Procedimientos Sancionatorios en la Legislacin Minera en el Ecuador

 

Sanctioning Procedures in Mining Legislation in Ecuador

 

Procedimentos Sancionadores na Legislao Mineira no Equador

 

 

Nelson Mauricio Murillo-Ordez I
nmurillo@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0008-7717-3061
Yajaira Andrade-Torres II
yatorres@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-8186-4243
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: nmurillo@hotmail.com

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 05 de junio de 2024 *Aceptado: 17 de julio de 2024 * Publicado: 02 de agosto de 2024

 

        I.            Estudiante de Maestra de Derecho Procesal, Facultad de Ciencias Sociales y de Salud, Universidad Estatal Pennsula de Santa Elena, Santa Elena, Ecuador.

      II.            Tutor, ABG., Universidad Estatal Pennsula de Santa Elena, Santa Elena, Ecuador.

 


Resumen

La presente investigacin tiene como propsito informar a la comunidad ecuatoriana y extranjera acerca de los beneficios de la explotacin minera en Ecuador, destacando la importancia de los metales en la vida humana y en la generacin de empleo. Se abordar tambin la necesidad de salvaguardar el entorno en las reas de influencia, al tiempo que se pretende prevenir los daos derivados de prcticas mineras ilegales o realizadas al margen de la ley.

En Ecuador, los recursos mineros son considerados no renovables segn la legislacin vigente, lo cual subraya la importancia de estudiar y abordar este tema de manera integral. Este estudio comenzar por identificar y exponer las prcticas deficientes observadas en la ejecucin de la actividad minera ilegal, proporcionando un marco para proponer mtodos efectivos de mitigacin de los impactos sociales y ambientales adversos.

Existen dos procedimientos claves para sancionar la actividad minera ilegal en Ecuador, ambos establecidos dentro del marco jurdico nacional. El primero corresponde al proceso administrativo regulado por la Ley de Minera, el Cdigo Orgnico Administrativo, y los respectivos reglamentos. El segundo procedimiento se inicia a travs de la Fiscala General del Estado, el cual implica una investigacin penal para aplicar las sanciones correspondientes, de ser necesario.

Ambos procedimientos sern objeto de estudio y anlisis para garantizar su correcta implementacin, ya sea bajo la supervisin del Ministerio de Minera o a travs de la Fiscala General del Estado en casos de infracciones penales relacionadas con la actividad minera ilegal. En todo momento, se priorizar el respeto a los derechos consagrados en la Constitucin de la Repblica del Ecuador y en la legislacin vigente, incluyendo tanto los derechos humanos como los derechos de la naturaleza, conforme a nuestro ordenamiento jurdico.

En resumen, este trabajo investigativo busca no solo destacar los aspectos positivos y necesarios de la explotacin minera en Ecuador, sino tambin proponer medidas efectivas para mitigar los impactos negativos derivados de prcticas ilegales, contribuyendo as a un desarrollo sostenible y respetuoso con el entorno ambiental y social del pas.

Palabras clave: Minera ilegal; Explotacin minera; Delitos mineros.

 

 

 

Abstract

The purpose of this research is to inform the Ecuadorian and foreign community about the benefits of mining in Ecuador, highlighting the importance of metals in human life and in generating employment. The need to safeguard the environment in the areas of influence will also be addressed, while trying to prevent damage resulting from illegal mining practices or those carried out outside the law.

In Ecuador, mining resources are considered non-renewable according to current legislation, which underlines the importance of studying and addressing this issue in a comprehensive manner. This study will begin by identifying and exposing the poor practices observed in the execution of illegal mining activity, providing a framework for proposing effective methods of mitigating adverse social and environmental impacts.

There are two key procedures for sanctioning illegal mining activity in Ecuador, both established within the national legal framework. The first corresponds to the administrative process regulated by the Mining Law, the Organic Administrative Code, and the respective regulations. The second procedure is initiated through the State Attorney General's Office, which involves a criminal investigation to apply the corresponding sanctions, if necessary.

Both procedures will be subject to study and analysis to ensure their correct implementation, either under the supervision of the Ministry of Mining or through the State Attorney General's Office in cases of criminal offenses related to illegal mining activity. At all times, priority will be given to respect for the rights enshrined in the Constitution of the Republic of Ecuador and in current legislation, including both human rights and the rights of nature, in accordance with our legal system.

In summary, this investigative work seeks not only to highlight the positive and necessary aspects of mining exploitation in Ecuador, but also to propose effective measures to mitigate the negative impacts derived from illegal practices, thus contributing to sustainable development that is respectful of the country's environmental and social environment.

Keywords: Illegal mining; Mining exploitation; Mining crimes.

 

Resumo

O objetivo desta investigao informar a comunidade equatoriana e estrangeira sobre os benefcios da explorao mineira no Equador, destacando a importncia dos metais na vida humana e na criao de emprego. Ser tambm abordada a necessidade de salvaguardar o ambiente nas reas de influncia, tentando ao mesmo tempo prevenir os danos derivados de prticas mineiras ilegais ou levadas a cabo margem da lei.

No Equador, os recursos mineiros so considerados no renovveis ​​de acordo com a legislao em vigor, o que sublinha a importncia de estudar e abordar esta questo de forma abrangente. Este estudo comear por identificar e expor as ms prticas observadas na execuo da actividade mineira ilegal, fornecendo um enquadramento para propor mtodos eficazes de mitigao de impactos sociais e ambientais adversos.

Existem dois procedimentos principais para sancionar a actividade mineira ilegal no Equador, ambos estabelecidos no quadro jurdico nacional. A primeira corresponde ao processo administrativo regulado pela Lei das Minas, pelo Cdigo Orgnico Administrativo e pelos respetivos regulamentos. O segundo procedimento inicia-se atravs da Procuradoria-Geral do Estado, que envolve uma investigao criminal para aplicao das sanes correspondentes, se necessrio.

Ambos os procedimentos sero objecto de estudo e anlise para garantir a sua correcta implementao, quer sob a superviso do Ministrio das Minas, quer atravs da Procuradoria-Geral do Estado nos casos de infraces penais relacionadas com a actividade mineira ilegal. Em todos os momentos, ser priorizado o respeito pelos direitos consagrados na Constituio da Repblica do Equador e na legislao vigente, incluindo tanto os direitos humanos como os direitos da natureza, de acordo com o nosso sistema jurdico.

Em sntese, este trabalho investigativo procura no s destacar os aspetos positivos e necessrios da explorao mineira no Equador, mas tambm propor medidas eficazes para mitigar os impactos negativos derivados de prticas ilegais, contribuindo assim para um desenvolvimento sustentvel que respeite o ambiente e sociais do pas.

Palavras-chave: Minerao ilegal; Explorao mineira; Crimes mineiros.

 

Introduccin

Ecuador es un pas con un gran potencial en recursos naturales no renovables, especialmente en la exploracin y produccin minera. Desde hace dcadas, se han explotado los recursos mineros en las provincias del Austro Ecuatoriano. Sin embargo, debido a la falta de polticas de gestin minera, una realidad que no ha cambiado con el paso de los gobiernos, esta actividad productiva ha tenido tanto aciertos como desaciertos. Es por ello que resulta indispensable abordar un tema trascendental en esta rea: cmo evitar la comisin de infracciones contra los recursos mineros, el comercio clandestino de minerales y otros delitos conexos.

En 2009, se emiti el nuevo texto de la Ley de Minera, normativa que se encuentra vigente hasta la fecha. Posteriormente, se public el Reglamento General a la Ley de Minera y el Reglamento Ambiental para las Actividades Mineras en Ecuador, con el objetivo de aplicar adecuadamente dicha ley.

