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Estudio jur�dico penal y criminol�gico en la situaci�n de malos tratos habituales a la mujer

 

Criminal and criminological legal study in the situation of habitual abuse of women

 

Estudo jur�dico criminal e criminol�gico na situa��o de abuso habitual de mulheres

Luis Alberto Merch�n-Mosquera I
luis_merchan_m@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-0513-8442

,Silvio Eduardo Enr�quez-Toala II
silvioenriquez@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0008-9391-3904
Yuner Ulpiano Galarza-Galarza III
yugala19@gmail.com
https://orcid.org/0009-0004-2201-892X 

,Gina Yohanna Sol�rzano-Zambrano IV
g.s1980@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0001-6739-7370
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: luis_merchan_m@hotmail.com

 

Ciencias Sociales y Pol�ticas

Art�culo de Investigaci�n

 

 

* Recibido: 17 de diciembre de 2023 *Aceptado: 20 de enero de 2024 * Publicado: �20 de febrero de 2024

 

        I.            Doctor en Estado de Derecho y Gobernanza Global, Abogado, Investigador Independiente, Ecuador.

      II.            Mag�ster en Ciencias Penales y Criminol�gicas, Abogado, Investigador Independiente, Ecuador.

   III.            Mag�ster en Penal, Constitucional y Derechos Humanos, Abogado, Investigador Independiente, Ecuador.

   IV.            Mag�ster en Derecho Constitucional, Abogado, Investigador Independiente, Ecuador.


Resumen

En los �ltimos a�os, el tema de la violencia dom�stica, tanto f�sica o psicol�gica, hacia la mujer, ha invadido diversos campos de la investigaci�n, El maltrato dom�stico en el �mbito familiar es una conducta que ha venido siendo aceptada o, al menos, no denunciada, durante muchos a�os por nuestra sociedad. Es indudable que la violencia dom�stica contra las mujeres constituye un problema real y grave que se aprecia en toda su intensidad, en nuestro tiempo a consecuencia de los malos tratos recibidos. La desaprobaci�n social, la reacci�n del marido, la situaci�n familiar, la falta de informaci�n de las consecuencias de la denuncia y la tolerancia de la primera agresi�n por parte de la mujer, que si no es adecuadamente asesorada puede verse afectada por el ciclo de violencia familiar. A trav�s de estudios como este, que favorecen la concienciaci�n social ante esta problem�tica, tambi�n se pretende informar sobre la situaci�n y conseguir mejorar la regulaci�n legal y asistencial de las v�ctimas que sufren malos tratos por parte de sus esposos o compa�eros.

Palabras Clave: Violencia dom�stica; maltrato dom�stico; concienciaci�n social; regulaci�n legal.

 

Abstract

In recent years, the issue of domestic violence, whether physical or psychological, towards women, has invaded various fields of research. Domestic abuse in the family environment is a behavior that has been accepted or, at least, not denounced for many years by our society. There is no doubt that domestic violence against women constitutes a real and serious problem that can be seen in all its intensity in our time as a result of the mistreatment received. Social disapproval, the husband's reaction, the family situation, the lack of information about the consequences of the complaint and the woman's tolerance of the first attack, which if she is not adequately advised can be affected by the cycle of violence. familiar. Through studies like this one, which promote social awareness of this problem, the aim is also to inform about the situation and improve the legal and assistance regulation of victims who suffer abuse from their husbands or partners.

Keywords: Domestic violence; domestic abuse; social awareness; legal regulation.

 

Resumo

Nos �ltimos anos, a quest�o da viol�ncia dom�stica, seja f�sica ou psicol�gica, contra as mulheres, tem invadido v�rios campos de investiga��o. A viol�ncia dom�stica no ambiente familiar � um comportamento aceite ou, pelo menos, n�o denunciado h� muitos anos pelos nossos. sociedade. N�o h� d�vida de que a viol�ncia dom�stica contra as mulheres constitui um problema real e grave que pode ser visto em toda a sua intensidade no nosso tempo, como resultado dos maus-tratos recebidos. A desaprova��o social, a rea��o do marido, a situa��o familiar, a falta de informa��o sobre as consequ�ncias da den�ncia e a toler�ncia da mulher ao primeiro ataque, que se n�o for adequadamente aconselhada pode ser afetada pelo ciclo de viol�ncia familiar. Atrav�s de estudos como este, que promovem a sensibiliza��o social para esta problem�tica, pretende-se tamb�m informar sobre a situa��o e melhorar a regula��o jur�dica e assistencial das v�timas que sofrem abusos por parte dos seus maridos ou companheiros.

