Los elementos objetivos del delito de secuestro extorsivo

 

The objective elements of the crime of kidnapping for extortion

 

Os elementos objetivos do crime de sequestro para extorso

 

 

 

Mercedes Uberlandia Arriaga-Cansino I
arriagamercedes@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0001-1624-0258
 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: arriagamercedes@hotmail.com

 

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 30 de noviembre de 2023 *Aceptado: 10 de diciembre de 2023 * Publicado: 31 de enero de 2024

 

        I.            Magster en Derecho Procesal, Universidad Tecnolgica Ecotec, Diploma Superior en Tributacin, Universidad de Guayaquil, Magster en Derecho Constitucional, Universidad Tecnolgica Ecotec, Magster en Tributacin y Finanzas, Universidad de Guayaquil, Abogada de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador, Universidad de Guayaquil, Economista, Universidad de Guayaquil Ecuador.


Resumen

El artculo cientfico que se presenta a continuacin contiene de manera explcita y resumida, todo lo relacionado al secuestro extorsivo, el cual es un delito que ha tomado fuerza en los ltimos aos. Por lo tanto, el objetivo principal de la presente investigacin fue realizar un estudio sistematizado de los elementos objetivos que componen el tipo penal de secuestro extorsivo conforme a lo mencionado en el Cdigo Orgnico Integral Penal. Este trabajo fue desarrollado mediante un enfoque cualitativo, de carcter bibliogrfica y jurdico, a travs de la utilizacin del mtodo exegtico y la tcnica de la sistematizacin doctrinario-legal de la norma jurdica a fin de comprender mejor los elementos objetivos del tipo penal de secuestro extorsivo, lo que permiti alcanzar resultados que evidenciaron al secuestro extorsivo como un delito reciente que combina dos tipos penales, afecta seriamente a las vctimas al atacar bienes jurdicos diversos. La rpida expansin de la delincuencia organizada en los ltimos tres aos ha contribuido al aumento sin precedentes de casos de este tipo de secuestro en la historia nacional. Parece que el legislador ha fusionado estos tipos penales para imponer sanciones ms severas, destacando la eliminacin del secuestro express del Cdigo Orgnico Integral Penal, como medida para abordar el incremento significativo de este delito en el contexto de la delincuencia organizada.

Palabras clave: Secuestro extorsivo; Amenazas; Vctima; Extorsin; Delincuencia organizada.

 

Abstract

The scientific article presented below contains explicitly and summarized everything related to kidnapping for ransom, which is a crime that has gained strength in recent years. Therefore, the main objective of this investigation was to carry out a systematized study of the objective elements that make up the criminal type of kidnapping for ransom in accordance with what is mentioned in the Comprehensive Organic Penal Code. This work was developed through a qualitative approach, of a bibliographic and legal nature, through the use of the exegetical method and the technique of doctrinal-legal systematization of the legal norm in order to better understand the objective elements of the criminal type of kidnapping for ransom. , which made it possible to achieve results that showed kidnapping for ransom as a recent crime that combines two types of criminal offenses, seriously affecting victims by attacking various legal assets. The rapid expansion of organized crime in the last three years has contributed to the unprecedented increase in cases of this type of kidnapping in national history. It seems that the legislator has merged these criminal types to impose more severe sanctions, highlighting the elimination of express kidnapping from the Comprehensive Organic Penal Code, as a measure to address the significant increase in this crime in the context of organized crime.

Keywords: Kidnapping for ransom; Threats; Victim; Extortion; Organized crime.

 

Resumo

O artigo cientfico apresentado a seguir contm de forma explcita e resumida tudo relacionado ao sequestro para resgate, crime que ganhou fora nos ltimos anos. Portanto, o objetivo principal desta investigao foi realizar um estudo sistematizado dos elementos objetivos que compem o tipo penal de sequestro para resgate de acordo com o que consta do Cdigo Penal Orgnico Integral. Este trabalho foi desenvolvido atravs de uma abordagem qualitativa, de natureza bibliogrfica e jurdica, atravs da utilizao do mtodo exegtico e da tcnica de sistematizao doutrinrio-jurdica da norma jurdica a fim de melhor compreender os elementos objetivos do tipo penal de sequestro para resgate. , o que permitiu alcanar resultados que evidenciaram o sequestro para resgate como um crime recente que combina dois tipos de infraes penais, afetando gravemente as vtimas ao atacar diversos bens jurdicos. A rpida expanso do crime organizado nos ltimos trs anos contribuiu para o aumento sem precedentes de casos deste tipo de sequestro na histria nacional. Parece que o legislador fundiu estes tipos penais para impor sanes mais severas, destacando a eliminao do sequestro expresso do Cdigo Penal Orgnico Integral, como medida para fazer face ao aumento significativo deste crime no contexto do crime organizado.

