Anlisis de las empresas que producen objetos plsticos y su posible vulneracin a los derechos de la naturaleza
Analysis of companies that produce plastic objects and their possible violation of the rights of nature
Analysis of companies that produce plastic objects and their possible violation of the rights of nature
Correspondencia: michael-0531@hotmail.com
Ciencias Tcnicas y Aplicadas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 13 de agosto de 2023 *Aceptado: 10 de septiembre de 2023 * Publicado: 02 de octubre de 2023
- Universidad Catlica De Cuenca, Ecuador.
Resumen
La presente investigacin aborda la produccin de objetos plsticos en empresas enmarcado en el campo del derecho ambiental, reconociendo a la naturaleza como sujeto de derechos y proponiendo estrategias legales para garantizar su proteccin. Con el propsito de analizar la produccin en las empresas que producen objetos plsticos y la posible vulneracin al derecho a la naturaleza conforme se encuentra establecido en la legislacin ecuatoriana; se recurre a una investigacin de tipo exploratorio y descriptivo, utilizando un enfoque cualitativo para recopilar y analizar informacin de jurisprudencia y doctrina sobre los derechos de la naturaleza, derecho comparado y aplicacin de entrevistas a juristas. Como parte de los hallazgos, en la regin existen legislaciones que regulan el uso de plsticos de un solo uso. Sin embargo, en Ecuador persisten problemas que limitan la efectividad de las leyes, por ello se proponen lneas de accin relacionadas con la produccin de objetos plsticos.
Palabras Clave: Produccin de plsticos; Sanciones ambientales; Incentivos; Derecho ambiental; Naturaleza.
Abstract
This research addresses the production of plastic objects in companies framed in the field of environmental law, recognizing nature as a subject of rights and proposing legal strategies to guarantee its protection. With the purpose of analyzing production in companies that produce plastic objects and the possible violation of the right to nature as established in Ecuadorian legislation; Exploratory and descriptive research is used, using a qualitative approach to collect and analyze information on jurisprudence and doctrine on the rights of nature, comparative law and application of interviews with jurists. As part of the findings, in the region there are laws that regulate the use of single-use plastics. However, in Ecuador problems persist that limit the effectiveness of the laws, which is why lines of action related to the production of plastic objects are proposed.
Keywords: Plastic production; Environmental sanctions; Incentives; Environmental law; Nature.
Resumo
Esta pesquisa aborda a produo de objetos plsticos em empresas enquadradas no campo do direito ambiental, reconhecendo a natureza como sujeito de direitos e propondo estratgias jurdicas para garantir a sua proteo. Com o objetivo de analisar a produo em empresas produtoras de objetos de plstico e a possvel violao do direito natureza estabelecido na legislao equatoriana; Utiliza-se pesquisa exploratria e descritiva, com abordagem qualitativa para coletar e analisar informaes sobre jurisprudncia e doutrina sobre os direitos da natureza, direito comparado e aplicao de entrevistas com juristas. Como parte das concluses, na regio existem leis que regulamentam o uso de plsticos descartveis. No entanto, no Equador persistem problemas que limitam a eficcia das leis, razo pela qual so propostas linhas de ao relacionadas com a produo de objetos de plstico.
Palavras-chave: Produo de plstico; Sanes ambientais; Incentivos; Direito Ambiental; Natureza.
Introduccin
La produccin del plstico es un tema controversial en consideracin de que se constituye de un material no biodegradable, por lo que contribuye a incrementar el impacto ambiental, a tal punto que cada ao se disponen entre 1,15 y 12,7 millones de desechos plsticos en el ocano (Vilca y otros, 2022). Lo anterior se atribuye a un mal manejo de los desechos y a la falta de regulacin que limite no solo el uso tambin la produccin de plsticos.
As, en el caso de Argentina, segn Schanber y Tognetti (2021) ms de dos dcadas existe un debate sobre la regulacin de la gestin de residuos de envases y embalajes, donde no se llega a un acuerdo en concreto que permita incluir a todos los principales actores que hacen que el uso de plsticos incremente cada vez ms, como primer punto se plantea la limitacin del uso de los usuarios finales, por consiguiente se incluy a los productores y envasadores, donde existe la controversia de la importancia de incluir a los proveedores de materia prima. En cuanto a la parte productiva an no se resuelve el debate de la responsabilidad financiera u operacional.
En Colombia, segn Meneses (2020) existe el proyecto de Ley 080 de 2019 que busca prohibir el uso y produccin de plsticos de un solo uso, pero existen varias posturas a favor y en contra. La parte a favor tiene un carcter ambientalista porque favorecera la reduccin de residuos que se disponen en los rellenos sanitarios y en las fuentes hdricas. Por otra parte, en especial las empresas productoras y las de reciclaje y transformacin del plstico aluden el cierre de empresas, con ello el incremento del desempleo. En tal sentido, no entr en vigencia la ley, a razn de que Colombia no estara preparada para la eliminacin total del plstico debido a las implicaciones sociales y econmicas.
En el caso de Ecuador se identifica la Ley Orgnica para la racionalizacin, reutilizacin y reduccin de plstico de un solo un uso que entr en vigencia en diciembre del 2020, que dirige varias acciones para instar a la produccin de plsticos biodegradables y prohibir en algunos casos como es la fabricacin de sorbetes de un solo uso en el primer ao de vigencia e incrementa la rigurosidad en cada ao. Si bien, no se busc prohibir la fabricacin de plsticos, por el contrario, se pretende incentivar al productor para continuar con la produccin, pero con un enfoque ms amigable con el medio ambiente, en consideracin de la importancia que tiene el sector industrial de plsticos en el pas.
De ah surge la siguiente interrogante El incentivo a la produccin de plsticos en el Ecuador contribuye al ejercicio de los derechos de la naturaleza? En efecto, el problema de estudio se fundamenta en la falta de anlisis jurdico en los procesos productivos de objetos plsticos que tienen las empresas y los efectos hacia la naturaleza, donde el anlisis se enmarca en los mecanismos tcnicos y medidas objetivas que resuelvan y garanticen el respeto a la biodiversidad.
Por tanto, la investigacin resulta oportuna al considerar que la ley de anlisis tiene una vigencia de tres aos, donde los efectos ambientales podran evidenciar la posible efectividad en lo referente a la reduccin de residuos en el medio ambiente y el posible impacto a la biodiversidad que puedan generar. De ah la relevancia social y jurdica, dado que el tema se justifica por el aporte al ejercicio de los derechos de la naturaleza.