Palavras-chave: Viol�ncia dom�stica; viol�ncia dom�stica; consci�ncia social; regulamenta��o legal.

 

Introducci�n

La violencia de g�nero se perpet�a debido, entre otras cosas, a la persistencia de valores patriarcales que contribuyen abierta o encubiertamente a diferentes actitudes sexuales y estereotipos sobre las mujeres durante el sometimiento. La Declaraci�n de las Naciones Unidas sobre la Eliminaci�n de la Violencia contra la Mujer establece que la violencia contra la mujer es una violaci�n de los derechos humanos y las libertades fundamentales que limita estos derechos y libertades. Esta declaraci�n sirve de gu�a para las pol�ticas jur�dicas de los Estados Miembros, que a su juicio es esencialmente una gu�a para la prevenci�n, sanci�n, educaci�n y bienestar de la poblaci�n, contenida en la Ley. 1/2004.

En cuanto a la terminolog�a jur�dica, existe una grave confusi�n por el mismo uso de t�rminos como violencia dom�stica, violencia de g�nero o �violencia contra las mujeres. Es importante en t�rminos de cambiar el papel tradicional de la mujer en la sociedad. Por otra parte, si bien la citada Ley No. 1/2004 protege a las mujeres, especialmente a las personas vulnerables, se critica que no se tienen en cuenta todos los casos de violencia contra la mujer. Se examina la violencia de g�nero, se ve que es violencia que surge de condiciones de vida m�s o menos estables y no apunta a las mujeres por el hecho de ser mujeres; es decir, se toman en consideraci�n los casos en cuesti�n. La violencia, en cualquier forma, tiene sus ra�ces en el desprecio, el odio o el miedo a otro problema y, comprensiblemente, gran parte de esto ocurre en el hogar.

 

 

Desarrollo

Malos tratos dom�stico

Es todo acto u omisi�n sobrevenido en el marco de la familia por obra de uno de sus miembros, que atenta contra la vida, integridad corporal o ps�quica o libertad de otro miembro de la misma familia, o que amenaza gravemente el desarrollo de su personalidad. A partir de este concepto se pueden establecer distintos tipos de malos tratos.

El maltrato en el hogar, tambi�n denominado �violencia dom�stica� o �violencia contra la pareja�, puede definirse como un patr�n de conducta utilizado en cualquier relaci�n para obtener o mantener el control sobre la pareja. Constituye maltrato todo acto f�sico, sexual, emocional, econ�mico o psicol�gico que influya sobre otra persona, as� como toda amenaza de cometer tales actos, lo cual incluye cualquier comportamiento que asuste, intimide, aterrorice, manipule, da�e, humille, culpe, lesione o hiera a alguien.

El maltrato se puede producir en muchos tipos de parejas, como las casadas o las que viven juntas, y durante el noviazgo. Afecta a personas de cualquier nivel socioecon�mico y educativo.

Tambi�n pueden ser v�ctimas del maltrato los hijos u otros familiares, as� como cualquier otro miembro del hogar.

El maltrato en el hogar se suele manifestar como un patr�n de conducta abusiva contra la pareja, durante el noviazgo o tras haber formado una familia, por parte del maltratador, que ejerce el poder y control sobre la v�ctima.

El maltrato en el hogar puede ser psicol�gico, f�sico, econ�mico o sexual. Los incidentes no suelen ser aislados y, por lo general, su frecuencia y gravedad aumentan con el tiempo. Este tipo de maltrato puede acabar provocando da�os f�sicos graves o la muerte.

 

Tipos de malos tratos

�Los malos tratos pueden clasificarse en tres tipos:

         malos tratos f�sicos

         malos tratos ps�quicos

         malos tratos sexuales

�Los malos tratos f�sicos suponen �cualquier acci�n reiterada e intencionada que suponga un acometimiento exterior ejercido contra el cuerpo de la pareja.

Desde el punto de vista jur�dico-penal, se trata de todas aquellas conductas que dan lugar a los tipos dolosos de homicidio, lesiones, coacciones o malos tratos. Por malos tratos ps�quicos se entienden �cualquier acto o conducta turbadora, reiterada e intencionada, que puede producir un trastorno de tipo emocional a la v�ctima�.

