sobre el problema de los nios que trabajan en esas condiciones.

Como puede apreciarse, los instrumentos internacionales establecen el marco regulatorio ideal dentro del cual deben darse las condiciones para que los menores de edad puedan acceder a ciertos tipos de empleo, la prohibicin absoluta del mismo y las formas de trabajo que en ningn caso deberan realizar; sin embargo, la implementacin prctica de esas normas dependen de las condiciones concretas de cada Estado, tanto a nivel legislativo como de las condiciones materiales para proteger a los menores ante el trabajo infantil que se convierte en una va de escape para satisfacer sus necesidades bsicas cuando los adultos no son capaces de hacerlo por diversas razones (Campoverde, 2019). Por ello es importante hacer un repaso de las polticas pblicas del gobierno ecuatoriano para disminuir y eliminar el trabajo infantil en el marco de sus responsabilidades internacionales y constitucionales en cuanto a la proteccin de la niez y la adolescencia.

 

Metodologa

La unidad de anlisis se ubica en la Repblica del Ecuador, especficamente en las ciudades de Quito, Ambato y Riobamba, lugar en donde se estudi al trabajo infantil que realizan los NNA hijos de extranjeros en movilidad humana. Los investigadores asumen un enfoque cualitativo; para el estudio del problema jurdico se aplic el mtodo inductivo, analtico jurdico y descriptivo jurdico; por estas caractersticas la investigacin es de nivel descriptivo; de tipo pura, documental, dogmtica, descriptiva jurdica, de diseo no experimental, porque no existe una manipulacin intencional de ninguna variable, lo que se realiz es un anlisis del marco jurdico aplicable al tema y las manifestaciones concretas del trabajo infantil en Ecuador en el contexto de la proteccin especial de los derechos las nias, nios y adolescentes como sujetos de atencin prioritaria definidos en la Constitucin.

La poblacin involucrada en el trabajo investigativo est constituida por expertos del Ministerio de Inclusin Econmica y Social vinculados a la atencin de la niez y la adolescencia, y especficamente en la ejecucin de las polticas contra el trabajo infantil, a quienes se les aplic una gua de entrevista, con preguntas estructuradas. De igual forma, para la recopilacin de la informacin se acudi a fuentes documentales dogmticas como la Constitucin de la Repblica, Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia, artculos cientficos, libros sobre los derechos de los NNA, informes acadmicos e institucionales sobre el trabajo infantil, la proteccin especial de las NNA.

El tratamiento de la informacin cumple 3 fases. La tabulacin de resultados que es la cualificacin de la informacin recopilada en la gua de entrevista; la interpretacin de resultados, que es una actividad investigativa que permite conocer las opiniones y argumentos de los entrevistados en fusin a cada tem; y, la discusin de los resultados que es la confrontacin de las opiniones dadas por la poblacin de control.

 

Resultados y discusin

PREGUNTA 1: Cules son las principales causas del trabajo infantil en el Ecuador?

VARIABLE DE STUDIO: Principales causas del trabajo infantil

En su argumentacin los expertos sealaron que una de las razones principales es el desempleo, y los escasos recursos econmicos de las familias; que el desempleo ha desencadenado un sin nmero de actividades laborares de NNA para el sustento de las familias del Ecuador, sobre todo en las grandes ciudades donde se aprovecha la alta densidad poblacional para obtener ingresos mediante el trabajo infantil en actividades como la venta informal o la mendicidad; otro dato es que no siempre el trabajo infantil es percibido como negativo, pues en algunos casos son actividades normalizadas por la familia que han sido de generacin en generacin por tal motivo no lo ven como vulneracin de derechos.

Tambin se seal como una de las causas para que exista el trabajo infantil es el desconocimiento de las leyes porque es una vulneracin de derechos a los NNA y los paps de este grupo de atencin prioritaria ha normalizado el trabajo infantil y lo cataloga como ayuda dentro del hogar; de igual manera se dan situaciones ms compleja como la de padres de los NNA optan por alquilar a sus hijos a otras personas para que se movilicen a lugares transitados por gran cantidad de personas para que realicen actividades laborales, y de esa manera obtener dinero tanto el progenitor del menor como quien lo alquila para esas actividades ilcita en perjuicio del NNA.

