Servicio pblico notarial y seguridad jurdica en la contratacin por medios telemticos en Ecuador

 

Notarial public service and legal security in contracting by telematic means in Ecuador

 

Servio pblico notarial e segurana jurdica na contratao por meios telemticos no Equador

 

 

 

 

 

Pal Arellano-Sarasti I   
paul.arellano@uasb.edu.bo
https://doi.org/ 0000-0002-5300-502X
 

 

 

 

 

 


Correspondencia: paul.arellano@uasb.edu.bo

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

*Recibido: 23 de abril de 2023 *Aceptado: 16 de mayo de 2023 * Publicado: 08 de junio de 2023

 

        I.            Magster en Derecho Empresarial, Doctorando en Derecho Constitucional Universidad Andina Simn Bolvar sede Sucre Bolivia-Docente, Docente Ocasional Universidad Estatal de Milagro UNEMI, Ecuador.

 


Resumen

El estudio analiza la vulneracin del derecho constitucional a seguridad jurdica en la contratacin por medios telemticos en Ecuador y la intervencin del Notario para reducir la vulneracin de los derechos de las personas este tipo de contratacin. Los desafos en cuanto a la necesidad de dotar de seguridad jurdica por parte del Estado en la contratacin electrnica a los usuarios en general y en especial de personas vulnerables en Ecuador. El estudio aborda el marco legal ecuatoriano- Constitucin de 2008- reconociendo la necesidad del Estado de garantizar el derecho a la seguridad jurdica en la contratacin electrnica. Se considera y analiza la funcin notarial como servicio pblico y como rgano auxiliar de la Funcin Judicial, que tiene como funcin dotar de certeza, publicidad, perdurabilidad y seguridad jurdica en los actos y contratos que las partes lo requieren, ahora en el mbito digital. La investigacin fue de tipo documental con enfoque cualitativo. Los resultados evidenciaron que no existe seguridad jurdica por varios factores como el avance tecnolgico que excluye a personas en la contratacin por medios telemticos por varios factores como la certeza y respaldo documental de las transacciones, o que los usuarios no cuentan con firma electrnica, el analfabetismo tecnolgico entre los ms importantes. Se concluye y recomienda la intervencin del Estado a travs de los notarios pblicos para reducir la vulneracin de derechos constitucionales de las personas en la contratacin telemtica, se sugiere la necesidad de polticas pblicas que promuevan la intervencin del notario como apoyo al acceso tecnolgico y la proteccin de los derechos de las personas vulnerables en la contratacin por medios telemticos.

Palabras Claves: Notario pblico; Seguridad jurdica; Comercio Electrnico; Vulnerables.

 

Abstract

The study analyzes the violation of the constitutional right to legal security in contracting by telematic means in Ecuador and the intervention of the Notary to reduce the violation of the rights of people in this type of contracting. The challenges regarding the need to provide legal security by the State in electronic contracting to users in general and especially vulnerable people in Ecuador. The study addresses the Ecuadorian legal framework - Constitution of 2008 - recognizing the need of the State to guarantee the right to legal security in electronic contracting. The notarial function is considered and analyzed as a public service and as an auxiliary body of the Judicial Function, whose function is to provide certainty, publicity, durability and legal security in the acts and contracts that the parties require, now in the digital field. The research was of a documentary type with a qualitative approach. The results showed that there is no legal certainty due to various factors such as technological progress that excludes people from contracting by telematic means due to various factors such as the certainty and documentary support of transactions, or that users do not have an electronic signature, illiteracy technology among the most important. The intervention of the State through public notaries is concluded and recommended to reduce the violation of constitutional rights of people in telematic contracting, the need for public policies that promote the intervention of the notary in support of technological access and protection is suggested. of the rights of vulnerable people in contracting by telematic means.

Keywords: Public notary; Legal security; electronic commerce; Vulnerable.

