El seguro de desempleo como mecanismo de proteccin de derechos laborales en Ecuador: comparativo con Chile y Argentina
Unemployment insurance as a mechanism to protect labor rights in Ecuador: comparison with Chile and Argentina
O seguro-desemprego como mecanismo de proteo dos direitos trabalhistas no Equador: comparao com Chile e Argentina
Correspondencia: hvillamar@indoamerica.edu.ec
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 11 de enero de 2024 *Aceptado: 20 de febrero de 2024 * Publicado: 22 de marzo de 2024
I. Estudiante de la Carrera Derecho a Distancia, Universidad Indoamrica, Octavo Semestre, Babahoyo, Ecuador.
II. Magster en Derecho Constitucional, Abogado de los Tribunales de la Repblica del Ecuador, Docente, Investigadora Titular de la Universidad Indoamrica, Ambato, Ecuador.
Resumen
Este artculo se enfoca en analizar y comparar los sistemas de seguro de desempleo en Ecuador, Chile y Argentina, resaltando distintas estrategias para afrontar la prdida de empleo. En Ecuador, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) garantiza la estabilidad financiera de los desempleados, alineado con la Constitucin de 2008. Chile, desde 2001, establece el seguro como un derecho financiado por empleadores y trabajadores, promoviendo la participacin activa del trabajador en la construccin de su seguridad financiera. En Argentina, la ley 24.013 de 1991 marca un avance en el reconocimiento de derechos laborales, aunque con requisitos ms restrictivos y limitantes, como la necesidad de estar registrado en el sistema integral de prestaciones. La metodologa empleada en esta investigacin es de enfoque cualitativo y se basa en los mtodos inductivo-deductivo, analtico-sinttico, de anlisis documental y el mtodo exegtico para comprender cmo estos pases abordan la problemtica del desempleo a travs de su ordenamiento jurdico. Mediante este estudio se lleg a la conclusin de que, aunque Argentina presenta un modelo ms completo en trminos de proteccin, se destaca que la sostenibilidad financiera y la adaptabilidad son factores crticos para el xito a largo plazo de cualquier sistema de seguridad social.
Palabras Clave: Desempleo; Derecho Comparado; Derechos laborales; IESS; Seguridad social.
Abstract
This article focuses on analyzing and comparing the unemployment insurance systems in Ecuador, Chile and Argentina, highlighting different strategies to face job loss. In Ecuador, the Ecuadorian Institute of Social Security (IESS) guarantees the financial stability of the unemployed, aligned with the 2008 Constitution. Chile, since 2001, establishes insurance as a right financed by employers and workers, promoting the active participation of the worker in building your financial security. In Argentina, Law 24,013 of 1991 marks progress in the recognition of labor rights, although with more restrictive and limiting requirements, such as the need to be registered in the comprehensive benefits system. The methodology used in this research is qualitative in approach and is based on inductive-deductive, analytical-synthetic methods, documentary analysis and the exegetical method to understand how these countries address the problem of unemployment through their legal system. Through this study, it was concluded that, although Argentina presents a more complete model in terms of protection, it stands out that financial sustainability and adaptability are critical factors for the long-term success of any social security system.
Keywords: Unemployment; Comparative Law; Labor rights; IESS; Social Security.
Resumo
Este artigo se concentra na anlise e comparao dos sistemas de seguro-desemprego no Equador, Chile e Argentina, destacando diferentes estratgias para enfrentar a perda de emprego. No Equador, o Instituto Equatoriano de Seguridade Social (IESS) garante a estabilidade financeira dos desempregados, alinhado com a Constituio de 2008. O Chile, desde 2001, estabelece o seguro como um direito financiado por empregadores e trabalhadores, promovendo a participao ativa do trabalhador na construindo sua segurana financeira. Na Argentina, a Lei 24.013 de 1991 marca avanos no reconhecimento dos direitos trabalhistas, embora com requisitos mais restritivos e limitantes, como a necessidade de inscrio no sistema integral de benefcios. A metodologia utilizada nesta pesquisa tem abordagem qualitativa e baseia-se nos mtodos indutivo-dedutivo, analtico-sinttico, na anlise documental e no mtodo exegtico para compreender como esses pases abordam o problema do desemprego atravs do seu ordenamento jurdico. Atravs deste estudo concluiu-se que, embora a Argentina apresente um modelo mais completo em termos de proteo, destaca-se que a sustentabilidade financeira e a adaptabilidade so fatores crticos para o sucesso a longo prazo de qualquer sistema de segurana social.
Palavras-chave: Desemprego; Lei comparativa; Direitos trabalhistas; IESS; Segurana social.
Introduccin
El seguro de desempleo, como mecanismo esencial en la proteccin de los derechos laborales, constituye una red de seguridad econmica diseada para enfrentar la prdida abrupta e involuntaria del empleo. Su finalidad principal es contrarrestar las consecuencias negativas que surgen para el trabajador cuando se ve privado de su fuente de sustento, ofrecindole una prestacin econmica mientras busca una nueva oportunidad laboral.
Este instrumento se erige como un componente fundamental del sistema de seguridad social en diversos pases, brindando a los trabajadores un respaldo financiero temporal durante periodos de desempleo. Segn Toledo (2016):
El desempleo, es uno de los problemas a los que se enfrenta continuamente la sociedad y para el cual se han desarrollado diversos mecanismos de ayuda como los seguros de desempleo. Este programa se instaura con el objetivo cierto de buscar el bienestar social en perodos de disminucin de los ingresos de las personas. (p.14)
Por ello los programas de seguro de desempleo o, en su ausencia, alguna forma de compensacin salarial, han sido implementados en prcticamente todos los pases desarrollados y en algunos en vas de desarrollo. Independientemente de cmo se apliquen y de la amplitud de la cobertura de esta medida de proteccin social, su objetivo es uniforme: garantizar un ingreso mnimo a las personas desempleadas durante un periodo especfico. (Bustamante et al., 2020).
Los pases de Amrica Latina, as como los de Europa Central y Asia, se destacan por contar con sistemas de seguro de desempleo que ofrecen niveles limitados de proteccin. Caractersticas como requisitos rigurosos para acceder a los beneficios, la exclusin de trabajadores informales, una cobertura reducida y una conexin insuficiente con las polticas pblicas son algunas de las particularidades que definen los programas de seguro de desempleo en estas reas. (Londoo y Meja, 2019).