La violencia psicol�gica en la pareja se puede traducir en conductas tales como intimidaciones o amenazas, insultos, vejaciones, control o aislamiento. Estos comportamientos de car�cter psicol�gico pueden calificarse jur�dico penalmente como amenazas, injurias, calumnias, detenciones ilegales o descubrimiento y revelaci�n de secretos.

�Los malos tratos sexuales se definen como �todo acto de naturaleza sexual ejercido por un miembro de la pareja contra la voluntad del otro�. Desde el punto de vista jur�dico-penal se trata de las conductas tipificadas como agresiones sexuales, abusos sexuales y las relativas a la prostituci�n.

El resultado que estos actos violentos pueden ocasionar es el siguiente: Respecto al apartado primero (malos tratos f�sicos): tanto un resultado de muerte como un menoscabo en la salud o integridad f�sica de la v�ctima (lesiones). Respecto al apartado segundo (malos tratos ps�quicos): menoscabo de la v�ctima en su libertad ambulatoria (detenciones ilegales), en su honor (injurias y calumnias), en un proceso de deliberaci�n (amenazas o coacciones), en su intimidad (descubrimiento y revelaci�n de secretos). El resultado del apartado tercero (malos tratos sexuales) nos llevar�a a contemplar el atentado contra la libertad sexual.

 

Violencia

Hace alusi�n, por una parte, al efecto de violentarse que, a su vez, es estar fuera del estado natural de proceder y, por otra, a actuar con fuerza. Designa fuerza o impetuosidad temperamental, la cual no necesariamente es natural, sino tambi�n inducida. En cualquier caso, lleva una intenci�n o prop�sito dirigido hacia algo o alguien (Conrado, 1970).

�Al hablar de violencia, entonces, se hace referencia a algo o alguien que est� fuera de su estado natural, que obra con �mpetu o fuerza, y que se dirige a un objetivo con la intenci�n de forzarlo. Puede ser f�sica y verbal, puede emplear la amenaza, la persecuci�n o la intimidaci�n, como formas de ejercicio del poder, y se va imponiendo como forma para resolver los conflictos o reclamar los derechos ciudadanos (Rosario, 1999).

 

Agresi�n

Es el efecto de agredir que, a su vez, hace referencia a acometer contra alguien para matarlo, herirlo o hacerle cualquier da�o. La agresi�n es una conducta destructiva o punitiva dirigida hacia una persona u objeto (Corsini, 1999, p. 29).

Es un fen�meno multifactorial que tiene muchos determinantes y sirve para distintos prop�sitos. Este constructo es generalmente definido como una conducta que resulta en un da�o personal. Sin embargo, no todos los da�os son considerados como agresivos. Para que un acto sea evaluado como agresivo o no, depende de los juicios subjetivos de intencionalidad y de causalidad.

 

La violencia contra la mujer

Seg�n la OPS es todo acto de violencia de g�nero que resulte, o pueda tener como resultado un da�o f�sico, sexual o psicol�gico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacci�n o la privaci�n arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida p�blica como en la privada.

La violencia contra la mujer especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual- constituye un grave problema de salud p�blica y una violaci�n de los derechos humanos de las mujeres. La violencia puede afectar negativamente la salud f�sica, mental, sexual y reproductiva de las mujeres.

Las estimaciones publicadas por la OMS indican que alrededor de una de cada tres mujeres en las Am�ricas han sufrido violencia f�sica y/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en alg�n momento de su vida.

 

Violencia-sim�trica

(violencia agresi�n) se genera en situaciones de desaf�o en el que uno trata de imponerse al otro, La mujer es la quien suele llevar los golpes, pero no se somete, se las arregla para continuar la lucha. La agresi�n es abierta y existe el sentimiento de culpa.

 

La violencia complementaria

(violencia de castigo) es un intento por perpetuar una relaci�n de desigualdad donde existe un fuerte y un d�bil; el fuerte se cree con derecho de castigar al d�bil, no hay sentimientos de culpa y s� una cierta sanci�n cultural que justifica su violencia. Sus secuelas son mucho m�s graves.

El c�rculo de la violencia es un concepto desarrollado por la psic�loga norteamericana Lenore E. Walker, quien, en su obra �The Battered Woman�, plante� que la violencia contra las mujeres aumenta de forma c�clica o en espiral ascendente, especialmente la ejercida por sus parejas (violencia conyugal).

