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Los efectos del sorteo Judicial irregular sobre el derecho a la Tutela Judicial efectiva en Garant�as Jurisdiccionales

 

The effects of the irregular judicial draw on the right to effective judicial protection in jurisdictional guarantees

 

Os efeitos do Poder Judicial irregular assentam no direito � efetiva Prote��o Judicial nas Garantias Jurisdicionais

Tania Elizabeth Vinueza-Ramon I
taniaeliza101@gmail.com
https://orcid.org/0009-0003-5157-3079

,Diego Enrique Avalos-Vaca II
famosodravalos@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0001-6954-491X
Cristian David Cantos-Ojeda III
dcantosojedar@gmail.com
https://orcid.org/0009-0005-8686-7768
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: taniaeliza101@gmail.com

 

Ciencias Sociales y Pol�ticas

Art�culo de Investigaci�n

 

 

* Recibido: 04 de junio de 2024 *Aceptado: 18 de julio de 2024 * Publicado: �07 de agosto de 2024

 

        I.            Universidad Nacional de Chimborazo, Ecuador.

      II.            Universidad Nacional de Chimborazo, Ecuador.

   III.            Universidad Nacional de Chimborazo, Ecuador.

 


Resumen

En el presente art�culo de investigaci�n se analizan los efectos del sorteo judicial irregular sobre el derecho a la tutela judicial efectiva en garant�as jurisdiccionales, sobre el derecho a la seguridad jur�dica y al juez natural en sus respectivas dimensiones, partiendo del hecho de que la manipulaci�n del sistema de sorteo de causas judiciales permite direccionar una demanda de garant�as jurisdiccionales a un juez o unidad judicial en particular, con la finalidad de obtener una resoluci�n favorable, otorgando a cambio alg�n tipo de beneficio personal o econ�mico como se pone de manifiesto en los informes de la Contralor�a General del Estado y del Consejo de la Judicatura. Se realiz� un estudio de enfoque cualitativo, no experimental, de alcance explicativo y de tipo documental bibliogr�fico. Al estudio de las fuentes se aplicaron como m�todos de investigaci�n el an�lisis exeg�tico, la revisi�n documental y el an�lisis y s�ntesis, los cuales permitieron responder la pregunta de investigaci�n y formular conclusiones y recomendaciones pertinentes con base en los hallazgos m�s relevantes. En lo principal se concluye que la manipulaci�n del sorteo de causas afecta el derecho a la seguridad jur�dica, a la tutela judicial efectiva y al juez natural, y que ello requiere una revisi�n tanto del sistema de sorteo como de las actuaciones de los servidores judiciales con acceso al mismo, a fin de asegurar la correcta administraci�n de justicia, los derechos fundamentales y la transparencia de todo el sistema judicial.

Palabras clave: Seguridad jur�dica; Juez natural; Sorteo de causa; Sorteo irregular; Tutela judicial efectiva.

 

Abstract

This research article analyzes the effects of the irregular judicial draw on the right to effective judicial protection in jurisdictional guarantees, on the right to legal security and to the natural judge in their respective dimensions, based on the fact that the manipulation of the judicial case drawing system allows directing a demand for jurisdictional guarantees to a particular judge or judicial unit, in order to obtain a favorable resolution, granting in exchange some type of personal or economic benefit as shown in the reports of the Comptroller General of the State and the Council of the Judiciary. A qualitative, non-experimental, explanatory and bibliographical documentary study was carried out. To the study of the sources, exegetical analysis, documentary review and analysis and synthesis were applied as research methods, which allowed to answer the research question and formulate pertinent conclusions and recommendations based on the most relevant findings. The main conclusion is that the manipulation of the drawing of cases affects the right to legal security, effective judicial protection and the natural judge, and that this requires a review of both the drawing system and the actions of the judicial officers with access to it, in order to ensure the correct administration of justice, fundamental rights and transparency of the entire judicial system.

Keywords: Legal security; Natural judge; Drawing of cases; Irregular drawing; Effective judicial protection.