Palavras-chave: Sequestro para resgate; Ameaas; Vtima; Extorso; Crime organizado.

 

Introduccin

Uno de los delitos que ha resonado con fuerza en los ltimos aos en el Ecuador, es el secuestro extorsivo, una modalidad del secuestro tradicional en la cual una persona priva a otra de su libertad por un tiempo determinado, a fin de obtener un beneficio econmico o ddiva de toda clase por su liberacin, esta figura fue incorporada dentro de las recientes reformas al Cdigo Orgnico Integral Penal, sancionndose con una pena privativa de libertad de hasta 13 aos tomando en cuenta diversas circunstancias como el tiempo de secuestro, la posibilidad de muerte o torturas a la persona secuestrada, edad de la vctima, entre otros aspectos importantes.

No debe confundirse el secuestro extorsivo con la extorsin, a pesar de que ambas figuras legales persigan el mismo propsito de solicitar un beneficio econmico mediante amenazas o actos que pongan en riesgo la integridad personal o el patrimonio de la vctima. En el caso de la extorsin, simplemente la existencia de una llamada telefnica o un mensaje intimidante es suficiente para exigir el pago de una suma de dinero o bienes, mientras que, en el caso del secuestro extorsivo, se requiere la privacin de la libertad de la vctima para que el autor demande el dinero a cambio de su liberacin.

El secuestro extorsivo es un tipo penal relativamente nuevo, en la prctica, a pesar de que est incorporada al Cdigo Orgnico Integral Penal desde el momento en el que ste entra en vigencia, debido a que la ola delictiva que se encuentra viviendo el pas ha incluido la incorporacin de delitos que anteriormente eran considerados lejanos o extraordinarios, y que lastimosamente, hoy en da, forman parte del itinerario diario nacional, entre ellos este tipo penal conocido. Se puede afirmar que el secuestro extorsivo es un hbrido entre el secuestro tradicional y la extorsin, con la cual los miembros de las organizaciones o grupos de delincuencia organizada suelen mantener y financiar sus actividades.

El secuestro extorsivo generalmente ocurre cuando las personas son privadas de su libertad, ocultadas o llevadas a otros lugares, de manera similar al secuestro tradicional, pero con la finalidad de obtener una suma de dinero mediante amenazas de muerte o tortura. A primera vista, presenta una mecnica similar, pero el desafo en estos casos radica en distinguirlo de otros delitos similares. Adems, es necesario realizar un anlisis de sus elementos subjetivos y objetivos, especialmente estos ltimos, como parte del proceso para determinar soluciones efectivas para su prevencin y control (Quiroz Morillo, 2020).

La situacin actual del pas, donde los grupos de delincuencia organizada (GDO) empiezan a tener una guerra continua e indefinida con el Estado, por lo general con la finalidad de buscar la masificacin del comercio de drogas en el pas, lo cual se ve agravado con la supresin de ciertas entidades de seguridad, la disminucin del presupuesto para mantener el orden nacional, han sido entre los principales factores que inciden justamente en un aumento exponencial de los casos de sicariato, extorsiones, atentados, secuestros, entre otros delitos que se encuentran entrelazados entre s.

Siendo tambin el narcoterrorismo una de las consecuencias de dicha ausencia, puede afirmarse que los actos que componen este hbrido entre el trfico de sustancias estupefacientes y el terrorismo, van ligados a obligar a ciudadanos, sean ligados o no a estos conglomerados, a entregar una cantidad de dinero para poder financiar sus actividades ilcitas. Es por esta razn que se puede observar que, en las calles de algunas ciudades como Guayaquil, Esmeraldas, se cometen estos medios para crear mayor conmocin o impacto en la sociedad ecuatoriana, exteriorizados en explosiones, secuestros a personajes influyentes, comerciantes, entre otros, cobro de valores por supuesta seguridad.