De acuerdo con la autora, existen tres fases en este ciclo ascendente, que son:

      1.            Fase de tensi�n: Se caracteriza por una escalada gradual de la fricci�n y los conflictos en la pareja. El hombre violento expresa hostilidad, pero no en forma explosiva; la mujer intenta calmar, complacer o evitar las molestias a su agresor, tratando de controlar la situaci�n.

      2.            Fase de agresi�n: Es en este momento en que se hace totalmente visible la agresi�n, la mujer tiene pruebas para denunciar y motivaci�n para solicitar ayuda y terminar el abuso, sin embargo, el temor puede impedir que �sta tome las acciones pertinentes.

      3.            Fase de conciliaci�n o luna de miel: El hombre violento suele mostrar arrepentimiento y pedir perd�n, hace promesas de cambio y muestra afecto exacerbado. Tras el cambio aparente, la mujer puede justificar a su pareja y permanecer a su lado, pasando por alto el episodio violento. Si han denunciado suelen retirar la denuncia y justificar los hechos ante s� mismas y su c�rculo cercano.

La reiteraci�n del ciclo aumenta la violencia espaciando los momentos conciliatorios y repitiendo la escalada.

Las principales causas de la violencia hacia la mujer son multifactoriales e incluyen una combinaci�n de factores individuales, relacionales, comunitarios y sociales.

Algunas de las causas m�s relevantes son:

      1.            Desigualdad de G�nero: La desigualdad de g�nero y las normas sociales que perpet�an la superioridad masculina y la subordinaci�n femenina son fundamentales en la perpetuaci�n de la violencia contra las mujeres.

      2.            Normas Culturales y Sociales: Las normas culturales que refuerzan la masculinidad t�xica y la violencia como una forma de control sobre las mujeres contribuyen significativamente a la violencia de g�nero.

      3.            Historia de Violencia y Abuso: Las personas que han sido testigos o v�ctimas de violencia en su infancia tienen m�s probabilidades de perpetuar o experimentar violencia en sus relaciones adultas.

      4.            Factores Econ�micos: La pobreza, el desempleo y la falta de oportunidades econ�micas pueden exacerbar las tensiones y contribuir a la violencia dom�stica.

      5.            Abuso de Sustancias: El uso nocivo de alcohol y drogas est� frecuentemente relacionado tanto con los perpetradores como con las v�ctimas de la violencia.

      6.            Problemas de Salud Mental: Trastornos de la personalidad y problemas de salud mental en los agresores pueden ser un factor contribuyente.

      7.            Estructuras Legales y Pol�ticas Inadecuadas: La falta de leyes adecuadas y la aplicaci�n insuficiente de las leyes existentes pueden fomentar un entorno en el que la violencia contra las mujeres se tolera o ignora.

      8.            Educaci�n y Concienciaci�n Insuficientes: La falta de educaci�n y sensibilizaci�n sobre los derechos de las mujeres y sobre relaciones saludables puede perpetuar ciclos de violencia.

      9.            Relaciones de Poder Desiguales: Las relaciones donde el hombre tiene un control dominante sobre la mujer, ya sea emocional, econ�mico o de otra �ndole, a menudo est�n asociadas con la violencia de pareja.

  10.            Factores Contextuales: Factores como conflictos armados, desplazamientos y crisis humanitarias pueden incrementar la vulnerabilidad de las mujeres a diferentes formas de violencia.

 

Caracter�sticas de los hombres maltratadores: Aspectos emocionales

Dentro del perfil de un maltratador, est�n los aspectos emocionales, que son:

Falta de empat�a: la persona s�lo observa su punto de vista sin ponerse en el lugar del otro, no puede comprender ni entender lo que su pareja siente y piensa. Son generalmente pocos emp�ticos en todos los �mbitos, pero siempre en su casa y con su pareja, a veces pueden percibir que un compa�ero de trabajo se enoje con ellos y que discutan, pero no pueden entender que su mujer no est� de acuerdo con �l.

Este aspecto es esencia en el perfil del maltratador psicol�gico

Baja autoestima: dentro del perfil maltratador es una de las caracter�sticas centrales del hombre agresivo porque necesitan de una mujer que cubra sus falencias y as� negar su baja autoestima, ocupando un lugar de superioridad en la relaci�n.

Restricci�n emocional y racionalizaci�n de los sentimientos dentro del perfil maltratador: la restricci�n en la expresi�n de las emociones es una caracter�stica de la cultura machista, el hombre debe reprimirlas y autocontrolarlas, no puede exteriorizar el dolor, el temor y la tristeza.