 

Resumo

Este artigo de investiga��o analisa os efeitos da lotaria judicial irregular no direito � tutela jurisdicional efetiva nas garantias jurisdicionais, no direito � seguran�a jur�dica e no juiz natural nas respetivas dimens�es, partindo do facto de que a manipula��o do sistema de sorteio para processos judiciais permite que uma exig�ncia de garantias jurisdicionais seja dirigida a um determinado juiz ou unidade judici�ria, com o objetivo de obter uma resolu��o favor�vel, concedendo em troca algum tipo de benef�cio pessoal ou econ�mico conforme evidenciado nos relat�rios da Controladoria-Geral da Rep�blica. Foi realizado um estudo com uma abordagem qualitativa, n�o experimental, �mbito explicativo e tipo bibliogr�fico documental. A an�lise exeg�tica, a revis�o documental e a an�lise e s�ntese foram aplicadas como m�todos de investiga��o ao estudo das fontes, o que nos permitiu responder � quest�o de investiga��o e formular conclus�es e recomenda��es relevantes com base nos achados mais relevantes. No essencial, conclui-se que a manipula��o do sorteio dos processos afecta o direito � seguran�a jur�dica, � tutela jurisdicional efectiva e ao juiz natural, e que isso exige uma revis�o tanto do sistema de sorteio como da actua��o dos servidores judiciais com acesso a a forma a garantir a correta administra��o da justi�a, os direitos fundamentais e a transpar�ncia de todo o sistema judicial.

Palavras-chave: Seguran�a jur�dica; juiz natural; Provoca empate; Empate irregular; Prote��o judicial eficaz.

 

Introducci�n

Uno de los tr�mites internos que se realiza al momento de presentar una demanda de garant�as jurisdiccionales ante los jueces de primer nivel, es el sorteo de la causa que se realiza por el t�cnico judicial correspondiente, luego de la introducci�n de los detalles al Sistema Autom�tico de Tr�mite Judicial Ecuatoriano (SATJE); dicho sistema, de manera autom�tica, le asigna la causa a un juez, que necesariamente debe ser el que le corresponda por turno, de acuerdo con el sistema de distribuci�n de servidores jurisdiccionales que lleva cada unidad judicial con competencia en garant�as jurisdiccionales, o el que est� de guardia de no ser d�a h�bil.

Sin embargo, en varios informes recientes de la Contralor�a General del Estado se ha detectado que el sistema es vulnerable, que ha sido vulnerado con bastante frecuencia�(Gonz�lez, 2023), y que se han asignado procesos a jueces que no fueron sorteados por el sistema, se han redirigido sorteos de causas a jueces que no les correspond�a, o se han sorteado garant�as jurisdiccionales a trav�s de la casilla correspondiente a flagrancia u otros tr�mites distintos, lo que evidentemente constituye una violaci�n tecnol�gica, pero sobre todo una afectaci�n al derecho a la seguridad jur�dica, al juez natural y a la tutela judicial efectiva de las personas afectadas, en particular cuando se trata de demandas de garant�as jurisdiccionales donde se est�n vulnerando derechos al momento de proponerlas, o ya ha cesado la violaci�n pero se produjo un da�o al accionante.

Si bien la manipulaci�n del sorteo de causas no es un problema nuevo, reci�n sali� a la palestra p�blica con el caso del ex alcalde de Quito Jorge Yunda, el cual �destap� la manipulaci�n de los sorteos de causas en el sistema Satje��(Plan V, 2023). Por esos hechos han sido sancionados varios servidores judiciales como jueces, secretarios y auxiliares, entre otros�(Consejo de la Judicatura, 2023); incluso la jueza que favoreci� a Jorge Yunda recientemente ha sido sancionada a tres a�os de privaci�n de libertad por tr�fico de influencias, pues a ella se sorte� la causa de manera irregular�(La Hora, 2024).

En esas circunstancias, es claro que el derecho a la seguridad jur�dica reconocido en el art�culo 82 de la Constituci�n de la Rep�blica de 2008 (Asamblea Constituyente, 2008) resulta vulnerado, pues la ley no es aplicada por la autoridad competente como exige la norma, sino por aquella a quien se sortea la causa de manera irregular. Tampoco se respeta el principio del juez natural, el cual establece que toda persona involucrada en un proceso judicial sea juzgada por el juez competente, que est� predeterminado por la ley, que sea imparcial, id�neo, aut�nomo e independiente.

En ese contexto se plantea como pregunta de investigaci�n la siguiente: �C�mo se afecta el derecho a la tutela judicial efectiva con el sorteo irregular de causas en garant�as jurisdiccionales que conocen los jueces de primer nivel? Como resultado de la investigaci�n se presentan los argumentos en favor de la necesidad de una reforma del sistema de sorteo de causas judiciales, lo cual ser�a una medida id�nea y necesaria para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de los accionantes frente a la manipulaci�n o uso irregular del sistema.