A partir de la problemtica identificada la investigacin tiene como objetivo analizar la produccin de objetos plsticos, con enfoque en la repercusin del derecho a la naturaleza de las empresas, donde se parte de la hiptesis de que la falta de rigurosidad legal no permite un adecuado control de la produccin y disposicin de plsticos que incrementan la contaminacin ambiental con ello la vulneracin del derecho a la naturaleza y la responsabilidad del Estado de proteccin al medio ambiente.
Con el propsito de cumplir el objetivo central, en primer lugar, se identifica la doctrina y jurisprudencia relacionadas con la produccin industrial de objetos plsticos y las sanciones por incumplimiento normativo, seguida de un anlisis detallado de la jurisprudencia y legislacin en la regin que enfatice la obligatoriedad de preservar la naturaleza. Adems, se propone medidas alternativas de compensacin que puedan garantizar el respeto al medio ambiente y la efectividad de las sanciones establecidas en la ley, contribuyendo as a la proteccin ambiental y al cumplimiento normativo.
Metodologa
El estudio es exploratorio y descriptivo, tal como lo destaca Galarza (2020) quien sostiene que este tipo de investigaciones aborda elementos puntuales sobre el problema de estudio identificado para encontrar los procedimientos idneos para el anlisis. As, la fase descriptiva presente examinar los hechos en concreto, tomando en cuenta las caractersticas como tal, para ello, se estudiaron los mecanismos normativos para cumplir las obligaciones ambientales y la relacin que hay con la produccin de objetos plsticos por las empresas en el Ecuador.
El paradigma de estudio es cualitativo, autores como De Franco y Solrzano (2020) consideran que tal enfoque aporta a recopilar informacin y analizar datos con respecto a los abordajes tericos y bibliogrficos explorados y descritos en las distintas teoras que conllevan al tema de estudio. Frente a ello, la informacin pertinente para esta investigacin se constituye por los aportes doctrinarios sobre los derechos de la naturaleza y la responsabilidad del Estado de proteccin.
El presente estudio se sujeta a dos poblaciones de estudio, el primer grupo est conformado por la revisin doctrinaria y jurdica relativa a la produccin de plsticos y los derechos de la naturaleza, para ello se analizan artculos acadmicos vinculados al tema de estudio y preceptos legales afines a los derechos de la naturaleza los siguientes criterios:
- Artculos acadmicos publicados a partir de 2018 hasta la actualidad
- Jurisprudencia que se encuentre vigente
- Proyectos de ley formulados hasta la actualidad
Criterios de exclusin
- Artculos acadmicos que superen los cinco de antigedad
- Cuerpos legales que se encuentre derogados.
En lo que concierne al segundo grupo de estudio, se ubican los juristas vinculados al contexto de la investigacin a quienes se les aplicar una entrevista sobre la normatividad frente al uso y produccin de plstico y el respeto a los derechos de la naturaleza. Para la delimitacin de la muestra se recurre al criterio de Hernndez (2014) sobre los grupos de enfoque, en este caso, el tamao de la muestra se estableci de acuerdo con los recursos disponibles y las limitaciones del estudio.
Tomando como referencia los fundamentos tericos, se considera para la investigacin los mtodos como:
- Analtico: considerado como el anlisis tras descomponer el fenmeno de estudio en los elementos que lo conforman, siendo un procedimiento de frecuente uso a lo largo de la vida de las personas que ayuda a llegar a metas especficas. Para la investigacin se utilizar en todas las fases, con criterios de investigador que lleven a determinar los aspectos influyentes de la produccin de plsticos y afectacin a la biodiversidad.
- Sinttico: aporta a especificar los temas y clasificarlos para un adecuado entendimiento, posterior a ello, pretende transformarlo en un todo. A travs del cual, se pretende esquematizar los derechos vulnerados con nfasis al derecho de la naturaleza derivado por el uso y consumo de plsticos
- Inductivo-deductivo: son herramientas que ayudan al investigador en la generacin el conocimiento con el anlisis de un fenmeno en particular y tratar despus de generalizarlo. Asimismo, sucede, al contrario, tratar de encontrar generalidades que aporten a especificar los elementos en particular del problema objeto de estudio (Urzola, 2020). Se utilizar en el estudio, para acercar referencias internacionales y nacionales en defensa del medio Ambiente.
- Dogmtico: equivale a la discusin enfocada con premeditacin en la actividad desarrollada por expertos en derecho, sus resultados y aportes en afianzar su teora (Buenaga, 2020). Los criterios de expertos legales ayudarn a fortalecer y contrastar los resultados del estudio y proponer reflexiones finales.
Las tcnicas con las que se apoyar la investigacin sern:
- Revisin bibliogrfica: consiste en la bsqueda de informacin en libros, textos jurdicos, doctrinarios, en sentencia y documentos a fines para facilitar la informacin dispone que aporten al estudio
- Derecho comparado: aplicado en las reas derecho para identificar, estudiar, encontrar semejanzas y diferencias con respecto a leyes extranjeras y aporten a solucionar el problema de estudio.
- Entrevistas estructuradas: consisten en establecer un cuestionario gua para que el entrevistador indague sobre los aspectos relevantes para la investigacin. En la presente investigacin se estableci un cuestionario (Ver anexo 1) para identificar la perspectiva de la normativa existente frente a los plsticos en el Ecuador y la pertinencia de un cambio para garantizar los derechos de la naturaleza.
El procedimiento de investigacin se basa en la revisin bibliogrfica para establecer las bases tericas y legales, el derecho comparado para enriquecer el anlisis con perspectivas internacionales y las entrevistas estructuradas para obtener opiniones y experiencias de expertos y actores relevantes en relacin con la normativa y los posibles cambios en la regulacin de la produccin de plsticos para garantizar los derechos de la naturaleza en Ecuador.
Resultados y Discusin
En 2019 la produccin de productos alcanz 460 millones de toneladas en mayora se trata de productos vrgenes o primarios elaborados a bases de petrleo crudo o gas, pese a las iniciativas para reutilizar esta clase de materiales en 2019 slo el 6% del total de produccin son plsticos reutilizados. De esta manera, la industria de produccin de plsticos representa el 3,4% del total de las emisiones de gases invernadero a nivel mundial, por ello se dispone de prohibiciones e impuestos enfocados en los plsticos de un solo usos en ms de 120 pases que hasta el momento son insuficientes para reducir la contaminacin (Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmicos, 2022).