Este rasgo cultural es asumido r�gidamente por el hombre que maltrata.

La persona no expresa ni habla de sus emociones, racionaliza todos los afectos y por ello, acumula sus sensaciones negativas hasta que explota en un acto de violencia.

Dentro del perfil de un maltratador est� la dependencia/Inseguridad: ante la baja autoestima y su inseguridad interna, el hombre que maltrata tiene una profunda dependencia afectiva, no soporta estar solo, necesita a la mujer como si fuera parte de s� mismo. Las relaciones de pareja las establece de forma posesiva y busca controlar todos los actos que ella realiza, necesita saber a d�nde va y con quien est�.

 

Maltratadores psicol�gicos perfil: m�s caracter�sticas emocionales

Los celos son tambi�n comunes dentro del perfil de un maltratador: este rasgo est� presente en casi todas las personas maltratadoras, ante cualquier se�al -la mujer llega 5 minutos m�s tarde a casa, la ve hablando con alguien, etc.- despierta sus celos y su conducta controladora. Muchos hombres se vuelven totalmente obsesivos y posesivos, reforzados por la permanente rumiaci�n.

La inseguridad y la baja autoestima aumentan la idea permanente de ser enga�ados:

No puede ponerse en el lugar del otro (falta de empat�a), su mujer s� se puso nerviosa cuando lo vio, no porque estuviera coqueteando, sino porque siempre le hace problemas cuando habla con un hombre y sab�a que se iba a alterar.

Baja tolerancia a la frustraci�n: es otra caracter�stica en el perfil de los maltratadores psicol�gicos en especial con sus parejas, las frustraciones de la vida cotidiana las descarga con ella. Estas personas necesitan satisfacer sus necesidades y carencias sin tener en cuenta al otro, cualquier negativa a sus requerimientos los frustra. El maltratador psicol�gico siempre vuelve a la sensaci�n de no sentirse respetado, por ejemplo, por su jefe, lo transferir� a su pareja �Ella no me respeta�. Estoy todo el d�a trabajando para ella y no es capaz de tenerme la comida preparada, yo llego cansado y tengo que cuidar de los ni�os, no tengo descanso, ella va a su aire, no sabe lo que es ganarse la vida.

 

 

Caracter�sticas de los hombres maltratadores: Aspectos interaccionales:

Aislamiento: el maltratador que agrede tiene dificultad o imposibilidad de mantener un contacto afectivo e �ntimo, aunque exprese tener relaciones con mucha gente, �stas son superficiales, el aislamiento es emocional, aunque tambi�n esta incapacidad lleve aparejada un aislamiento social.

A medida que el c�rculo de la violencia se va cerrando, el hombre maltratador se va aislado junto con su familia. Porque tambi�n busca que su mujer mantenga pocos contactos sociales, va cortando sus redes de apoyo.

Dentro de las caracter�sticas del maltratador psicol�gico y su perfil est�n las conductas controladoras y manipuladoras: el maltratador busca manipular y dominar a su v�ctima de todas las formas posibles, cuando el hombre siente que pierde ese control surge la agresi�n f�sica. La violencia emocional que ejerce el maltratador es utilizada para neutralizar cualquier iniciativa de la mujer, es descalificada, menospreciada, se le niega cualquier intento de autonom�a, se la amenaza y se destruye la confianza en s� misma con el fin de dominarla. Cuando esto no tiene el efecto deseado, el maltratador psicol�gico siempre vuelve a aumenta su control, la vigila permanentemente, le proh�be salir o la acompa�a a todos los sitios, manipula a los hijos y/o la golpea, etc., intenta por todos los medios que la mujer se convierta en su posesi�n. Aunque justifican esta actitud aduciendo que deben ver qu� hacen ellas, porque seguro que no pueden realizar nada bien.

Inhabilidad para resolver conflictos de forma no violenta en el hogar: Estas personas tienen la fantas�a de que el conflicto no deber existir en la relaci�n. Los problemas los vuelven inseguros y se irritan, no tienen t�rmino intermedio, no pueden sentir el estado de enojo, sino que instant�neamente expresan la ira ante el conflicto.

Escasas habilidades de comunicaci�n: los hombres maltratadores tienen gran dificultad para expresar los pensamientos y las emociones., esto est� relacionada a la inhabilidad para resolver conflictos de forma no violenta.