Precisamente por ello, se ha intentado en estos ltimos aos una serie de medidas, desde estados de excepcin, salida de las Fuerzas Armadas para que coadyuven al patrullaje de las calles de las ciudades, decomiso de toneladas de droga, sin embargo, en el ltimo bienio se ha detectado un ascenso exponencial de las denuncias por esta clase de delitos entre los que se destaca el secuestro extorsivo, pero enormes yerros judiciales han incidido en que los responsables sean liberados y exonerados de cargos.

El presente trabajo busca realizar una cierta aproximacin a los casos de secuestro extorsivo que se estn dando en el pas, mediante el manejo cuantitativo de cifras desde la Fiscala General del Estado, de tal forma que pueda analizarse la descripcin del tipo penal desde el punto de vista objetivo y no subjetivo. Para una mejor comprensin del tema en mencin, se subdivide en un total de cuatro captulos, los cuales se detallan a continuacin:

Una primera parte o introductoria que contiene una idea inicial del problema de investigacin, as como el planteamiento de las ideas que irn soportando el trabajo a lo largo de su realizacin, y los objetivos acadmicos que se buscan con ste. En la segunda parte, el desarrollo se ir trabajando en el bosquejo del problema y la temtica que debe tratarse, el tercer apartado, de materiales y mtodos, contendr la metodologa y modalidad de trabajo que debe considerarse para el efecto, as como las tcnicas de investigacin necesarias, y finalmente en la cuarta parte se encuentran los resultados del proceso de investigacin, a fin de que coincidan con los objetivos a plantearse al iniciar la actividad.

El objetivo de la presente investigacin es realizar un estudio sistematizado de los elementos objetivos que componen el tipo penal de secuestro extorsivo conforme a lo mencionado en el Cdigo Orgnico Integral Penal. Para poder cumplirlo, se plantean como objetivos especficos, establecer una diferencia entre este tipo penal y el secuestro estndar, definir elementos descriptivos -detalle de la accin a realizarse- y normativos -palabras que se encuentran en otros textos del ordenamiento jurdico-, leyes penales en blanco y otros aspectos que permiten delimitarlo, adems de contextualizar las cifras obtenidas por autoridad competente respecto de su ascenso en el Ecuador. De ser necesario, incluso se har un comparativo con otras legislaciones sobre su juzgamiento y sancin conforme a su normatividad.

 

Marco terico

Etimologa jurdica del secuestro y la extorsin

Este tipo de delitos por lo general se encuentran ligados a la bsqueda de beneficios personales o colectivos de la persona que lo ordena, aunque su caracterstica sea divergente entre s; en el delito de secuestro se afecta como bien jurdico protegido la libertad personal. Conforme a la Real Academia de la Lengua, el secuestro se conoce como: la privacin de libertad ambulatoria implica restringir la movilidad de una persona o grupo, exigiendo, como condicin para su liberacin, el cumplimiento de algn requisito, siendo comnmente el pago de un rescate (Real Academia de la Lengua, 2023).

Una de las caractersticas, es que la persona afectada es recluida en un espacio apartado por otra o un grupo, quienes, a cambio de diversas condiciones, ofrecen su liberacin; cabe resaltar que dentro del delito, la persona puede ser sometida a actos de tortura a fin de que obligatoriamente revele informacin personal, ocultada en lugares inhspitos, golpeada, ultrajada, incluso ha existido casos en donde se cercenan algunas partes del cuerpo del agraviado para enviar a los familiares o personas allegadas como forma de intimidacin para que cumplan lo solicitado.

El secuestro como tal, es uno de los delitos que ms conmocin suele causar en la sociedad, debido a la forma como suelen tratar sus perpetradores en contra de la vctima, histricamente se puede decir que este delito como el plagio son sinnimos, para juristas como el italiano Francesco Carrara, se poda indicar que esta modalidad es tan antigua como el feudalismo, en palabras de la profesora y jurista mexicana Olga Islas de Gonzlez Mariscal, en el tiempo que la esclavitud fue admitida, era frecuente el robo de hombres libres para venderlos como esclavos (Islas de Gonzlez Mariscal, 2002). Sin embargo, con el tiempo, se dej de utilizar el trmino plagio como la captura de personas.