Este tema de investigacin aborda las dinmicas del mercado laboral y como se busca garantizar la proteccin de los derechos de los trabajadores. El seguro de desempleo juega un papel importante en esta rea, siendo un instrumento que busca mitigar los impactos econmicos y sociales derivados de la prdida de empleo. Ecuador, Chile y Argentina representan contextos laborales y econmicos diversos en Amrica Latina, y su anlisis comparativo permitir identificar las diferencias y similitudes en las regulaciones y prcticas de los seguros de desempleo en cada pas. Estudiar estos tres casos especficos ofrecer una visin integral de las estrategias adoptadas, permitiendo identificar buenas prcticas y posibles reas de mejora.
En Ecuador, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) asume la responsabilidad de proporcionar esta prestacin econmica a los trabajadores afiliados bajo relacin de dependencia. La creacin del seguro de desempleo en Ecuador, iniciada en 2016, se ajusta a la nocin de seguridad social establecida en la Constitucin de 2008 y tiene como objetivo fundamental garantizar la estabilidad financiera temporal de los desempleados.
Por otro lado, en Chile, la ley 19.728, implementada desde 2001, establece el seguro de desempleo como un derecho para los trabajadores que han perdido sus empleos por diversas razones. Este mecanismo se financia mediante aportaciones tanto del empleador como del trabajador, con requisitos especficos como haber realizado al menos 12 cotizaciones continuas. Este enfoque implica una participacin activa del trabajador en la construccin de su propia red de seguridad financiera.
En Argentina, la implementacin del seguro de desempleo en 1991, a travs de la ley Nro. 24.013, marca un avance significativo en el reconocimiento de los derechos laborales, sin embargo, la legislacin argentina establece ciertos requisitos y limitantes para acceder a este beneficio, como la necesidad de estar registrado en el sistema integral de prestaciones y demostrar documentalmente la condicin de desempleado. Estos elementos, aunque diseados para garantizar la eficacia del programa, pueden generar obstculos para algunos trabajadores.
En conjunto, el estudio comparativo entre Ecuador, Chile y Argentina revela la diversidad de enfoques en la implementacin del seguro de desempleo, aunque comparten la meta comn de proporcionar un colchn financiero a los trabajadores desempleados, las diferencias en los requisitos y la financiacin destacan la importancia de evaluar cmo estos sistemas abordan las necesidades especficas de los trabajadores en cada pas. Aunque Ecuador presenta un enfoque individualizado y sostenible, su rigidez en los requisitos durante la pandemia destaca reas de mejora. Chile, con innovaciones desde su implementacin en 2002, muestra un enfoque equilibrado, pero las cotizaciones acumuladas podran ser obstculos. Argentina se destaca por un enfoque integral, pero desafos con cotizaciones y exclusiones plantean cuestionamientos sobre su equidad.
Este artculo se centra en evaluar y comprar a los sistemas de seguro de desempleo en los pases de Ecuador, Chile y Argentina, con el objetivo de destacar las diversas estrategias implementadas para hacer frente a la problemtica de la prdida de empleo. A travs de un anlisis detallado de las polticas y estructuras de los seguros de desempleo en cada pas, se busca identificar las similitudes y diferencias en los enfoques adoptados para proporcionar apoyo financiero y mitigar las consecuencias econmicas y sociales asociadas con el desempleo. Adems, la investigacin aspira a identificar las similitudes y diferencias en las polticas y prcticas relacionadas con el seguro de desempleo en estos tres pases, ofreciendo una perspectiva comparativa que permita extraer lecciones y buenas prcticas para fortalecer la proteccin de los derechos laborales en situaciones de desempleo.
Desarrollo
El seguro de desempleo
Pons (2014) en su libro indica que La transicin hacia una fuerza laboral ms dependiente de empleos remunerados, la expansin econmica irregular y las consecuencias de la Primera Guerra Mundial, formaron un escenario catico que exacerb los desafos socioeconmicos (p. 184). La industrializacin, si bien impuls el progreso econmico, tambin trajo consigo una serie de problemas, entre ellos la desigualdad laboral, las largas jornadas de trabajo y las condiciones precarias en las que muchos trabajadores se encontraban.
La Primera Guerra Mundial agrav an ms la situacin al dejar a las economas europeas exhaustas y a millones de personas desplazadas o afectadas por la prdida de empleo. La reintegracin de los veteranos de guerra en la fuerza laboral y la reconstruccin de las naciones devastadas agravo an ms la problemtica del desempleo. As mismo la economa irregular, marcada por fluctuaciones impredecibles y crisis recurrentes, contribuy al aumento de la inestabilidad laboral.
Las imgenes de largas colas de desempleados en busca de algn sustento econmico se volvieron emblemticas de la poca (Pons, 2014, p. 184). Estas situaciones de total desproteccin al trabajador evidenciaron la necesidad urgente de abordar el desempleo de manera integral y establecer medidas que protegieran a los trabajadores no solo en tiempos de crisis econmica, sino tambin en casos de desempleo.
Fue en este escenario que surgieron los primeros indicios de los seguros de desempleo como una respuesta a esta creciente crisis. Estos sistemas se concibieron como una red de seguridad para los trabajadores, brindndoles cierta estabilidad financiera durante los periodos de inactividad laboral, con el objetivo de mitigar los impactos sociales y econmicos del desempleo masivo.
Segn Pons (2014) Hacia 1900, en naciones como Francia, Austria, Blgica, Alemania y Gran Bretaa, se establecieron las primeras oficinas de colocacin con la finalidad de mejorar el funcionamiento del mercado laboral (p. 185). Estas oficinas, que eran de carcter municipal, surgieron para conectar de manera ms efectiva la oferta y la demanda de empleo, reduciendo as el desempleo friccional.