La Ley de Minera, en su captulo V, establece el derecho a la libre comercializacin de minerales y adems contiene normativa que tipifica y sanciona a quienes cometen infracciones relacionadas con los recursos mineros y a quienes realizan actividades mineras ilegales. Especficamente, se considera explotacin ilegal de sustancias minerales a aquellas operaciones, trabajos y labores de minera en cualquiera de sus fases que se realicen sin ttulo alguno o sin el permiso legal correspondiente, as como a quienes comercialicen estos recursos de forma clandestina y sin permisos de la autoridad. Este es un tema de suma importancia para la sociedad y no muy conocido por los ecuatorianos. Por lo tanto, es esencial que profesionales como abogados, contadores, ingenieros en minera y geologa, ingenieros ambientales, as como gerentes, accionistas, contratistas mineros, transportistas de sustancias minerales y comerciantes de maquinaria minera, estn al tanto de los problemas sociales que genera la mala prctica de la industria minera.

Es crucial reconocer el problema jurdico existente en Ecuador respecto a la comisin de infracciones y delitos contra los recursos mineros. Debemos tener presente la normativa y la necesidad de una poltica pblica eficiente para que los responsables de tales infracciones sean perseguidos y sancionados a travs de los mecanismos que contiene la normativa legal vigente, como la aplicacin de la Ley de Minera y del Cdigo Orgnico Integral Penal.

Corresponde a las instituciones estatales controlar y sancionar las infracciones contra los recursos mineros. Sin embargo, se observa que sus funcionarios carecen de la experiencia necesaria en derecho minero y administrativo. A menudo ingresan a la funcin pblica con un conocimiento limitado del derecho administrativo sancionador y del derecho penal administrativo. Este problema se agrava porque el legislador no incluy en la normativa minera un procedimiento especfico para sancionar este tipo de infracciones. La Ley de Minera nicamente define qu constituye la explotacin ilegal de minerales y las sanciones administrativas correspondientes, pero no establece un procedimiento a seguir. Por lo tanto, para aplicar las sanciones, es necesario recurrir al Cdigo Orgnico Administrativo, que regula el ejercicio de la funcin administrativa de los organismos del sector pblico y contiene los procedimientos administrativos sancionatorios en general.

La actividad minera, que incluye la exploracin, extraccin, explotacin y comercializacin de sustancias minerales, debe ejecutarse dentro del marco de la ley para evitar infracciones contra los recursos mineros. Es esencial que las administraciones pblicas, tanto del gobierno central como de los gobiernos autnomos descentralizados, controlen estas actividades. El artculo 1 de la Ley de Minera establece que el estado Ecuatoriano debe administrar, regular, controlar y gestionar el sector estratgico minero conforme a los principios de sostenibilidad, precaucin, prevencin y eficiencia.

Debemos analizar si las infracciones penales deban ser incluidas en la Ley de Minera y si estas tenan que haber contenido un procedimiento propio para aplicar las sanciones administrativas y pecuniarias establecidas. En el marco normativo penal ecuatoriano, se aplican sanciones penales para quienes cometen los delitos tipificados en los artculos 260 y 261 del Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP). Existen dos procedimientos para sancionar a los responsables de la actividad minera ilegal y el comercio clandestino: uno administrativo y otro judicial. El tratamiento administrativo se desarrolla en sede administrativa, mientras que el judicial se desarrolla en la Fiscala General del Estado, bajo la normativa penal del COIP, especficamente en la Seccin Sexta, Delitos contra los recursos naturales no renovables, pargrafo primero, denominado Delitos contra los recursos mineros.

Adems, en este estudio de investigacin, analizaremos cmo se sanciona la actividad minera ilegal en el pas vecino, Per. Este pas tambin ha sufrido de la minera ilegal, especialmente en la Amazona, y ha implementado medidas para combatir este problema. Este anlisis comparativo proporcionar un contexto adicional y posibles estrategias para abordar la minera ilegal en Ecuador.

 

Formulacin del problema 

Con lo que he expuesto anteriormente, con el anlisis de investigacin que vamos a detallar paso a paso en este artculo, es importante identificar el problema que se est suscitando en la sociedad ecuatoriana; ya que, la explotacin ilegal de minerales, su financiacin y su comercio clandestino, provocan el cometimiento de mltiples infracciones y delitos, daos a la sociedad, daos ambientales, trata de personas, lavado de activos, y otros. La autoridad de control que depende de la funcin ejecutiva pretende activar su accin de sancin, pero lo que segn la ley debe de realizar es instaurar un proceso administrativo en el ministerio (Agencia de Regulacin y Control de Recursos Naturales No Renovables ARCERNNR); y, en cambio, cuando se cumplen los presupuestos para encasillar la conducta tpica penal por explotacin ilegal de minerales y su financiamiento, la autoridad de control, el perjudicado, o cualquier persona que conozca del delito contra los recursos mineros, tienen la obligacin de presentar la correspondiente denuncia en la Fiscala General para la su investigacin.

La tramitacin de las sanciones a quienes cometen infracciones administrativas y penales por la explotacin ilegal y comercio clandestino de los recursos mineros en el Ecuador, su procedimiento en sede administrativa est especificado en la Ley de Minera, el que debe tramitarse en armona con el Cdigo Orgnico Administrativo, Reglamento General a la Ley de Minera y Reglamento Ambiental a la Actividad Minera en el Ecuador; y, desde el punto de vista de la tramitacin del proceso penal en s, como accin pblica, o de perseguir el delito de explotacin ilegal de minerales y su comercio clandestino de los mismos, sern sancionados en sede judicial, segn el Cdigo Orgnico Integral Penal y la Constitucin de la Repblica del Ecuador, a travs de la Fiscala General del Estado quien ejerza la accin penal pblica, y aquellos delitos que tenga elementos de prueba suficiente, sern sancionados por un tribunal penal.

Otros problemas que se presentan a la par de la explotacin ilegal y comercio clandestino de los recursos mineros en el Ecuador, son por ejemplo, los daos que la minera ilegal ocasiona al entorno y al ambiente; el lavado de activos que se perpetra en el sector minero; la trata de personas como delito; la comercializacin irregular de explosivos; la falta de recaudacin tributaria para el pas, la evasin; y, el desorden que se instaura en los cantones del rea de influencia por el irrespeto a las ordenanzas municipales en su mayora. Por tal razn, debemos realizar todos los acercamientos, capacitaciones a la comunidad en general.

 

Materiales y mtodos de investigacin

La metodologa de esta investigacin incluye el anlisis de varias fuentes y mtodos:

Anlisis de Investigaciones Periodsticas: Se revisarn investigaciones de periodismo tanto en Ecuador como en Per. Estas investigaciones proporcionan una visin crtica y detallada sobre la situacin de la minera ilegal y sus consecuencias.

Sondeos Institucionales: Se analizarn los sondeos y estudios realizados por diversas instituciones del estado ecuatoriano, con el fin de obtener datos oficiales y perspectivas gubernamentales sobre la minera ilegal y sus impactos.

Legislacin Minera: Se cotejar la informacin recopilada con la legislacin minera ecuatoriana. Esto incluye la revisin de la Ley de Minera, el Reglamento General a la Ley de Minera, y el Reglamento Ambiental para las Actividades Mineras en Ecuador.

Revisin de Casos Judiciales: Se examinarn casos cercanos de explotacin ilegal de minerales que se encuentran registrados en el Sistema E-Satje de la Funcin Judicial. Esta revisin permitir entender cmo se han manejado y resuelto estos casos legalmente; en especial el caso No. Nmero de proceso 10281201801132 Fecha ingreso 27/06/2018 17:22 Materia PENAL COIP Tipo de accin PENAL PBLICA Delito/Asunto 260 ACTIVIDAD ILCITA DE RECURSOS MINEROS, INC.SEGUNDO Judicatura SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE IMBABURA Actor/Ofendido: Fiscala General Del Estado Demandado/Procesado: Toainga Molina Daly Cumanda, Romero Aguilar Goberth Segundo, Chavez Torres Jaime Oswaldo.