Dentro del perfil de un maltratador esta la escasa asertividad: es obvio que, con las caracter�sticas anteriormente mencionadas, los agresores no suelen ser personas asertivas, sus modos de enfrentar las situaciones es evitando -sobre todo en el espacio p�blico o agrediendo en el �mbito familiar.

 

 

 

Desaf�os en la Prevenci�n y Erradicaci�n

A pesar de los esfuerzos realizados, a�n existen desaf�os significativos para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Estos desaf�os incluyen la necesidad de cambiar normas culturales y sociales da�inas, fortalecer las leyes y pol�ticas, y aumentar la concienciaci�n sobre este problema.

Una mujer que est� enfrentando situaciones de violencia puede tomar varias medidas para protegerse y buscar ayuda.

      1.            Buscar Ayuda Inmediata: En caso de peligro inmediato, es primordial buscar un lugar seguro y llamar a los servicios de emergencia o a la polic�a.

      2.            Hablar con Alguien de Confianza: Puede ser �til hablar sobre la situaci�n con un amigo, un familiar o un colega en quien se conf�e. Esto puede proporcionar apoyo emocional y consejos pr�cticos.

      3.            Contactar Organizaciones de Apoyo: Existen organizaciones y l�neas de ayuda dedicadas a apoyar a mujeres en situaciones de violencia. Estos servicios pueden ofrecer asesoramiento, refugio, asistencia legal y apoyo emocional.

      4.            Elaborar un Plan de Seguridad: Crear un plan de seguridad personalizado para situaciones de emergencia puede ser crucial. Esto incluye tener un lugar seguro a donde ir, una forma de transporte, y una lista de contactos importantes.

      5.            Documentar la Violencia: Mantener un registro de los incidentes de violencia, incluyendo fechas, detalles y, si es posible, evidencia fotogr�fica, puede ser importante para futuras acciones legales o para obtener �rdenes de restricci�n.

 

Enfoque jur�dico de la violencia contra la mujer

La familia es el n�cleo de la sociedad. La mujer forma parte fundamental de la familia, siendo, por tanto, que, a partir de este razonamiento, la violencia contra la mujer es, inevitablemente, una forma de violencia contra la familia, y de tal modo, indirectamente, es violentar a la sociedad. En este orden de ideas, el Estado ecuatoriano, a trav�s de la Constituci�n de la Rep�blica del 2008 (a partir de ahora, CRE) protege tanto a la familia como a la mujer como miembro de la familia. Se erige una discusi�n terminol�gica en cuanto a la pertinencia de la utilizaci�n del t�rmino violencia, para algunos casos de violencia que son tipificados en distintos ordenamientos jur�dicos de Latinoam�rica, entre ellos, Ecuador. Para algunos autores, como es el caso de Piscopo (2017) se debe definir si el t�rmino violencia puede ser utilizado solo para acciones que conlleven un da�o f�sico o si, por el contrario, se debe considerar un abanico m�s grande de acciones. De parte de aquellos autores que conciben que la violencia es un t�rmino restringido, Kilpatrick (2004) propone que, para efectos de diferenciaci�n, el t�rmino violencia sea solo ocupado para situaciones que tengan como consecuencia un da�o f�sico, y que se ocupen los t�rminos abuso o acoso para otras situaciones (entre ellas las agresiones en el �mbito pol�tico).

 