La composicin de los plsticos es el resultado de mezclas moleculares denominados polmeros como el polipropileno, poliestireno, cloruro de polivinilo, polietileno y politetrafluoroetileno (PTFE), mientras que en la fabricacin se utiliza petrleo y elastmeros que al ser incinerados liberan dioxinas que no se eliminan de forma fcil contribuyendo a la contaminacin (Kumar et al., 2021). A criterio de Oktavilia (2020) la produccin mundial de productos plsticos alcanza 8.000 millones de residuos plsticos con una tendencia de crecimiento debido a la alta demanda de la poblacin incrementando las emisiones de carbono.
Para Adler y Wells (2023) la industria del plstico representa un dilema moderno, ya que la normativa de regulacin puede reducir el uso de plsticos, pero no erradicar su produccin porque implica la intromisin del Estado en la libertad de eleccin tanto de los productores como de los consumidores, por ende, una prohibicin total de plsticos es una medida controversial.
Molina et al. (2021) sostienen que se trata de un sector que se caracteriza por la inadecuada disposicin final con complicaciones con el manejo de los compuestos qumicos txicos que se liberan durante su degradacin, como los microplsticos. Ante ello, los organismos gubernamentales se rigen sobre los lineamientos de la Agenda 2030 para el cuidado y proteccin del medio ambiente.
En virtud de lo sealado, es pertinente abordar de manera efectiva el dilema de la industria del plstico implica la necesidad de establecer una regulacin adecuada, siendo necesario implementar un enfoque equilibrado que mantenga las fuentes de empleo, aporte a la economa, a la vez, reduzca el uso de plsticos y mitigue los impactos ambientales.
En este contexto, se vincula la responsabilidad del Estado en la proteccin de los derechos de la naturaleza, que Chvez (2020) reconoce como un cambio significativo en la forma en que tradicionalmente se ha concebido la relacin entre el Estado, la sociedad y la naturaleza, ya que se apuesta por el cambio de la visin de Estado liberal moderno, donde la naturaleza se consideraba simplemente un recurso explotable para satisfacer las necesidades humanas, pasando a la -naturaleza como un ente con valor intrnseco y dignidad propia.
Desde la perspectiva de Prez (2023), el inters en la proteccin ambiental se relaciona con dos aspectos fundamentales: la proteccin del propio ambiente y la proteccin de las personas que dependen de l. Ante ello, el derecho ambiental se ubica en una categora superior, ya que se encarga de salvaguardar bienes jurdicos colectivos que van ms all de lo individual y tienen un alcance global.
En similar apreciacin, Soro (2022) argumenta que el Estado ha asumido la responsabilidad de abordar la problemtica de la contaminacin por plsticos de un solo uso con la aplicacin de precios por productos de plstico entregados al consumidor, la prohibicin de ciertos productos de plstico en el mercado y el establecimiento de requisitos de diseo para recipientes de plstico para bebidas.
Con ello, el Estado debe tomar medidas para garantizar que las actividades empresariales no vulneren los derechos humanos ni daen el medio ambiente. Por lo cual, se da pasos a la creacin de instrumentos de proteccin:
A nivel internacional, en materia de proteccin internacional figura la Asamblea de Naciones Unidas para el Ambiente que en la Conferencia sobre el medio humano (1972) establece que los ciudadanos y las comunidades son responsables de las acciones y actividades a favor del medio ambiente. En tanto que, en la Cumbre de la Tierra (1992) se establece una alianza mundial para la cooperacin de naciones a favor del cuidado de la tierra, con nfasis en el principio 13 plantea que la legislacin de los pases debe formular responsabilidades en casos de presenciar vctimas de contaminacin y daos ambientales.
En similar apreciacin en el Convenio de Basilea (1992) se busca responder a las protestas sociales frente al depsito de desechos peligrosos en pases en vas de desarrollo por parte de pases desarrollados. En concreto, se plantean categoras como los desechos de policromados que deben ser controlados. A la vez la Alianza Mares Limpios (2022) que promueve la erradicacin de la contaminacin por plsticos.
En el contexto nacional, en la Constitucin de la Repblica del Ecuador (2008) en el art. 14 establece el derecho a vivir en ambientes y ecosistemas sanos, as en el art. 395 adopta la aplicacin de principios ambientales y en el art. 396 formula la implementacin de polticas pblicas para evitar impactos negativos en el ambiente y en casos donde ocurran daos ambientales en el art. 397 se establece la actuacin estatal inmediata.
En el Cdigo Orgnico del Ambiente (2017) en el art. 5 se establece que el ambiente sano conlleva al desarrollo de prcticas y alternativas no contaminantes. Ya en el art. 9 numeral 4 se establece que el que contamina paga por lo que debe implementar acciones para prevenir o evitar dicha situacin.
En materia de sancin en el Cdigo Orgnico Integral Penal (2014) en el art. 253 se plantea que las personas que contaminen el aire y generen daos a los recursos naturales, diversidad y salud humana sern privados de libertad de uno a tres aos. En tanto que en las medidas de proteccin del art. 558 se dispone la suspensin inmediata de la actividad contaminante.
A nivel de intervencin en el Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonoma y Descentralizacin (2010) en el art. 10 se dispone que la organizacin territorial la conservacin ambiental se contempla en los diferentes regmenes de gobierno. De ah que las funciones contempladas en el art. 41 incluyan la gestin ambiental.
Los puntos de anlisis entre la doctrina y jurisprudencia de la produccin de objetos plsticos a nivel industrial y las sanciones derivadas por el incumplimiento de las normas son reveladores frente a la magnitud de la produccin de plsticos y sus consecuencias ambientales se presentan de manera impactante a travs de las cifras proporcionadas reflejando una clara falta de avance en la promocin de prcticas sostenibles en la industria. Por consiguiente, la relacin entre derechos humanos y proteccin ambiental es fundamental en la implementacin de regulaciones y medidas para garantizar que las actividades empresariales no perjudiquen al medio ambiente es esencial para un futuro sostenible.
Jurisprudencia y legislacin de la regin vinculada en la obligatoriedad del respeto a la naturaleza.
En esa seccin, se presenta el anlisis jurisprudencial ambiental realizado en las Cortes Constitucionales de Colombia y Ecuador enfocado en la proteccin de los derechos de la naturaleza y la preservacin del medio ambiente.
Tabla 1.