No obstante, la eficacia de estas oficinas se limitaba a la posibilidad de disminuir la duracin del desempleo, mejorando la fluidez del mercado laboral, pero no ofrecan una solucin al problema de la falta de ingresos. En el caso britnico, la Ley de 20 de septiembre de 1909 introdujo un sistema de colocacin gestionado y financiado por el Estado, centralizado y gratuito (Pons, 2014, p. 185)
Previo a la implementacin del seguro pblico de desempleo, el nico mecanismo de proteccin social al alcance de los trabajadores consista en los seguros y la asistencia proporcionados por diversos sindicatos, as como, en ocasiones, por las sociedades de socorros mutuos.
El sistema de Gante se erige como un pionero al establecer oficialmente un modelo de seguro de desempleo, su implementacin fue en la ciudad belga de Gante en 1901 como los manifiesta Pons (2014):
El modelo de Gante bsicamente consista en la creacin de Cajas o Fondos de Paro municipales, financiados por el ayuntamiento, que subvencionaban a los sindicatos y asociaciones mutuas que ofrecan un seguro de paro a sus socios. Era, por tanto, un seguro voluntario subvencionado por los poderes pblicos, donde la subvencin pblica era proporcional a las prestaciones satisfechas por los sindicatos a sus socios en paro (p. 186)
Fue en el ao 1911 cuando Inglaterra introdujo su pionero sistema nacional obligatorio de seguro de desempleo, representando un giro significativo en las intervenciones estatales previas. Hasta ese momento, la funcin del Estado se centraba en proporcionar respaldo a los menos afortunados. Este hito marc un cambio de paradigma al reconocer la importancia de establecer una red de seguridad para los trabajadores desempleados (Corvaln & Leal, 2017). Adems, se destac por su enfoque financiero tripartito, involucrando contribuciones tanto de los empleadores como de los trabajadores, un aspecto distintivo que subraya la colaboracin de mltiples partes en la construccin de este sistema de proteccin social.
En la actualidad, el seguro de desempleo ha evolucionado para ser reconocido como un derecho fundamental en las legislaciones laborales de numerosos pases. Esta transformacin refleja el compromiso de las sociedades modernas con la proteccin social y la garanta de condiciones dignas para los trabajadores. El seguro de desempleo no solo se percibe como una red de seguridad financiera durante periodos de inactividad laboral, sino tambin como un pilar para salvaguardar la estabilidad econmica y el bienestar de los individuos y sus familias en tiempos de incertidumbre laboral. Loa y Rubio (2019) definen al seguro de desempleo como Una prestacin que tiene como fin comn ser una medida de proteccin para los individuos que se encuentran en situacin de desempleo (p. 13).
Segn Bardey et al. (2009) el seguro de desempleo tiene las siguientes ventajas:
Suavizacin del consumo: La prdida del empleo implica, en general, una reduccin en los ingresos del hogar y, por ende, en su consumo. El seguro de desempleo acta como un mecanismo de suavizacin, atenuando la severidad de la cada del consumo. Estudios indican que, en ausencia de este seguro, la disminucin del consumo sera considerablemente mayor, mostrando su efectividad como amortiguador financiero.
Reduccin de la vulnerabilidad de los trabajadores: Los seguros de desempleo ayudan a mitigar la prdida del poder adquisitivo tras la prdida del empleo. Esto contribuye a mantener en cierta proporcin el sostenimiento personal y familiar, as como el cumplimiento de diferentes obligaciones. La vulnerabilidad ante eventos econmicos adversos se reduce, previniendo que algunos hogares caigan en la pobreza de manera coyuntural o permanente.
Reduccin de la magnitud de los ciclos y crecimiento econmicos: A nivel macroeconmico, el seguro de desempleo opera como un "estabilizador automtico" durante los ciclos econmicos. En periodos de desaceleracin, los individuos desempleados reducen su consumo en una proporcin menor, moderando la severidad de la contraccin econmica. En periodos de auge, los impuestos aumentan y los beneficios disminuyen, restringiendo la expansin econmica.
Transferencia del riesgo y mecanismo de redistribucin: Los seguros de desempleo pueden considerarse mecanismos de redistribucin, dependiendo del esquema adoptado. Si se administra como un seguro individual, no es redistributivo, pero en esquemas donde la prima no se relaciona con el riesgo individual, se convierte en un mecanismo redistributivo. La correlacin negativa entre el riesgo de desempleo y los ingresos ampla la redistribucin.
Mejor "matching" entre la oferta y la demanda del mercado laboral: La presencia del seguro de desempleo mejora la calidad del matching en el mercado laboral. Al proporcionar una indemnizacin por la prdida del trabajo, los individuos desempleados pueden tomarse ms tiempo para encontrar un trabajo ms adecuado a sus habilidades, mejorando la productividad general del mercado laboral (pp. 4-10).
La reduccin del consumo asociada con la prdida de ingresos se ve atenuada por la presencia de este seguro. La efectividad del seguro se evidencia al comparar la disminucin del consumo en su ausencia, resaltando su papel como amortiguador financiero clave en situaciones econmicas adversas. Los seguros de desempleo contribuyen a la mitigacin de la prdida de poder adquisitivo de los trabajadores desempleados. Esta medida ayuda a mantener cierto nivel de sostenimiento personal y familiar, previniendo la cada en la pobreza de manera temporal o permanente. La reduccin de la vulnerabilidad frente a eventos econmicos adversos indica la importancia de estos seguros como elementos de seguridad econmica.
A nivel macroeconmico, se destaca el papel del seguro de desempleo como un estabilizador automtico. En pocas de desaceleracin econmica, el seguro mitiga la cada del consumo al reducir la magnitud de la contraccin econmica. En periodos de crecimiento, la restriccin de beneficios y el aumento de impuestos actan como frenos a la expansin econmica, contribuyendo as a la estabilidad macroeconmica. Asimismo, se seala la dualidad del seguro de desempleo como un mecanismo de transferencia de riesgo y redistribucin. La forma en que se administra el seguro determina su naturaleza redistributiva. La correlacin negativa entre el riesgo de desempleo y los ingresos sugiere que, en ciertos esquemas, el seguro puede funcionar como un mecanismo eficaz de redistribucin, abordando desigualdades econmicas.