A consecuencia del desempleo, indicaron, algunos padres han tenido que duplicar las actividades laborales de todos los miembros del ncleo familiar, adems de la migracin dejando en abandono a sus hijos o al cuidado de otros familiares, otra de las causas para que exista el trabajo infantil es el desconocimiento de las leyes ya que son actividades que vienen de generacin en generacin mismas que han sido normalizadas y los padres de familia no son conscientes de los riesgos que esto conlleva; finalmente se mencion adems la escases de recursos para satisfacer las necesidades de los menores y las dificultades para obtener dinero de otra manera, lo que impulsa a utilizar a los menores para el trabajo o la mendicidad. Esos resultados son consistentes con lo que se plantea por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia(2021), donde se describen las causas del trabajo infantil y su incidencia en Amrica Latina.

Esos criterios se corresponden con lo planteado por Acevedo et al., por (2011), quienes en su estudio analizaron las causas determinantes y consecuencias del trabajo infantil mediante un anlisis de la literatura relevante sobre el tema, donde sealan como causa principal la pobreza de las familias cuyos menores se dedican al trabajo infantil. Es importante tener en cuenta que estas son solo algunas de las principales causas del trabajo infantil en Ecuador, la realidad es compleja y vara segn la regin, la comunidad y la familia; en este sentido, se puede concluir sealando que, el trabajo infantil es una grave violacin de los derechos de los nios y tiene consecuencias negativas a largo plazo para su salud, educacin y desarrollo, en este sentido, es importante trabajar juntos para erradicar el trabajo infantil en Ecuador y garantizar que todos los nios tengan la oportunidad de alcanzar su mximo potencial.

PREGUNTA 2: Existen estadsticas de los nios, nias y adolescentes extranjeros que realizan trabajo infantil en el Ecuador?

VARIABLE DE STUDIO: Estadsticas

En esta pregunta los expertos manifestaron dismiles respuestas, ya que algunos alegaron no saber la cantidad de nios extranjeros dedicados al trabajo infantil, en tanto otros indicaron porcentajes diferentes o manifestaron que tales estadsticas no existen; uno de ellos aleg que dentro del distrito en que trabaja por el momento no existen estadsticas ya que los NNA se encuentran de paso por el sector y no brindan mayor informacin; otra manifest que desconoce las estadsticas de NNA extranjeros que realicen trabajo infantil, mientras otros manifest que segn los datos que se ha identificado son alrededor del 8,6% de menores de 18 aos que realizan trabajo infantil; que hasta el 2022 las estadsticas eran que el 7,1% de los menores de edad realizaban trabajo infantil, o que aproximadamente el 8,6% de menores de 18 aos del extranjero que realizan trabajo infantil. En su trabajo de investigacin Campoverde (2019) menciona que no existen estadsticas que sean en extremo confiable por las dificultades de realizar la medicin sobre todo en zonas rurales, y menos an estadsticas de menores extranjeros. Segn cifras del Instituto Nacional de Estadsticas y Censos [INEC], durante el 2022, en Ecuador, 270.340 nias y nios de entre 5 y 14 aos trabajaban. Estos nios y nias representan el 7,1% de la poblacin infantil. La mayora de los nios y nias del segmento trabajador tienen 14 aos (26,8%), mientras que el 2,3% tiene 7 aos. El 71% de nios y nias que trabajan lo hacen en la agricultura y ganadera, el 21% en el sector de servicios y el 8,1% en la industria. Apenas el 30,5% declara que percibe ingresos por su trabajo (CEPAL, 2022).

PREGUNTA 3: Cules son las principales actividades de trabajo infantil que ejecutan los nios, nias y adolescentes en el Ecuador?

VARIABLE DE STUDIO: Principales actividades de trabajo infantil

Las actividades que mayormente realizan los menores como forma de trabajo infantil es la venta informal seguido del trabajo de campo como son siembra y cosecha de productos de la regin; ello depende adems de la zona donde vivan, ya que los que se radican cerca de los ros o en la costa se dedica a la pesca, la recoleccin de mariscos o en general actividades asociadas a ello. En las zonas rurales se dedican a la agricultura y la crianza de animales de granja para luego vender, mientras en la zona urbana es el comercio informal, la recoleccin de desechos domsticos, el reciclaje y la mendicidad. Se indica asimismo que en la regin de la sierra existe comercio informal, agricultura, cuidado de autos en diferentes puntos de garajes, recoleccin de basura, la venta informal en las calles, la minera ilegal, la pesca. Contrastado este resultado con el Convenio 182/1999 de la OIT: peores formas de trabajo infantil se pudieron constatar que no existe ninguna de esas peores formas de trabajo infantil descritas en dicho instrumento internacional.