Jurisprudencia Colombia vs Ecuador
- tem |
Colombia |
Ecuador |
Nmero de sentencia (ao) |
Sentencia T-622/16 (2016) |
Sentencia No. 22-18-IN/21 (2021) |
Organismo competente |
Corte Constitucional de Colombia |
Corte Constitucional de Ecuador |
Descripcin |
Accin de tutela interpuesta por comunidades tnicas frente a actividades mineras y de explotacin forestal estn causando contaminacin en el ro Atrato. |
Accin pblica de inconstitucionalidad presentada contra las normas del Cdigo Orgnico del Ambiente (COAM) y su reglamento relacionadas con manglares. |
Naturaleza como sujeto de derechos |
Se reconoce al ro Atrato (cuenta y afluentes) como entidad sujeta a derechos |
Naturaleza como sujeto de derechos |
Derechos vulnerados |
Derecho a la vida, el derecho a la salud, el derecho al agua, el derecho a la seguridad alimentaria, el derecho a un medio ambiente sano y derechos bioculturales |
Derecho de la naturaleza, derecho a la consulta previa y la consulta ambiental.
|
Argumentacin jurdica |
La Corte introdujo un enfoque ecocntrico que reconoce que la tierra no pertenece al hombre, sino que el hombre forma parte de la tierra como parte de una misma entidad. Adems, los derechos bioculturales, son los derechos que tienen las comunidades tnicas para administrar y tutelar sus territorios y recursos naturales de acuerdo con sus propias leyes y costumbres. |
Se centra en la comparacin entre la norma legal impugnada (artculos 104(7) y 121 del COAM) y los preceptos constitucionales relevantes (artculo 409 de la Constitucin, denotando contradiccin entre la norma legal impugnada y los principios constitucionales sobre la proteccin del suelo y la biodiversidad |
Principios aplicados |
- Prevencin en el derecho ambiental - Precaucin en el derecho ambiental - Principios de coordinacin, concurrencia y subsidiariedad |
- Principio in dubio pro natura - Principio de no regresividad - principio de prevencin - principio de precaucin |
Resolucin |
Declaracin de vulneracin de derechos y reconocimiento del ro Atrato como sujeto de derechos. Orden al Gobierno para ejercer la autora y representacin legal del ro y disear planes de descontaminacin y erradicacin de la minera ilegal en la regin. |
Se reconoce que los ecosistemas de manglar tienen derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneracin de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. |
Nota. Adaptado de Corte Constitucional de Colombia (2016), Corte Constitucional de Ecuador (2021)
A ello se vincula, el principio de prevencin que busca evitar la degradacin ambiental de manera anticipada, el principio de precaucin que insta a tomar medidas protectoras aunque no exista evidencia cientfica concluyente sobre los daos ambientales y los principios de coordinacin, concurrencia y subsidiariedad sujetos a la colaboracin y corresponsabilidad entre diferentes entidades gubernamentales y actores sociales para proteger el medio ambiente y los derechos de las comunidades tnicas.
Como resultado de la sentencia, se declara la vulneracin de los derechos fundamentales y se reconoce al ro Atrato como sujeto de derechos. El Gobierno recibe una orden para ejercer la autora y representacin legal del ro, disear planes de descontaminacin y erradicacin de la minera ilegal en la regin, y tomar acciones para proteger los derechos de las comunidades tnicas que dependen del ro Atrato.
En el caso de Ecuador, la Sentencia No. 22-18-IN/21, corresponde a una accin pblica de inconstitucionalidad presentada contra las normas del Cdigo Orgnico del Ambiente (COAM) y su reglamento que se relacionaban con los manglares. En este contexto, el enfoque central de la argumentacin jurdica se bas en la comparacin entre la norma legal impugnada, especficamente los artculos 104(7) y 121 y el artculo 409 de la Constitucin de la Repblica del Ecuador. Tal comparacin puso en evidencia una contradiccin entre la normativa impugnada y los principios constitucionales que se enfocan en la proteccin del suelo y la biodiversidad.
En la resolucin, se destac el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos en el marco de esta accin pblica, ya que se reconoci que los ecosistemas de manglar al respeto de su ciclo vital. Adems, se consideraron varios principios jurdicos ambientales, tales como el principio in dubio pro natura, el principio de no regresividad y los principios de prevencin y precaucin que instan a la toma de medidas preventivas ante posibles daos ambientales enmarcada como obligacin constitucional. Por ende, la sentencia otorg un claro reconocimiento a la naturaleza como un sujeto de derechos resaltando la importancia de garantizar su proteccin y conservacin en armona con los preceptos constitucionales y los principios ambientales aplicables.
Por otra parte, la legislacin ambiental y la adopcin de leyes efectivas para la proteccin del medio ambiente, en este contexto, se llevar a cabo una matriz de sntesis comparativa entre la legislacin de Colombia, Ecuador y Per frente a los derechos de la naturaleza y los lineamientos frente a la industria del plstico.
Tabla 2.
Legislacin comparada sobre derechos de la naturaleza
|
Colombia |
Ecuador |
Per |
Preceptos constitucionales |
Constitucin de Poltica de Colombia (1991) Art. 79: reconoce el derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado. Art. 80: establece el derecho de todas las personas a acceder a informacin sobre el medio ambiente y a participar en las decisiones que lo afecten. |
Constitucin de la Repblica del Ecuador (2008) Art. 71: reconoce a la naturaleza Art. 398: establece el derecho de la naturaleza |
Constitucin Poltica de Per (1993) Art. 2: reconoce el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado. Art. 68: derecho de toda persona a la conservacin del ambiente, as como el deber del Estado de promover la conservacin de la diversidad biolgica y de las reas naturales protegidas |
Sanciones sobre contaminacin o dao ambiental |
Ley 1333 (2009): Art. 40: por violacin a las normas de proteccin del medio ambiente: multas diarias, suspensin de permiso, cierre temporal o definitiva.