 

Metodolog�a

Para el desarrollo de la investigaci�n se utiliz� una metodolog�a de enfoque cualitativo, de tipo no experimental y de alcance correlacional. La investigaci�n cualitativa se caracteriza porque las fuentes de informaci�n son analizadas y tratadas desde el punto de vista de las cualidades y potencialidades para dar respuesta al problema de investigaci�n; su finalidad es comprender los hechos o procesos objeto de estudios, y proporcionar una explicaci�n l�gica o causal de sus manifestaciones, causas y efectos sobre la variable dependiente�(Hern�ndez, Collado, & Baptista, 2010).

En tal sentido, ha sido aplicada para caracterizar el proceso de sorteo de causas, el derecho a la seguridad jur�dica, a la tutela judicial efectiva y al juez natural en garant�as jurisdiccionales. El proceso se describe tal como est� previsto en la normativa aplicable en cuanto a los sorteos de causas judiciales, especialmente en demandas de garant�as jurisdiccionales, donde por las caracter�sticas de sencillez, rapidez con que de be ser resuelta la acci�n propuesta y el hecho de que todos los d�as son h�biles, la competencia recae sobre el juez que determine el sorteo, el cual no necesariamente debe ser especializado en garant�as jurisdiccionales.

La investigaci�n es no experimental, porque se centra en categor�as, conceptos, variables, sucesos o contextos que se dan sin la intervenci�n directa del investigador; es decir, sin que el investigador altere el objeto de investigaci�n; es por ello que el objeto de estudio que pueden ser hechos, procesos o acontecimientos, se analizan tal como se dan en su contexto natural, para despu�s identificarlos y describirlos de una manera lo m�s objetiva posible. En un estudio no experimental no se construye ninguna situaci�n, sino que se observan situaciones ya existentes y se examinan sus manifestaciones f�cticas regulares o irregulares.

En una investigaci�n de dise�o no experimental como la presente, �no se manipulan las variables, los fen�menos se observan de manera natural, para posteriormente analizarlos��(Arispe et al., 2020, p. 69). Siendo as�, el sorteo de causas fue analizado tal como consta en el respectivo sistema, sin introducir informaci�n adicional o modificar el proceso automatizado. Para completar de la forma m�s exhaustiva posible, se revisaron informes de organismos reguladores o fiscalizadores de la materia, como el Consejo de la Judicatura y la Contralor�a General del Estado, respectivamente.

En cuanto a su alcance, la investigaci�n es de explicativa, pues su finalidad es identificar las principales afectaciones que se producen sobre los derechos de los accionantes, a causa de la manipulaci�n del sistema de sorteo de causas en garant�as jurisdiccionales, con lo cual se busca asignar determinadas causas a jueces de los que se esperar�a obtener una resoluci�n favorable, o a los que estar�an dispuestos a interpretar la ley de manera parcializada a cambio de alg�n beneficio, aun enfrentando la posibilidad de ser destituidos por ello.

Seg�n Hern�ndez et al., �los estudios explicativos van m�s all� de la descripci�n de conceptos o fen�menos o del establecimiento de relaciones entre conceptos; es decir, est�n dirigidos a responder por las causas de los eventos y fen�menos f�sicos o sociales��(Hern�ndez, Collado, & Baptista, 2010, p�g. 96). Bajo ese presupuesto, el sorteo irregular de causas y la manipulaci�n de los sistemas inform�ticos para redireccionar procesos a determinados jueces, es una de las causas que inciden de manera negativa en los derechos del accionante, a la vez que afectan la transparencia en la administraci�n de justicia y la seguridad jur�dica.

Como fuentes para la investigaci�n fueron analizados libros y art�culos cient�ficos sobre el tema, as� como notas period�sticas e informes de instituciones como el Consejo de la Judicatura y la Contralor�a General del Estado, donde se ponen de manifiesto el funcionamiento del sistema SATJE, las irregularidades y vulnerabilidades que presenta, y las medidas que se deben adoptar para corregirlas, en funci�n de garantizar que el sistema no sea manipulado por agentes internos a la administraci�n de justicia o abogados con inter�s en que se sortee el proceso hacia un juez en particular cuando no le corresponda conocer de la causa.