Entrevistas y Cuestionarios: Se realizaron entrevistas a dirigentes de gremios mineros y abogados asesores de empresas mineras, y se disearon cuestionarios para obtener respuestas clave que ayudarn a profundizar en el tema de investigacin. Estas preguntas se centrarn en aspectos esenciales como la definicin de concesin minera y los mecanismos legales para perseguir las infracciones relacionadas con los recursos mineros.

Esta combinacin de mtodos permitir una comprensin integral y detallada del problema de la minera ilegal en Ecuador, as como de las posibles soluciones y medidas legales que se pueden implementar para combatirlo.

 

Concesin minera y tipos de procedimientos sancionatorios

Se transcribe algunas definiciones del vocablo concesin minera, para cuyo efecto, procederemos a manifestar: El autor OSSA BULNES Juan Luis, en su obra jurdica, Derecho de Minera, seala que la concesin minera es:

As pues, en primer lugar, la concesin puede definirse, en trminos generales, como el acto de autoridad en cuya virtud el Poder Judicial declara constituido, en favor de quien se lo solicita y cumple los requisitos del caso, el derecho a investigar o bien el derecho a extraer y apropiarse, en un mbito territorial determinado, las sustancias minerales que la ley seala como susceptibles de esos derechos.

As, el artculo 30 de la Ley de Minera, establece que es la concesin minera, para efectos de la tramitacin en sus diferentes escenas de la actividad minera productiva, desde su prospeccin, hasta su comercializacin. La parte del texto de la norma determina:

Art. 30.- Concesiones mineras. - El Estado podr excepcionalmente delegar la participacin en el sector minero a travs de las concesiones. La concesin minera es un acto administrativo que otorga un ttulo minero, sobre el cual el titular tiene un derecho personal, que es transferible previa la calificacin obligatoria de la idoneidad del cesionario de los derechos mineros por parte del Ministerio Sectorial, y sobre ste se podrn establecer prendas, cesiones en garanta y otras garantas previstas en las leyes, de acuerdo con las prescripciones y requisitos contemplados en la presente ley y su reglamento general.

Existen dos tipos de procedimientos para sancionar a los responsables de las infracciones contra los recursos naturales no renovables, en especial contra los recursos mineros:

1.                  Procedimiento Administrativo:

a)      Base Legal: Este procedimiento se basa en la Ley de Minera y se desarrolla con la aplicacin del Cdigo Orgnico Administrativo (COA) y dems legislacin secundaria.

b)      Funcin: Tipifica y sanciona las infracciones administrativas relacionadas con la minera.

c)      Aplicacin: Las sanciones administrativas incluyen multas, decomisos y destruccin de maquinaria, que son ejecutadas por las autoridades competentes en la administracin pblica.

2.                  Procedimiento Penal:

a)      Base Legal: Este procedimiento es gestionado por la Fiscala General del Estado para la persecucin de las infracciones o delitos relacionados con la minera ilegal.

b)      Funcin: Se rige por el Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP).

c)      Aplicacin: Las sanciones penales pueden incluir penas de prisin y otras medidas penales, y se llevan a cabo a travs del sistema judicial.

Ambos procedimientos buscan abordar y mitigar los impactos negativos de la explotacin ilegal de recursos mineros, garantizando que las actividades mineras se realicen dentro del marco legal y contribuyendo a la proteccin de los recursos naturales del pas.

 

Procedimiento sancionador en sede administrativa

Segn la doctrina, el tratamiento de las sanciones para la explotacin ilegal en la actividad minera, el procedimiento sancionador segn Mara Silva de Lapuerta, Abogada General del Estado, y Directora de la publicacin Manual de Derecho Administrativo Sancionador, Tercera Edicin, el inicio del procedimiento sancionador debe darse, segn la parte pertinente del texto, que dice:

Inicio de oficio: El procedimiento sancionador se caracteriza por ser iniciado siempre de oficio, en virtud de acuerdo de incoacin dictado por el rgano competente. Si bien el artculo 134 de la LRJ.PAC, cuando establece la garanta de procedimiento como principio del procedimiento sancionador, no prohbe la posibilidad de su iniciacin a instancia de parte, el artculo 44 de la ley ().

As mismo, los autores de la obra contempornea del Derecho Administrativo Sancionador, en la pgina 189, en forma clara y detallada, mencionan los principios y garantas del derecho administrativo sancionador, que para mejor ilustracin proceder a transcribir la parte pertinente:

PRINCIPIOS Y GARANTAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR.

Se ha seguido criterios de Aurelio Garca, Rodrigo Borja, marco Morales, Milton Velsquez, Nicols Granja Nelson Lpez, Juan Benalczar, Patricio Secaira, Mara Jcome, Pal Narvez Narvez, y otros autores ecuatorianos.

Una garanta est ntimamente ligada a un derecho humano, ya que las garantas se otorgan para proteger los derechos humanos, por lo que entonces una garanta est constituida por todas las obligaciones, requisitos y restricciones previstas en nuestra Carta Magna y tratados internacionales con la finalidad de proteger los derechos humanos de los que goza toda persona en nuestro pas.

 

Fundamento Constitucional

La potestad punitiva es nica del Estado. Esta potestad tiene un tronco comn que es la Constitucin y dos ramificaciones: penal y administrativa. ().

 

Principio de legalidad

El citado artculo no solamente hace referencia a esa potestad punitiva, sino que enuncia los principios que articulan el procedimiento administrativo sancionador, Dice la Constitucin que nadie podr ser sancionado por un acto u omisin que no est tipificado en la ley. Esta mencin instala el principio de legalidad. Ahora bien, el trmino ley es el que ms conflictos trae al momento de aplicar las garantas en procedimientos disciplinarios. ().

 

Presuncin de inocencia

A la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la presuncin de inocencia es el pilar esencial de toda instancia procesal, por la cual a todo aquel que se le imputa una falta, tiene derecho a considerarse inocente, en tanto no se llegue a probar su responsabilidad. El nmero 8.2 de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos menciona que: Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legamente su culpabilidad. ().

La Ley de Minera en sus artculos 56 y 57, en forma expresa estipula la tipificacin y sancin para quienes explotan en forma ilcita los recursos mineros y los comercian en forma clandestina, establecen:

Art. 56.- Explotacin ilegal de minerales. - Incurrirn en explotacin ilegal de sustancias minerales quienes realicen las operaciones, trabajos y labores de minera en cualquiera de sus fases sin ttulo alguno para ello o sin el permiso legal correspondiente

Art. 57.- Sanciones a la actividad minera ilegal. - La actividad minera ilegal ejercida por personas naturales o jurdicas, o grupos de personas, nacionales o extranjeras, sin contar con los ttulos, autorizaciones, permisos o licencias, ser sancionada conforme las prescripciones de este artculo, sin perjuicio de las aplicables en los mbitos ambiental, tributario o penal, a las que hubiere lugar.

Los bienes, maquinaria, equipos, insumos y vehculos que sean utilizados en actividades ilegales o no autorizadas de explotacin, beneficio o procesamiento, fundicin, refinacin y comercializacin clandestina de sustancias minerales, sern objeto de: decomiso especial, incautacin, inmovilizacin, destruccin, demolicin, inutilizacin o neutralizacin, segn el caso, que ejecute la Agencia de Regulacin y Control Minero contando con la colaboracin de la Polica Nacional y subsidiariamente de las Fuerzas Armadas. Quienes se reputen autores de dichas actividades o propietarios de tales bienes, sern sancionados por la mencionada Agencia, con multa de doscientas a quinientas remuneraciones bsicas unificadas dependiendo de la gravedad de la infraccin, sin perjuicio del pago de un valor equivalente al total de los minerales extrados ilegalmente, as como de la obligacin de restauracin de los ecosistemas e indemnizacin a las personas y comunidades afectadas.