|
Cdigo Orgnico del Ambiente (2017) Art. 322: multas por infracciones ambientales en funcin de la gravedad Cdigo Orgnico Integral Penal (COIP) (2021): Art. 69: penas frente a infracciones contra la
naturaleza. |
Ley General del Ambiente (2023) Art. 136: sanciones y medidas correctivas amonestacin, multa, suspensin y clausura Cdigo Penal (2023) Art. 122.3: las empresas son responsables de reducir los niveles de contaminacin
|
Regulacin sobre la industria de plsticos |
Ley 2232 (2022) Art. 4: establece la prohibicin de la introduccin, comercializacin y distribucin de productos fabricados con plsticos de un solo uso. Art. 17. Los procesos productivos del plstico estarn dentro del modelo de economa circular y Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
|
Ley Orgnica para la Racionalizacin, Reutilizacin y Reduccin de Plsticos de un Solo Uso (2020) Art. 4. declara de inters nacional la reduccin de los desechos generados por el uso de productos plsticos. Art. 5: a) responsabilidad integral en todas las etapas, d) el que contamina paga Art. 13: las empresas contarn con la autorizacin respectiva |
Ley N30884 (2018) Art. 1: marco regulatorio para los plsticos de un solo uso y envases descartables de poliestireno Art. 7: compromiso ambiental de las empresas en incorporar tecnologas e insumos no contaminantes |
Incentivos |
Ley 2232 (2022) Art. 16: promover la formalizacin de los actores de la cadena de valor del plstico, que pueden incluir incentivos.
|
Ley Orgnica para la Racionalizacin, Reutilizacin y Reduccin de Plsticos de un Solo Uso (2020) Art. 19: se incentivar al sector privado a encontrar alternativas al uso de plsticos de un solo uso mediante convenios |
Ley N30884 (2018) Disposiciones transitorias: desarrollar un conjunto de incentivos, reconocimientos y estmulos que contribuyan a reducir la contaminacin causada por el plstico |
Estrategias vigentes |
Implementacin y promocin de sistemas de gestin y sellos de calidad/sostenibilidad. Fomento de alianzas empresariales para economa circular y reutilizacin. Impulso al emprendimiento de recuperacin y transformacin de plsticos posconsumo. Promocin de tecnologas de la industria 4.0 para eficiencia energtica y autogeneracin. Fomento de prcticas de mejoramiento continuo en la cadena de produccin. |
El sector invierte sin el respaldo del Estado en investigacin y desarrollo. |
Alianza estratgica de cooperacin internacional para convocar a las empresas y organizaciones en busca del desarrollo de alternativas al plstico y el uso de buenas prcticas. |
El anlisis de los aspectos investigados en los tres pases (Colombia, Ecuador y Per) revela una clara preocupacin por la proteccin del medio ambiente y la naturaleza. En Colombia y Per al referir sobre los derechos de la naturaleza, se reconocen el derecho a un ambiente sano y la participacin ciudadana en decisiones ambientales, incluso en Ecuador se reconoce el derecho de la naturaleza de manera explcita. Con respecto a las sanciones por contaminacin o dao ambiental, los tres pases analizados cuentan con leyes que establecen multas y penas para quienes incumplan las normas de proteccin ambiental, por ello, busca as establecer responsabilidades y promover el cuidado del ambiente.
Acerca de los incentivos, se observa que los pases a travs de la Ley 2232 (2022), Ley Orgnica para la Racionalizacin, Reutilizacin y Reduccin de Plsticos de un Solo Uso (2020) y Ley N30884 (2018) se busca fomentar el compromiso ambiental de las empresas y la formalizacin de los actores en la cadena de valor del plstico mediante incentivos. Tambin se busca promover al sector privado a encontrar alternativas al uso de plsticos de un solo uso mediante convenios y estrategias de estmulo.
En particular, Colombia implementa varias iniciativas para el sector plstico con el propsito de promover prcticas sostenibles y amigables con el medio ambiente, tales como la promocin de sistemas de gestin y sellos de calidad sostenible, el fomento de alianzas empresariales para la economa circular y la reutilizacin de materiales, el impulso al emprendimiento en la recuperacin y transformacin de plsticos posconsumo, la promocin de tecnologas avanzadas para eficiencia energtica, y la incentivacin de prcticas de mejora continua en la cadena de produccin (Colombia Productiva, 2020). Por tanto, la industria en dicho pas aporta a la innovacin, desarrollo de nuevas tecnologas, eficiencia en la produccin y la reduccin de costos-recursos.
En similar apreciacin, en Per se mantiene una alianza estratgica de cooperacin internacional por parte de GIZ (Deutsche Gesellschaft fr Internationale Zusammenarbeit), de la mano de la Cmara de Comercio e Industria Peruano-Alemana con el apoyo del Goethe Institut. Se tiene por finalidad convocar a empresas y organizaciones para promover el desarrollo de alternativas al plstico y la implementacin de buenas prcticas (Ministerio Federal de Economa y proteccin del clima, 2022).
En el caso de Ecuador, las iniciativas para el sector empresarial en particular sobre la reduccin de los plsticos son mnimas, en lugar de ello, se exponen la necesidad de invertir en investigacin y desarrollo que hasta el momento es cubierto por las propias empresas, lo que puede limitar la innovacin y dificultar la supervivencia de los actores ms pequeos de la industria (Global Ratings, 2021).
A pesar de que existe una tendencia hacia la reduccin de plsticos de un solo uso en la regulacin sobre la industria de plsticos, la implementacin de estas medidas no ha sido completamente efectiva. En Ecuador podra ser la falta de una poltica pblica clara y contundente para abordar el manejo de plsticos y la reduccin de la contaminacin causada por estos materiales. A diferencia de Colombia y Per, que han incentivos en particular dirigido a las empresas para promover la economa circular y la responsabilidad extendida del producto.
Resultados de entrevistas a juristas
Con el propsito de obtener una perspectiva ms detallada y contextualizada sobre la percepcin de las normas existentes y su efectividad en el uso y produccin de plstico, se llev a cabo una serie de entrevistas a tres juristas especializados en el rea.
Para garantizar la confidencialidad de los datos, se ha optado por utilizar cdigos alfanumricos para identificar a los participantes de las entrevistas. En este contexto, J1 representa la percepcin del jurista nmero 1, lo cual se repite con los dems entrevistados, tal como se observa a continuacin:
Tabla 2.