Para el jurista chileno Gustavo Labatut (1977), este delito se define como: toda privacin de la libertad personal, tomada esta expresin en sentido restrictivo de la libertad fsica y concretamente de libertad ambulatoria (p. 35)., esto es, no se puede hablar en este sentido una privacin de libertad por autoridad competente, sino por otra persona, para poder causarle dao, ocultarla, entre otros. Al menos en la legislacin nacional, el plagio no puede usarse como sinnimo de secuestro puesto que la interpretacin de este tipo penal es la toma de informacin ajena como propia, sin reconocer derechos de autor.

En pases como Ecuador, se identifican cuatro tipos de secuestro, los cuales varan segn el propsito de los captores y el tipo de sujeto pasivo involucrado en el delito. El primero es el secuestro comn, donde el objetivo va ms all de obtener beneficios econmicos y puede incluir causar angustia y sufrimiento a las personas cercanas a la vctima, como ocurre en relaciones de pareja donde uno restringe la libertad del otro. El segundo es el secuestro "express", caracterizado por la detencin y ocultamiento de la vctima por un periodo breve con el fin de afectar su patrimonio financiero. El tercer tipo es la simulacin del secuestro o "autosecuestro", en el cual la presunta vctima finge haber sido secuestrada. Por ltimo, se encuentra el secuestro extorsivo propio, que involucra la privacin de libertad ambulatoria con la exigencia de un rescate a cambio de la liberacin (Villalba Tapia, 2021)

Dogmticamente puede decirse que el secuestro es un delito de accin, esto es, aquella actividad que realiza el sujeto, produciendo consecuencias en el mundo jurdico, en dicha accin debe de darse un movimiento por parte del sujeto (Atienza, 1987)., en este caso, se configura la accin mediante la captura o toma del agraviado para su posterior encierro u ocultamiento, con ciertos fines, en su mayora ilcitos, pudiendo dar como resultado en estos casos, una afectacin psicolgica, fsica o la muerte de la vctima, basada dicha concepcin en el pensamiento de Jimnez de Asa, mismo que mencionaba sin accin, no hay resultado, la configuracin de la voluntad de cometer el delito modifica el mundo exterior (Jimnez de Asa, 2007).

En cuanto a la extorsin, el gran jurista espaol Francisco Muoz Conde lo define como aquel delito que permite, mediante amenazas o violencia a la persona afectada, la solicitud de algn beneficio econmico (Muoz Conde, 2012). Esto es, la bsqueda de beneficio personal, dinero o cualquier ddiva por medio de amenazas o intimidacin para que la vctima realice todo tipo de actos en su contra. Conforme a la dogmtica penal, este es un delito penal de resultado, puesto que segn lo destacado por el tratadista colombiano Alfonso Reyes Echanda (1981), la sola conducta no es suficiente para su incriminacin, sino que se hace necesaria la produccin de un evento dado, de tal manera que, si l no se ocasiona, el hecho carece de tipicidad plena. (p. 72).

El prominente profesor ecuatoriano Jorge Zavala Baquerizo (2012), en cambio define a la extorsin como: la entrega de cosas, suscripcin o destruccin de documentos que, en perjuicio de su propiedad, o de la de terceros, realiza la vctima, quien sin haber sido privada de su libertad personal, es obligada a realizar tales actos (p. 5)., una persona que ha sido extorsionada, debe por lo general entregar dinero o bienes, incluso causar perjuicio en su patrimonio en favor de otros, sin que se haya privado de su libertad personal, pero s de su voluntad para causar estos perjuicios.

Entonces, conociendo en ese sentido ambas concepciones de accin, puede decirse que el secuestro extorsivo combina ambos tipos penales, en un hbrido, mediante el cual la persona que lo padece, por medio de terceros, debe entregar dinero o causar beneficios a favor de sus captores, por el tiempo en el que se encuentra en cautiverio, considerando de ese modo un delito tanto de accin como de resultado. El Cdigo Orgnico Integral Penal ha podido juntar ambas conductas penalmente relevantes en una sola, tomando en consideracin el hbrido ya descrito con anterioridad.