Se aplicaron como m�todos de investigaci�n el an�lisis exeg�tico, la revisi�n documental y el an�lisis y s�ntesis, los cuales permitieron responder la pregunta de investigaci�n y formular conclusiones y recomendaciones pertinentes con base en los hallazgos m�s relevantes. El resultado es una caracterizaci�n del sistema de sorteo de causas en garant�as jurisdiccionales, las principales vulnerabilidades a que est� expuesto y las consecuencias sobre los derechos del accionante y la transparencia de la administraci�n de justicia.

 

 

 

 

Resultados y discusi�n

Contexto del problema de investigaci�n

La pol�tica judicial se ha debatido constantemente entre la reforma y el mantenimiento del estatus quo, siempre asociada a los intereses pol�ticos y a la necesidad de garantizar la transparencia en las actuaciones judiciales, pero con la intencionalidad oculta o manifiesta de controlar al poder judicial desde el poder pol�tico. Ecuador no ha estado ajeno esa din�mica, y los �ltimos 15 a�os son un ejemplo de las pugnas entre las diferentes funciones del Estado.

La finalidad �ltima de esas fricciones es hacerse del control del Consejo de la Judicatura y de la Corte Nacional de Justicia, instancias desde donde buscan controlar a los jueces especialmente a los relacionados con casos de relevancia pol�tica o medi�tica, as� como en aquellos casos donde hay intereses de los que puedan obtener beneficios los propios jueces u operadores del sistema de justicia.

Una de las formas en que se manipula el sistema de justicia es en el sortero de causas, particularmente en garant�as jurisdiccionales como la acci�n de protecci�n o la acci�n de h�beas corpus, esta �ltima con utilizada con frecuencia de manera abusiva para obtener la libertad personal de los procesados, acciones de protecci�n propuestas contra decisiones eminentemente pol�ticas, y direccionamiento de causas a jueces o unidades judiciales de los que se espera obtener una resoluci�n favorable, o de los que est�n dispuesto a recibir dinero o cualquier otro beneficio a cambio de una decisi�n sin importar que les cueste su puesto en la judicatura.

Se trata, en resumen de hechos de corrupci�n que deben ser investigados y sancionados a los responsables como se est� haciendo en la actualidad con el llamado �Caso Purgas� que involucra a algunos jueces de la Corte Provincial de Guayas, y antes en el �Caso Met�stasis� donde aparecen involucrados jueces y singularmente el ex presidente del Consejo de la Judicatura, quien actualmente se encuentra bajo prisi�n preventiva y en investigaci�n previa a la formulaci�n de cargos ante la Corte Nacional de Justicia.

Uno de los tr�mites internos que se realiza al momento de presentar una demanda de garant�as jurisdiccionales ante los jueces de primer nivel es el sorteo de la causa que se realiza por el t�cnico judicial correspondiente, luego de la introducci�n de los detalles al sistema SATJE; dicho sistema autom�ticamente le asigna la causa a un juez, que necesariamente debe ser el que le corresponda por turno de acuerdo con el sistema de distribuci�n de servidores jurisdiccionales que lleva cada unidad judicial con competencia en garant�as jurisdiccionales.

Sin embargo, en varios informes recientes de la Contralor�a General del Estado se ha detectado que el sistema es vulnerable, ha sido vulnerado con bastante frecuencia�(Gonz�lez, 2023), y se han asignado procesos a jueces que no fueron sorteados por el sistema, o se han redirigido sorteos de causas a jueces que no les correspond�a, lo que evidentemente constituye una violaci�n tecnol�gica, pero sobre todo una afectaci�n al derecho a la seguridad jur�dica y al juez natural de las personas afectadas, en particular cuando se trata de demandas de garant�as jurisdiccionales donde se est�n vulnerando derechos al momento de proponerlas o ya ha cesado la violaci�n pero se produjo un da�o al accionante.

Si bien la manipulaci�n del sorteo de causas no es un problema nuevo, reci�n sali� a la palestra p�blica con el caso del ex alcalde de Quito Jorge Yunda, el cual �destap� la manipulaci�n de los sorteos de causas en el sistema Satje��(Plan V, 2023). Por esos hechos han sido sancionados varios servidores judiciales entre jueces, secretarios y auxiliares, entre otros�(Consejo de la Judicatura, 2023); incluso la jueza que favoreci� a Jorge Yunda recientemente ha sido sancionada a tres a�os de privaci�n de libertad por tr�fico de influencias, pues a ella se sorte� la causa de manera irregular�(La Hora, 2024).

