Procesos de atencin a mujeres vctimas de violencia domstica en el derecho penal ecuatoriano

 

Processes of care for women victims of domestic violence in Ecuadorian criminal law

 

Processos de atendimento a mulheres vtimas de violncia domstica no direito penal equatoriano

Darwing Alberto Valencia-Juez I
darwing.valencia@funcionjudicial.gob.ec
https://orcid.org/0000-0001-5165-2808

,Carlos Walberto Churta-Rodrguez II
churta1974@hotmail.com 
https://orcid.org/0009-0005-3476-5161
Paulina Alexandra Len-Huayamave III
ab.paulinaleonh@outlook.com  https://orcid.org/0009-0003-6604-5500

,Henry Miguel Muiz-Torres IV
hmuniz@istvr.edu.ec
https://orcid.org/0000-0001-5165-2808
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: darwing.valencia@funcionjudicial.gob.ec

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 17 de abril de 2024 *Aceptado: 18 de mayo de 2024 * Publicado: 16 de junio de 2024

 

        I.            Magster en Derecho Penal y Criminologa, Especialista en Derecho Penal y Justicia Indgena, Abogado de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador, Consejo de la Judicatura, Ecuador.

      II.            Mster Universitario en Derecho Penal Econmico, Abogado de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador, Independiente, Ecuador.

    III.            Magster en Derecho Administrativo, Abogada de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador, Independiente, Ecuador.

    IV.            Magster en Derecho Mencin en Derecho Procesal Constitucional, Abogado de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador, Instituto Superior Tecnolgico Vicente Rocafuerte, Guayaquil, Ecuador.


Resumen

La violencia de gnero es un flagelo que lamentablemente esta aun presente en las sociedades del mundo, ecuador es uno de los pases con ms altos ndices de violencia domstica en Latinoamrica. El objetivo principal de esta investigacin es presentar los preceptos que describen a la violencia domstica en el pas y el proceso inmerso en el acompaamiento de las instituciones judiciales dispuestas para tal fin, todo ello mediante una metodologa de tipo descriptiva bibliogrfica, en la que se realiza una investigacin de fuentes legales como libros, leyes, ordenanzas y dems tipos de publicaciones jurdicas, todo eso por medio de la utilizacin de un motor de bsqueda como el Google Acadmico, de igual manera se hizo uso de las bases de datos de revistas indexadas como Scielo y Dialnet. Como principal conclusin, destaca el avance en cuanto a la legislacin ecuatoriana en torno a la erradicacin de la violencia domstica en contra de la mujer, de igual manera destaca la marcada diferencia entre la nueva constitucin del ao 2008 y las leyes dispuestas para erradicar la violencia domstica, sin embargo, prevalecen las altas cifras de algn tipo de violencia en contra de la mujer.

Palabras Clave: Violencia; Genero; Legislacin.

 

Abstract

Gender violence is a scourge that unfortunately is still present in societies around the world. Ecuador is one of the countries with the highest rates of domestic violence in Latin America. The main objective of this research is to present the precepts that describe domestic violence in the country and the process immersed in the support of the judicial institutions arranged for this purpose, all through a descriptive bibliographic methodology, in which an investigation of legal sources such as books, laws, ordinances and other types of legal publications, all through the use of a search engine such as Google Scholar, in the same way use was made of the databases of indexed journals such as Scielo and Dialnet. As the main conclusion, the progress in Ecuadorian legislation regarding the eradication of domestic violence against women stands out, and the marked difference between the new constitution of 2008 and the laws established to eradicate violence stands out. domestic, however, high figures of some type of violence against women prevail.

Keywords: Violence; Gender; Legislation.

 

Resumo

A violncia de gnero um flagelo que infelizmente ainda est presente nas sociedades de todo o mundo. O Equador um dos pases com as maiores taxas de violncia domstica na Amrica Latina. O objetivo principal desta pesquisa apresentar os preceitos que descrevem a violncia domstica no pas e o processo imerso no apoio das instituies judicirias dispostas para esse fim, tudo por meio de uma metodologia bibliogrfica descritiva, em que se faz uma investigao de fontes jurdicas como livros, leis, portarias e outros tipos de publicaes jurdicas, tudo por meio de um mecanismo de busca como o Google Acadmico, da mesma forma que foram utilizadas as bases de dados de peridicos indexados como Scielo e Dialnet. Como principal concluso, destaca-se o progresso na legislao equatoriana em relao erradicao da violncia domstica contra as mulheres, e destaca-se a marcante diferena entre a nova constituio de 2008 e as leis estabelecidas para erradicar a violncia domstica, porm, nmeros elevados de algum tipo. prevalece a violncia contra as mulheres.