Las multas a las que se refiere la presente Ley, sern pagadas a la Agencia de Regulacin y Control Minero, en el trmino de cinco das contados a partir de la fecha en que la Resolucin cause estado. Si el infractor sancionado administrativamente no cumpliere con la obligacin de pago, dicha Agencia, efectuar el cobro en ejercicio de la jurisdiccin coactiva atribuida en la presente Ley.

Las multas recaudadas por la Agencia de Regulacin y Control Minero, sern destinadas al cumplimiento de los fines inherentes a su competencia.

Las afectaciones al ambiente y el dao al ecosistema y biodiversidad producidos a consecuencia de la explotacin ilcita o invasiones, sern consideradas como agravantes al momento de dictar las resoluciones respecto del amparo administrativo.

Las sanciones administrativas se estipulan en la Ley de Minera, cuyos artculos tienen concordancia y guardan armona con los artculos 48 y siguientes del Cdigo Orgnico Administrativo; y, por lo tanto, en su tratamiento tambin se debe tener presente lo que regula la normativa establecida en los artculos 96, 97 y 98 del Reglamento a la Ley de Minera. Para tener un breve rasgo de su tratamiento, debemos sealar que el artculo 99 del Reglamento establece:

Art. 99.- Explotacin ilegal, decomiso y remate.- La Agencia de Regulacin y Control Minero de oficio o mediante denuncia, iniciar los procedimientos del caso si al momento de la inspeccin, determinare la existencia de explotacin ilegal, y, proceder a la inmediata suspensin de las actividades, al decomiso de la maquinaria con la que se estuviere cometiendo la infraccin y de los minerales explotados, los mismos que quedarn bajo custodia de un depositario designado por la autoridad o de la Polica Nacional, conforme se establezca en el acta respectiva.

De comprobarse la responsabilidad en el cometimiento de la infraccin, se sancionar de acuerdo con lo establecido en el artculo 57 de la Ley de Minera. As tambin, es necesario tener presente los artculos 248, 249, 250 y 251 del Cdigo Orgnico Administrativo, ya que se estipula en ellos el inicio y el impulso de los procedimientos de sancin, que se realizan bajo el paraguas del ejercicio de la potestad sancionadora que tiene el Estado, y que obviamente dicha atribucin debe ser otorgada por la ley. Los artculos 250 y 252 del Cdigo Orgnico Administrativo sobre el inicio del proceso de sancin y su notificacin, sus textos sealan:

Art. 250.- Inicio. El procedimiento sancionador se inicia de oficio, por acuerdo del rgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, peticin razonada de otros rganos o denuncia.

La iniciacin de los procedimientos sancionadores se formaliza con un acto administrativo expedido por el rgano instructor. ().

Art. 252.- Notificacin del acto de iniciacin. El acto administrativo de inicio se notificar, con todo lo actuado, al rgano peticionario, al denunciante y a la persona inculpada.

Salvo que se requiera la colaboracin personal en el procedimiento, la notificacin de inicio del procedimiento ser la ltima que se cursa al peticionario o al denunciante, si ha fijado su domicilio de conformidad con este Cdigo.

En el caso de que la o el inculpado no conteste el acto administrativo de inicio en el trmino de diez das, este se considerar como el dictamen previsto en este Cdigo, cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada.

En caso de infracciones administrativas flagrantes, el acto de inicio se incorporar en una boleta, adhesivo o cualquier otro instrumento disponible que se entregar a la o al presunto infractor o se colocar en el objeto materia de la infraccin o el lugar en el que se produce).

Es importante mencionar que el Gobierno Ecuatoriano en el ao 2011, cre una institucin que se denomina Comisin Especial para el Control de la Minera Ilegal CECMI, cuyas funciones segn la norma, son:

      1.            Asesorar a las instituciones pblicas para la aplicacin de las polticas, acciones y programas tendientes a contrarrestar la minera ilegal.

      2.            Decidir la activacin, de los mecanismos, acciones y operativos que fueren necesarios para intervenir en apoyo a la Agencia de Regulacin y Control Minero, para el control y eliminacin de las actividades de minera ilegal.

      3.            Coordinar las acciones para asegurar la ejecucin y cumplimiento de las disposiciones y normativas dictadas por las autoridades competentes, dentro de su mbito de accin.

      4.            Hacer seguimiento del cumplimiento de los compromisos asignados a las instituciones miembros.

Adems, la Comisin Especial para el Control de la Minera Ilegal CECMI estar integrado por las Instituciones del Estado como Ministerio del Interior, que ejercer la presidencia; Ministerio de Defensa Nacional; Ministerio de Minera; Ministerio del Ambiente; Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos; Agencia de Regulacin y Control Minero, que ejercer la Secretaria; Secretara Nacional de Gestin de Riesgos; Secretara de Inteligencia; y, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

 

Procedimiento penal para sancionar los delitos por actividad ilegal de los recursos mineros

El Cdigo Orgnico Integral Penal, fue dictado mediante Ley y publicada en el Registro Oficial Suplemento 180 del 10 de febrero de 2014, norma ecuatoriana que recoge los diferentes tipos penales y sus sanciones, en este caso, sirve tambin para tipificar y sancionar el cometimiento de las infracciones penales que se encuentran tipificados y reprimidos en los artculos 260 y 261 que trata sobre los delitos contra los recursos naturales no renovables, y propiamente dicho contra los recursos mineros; y, en forma expresa se establecen las infracciones y los tipos penales de esta clase de delitos. Las normas establecen lo siguiente:

Art. 260.- Actividad ilcita de recursos mineros. - La persona que, sin autorizacin de la autoridad competente, extraiga, explote, explore, aproveche, transforme, transporte, comercialice o almacene recursos mineros, ser sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete aos. En caso de minera artesanal ser sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres aos. Si producto de este ilcito se ocasionan daos al ambiente, ser sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez aos. Si se comete como parte del accionar u operatividad de la delincuencia organizada se sancionar con pena privativa de libertad de diez a trece aos y multa de ochenta a ciento veinte salarios bsicos unificados del trabajador en general.

Art. 261.- Financiamiento o suministro de maquinarias para extraccin ilcita de recursos mineros. - La persona que, en beneficio propio o de terceros, financie o suministre a cualquier ttulo, maquinaria, equipos, herramientas y en general cualquier instrumento que se utilice para realizar las actividades ilcitas descritas en el artculo anterior, ser sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco aos.

De acuerdo con lo expuesto si una persona encasilla su conducta en la figura y tipo penal antes descrita, es decir, en los delitos de los artculos 260 y 261 del Cdigo Orgnico Integral Penal, se lo deber investigar mediante una denuncia o mediante el conocimiento de la notitia criminis, y en consecuencia se dar inicio a la investigacin fiscal; procedimiento de investigacin que se realiza ante uno de los fiscales del cantn donde se ha cometido el delito contra los recursos mineros o ante uno de los seores fiscales de la unidad de delitos contra los recursos mineros o fiscal de delitos ambientales, que por lo general se encuentran en la cabecera provincial. Si hubiese elementos de prueba suficiente, el fiscal proceder a dictar auto de inicio de instruccin y acusar al responsable, para que un juez de lo penal, en la audiencia de convocatoria a juicio, revisa el auto de inicio de instruccin, los elementos aportados dentro de la etapa pre procesal de parte del denunciado, y tambin puede haber acusacin particular. Con todas estas piezas procesales que se adjuntan al auto de inicio de instruccin, el juez de lo penal, que es el director del proceso velar por que se respeten los derechos de las partes, y luego de aquello tomar la decisin de que, si acepta la acusacin fiscal o acusacin particular, y as llamarlo a juicio al presunto responsable, o no hacerlo.