Lo interesante es que el legislador, al expedir el Cdigo Orgnico Integral Penal ha podido condensar dos tipos penales distintos, que si bien coartan libertades, pero de diferente manera, el secuestro coarta la libre movilidad y sobre todo la libertad personal, mientras que la extorsin conculca el bien jurdico protegido del libre albedro, a ms de la propiedad, el primero porque se obliga a la persona a entregar bienes o dinero mediante amenazas, todo ello en un tipo donde se coarta la libertad de movilidad para solicitar beneficios, el secuestro extorsivo.

 

Definiciones del secuestro extorsivo

El jurista argentino Gustavo Barreto (2005) define al secuestro extorsivo como aquella conducta en la que un individuo o grupo de individuos sustrajere, retuviere u ocultare a una persona para sacar rescate (p. 147). Es una modalidad del secuestro que, aunque parece de reciente data, es muy tradicional, puesto que gran parte de los casos ocurridos en esta modalidad, tienen como objetivo que los familiares o personas que forman parte del crculo cercano de la vctima entreguen un beneficio por su rescate o incluso reciben actos intimidatorios.

En la doctrina, el secuestro extorsivo se limita a la peticin de dinero por parte de los captores a cambio de la liberacin de la vctima, pero el Cdigo Orgnico Integral Penal contiene una concepcin ms amplia, puesto que no solamente contempla obtencin de ddivas, sino la posibilidad de encubrimiento de otra accin (accionar de los grupos de delincuencia organizada) u obtener por parte del agraviado otros bienes, aunque fuere necesario retenerlo por pocas horas, esto no se configurara como un secuestro extorsivo por temporalidad.

Si se hace una revisin histrica de la normativa ecuatoriana, puede decirse que el secuestro extorsivo como conducta penalmente relevante ha absorbido lo que antiguamente se conoca como secuestro express, mismo que s estaba contemplado en el anterior marco jurdico, y que guarda muchas similitudes con este tipo penal, a criterio de varios investigadores como la Magister en Derecho Penal Jimena Moina Molina, se encontraba contemplado en el proyecto de Cdigo Orgnico Integral Penal, pero finalmente termin condensado en el secuestro extorsivo (Moina Molina, 2015).

La periodista argentina Paola Alcoba destaca el alcance que tiene el secuestro extorsivo, mismo que se trata del acto de arrebatar, sustraer, retener u ocultar a una persona contra su voluntad con el propsito de exigir por su libertad algn provecho o cualquier utilidad (Alcoba, 2007), en estos casos se buscara por parte de la persona ofendida cualquier beneficio, por lo general dinero en efectivo, de la misma forma que en el antiguo secuestro express, con sus diferencias.

Sin embargo, como tal, el secuestro extorsivo no puede usarse como homnimo de secuestro express, ya que los captores -en esta modalidad- terminan liberando a la vctima en un plazo muy corto de tiempo para poder tomar y aduearse de dinero en efectivo, en este tipo penal la privacin de libertad ocurre en un tiempo prolongado, que no podra cuantificarse precisamente en nicamente horas, sino tambin mediante unidades ms extensas como das e incluso semanas, pudiendo acabar con la muerte de la persona objeto del delito.

 

Relacin del secuestro extorsivo con la delincuencia organizada en el Ecuador y normativa penal de otros pases

Conforme a cifras estadsticas y actualizadas a octubre del presente ao por la Fiscala General del Estado (2023) a nivel nacional se han presentado 1.130 denuncias por secuestro extorsivo, lo cual representa prcticamente el doble de lo registrado en el 2022, donde se receptaron 573 denuncias por este modo (hoy solamente este valor corresponde a denuncias presentadas en la Fiscala Provincial del Guayas) y casi diez veces ms de lo registrado en el ao 2018, lo cual significa que ha habido un aumento exponencial de dicha conducta en el Ecuador, todo con ocasin de la penetracin de la delincuencia organizada en el pas y uso de este tipo penal como estrategia de intimidacin.