Palavras-chave: Violncia; Gnero; Legislao.

 

Introduccin

La violencia de gnero, un fenmeno global generalizado, contina ensombreciendo las sociedades de todo el mundo y afecta de manera desproporcionada a mujeres y nias. Ecuador, como muchas otras naciones, lidia con las devastadoras consecuencias de esta violencia, que se manifiesta en diversas formas, incluyendo agresin fsica, abuso sexual, dao psicolgico y feminicidio. En respuesta a este desafo persistente, el derecho penal ecuatoriano ha evolucionado para proporcionar un marco para abordar la violencia de gnero, con el objetivo de proteger los derechos de las mujeres, disuadir a los perpetradores y promover la igualdad de gnero.

Ante la adopcin de la nueva constitucin de la repblica en el ao 2008, ecuador ha dado una respuesta contundente ante los hechos de violencia de gnero histrica, ya que desde la palestra jurdica se ha hecho eco de este tipo de flagelo que ataca a la sana convivencia, antes de esta constitucin, las leyes no estaban cohesionadas y podran existir vacos constitucionales que dificultaban la proteccin ante estos hechos, sin embargo, esta nueva constitucin marco un punto de inflexin en cuanto a materializar la obligacin del estado en cuanto a la proteccin de las mujeres.

Luego de la aprobacin del nuevo texto constitucional, las leyes en torno a la proteccin de la mujer han sido modificadas, permitiendo que exista un marco jurdico idneo para lograr abordar la violencia de genero abarcando medidas de prevencin, proteccin, enjuiciamiento y reparacin a las vctimas.

De igual manera, algo que debe destacar es la promulgacin de la Ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en 2018, el cual sirve para tipificar y condenar los diferentes delitos en contra de la mujer. Tambin es importante mencionar, que en el Cdigo Penal Ecuatoriano (COIP) tipifica diferentes tipos de delitos en contra de la mujer, disponiendo un captulo entero dedicado a este tipo de violencia, el cual se llama Delitos contra la mujer, la familia y la niez.

En la investigacin, se realizar una exploracin de los principios que rigen el derecho penal en ecuador y su aplicabilidad en la defensa de hechos de violencia de gnero, analizando la normativa legal vigente y la realidad actual de Ecuador en materia de violencia contra la mujer.

El derecho penal ecuatoriano ha logrado avances significativos en el abordaje de la violencia de gnero, proporcionando un marco legal integral para proteger los derechos de las mujeres y responsabilizar a los perpetradores. Sin embargo, los desafos siguen siendo enormes, ya que la violencia de gnero contina azotando a la sociedad. Se necesitan esfuerzos continuos para fortalecer la aplicacin de la ley, mejorar los servicios de apoyo a las vctimas, promover la igualdad de gnero y fomentar una cultura de respeto por los derechos de las mujeres. Slo a travs de un enfoque integral y sostenido podr Ecuador combatir eficazmente la violencia de gnero y construir una sociedad ms justa y equitativa para todos.

 

Metodologa

La metodologa que se tom para la realizacin de esta investigacin fue la descriptiva de tipo bibliogrfica documental, en la que por medio de la utilizacin de un motor de bsqueda como Google Acadmico se procedi a buscar artculos cientficos y trabajos de investigacin basados en la legislacin ecuatoriana a nivel penal en los delitos tipificados como violencia domstica. De igual manera se revisaron diversos materiales bibliogrficos dispuestos en la web de sitios oficiales

gubernamentales, en las que se logr ubicar las leyes y lineamientos a seguir en torno a los procedimientos para el acompaamiento legal de las vctimas de violencia basada en el gnero.

