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El impacto del covid-19 en las relaciones laborales de Ecuador
The impact of covid-19 on labor relations in Ecuador
O impacto da covid-19 nas rela��es trabalhistas no Equador
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Correspondencia: bcaceres@indoamerica.edu.ec
Ciencias Sociales y Pol�ticas ���
Art�culo de Investigaci�n
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* Recibido: 23 de abril de 2023 *Aceptado: 12 de mayo de 2023 * Publicado: �15 de junio de 2023
- Estudiante de Derecho, Universidad Tecnol�gica Indoam�rica, Ambato, Ecuador.
- Mag�ster en Derecho Constitucional, Abogado de los Tribunales de la Rep�blica del Ecuador, Docente-Investigadora Titular de la Universidad Indoam�rica, Ambato, Ecuador.
Resumen
Este articulo cient�fico se encamina a analizar el mercado laboral de forma jur�dica, estudiando las leyes y decretos expedidos, para sobrellevar los problemas provocados por el covid-19 que ha dejado secuelas sociales, pol�ticas y laborales, ya que a ra�z de esta grave crisis sanitaria mucha gente econ�micamente activa se qued� sin un trabajo fijo y formal, por lo que los �ndices de desempleo en el pa�s subieron a �ndices nunca vista. Se analiza si la ley expedida por el ejecutivo, para frenar esta problem�tica ha sido, para beneficio del empleador o del trabajador. Para llevar a cabo esta investigaci�n, se emplea una metodolog�a con enfoque cualitativo que involucra m�todos como el anal�tico, exeg�tico e inductivo. El objetivo principal de este proyecto consiste en realizar un estudio jur�dico exhaustivo de la Ley de Apoyo Humanitario y evaluar en qu� medida se han respetado los derechos de los trabajadores, lo cual, se lo realiza mediante investigaci�n bibliogr�fica referente a este tema y an�lisis de la Constituci�n y C�digo de Trabajo. Para obtener una conclusi�n apegada a la realidad del mercado laboral ecuatoriano y el impacto que tuvo la pandemia en esta, se ha buscado datos estad�sticos sobre el desempleo, subempleo e informalidad.
Palabras Clave: covid-19; desempleo; ejecutivo; labora; Ley Humanitaria; trabajo.
Abstract
This scientific article is aimed at analyzing the labor market in a legal way, studying the laws and decrees issued, to cope with the problems caused by the covid-19 that has left social, political and labor consequences, since as a result of this serious health crisis many economically active people were left without a permanent and formal job, which is why unemployment rates in the country rose to rates never seen before. It is analyzed if the law issued by the executive, to curb this problem has been, for the benefit of the employer or the worker. To carry out this research, a methodology with a qualitative approach is used that involves methods such as analytical, exegetical and inductive. The main objective of this project is to carry out an exhaustive legal study of the Humanitarian Support Law and to evaluate to what extent the rights of workers have been respected, which is done through bibliographical research regarding this topic and analysis of the Constitution and Labor Code. In order to obtain a conclusion attached to the reality of the Ecuadorian labor market and the impact that the pandemic had on it, statistical data on unemployment, underemployment and informality have been sought.
Keywords: covid-19; unemployment; executive; works; Humanitarian Law; job.
Resumo
Este artigo cient�fico visa analisar o mercado de trabalho de forma legal, estudando as leis e decretos editados, para fazer frente aos problemas causados pela covid-19 que tem deixado consequ�ncias sociais, pol�ticas e trabalhistas, pois em decorr�ncia desta grave crise sanit�ria muitas pessoas economicamente ativas ficaram sem emprego fixo e formal, raz�o pela qual as taxas de desemprego no pa�s atingiram �ndices nunca antes vistos. Analisa-se se a lei editada pelo Executivo, para coibir esse problema, tem sido, em benef�cio do empregador ou do trabalhador. Para realizar esta pesquisa, � utilizada uma metodologia com abordagem qualitativa que envolve m�todos como anal�tico, exeg�tico e indutivo. O principal objetivo deste projeto � realizar um estudo jur�dico exaustivo da Lei de Apoio Humanit�rio e avaliar em que medida os direitos dos trabalhadores t�m sido respeitados, o que � feito atrav�s de pesquisa bibliogr�fica sobre este tema e an�lise da Constitui��o e C�digo do Trabalho . Para obter uma conclus�o atrelada � realidade do mercado de trabalho equatoriano e ao impacto que a pandemia teve sobre ele, foram buscados dados estat�sticos sobre desemprego, subemprego e informalidade.
Palavras-chave: COVID-19; desemprego; executivo; funciona; Direito Humanit�rio; trabalho.