 

Resumo

O estudo analisa a violao do direito constitucional segurana jurdica na contratao por meios telemticos no Equador e a interveno do Tabelio para reduzir a violao dos direitos das pessoas neste tipo de contratao. Os desafios da necessidade de dar segurana jurdica por parte do Estado na contratao eletrnica aos usurios em geral e especialmente s pessoas vulnerveis ​​no Equador. O estudo aborda o marco legal equatoriano - Constituio de 2008 - reconhecendo a necessidade do Estado de garantir o direito segurana jurdica nas contrataes eletrnicas. A funo notarial considerada e analisada como servio pblico e como rgo auxiliar da Funo Judicial, cuja funo proporcionar certeza, publicidade, durabilidade e segurana jurdica nos atos e contratos que as partes requeiram, agora no mbito digital. A pesquisa foi do tipo documental com abordagem qualitativa. Os resultados mostraram que no h segurana jurdica devido a vrios fatores como o progresso tecnolgico que exclui as pessoas de contratar por meios telemticos devido a vrios fatores como a certeza e suporte documental das transaes, ou que os usurios no possuem assinatura eletrnica, analfabetismo tecnologia entre as mais importantes. Conclui-se e recomenda-se a interveno do Estado atravs dos notrios pblicos para reduzir a violao dos direitos constitucionais das pessoas na contratao telemtica, sugere-se a necessidade de polticas pblicas que promovam a interveno do notrio no apoio ao acesso tecnolgico e proteo dos direitos. de pessoas vulnerveis ​​na contratao por meios telemticos.

Palavras-chave: Notario Pblico; Seguridad Jurdica; Comercio Electrnico; Vulnerables.

 

Introduccin

Uno de los principales deberes del Estado es el de garantizar y promover la seguridad jurdica, lo que se plasma desde la carta magna que establece la jerarqua de normas con la Constitucin a la cabeza, luego los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, las leyes Orgnicas, ordinarias, generales y especiales, entre otras.

La Constitucin ecuatoriana ha establecido a la Funcin Notarial como un servicio pblico, que lo presta el Notario Pblico por delegacin del Estado, quien a su vez est dotado de Fe pblica para autorizar a requerimiento de parte los actos y contratos que solemniza con su presencia.

La intervencin del Notario en los actos y contratos que solemniza con su presencia confiere certeza de la fecha, de la identidad de los comparecientes, de la capacidad, conocimiento y libertad con la que se obligan las partes, es decir contribuye a la prevencin de futuros conflictos y a la seguridad jurdica.

La contratacin a travs de canales electrnicos o telemticos ha transformado el proceso de contratacin de manera asombrosa, superando obstculos como la distancia, el tiempo, la necesidad de presencia fsica y las formas de pago, entre otros. Sin embargo, este progreso en el campo de la contratacin digital no es uniforme entre todos los segmentos de la poblacin y presenta ciertos inconvenientes: no es accesible para todos, carece de garantas en las transacciones, se considera un rea fuera del alcance de la ley, no se evala la capacidad de las partes involucradas, existe la presencia de contratos unilaterales o de adhesin, todo lo cual, en definitiva, no favorece la seguridad jurdica.

Por tanto, la esencia de la prctica notarial latinoamericana se centra en los roles de certificacin y asesoramiento, enfatizando su condicin de profesional del derecho, su postura imparcial, su enfoque en la prevencin de conflictos y su colaboracin con el gobierno al asumir una funcin originalmente estatal.

 

 

 

 

Fundamentacin terica

Servicio notarial como funcin social

La funcin notarial sin duda est al servicio de la ciudadana ms vulnerable, lo que se refleja en los diferentes actos y contratos que se realizan a diario en las notaras, entre los grupos de atencin prioritaria estn los adultos mayores o de la tercera edad, que son las personas que tiene 65 aos o ms, las personas con discapacidad, personas con enfermedades catastrficas, mujeres embarazadas y en la emergencia sanitaria a las personas contagiadas con Covid-19.

Los notarios en el desempeo de su funcin son un apoyo para las personas vulnerables, ya sea por no saber leer ni escribir, por ser extranjeros y no hablar el castellano, por su avanzada edad, por encontrarse en una condicin discapacitante o de personas con discapacidad que requieren de un apoyo o la ayuda de otras personas para realizar determinados actos o contratos que no los pueden hacer por si solos, ya que la discapacidad no implica incapacidad legal, es aqu cuando el notario sirve de apoyo a las personas con discapacidad para que puedan de forma libre y voluntaria expresar su voluntad o consentimiento a determinados actos o contratos, es decir que el notario cumple una funcin social, lo que se evidencia no solo en la asesora y en dar a conocer los efectos y resultados de los actos o contratos que autoriza, sino tambin en el cobro de las tarifas de servicios notariales, en las que las personas de la tercera edad y personas con discapacidad estn exentas o tienen descuento en el pago de los servicios notariales.