Por otro lado, las revistas cientficas aportaron importante informacin acerca de los procedimientos legales y las cifras reales en materia de violencia de gnero, as como la revisin y anlisis de material bibliogrfico contenido en las bases de datos como Scielo y Dialnet, entre otras.

 

Desarrollo

La humanidad ha encontrado los caminos para poder vivir en comunidad, se ha apelado a los principios y fundamentos de respeto, lo que ha permitido que las sociedades se establezcan bajo preceptos legales de convivencia ciudadana, en donde por medio de la concepcin y conformacin de sistemas jurdicos que responden a las necesidades y caractersticas propias de cada nacin.

Este tipo de sistemas jurdicos representa la columna vertebral que sostiene el andamiaje constitucional en un pas, bajo ese precepto se puede conceptualizar la existencia del derecho pblico, el cual es:

El Derecho Pblico es el ordenamiento jurdico que permite tener adecuadas relaciones de subordinacin, cooperacin y ordenacin entre el Estado y las personas que habitan un lugar determinado regulando el ejercicio de las funciones soberanas del poder pblico (Castro et al., 2019).

Este se ha dividido en ramas que se aplican o especializan a determinado campo, en este sentido, los mismos autores los mencionan:

         Derecho Constitucional: Es la rama del Derecho que tiene por objeto el anlisis de las leyes fundamentales que define el Estado; estudia El Estado y sus relaciones, define la estructura, rganos competencias, define las garantas y derechos de los gobernados.

         Derecho Procesal Civil: Es el conjunto de normas y principios jurdicos que regulan la funcin jurisdiccional del Estado y que fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuacin del derecho positivo y los funcionarios encargados de ejercerla a cargo del gabinete poltico.

         Derecho Procesal Penal: Es la rama del Derecho Pblico que estudia la Teora del delito, tipo Penal, las penas y medidas relacionadas en cada caso.

         Derecho Administrativo: Es el conjunto de normas jurdicas que organizan la prestacin y el control de los servicios, tiene como objetivo la regulacin de la Administracin pblica, norma.

         Derecho Tributario: Es el conjunto de normas y principios que regulan la relacin jurdico-tributaria que nace entre la administracin y el contribuyente, al producirse el hecho generador del tributo.

         Derecho Registral: Se define como el conjunto de normas jurdicas que regulan las relaciones entre personas y cuyo fin es la publicidad registral, que no es ms que el derecho que tiene una persona de informarse de los actos de la vida pblica, brindando as seguridad jurdica a las personas.

         Derecho Notarial: Es el conjunto de normas legales que regulan las funciones de los notarios y establece los procedimientos y requisitos que deben reunir para su validez, ciertos actos y contratos que ante ellos se celebran.

         Derecho Internacional Pblico: Son las normas que rige las relaciones del Estado y otros sujetos internacionales entre s, establece y determina los derechos y deberes recprocos que les corresponden.

         Derecho Eclesistico: Es el conjunto de las normas desde las que el Estado regula los aspectos sociales de los fenmenos religiosos (p. s/n)

El derecho penal en ecuador, conlleva una serie de estatutos y regulaciones que conforman el piso jurdico necesario para que quien infrinja una norma legal obtenga una sentencia, en este sentido, YucUGCHA (Yugcha, 2023) expresa lo siguiente:

El poder punitivo del estado entorno a la esfera del derecho penal sustantivo ecuatoriano, posee la facultad sancionadora que dispone imponer una pena a quien ha infringido una norma jurdica. El poder punitivo es ejercido por el sistema penal y sus instituciones en forma de criminalizacin primaria y secundaria; la primaria es un programa genrico que contiene un catlogo de delitos con amenaza de recibir pena; y, la secundaria las Instituciones que la aplican. (p. (10).

Resulta conveniente conocer cules son los principios que rigen al derecho penal en Ecuador, por lo cual, a continuacin, se describen en la siguiente tabla.

 

 

 

 

 

 

Tabla 1: Principios del Derecho Penal en Ecuador.

Fuente: (Chiluiza, 2024).

 

Los principios del derecho penal, obedecen a una serie de factores que se engranan con la finalidad de proporcionar tanto a la vctima como al supuesto victimario los escenarios judiciales ptimos para su acusacin y defensa, desde el punto de vista de la igualdad y equidad, con la finalidad de que los actores del hecho judicial puedan hacer justicia.