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Introducci�n
El 2020 es un a�o peculiar para la humanidad debido a la irrupci�n del COVID-19 que dio lugar a una pandemia de alcance global, esto trajo consecuencias, para nuestro pa�s tanto econ�micas como sociales. Para apaciguar los contagios por el covid-19 el presidente Lenin Moreno, mediante el Decreto Ejecutivo No. 1017, orden� un confinamiento, con toque de queda, es decir, se limit� la movilidad y libre tr�nsito de los ciudadanos, este confinamiento empez� a inicios de marzo del 2020, dicho decreto fue expedido con el �nico objetivo de frenar el agresivo aumento del virus.
En virtud de aquello se ha realizado este art�culo, para analizar las consecuencias de la pandemia en materia laboral en Ecuador en el a�o 2020, puesto que es importante saber de qu� manera los derechos de los trabajadores fueron irrespetados y precarizados, en un tiempo que se debi� garantizar de mejor manera la estabilidad laboral, los sueldos justos y el trabajo digno.
Para la presente investigaci�n se analiza jur�dicamente a la Ley de Apoyo Humanitario (LAH), y as� determinar si est� conforme a la Constituci�n de Ecuador (2008), esta ley fue expedida, para mitigar los efectos econ�micos y laborales provocados por las medidas de confinamiento propuestas por el ejecutivo, y determinar si esta ha vulnerado o no los derechos de los trabajadores.
El enfoque metodol�gico empleado en este estudio es de naturaleza cualitativa, ya que el principal prop�sito de este art�culo cient�fico es poner de manifiesto, a trav�s de un estudio jur�dico de derechos, a la Ley Humanitaria (LAH) y su posible contribuci�n al incremento, no s�lo del �ndice de desempleo y subempleo, sino tambi�n, a la vulneraci�n de los derechos laborales.
Asimismo, como m�todos cient�ficos coherentes con el enfoque metodol�gico cualitativo est�n el anal�tico, ya que se eval�a a la Ley de Apoyo Humanitario (LAH), analizando cada art�culo en materia laboral, y se los estudia con relaci�n a la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008) y el C�digo de trabajo ecuatoriano (CT) para de esa manera establecer si la Ley es constitucional y cumple con garantizar los derechos a los trabajadores; el enfoque exeg�tico que ha ayudado a la interpretaci�n de las leyes antes mencionadas; y el enfoque inductivo, un m�todo por el cual se ha recopilado datos y observaciones espec�ficas y, a partir de ellas, se ha proporcionado una comprensi�n m�s detallada y espec�fica del impacto del COVID-19 en las relaciones �laborales, ya que se basa en datos concretos y observaciones detalladas.
Adem�s, se toma datos estad�sticos frente a esta problem�tica como es la tasa de desempleo de junio 2020, la tasa de informalidad de septiembre 2020, con relaci�n a la de septiembre de 2019, y la tasa de subempleo de junio de 2020 (ENEMDU, 2020), para realizar una triangulaci�n de datos y as� elaborar una conclusi�n que est� acorde a la realidad que actualmente se vive en el mercado laboral ecuatoriano.
En la primera parte de esta investigaci�n, se analizar� al derecho al trabajo dentro de la Constituci�n Ecuatoriana (2008) y de la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos, para a continuaci�n, estudiar jur�dicamente los art�culos que contienen reformas laborales dentro de la Ley Humanitaria (LAH), como son la reducci�n de la jornada laboral, el contrato emergente, el teletrabajo, y la causal de caso fortuito y fuerza mayor, para la terminaci�n de la relaci�n laboral. En base a estos, se estudia si esta respeta los derechos consagrados en la constituci�n, o si, por el contrario, los vulnera.
Desarrollo
- Concepci�n del derecho al Trabajo en la Constituci�n ecuatoriana y en Convenios Internacionales
El Ecuador es un estado garantista de derechos, y as� se lo determina en el art�culo 1 de la Constituci�n (2008) �El Ecuador es un Estado constitucional de derechos� (Ecuador. Asamblea Constituyente, 2008). Es por ello que la funci�n principal del Estado ecuatoriano es la de tutelar los derechos humanos y constitucionales, su deber es respetarlos y brindar las garant�as necesarias, para que estos no sean vulnerados, este es el modelo de Estado que brota de la Constituci�n, por ello la importancia que tienen los derechos en nuestro pa�s.
El art�culo 23 de la Declaraci�n Universal de los Derechos Humanos DUDR (1948) anuncia al trabajo digno, equitativo y con una remuneraci�n justa como un derecho de todas las personas, y que los Estados suscritos a esta, est�n en la obligaci�n de garantizarlo, por ello, el art�culo 33 de la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador (2008) consagra:
El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho econ�mico, fuente de realizaci�n personal y base de la econom�a. El estado garantizar� a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempe�o de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado (Ecuador. Asamblea Constituyente, 2008)
El C�digo de Trabajo igualmente establece art�culos sobre los derechos laborales, como el art�culo 2 que estipula �el trabajo es un derecho y un deber social� (Ecuador, Congreso Nacional, 2005) o el art�culo 4 que menciona �los derechos del trabajador son irrenunciables� (Ecuador. Congreso Nacional, 2005), esta ley tambi�n habla sobre proteger y garantizar el derecho al trabajo, ya que gracias a estos se puede obtener una vida de calidad y de pleno desarrollo para el n�cleo familiar. El derecho al trabajo es un derecho constitucional, al garantizar este, se garantiza tambi�n la calidad de la vida humana. Cuando se protegen los derechos de los trabajadores, se protegen tambi�n los derechos sociales.