Matriz sntesis de entrevistas a juristas
Aspectos |
J1 |
J2 |
J3 |
Efectividad de normas proteccionistas ambientales en Ecuador. |
El pas responde a una corriente hipergarantista, declara a la naturaleza como sujeto de derechos. |
No. Si bien existen normas proteccionistas ambientales, son poco respetadas y no son efectivas |
No, debido a que siguen existiendo vacos legales |
Conocimiento y criterio sobre Ley de Reduccin de Plsticos de un Solo Uso. |
S. Considero una normativa que promueve prcticas ecoamigables con la reduccin de plsticos altamente contaminantes. |
S la conozco, en teora muy buena; sin embargo, la aplicacin de la misma no ha sido tal como la del resto de leyes. |
S conozco, contribuye al cuidado de la salud y el medio ambiente; sin embargo, existen empresas que hacen mal uso del plstico. |
Cumplimiento de normas ambientales en proteccin al medio ambiente. |
La verdad no, la praxis social an est predispuesta a la utilizacin de estos plsticos como una prctica habitual. |
Se cumplen solo en una pequea parte, pues son pocas ciudades que reciclan y resan No existen las sanciones correspondientes. |
No, porque existen vulneraciones a la Pachamama |
Importancia del carcter sancionador para garantizar derechos de la Naturaleza. |
La norma se la gesta con un carcter sancionador y no preventivo acta posterior a la vulneracin. |
Las sanciones no son lo suficientemente duras para prevenir vulneraciones de los Derechos de la Naturaleza |
Las sanciones relativas al derecho de la naturaleza deben ser ms rgidas |
Incentivos para promover el respeto y proteccin de los derechos de la Naturaleza. |
S. Generar incentivos promueve la aplicacin de buenas prcticas ambientales por parte de las empresas. |
No. Se deben endurecer las sanciones para la vulneracin de Derechos de la naturaleza y promover el respeto y la proteccin |
S.es favorable incentivar a la sociedad y promover la conservacin de los recursos naturales con el uso sostenible |
Modificaciones para garantizar derechos de la Naturaleza en Ley de Reduccin de Plsticos. |
Ms que la norma, lo necesario es generar instituciones ms dedicadas al control y cumplimiento de la norma. Se podra modificar los incentivos para fomentar buenas prcticas ambientales. |
Modificar las sanciones para el irrespeto a esta Ley, para que as exista un mayor control y respeto de la misma. |
En la ley existe la preocupacin en cuanto a vivir en un ambiente sano y proteger los derechos de la naturaleza. Se debera modificar la ley con ms rigurosidad |
Viabilidad de una economa libre de plsticos de un solo uso en Ecuador para 2030. |
A nivel pas necesita de un gran compromiso social para el uso de plsticos de un solo uso |
No es viable pretender una sociedad sin plstico luego de toda una vida de utilizacin de plstico. Se debera modificar las leyes a leyes ms realistas. |
S, sera viable siempre y cuando se busquen nuevas formas de mercado que sean factibles sin afectar los derechos de la naturaleza |
Los entrevistados tienen percepciones divergentes sobre la efectividad de las normas proteccionistas ambientales en Ecuador. Por una parte, se considera que el pas responde de manera hipergarantista y reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, generando un mandato de proteccin constitucional. Para algunos juristas, las normas no se consideran efectivas debido a la falta de respeto y aplicacin, as como la existencia de vacos legales en la legislacin ambiental.
Luego, se determina un conocimiento del marco legal promueve prcticas ecoamigables para reducir los plsticos contaminantes. Por lo que, se reconoce como una ley tericamente buena, pero se cuestiona su aplicacin en comparacin con otras leyes de mayor importancia, ya que contribuye al cuidado de la salud y el medio ambiente, pero se seala que algunas empresas an hacen un mal uso del plstico a pesar de esta normativa.
Con respecto al cumplimiento e importancia, segn la percepcin de los entrevistados, las normas ambientales en proteccin al medio ambiente no estn siendo efectivas en su aplicacin, pues existe una falta de cumplimiento por parte de la sociedad, especialmente en lo referente al uso habitual de plsticos, lo que dificulta la implementacin de estas normas.
En cuanto a los incentivos para promover el respeto y proteccin de los derechos de la naturaleza, se estima que generar incentivos es la va adecuada para fomentar prcticas ambientales responsables por parte de las empresas, lo que podra motivar a adoptar medidas sostenibles. En cambio, otros juristas opinan que se deben aplicar sanciones ms rigurosas para aquellos que vulneren los derechos de la naturaleza, lo que podra tener un efecto disuasorio y asegurar un mayor respeto al medio ambiente.
Para garantizar los derechos de la naturaleza en la Ley de Reduccin de Plsticos, los juristas entrevistados consideran fundamental fortalecer las instituciones encargadas del cumplimiento de la normativa y modificar incentivos para promover prcticas ambientales responsables, otros enfatizan en la necesidad de establecer sanciones ms rigurosas para asegurar el respeto a la ley.
Por otra parta, a la viabilidad de una economa libre de plsticos de un solo uso para 2030, uno de los entrevistados considera que sera posible con un compromiso social slido y cambios en el uso de plsticos, mientras que otro opina que es poco viable debido al largo tiempo de utilizacin de estos materiales y sugiere adaptar las leyes para ser ms realistas.
En efecto, el anlisis jurdico de los procesos productivos de objetos plsticos por parte de las empresas revela una carencia significativa en cuanto a la consideracin de sus efectos hacia la naturaleza. En este contexto, es imperativo destacar que el enfoque de esta investigacin se centra en explorar y comprender los mecanismos tcnicos y medidas objetivas que puedan ser implementados para resolver y garantizar un respeto efectivo hacia la biodiversidad y los derechos inherentes de la naturaleza.
Tras el anlisis de la legislacin y las prcticas actuales en relacin con la regulacin de la industria de plsticos, se identific la necesidad de mejorar la aplicacin prctica de las sanciones y los incentivos existentes para garantizar un futuro sostenible y equitativo para las generaciones actuales y futuras.
En el marco de las medidas alternativas, se sugiere enfocar los esfuerzos en rectificar la aplicacin prctica de la legislacin existente a travs de polticas pblicas efectivas y bien estructuradas, en lugar de proponer modificaciones o nuevos marcos normativos. Por tanto, se exponen lneas estratgicas enfocadas en la correcta implementacin de las sanciones y los incentivos, as como la supervisin y fiscalizacin constante por parte de las autoridades competentes amparados bajo el respeto derechos de la naturaleza y la participacin activa de la sociedad y el sector empresarial en su ejecucin. Conforme se observa a continuacin:
Figura 1
Propuesta de lneas estratgicas de las polticas pblicas para el cumplimiento de sanciones ambientales
Conforme se visualiza en la figura 1, el objetivo de esta propuesta es mejorar el cumplimiento efectivo de las sanciones ambientales en la industria de plsticos a fin de garantizar el respeto y proteccin de los derechos de la naturaleza y el medio ambiente impulsando a que el sector empresarial asuma la responsabilidad en la reduccin del impacto ambiental de los plsticos y contribuyan a un desarrollo sostenible del pas. Por tanto, se mantienen el sistema legal vigente como la Constitucin de la Repblica, el Cdigo Orgnico del Ambiente, el Cdigo Orgnico Integral Penal y la Ley de Reduccin de Plsticos de un Solo Uso, ya que contiene principios, normas y sanciones necesarios para proteger el medio ambiente, garantizar los derechos de la naturaleza y regular la industria de plsticos.