Por otro lado, la penalizacin de diferentes delitos en el pas representa una de las herramientas judiciales ms idneas para lograr una efectiva gestin de la paz y seguridad, ya que la justicia efectiva trae consigo la tranquilidad necesaria para la reparacin a las vctimas, en este sentido es importante resaltar uno de los temas ms sensibles en cuanto a los actos de violencia que ocurren en el pais, se habla en este caso de la violencia que se ejerce en contra de las mujeres, este es un flagelo que lamentablemente ocurre desde tiempos muy remotos, en la actualidad este tipo de situaciones an se repiten, y afecta a muchas ms mujeres y nias.

La violencia de genero se ha visibilizado an ms gracias a los miles de vctimas que han alzado su voz para tratar de evitar que este tipo de agresiones se repliquen, por otro lado desde organizaciones internacionales persiguen el fin nico de erradicarlas. En este sentido la CEPAL (2023) afirman que:

La Organizacin Mundial de la Salud estima que el 31% de las mujeres de entre 15 y 49 aos ha vivido violencia de pareja y violencia sexual infligida por otros. Es por esto que desde el ao 2008, se lleva adelante la campaa del Secretario General de las Naciones Unidas NETE para Poner Fin a la Violencia contra las Mujeres antes de 2030, con el propsito de prevenir y eliminar la violencia por razn de gnero contra las mujeres y las nias en todo el mundo. (p.1).

En ecuador, las instituciones y leyes estn dispuestas para dar cumplimiento en cuanto a la prevencin, acompaamiento de las vctimas y la reparacin de los daos causados, por lo cual el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos de Ecuador MMDH (2020) afirma lo siguiente:

La LOIPEVCM crea el Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como el conjunto organizado y articulado de instituciones, normas, polticas, planes, programas, mecanismos y actividades orientados a prevenir y a erradicar la violencia contra las mujeres, a travs de la prevencin, atencin, proteccin y reparacin integral de los derechos de las vctimas (art. 13). El objeto del sistema es el de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres mediante el diseo, formulacin, ejecucin, supervisin, monitoreo1 y evaluacin de normas, polticas, programas, mecanismos y acciones, en todas las instancias y en todos los niveles de gobierno, de forma articulada y coordinada (art. 14). (p.1).

Ecuador cuenta con un sistema de registro para el registro de los feminicidios, el cual se describe en la siguiente Figura.

 

Figura 1: Ecuador: sistematizacin del proceso de registro de feminicidios, 2023

Fuente: (CEPAL, 2023)

 

Las cifras en cuanto a la violencia que sufren las mujeres son realmente impactantes, 65 de cada 100 mujeres en el Ecuador, han experimentado por lo menos un hecho de algn tipo de violencia en alguno de los distintos mbitos a lo largo de su vida, siendo la violencia psicolgica la de mayor porcentaje, esto es, 56.9%; le sigue la violencia fsica con 35.4%; la violencia sexual con 32.7% y la violencia patrimonial con 16.4%. Por mbito, la encuesta registra que 20 de cada 100 mujeres, experimentaron algn tipo de violencia en el mbito laboral, siendo las provincias de Pichincha 11,8%; Santo Domingo de los Tschilas 10,1 %; y Sucumbos 9,8 %, las que registran los porcentajes ms altos a nivel nacional (Defensora del Pueblo, 2022).

Es importante mencionar, que este tipo de violencia no prevalece en una regin o pas en especfico, es un fenmeno que se ha globalizado a tal punto que desde organizaciones mundiales han tomado como bandera de lucha una gran cantidad de campaas en pro de evitar este flagelo que se ha agravado y escalado al pasar de los aos, alcanzando niveles alarmantes traspasando clases sociales, etnias, nivel acadmico y orientaciones sexuales (Montec et al., 2022).

En este mismo orden de ideas, resulta importante mencionar que la violencia basada en el gnero ha trastocado diferentes estereotipos, es decir, ms all de la violencia ejercida por una persona del sexo masculino hacia una mujer o nia, tambin se realizan actos de violencia hacia hombres que no cumplen con los estereotipos fijados socialmente para un macho alfa esto aunado a los casos en que las orientaciones sexuales diferentes, haciendo dao o fomentando una conducta violenta hacia ese grupo de personas (Miranda, 2020).