- Crisis sanitaria por la pandemia de covid-19 y su afectaci�n en los derechos laborales
El garantizar el derecho al trabajo y su estabilidad se vio entorpecido por la crisis sanitaria del covid-19, llevando al pa�s a uno de los �ndices de desempleo m�s elevados, esta tasa fue del 13.3% a finales de junio del 2020 (Enemdu, 2020), a este preocupante �ndice se lleg� como consecuencia de la cuarentena obligatoria a la que todos nos sometimos por orden del Gobierno, para frenar el agresivo aumento de contagios por este virus.
El 29 de febrero del 2020, se anuncia el primer contagio por covid-19 en el pa�s, y con ello comenz� una crisis sanitaria, social y laboral, a la que nunca antes se enfrentaron, la primera medida adoptada por el ejecutivo fue el 16 de Marzo del 2020, d�a en el que se declar� Estado de Excepci�n en todo el territorio ecuatoriano y as� limitaron el derecho a la libre movilidad, con el �nico objetivo de contener los contagios por Covid-19 (El Telegrafo, 2022)
Como resultado de esta medida que busca frenar el aumento de contagiados por covid-19, se ve perjudicado el mercado laboral ecuatoriano, es como, la movilidad se encuentra restringida por lo que la econom�a de muchas empresas se detiene, debido a la falta de una demanda significativa de sus productos y servicios, muchas empresas se vieron obligadas a realizar despidos sin proporcionar una adecuada compensaci�n econ�mica a sus trabajadores.
An�lisis jur�dico constitucional de la Ley de Apoyo Humanitario
Con la movilidad restringida los empleadores se han visto en la obligaci�n de encontrar una forma en la que los trabajadores puedan seguir llevando a cabo sus obligaciones laborales, sin que su salud se vea afectada, pero ese no era el �nico reto, sino que tambi�n deben luchar por que sus empresas se mantengan estables econ�micamente, est�n en una lucha por mantener los negocios, el trabajo y la salud. Para ayudar de cierta forma a que esta situaci�n no se convierta en un total caos, el ejecutivo propuso la Ley de Apoyo Humanitario, cuyo objetivo principal fue el de otorgar soluciones en el �mbito econ�mico y laboral, para sobrellevar esta crisis sanitaria, para la que aun nadie estaba listo.
El incre�ble aumento de los contagios por Covid-19 fue noticia en todo el mundo, y signific� una problem�tica que traspasa fronteras y se convierte en la peor crisis sanitaria de la �poca actual. Por ello los Gobiernos de cada pa�s se ve en la obligaci�n de luchar contra esta enfermedad y crear mecanismos, para que las consecuencias de esta crisis no sean tan graves. Por esta situaci�n de conmoci�n Nacional el presidente ecuatoriano propuso un proyecto de ley, que, por decir del Gobierno, ayudar�a a retomar poco a poco la normalidad. Este proyecto de ley fue calificado de urgente y seguidamente aprobado por la Asamblea Nacional.
La Ley Humanitaria fue aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 229 del 22 de junio del 2020, y est� compuesta por 4 cap�tulos, 7 disposiciones generales, 4 disposiciones derogatorias y una disposici�n interpretativa referente al art�culo 169 numeral 6 del C�digo de Trabajo, para la terminaci�n de la relaci�n laboral por caso fortuito o fuerza mayor, adem�s de 23 disposiciones transitorias (Vinueza et al., 2021, p.7).
La Ley Humanitaria en materia econ�mica es de gran ayuda, ya que entre otros beneficios establece descuentos en las pensiones de instituciones educativas privadas, fiscomisionales y municipales; suspende temporalmente el desahucio en materia de inquilinato, eso quiere decir que las personas que no se encuentran al d�a en el arriendo de sus viviendas durante esta pandemia, no pod�an ser desalojadas de las mismas; rebajo los costos de los servicios b�sicos; y se permite la reprogramaci�n de pagos de cr�ditos vigentes sin ning�n recargo de inter�s, lo que ayuda a las personas que manten�an una mora en sus cr�ditos con instituciones financieras, a que estos pagos puedan ser aplazados sin ning�n inter�s extra. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2020)
2.1.Reducci�n de la Jornada Laboral
�Los derechos de los trabajadores son irrenunciables e intangibles� (Vinueza et al., 2021, p.3), al ser irrenunciables e intangibles se asegura que ning�n trabajador pueda ser coaccionado o forzado a renunciar a sus derechos en el �mbito laboral, y que estos mismos derechos no puedan ser violados o eliminados por parte de los empleadores o el Estado. De esta manera, se busca garantizar la defensa de los derechos y la dignidad de los trabajadores en todas las formas de empleo y trabajo.