Para poder hacer un anlisis ms certero respecto de la delincuencia organizada y su relacin con el secuestro extorsivo, es importante hacer una relacin conceptual del primer trmino, para los abogados e investigadores jurdicos Santiago Crdenas, Melisa Pita, Hugo Chavarrea y Alberto Crdenas, la delincuencia organizada se trata de una actividad delictiva llevada a cabo por grupos criminales de tres personas, con fines econmicos e ilcitos (Crdenas et al., 2023). Adems, conforme a lineamientos establecidos dentro de los tratados internacionales contra dicho tipo penal, los delitos que se cometen, siempre son graves o de conmocin social, aparte de que se rigen por cdigos o normas que simplemente establecidos.

En la delincuencia organizada, a diferencia de lo que sucede con la delincuencia comn y corriente, ya existe un organigrama con funciones definidas por un lder y sus colaboradores, siendo el lder quien se encarga de la distribucin de las actividades a desarrollar, con el objetivo de poder gestionar su accionar y poder ocultarse de las autoridades. En este caso, los miembros del grupo de delincuencia organizada ya conocen cules son sus funciones, esta estructura puede darse de manera formal o informal, siendo que en el segundo caso pesa ms la afinidad sobre la experiencia.

Autores como Renato Rivera y Carlos Bravo Griajlva destacan algunos puntos respecto a la delincuencia organizada de carcter transnacional, misma donde operan pequeas clulas en cada territorio geogrficamente definida para poder responder a su superior, argumentando que la economa poltica del crimen organizado (EPCO) no solo tiene por objetivo comprender las relaciones de poder entre los Estados y los mercados ilcitos, sino aquellas que se dan entre diversas organizaciones en los mercados ilcitos (Rivera & Bravo Grijalva, 2020). Lo que diferencia a las organizaciones de delincuencia organizada nacional, de las transnacionales es el mercado meta, en el primer caso los beneficios se traducen para un solo pas y los vnculos son exclusivos del mercado nacional, el segundo caso ya destaca un rea mucho ms grande e indeterminada.

Volviendo al tema de estudio, el Cdigo Orgnico Integral Penal establece, dentro del artculo 369, una descripcin completa del campo de la delincuencia organizada y los delitos que se cometen en estos casos: trfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalizacin, terrorismo, sicariato, pornografa infantil, secuestro, trfico ilcito de armas de fuego, lavado de activos entre otros, por lo que el secuestro extorsivo forma parte del aparataje delictivo cometido por dichos grupos, puesto que por medio de estas organizaciones se planifica desde la eleccin de la vctima hasta la consumacin del hecho, con su localizacin y retencin respectiva, as como la exigencia de rescate, muchas veces con cantidades muy elevadas.

En pases como Colombia, el secuestro extorsivo como tal se encuentra ligado no solamente a la delincuencia organizada, sino tambin a la influencia de grupos paramilitares en medio de conflictos internos en contra del Estado, para lo cual el artculo 268 del Cdigo Penal Colombiano, establece una pena de 25 a 40 aos a quien cometa u oculte a una persona a fin de exigir provecho de la misma, militar o polticamente, as como la multa de 100 a 500 salarios mnimos (Cdigo Penal, 1991). Adems, este delito histricamente se ha cometido desde haca ya muchos aos antes en este pas, debido a la triste influencia que suelen tener los crteles del narcotrfico y los grupos paramilitares con el Estado.

Con respecto a las circunstancias del secuestro extorsivo en la legislacin colombiana, Navia sostiene que el objetivo del secuestrador es someter tanto a las vctimas como a los secuestrados, ejerciendo un control desptico sobre todos los aspectos de sus vidas (Navia, 2001)., esto implica que tanto las personas secuestradas como quienes forman parte de su entorno, suelen pasar por etapas como el cautiverio, afectando severamente su psiquis debido al poco nulo conocimiento que pueden tener sobre el estado de sus seres queridos.

 

Elementos objetivos del secuestro extorsivo

Para poder tener en consideracin cules son los elementos objetivos del secuestro extorsivo, es necesario tener en consideracin aspectos relacionados como el delito, mismo que est definido por el criminlogo Edmund Mezger, mismo que establece dicha concepcin de delito como aquella accin u omisin, tpica, antijurdica y culpable, que a su vez resulta ser punible de pena (Mezger, 1958, p. 78). Ya de manera analtica, se entiende al delito como una conducta que resulta tener como consecuencia un castigo, que debe expresarse en una norma jurdica, contraria a lo dispuesto en Derecho y que otorga responsabilidad penal a quien lo comete.