Normativa supranacional de la violencia contra la mujer

Como se estableci� al inicio del presente trabajo, la violencia hacia las mujeres es un tema inherente a los derechos humanos. Como se reconoce a lo largo de todas las Convenciones y Tratados internacionales de derechos humanos, estos derechos deben ser tutelados por los Estados sin distinci�n alguna de sexo. Sin embargo, ciertas diferencias sociales de g�nero, entre hombres y mujeres, terminan por colocar a la mujer en una situaci�n de inferioridad. De manera previa a todo documento internacional de derechos de la mujer, la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos, de 1948, de manera gen�rica, proclama que todos los seres humanos nacen en igualdad de dignidad y derechos, as� como que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades, sin distinci�n alguna. Posteriormente, y tambi�n de manera gen�rica, sin se�alar de manera espec�fica a la mujer, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol�ticos, de 1966, establece como obligaci�n de los Estados parte, el respeto de los derechos emanados de este pacto, como son los derechos a la vida, a la integridad f�sica, a la libertad, la seguridad personal y la igualdad ante la ley. Luego de los pactos y convenios antes referidos, el primer cuerpo normativo que abord� como parte central la problem�tica de la violencia contra la mujer fue la Convenci�n sobre la Eliminaci�n de toda Discriminaci�n contra la Mujer, de 1980. Como puntapi� hist�rico, esta convenci�n posee una gran importancia dado que da el primer paso para que otros cuerpos normativos, tanto nacionales como internacionales fueran recogiendo ciertas definiciones, como la expresi�n discriminaci�n contra la mujer, concebida como: Toda distinci�n, exclusi�n o restricci�n basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas pol�tica, econ�mica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. De igual manera, deja sentando el precedente de otros conceptos como los compromisos de los Estados parte (art. 2), las medidas apropiadas (art. 3, art. 5, art. 7, art. 10), las medidas especiales (art. 4). Todas estas medidas son encaminadas a asegurar los derechos de la mujer, la participaci�n igualitaria, as� como la igualdad de condiciones. Posteriormente, en la Declaraci�n sobre la Eliminaci�n de la Violencia contra la Mujer, de 1993 se abordan temas como la definici�n de violencia contra la mujer, donde establece que es: Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino, que tenga o pueda tener como resultado un da�o o sufrimiento f�sico, sexual o psicol�gico para la mujer, as� como las amenazas de tales actos, la coacci�n o la privaci�n arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida p�blica como en la vida privada. Esta definici�n se tornar�a clave para que luego, los Estados parte, dentro de sus ordenamientos jur�dicos propios, fueran incluyendo normativa de protecci�n a las mujeres. Dentro de esta definici�n, se pueden extraer elementos importantes que demuestran la versatilidad de la violencia hacia la mujer, por ejemplo, el da�o que ocasiona la violencia de g�nero, pudiendo ser da�os f�sicos, psicol�gicos o sexuales. De igual manera, el tema de los �mbitos donde se genera esa violencia es importante, dado que pueden ser observados en la vida p�blica (a trav�s de medios de comunicaci�n, redes sociales) as� como en la vida privada, en el �mbito familiar e �ntimo. De manera regional, la Convenci�n Interamericana para Prevenir, Sancionar, y Erradicar la Violencia contra la Mujer, as� mismo llamada tambi�n como Convenci�n de Bel�m do Par�, en el a�o 1994, fue un avance sustancial en materia de lucha contra la violencia contra la mujer. Aspectos m�s avanzados de prevenci�n de la violencia se dejaron entrever en esta convenci�n, y sirvi� de base para grandes cambios en los ordenamientos jur�dicos latinoamericanos. Su parte m�s importante se centra con respecto a los deberes de los Estados parte (art. 7), as� como los objetivos que pretenden alcanzar estos deberes (art. 8).

 

El combate a la violencia contra la mujer en el ordenamiento jur�dico ecuatoriano

�Como reacci�n, frente a las medidas tomadas en Convenciones y Tratados internacionales, tales como los analizados en el apartado anterior, el ordenamiento jur�dico interno ecuatoriano, y como se desprende de la exposici�n de motivos de la Ley Org�nica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018), en 1994 se crean las Comisar�as de la Mujer, y posteriormente en 1995, en el mismo a�o que la Convenci�n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer de Bel�m do Par�, se promulga en Ecuador la Ley contra la Violencia

Contra la Violencia a la Mujer y la Familia (llamada tambi�n Ley 103). Luego, en 1997, se crea el Consejo Nacional de las Mujeres (CONAMU). Desde el a�o 2008, con la promulgaci�n del nuevo texto constitucional, diferentes cuerpos normativos sufrieron modificaciones y otros nuevos vieron la luz. Siguiendo la perspectiva de la supremac�a constitucional, as� como la obligaci�n de todo �rgano de adecuar, formal y materialmente los derechos previstos en la Constituci�n (art. 84), en la Carta Magna ecuatoriana se protege a la mujer en diferentes art�culos, que ser�n analizados a continuaci�n.