Adems, se destaca un beneficio adicional del seguro de desempleo: mejora del "matching" en el mercado laboral. Al proporcionar indemnizacin, el seguro permite a los individuos desempleados tomarse el tiempo necesario para encontrar trabajos que se ajusten mejor a sus habilidades. Esto, a su vez, mejora la eficiencia y la productividad general del mercado laboral al facilitar la coincidencia ms adecuada entre la oferta y la demanda de empleo. (Bardey et al., 2009)
En situaciones de crisis y desempleo masivo, el seguro de desempleo ha demostrado ser un salvavidas para innumerables individuos, proporcionando una red de seguridad que mitiga los impactos adversos en el nivel de vida. Este respaldo financiero no solo preserva la estabilidad econmica del trabajador afectado, sino que se extiende a su ncleo familiar, asegurando el acceso a necesidades bsicas y evitando cadas abruptas en la calidad de vida. El seguro de desempleo debe ir alineado con los principios fundamentales de equidad y justicia social y su proteccin no solo es una cuestin econmica, sino un imperativo tico y legal que promueve la igualdad de oportunidades y la no discriminacin en el acceso a beneficios sociales. (Bardey et al., 2009)
Despus de una exhaustiva revisin del concepto general de seguro de desempleo, esta investigacin se adentrar especficamente en el anlisis detallado de las regulaciones y estructuras individuales de los sistemas de seguro de desempleo en Ecuador, Chile y Argentina. Esto permitir una comparacin ms especfica y detallada, buscando identificar tanto las similitudes como las diferencias clave en la implementacin y gestin de estos programas en cada pas.
El seguro de desempleo en Ecuador
En Ecuador, el seguro de desempleo es un componente integral de la seguridad social. Este sistema, de naturaleza pblica y universal, se consolida como un derecho fundamental para todos los ciudadanos. La asistencia que proporciona en situaciones contingentes, como la prdida de empleo, contribuye de manera significativa a mantener la estabilidad econmica y el bienestar de la poblacin. En un pas que se enorgullece de ser garante de derechos, la inclusin del seguro de desempleo asegura condiciones dignas y proteccin social a lo largo de la vida laboral de los individuos.
La Constitucin de la Repblica del Ecuador de 2008 consagra en el artculo 369:
El seguro universal obligatorio cubrir las contingencias de enfermedad, maternidad, paternidad, riesgos de trabajo, cesanta, desempleo, vejez, invalidez, discapacidad, muerte y aquellas que defina la ley. Las prestaciones de salud de las contingencias de enfermedad y maternidad se brindarn a travs de la red pblica integral de salud (Asamblea Constituyente, 2008).
Aqu se resalta la visin progresista de Ecuador al comprender que la proteccin social no se limita solo a cuestiones de salud, sino que abarca la complejidad del desempleo. La consideracin de la cesanta como una contingencia respaldada por el Estado subraya la comprensin de que esta problemtica no solo es un desafo individual, sino tambin una cuestin colectiva que merece una respuesta estructurada y solidaria. Este reconocimiento constitucional no solo consolida los derechos de los trabajadores, sino que tambin establece las bases para un sistema de seguridad social inclusivo y equitativo en Ecuador.
Sobre la cesanta el artculo 283 de la Ley de Seguridad Social indica:
La prestacin por cesanta consiste en la entrega de dinero al afiliado/da, por parte del IESS en los casos en los que ste lo requiera por encontrarse en situacin de desempleo. El monto de la prestacin estar dado por el fondo acumulado en la cuenta individual de cesanta del afiliado/a y podr recibirse cuantas veces ste quede cesante, siempre que en cada oportunidad rena los requisitos y condiciones sealados por la ley (H. Congreso Nacional, 2001)
Esta disposicin establece un mecanismo esencial para respaldar econmicamente a los afiliados en situaciones de desempleo, brindndoles un respaldo financiero necesario durante estos periodos de incertidumbre laboral. La vinculacin directa del monto de la prestacin con el fondo acumulado en la cuenta individual de cesanta destaca la importancia de un enfoque individualizado y sostenible para el bienestar del trabajador.
Aqu no solo se reconoce la realidad cambiante del empleo, donde las personas pueden enfrentar episodios de desempleo varias veces a lo largo de su carrera, sino que tambin fomenta la responsabilidad financiera y la autonoma del afiliado en la gestin de su cuenta de cesanta.
Por su lado el artculo 13 del Reglamento General del Seguro de Cesanta y Seguro de Desempleo (RGSCSD) establece:
El Seguro de Desempleo se financia con los aportes del empleador del 1% de la remuneracin del trabajador, obrero o servidor privados y pblicos en relacin de dependencia; con los que se constituye un fondo de carcter solidario. Este Fondo Solidario cubrir el 70% del salario bsico unificado vigente a la fecha del evento, el cual se cancelar de manera fija y mensual, por todo el perodo que dure la prestacin (Consejo Directivo del IESS, 2016)
La asignacin del 1% de la remuneracin del trabajador establece una contribucin directa y proporcional por parte del empleador, lo que, a su vez, contribuye a la formacin de un fondo solidario destinado a cubrir las prestaciones por desempleo. Este sistema solidario garantiza una base financiera slida y sostenible, permitiendo la provisin consistente de beneficios a los trabajadores afectados por el desempleo. (Consejo Directivo del IESS, 2016)
El mismo reglamento tambin dice se entender por aportacin el pago mensual efectuado independientemente del nmero de das (Consejo Directivo del IESS, 2016, Art. 14). Esto implica que la obligacin de aportar se mantiene constante, sin depender de las variaciones en la duracin mensual del trabajo, garantizando una continuidad en el respaldo financiero al sistema de seguro, independientemente de las fluctuaciones en los das laborados en un mes especfico.
Para acceder al seguro de desempleo son indispensables los siguientes requisitos:
a. Acreditar al menos 24 aportaciones acumuladas y no simultneas en relacin de dependencia de las cuales al menos 6 debern ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia;
b. Encontrarse en situacin de desempleo por un perodo no menor a 60 das; y,
c. Realizar la solicitud para el pago de la prestacin a partir del da 61 de encontrarse desempleado y hasta en un plazo mximo de 45 das posteriores al plazo establecido en este literal (Consejo Directivo del IESS, 2016, Art. 15)
La exigencia de aportaciones acumuladas y no simultneas anteriores a la contingencia contribuye a garantizar a quienes acceden al seguro hayan realizado un aporte significativo al sistema antes de solicitar la prestacin. Esto fortalece la sostenibilidad financiera del programa y evita solicitudes por parte de individuos que no hayan contribuido de manera substancial al fondo solidario.