Todos los derechos establecidos en los Convenios Internacionales de trabajo como el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo y su respectivo reglamento, el Convenio No. 024: Seguro de Enfermedad de los Trabajadores, el Convenio No. 130: Asistencia M�dica, Prestaciones Monetarias de Enfermedad, entre otros, y en la CRE (2008) son irrenunciables e intangibles y cualquier violaci�n a estos ser� anulada, el art�culo 326 de la Constituci�n (2008) estipula �Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Ser� nula toda estipulaci�n en contrario� (Ecuador. Asamblea Constituyente, 2008).
La intangibilidad, al relacionarla con los derechos, se puede decir que es un principio, y que se lo define como la imposibilidad de cualquier poder del Estado de desconocer, transgredir o reducir por medio de otras leyes los derechos ya establecidos a los trabajadores, por esto se proh�be al Legislativo aprobar normativas que signifiquen desmejorar los derechos ya establecidos a la clase trabajadora. Esto ser�a ir en contra de la misma Constituci�n que es la norma Suprema, y no respetar la seguridad jur�dica de todos trabajadores.
Al aprobarse la Ley Humanitaria creada, para frenar los contagios por Covid-19, se evidencia c�mo se ha vulnera el principio de intangibilidad del derecho al trabajo, es as� como el art�culo 20 de esta ley menciona:
Por eventos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados, el empleador podr� reducir la jornada laboral, hasta un m�ximo del 50%. El sueldo o salario del trabajador corresponder�, en proporci�n, a las horas efectivamente trabajadas, y no ser� menor al 55% de la fijada previo a la reducci�n; y el aporte a la seguridad social debe pagarse con base en la jornada reducida. El empleador deber� notificar a la autoridad de trabajo, indicando el per�odo de aplicaci�n de la jornada reducida y la n�mina del personal a quienes aplicar� la medida. Esta reducci�n podr� aplicarse hasta por un a�o, renovable por el mismo periodo, por una sola vez. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2020)
En este art�culo, se observa claramente que, con el fundamento de fuerza mayor o caso fortuito los empleadores han podido reducir las jornadas laborales a los trabajadores, y por consiguiente reducirle el salario y su contribuci�n a la seguridad social. El m�ximo permitido, para esta reducci�n es del 50% es decir, de una jornada laboral en la que se trabajaba ocho horas, el empleador pod�a reducir su carga laboral a tan solo cuatro horas recibiendo un pago por esto de 200 d�lares, si se toma como referencia el sueldo b�sico del 2020 que era de 400 d�lares (Orozco, 2019), a esto hay que sumarle el precio de la canasta b�sica que en el 2020 era de 714.96 d�lares, por lo que un salario con reducci�n laboral no garantiza una vida digna, para las familias, lo que queda seguro con esto es que la Ley de Apoyo Humanitario vulner� los derechos laborales de las personas. (Vinueza et al., 2021)
Al reducir la jornada laboral, se reduce la remuneraci�n y la contribuci�n a la Seguridad Social, poniendo en riesgo al trabajador y otorg�ndole una desventaja a�n m�s grande de la que ya tiene en la relaci�n laboral, ��esto es una forma de precarizaci�n del trabajo que constituye una verdadera regresi�n de los derechos reconocidos en la Constituci�n y tambi�n en los instrumentos internacionales�. (Vinueza et al., 2021, p.4)
Esta Ley Humanitaria contrario de lo que se cre�a, no favoreci� al trabajador y minimiz� la importancia de sus derechos, demostrando que el trabajador siempre ser� la parte m�s vulnerable de la relaci�n laboral y que sus derechos no son progresivos,� sino m�s bien siempre quedan en el populismo y como promesas falsas de todos los pol�ticos, que en tiempos de conmoci�n social como lo fue esta crisis sanitaria colocan al trabajador en una situaci�n precaria, en la cual se ver�a imposibilitado de tener una vida digna, otro derecho humano vulnerado con esta Ley. (Vinueza et al., 2021)
2.2.Contrato Emergente
Seg�n el art�culo 8 del C�digo de Trabajo (2005) se puede definir al contrato de la siguiente manera:
Contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios l�citos y personales, bajo su dependencia, por una remuneraci�n fijada por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre (Ecuador. Congreso Nacional, 2005).
Como se observa en el art�culo enunciado anteriormente, para que exista un contrato de trabajo, deben existir tres elementos importantes como lo son, la remuneraci�n, la relaci�n de dependencia, y debe ser l�cito, y dando mi propia definici�n, el contrato de trabajo es sobre todo un acuerdo entre dos o m�s personas quienes se comprometen, por un lado, el trabajador a brindar un servicio l�cito y personal, y por el otro lado el empleador a dar una remuneraci�n justa por ello.