En esas circunstancias es claro que el derecho a la seguridad jur�dica reconocido en el art�culo 82 de la Constituci�n de la Rep�blica de 2008 (Asamblea Constituyente, 2008) resulta vulnerado, pues la ley no es aplicada por la autoridad competente como exige la norma, sino por aquella a quien se sortea la causa de manera irregular. Tampoco se respeta el principio del juez natural, el cual establece que toda persona involucrada en un proceso judicial sea juzgada por el juez competente, que est� predeterminado por la ley, que sea imparcial, id�neo, aut�nomo e independiente.

El derecho al juez natural se define como �la garant�a constitucional de juez competente, garant�a esencial para el debido proceso, que comprende la predeterminaci�n de la autoridad jurisdiccional ordinaria, a quien la Constituci�n y la ley le ha atribuido la facultad para conocer y resolver determinados asuntos� como lo ha expresado la Corte Constitucional del Ecuador�(Sentencia No. 1598-13-EP/19, 2019).

Con el sorteo irregular de causas y la manipulaci�n del sistema inform�tico que soporta ese proceso, se afecta la transparencia de la justicia, al asignar la causa al juez o unidad judicial del que se espera una resoluci�n favorable, lo que a su vez promueve hechos de corrupci�n entre jueces dispuestos a perder sus puestos por un beneficio econ�mico que lo amerite.

 

Garant�as jurisdiccionales

El Derecho est� dise�ado por el legislador bajo el presupuesto de que no todos sus destinatarios lo cumplir�n de manera voluntaria, o que lo har�n en el tiempo y la medida prevista, por lo cual establece en las propias normas, consecuencias en forma de sanciones en el �mbito penal o administrativo, o de nulidades o en el Derecho Privado, con lo que se busca reforzar el cumplimiento voluntario, cuando no tiene lugar, con mecanismos coactivos que distinguen a las normas jur�dicas de otras normas sociales como las normas t�cnicas o las del trato social�(Cachimuel y Molina, 2023).

El punto de partida es el presupuesto de que con bastante frecuencia, los infractores calculan las posibles consecuencias del incumplimiento de una norma y las posibles formas de evadir la sanci�n, o del costo beneficio de sus acciones, el cual se identifica en la teor�a del realismo norteamericano con el �hombre malo��(Agul�, 1994), el cual act�a de manera premeditada para obtener un beneficio de la infracci�n aun cuando debe soportar las consecuencias, que en el peor de los casos le resulta todav�a aceptable en t�rminos de costos y beneficios.

La eficacia, que se manifiesta tanto en el cumplimiento voluntario como en la aplicaci�n coactiva de normas, es esencial para la existencia del Derecho, de manera tal que �los derechos e intereses que el ordenamiento jur�dico atribuye al individuo s�lo son reales y efectivos en la medida en que pueden hacerse valer en caso de conflicto (frente al poder p�blico)� (Prado, 2002, p. 72).

De lo contrario, sino existen mecanismos id�neos, efectivos y suficientes para obligar a los destinatarios de las normas jur�dicas generales o las sentencias particulares, �stas no pasan de ser consejos o recomendaciones que pueden aceptarse o no, o ser�an la base de actuaciones prudenciales donde las personas solo realizan aquello que les conviene por sus resultados positivos, y no cumplir�an las obligaciones que le imponen una carga en favor de terceros titulares de derechos de orden constitucional o legal, o le obligan a respetar las normas jur�dicas vigentes bajo la previsi�n de una pena o castigo en caso de infracci�n.

Dicho en otros t�rminos, el Derecho debe ir acompa�ado necesariamente de mecanismos efectivos de ejecuci�n de sus normas, y la aplicaci�n de sanciones en casos de infracciones que afecten los derechos de terceras personas o el orden p�blico, como base para la convivencia social, la seguridad ciudadana y la legitimidad de los poderes p�blicos, que justifican su existencia en la medida en que sean capaces de asegurar el respeto de los derechos fundamentales y las libertades b�sicas, mediante un conjunto de normas jur�dicas de efectiva vigencia y mecanismos procesales e institucionales que garanticen su cumplimiento voluntario o coactivo.

En palabras m�s t�cnicas, un derecho subjetivo puede ser protegido en el texto constitucional y desarrollado a nivel legal de manera exhaustiva, pero ello no significa que autom�ticamente goce de plena vigencia o aplicabilidad directa, pues ello depende de otros factores materiales como la posibilidad de reclamar ante una eventual vulneraci�n, la existencia de condiciones materiales e institucionales para su ejercicio, y un procedimiento adecuado para hacerlos valer frente a terceros, y en �ltima instancia que se consigan los fines previstos en la norma.