Los delitos contra los recursos naturales no renovables, y los delitos contra los recursos mineros, segn el Cdigo Orgnico Integral Penal, son delitos de accin pblica, y por lo tanto le corresponden netamente su investigacin y persecucin al seor Fiscal del cantn donde ha ocurrido el cometimiento del posible delito; por lo tanto, las personas que se dedican a la ctedra, al estudio del derecho y del derecho procesal penal, y las personas que conformamos el conglomerado social en cierta parte o regin del pas, debemos conocer lo mnimo que se necesita para iniciar la investigacin fiscal por un delito cometido y que se trate de accin pblica, y as mismo cules seran las funciones de la fiscala en el sistema acusatorio segn el Cdigo Orgnico Integral Penal ( en adelante COIP).

La doctrina hace una serie de estudios y manifiesta que la funcin del fiscal en el Cdigo Orgnico Integral Penal COIP es lo que se establece en el cuerpo normativo, y el tratadista lo menciona as:

a)      Dirige la investigacin pre procesal y procesal

b)      Dirige y ejerce la accin pblica durante el proceso, y lo debe hacer con sujecin a los principios de oportunidad, mnima intervencin penal, de objetividad e imparcialidad.

c)      Si el Fiscal encuentra mritos debe acusar y presentar a te el juez de lo penal dicha acusacin, y el juez decidir.

 

Derecho comparado: Procedimiento penal para sancionar los delitos contra la actividad de minera ilegal en el Per

El Per, conocido por su destacada actividad minera, enfrenta serios problemas sociales y ambientales derivados de la minera ilegal. Para abordar estos problemas, el Cdigo Penal del Per incluye artculos especficos que tipifican, reprimen y sancionan los delitos de minera ilegal. Los artculos 307-A, 307-B y 307-C del Cdigo Penal describen las sanciones y las formas agravadas de estos delitos, as como el financiamiento de actividades mineras ilegales.

El artculo 307-A sanciona a quienes realicen actividades de exploracin, extraccin, explotacin u otras similares de recursos minerales metlicos y no metlicos sin la autorizacin adecuada. Estas actividades, si causan o pueden causar dao al ambiente, la calidad ambiental o la salud, se castigan con penas de prisin de cuatro a ocho aos y multas de cien a seiscientos das. Las mismas sanciones se aplican a quienes operen fuera del proceso de formalizacin minera. En casos de negligencia, las penas pueden ser de hasta tres aos de prisin o prestacin de servicios comunitarios.

El artculo 307-B establece penas ms severas, de ocho a diez aos de prisin y multas de trescientos a mil das, para delitos cometidos en circunstancias agravantes como:

Zonas no permitidas para la minera.

  1. reas naturales protegidas o tierras de comunidades nativas, campesinas o indgenas.
  2. Uso de dragas u otros instrumentos similares.
  3. Uso de instrumentos peligrosos para la vida, salud o patrimonio de las personas.
  4. Afectacin de sistemas de irrigacin o aguas para consumo humano.
  5. Aprovechamiento de la condicin de funcionario o servidor pblico.
  6. Empleo de menores de edad u otras personas inimputables para cometer el delito.

El artculo 307-C sanciona con penas de cuatro a doce aos de prisin y multas de cien a seiscientos das a quienes financien la minera ilegal, incluyendo sus formas agravadas.

El Ministerio Pblico del Per y el Poder Judicial son responsables de perseguir y sancionar las actividades de minera ilegal, especialmente en la Amazona peruana, donde se han reportado elevados ndices de explotacin minera metlica, principalmente en lechos de ros. La aplicacin estricta de estos artculos es crucial para mitigar los impactos negativos de la minera ilegal en el pas.

El marco legal peruano proporciona herramientas robustas para combatir la minera ilegal, protegiendo tanto a las personas como al medio ambiente. Sin embargo, la efectividad de estas leyes depende de su implementacin rigurosa por parte de las autoridades judiciales y administrativas, especialmente en regiones vulnerables como la Amazona.

 

Mtodos implementados y estadsticas sobre la explotacin ilegal minera en el Ecuador

La explotacin ilegal de sustancias minerales, el comercio clandestino y otras infracciones se viene cometiendo con ms frecuencia y se dan en el pas en los sitios o enclaves: Los sitios o enclaves donde se cometen con ms frecuencia las infracciones contra los recursos mineros son las siguientes:

         El enclave productivo ilegal Sierra-Norte: comprende parte de las provincias de Esmeraldas, Carchi e Imbabura.

         Enclave productivo ilegal centro-amaznico: concentrado en parte de la provincia de Napo.

         Enclave productivo ilegal sur-amaznico: ubicado en parte de las provincias de Zamora Chinchipe y Morona-Santiago.

         Enclave productivo ilegal suroeste: concentra las provincias de Azuay, El Oro y Loja.

Lo que hemos recogido de la investigacin del medio de periodismo de investigacin denominado Plan V, es una exploracin realizada por dicho medio por el auge de la actividad minera ilegal, por los delitos como el lavado de activos, trata de personas y comercio clandestino de minerales; y, principalmente la identificacin de los lugares o enclaves donde se la ejecuta.

 

Figura 1: Mapa de provincias donde se ejecuta la actividad minera ilegal.

https://www.controlrecursosyenergia.gob.ec/wp-content/uploads/2021/01/Operativos-2020-1024x931.png

Fuente: Sitio Web de la Agencia de Regulacin y Control Minero www.controlrecursosyenergia.gob.ec/

 

Mtodos

Para demostrar cmo se desarrolla la explotacin ilegal de los recursos mineros en el Ecuador; de cmo opera la explotacin ilcita de minerales y su comercio clandestino; de cmo se desarrolla o como es el modus operandi de la comercializacin clandestina de sustancias minerales en el Ecuador; cules son los resultados de la minera ilegal que se perpetra para obtener rditos de forma ilcita; de cmo se desarrolla la actividad minera ilegal con lo que se ocasiona daos a la economa del pas y los daos o pasivos al ambiente; con la actividad minera ilegal no se contribuye con las arcas fiscales del gobierno central y gobiernos autnomos descentralizados. Por todo lo dicho, se puede realizar un anlisis a travs de los datos siguientes:

A travs de medios cuantitativos: Al amparo de lo previsto en el marco regulatorio ecuatoriano, como la Ley de Minera, podemos conocer la definicin de concesin minera, y para cuyo efecto realizaremos la correspondiente cita textual:

Art. 30.- Concesiones mineras. - El Estado podr excepcionalmente delegar la participacin en el sector minero a travs de las concesiones. La concesin minera es un acto administrativo que otorga un ttulo minero, sobre el cual el titular tiene un derecho personal, que es transferible previa la calificacin obligatoria de la idoneidad del cesionario de los derechos mineros por parte del Ministerio Sectorial, y sobre ste se podrn establecer prendas, cesiones en garanta y otras garantas previstas en las leyes, de acuerdo con las prescripciones y requisitos contemplados en la presente ley y su reglamento general.

La inscripcin de la transferencia del ttulo minero ser autorizada por la Agencia de Regulacin y Control Minero una vez que reciba la comunicacin de parte del concesionario informando la cesin de sus derechos mineros, de acuerdo al procedimiento y los requisitos establecidos en el reglamento general de esta ley. Dicho acto se perfeccionar con la inscripcin en el Registro Minero.

En la misma lnea del marco regulatorio ecuatoriano se puede observar que en el Ecuador existen diferentes tipos de concesiones mineras y son: de minerales metlicos, no metlicos y de materiales de construccin o canteras (materiales ptreos); pero para nuestro caso en anlisis la explotacin ilcita de recursos mineros, en su mayora se ejecuta en concesiones o en reas no concesionadas donde existen reservas probadas empricamente de minerales metlicos. Las provincias donde existe explotacin ilcita de los recursos mineros donde existen reservas mineralizadas de metlicos es en la provincia de Zamora Chinchipe, Loja, El Oro, Azuay, Morona Santiago, Bolvar, Cotopaxi, Pichincha, Imbabura y Esmeraldas.