 

Ley Org�nica Integral Para Prevenir y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres

Este cuerpo normativo refuerza los conceptos vertidos en el apartado 2.2. del presente trabajo, toda vez que en su art. 10, la Ley Org�nica Integral Para Prevenir y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres (LOIPPEVCM) define los distintos tipos de violencia, dejando de ser elementos descriptivos dentro de los tipos penales del COIP para pasar a ser elementos normativos, lo que dota de seguridad jur�dica a esos tipos penales. Adem�s de las definiciones antes referidas, la LOIPPEVCM entrega otras definiciones importantes (art. 4), de t�rminos tales como violencia de g�nero contra las mujeres, relaciones de poder, entre otras. As� mismo, recoge las obligaciones estatales (art. 5), los enfoques (art. 7) y los principios rectores que rigen la aplicaci�n de la normativa vigente (art. 8). Entre estos principios, cabe destacar el principio de diversidad, que reconoce �la diversidad de las mujeres, independientemente de su edad y condici�n, en concordancia con lo preceptuado en la Constituci�n de la Rep�blica, Ley Org�nica de Gesti�n de la Identidad y Datos Civiles y normativa penal vigente� as� como el principio pro-persona, que establece que �se aplicar� la interpretaci�n m�s favorable para la efectiva vigencia y amparo de sus derechos para la protecci�n y garant�a de derechos de las mujeres v�ctimas o en potencial situaci�n de violencia�. En la parte pertinente a los derechos, este cuerpo normativo recoge derechos emanados de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos, as� como de la CRE y de otros cuerpos infra constitucionales.

Adem�s de una parte dogm�tica, de derechos de las mujeres y obligaciones estatales, la LOIPPEVCM tambi�n prev� la organizaci�n (art. 13), objeto (art. 14) y principios (art. 15) del Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Esto, sumado al resto de la LOIPPEVCM, la consolida como un cuerpo normativo muy completo en cuanto a la lucha contra la violencia ejercida hacia las mujeres. Es obligaci�n del Estado tomar este cuerpo normativo y aplicarlo de manera correcta.

 

Pol�ticas p�blicas aplicables en temas de violencia de g�nero

Como se ha mencionado a lo largo del trabajo, el problema de la violencia de g�nero, al ser un problema socio-cultural, no posee una soluci�n que sea estrictamente penal. Por el contrario, se debe buscar el auxilio de pol�ticas p�blicas que, enfocadas a la ra�z del problema, mitiguen, en compa��a de la punici�n penal, las causas de la violencia de g�nero. Para Benavente & Vald�s (2014), las pol�ticas p�blicas en temas de violencia de g�nero son: La �politizaci�n de lo privado�, convirtiendo en objeto de pol�tica p�blica problemas que han sido tradicionalmente considerados privados. Estas pol�ticas tienden a la justicia de g�nero, por una parte, en la medida en que promueven el logro de la autonom�a f�sica de las mujeres y, por otra, sobre todo, porque al combatir una pr�ctica basada en la desigualdad y la discriminaci�n de g�nero ponen en cuesti�n el orden sobre el que se basa la violencia contra las mujeres (p. 24). Al respecto, las pol�ticas p�blicas a desarrollarse pueden ser, en menci�n de Rodr�guez Enr�quez & Pautassi (2016) licencias para trabajadoras v�ctimas de violencia de g�nero, transferencias monetarias para los hijos/as v�ctimas de femicidio, ingresos monetarios para mujeres v�ctimas de violencia de g�nero, asistencia legal para v�ctimas de violencia de g�nero y financiamiento de costos fiscales de las pol�ticas de reparaci�n.

 

Conclusi�n

La violencia contra las mujeres; Es un tema complejo y multifac�tico que involucra interacciones interpersonales, relacionales, familiares y sociales. Las causas principales incluyen la desigualdad de g�nero, normas sociales y culturales da�inas, antecedentes de violencia, problemas econ�micos, abuso de sustancias, problemas de salud mental, instituciones legales y pol�ticas inadecuadas, falta de educaci�n, relaciones de poder desiguales y causas de conflicto. La violencia dom�stica en el entorno es una conducta aceptada, o al menos no denunciada, por nuestra sociedad desde hace a�os. Sin embargo, la violencia dom�stica contra las mujeres es un problema real y grave que se puede ver tanto en calidad como en cantidad en nuestra �poca y pa�s.

Seg�n el concepto de maltrato, cualquier acto u omisi�n que ocurre en el seno de la familia como consecuencia de la acci�n de uno de los miembros de la familia, que amenaza o amenaza gravemente la vida, la integridad o la libertad f�sica o ps�quica de otro miembro de la misma familia. Se pueden identificar tres tipos de violencia si obstaculiza el desarrollo del car�cter de las personas en peligro: violencia f�sica o violencia f�sica, violencia mental o violencia psicol�gica y violencia de g�nero o violencia de g�nero. La gravedad de la violencia dom�stica requiere que el sistema de justicia penal responda.

 

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