 

Seguridad jurdica y la funcin notarial

El notario en el Ecuador requiere ser profesional del Derecho, haber participado y ganado el concurso de mritos y oposicin, y haber aprobado en la escuela de la Funcin Judicial, esto se ve a lo largo de la historia del notariado de tipo latino, en el que el notario no solo debe ser una buena persona de reconocida honorabilidad sino que era un sabedor del derecho, es un jurista, asesor e interpreta las voluntades de acuerdo con la ley, y su proteccin de la seguridad jurdica lo converta en un verdadero guardin de los actos jurdicos

Recasens Siches plantea puntualmente que Sin un mnimum de certeza y seguridad jurdica no podra reinar la justicia en la vida social. No puede haber justicia donde no haya un orden. No es posible llevar a realizacin en trminos generales los altos valores jurdicos de la dignidad personal y de la libertad del individuo en una sociedad en anarqua. Sin orden, el cual implica alguna certeza y seguridad, tampoco se puede promover el bien comn. (Recasns, 1956, p. 258)

El notario como funcionario estatal, en el mbito de sus atribuciones debe fielmente observar que los actos, contratos y negocios jurdicos que otorga cumplan con todas las solemnidades legales para que estos estn basados por la fe pblica, y tengan la presuncin legal de autenticidad, validez, veracidad, certeza y legitimidad, lo que brinda a la ciudadana en general de seguridad jurdica notarial. La seguridad jurdica es tan importante en la actividad fedataria bien realizada, que Es hasta antijurdico por no responder a los principios bsicos de la seguridad contractual. (Garca, 2008)

 

Tecnologa y Seguridad Jurdica

El acceso a la informacin est en la nube, las redes sociales y aplicaciones como el WhatsApp y Messenger se utilizan para contratar y llegar acuerdos, se ha implementado la facturacin electrnica, el gobierno electrnico y la firma digital.

Los avances tecnolgicos, van desde reconocimiento facial, biomtrico, lectura de huellas dactilares, inclusive hasta el iris del ojo de las personas, sin duda son grandes pasos para la seguridad.

Pero a la tecnologa solo le falta alcanzar un objetivo, que al parecer todava no lo puede lograr, y es el de evaluar la capacidad, voluntad y libertad de las personas que realizan los actos acuerdos o contratos a travs de medios electrnicos o digitales.

 

Contratacin por medios telemticos

La tecnologa de la informacin y comunicacin (TIC) ha transformado radicalmente la forma en que las personas se comunican accede a la informacin y realizan sus actividades cotidianas, en este sentido el acceso y la adopcin de las TIC se han convertido en factores fundamentales para impulsar el desarrollo econmico, social y poltico en todo el mundo. Al ser el internet un derecho humano, este deber del Estado, derecho de los ciudadanos, y garanta, se plasma a nivel Constitucional dentro del buen vivir, en el que la Constitucin ecuatoriana establece, que, para la consecucin del buen vivir, sern deberes generales del Estado: 5. Impulsar el desarrollo de las actividades econmicas mediante un orden jurdico e instituciones polticas que las promuevan, fomenten y defiendan mediante el cumplimiento de la Constitucin y la ley. 6. Promover y catapultar la ciencia, la tecnologa, las artes, los saberes ancestrales y de manera general las iniciativas de creatividad comunitaria, asociativa, cooperativa y privada. (CRDE, art. 277, 2008).

De esta manera, es relevante indicar que la internet se convertir en herramienta de inclusin y/o empoderamiento para los pueblos del mundo si se reconocen y protegen los siguientes derechos: a) acceso generalizado a Internet; b) libertad de expresin y asociacin; c) libre acceso al conocimiento; d) colaboracin reciproca de aprendizaje y produccin de software libre y desarrollo tecnolgico; e) privacidad, vigilancia y encriptacin; f) gobierno en Internet y g) conciencia, proteccin y realizacin de derechos. Del Rio (2012).