Todas las personas tienen derecho a acceder a un empleo por medio de un contrato de trabajo que puede ser de tipo verbal o escrito, siempre y cuando este cumpla con las tres caracter�sticas anunciadas anteriormente, que sea bajo condiciones de trabajo justas y que brinde una estabilidad laboral.
La figura del contrato emergente no exist�a anteriormente en nuestra legislaci�n por lo que el art�culo 19 de la Ley de Apoyo Humanitario (2020) sobre este anuncia:
Es aquel contrato individual de trabajo por tiempo definido que se celebra para la sostenibilidad de la producci�n y fuentes de ingresos en situaciones emergentes o para nuevas inversiones o l�neas de negocio, productos o servicios, ampliaciones o extensiones del negocio, modificaci�n del giro del negocio, incremento en la oferta de bienes y servicios por parte de personas naturales o jur�dicas, nuevas o existentes o en el caso de necesidades de mayor demanda de producci�n o servicios en las actividades del empleador. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2020)
Dada esta definici�n del contrato emergente, se puede decir que esta figura fue creada, para mantener los puestos de trabajo durante la pandemia. Sin embargo, este contrato no otorga una estabilidad laboral, ya que una de sus caracter�stica es que puede ser por tiempo completo o parcial por un m�nimo de 20 horas semanales con la duraci�n de un a�o, con la opci�n de renovarlo por otro a�o (Vinueza et al., 2021), es decir si un trabajador firma un contrato emergente de trabajo en el mes de diciembre del 2020, el empleador tiene la opci�n de dar vigencia al mismo hasta noviembre del 2022, en definitiva durante todo este tiempo este trabajador estar�a laborando jornada parcial por un salario de aproximadamente 200 d�lares, que si este tiene hijos dif�cilmente le puede alcanzar sus ingresos para mantener una vida digna.
Una de las caracter�sticas de los derechos establecidos para los trabajadores es que son intangibles e irrenunciables, con el contrato de trabajo emergente se viola estos principios, puesto que este contrato no otorga una estabilidad laboral, no da una remuneraci�n justa, y por ende no se puede tener una vida digna, por ello la Ley de Apoyo Humanitario significa un retroceso total en materia de derechos laborales.
2.3.Teletrabajo
Aunque el teletrabajo no es una pr�ctica desconocida en el mundo en Ecuador muchos no estaban familiarizados con esta modalidad hasta la actual crisis sanitaria. El teletrabajo es una forma de trabajo remoto que se lleva a cabo desde el hogar y solo requiere un equipo inform�tico, un tel�fono m�vil o una Tablet, y acceso a internet para realizar las mismas actividades que se realizan en una oficina. (Guti�rrez, 2022)
A pesar de que el teletrabajo es en una soluci�n para muchas empresas en tiempos de pandemia, no todas las formas de trabajo pudieron adaptarse a esta modalidad. Las compa��as dedicadas a la hoteler�a, las ventas y la manufactura, entre otras, debido a la naturaleza de su actividad, no han podido acogerse al teletrabajo. Por lo tanto, estas empresas fueron las m�s afectadas durante el per�odo de confinamiento, ya que son las industrias que sufrieron mayores p�rdidas econ�micas y experimentaron un aumento en los despidos.
La Ley de Apoyo Humanitario (2020) define al teletrabajo de la siguiente manera:
El teletrabajo es una forma de organizaci�n laboral, que consiste en el desempe�o de actividades remuneradas o prestaci�n de servicios utilizando como soporte las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia f�sica del trabajador en un sitio espec�fico de trabajo. En esta modalidad el empleador ejercer� labores de control y direcci�n de forma remota y el trabajador reportar� de la misma manera. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2020)
Es as� como el teletrabajo es ya, una figura regulada por la legislaci�n, que permite a muchos trabajadores desempe�ar sus actividades desde su hogar durante la crisis sanitaria, sin que estos se expongan a un riesgo de contagio de covid-19, esto beneficio no solo a empleados sino tambi�n a los empleadores.
El teletrabajo tuvo algunos aspectos negativos, a causa de que muchas personas no disponen de un servicio de internet en su hogar, o no cuentan con un equipo como un ordenador lo que les oblig� a incurrir en gastos adicionales para poder desempe�ar su trabajo de forma remota. Adem�s, el servicio de internet no siempre es confiable y en ocasiones se interrump�a la conexi�n, lo que provocaba la interrupci�n de algunas tareas laborales. (Rosario et al., 2020)
Las nuevas generaciones han encontrado f�cil incursionar en el teletrabajo debido a su conocimiento pleno en tecnolog�a y comunicaci�n. En cambio, para aquellas personas que no tienen habilidades en tecnolog�a, ha sido un desaf�o adaptarse y les ha causado estr�s al no poder manejar las herramientas digitales de manera efectiva.