Revelo (2023) afirma que existen varios tipos de violencia, pero la fsica, tiene como resultado la probabilidad de causar dao, sufrimiento e incluso la muerte, esta no distingue clase social, edad o parentesco, sin embargo, en la violencia de gnero se tiene en consideracin que esta violencia es ejercida hacia la mujer y a las diversidades de gnero; por lo que, la misma es expuesta a tratos discriminatorios violentos en donde terminan golpeadas, humilladas e incluso desgraciadamente pueden causarles la muerte. En este sentido, es importante conocer cules son los tipos de violencia tipificados en la Ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (LOPEVCM), segn la siguiente figura:

 

Figura 2: Tipos de Violencia

Fuente: (Revelo, 2023).

El Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP), define la violencia en el marco intrafamiliar, de la siguiente manera:

Artculo 155 Violencia contra la mujer o miembros del ncleo familiar. - Se considera violencia toda accin que consista en maltrato fsico, psicolgico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o dems integrantes del ncleo familiar. Se consideran miembros del ncleo familiar a la o al cnyuge, a la pareja en unin de hecho o unin libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vnculos familiares, ntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitacin (Consejo de la Judicatura, 2020).

La ley ecuatoriana protege del maltrato tanto fsico como psicolgico a las vctimas de violencia basadas en el gnero, en torno a esto se han establecido diferentes protocolos que engranan una serie de instituciones del estado para garantizar se preserve la integridad y la vida de las agraviadas. En torno a esto conviene conocer el protocolo que se activ en el ao 2020 por la pandemia generada por el Covid 19, en donde el estado se propuso resguardar a las mujeres en el periodo de confinamiento por medio de la activacin de un protocolo en el cual los organismos del estado estaban en alerta y dispuestos para la atencin de los ciudadanos, pero en especfico de las vctimas de violencia de genero. La siguiente informacin es descrita por Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos (Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, MMDH, 2020):

Servicio Integrado de Seguridad SIS ECU 911:

         Recibir llamadas de emergencia reportadas en curso por parte de la persona agredida o por terceras personas conocedoras del hecho, recabar la ubicacin de la persona en situacin de vulnerabilidad, para una pronta intervencin por parte de las instituciones de respuesta.

Fiscala General del Estado:

         La Fiscala General del Estado dirige de oficio o a peticin de parte la investigacin preprocesal y procesal penal; ejerce la accin pblica con sujecin a los principios de oportunidad y mnima intervencin penal, con especial atencin al inters pblico y a los derechos de las vctimas. De hallar mrito acusa a los presuntos infractores ante un juez competente, e impulsa la acusacin en la sustanciacin del juicio penal con sujecin al debido proceso y respeto a los Derechos Humanos.

         Dirige un sistema especializado integral de investigacin, de medicina legal y ciencias forenses, as como el sistema de proteccin y asistencia a vctimas, testigos y participantes en el proceso penal.

         Las Unidades de Flagrancia tienen como responsabilidad receptar, atender, sortear la noticia del delito a la autoridad de todos los casos de violencia de gnero flagrantes y no flagrantes que lleguen a su conocimiento en este perodo, de modo que se aperturen las fases procesales correspondientes, para lo cual deber activar sus protocolos de atencin y todas las directrices que se han aprobado durante la emergencia sanitaria.

         Si los hechos de violencia de gnero constituyen una contravencin referir de manera inmediata el caso a las unidades judiciales de flagrancia que el Consejo de la Judicatura ha definido por circunscripcin territorial.

         El Sistema Nacional de Proteccin a Vctimas, Testigos y otros Participantes del Proceso Penal de Fiscala General, cuenta con una Direccin Nacional y 23 Unidades Provinciales de atencin, con quienes se puede coordinar una solicitud de ingreso al Sistema.

En el derecho penal ecuatoriano, el proceso para la atencin a las mujeres vctimas de violencia domstica se encuentra establecido en la Ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIV contra la Violencia de Gnero), en el Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP), y en diversos protocolos y procedimientos implementados por las entidades competentes. En Ecuador la violencia de gnero es una preocupacin del Estado, quien pretende resolverla a travs de la aplicacin de la justicia (Molina et al., 2022).