Precisamente esta concepcin positivista, en la cual se basa el sistema penal moderno, permite conocer la definicin de teora del delito desde la doctrina. El profesor mexicano Porfirio Luna Leyva la define de la siguiente forma:

Es una parte de la ciencia del derecho penal que se encarga de analizar cules son los elementos o caractersticas que deben de concurrir en una conducta para que esta sea considera como delito, o en su caso cuales son los elementos para que esta conducta se le niegue la calidad de delito. (Luna Leyva, 2020)

La teora del delito es una rama penal dogmtica que permite definir los elementos que componen una conducta considerada como penalmente relevante para que el Estado pueda aplicar el ius punendi (poder punitivo) a fin de poder sancionar a quienes se consideran como autores del hecho, justamente como limitante de la potestad mencionada se encuentra la ley penal. Por lo general, para que un hecho penalmente relevante sea considerado como delito, a ms de la descripcin ya acotada en renglones anteriores, se necesita de otros elementos, tales como la conducta, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.

En cuanto a los elementos objetivos con los que cuenta el delito de secuestro extorsivo, se dividen entre s en: descriptivos, normativos y subjetivos-descriptivos. Para las investigadoras ecuatorianas Glenda Granda y Carmen Herrera (2019), en el delito no cabra distinguir sino dos elementos: uno objetivo (hecho material del hombre) y uno subjetivo (la voluntad) (p. 227)., por lo que se pretende analizar los compuestos del hecho material del delito cometido por una o varias personas. Por ello, se tomar el tipo analizar en una tabla, de la siguiente forma:

 

Tabla 1: Elementos objetivos del tipo penal de secuestro extorsivo

SECUESTRO EXTORSIVO (Art. 162, COIP)

Elementos descriptivos

Si la persona que ejecuta la conducta sealada en el artculo 161, tiene como propsito cometer otra infraccin u obtener de la o las vctimas o de terceras personas, y en general, los 10 literales que se refieren a las circunstancias modificatorias.

Elementos normativos

Infraccin, bienes, dinero, ttulos, documentos, beneficios, acciones, vctima apoderamiento, relacin laboral, consanguinidad, afinidad.

Elementos subjetivos-descriptivos

Se encuentran dentro del tipo penal.

Fuente: Cdigo Orgnico Integral Penal (2023).

Elaborado por: Arriaga (2023).

 

Sistematizado y condensado el tipo penal, se puede decir que los elementos objetivos del secuestro extorsivo, se explican de la siguiente forma: en el campo descriptivo, se detalla de forma ms explcita la privacin de libertad, los elementos normativos del mencionado tipo penal son trminos que remiten a otras reas del ordenamiento jurdico, en este caso se mencionan palabras como dinero, bienes, ttulos, documentos, beneficios, acciones, en su mayora de carcter civil, mercantil y societario, as como otros que, para su mejor conocimiento se encuentran dentro de otras leyes como el Cdigo de Trabajo (relacin laboral) y el Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia y aun el mismo Cdigo Civil (grados de consanguinidad y afinidad).

Mientras que los elementos subjetivos-descriptivos del tipo penal son los sujetos que forman parte de la conducta: entre ellos, sujetos activos y pasivos no calificados, una infinidad de verbos rectores (ejecutar, privar, cometer, prolongar, cometer, entregar, realizar, someter), as como varias circunstancias modificatorias agravantes de la pena, que incluso pueden llevar a la sancin mxima por el tipo penal descrito.

 

Materiales y mtodos

Para el desarrollo del presente artculo cientfico se ha utilizado una investigacin de carcter bibliogrfica, puesto que gran parte de la informacin obtenida fue producto de la revisin literal de documentos contenidos en libros, trabajos acadmicos anteriores, pginas web sobre el tema, anlisis de estadsticas, as como la misma ley penal, lo cual ha permitido e incidido en la obtencin de los resultados deseados. Al respecto el profesor mexicano Roberto Hernndez Sampieri:

() tambin se gua por reas o temas significativos de investigacin. Sin embargo, en lugar de que la claridad sobre las preguntas de investigacin e hiptesis preceda a la recoleccin y el anlisis de los datos (como en la mayora de los estudios cuantitativos), los estudios cualitativos pueden desarrollar preguntas e hiptesis antes, durante o despus de la recoleccin y el anlisis de los datos. (Hernndez Sampieri, 2014, p. 7).