El teletrabajo demostr� ser una opci�n efectiva y necesaria en muchos casos durante la crisis sanitaria, permitiendo que las personas contin�en trabajando desde sus hogares y reduciendo la propagaci�n del virus. Sin embargo, tambi�n ha presentado desaf�os y limitaciones, especialmente para aquellos que no tienen acceso adecuado a la tecnolog�a o que requieren la presencialidad en el lugar de trabajo. El teletrabajo ha tenido tanto beneficios como desaf�os en el contexto de la pandemia, y su efectividad dependi� de la situaci�n y circunstancias espec�ficas de cada persona y empresa. (Rosario et.al, 2020)
�Fuerza Mayor y Caso Fortuito como causal de terminaci�n de contrato
La causal de caso fortuito y fuerza mayor ha sido la raz�n por la cual se han dado por terminados los contratos de muchos trabajadores, la cual se encuentra definida en el art�culo 30 del C�digo Civil como �� el imprevisto a que no es posible resistir� (Ecuador. Congreso Nacional, 2005) ahora bien, esta figura se encuentra en el C�digo de Trabajo en el art�culo 169 numeral 6 como una causal para terminar el contrato individual de trabajo, sin embargo, este art�culo tiene una explicaci�n contenida en la secci�n de disposiciones interpretativas en la �ltima parte de la Ley de Apoyo Humanitario (2020):
Interpr�tese el numeral 6 del art�culo 169 del C�digo del Trabajo, en el siguiente sentido: En estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estar� ligada al cese total y definitivo de la actividad econ�mica del empleador, sea persona natural o jur�dica. Esto quiere decir, que habr� imposibilidad cuando el trabajo no se pueda llevar a cabo tanto por los medios f�sicos habituales como por medios alternativos que permitan su ejecuci�n, ni a�n por medios telem�ticos. (Ecuador. Asamblea Nacional, 2020)
Aqu� se indica que la causal en cuesti�n solo se podr� utilizar si el empleador debe cesar por completo su actividad econ�mica, es decir si la empresa en donde laboraban estos trabajadores, por motivo de la crisis sanitaria debe cerrar, si no es as� no se debe dar uso a esta causal, a pesar de aquello, estos par�metros no han sido respetados y a varias personas se les termin� su contrato con esta causal sin que la empresa donde laboraban cese sus funciones, por lo que en realidad esto fue un despido intempestivo, y por ende estos trabajadores deb�an recibir una indemnizaci�n por esto, cosa que no ocurri�.
Relaci�n del An�lisis Jur�dico de la Ley de Apoyo Humanitario con el impacto del COVID-19 en las relaciones laborales en Ecuador
Con la aparici�n del COVID-19, la mayor�a de los pa�ses, incluyendo Ecuador, est�n obligados a implementar medidas dr�sticas como el distanciamiento social y las cuarentenas, con el objetivo de contener la propagaci�n del virus y proteger la salud p�blica. La implementaci�n de medidas de distanciamiento social y cuarentenas implica el cierre temporal o la reducci�n de operaciones de numerosos sectores econ�micos, como el turismo, la hosteler�a, el comercio minorista y los servicios no esenciales. Esto genera una disminuci�n dr�stica de la demanda y la oferta de bienes y servicios, as� como la interrupci�n de las cadenas de suministro y la paralizaci�n de muchas actividades productivas.
El estudio jur�dico de la Ley de Apoyo Humanitario en el contexto de la crisis sanitaria, es importante porque permite analizar c�mo el marco legal ecuatoriano se adapt� a las necesidades de la situaci�n, y c�mo se abordaron las tensiones entre la defensa de los derechos y la importancia de mantener la viabilidad econ�mica de las empresas. Tambi�n permite examinar la eficacia de las decisiones adoptadas e identificar posibles �reas de mejora para futuras emergencias similares. (Armijos & Bravo, 2022)
Adem�s, el estudio de la Ley de Apoyo Humanitario en el contexto de la pandemia puede servir como referencia para otros pa�ses que enfrenten situaciones similares y que est�n interesados en adoptar medidas parecidas para proteger a los trabajadores y las empresas, sin vulnerar sus derechos ya establecidos Constitucionalmente.
Resultados y discusi�n
La situaci�n laboral en Ecuador durante el a�o 2020 fue fuertemente afectada por la pandemia de COVID-19 y las medidas implementadas para hacerle frente. En este contexto, las estad�sticas de desempleo, informalidad y subempleo reflejan el impacto negativo en la econom�a y el empleo del pa�s. Espec�ficamente, el presente t�pico se centra en el Gr�fico No1, que muestra la tasa de desempleo del mes de junio de 2020 por sexo, y en el Gr�fico No2, que presenta la tasa de subempleo de junio de 2020 por sexo. Estos gr�ficos, basados en datos proporcionados por ENEMDU (Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo), son una muestra clara del impacto de la pandemia en el mercado laboral ecuatoriano.