A travs de medios cualitativos: Las personas que se dedican a la actividad minera, de forma legal o irregular, y algunas quienes ejecutan esta actividad minera ilegal o comercio clandestino de recursos mineros segn un medio de investigacin periodstica en que se seala que la presencia estatal en estas zonas del auge de la explotacin ilegal de minerales es deficiente, y por lo tanto dicha investigacin seala que:

en los cuatro enclaves productivos analizados se observ la corrupcin o participacin directa o indirecta de funcionarios pblicos o polticos que ejercen la autoridad poltica en dichos entornos que habilitan estos enclaves. Ante la ausencia de autoridad formal, se concluye que las gobernanzas, en torno a las actividades de minera ilegal, se caracterizan por la legitimidad de una o varias organizaciones criminales que ejercen control y mantienen normas y autonoma sobre los territorios en concurso con la corrupcin; asimismo, generan servicios conexos dentro de los enclaves e incurren en ingresos extraordinarios provenientes de los mineros ilegales de pequea escala.

De lo expuesto podemos concluir que la explotacin ilcita de recursos mineros y el comercio clandestino de los mismos, atrae el cometimiento de otros delitos que causan graves daos a la sociedad, que se deben perseguir y sancionar por la peligrosidad de los mismos, las medidas a implementarse de parte del aparato de Gobierno como poltica estatal debe ser la capacitacin de los funcionarios pblicos; la concientizacin de las personas con programas de ayuda en general; la colaboracin de las autoridades del rea de influencia de los proyectos mineros; el control minero eficiente ejecutado por la Agencia de Regulacin y Control Minero; el apoyo institucional de parte de la Fiscala General del Estado; inspecciones que deben realizar a las concesiones mineras y plantas de beneficio de minerales de parte de las instituciones como Servicio de Rentas Internas, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Ministerio del Trabajo, ministerio del Ambiente y Transicin Ecolgica, etc.

El Estado Ecuatoriano le debe hacer frente a los mltiples problemas que se suscitan por la explotacin ilegal de minerales y su comercializacin clandestina; por lo que, segn versiones de funcionarios del ministerio de minera y de la agencia de regulacin y control minero, en coordinacin con la Polica Nacional, los sitios o lugares donde se estn ejecutando estas malas prcticas es dentro de los Distritos Mineros del pas, que fueron subdivididos por el Ministerio de Energa y Minas con el objeto de realizar un control eficaz y combate efectivo a la proliferacin de la minera ilegal. Como ejemplos podemos mencionar el Distrito Minero de Camilo Ponce Enrquez y el Distrito Minero de Zaruma Portovelo.

Otro mecanismo que se est implementando en los sectores mineros como medida de apoyo y articulacin para el combate de la explotacin ilegal de los recursos mineros en el Ecuador, es el trabajo del CECMI, de Ministerio de Energa y Minas, de la Polica Nacional del Ecuador y de las FFAA, ya que se ha podido corroborar que se trata de la existencia de colaboracin de parte de los grupos delincuenciales organizados GDO, declarados grupos terroristas por el Gobierno del Ecuador, y que brindan proteccin y apoyo econmico a los mineros formales e irregulares; tambin esas prcticas delictivas de parte de estos grupos organizados se han ejecutado como forma de extorsin a los mineros informales que necesitan de incentivos econmicos y logsticos, y existen evidencias de que tambin extorsionan a los mineros formales que cumplen con la ley minera, pero que son presionados para que una parte de su produccin minera la entreguen a estos grupos. Toda esta evidencia se puede encontrar en artculos de investigacin, como el portal de investigacin ecuatoriano denominado Cdigo Vidrio, que hace un anlisis y detalle de lo que sucede en el sector minero; parte del texto, dice:

La historia del avance y escisin de estas bandas criminales consta en el informe Evaluacin situacional del narcotrfico en Ecuador, elaborado por la Polica de Ecuador con el apoyo tcnico del Observatorio Ecuatoriano del Crimen Organizado (OECO). La relacin con alias JL o Rasquia determin el ascenso de Los Lobos durante esos aos, al punto que Pipo proporcionaba hombres para la seguridad personal de Rasquia, se lee.

Los Lobos extraen oro de 20 minas bajo su control en Azuay, 7 enero, 2024

Los grupos criminales que inicialmente crecieron por sus servicios para los carteles del narcotrfico en Ecuador han diversificado rpidamente su portafolio de actividades criminales. Los Lobos, la banda de mayor expansin los ltimos aos, ha extendido sus operaciones a la explotacin de oro ilegal por su facilidad para el lavado de activos.

Como parte de una alianza periodstica, integrada por Cdigo Vidrio, Vistazo y Ojo Pblico, de Per, accedimos a una docena de informes clasificados del sistema de inteligencia nacional y expedientes judiciales, que ayudan a conocer, por primera vez, la magnitud de la influencia y operaciones en la minera ilegal de una de las bandas criminales ms violentas del pas.

Esta organizacin criminal explota directamente 20 minas de oro, extorsiona a empresas que tienen concesiones en 30 minas ms y controla a 40 grupos de mineros ilegales. Estas actividades criminales les dejan a Los Lobos ganancias estimadas en 3,6 millones de dlares por mes.

Reportes oficiales sugieren que El Tren de Aragua tambin operara como aliado de esa megabanda en estas zonas en actividades logsticas.

Los documentos del caso Metstasis, alrededor del narcotraficante Leandro Norero, que fingi su muerte por Covid-19 en Per, tambin alertan las conexiones polticas, los mtodos del lavado y el financiamiento de estas bandas en la minera. Norero era financista de Los Lobos. En su domicilio tena 43 lingotes de oro.

El fin de aplicar la normativa contenida en nuestro ordenamiento jurdico para combatir el cometimiento de delitos catalogados como infracciones penales por la explotacin y comercializacin de los recursos mineros en territorio nacional, es imperante, ya que nos permite que se puedan instruir sumarios o procedimientos administrativos de sancin con base a la Ley de Minera, Reglamento General de la Ley de Minera y con la aplicacin del Cdigo Orgnico Administrativo; y, adems, se puede activar la accin penal pblica por las infracciones penales con pena privativas de libertad por la explotacin y comercializacin ilegal de los recursos mineros, para proteger los recursos naturales no renovables que como riqueza, posee nuestro pas.

 

Estadsticas sobre la explotacin ilegal minera en el Ecuador

Hemos investigado sobre la actividad minera ilegal en artculos de prensa y revistas desde el ao 2010, fecha donde el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables dispuso realizar el Censo Minero Artesanal, a los mineros informales para ver si podan aplicar al otorgamiento de un permiso de minera artesanal. Se lo denomin encuesta de manufactura y minera 2010, y en forma principal nos indicaba:

Este documento presenta el informe general del Censo Minero Artesanal realizado en Ecuador en 2010. Explica los antecedentes y objetivos del censo, que incluyeron obtener datos sobre la minera artesanal en el pas y regularizar esta actividad. Describe la metodologa utilizada, que involucr al Ministerio de Recursos Naturales, el Instituto Nacional de Estadstica y dos universidades. El censo se llev a cabo entre marzo y abril de 2010 para caracterizar las labores mineras artesanales ().

 

Anlisis y resultados de la investigacin

Analizada la base de datos enviada por el INEC (Anexo 1) y la informacin remitidas por la Universidad Central del Ecuador (Anexo 2) y Universidad Nacional de Loja (Anexo 3); se registran 1352 labores mineras que constan en las boletas censales de las cuales 1349 tienen coordenadas de ubicacin espacial. Con esta informacin se realiz el anlisis que se detalla a continuacin:

 

a)                 Distribucin de labores mineras por provincia:

PROVINCIA

LABORES MINERAS

Azuay

178

Bolvar

30

Carchi

13

Chimborazo

24

Cotopaxi

28

El Oro

541

Esmeraldas

71

Guayas

3

Imbabura

7

Loja

106

Los Ros

8

Manab

7

Morona Santiago

15

Napo

18

Orellana

2

Pastaza

7

Pichincha

17

Santa Elena

9

Santo Domingo de los Tsachilas

1

Sucumbos

3

Tungurahua

12

Zamora Chinchipe

249

 

b)                 El resultado del Censo Minero es la ocupacin de la mano de obra que representa en un total aproximado de 8428 personas que se encuentran trabajando en esta actividad (Fuente INEC).