Segn el Ministerio de Educacin (2023), el trabajo infantil se categorizar segn la edad del nio, nia o adolescente, el tipo de trabajo realizado, la cantidad de horas de trabajo, las condiciones en las que trabajan y si interfiere con su escolarizacin, hay actividades a las que pueden dedicarse nios, nias y adolescentes porque se consideran positivas para su desarrollo y les proporcionan habilidades y experiencias, sin embargo, hay otras modalidades de trabajo que interfieren de manera significativa en su ptimo desarrollo y afectan directamente en su integridad tanto fsica como mental. En este sentido, la observacin dirigida permite establecer que el principal trabajo infantil que realizan los nios extranjeros en el Ecuador se relaciona con la mendicidad, menores que oscilan entre los meses de nacido y los 3 aos, son utilizados para pedir caridad; lo nios entre 4 y 7 aos limpian los vidrios de los vehculos, venden caramelos o chucheras en las principales calles de las ciudades.

PREGUNTA 4: Qu acciones se realizan desde el MIES para disminuir y erradicar trabajo infantil de menores extranjeros en el Ecuador?

VARIABLE DE STUDIO: Acciones que realiza el MIES

El trabajo infantil de menores extranjeros en Ecuador es una problemtica compleja que exige atencin urgente e integral. Esta situacin vulnera los derechos fundamentales de los nios, nias y adolescentes (NNA), exponindolos a graves riesgos y privndolos de oportunidades esenciales para su desarrollo pleno.

Segn datos de UNICEF, en Ecuador existen alrededor de 200.000 NNA en situacin de trabajo infantil, de los cuales un porcentaje significativo son menores extranjeros. En efecto, los entrevistados, en su argumentacin mencionaron que una de las principales actividades es la identificacin y el abordaje a los NNA que realizan esta actividad; que se han creado centros de erradicacin de trabajo infantil para que los NNA reciban ciertos beneficios mientras sus representantes legales realicen actividades laborales; que se vinculan al proyecto de erradicacin del trabajo infantil para realizar un seguimiento con el fin de restituir los derechos al NNA y desvincular de esta actividad; que una de las acciones es la de restituir los derechos vulnerados y en algunos casos ms graves se toma acciones legales ante los progenitores o cuidadores de los NNA. De igual manera se realiza coordinacin con otras instituciones en especial en el mbito legal ya que se ha evidenciado casos de maltrato infantil, trata de personas o abandono por parte de los progenitores de los NNA. Esas acciones son mencionadas tambin por Campoverde (2019), por lo que puede afirmarse que se adoptan medidas de proteccin para erradicar el trabajo infantil y sancionar a los progenitores.

Para mitigar el trabajo infantil de nacionales y extranjeros en el Ecuador, se debe implementar programas de apoyo econmico y social dirigidos a familias en situacin de pobreza extrema, especialmente aquellas con NNA a cargo; ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la educacin pblica, asegurando que sea gratuita, accesible e inclusiva para todos los NNA, independientemente de su situacin migratoria; implementar campaas de sensibilizacin sobre los derechos de los NNA y los riesgos del trabajo infantil, dirigidas a la poblacin en general, autoridades locales, comunidades y empleadores; facilitar el acceso de las vctimas de trabajo infantil a la justicia, garantizando procesos legales justos y protegindolos de represalias; establecer mecanismos de colaboracin entre Ecuador y los pases de origen de los NNA migrantes para prevenir el trabajo infantil, proteger a los NNA y facilitar su retorno seguro a sus hogares.

PREGUNTA 5: Qu derechos de las nias, nios y adolescentes se ven afectados con el trabajo infantil?

VARIABLE DE STUDIO: Derechos de las nias, nios y adolescentes

El trabajo infantil en Ecuador representa una grave amenaza a los derechos fundamentales de las NNA, vulnerando su bienestar fsico, mental y social, y obstaculizando su desarrollo pleno. Este problema social, impide que los NNA puedan asistir a la escuela y recibir una educacin adecuada, lo que limita sus oportunidades de futuro y perpeta el ciclo de la pobreza, les expone a condiciones laborales peligrosas y abusivas lo que puede ocasionarles lesiones fsicas, enfermedades y problemas de salud a largo plazo. Escobar et al., (2024), seala que, en general, el trabajo infantil es un fenmeno complejo con aspectos sociales, econmicos, culturales, jurdicos e incluso polticos, este fenmeno social representa una preocupacin en mltiples mbitos, ya que no se limita a la academia o las ciencias sociales, sino que tambin los empresarios y lderes polticos que deben aplicar acciones y estrategias ante el aumento de NNA al mercado laboral, en su mayora de forma informal.

