Impugnación de las contravenciones de tránsito en el marco de la sentencia 71-14-CN/19
Resumen
Los jueces de primer nivel tienen la obligación de aplicar los preceptos establecidos por la Corte Constitucional para los procesos en impugnaciones de contravenciones de tránsito, tales preceptos se vuelven de aplicación obligatoria, por lo cual no pueden ser ignorados dado que son parte del bloque de constitucionalidad. Este artículo analiza la impugnación de las contravenciones de tránsito en el marco de la sentencia No. 71-14-CN/19. Se trata de un estudio descriptivo, en el que se analizan sentencias y resoluciones judiciales de procesos de impugnaciones en contravenciones de tránsito en la provincia de Santa Elena, para poder determinar si efectivamente los jueces de primer nivel aplican o no los preceptos establecidos por la Corte Constitucional y de esta forma evidenciar el nivel de aplicación que se tiene en la provincia de Santa Elena de los lineamientos constitucionales y el grado de vulneración de derechos existente. Se concluye que, no existe una aplicación efectiva de lo establecido por la Corte Constitucional en su sentencia, lo que genera continuamente vulneraciones a derechos del debido proceso, en particular, al derecho a la defensa oportuna y eficaz.
Palabras clave
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