El derecho universal de acceso hace referencia a la necesidad de implementar planes de accin detallados y a largo plazo para garantizar que Internet sea ampliamente disponible, accesible y asequible. En este sentido, los Estados deben adoptar y fomentar polticas pblicas apropiadas para generar una infraestructura que permita el acceso universal, lo cual facilitar la construccin de una sociedad del conocimiento, evitando situaciones arbitrarias de exclusin social, como se mencion anteriormente (OEA, 2013).

Sin embargo, la desigualdad digital est determinada como una discrepancia basada en desigualdades en el acceso, la infraestructura y la conectividad (Norris , 2001). Sin embargo, con el tiempo, se ha comprendido que esta desigualdad tambin interacta con otras desigualdades sociales preexistentes, como las econmicas, educativas, geogrficas y de gnero, entre otras. Rivoir, Morales y Casamayou (2019). Por lo tanto, es fundamental abordar estas mltiples dimensiones de la desigualdad para garantizar un acceso equitativo y justo a las tecnologas de la informacin y comunicacin.

 

Teoras de la contratacin electrnica

En resumen existen dos teoras contrapuestas respecto a la contratacin electrnica, la una que implica una nueva forma de contratacin que necesita ser regulada mediante leyes nuevas y especficas con la intervencin directa del Estado afirmacin de Arnaldo Emilio Benites Borrero de Per quien establece en su investigacin concluye que existe una gran desconfianza en el uso de la firma digital para la celebracin de contratos a travs de los medios electrnicos, esto como consecuencia de que el grado de seguridad que ofrece este tipo de firma no es el adecuado para garantizar la proteccin al derecho de identidad de los sujetos que intervienen en la relacin jurdico contractual, Basado en la afirmacin de existe una gran desventaja en la contratacin electrnica que es la inseguridad jurdica que tiene la misma, debido a los mtodos poco seguros que se utilizan, esto en consideracin a muchos casos de personas que han sido vctimas de actos delictivos a travs de los medios electrnicos , y otra teora que establece que no existe una variacin significativa en especial respecto a la Teora general de los Documentos, que lo nico que cambia es del soporte del fsico (papel) al digital o electrnico (Mensajes de datos), conforme lo establece Julia Siri Garca quien sostiene que el documento informtico puede inscribirse dentro de la Teora General del Documento, habida cuenta de una reformulacin de sta, de la que resulte la conservacin de los requisitos esenciales exigibles a todo documento ..., conjuntamente con la flexibilizacin y extensin de sus conceptos, desprendindose de su apego al soporte papel y hacindolos abarcativos de los dems medios idneos creados por el hombre y representativos de informacin .

 

Mtodo

La metodologa de este estudio abordar el servicio pblico notarial y la seguridad jurdica en la contratacin por medios telemticos en Ecuador a travs de una metodologa documental. El estudio logr identificar y recopilar las fuentes relevantes para el estudio, incluyendo la literatura acadmica, estudios previos, libros, artculos de revistas, documentos legales, estatutos y regulaciones relevantes para la contratacin telemtica y la notara en Ecuador. De igual manera se clasificaron las fuentes recopiladas segn su relevancia y contribucin al estudio. Se realizo un anlisis exhaustivo para identificar y extraer los datos y la informacin ms importantes que sern tiles para nuestro estudio.; se realiz un anlisis detallado al marco regulatorio que corresponda a la temtica objeto de estudio. Finalmente, a travs del anlisis documental permiti evidenciar el gran desafo que enfrenta el servicio pblico notarial en la era de la contratacin telemtica.

 

Resultados y discusin

Los notarios como delegatarios de una parte de la soberana del Estado debern ejercer su funcin pblica, controlando de manera imparcial, independiente, y responsable, la legalidad de los actos y negocios que se celebran mediante su autorizacin, prestando con su actuacin el servicio pblico de inters general de seguridad jurdica preventiva, evitando litigios, y contribuyendo al desarrollo econmico sostenible, y a la paz social. En este sentido la Constitucin del Ecuador expresamente establece que Los servicios notariales son pblicos y que Las notaras y notarios son depositarios de la fe pblica.

As mismo, el artculo 6 de la Ley del Notarial establece Notarios son los funcionarios investidos de fe pblica para autorizar, a requerimiento de parte, los actos, contratos y documentos determinados en las leyes. Con respecto a la prestacin del servicio notarial el Artculo 5 de la Ley Notarial permite que esta sea de forma presencial o telemtica Todos los servicios notariales sern prestados de manera fsica o telemtica de conformidad con lo previsto en la ley y las directrices que expida el Consejo de la Judicatura. Las y los solicitantes expresarn formalmente la modalidad para la prestacin del servicio.