Al ser el trabajo encaminado desde la investigacin jurdica y de problemtica social, este enfoque ha sido el ms adecuado para poder caracterizar de mejor forma el tema y poder buscar soluciones que mejoren su aspecto universal, sin que se tenga que ceir a un anlisis numrico de cifras exactas. Adems, gnoseolgicamente este trabajo es de tipo explicativo porque detalla de forma clara y sucinta el tema, enunciando diversas hiptesis y premisas que de l puedan surgir.

Este trabajo de investigacin fue desarrollado a partir de las tcnicas o modos de investigacin jurdica, por lo que se utiliz mayormente el mtodo exegtico para poder comprender uno a uno, los alcances del legislador respecto de la normativa, cul fue la intencin del asamblesta, en el caso concreto, de incluir el secuestro extorsivo como un tipo penal establecido en el COIP. El profesor mexicano Rafael Snchez Vsquez lo define como: un medio en el cual se pretende analizar el sentido que da el legislador al alcance literal de la norma, tomando en cuenta el apego existente al derecho positivo como fuente creadora de las relaciones jurdicas (Snchez Vsquez, 2013, p. 277). Finalmente, entre las tcnicas usadas de investigacin estn la investigacin bibliogrfica y tambin la sistematizacin doctrinario-legal de la norma jurdica a fin de comprender mejor los elementos objetivos del tipo penal de secuestro extorsivo.

 

Resultados y discusin

La presente investigacin ha dado como resultado final, que el delito de secuestro extorsivo es un tipo penal de reciente data y observacin, puesto que recin se encuentra establecido desde la entrada en vigencia del Cdigo Orgnico Integral Penal, sin embargo, conforme al anlisis de cifras realizado, su proliferacin se ha dado de manera ascendente y peligrosa en los ltimos aos, debido al auge y proliferacin de la delincuencia organizada formal, as como grupos delictivos informales que pululan en las distintas ciudades del pas.

Mientras que la discusin existente dentro del caso en concreto surge en torno a dos aristas: la primera, la supresin del delito de secuestro express del Cdigo Orgnico Integral Penal, cuando ste y se haba colocado dentro del proyecto, y su posible reemplazo por el actual secuestro extorsivo, en este caso, al parecer el legislador ha preferido crear un hbrido entre el secuestro (antiguamente denominado plagio) y la extorsin, a fin de tipificar un delito que en la praxis ya exista como secuestro propiamente dicho, pero que no se haba normativizado con autonoma y caracteres propios.

En el segundo punto, de la observacin profunda a la delincuencia organizada, se puede detallar que nicamente se muestra al secuestro como delito que pueden cometer los grupos que se dedican a estas actividades, de lo cual puede colegirse un sentido ms bien amplio del tipo penal, en donde el secuestro se subdivide en las tres categoras establecidas en el COIP, por lo que no puede decirse que el secuestro extorsivo no forma parte del catlogo delictivo de estas organizaciones.

 

Conclusiones

El anlisis que ha sido desarrollado a lo largo del presente artculo cientfico, ha permito abordar una visin comprensiva del delito de secuestro en Ecuador, llegando a las siguientes reflexiones:

         El secuestro extorsivo es un tipo penal de data reciente, resultante de la unin entre dos tipos penales que, si bien atacan bienes jurdicos protegidos divergentes, tambin afectan seriamente a sus vctimas.

         La delincuencia organizada, con un desarrollo vertiginoso en el ltimo trienio, ha permitido y coadyuvado a que los casos de secuestro extorsivo proliferen a niveles jams vistos en la historia nacional.

         Al parecer, el legislador ha preferido la fusin de dos tipos penales con el fin de buscar una punibilidad mayor, esto en referencia a la eliminacin del secuestro express del Cdigo Orgnico Integral Penal.

 

Referencias

      1.            Alcoba, P. (2007). Secuestro Extorsivo y toma de rehenes. Dos y Una.

      2.            Atienza, M. (1987). Para una teora general de la accion penal. Universidad Alicante.

      3.            Barreto, G. (2005). Secuestro Extorsivo. La Roca Ediciones.

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