Por otro lado, el requisito de encontrarse en situacin de desempleo por un perodo no menor a 60 das busca asegurar que la prestacin se otorgue a aquellos que enfrentan una situacin de desempleo prolongada, lo que concuerda con el propsito principal del seguro. No obstante, este mismo requisito podra considerarse como un aspecto negativo en el sentido de que podra excluir a personas que, si bien no cumplen con los 60 das exactos, se encuentran en una situacin de desempleo real y necesitan apoyo econmico.
En cuanto al pago por cesanta, segn el artculo 18 de la norma ibidem, es basada en el promedio de ingresos gravados del afiliado durante los ltimos 12 meses antes del desempleo. Este pago cubre hasta el 70% de dicho promedio y utiliza los saldos acumulados en la cuenta individual de cesanta. Cada desembolso, que representa el 70% del salario bsico unificado al momento del evento, se financia con los fondos acumulados en la cuenta del afiliado (Consejo Directivo del IESS, 2016)
Durante la crisis desencadenada por la pandemia de COVID-19, la necesidad de un fondo solidario para el seguro de desempleo se hizo evidente. La abrupta paralizacin de actividades econmicas dej a numerosos trabajadores sin empleo, enfrentndolos a dificultades financieras. Esta crisis destac la importancia de contar con medidas slidas y flexibles para abordar emergencias econmicas, reafirmando el papel esencial de los fondos solidarios en tiempos de crisis.
Por esta situacin el ejecutivo se vio en la obligacin de regular la prestacin del seguro de desempleo, es as como la Ley Orgnica de Apoyo Humanitario (LOAH) en su artculo 22 decreta Durante los meses de abril, mayo, junio y julio del ao 2020, los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en relacin de dependencia, que pasaren a situacin de desempleo, podrn acceder a la prestacin del seguro de desempleo (Asamblea Nacional, 2020), para ello se estableci tambin requisitos:
Durante los meses de abril, mayo y junio del ao 2020, por efecto de la pandemia del COVID 19, los pagos correspondientes al seguro de desempleo se efectuarn automticamente y sin ms trmites, de forma mensual, a partir de que la calificacin efectuada por el IESS sea procedente. En las dems condiciones y requisitos para el acceso a esta prestacin, que no estn contenidos en el presente rgimen temporal, se aplicarn las normas generales del seguro de desempleo contenidos en la Ley de Seguridad Social y sus reformas (Asamblea Nacional, 2020, Art. 23).
Los requisitos y condiciones establecidos, como la necesidad de contar con al menos 24 aportaciones acumuladas, podran haber excluido a un segmento de personas que se encontraron desempleadas durante la crisis. La rigidez de estos criterios podra haber limitado el acceso a la prestacin, dejando a algunos trabajadores en una situacin vulnerable sin el respaldo econmico necesario. Por lo tanto, a pesar de esta regulacin el seguro de desempleo en su mayora no cumpli su propsito de manera equitativa a las personas afectadas por la crisis.
El Seguro de desempleo en Chile
En el ao 2001, Chile implement la Ley 19.728, marcando la entrada tarda del pas en el mbito de los seguros de desempleo a pesar de su innovacin en polticas econmicas y sociales en las ltimas dos dcadas (Ramos & Acero, 2010). Esta legislacin introdujo un seguro de desempleo de amplia cobertura, proporcionando beneficios significativos a los trabajadores. Aunque estos seguros han sido una prctica global durante casi un siglo, Chile finalmente pudo contar con esta proteccin en ese ao. La nueva ley incorpor elementos innovadores que merecen especial atencin y reconocimiento.
Por razones prcticas, se determin que extender el seguro a los empleados del sector pblico era innecesario. Adems, se consider poco factible proporcionar cobertura a los trabajadores por cuenta propia y a los asalariados sin contrato. A partir de octubre de 2001, el seguro se volvi obligatorio para todos los trabajadores asalariados del sector privado, excluyendo el servicio domstico. (Ramos & Acero, 2010)
Sin embargo, se mantuvo de forma voluntaria para aquellos que ya estaban empleados antes de esa fecha. Esta implementacin gradual buscaba evitar afectar los derechos adquiridos de los trabajadores existentes y minimizar los costos adicionales para los ya contratados. A pesar de esta estrategia gradual, se observ un fenmeno de seleccin adversa, ya que los primeros en adscribirse al seguro fueron los trabajadores con contratos temporales y por obra, as como los asalariados en empleos con alta rotacin.
La Ley 19. 728 en su artculo 2 indica:
Estarn sujetos al Seguro los trabajadores dependientes que inicien o reinicien actividades laborales con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley. El inicio de la relacin laboral de un trabajador no sujeto al Seguro generar la incorporacin automtica a ste y la obligacin de cotizar en los trminos establecidos en el artculo (Congreso Nacional de Chile, 2001).
Esta disposicin refleja la intencin de extender la proteccin del seguro a nuevos trabajadores, garantizando que aquellos que ingresen al mbito laboral estn automticamente incorporados al sistema. Adems, al imponer la obligacin de cotizar, se busca asegurar la sostenibilidad financiera del seguro, contribuyendo as a la continuidad de los beneficios para los trabajadores. Esto establece la importancia de ampliar la cobertura y garantizar la participacin activa de los trabajadores en el sistema de seguridad social.
Sobre la financiacin del seguro la ley ibidem en su artculo 5 establece:
El Seguro se financiar con las siguientes cotizaciones:
a) Un 0,6% de las remuneraciones imponibles, de cargo del trabajador con contrato de duracin indefinida.
b) Un 2,4% de las remuneraciones imponibles, en el caso de los trabajadores con contrato de duracin indefinida y un 3% de las remuneraciones imponibles para los trabajadores con contrato a plazo fijo, o por obra, trabajo o servicio determinado. Ambos, de cargo del empleador.
c) Un aporte del Estado que ascender anualmente a un total de 225.792 unidades tributarias mensuales, las que se enterarn en 12 cuotas mensuales de 18.816 unidades tributarias mensuales (Congreso Nacional de Chile, 2001)
Este sistema de financiacin demuestra ser equilibrado y distribuye las responsabilidades entre empleadores, empleados y el Estado. La cotizacin diferenciada segn el tipo de contrato busca adaptarse a las distintas realidades laborales, considerando tanto la estabilidad de empleo como las modalidades temporales. Adems, la contribucin estatal aporta un respaldo financiero adicional, fortaleciendo la sostenibilidad del seguro. Esta combinacin de esfuerzos financieros pretende asegurar la viabilidad del programa y su capacidad para brindar proteccin efectiva a los trabajadores en situaciones de desempleo.