PERSONAL OCUPADO

NMERO

Permanentes

6918

Ocasionales

2541

Total

9459

 

En cambio, habiendo realizado la investigacin con la recogida de datos, con un corte hasta el ao 2021, podemos indicar que las labores de minera artesanal y de mineros informales en el Ecuador, han crecido en un porcentaje muy alto en comparacin al ao 2010, por mltiples factores, como el econmico, social y laboral; pero en cambio, como no se ha realizado ningn censo poblacional minero no podemos obtener cifras reales por cantn, por provincia o regin, nicamente existen datos de prensa del auge de los delitos contra los recursos mineros, educacin sobre recursos naturales, eficiencia pblica y poltica pblica, para ir combatiendo y erradicando la actividad minera ilegal.

 

Imagen 2: Minera ilegal en Napo y Orellana, en Amazona del Ecuador. Destruccin de maquinaria.Destruyen maquinaria en campamentos mineros ilegales de Orellana y Napo

 

Preguntas de investigacin sobre el problema jurdico en cuestin 

Qu provoca y qu la genera a la explotacin ilegal de recursos mineros?

La explotacin ilcita de recursos mineros genera principalmente daos al ambiente, al entorno, cometimiento de delitos comunes, y se da por la falta de empleo, la falta de poltica pblica del sector minero, la precariedad en las labores mineras, la falta de educacin de las comunidades del rea de influencia, falta de control del ente estatal, falta de poltica pblica acertada y la falta de contratacin de personal calificado de parte de los empresarios para la actividad minera para ejecutar los proyectos de la mejor manera.

 

Qu personas con ms frecuencia realizan o ejecutan la actividad minera ilegal?

Las personas que con ms frecuencia ejecutan la actividad minera ilegal y comercio clandestino de los recursos mineros en el Ecuador, son los que viven en el sector minero o en las inmediaciones del sector, ya que ellos conocen de la prctica de las actividades mineras porque generalmente conocen cmo realizar dichas actividades, por sus generaciones pasadas que les han indicado como se las ejecuta, y que se han dedicado toda su vida a esta noble actividad; y, en general realizan dicha labor de manera emprica y en ocasiones al margen de la ley o en la informalidad.

 

Qu puntos son los que repercuten en forma crtica al Estado?

La actividad minera ilegal y su financiamiento ocasionan un dao grave al Estado, se vulneran principalmente los derechos de la naturaleza; ocasionan pasivos ambientales; se fomenta la precarizacin laboral de los trabajadores mineros; se promueve la informalidad minera; no se recauda eficientemente los impuestos que genera la actividad, tanto para el gobierno central, como para los GAD Municipales; y se depredan los recursos naturales de forma desmedida e irracional afectando a las futuras generaciones.

 

Qu problemas sociales genera la actividad minera ilegal en el sector? 

Los problemas sociales que provoca la actividad minera ilegal, su financiamiento y su comercio clandestino, es el aumento de la delincuencia en la regin donde se ubica la actividad minera o el proyecto minero, como: la trata de personas; la usura; los problemas de adicciones; el trabajo infantil; los daos ambientales; lavado de activos; la proliferacin de la informalidad minera; y, la precarizacin laboral y falta de afiliacin al IESS.

 

Cmo son los problemas por actividad minera ilegal en el Per y qu poltica pblica han implementado?

El pas vecino Per tiene actividad minera ilegal desde hace ms tiempo que el Ecuador, padece del auge de delitos comunes que se perpetran junto al delito contra los recursos mineros; se ha ejecutado dicha actividad en el norte del pas y en la Amazona; pero segn investigaciones realizadas al Ministerio de Minera de Per; la Comisin

Econmica Para Amrica Latina y el Caribe CEPAL, y otros, hemos podido constatar que han implementado la poltica pblica acertada de formalizacin de las personas inscritas en el Registro Integral de Formalizacin Minera REINFO, aprobado por Decreto Supremo N 016-2022-EM, publicado el 25/11 /22 de Per, con un plazo mximo para hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta poltica pblica colaborar para tener un censo de personas dedicadas a la actividad minera en el Per debidamente registrado, que ayudar a controlar la actividad minera y recaudar los tributos que correspondan.

La fuente de consulta muy importante y que sirvi para la investigacin de todo el problema de la proliferacin de la explotacin ilegal de los recursos mineros y su comercializacin en el Ecuador, se lo hizo a travs de varios sitios web de las Instituciones del Estado, como la Agencia de Regulacin y Control de Recursos Naturales No Renovables ARCERNNR; de organismos multilaterales como el CEPAL, BANCO MUNDIAL; y tambin reportajes recogidos de las unidades acadmicas como la ESPOL y UTPL, a esto se le suman los reportajes de entrevistas e investigaciones de las revistas de investigacin como PLAN V, Cdigo Vidrio y Revista Vistazo en alianza con Ojo Pblico de Per. Parte de la investigacin de la que hago mencin, la transcribo:

Esta alianza periodstica transnacional accedi a una docena de informes clasificados del sistema de inteligencia ecuatoriano, que ayudan a entender la magnitud de su influencia y operaciones. En Camilo Ponce Enrquez, Los Lobos controlan y operan directamente unas veinte minas de oro ilegal. Adems, realizan extorsiones (vacunas) en otras 30 minas de empresas privadas y controlan a 40 grupos de mineros ilegales, llamados sableros. Esta maquinaria criminal genera decenas de millones de dlares cada mes, y explica en parte el crecimiento sostenido de integrantes de ese grupo delictivo, los tres ltimos aos.

 

 

 

 

 

 

Imagen: Mapa del Cantn Camilo Ponce Enrquez, en Azuay, est asfixiado por la minera ilegal, que tambin est copada por Los Lobos. 40 grupos de sableros (mineros ilegales) son controlados por esa banda.

https://www.codigovidrio.com/code/wp-content/uploads/2024/01/Mapa-POnce.jpg

 

Para que la comunidad conozca de los delitos contra los recursos mineros que se ejecutan en los diferentes cantones mineros, hemos narrado una parte de la entrevista de la revista Vistazo, donde sealan como operan los grupos delincuenciales en el cantn; cmo amenazan y extorsionan a las autoridades; a los que se dedican a la actividad minera, inclusive, en este ao 2024 en los canales de informacin local e internacional pudimos ser testigos de cmo se cometi el delito de asesinato contra la vida del Alcalde del cantn minero Camilo Ponce Enrquez, donde se supone que fue en represalia contra l, porque se conoca que l se encontraba combatiendo el mal denominado minera ilegal en su jurisdiccin.

Como hemos mencionado la palabra sablero, y para tener el conocimiento del significado del vocablo sablero en el comn de la zona minera del pas, debemos indicar que se trata de un minero informal, que explota las concesiones mineras ajenas que poseen ttulo de concesin minera otorgada por el Estado; pero segn la ley ecuatoriana se lo puede encasillar como autor del delito de explotacin ilegal de los recursos mineros.

 

 

 

 

Recogida de datos

Los datos para esta investigacin han sido netamente de obras jurdicas de Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Sancionador, y de Derecho Minero; adems, de textos legales, de revistas de investigacin, y de pginas web de instituciones. Los datos se evidencian de la siguiente forma:

-        Tres textos de doctrina jurdica que ha sido detallada en las referencias del informe cientfico.