Los expertos en esta temtica mencionan que son un gran cantidad de derechos los derechos de los NNA que se ven afectados con el trabajo infantil, pero los ms importantes son el acceso a la educacin, la salud, el no ser discriminados, el acceso a ocio y esparcimiento; que los derechos que han sido vulnerados son el de acceso a la salud y al sistema educativo; a disfrutar del tiempo libre, a la identidad deportiva y la recreacin; que el derecho ms afectado es el de estudiar porque muchos padres de familias o representantes legales debido a su escasa formacin acadmica no han tomado importancia en que los NNA tengan el acceso a la educacin; y que el derecho a la salud es el principal derecho afectado porque son menores de edad que se encuentran en la etapa de su desarrollo integral y las actividades laborales perjudican su desenvolvimiento debido a las diferentes enfermedades que pueden adquirir como la desnutricin crnica infantil. Los derechos mencionados por los expertos coinciden con los identificados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (2021) donde se seala que el trabajo infantil afecta el desarrollo integral y la educacin de los menores, as como el derecho al tiempo libre, la recreacin y la vida sana.

La Organizacin internacional del Trabajo (OIT, 2019), afirma que, El trabajo infantil es una cuestin mundial de derechos humanos y laborales que nos afecta a todos (p.2), ocuparse de l es necesario porque sus consecuencias pueden afectar negativamente, el progreso educativo, la salud mental, y, el desarrollo sociocognitivo de los NNA, as como su incorporacin productiva en la vida adulta (Escobar, et al. 2024, p. 654). En este sentido, uno de los propsitos de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 aprobada por los dirigentes mundiales en septiembre de 2015 en una cumbre histrica de las Naciones Unidas es, poner fin a la pobreza en todas sus formas y reducir la desigualdad, para ello, es fundamental que los Estados y Gobierno del mundo adopten medidas, ejecuten estrategias y programas reales que garanticen el goce efectivo de los derechos de la NNA, ya que ellos son el presente y futuro de la Patria.

PREGUNTA 6: Qu acciones se debera realizar para disminuir y erradicar el trabajo infantil en Ecuador?

VARIABLE DE STUDIO: Acciones para disminuir y erradicar el trabajo infantil

El trabajo infantil es una realidad que afecta a miles de NNA en Ecuador, privndolos de su derecho a una infancia plena y a una educacin adecuada, para disminuir y erradicar esta problemtica, es necesario implementar medidas efectivas a nivel gubernamental, social y econmico. Se debe fortalecer las leyes y polticas de proteccin a la infancia, garantizando su cumplimiento y aplicacin eficaz, deben establecerse sanciones severas para quienes empleen a nios de forma ilegal, as como programas de capacitacin y sensibilizacin para fomentar una cultura libre de trabajo infantil; adems, es importante promover la participacin activa de la sociedad civil, las empresas y las organizaciones internacionales en la lucha contra el trabajo infantil. Se deben establecer alianzas estratgicas para identificar y proteger a los nios en situacin de riesgo, brindando apoyo social y econmico a sus familias para garantizar su educacin y bienestar.

En este sentido los entrevistados indican que es necesario concientizar y sensibilizar a la ciudadana para que no aporten a esta actividad porque vulneran los derechos de los NNA; que se debera crear ms polticas pblicas hacia los padres o representantes legales de los NNA mismas que sean con sanciones ms estrictas hacia ellos; que se debe sensibilizar a la ciudadana que por pena a por apoyar a los NNA compran productos sin darse cuenta que vulneran sus derechos; que es necesario implementar polticas pblicas que exijan a las dems instituciones colaborar en las actividades hacia los NNA adems de agilitar los procesos legales que ciertos NNA se encuentran insertos.

De igual manera se propone que cada municipio cree ordenanzas con severas sanciones para los padres de familia o representes de los NNA que envan a sus hijos a trabajar sin tomar en consideracin los riesgos a los que estn expuestos en todo momento; que se deben utilizar tanto los canales oficiales como las redes sociales para la sensibilizacin y concientizacin a la ciudadana para que se comprenda que al comprar ciertas cosas a los NNA son parte de la vulneracin de derechos; y que es necesario implementar polticas pblicas y ordenanzas en las municipalidades ante esta problemtica que se evidencia cada da en el territorio ecuatoriano. Las acciones propuestas se corresponden en gran medida con las recomendaciones que constan en Campoverde (2019), donde menciona la necesidad de que trabaje con los progenitores, la sociedad y la familia para evitar que los nios trabajen.