Para alcanzar esa finalidad, el ordenamiento jur�dico establece las autoridades competentes para determinar si, en un caso concreto, se ha infringido una norma vigente o se ha violado un derecho singular, as� como el procedimiento para realizar tal determinaci�n y en su caso dictar las medidas sancionatorias o de reparaci�n integral correspondientes, que deben ser cumplidas de manera expedita y suficiente por sus destinatarios�(Ovalle, 2023), quienes en caso contrario podr�an ser objeto de nuevas sanciones, esta vez por incumplir un mandato claro y expresado de autoridad competente dictado como parte de un proceso judicial, siendo posible incluso una sanci�n penal.

Efectivamente, adem�s de las garant�as jurisdiccionales de los derechos fundamentales�(Cordero & Y�pez, 2015), existen otras garant�as normativas o judiciales previstas por lo general a nivel constitucional y legal, y cuyo objetivo b�sico es asegurar el goce o ejercicio de los derechos y libertades reconocidas en la Constituci�n, y cuya creaci�n y efectividad es responsabilidad del Estado, sin que en todos los casos se requiera la intervenci�n del titular del derecho presuntamente vulnerado, para hacer que funcionen los mecanismos de protecci�n ante la violaci�n de su derecho.

La finalidad esencial de esas garant�as es asegurar que las normas dictas por el legislador se cumplan, que se protejan los derechos de sus destinatarios, y que se haga efectivo el poder coactivo del Estado sobre todas las personas bajo su jurisdicci�n, pues tales normas son de inexorable cumplimiento, no admiten excepciones y funcionan como fundamento para determinar infracciones e imponer sanciones tanto en la v�a administrativa como en la judicial. En resumen, el incumplimiento de normas vigentes acarrea consecuencias que pueden ser de naturaleza civil, administrativa o penal.

 

 

 

Derecho a la tutela judicial efectiva

De las garant�as jurisdiccionales que conocen los jueces de primer nivel y cuyo sorteo de causas puede y ha sido manipulado, se presenta a continuaci�n un breve an�lisis, con indicaci�n de la jueza o juez competente y el objeto de cada una de ellas. En al art�culo 26 de la Ley Org�nica de Garant�as Jurisdiccionales y Control Constitucional-LOGJCC- (Asamblea Nacional, 2009) se establecen como primeras garant�as las medidas cautelares aut�nomas que pueden proponerse solas o conjuntamente con la acci�n que corresponda, con la finalidad de evitar o cesar la amenaza o violaci�n de los derechos reconocidos en la Constituci�n y en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

La otra garant�a jurisdiccional de competencia de los jueces de primer nivel es la acci�n de protecci�n, prevista en el art�culo 88 de la Constituci�n, y desarrollada en los art�culos 39 al 42 de la LOGJCC. De esta acci�n conoce juez de primer nivel, y tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constituci�n; puede interponerse cuando exista una vulneraci�n de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad p�blica no judicial, y puede incluir o no la solicitud de medidas cautelares.

Tambi�n es competencia de las juezas y jueces de primer nivel la acci�n de h�beas corpus incorporada en el art�culo 89 de la Constituci�n, en correlaci�n con los art�culos 43 al 46 de la LOGJCC, la cual tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ileg�tima, por orden de autoridad p�blica o de cualquier persona, as� como proteger la vida y la integridad f�sica de las personas privadas de libertad, ello en la modalidad de h�beas corpus correctivo (CC, Sentencia No.- 209-15-JH/19, 2019).

La acci�n de acceso a la informaci�n p�blica tambi�n es competencia de las juezas y jueces de primer nivel, y seg�n consta en el art�culo 91 de la Constituci�n, tiene por objeto garantizar el acceso a la informaci�n p�blica, cuando ha sido denegada expresa o t�citamente, cuando se creyere que la informaci�n proporcionada no es completa o ha sido alterada o cuando se ha negado al acceso f�sico a las fuentes de informaci�n. Los requisitos y el procedimiento est�n previstos en los art�culos 47 y 48 de la LOGJCC.

Finalmente cabe rese�ar la acci�n de h�beas data, que tiene por objeto conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos gen�ticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre s� misma, o sobre sus bienes, consten en entidades p�blicas o privadas, en soporte material o electr�nico, seg�n lo disponen el art�culo 92 de la Constituci�n y los art�culos del 49 al 51 de la LOGJCC (D�az et al., 2021).