Gr�fico No1.- Tasa de desempleo del mes Junio del 2020 por sexo.
Fuente: ENEMDU mayo - junio 2020
Las estad�sticas de la tasa de desempleo en Ecuador hasta junio de 2020 reflejan el impacto negativo que tuvo la pandemia en la econom�a y el empleo en el pa�s. La tasa de desempleo general del 13.3% (ENEMDU, 2020) es una de las m�s altas en la historia del pa�s, lo que indica la magnitud de la crisis.
Adem�s, los resultados muestran una clara disparidad entre hombres y mujeres, por lo que se puede decir que la brecha de genero aumento, con las mujeres teniendo una tasa de desempleo del 15.7%, significativamente mayor que la de los hombres, que fue del 11.6%. Esto indica que la crisis ha afectado de manera desigual a las mujeres en t�rminos de empleo, lo que puede estar relacionado con factores como la discriminaci�n de g�nero, la sobrecarga de trabajo no remunerado en el hogar y la falta de trabajo en empleos formales y bien remunerados.
No se puede decir que la Ley de Apoyo Humanitario haya sido la �nica causa del aumento del desempleo en Ecuador durante la pandemia, ya que esta situaci�n se debe a una mezcla de situaciones, como la reducci�n de la actividad econ�mica, el cierre de empresas, la disminuci�n del comercio internacional, entre otros. Sin embargo, si se puede cuestionar la efectividad de ciertas medidas de esta ley, como la disminuci�n de la jornada laboral y la suspensi�n de contratos, en t�rminos de preservar el empleo y la estabilidad laboral, factores que han afectado su impacto en la defensa de los derechos de los trabajadores y el aumento del empleo en el pa�s.
Tabla No1.- Tasa de informalidad de septiembre del 2019 y septiembre del 2020, por sexo y edad
Grupos de edad
|
Septiembre 2019 |
Septiembre 2020 |
||||
Total |
Hombre |
Mujer |
Total |
Hombre |
Mujer |
|
15-24 a�os |
52.2% |
50.4% |
55.3% |
58.9% |
57.4% |
62.0% |
25-34 a�os |
36.3% |
34.3% |
38.6% |
36.7% |
36.9% |
36.5% |
35-44 a�os |
42.1% |
42.1% |
45.4% |
42.0% |
39.8% |
44.8% |
45-54 a�os |
45.9% |
45.9% |
49.9% |
46.4% |
45.0% |
48.2% |
55-64 a�os |
52.2% |
52.2% |
54.4% |
53.6% |
51.1% |
57.3% |
65 a�os y mayores |
71.5% |
71.5% |
75.6% |
75.9% |
73.2% |
79.7% |
Nacional |
46.7% |
46.7% |
49.4% |
48.6% |
47.4% |
50.3% |
Fuente: ENEMDU septiembre 2019, ENEMDU septiembre 2020
As�mismo, la informalidad aumento en septiembre del 2020 y alcanzo el 48.6%, casi dos puntos m�s, que el a�o pasado, en este mes la Ley Humanitaria ten�a 3 meses de vigencia, y cabe recordar que el fin de la misma era mantener las fuentes de empleo, al aumentar los �ndices de informalidad de esta forma tan alarmante, solo se traduce a que ese objetivo no se cumpli� del todo.
Ecuador ya ten�a �ndices de informalidad altos antes de la misma pandemia, aun as� el que esta haya aumentado de 46.7% a 48.6%, solo es un gran indicador de la gran desestabilizaci�n laboral que vivi� el pa�s durante el 2020, como en las tasa de desempleo aqu� se visibiliza un fen�meno similar, los j�venes con un �ndice de informalidad del 58.9%, las personas mayores de 65 con 73.2%, y las mujeres con el 50.3%, son los grupos mas vulnerables en este tipo de crisis, lo que amplia a�n m�s la brecha con respecto a los otros grupos, es decir los j�venes, los adultos mayores y las mujeres son mayor�a en esta forma de trabajo precario e inestable. (Esteves, 2020)
Las mayores consecuencias de la crisis vivida por el covid-19 ha reca�do principalmente en los grupos antes mencionados, lo que solo hace mas profundo la desigualdad, y la pobreza, ya que a pesar de tener derechos laborales como los son el derecho a la estabilidad laboral, derecho a un sueldo justo, derecho a ser tratados con igualdad, y que est�n establecidos en la Constituci�n, estos no son garantizados para todos y lo demuestra los �ndices presentados.
Gr�fico No 2.- Tasa de subempleo de junio 2020
Fuente: ENEMDU mayo-junio 2020
La tasa de subempleo en Ecuador hasta junio del 2020, fue muy alta, llegando al 36.6%. Esto significa que una gran parte de la poblaci�n no estaba trabajando en un empleo que les permita satisfacer sus necesidades b�sicas. Al analizar los datos por g�nero, se puede ver que las mujeres tuvieron una tasa de subempleo menos que los hombres, con un �ndice del 28.8% frente al 38.4% de los hombres.