De lo anterior destaca el procedimiento habilitado para la proteccin y acompaamiento de las victimas por parte de las autoridades judiciales y organismos como la polica. Sin embargo, Castillo y Ruiz (2021) describen el proceso de atencin a la vctima de la siguiente manera:

      1.            Dependiendo del caso, la denuncia por violencia intrafamiliar puede presentarse en las Unidades Judiciales de Violencia contra la Mujer y la Familia, Unidades Multicompetentes, o si se trata de un delito (Ejemplo: sexual) en la Fiscala.

      2.            Para realizar este tipo de denuncias no se necesita de un abogado, y puede ser presentada de forma verbal o escrita.

      3.            La atencin a vctimas de violencia intrafamiliar es prioritaria, para ello la oficina de primera acogida deber orientar a la vctima sobre el proceso judicial, y derivar a la misma en caso de ser necesario a la oficina de atencin mdica; as la oficina de primera acogida recibir la entrevista y tomarn la denuncia, para luego continuar con el trmite correspondiente.

      4.            En la Unidad Judicial el juez o jueza evaluar el nivel de riesgo en el que se encuentra la vctima al momento de realizar la denuncia, y segn el tipo de violencia otorgar las medidas de proteccin respectivas, mismas que sern emitidas de forma inmediata.

      5.            Si la denuncia de violencia deviene en una contravencin, la vctima, debe conocer que ms adelante deber rendir su versin ante el juez o jueza; colaborar con exmenes psicolgicos, sociales dependiendo de las disposiciones del juzgador; y, comparecer a la audiencia de juzgamiento acompaado de un abogado defensor.

      6.            Este tipo de procesos termina con sentencia del Juez o Jueza, quien, se pronunciar sobre las medidas de proteccin otorgadas en un inicio, y de ser necesario se ratificar en las mismas, pudiendo incluso extenderlas dependiendo de la gravedad, caso contrario, las dejar sin efecto.

De igual manera, se entiende que la ley contiene para la violencia de gnero tantos procesos administrativos como judiciales, los primeros por cuanto, se tienen a las Juntas cantonales que tambin son facultadas para conocer de los casos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgnica Integral para la Prevencin y Erradicacin de la Violencia contra las Mujeres y su Reglamento para Juntas Cantonales de Proteccin de Derechos, Tenencias Polticas y Comisaras Nacionales casos de violencia (Chves, 2022).

De tal modo que, en ecuador se han incorporado nuevas leyes que complementan lo descrito en la nueva constitucin del ao 2008, en donde se le da una serie de derechos a las mujeres en torno a la defensa y proteccin de la violencia domstica, esto sin duda ha representado un avance en materia jurdica en el pas, de igual manera se han incrementado en la cobertura del sistema de proteccin para vctimas de violencia, propender a la especializacin del talento humano para la atencin de vctimas de violencia, fortalecer la cobertura de Unidades Judiciales contra la violencia a la mujer y la familia, favorecer la generacin de informacin, establecer mecanismos del delito de femicidio y facilitar la sensibilizacin de la sociedad frente a nuevos tipos penales (Puchaicela y Torres, 2019).

 

 

 

Conclusiones

En el desarrollo de este artculo, se ha podido profundizar acerca de los tpicos que definen a la violencia basada en el gnero, en las diferentes tipos de violencia y su tipificacin en la normativa legal vigente en el pas.

Cabe destacar, que ecuador ha logrado realizar una serie de cambios a sus leyes para lograr estar a tono con el derecho internacional y la defensa y proteccin de sus ciudadanos, a travs por ejemplo de la promulgacin de la ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en 2018.

El artculo tambin ha analizado las disposiciones especficas del Cdigo Penal ecuatoriano (COIP) que abordan la violencia de gnero, explorando el alcance de la proteccin ofrecida a las vctimas y los mecanismos establecidos para investigar, procesar y sancionar a los perpetradores.

Si bien el derecho penal ecuatoriano ha logrado avances notables en el tratamiento de la violencia de gnero, persisten desafos. Por lo cual deben ser reforzados el marco legal y la accin eficaz de las instituciones, de igual manera se debe fomentar la cultura de igualdad de gnero, as como el abordaje de las causas originarias de la violencia de gnero.