-        Textos legales y reglamentarios vigentes que han sido detallados en las referencias del informe, por haber sido debidamente citados.

-        Investigacin en revistas de periodismo de investigacin y en un medio de prensa escrita digital (primicias), que se ha detallado en los pies de pgina y en las referencias.

 

Resultados alcanzados

El objetivo principal de esta investigacin es profundizar en el conocimiento de diversos sectores de la sociedad ecuatoriana, incluyendo funcionarios pblicos, empresarios mineros, trabajadores del sector minero, comerciantes de insumos mineros, profesionales dedicados a la minera, as como el sistema educativo en sus niveles inicial, bsico, secundario y superior. Se busca identificar cundo surgen problemas relacionados y cmo deben abordarse, particularmente a travs de la aplicacin de sanciones segn los mecanismos legales establecidos para aquellos que explotan recursos mineros de manera ilegal en Ecuador. Dichas sanciones pueden ser administrativas o judiciales, dependiendo del caso especfico.

Es crucial profundizar en la problemtica que causa la explotacin ilcita de minerales en el pas y determinar las herramientas adecuadas para la aplicacin efectiva de sanciones administrativas o judiciales contra quienes perpetran estos delitos.

Se propone apoyar al estado ecuatoriano y a la poblacin en general, especialmente en las reas de influencia de los proyectos mineros, mediante la implementacin de polticas pblicas adecuadas que promuevan la formalizacin del empleo en el sector minero. Esto implica desarrollar herramientas legales eficientes para gradualmente erradicar los delitos relacionados con los recursos mineros y otros delitos conexos asociados a la explotacin ilcita de minerales.

Con el fin de promover la justicia y proteger las reservas de recursos mineros, es fundamental que estos sean explotados de manera racional, minimizando o eliminando impactos ambientales negativos. Por lo tanto, se deben identificar y sancionar a los responsables de delitos contra los recursos mineros, as como reducir el lavado de activos y la trata de personas. Adems, se busca contribuir a la recaudacin tributaria para obras pblicas a cargo del gobierno central y gobiernos autnomos descentralizados municipales, al tiempo que se protege el medio ambiente, entre otros objetivos.

En resumen, es necesario llevar a cabo reformas legales para incluir un captulo que regule el procedimiento administrativo de sanciones dentro de la Ley de Minera, as como realizar otras reformas legales y reglamentarias para combatir la actividad minera ilegal. Esto incluye la creacin de incentivos para la formalizacin de la minera, el apoyo al minero artesanal y pequeo minero nacional, sin descuidar la minera en general en todas sus escalas.

 

Discusin

La recopilacin de datos para esta investigacin ha sido extremadamente valiosa, basndonos en obras jurdicas de derecho administrativo sancionador, derecho minero y el contenido de revistas especializadas en periodismo de investigacin. Tambin hemos revisado la informacin proporcionada por instituciones como la Agencia de Regulacin y Control de Recursos Naturales No Renovables, as como por instituciones acadmicas como la Universidad Tcnica Particular de Loja (UTPL).

A partir de este anlisis, hemos identificado que en Ecuador existe normativa que regula el proceso administrativo sancionador nicamente en el Cdigo Orgnico Administrativo. En contraste, la Ley de Minera se limita a definir las infracciones relacionadas con la actividad minera ilegal y su financiamiento.

Por lo tanto, es crucial implementar reformas a la Ley de Minera y su reglamento para clarificar cmo deben aplicarse las leyes y sancionarse estos delitos. Es imperativo unir esfuerzos para combatir las prcticas que operan al margen de la ley, como es el caso de la actividad minera ilegal y su financiamiento. Este es un problema social que afecta no solo a Ecuador, sino que tambin trasciende las fronteras hacia pases vecinos.

 

Conclusiones

El estudio investigativo presentado se enfoca en la aplicacin efectiva de sanciones administrativas y judiciales contra aquellos involucrados en delitos relacionados con la explotacin ilegal de recursos mineros y actividades conexas. Los objetivos principales del trabajo son contribuir al combate y eliminacin de la explotacin ilcita de recursos mineros, su financiamiento y el comercio clandestino de minerales, con el propsito de mitigar daos ambientales y promover la legalidad en estos sectores.

Una conclusin destacada es la importancia crucial de adherirse al marco normativo constitucional y legal establecido para garantizar la correcta tramitacin y aplicacin de las sanciones pertinentes. Es esencial destacar el artculo 55, letra l) del Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial (COOTAD), que otorga competencia exclusiva a los gobiernos autnomos descentralizados para iniciar procesos sumarios de sancin en casos de explotacin ilegal de ridos, ptreos y canteras dentro de su jurisdiccin.

Este estudio no solo proporciona una base slida para la implementacin prctica de medidas legales contra la minera ilegal, sino que tambin se presenta como un recurso educativo valioso para formar y concienciar a futuros profesionales en la importancia de una minera responsable y legal. Los resultados de esta investigacin sern cruciales para guiar las acciones de funcionarios pblicos, abogados, ingenieros mineros, ingenieros ambientales, gelogos y estudiantes de derecho e ingeniera, quienes jugarn un papel fundamental en la proteccin de los recursos naturales del pas y en la promocin de prcticas mineras sostenibles.

 

Referencias

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      3.            GARCA FALCONI Jose Carlos, Anlisis Jurdico Terico-Prctico del Cdigo Orgnico Integral Penal, Tomo Tercero. Quito Ecuador, Agosto 201.

      4.            CATALANO Edmundo F., Curso de Derecho Minero, Editorial Zavalia, 1999 Buenos Aires, Argentina.

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      6.            .GUERRERO CELI Francisco, Nueva Visin del Derecho Administrativo, Edicin Primera, Febrero de 2019.

      7.            REVISTA PLAN V. La minera ilegal tiene cuatro enclaves productivos que abarcan nueve provincias, 13 de septiembre de 2023. (http//.www.planv.com.ec)

      8.            REVISTA CDIGO VIDRIO, Los Lobos extraen oro de 20 minas bajo su control en Azuay, (https://www.codigovidrio.com/)

      9.            Comisin Especial para Control de la Minera Ilegal CECMI, creado mediante Decreto Ejecutivo 754 - Registro Oficial 451 del 18 de mayo de 2011.

  10.            UNIVERSIDAD TCNICA PARTICULAR DE LOJA UTPL. Mapa concesiones mineras de metlicos, UTPL. (http://ambar.utpl.edu.ec/)

  11.            MINISTERIO DE ENERGA Y MINAS. 21 detenidos por presunto delito de minera ilegal en El Oro, (//historico.mineria.gob.ec)

  12.            COMISIN ECONMICA PARA EL CARIBE Y AMERICA LATINA CEPAL, El Proceso de Formalizacin Minera Integral en Per (https://www.cepal.org/)

  13.            13. Ministerio de Minera del Per, PROCESO DE FORMALIZACIN MINERA (https://formalizacionminera.minem.gob.pe/)

  14.            Fuentes normativas

  15.            Constitucin de la Repblica del Ecuador, (Decreto Legislativo Registro Oficial 449 del 20 de octubre de 2008).

  16.            Ley de Minera, (ley 45. Registro Oficial Suplemento 517 del 29 de enero de 2009).

  17.            Reglamento General de la Ley de Minera, (Decreto Ejecutivo 119, Registro Oficial-S 67 del 16 de noviembre de 2009).

  18.            Cdigo Orgnico Administrativo, (Registro Oficial-S 31 del 7 de julio de 2017).

  19.            Cdigo Orgnico del Ambiente, (Registro Oficial Suplemento 983 del 12 de abril de 2017).

  20.            Cdigo Penal, DECRETO LEGISLATIVO N 635. Sistema Peruano de Informacin Jurdica Ministerio de Justicia 16/10/2018, 2018, actualizado al: 16/09/2018 (https://www2.congreso.gob.pe/).

 

 

 

 

 

 

2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

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