En Chile, para acceder al seguro de desempleo se deben cumplir diversos requisitos:
Estar Cesante: Esta condicin debe ser respaldada con un documento vlido, como el finiquito, entre otros.
Cotizaciones Acumuladas: Se requiere tener cotizaciones desde la fecha de afiliacin o desde el ltimo cobro registrado en la cuenta individual. Para contratos a plazo fijo, se exigen 6 cotizaciones acreditadas, mientras que para contratos indefinidos se solicitan 12 cotizaciones acreditadas en la cuenta.
Requisitos para el Fondo de Cesanta Solidario (FCS): Aquellos que buscan acceder al seguro mediante el FCS deben cumplir con condiciones adicionales, como tener un saldo insuficiente en la cuenta individual para financiar los pagos del seguro y contar con un mnimo de 12 cotizaciones registradas en el FCS en los 24 meses previos al despido, siendo las ltimas tres continuas y con el mismo empleador.
Inscripcin en la Bolsa Nacional de Empleo: Se debe realizar la inscripcin en la Bolsa Nacional de Empleo dentro de las 96 horas posteriores a la solicitud.
Causales de Despido: Es necesario haber sido despedido por alguna de las causales especficas establecidas en el Cdigo del Trabajo, como vencimiento del plazo convenido, conclusin del trabajo o servicio, caso fortuito, necesidades de la empresa o insolvencia del empleador (Muoz, 2022, p. 30).
El hecho de requerir que la persona est cesante y haya cotizado durante un periodo determinado asegura que el beneficio se destine a quienes verdaderamente han experimentado la prdida de empleo, evitando solicitudes injustificadas. Adems, la inscripcin en la Bolsa Nacional de Empleo se presenta como un punto positivo al fomentar que los beneficiarios se involucren activamente en la bsqueda de trabajo, promoviendo as su reintegracin al mercado laboral. En conjunto, estos aspectos buscan garantizar que el seguro cumpla su propsito principal de respaldar a aquellos que realmente lo necesitan y estimular su pronta reinsercin en el mbito laboral. (Muoz, 2022)
No obstante, algunos aspectos podran considerarse negativos. La exigencia de cotizaciones acumuladas, especialmente para contratos a plazo fijo, podra dificultar el acceso a quienes tienen empleos temporales o de alta rotacin. Adems, las causales especficas de despido pueden ser interpretadas de manera variada, lo que podra generar inequidades en la aplicacin del seguro.
El Seguro de desempleo en Argentina
El sistema de seguro de desempleo en Argentina presenta dos antecedes principales: el Fondo de Desempleo para los Trabajadores de la Industria de la Construccin, establecido por la Ley 22250 en 1980, y el Subsidio por Desocupacin, introducido durante el gobierno del Dr. Alfonsn mediante el decreto 2485 de diciembre de 1985 (Corvaln & Leal, 2017).
El primero se dirige especficamente a los trabajadores de la industria de la construccin, proporcionndoles un respaldo financiero en casos de desempleo. En cuanto al Subsidio por Desocupacin, este beneficia a los trabajadores bajo las Cajas de Asignaciones y Subsidios Familiares que hayan trabajado en relacin de dependencia por ms de nueve meses.
El subsidio incluye asignaciones familiares y prestaciones mdicas durante cuatro meses, con un monto equivalente al 70% del salario mnimo vigente al momento del pago, y no requiere aportes previos para su acceso (Corvaln & Leal, 2017). Estas medidas buscan proporcionar apoyo econmico y asistencial a los trabajadores afectados por la desocupacin en Argentina.
Sobre las prestaciones por desempleo la Ley 25.371 en el artculo 3 consagra:
Las prestaciones del sistema integrado por desempleo son las siguientes:
a) La prestacin econmica por desempleo con las modalidades, plazos y cuantas establecidas en la presente ley.
b) Las prestaciones mdico-asistenciales, para el beneficiario y su grupo familiar correspondientes al Programa Mdico Obligatorio (PMO), establecidas de conformidad con el decreto 492/95, las que sern brindadas por la obra social en la que el trabajador se hallare afiliado al tiempo del cese laboral, con cargo al Fondo Nacional del Empleo.
c) Las asignaciones familiares que le correspondieren de conformidad con las prescripciones de la Ley 24.714 durante el perodo en que percibiere la prestacin del inciso a). (H. Congreso de la Nacin de Argentina, 2001)
Esta ley establece un sistema integral de prestaciones por desempleo con el objetivo de proporcionar respaldo econmico y asistencial a los trabajadores afectados. Este sistema incluye una prestacin econmica por desempleo, detallando modalidades, plazos y cuantas de acuerdo con lo dispuesto en la ley. Adems, garantiza prestaciones mdico-asistenciales para el beneficiario y su grupo familiar, cubriendo el Programa Mdico Obligatorio (PMO) segn el decreto 492/95.
Estas prestaciones mdicas sern brindadas por la obra social a la cual el trabajador estuviera afiliado al momento del cese laboral, con cargo al Fondo Nacional del Empleo. Asimismo, se contemplan asignaciones familiares de acuerdo con las disposiciones de la Ley 24.714 durante el perodo en que el trabajador perciba la prestacin econmica por desempleo. Este modelo busca abordar no solo la dimensin financiera del desempleo sino tambin las necesidades mdicas y familiares de los beneficiarios, fortaleciendo as la red de proteccin social en situaciones de cesanta laboral.