 

Referencias

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      2.            Castro Pizarro, J. M., Masache Romero, C. M., & Durn Ocampo, A. R. (2 de septiembre de 2019). La aplicacin del Derecho Pblico en el Ecuador. Revista Universidad y Sociedad, 11(4). Recuperado el 11 de junio de 2024, de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202019000400350

      3.            CEPAL. (2023). Violencia Feminicida en Cifras Amrica Latina y el Caribe. Santiago: Naciones Unidas. Recuperado el 12 de junio de 2024, de https://oig.cepal.org/sites/default/files/s2301024_es.pdf

      4.            Chves, M. (2022). El sistema procesal y su incidencia en las vctimas de violencia de gnero en Portoviejo 2021. Ambato: Artculo cientfico previo a la obtencin del grado acadmico de Magster en Derecho mencin en Prctica Procesal Penal y litigacin oral de la Universidad Regional Autnoma de los Andes. Recuperado el 13 de junio de 2024, de https://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/15108/1/UA-MLO-EAC-002-2022.pdf

      5.            Chiluiza Naranjo, E. E. (2024). Principios del Derecho Penal en el Ecuador. Ciencia Latina Revista Cientfica Multidisciplinar, 8(3). doi:https://doi.org/10.37811/cl_rcm. v8i3.11189

      6.            Consejo de la Judicatura. (2020). Gua Informativa Violencia de gnero y violencia intrafamiliar. Consejo de la Judicatura. Recuperado el 13 de junio de 2024, de https://www.funcionjudicial.gob.ec/pdf/guia-informativa-violencia-de-genero.pdf

      7.            Defensora del Pueblo. (2022). Informacin sobre: La violencia y su impacto en el derecho a la salud. Defensora del Pueblo de Ecuador. Recuperado el 12 de junio de 2024, de https://repositorio.dpe.gob.ec/bitstream/39000/3182/1/DEPE-DPE-002-2022.pdf

      8.            Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, MMDH. (2020). Protocolo de comunicacin y atencin de casos de violencia de gnero durante la Emergencia Sanitaria por CORONAVIRUS (COVID-19). Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos. Recuperado el 13 de junio de 2024, de https://www.derechoshumanos.gob.ec/wp-content/uploads/2020/07/Actualizacion-Protocolo-comunicacion-y-atencion-violencia-1.pdf

      9.            Miranda, M. L. (2020). Desmitificando estereotipos de gnero: un anlisis del delito de violacin en la legislacin ecuatoriana. Defensora del pueblo. Recuperado el 12 de junio de 2024, de https://repositorio.dpe.gob.ec/bitstream/39000/2451/1/PE-007-DPE-2020.pdf

  10.            MMDH. (2022). Informe del PRIMER SEMESTRE 2022 de Gestin de la Implementacin de la Ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Quito: Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos. Recuperado el 12 de junio de 2024, de https://www.derechoshumanos.gob.ec/wp-content/uploads/2023/05/final_suscrito_informe_1ersemestre-2022-snipevcm-03ene2023.pdf

  11.            Molina Oramas, A. F., Seplveda Soto, A. E., & Duran Ocampo, A. R. (1 de noviembre de 2022). Impacto de las denuncias indebidas de violencia de gnero. Revista cientfica Sociedad & Tecnologa, 5(s2). doi:https://doi.org/10.51247/st. v5iS2.354

  12.            Montec-Giler, L. A., Molina-Mora, J. F., & Daz-Basurto, I. J. (1 de marzo de 2022). Violencia de gnero en Ecuador. CIENCIAMATRIA Revista Interdisciplinaria de Humanidades, Educacin, Ciencia y Tecnologa, 7(2). doi:10.35381/cm. v8i2.699

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  14.            Revelo Guam, A. C. (2023). El tipo de femicidio en el derecho penal ecuatoriano. Otavalo: Trabajo de titulacin previo a la obtencin del ttulo de Abogado de los Tribunales y de los Juzgados de la Repblica del Ecuador. Recuperado el 12 de junio de 2024, de https://repositorio.uotavalo.edu.ec/bitstream/52000/915/1/UO-PG-DER-001-2023.pdf

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