Con las lneas de accin estratgicas propuestas, en primer lugar, se busca implementar un sistema de supervisin riguroso para garantizar el cumplimiento de las sanciones por parte de las empresas. Para ello, se propone la capacitacin de los funcionarios encargados de hacer cumplir las sanciones, asegurando una interpretacin adecuada de la legislacin y una aplicacin justa y equitativa de las medidas sancionatorias.
La segunda lnea sobre los incentivos y medidas econmicas plantea establecer incentivos fiscales para aquellas empresas que demuestren un compromiso real con la reduccin del impacto ambiental de los plsticos y la generacin de alianzas que fomenten la investigacin y la participacin de las empresas en investigacin y desarrollo. De esta forma, se contarn con mecanismos para fomentar la adopcin de polticas ecoamigables en las empresas, incentivando as su compromiso con el cuidado del medio ambiente.
Por ltimo, la lnea de accin estratgica enfocada en el fortalecimiento del sistema de sanciones contempla la revisin y actualizacin de las sanciones existentes pretenden asegurar el cumplimiento efectivo de las normas ambientales, se propone revisar las sanciones previo al levantamiento de un diagnstico territorial para que las sanciones sean coherentes con la realidad. Adems, implementar un sistema de supervisin efectivo que garantice que las empresas cumplan con las normas ambientales establecidas.
A ello, se suman los actores involucrados como parte esencial en la implementacin de las medidas alternativas, desde el sector pblico, representado por diversas entidades ambientales responsables de aplicar sanciones y supervisar polticas ambientales y los gobiernos locales tambin contribuyen en la proteccin del medio ambiente a nivel regional. Luego, se recalca que la participacin activa de la sociedad civil y organizaciones ambientales es fundamental para promover prcticas sostenibles y crear conciencia en la poblacin. Asimismo, el sector privado tiene un rol preponderante siendo los principales involucrados reconociendo el Principio de Responsabilidad Extendida del Productor (REP).
Discusin
Con relacin a los aspectos en torno a la jurisprudencia, se identificaron diferentes, de manera que en Colombia el reconocimiento a los derechos de la naturaleza se realiza de manera indirecta, especficamente para el ro Atrato y sus afluentes, mientras que, en Ecuador, el reconocimiento se establece de manera explcita segn lo dispuesto en su Constitucin. Al respecto, Alcvar (2018) expresa que el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos representa un cambio significativo en el paradigma jurdico, con lo cual se busca la convivencia armnica entre todas las formas de vida y la proteccin de la integridad de los ecosistemas y especies que la conforman.
Por lo cual, el Estado asume responsabilidades sobre proteccin, preservacin de la biodiversidad y los ecosistemas para garantizar un futuro sostenible y equitativo para las generaciones actuales y futuras. De esta manera autores como Belloso (2022) y Chvez (2020) consideran que la proteccin de la naturaleza fomenta la defensa de los ecosistemas y recursos naturales ante los desafos actuales y futuros. En tanto que Crdenas y Cornejo (2020) reafirman la necesidad de poner en prctica el principio de quien contamina paga donde no solo establece la responsabilidad de las empresas y actores que generan contaminacin en el medio ambiente, sino que tambin enfatiza la necesidad de considerar y calcular cuidadosamente los costos sociales asociados a la degradacin ambiental.
En el tema de estudio, se identifica una distincin en la jurisprudencia que vincula a los seres humanos y la naturaleza, por una parte, se reconoce que las comunidades tnicas tienen derecho a contar con un medio ambiente adems de contemplar los derechos que tienen las comunidades tnicas para administrar y tutelar sus territorios y recursos naturales segn sus propias leyes y costumbres. Al respecto, Estupin (2020) considera que la participacin activa de la ciudadana contribuye al derecho a vivir en un ambiente saludable y sostenible con miras a contar con una vida de calidad para las generaciones presentes y futura
Sin duda en el marco jurdico de Ecuador se ampla el enfoque hacia el reconocimiento de los derechos inherentes de la naturaleza como merecedora de proteccin-respeto y la participacin activa de los pueblos en la conservacin y preservacin del medio ambiente. Segn Barahona y Aazco (2019) se trata del reconocimiento de la Pachamama (madre tierra/naturaleza) como un ser vivo con inteligencia, sentimientos y espiritualidad, en lnea con las cosmovisiones plurales de los pueblos buscan una nueva forma de convivencia.
En lo que respecta al derecho comparado frente a la industria del plstico, se determin que la legislacin vigente en Colombia, Per y Ecuador busca que las empresas sean responsables de disminuir los niveles de contaminacin, razn por la cual las leyes estimulan una mayor sensibilidad hacia el medio ambiente y fomentan la implementacin de prcticas ms amigables con la naturaleza. En este sentido, Gamboa et al. (2018) la existencia de sanciones, como multas, suspensiones y la eventual clausura de operaciones, motiva a las empresas a tomar medidas concretas para cuidar el entorno, reconociendo as la importancia de proteger el medio ambiente frente a contaminantes de alto impacto.
En contraste, Rose (2017) reconocen que si bien las naciones contemplan los subniveles de gobierno en la incorporacin de leyes locales para animar a la poblacin a reducir el consumo de plsticos, tambin, existen obstculos para implementar la regulacin, ya que se trata de una industria que tiene un gran movimiento econmico, as, con presencia de regulacin estatal como el pago de impuestos por el uso de plstico, las empresas productoras de plstico defienden sus intereses argumentando el impacto adverso de las regulaciones para la economa, la competitividad de las empresas y el empleo que estas generan.
En similar apreciacin, Noklebye et al. (2023) reconocen que la legislacin de prohibicin de los productos plsticos de un solo uso implicara agravar la situacin de la poblacin vinculada con la industria, donde las empresas no podran adaptarse a las fluctuaciones de los ingresos y con ello, se afectaran las plazas de empleo formales incluso para las personas del sector informal mediante actividades de reciclaje.
En este sentido, la regulacin sobre la industria de plsticos muestra una clara tendencia hacia la reduccin de los desechos plsticos de un solo uso. Los pases analizados han promulgado leyes que prohben o limitan el uso de plsticos de un solo uso y fomentan la economa circular y la responsabilidad extendida del productor. A la vez, se busca promover el uso de tecnologas e insumos no contaminantes en la industria plstica.