Las sentencias dictadas por las juezas y jueces en cualquiera de esas acciones jurisdiccionales, tienen como finalidad proteger los derechos del accionante y disponer cuando proceda, las medidas de reparaci�n integral que permitan reparar los da�os ocasionados. Sin embargo, al no disponer los jueces de primera instancia de mecanismos efectivos para obligar a su ejecuci�n, en caso de el accionado lo haga voluntariamente, al accionante favorecido en la resoluci�n le corresponde proponer ante la Corte Constitucional, si lo estima pertinente, la acci�n de incumplimiento, o una acci�n extraordinaria de protecci�n de ser procedente.

Mediante esas garant�as se debe hacer efectivo el derecho a la tutela judicial efectiva, que �se compone de una pluralidad de derechos fundamentales a disposici�n de los justiciables o ciudadanos en cuanto que se relacionan con la Administraci�n de justicia� (Cubillo, p. 350). Los elementos esenciales de ese derecho son la posibilidad de formular peticiones ante los �rganos jurisdiccionales, a que los mismos se pronuncien sobre la pretensi�n de la demanda, y la posibilidad de recurrir las resoluciones adversas, y que en todas las actuaciones se garantice el derecho al debido proceso.

En el caso del sorteo irregular de causas como consecuencia de la manipulaci�n de los sistemas inform�ticos, el derecho a la tutela judicial efectiva se vulnera en su dimensi�n de ser juzgado por el juez competente; y en el caso de las garant�as jurisdiccionales, por el juez predeterminado en la ley, que ser�a aquel que por turno le corresponda el conocimiento y resoluci�n de la demanda.

 

Principales manifestaciones de vulneraci�n del sistema de sorteos de causas

En los medios de comunicaci�n ecuatorianos se han publicado varios informes sobre las vulnerabilidades del SATJE, algunos de ellos con especial relaci�n al informe derivado del Examen especial a las funcionalidades de Sistema Autom�tico de Tr�mite Judicial Ecuatoriano-SATJE utilizadas para el sorteo de causas por la Funci�n Judicial, por el per�odo comprendido entre el 1 de abril de 2017 al 31 de diciembre de 2021 (CGE, 2023). Una de las irregularidades identificadas por la Contralor�a fue la �falta de controles en la gesti�n de usuarios y roles del sorteo de causas� (CGE, 2023, p. 65), adem�s de otras que pudieron haber incidido directamente sobre los derechos de los accionantes y la buena administraci�n de justicia.

Entre las principales irregularidades cabe detallar las siguientes:

         Instrucciones ejecutadas en la base de dato el SATJE sin autorizaci�n (en 77 causas revisadas se modific� el resultado del sorteo autom�tico mediante instrucciones directas en a base de datos (CGE, 2023, p. 11).

         Falta de acciones correctivas a las vulnerabilidades destacadas en las funcionalidades del sistema de sorteo de causas (no se realizaron los cambios pertinentes a pesar de que los funcionarios encargados del sistema informaron oportunamente a las autoridades sobre los riesgos de manipulaci�n y vulnerabilidades�(CGE, 2023, p. 26).

         La funcionalidad de �Flagrancias� sin configuraci�n de turnos ni sorteos, permiti� el ingreso de causas no penales, con la consecuencia de ello es que en los casos ingresados como flagrancias se pod�a conocer la identidad de los jueces previo a su designaci�n, y al amparo de ello se procedi� a la designaci�n manual de los jueces debido a que el sistema despleg� el listado completo de los jueces h�biles de las unidades judiciales de flagrancia, lo que permiti� que se designara al juez que pareciera conveniente en tales casos�(CGE, 2023, p. 32).

         Causas constitucionales sin sorteo a trav�s del SATJE, en el periodo analizado un total de 1.095 causas constitucionales fueron ingresadas al sistema a trav�s de los m�dulos �Flagrancia�, �Ingreso Directo� e �Ingreso Hist�rico�, a pesar de que esas opciones no est�n contempladas en el sorteo e ingreso de causas constitucionales; de esas causas 306 se registraron dentro del horario laboral cuando se deb�a recurrir a la opci�n de sorteo autom�tico (CGE, 2023, p. 41).