Para disminuir y erradicar el trabajo infantil y garantizar los derechos de NNA en el Ecuador, el Gobierno, debe implementar y fortalecer polticas pblicas para la prevencin y erradicacin del trabajo infantil, incluyendo programas de educacin, proteccin social y acceso a oportunidades de trabajo decente para adultos; aumentar la inversin en educacin de calidad y gratuita para todos los NNA, independientemente de su situacin migratoria; fortalecer los mecanismos de inspeccin y vigilancia para identificar y rescatar a NNA en situacin de trabajo infantil y garantizar el acceso a la justicia para las vctimas de trabajo infantil.

Por su parte las organizaciones de la sociedad civil como las Organizaciones no gubernamentales (ONG) y asociaciones civiles pueden trabajar en la sensibilizacin sobre los derechos de los NNA y los riesgos del trabajo infantil; brindar apoyo y asistencia a NNA en situacin de trabajo infantil, incluyendo atencin psicolgica, social y educativa.; promover la participacin activa de los NNA en la toma de decisiones que afectan su bienestar; las empresas del sector privado deben adoptar polticas de responsabilidad social que prohban el trabajo infantil en sus cadenas de suministro y operaciones; brindar oportunidades de trabajo decente y justas a los adultos, con salarios dignos y condiciones laborales seguras; finalmente, las familias y comunidades deben ser informadas sobre los derechos de los NNA y los riesgos del trabajo infantil; denunciar ante las autoridades cualquier caso de trabajo infantil que se observe en la comunidad, apoyar y colaborar con las iniciativas para la prevencin y erradicacin del trabajo infantil.

 

Conclusiones

Con el anlisis de la fundamentacin terica y los resultados de la investigacin, se puede afirmar que el trabajo infantil en Ecuador sigue siendo un problema grave, y que las polticas pblicas dictadas hasta el momento no han sido suficientes para erradicar este problema, que cada ao en las grandes ciudades y en determinadas pocas como las navidades, semana santa o carnavales, aumenta la cantidad de menores que se dedican a actividades econmicas como la venta informal o la mendicidad, ello referido a las zonas urbanas. A diferencia de ello, en las zonas rurales los menores se dedican de manera permanente a trabajos como la agricultura, la ganadera o la pesca, as como a la minera ilegal.

Se concluye que si bien el marco regulatorio es exhaustivo en cuanto a la regulacin del trabajo de los menores y la prohibicin del trabajo infantil, en la prctica el cumplimento de esas normas se ve limitado por factores materiales como la pobreza de la familia, la falta de empleos, la escasez de recursos y en algunos casos el trabajo infantil se ve como algo normal en el seno de la familia porque lo han realizado como tradicin para ayudar en el hogar; en opinin de los expertos se requieren ms acciones y polticas para erradicar el trabajo infantil, as como la concientizacin y colaboracin de la familia para que no colaboren comprando productos o dando limosna a los menores que practican la mendicidad.

En general los expertos consideran que las acciones realizadas hasta el presente son positivas y efectivas, en particular aquellas que tiene que ver con la desvinculacin de los menores del trabajo infantil, la reinsercin en el sistema educativo, la inclusin econmica y social y la vinculacin a centros de atencin especializada donde se satisfacen las necesidades de los menores ms vulnerables; consideran que esas polticas y acciones pudieran ser ms efectivas si existiera coordinacin y apoyo de otras instituciones relacionadas con el tema, lo cual se ve limitado en la actualidad por la falta de apoyo institucional y los interese polticos que no permiten en todo los casos la restitucin de derechos o el ejercicio de acciones directa contra los progenitores o responsables de los menores.

Respeto al trabajo infantil que realizan los menores extranjeros los expertos indicaron que no existen estadsticas, o dan cifras diversas de acuerdo a su mbito de actuacin, alegando en todo caso que ese grupo especfico no aporta informacin como para saber su cantidad, actividades que realizan o cualquier otro dato relevante pues se encuentran en situacin de movilidad y vagan de un lugar a otro con sus progenitores sin asentarse por lo general en algn lugar en el que puedan ser asistidos o recibir los beneficios de las polticas pblicas mencionadas, pero que en general no existe mayor diferencia entre los menores ecuatorianos y los extranjeros que se dedican al trabajo infantil, a no ser la situacin de movilidad de estos ltimos, lo cual les impone una doble condicin de vulnerabilidad que no siempre puede ser atendida por las razones indicadas.

Finalmente, cabe sealar que en el estudio documental ni en el anlisis de la entrevista a los expertos se determin la existencia de cualquiera de las peores formas de trabajo infantil descritas en el Convenio 182/1999 de la OIT: peores formas de trabajo infantil.

 

 

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