Considerando la percepcin de juristas, el carcter sancionador de las normas no parece ser suficiente para prevenir vulneraciones a los derechos de la naturaleza, siendo necesaria mantener sanciones y la prevencin para la proteccin adecuada del medio ambiente y sus recursos naturales. Lo cual, se relaciona con la percepcin de Lpez et al. (2020) quienes sostienen que las sanciones rigurosas envan un mensaje claro sobre la importancia de cuidar la naturaleza y promueven un cambio en la mentalidad y el comportamiento de la sociedad en general.
Ante los efectos perjudiciales para los ecosistemas y la salud humana, Leal et al. (2019) afirman la idoneidad de contemplas acciones destinadas a minimizar las repercusiones de los productos plsticos apegados en el Principio de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) vinculado con la poltica medioambiental estableciendo la responsabilidad del productor se extiende hasta la fase posterior del consumo, es decir la recuperacin, reciclado y eliminacin.
Por tanto, garantizar el derecho a la naturaleza y el alcance efectivo de las sanciones se plantean lneas estratgicas de polticas pblicas para el cumplimiento de las sanciones ambientales situadas en el contexto ecuatoriano. Para Marn (2022) viabilidad de las medidas de compensacin radica en el razonamiento jurdico convincente que respalde la consideracin de las razones imperiosas de inters pblico que debe ser socializado para aportar beneficios significativos a la sociedad siempre y cuando se disponga de actores y gestores comprometidos.
Frente a los incentivos y medidas econmicas que forman parte de las medidas propuestas, Yaguache et al. (2019) consideran que los incentivos fiscales pueden influir en las decisiones empresariales al reducir los costos operativos y aumentar la rentabilidad de ciertas actividades de la industria del plstico. En contraste, Ortega et al. (2020) plantean que las empresas podran buscar aprovechar los incentivos sin cumplir plenamente con los criterios establecidos generando una asignacin ineficiente de recursos y una prdida potencial de ingresos fiscales.
Es por ello, que al establecer incentivos condicionados al cumplimiento ambiental y mejorar la supervisin y aplicacin de sanciones, la propuesta busca garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones y contribuyan efectivamente a un desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente.
Conclusiones
Con respecto a identificar la doctrina y jurisprudencia de la produccin de objetos plsticos a nivel industrial y las sanciones derivadas por el incumplimiento de la norma. Se concluye que la produccin y uso de objetos plsticos a nivel industrial tiene un gran impacto negativo en el medio ambiente, generando una importante cantidad de residuos plsticos que afectan los ecosistemas y la salud humana, por ello, la falta de reutilizacin y reciclaje efectivo de los plsticos agrava el problema, aumentando la contaminacin ambiental y los desechos plsticos acumulados en el medio ambiente. A pesar del marco legal internacional y nacional, an se debe procurar un equilibrio entre la proteccin del medio ambiente y los derechos de la naturaleza para garantizar una transicin sostenible hacia prcticas ms responsables y ecoamigable.
Con respecto al anlisis de la jurisprudencia y legislacin en legislaciones de la regin vinculada en la obligatoriedad del respeto a la naturaleza, se identific que existen sentencias constitucionales que reconocen el derecho de la naturaleza frente a sucesos de contaminacin. En tanto que, en la comparacin de la legislacin, se observa que en la regin se mantiene el inters por tener un ambiente libre de contaminacin, tal es el caso de Ecuador, Colombia y Per como estados que disponen de una ley que regula el uso de plsticos de un solo uso. De ah, la necesidad de reconocer y proteger los derechos de la naturaleza y el fomento de una legislacin fuerte y coordinada en la regin para abordar los desafos ambientales.
Con respecto a las medidas alternativas de compensacin a las empresas para garantizar el derecho a la naturaleza y el alcance efectivo de las sanciones, se concluye que en el contexto ecuatoriano existe una brecha entre el marco normativo existente y su aplicacin prctica en la gestin ambiental relacionada con la produccin de objetos plsticos. Frente a la dificultad de la efectividad de la ley se formul una propuesta de fortalecimiento basada en tres lneas de accin estratgicas. Estas lneas buscan impulsar la gestin ambiental relacionada con los plsticos, fomentando la responsabilidad y el compromiso de las empresas en la proteccin del medio ambiente.
Los hallazgos de la investigacin demuestran que la produccin y uso de objetos plsticos a nivel industrial tienen un impacto negativo significativo en el medio ambiente, generando contaminacin y residuos que afectan tanto a los ecosistemas como a la salud humana. De manera que resulta relevante asegurar que las acciones y polticas relacionadas estn en conformidad con la legislacin ambiental, los principios de derechos de la naturaleza y los estndares de proteccin ambiental.
Anexos
Anexo 1. Entrevista dirigida a juristas
Tema: Anlisis de las empresas que producen objetos plsticos y su posible vulneracin a los derechos de la naturaleza
Objetivo: El propsito de la entrevista es identificar su percepcin frente a las normas existentes frente al uso y produccin de plstico y el respeto a los derechos de la naturaleza
Edad:..
Sexo:.
Tiempo de ejercicio profesional.
- Considera efectivas las normas de contenido proteccionista ambiental en la legislacin ecuatoriana.
.
- Conoce la existencia de la Ley Orgnica de La Racionalizacin, Reutilizacin y Reduccin De Plsticos De Un Solo Uso? Que criterio tiene sobre esta ley
.
- Segn su percepcin, se cumplen a cabalidad las normas orientas a la proteccin al medio ambiente en el Ecuador, en especfico las del uso y produccin de plstico?
.
- Considera usted que el carcter sancionador de la norma ambiental es determinante para prevenir vulneraciones y garantizar el respeto a los Derechos de la Naturaleza.
.
- Segn su punto de vista, contemplar incentivos que promuevan el respeto y la proteccin de los derechos de la naturaleza, le otorga mayor efectividad a la norma ambiental?
.
- Que aspectos modificara o implementara a la Ley Orgnica de La Racionalizacin, Reutilizacin y Reduccin De Plsticos De Un Solo Uso para garantizar los derechos de la naturaleza
.
- Considera viable la transicin del Ecuador hacia una economa, mercado y sociedad libres de plstico de un solo uso para el ao 2030
.
Nota. Adaptado de (Arzube, 2021)
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