         Falta de controles en el SATJE para el ingreso de causas sorteadas manualmente e hist�ricas. Este m�dulo est� habilitado para el ingreso manual de causas tramitadas antes de la implementaci�n del sistema; sin embargo, la auditor�a revel� que por esa funcionalidad se hab�an ingresado 1.019 causas sin que se justifique su ingreso manual en lugar del ingreso autom�tico a trav�s del sistema (CGE, 2023, p. 49).

         Algoritmo del sorteo autom�tico de causas predecible, no aleatorio, y no consider� la carga de trabajo real distribuida entre servidores judiciales. En los casos de unidades judiciales que contaban con m�s de 19 puestos de trabajo h�biles configurados, el resultado del sorteo autom�tico de causas result� predecible; la auditor�a arroj� que en esos casos se pod�a conocer el resultado del sorteo de la �ltima asignaci�n a realizar y as� predecir el juez que, por tener una causa menos, conocer�a la causa que se estaba sorteando, lo que demuestra que el algoritmo no era aleatorio (CGE, 2023, p. 59).

Como puede apreciarse, la vulnerabilidad y vulneraci�n del SATJE no se debe �nicamente a causas de tipo tecnol�gico, sino adem�s a factores humanos interesados en mantener la posibilidad de sortero irregular de cusas para beneficio propio o de terceros, pues los correctivos tecnol�gicos se�alados por la Contralor�a General del Estado y por los propios encargados del sistema al interior del Consejo de la Judicatura son bien claros y no imposibles de realizar en breve tiempo.

Una de las razones� de que no se haya actuado de manera en�rgica para poner fin a ese problema, es el beneficio que de ello obtienen jueces, abogados y servidores judiciales con la manipulaci�n del sistema de sorteo de causas y el sorteo irregular de las mismas, lo cual constituye un obst�culo para que se adopten medidas efectivas, y que como consecuencia de ello se sigan afectando el derecho a la seguridad jur�dica, la tutela judicial efectiva, el derecho al juez natural y la transparencia en la administraci�n de justicia.

 

Conclusiones

Una vez desarrollado el tema de investigaci�n, se concluye que la manipulaci�n del sorteo de causas en garant�as jurisdiccionales que conocen y resuelven los jueces de garant�as jurisdiccionales es un problema recurrente en el sistema de justicia ecuatoriano, donde servidores judiciales en diferentes categor�as alteran el funcionamiento del sistema para que determinadas causas se asignen a jueces direccionados, de los que se espera conseguir una decisi�n favorable, ya sea por alg�n tipo de relaci�n personal o porque obtienen con ello un beneficio para s� o para terceros, ya sea de naturaleza econ�mica o laboral, con lo cual se afectan los derechos de una de la partes en el proceso de garant�as jurisdiccionales, a la vez que se corrompe la administraci�n de justicia.

Por lo que se refiere a los derechos de la parte accionada, cuando el proceso se asigna a un juez que no es el predeterminado por el sistema de sorteo, sino a uno direccionado alterando el sistema, se afecta su derecho a la seguridad jur�dica en la dimensi�n de que la ley sea aplicada por la autoridad competente; el derecho al juez natural en su dimensi�n del juez predeterminado en la ley, y el derecho a la tutela judicial efectiva en su dimensi�n de recibir una resoluci�n fundada en Derecho dictada por el juez competente. En resumen, esos tres derechos resultan vulnerados a la parte accionada, para garantizar que la accionante obtenga una decisi�n favorable, aun cuando no le corresponda en Derecho, como consecuencia de la manipulaci�n del sorteo.

Asimismo, se afecta la administraci�n de justicia, al constatarse que el sistema es manipulable, que existen jueces dispuestos a actuar en contra de la ley, y que su decisi�n no ser�a imparcial por estar mediada por un inter�s personal. Ante ese problema se pueden presentar diversas alternativas de soluci�n a nivel t�cnico, lo cual corresponde resolver a las autoridades del Consejo de la Judicatura en el �mbito de sus competencias, a trav�s de su Direcci�n Nacional de Tecnolog�as de la Informaci�n y Comunicaciones, donde se asignan las claves a los servidores judiciales que pueden acceder al sistema de sorteo de causas y realiza la supervisi�n, control y monitoreo del sistema. Sin embargo, la alternativa m�s efectiva ser�a la depuraci�n de servidores judiciales que manipulen o intenten manipular el sistema, de los jueces que den tr�mite y resuelvan causas de manera irregular, y a los abogados que intercedan a nombre de sus patrocinados para que se sortee la causa a tal o cual juez o unidad judicial.

 

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