Los requisitos para tener derecho al seguro segn el artculo 11 de la Ley 24.013 son:
a) Encontrarse en situacin legal de desempleo y disponible para ocupar un puesto de trabajo adecuado;
b) Estar inscritos en el Sistema nico de Registro Laboral o en el Instituto Nacional de Previsin Social hasta tanto aqul comience a funcionar;
c) Haber cotizado al Fondo Nacional del Empleo durante un perodo mnimo de doce (12) meses durante los tres (3) aos anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situacin legal de desempleo, o al Instituto Nacional de Previsin Social por el perodo anterior a la existencia del Sistema nico de Registro Laboral;
d) Los trabajadores contratados a travs de las empresas de servicios eventuales habilitadas por la autoridad competente, tendrn un perodo de cotizacin mnimo de noventa (90) das durante los doce (12) meses anteriores al cese de la relacin que dio lugar a la situacin legal de desempleo;
e) No percibir beneficios previsionales, o prestaciones no contributivas;
f) Haber solicitado el otorgamiento de la prestacin en los plazos y formas que corresponda (H. Congreso de la Nacin de Argentina,1991).
Estos requisitos establecidos por la ley tienen tanto puntos positivos como negativos, en el lado positivo, la exigencia de encontrarse en situacin legal de desempleo garantiza que la prestacin se destine a quienes realmente enfrentan la prdida de empleo y estn activamente buscando oportunidades laborales. La inscripcin en el Sistema nico de Registro Laboral o el Instituto Nacional de Previsin Social asegura un seguimiento eficaz de los beneficiarios. Adems, la condicin de haber cotizado al Fondo Nacional del Empleo durante un perodo mnimo de doce meses en los tres aos anteriores al cese laboral busca premiar la contribucin continua al sistema.
La exigencia de cotizaciones puede plantear dificultades para aquellos con historiales laborales intermitentes o inestables. La restriccin de no percibir beneficios previsionales o prestaciones no contributivas pueden generar exclusin para quienes dependen de otras formas de asistencia. Adems, el plazo y las formas para solicitar la prestacin deben ser cuidadosamente gestionados para evitar exclusiones injustas. En general, aunque los requisitos buscan garantizar la equidad y la eficacia del sistema, an existen posibles barreras que podran dejar a ciertos trabajadores fuera de este respaldo laboral.
Discusin y conclusiones
Desde su inicio en el siglo XX, el seguro de desempleo ha evolucionado para convertirse en un derecho fundamental en las legislaciones laborales modernas. Su papel va ms all de mitigar la cada del consumo durante la prdida del empleo; acta como un estabilizador automtico en los ciclos econmicos, reduce la vulnerabilidad de los trabajadores y se alinea con principios ticos y legales de equidad social. Esta transformacin refleja el compromiso de las sociedades con la proteccin social y destaca la importancia de este seguro como un pilar para salvaguardar la estabilidad econmica y el bienestar de los individuos y sus familias en tiempos de incertidumbre laboral.
En Ecuador, el seguro de desempleo se erige como un pilar esencial de la seguridad social, consagrando el derecho fundamental de los ciudadanos a la proteccin integral en situaciones de contingencia laboral. La inclusin de la cesanta como una contingencia respaldada por el Estado refleja una visin progresista que reconoce la complejidad del desempleo y la necesidad de respuestas estructuradas y solidarias. La vinculacin directa del monto de la prestacin con el fondo acumulado en la cuenta individual de cesanta, junto con el financiamiento mediante aportes proporcionados por el empleador, evidencia un enfoque individualizado y sostenible que garantiza la continuidad en el respaldo financiero al sistema de seguro.
En la Constitucin de la Repblica del Ecuador de 2008, se garantiza el derecho al trabajo como un deber social, y un derecho econmica fuente de la realizacin personal que ayuda al pleno respeto de la dignidad, una vida decorosa, retribuciones justas y el desempeo de un trabajo saludable. Esto debe estar en correspondencia con la evolucin social y tecnolgica (Brito y Romero, 2022, p. 220)
A pesar de su relevancia, la crisis desatada por la pandemia de COVID-19 puso de manifiesto la rigidez de los requisitos del seguro de desempleo en Ecuador. Aunque la regulacin excepcional busc brindar alivio econmico durante los meses crticos, la necesidad de contar con al menos 24 aportaciones acumuladas excluy a algunos trabajadores que se encontraron desempleados durante la crisis. La inflexibilidad de estos criterios podra haber dejado a ciertos individuos en una situacin vulnerable sin el respaldo econmico necesario, sealando la importancia de revisar y ajustar los requisitos para garantizar una respuesta equitativa y efectiva en tiempos de emergencia.
La implementacin tarda del seguro de desempleo en Chile en 2002 introdujo innovaciones clave, como la obligatoriedad para trabajadores del sector privado. Aunque buscaba preservar derechos, la estrategia gradual gener un fenmeno de seleccin adversa. La financiacin equilibrada y requisitos claros reflejan un enfoque integral para garantizar la sostenibilidad y efectividad del programa.
El seguro de desempleo en Chile destaca por su distribucin equitativa de responsabilidades financieras y requisitos transparentes. Aunque la cotizacin diferenciada y la contribucin estatal reflejan consideraciones laborales diversas, las exigencias de cotizaciones acumuladas podran presentar barreras. La interpretacin variada de las causales de despido subraya la importancia de una revisin continua para asegurar equidad y eficacia.
La legislacin argentina sobre el seguro de desempleo destaca por su enfoque integral, abordando no solo la dimensin financiera sino tambin las necesidades mdicas y familiares de los beneficiarios. El sistema garantiza prestaciones econmicas, mdico-asistenciales y asignaciones familiares, fortaleciendo as la red de proteccin social en situaciones de desempleo.
Aunque los requisitos establecidos por la ley buscan garantizar la equidad y eficacia del sistema, existen desafos y posibles barreras. La exigencia de cotizaciones puede representar dificultades para aquellos con historiales laborales intermitentes, y la restriccin de no percibir otros beneficios puede generar exclusiones. La gestin cuidadosa de plazos y formas para solicitar la prestacin es crucial para evitar exclusiones injustas y asegurar un respaldo laboral equitativo.