Esta situaci�n pone en evidencia las distinciones de g�nero que a�n existen en el mercado de trabajo ecuatoriano, ya que las mujeres tienen mayores dificultades para acceder a empleos formales y con salarios dignos. Adem�s, es importante destacar que el subempleo suele estar asociado con la informalidad laboral, la falta de protecci�n social y la vulnerabilidad econ�mica, lo que puede agravarse en situaciones de crisis como la que se vivi� en 2020 debido a la pandemia.
La pandemia por este virus no ha sido la causa directa del aumento del subempleo en Ecuador en junio de 2020, ya que esta situaci�n estaba en tendencia desde antes de la crisis sanitaria. Sin embargo, es cierto que la pandemia y la crisis en la econ�mia que ha generado han tenido un impacto significativo en la situaci�n laboral del pa�s, y la LAH ha tenido implicaciones fuertes en las relaciones de trabajo y en las medidas tomadas para enfrentar la crisis.
La Ley de Apoyo Humanitario, estableci� medidas como la disminuci�n de la jornada en el trabajo y la posibilidad de convenios entre empleadores y trabajadores para ajustar las condiciones laborales, lo que podr�a haber llevado a una mayor precarizaci�n del empleo y al aumento del subempleo. Adem�s, algunas empresas han utilizado la crisis, para justificar despidos y reducciones salariales, lo que ha afectado especialmente a las mujeres y a los trabajadores informales.
Por lo tanto, aunque no se puede atribuir el aumento del subempleo �nicamente a la Ley de Apoyo Humanitario, es posible que las medidas adoptadas por esta ley hayan contribuido a la precarizaci�n del empleo y a una mayor vulnerabilidad de los empleados en un contexto de crisis.
Conclusiones
La pandemia por COVID-19 ha tenido un impacto significativo en el pa�s, dejando secuelas pol�ticas, sociales y laborales como la crisis de liderazgo, desestabilizaci�n pol�tica, bajo rendimiento de la salud p�blica y seguro social, m�ltiples muertes, entre otros. Asimismo, la crisis sanitaria ha puesto de manifiesto desaf�os y desigualdades existentes, al tiempo que ha requerido la implementaci�n de medidas de emergencia y la adaptaci�n a nuevas din�micas sociales y laborales. Superar estas secuelas ha necesitado de esfuerzos conjuntos en lo pol�tico, lo social y lo econ�mico, con el fin de impulsar la recuperaci�n y construir una sociedad m�s resiliente y equitativa.
El �mbito laboral ha sido el sector m�s impactado por la crisis sanitaria. Se ha observado un aumento significativo en el �ndice de desempleo debido al cierre de empresas y las medidas de confinamiento. Adem�s, se ha evidenciado una precarizaci�n laboral, donde los trabajadores han sufrido la disminuci�n de sus salarios, la suspensi�n de contratos y condiciones laborales desfavorables. Tambi�n, se ha registrado un incremento en la informalidad, ya que muchos trabajadores han perdido sus empleos formales y se han visto obligados a buscar opciones informales para subsistir.
El teletrabajo y las modalidades flexibles de trabajo tambi�n han surgido como respuesta a las medidas de distanciamiento social, lo cual ha implicado un cambio en la din�mica laboral y ha requerido que los trabajadores se adapten a nuevas formas de realizar sus tareas. Por �ltimo, no se puede ignorar el impacto en los ingresos familiares, ya que la p�rdida de empleo y la reducci�n de salarios han generado dificultades econ�micas para muchas familias, aumentando los niveles de pobreza y vulnerabilidad.
Sin embargo, esta ley ha tenido un impacto negativo para los trabajadores dado que permiti� la flexibilizaci�n de las condiciones laborales, la Ley Humanitaria permiti� a los empleadores aplicar medidas como la reducci�n de jornadas en el trabajo, la modificaci�n de horarios, el uso de vacaciones anticipadas y la suspensi�n temporal de contratos. Estas medidas, si bien buscaban adaptar las actividades laborales a la situaci�n de emergencia, tambi�n implicaron una baja en los sueldos de los trabajadores y la precarizaci�n de las condiciones laborales.
De igual manera se dio facilidades para el despido, debido a que la ley estableci� procedimientos simplificados para el despido por fuerza mayor o caso fortuito, como la extinci�n de contratos de trabajo, esto gener� una violaci�n en los derechos de los trabajadores, ya que en ciertas circunstancias podr�a haberse utilizado como una forma de desvinculaci�n laboral sin las debidas protecciones o garant�as. Es as� como se puede concluir que la Ley de Apoyo Humanitario, no ha respetado dos principios importantes de la Constituci�n, estos principios son la intangibilidad y la irrenunciabilidad de los derechos laborales de las personas9
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� 2023 por los autores. Este art�culo es de acceso abierto y distribuido seg�n los t�rminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribuci�n-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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