La legislacin ecuatoriana, desde la constitucin de 2008, busca garantizar la vigencia efectiva de los derechos de las personas, con especial atencin al sector productivo y a los trabajadores. La obligatoriedad de asegurar a los empleados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) se enmarca en una visin integral que reconoce la importancia de respaldar a los trabajadores incluso en situaciones de desempleo. La existencia del fondo de cesantas y su flexibilidad durante la pandemia demuestran una adaptabilidad frente a crisis inesperadas.
En Amrica Latina, la proteccin al trabajador desempleado es fundamental, y Ecuador se alinea con esta necesidad, facilitando el acceso al seguro de desempleo a travs de medidas agiles en tiempos de crisis. Sin embargo, es esencial evaluar la suficiencia econmica a largo plazo y cmo las aportaciones de los afiliados garantizan la cobertura del seguro.
En Argentina, la legislacin va ms all al abordar no solo aspectos econmicos sino tambin mdico-asistenciales y asignaciones familiares, proporcionando una proteccin ms completa e integral. Esto sugiere un enfoque ms holstico hacia la seguridad social, considerando no solo la estabilidad financiera del trabajador sino tambin su bienestar general y el de su familia.
Chile, por su parte, establece un sistema en el que tanto los empleadores como los empleados contribuyen al fondo de seguro de desempleo, asegurando la sostenibilidad financiera del sistema. La inclusin de nuevos trabajadores en el seguro demuestra un enfoque proactivo para abordar las cambiantes dinmicas laborales. Sin embargo, la necesidad de cotizaciones acumuladas podra plantear desafos para aquellos con empleos temporales.
Al comparar estas legislaciones, la adaptabilidad de Ecuador durante la pandemia se destaca, pero la integralidad de la proteccin en Argentina tambin es notable. Chile presenta un enfoque equilibrado en la contribucin al fondo, pero la rigidez en las cotizaciones puede afectar a ciertos trabajadores. En trminos de garantizar el seguro de desempleo de manera efectiva, la legislacin argentina parece ofrecer una cobertura ms completa, abordando no solo lo financiero sino tambin aspectos mdicos y familiares.
Aunque cada legislacin tiene sus fortalezas, la integralidad de la proteccin en Argentina sugiere un modelo ms completo de seguro de desempleo que podra ofrecer una mayor seguridad a los trabajadores y sus familias. Sin embargo, es importante considerar la adaptabilidad y la sostenibilidad financiera en cualquier sistema de seguridad social a largo plazo.
Referencias
1. Bardey, D., Kiuhan, S., & Surez, J. C. (2009). Seguros de desempleo: revisin de literatura y propuesta para Colombia. Serie Documentos de Trabajo, 66.
2. Brito-Tello, M. F., & Romero-Romero, C. D (2022). Desconexin digital en Ecuador durante la pandemia por COVID-19. Revista Sociedad & Tecnologa, 5(S1), 210-222.DOI: https://doi.org/10.51247/st.v5iS1.244
3. Bustamante, R. Y. S., Ruiz, G. R. S., Suarez, C. A. R., & Santiana, Z. L. T. (2020). El desempleo en el ecuador: causas y consecuencias. Polo del Conocimiento: Revista cientfico-profesional, 5(10), 774-797.
4. Constitucin Poltica de la Repblica de Ecuador. (20 de octubre de 2008). Registro Oficial 449. Quito: Asamblea Nacional Constituyente.
5. Corvaln, C., & Leal, J. E. (2017). LA PROTECCIN SOCIAL DEL SEGURO DE DESEMPLEO (Doctoral dissertation, Facultad de Ciencias Econmicas-Universidad Nacional de Tucumn).
6. ley 19.728. (30 de abril de 2001). Resolucin 489. Santiago de Chile, Chile: Congreso nacional de chile.
7. Ley de Seguridad Social. (2001). Registro oficial Nro. 465. Quito: Congreso Nacional.
8. Ley Nro. 24.013. (17 de diciembre de 1991). Boletn nacional 17-dic.1991. Buenos Aires, Argentina: Honorable Congreso de la nacin argentina.
9. Ley Nro. 25.371. (02 de enero de 2001). Boletn oficial 2-ENE-2001. Buenos Aires, Argentina: Honorable congreso de la nacin argentina.
10. Ley Orgnica de Apoyo Humanitario. (2020). Registro oficial Nro. 229. Quito: Asamblea Nacional.
11. Loa Aguirre, E. D., & Rubio Campos, J. (2019). Evaluacin del Seguro de Desempleo de la Ciudad de Mxico (2007-2016). Intersticios sociales, (17), 131-174.
12. Londoo-Upegui, L. D., & Meja-Ortega, L. M. (2019). Desempleo y proteccin social: el caso colombiano. Revista Facultad Nacional de Salud Pblica, 37(3), 54-63.
13. Muoz Morales, S. K. (2022). El seguro de desempleo en Ecuador, una visin desde el derecho comparado (Bachelor's thesis).
14. Pons Pons, J. (2014). Los orgenes del Estado del Bienestar en Espaa, 1900-1945: los seguros de accidentes, vejez, desempleo y enfermedad: (ed.). Prensas de la Universidad de Zaragoza. https://elibro.net/es/ereader/uta/41949?page=1
15. Ramos, J., & Acero, C. (2010). El seguro de desempleo. Las nuevas polticas de proteccin social en Chile.
16. Constitucin de la repblica del Ecuador. (octubre de 20 de 2008). Registro oficial 449. Montecristi: Corporacin de Estudios y Publicaciones.
17. Reglamento General del Seguro de Cesanta y Seguro De Desempleo. (2016). Registro Oficial 803. Quito: Asamblea Nacional.
18. Toledo Guerrero, A. C. (2016). Un modelo de seguro de desempleo para el sistema de seguridad social en Ecuador. Tesis de maestra, Flacso Ecuador.
2024 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).
Enlaces de Referencia
- Por el momento, no existen enlaces de referencia
Polo del Conocimiento
Revista Científico-Académica Multidisciplinaria
ISSN: 2550-682X
Casa Editora del Polo
Manta - Ecuador
Dirección: Ciudadela El Palmar, II Etapa, Manta - Manabí - Ecuador.
Código Postal: 130801
Teléfonos: 056051775/0991871420
Email: polodelconocimientorevista@gmail.com / director@polodelconocimiento.com
URL: https://www.polodelconocimiento.com/