Por tanto, los servicios notariales telemticos sern prestados a travs de videoconferencia de acuerdo con la naturaleza del acto. En los casos que se requiera el desplazamiento de la notara o del notario, el pedido y la respuesta sern atendidos de forma telemtica.

Cabe destacar que es cada vez ms notorio la importancia de "situar la funcin notarial dentro del marco precautorio que el Estado establece para implementar y promover el valor o principio fundamental de la seguridad jurdica" (Torres, 2002). Por tanto, el Notario, como profesional del derecho, est capacitado para asesorar a quienes lo solicitan o lo necesitan. No est obligado a favorecer a una de las partes, manteniendo en todo momento una postura de imparcialidad. Su objetivo es asegurar la legalidad del acto o contrato, cumpliendo con su "misin preventiva al constituir los actos que ella ampara en una forma de prueba preconstituida suficiente para resolver e impedir posibles litigios" (Verdejo, 1998).

Para Crdenas (2000, p. 327 ) el notariado latino se identifica a travs de cinco conceptos siendo estos los siguientes 1)Notara abierta, Juzgado cerrado 2) Seguridad Jurdica, Paz Social y Justicia 3) Bien comn, tradicin, compromiso y confianza. El primero se refiere a su papel preventivo en la resolucin de conflictos, contribuyendo a la seguridad jurdica. El segundo es un valor esencial para establecer la paz social y la justicia en cualquier sociedad. El tercer concepto se refiere a los objetivos primordiales de un Estado soberano para beneficiar a sus ciudadanos. Este se relaciona con el cuarto, que se refiere a la creacin de instrumentos jurdicos que promueven la resolucin pacfica de derechos, con el notario como una herramienta de justicia para alcanzar este fin. Finalmente, el quinto concepto habla de la importancia social del notariado, arraigado en la vida de la gente y como una evolucin natural de la actividad humana en constante desarrollo.

 

As entonces los recursos tecnolgicos utilizados por las notaras en cualquier pas pueden contribuir a la ansiada seguridad jurdica teniendo en cuenta que la actividad notarial puede tener un efecto estabilizador en el campo de las nuevas tecnologas, garantizando la seguridad jurdica. Al respecto para Lucas (2019) enfatiza que la actividad notarial, guiada por el estricto cumplimiento de los principios notariales, tiene como objetivo "dar certidumbre a las relaciones jurdicas, proporcionar seguridad jurdica y, en ltima instancia, evitar litigios judiciales y extrajudiciales, contribuyendo as a la paz y la tranquilidad en la sociedad en la que se desempea.

En este orden de ideas, cabe destacar que en la actualidad los actos, acuerdos y contratos realizados va telemtica no cuentan con un soporte fsico, electrnico, o un medio idneo de comprobacin de la capacidad y voluntad de las personas que los utilizan, que permita certeza y seguridad, aadido a la realidad de nuestra sociedad, especialmente respecto de los vulnerables digitales, lo cual provoca en la prctica que al momento de surgir inconvenientes, incumplimientos, problemas o simplemente la necesidad de revisarlos o modificarlos los usuarios, abogados y operadores de justicia no saben exactamente el medio idneo de hacerlo, ya que la tecnologa avanza exponencialmente, y la normativa no regula los nuevos actos, acuerdos y contratos que se crean.

La ley establece que aquellos acuerdos o contratos solemnes se los efecte de manera fsica o telemtica ante Notario Pblico, los mismos que al cumplir requisitos, solemnidades establecidas en la Ley, y al ser incorporado al protocolo del notario se convierte en Instrumento Pblico. Esto no ocurre en el mundo electrnico o digital, donde no existe la intervencin del Estado para regular aquellos actos acuerdos o contratos que no se realizan con la intervencin de un notario, que podra de alguna forma suplir el desconocimiento o el acceso a tecnologa de los usuarios, problemtica que sin duda es a nivel mundial.

Una persona que cuente con firma electrnica, as firme el documento y se valide la firma electrnica, no surte los mismos efectos que un documento firmado ante notario pblico, lo que la entidad certificadora que emiti el certificado de firma electrnica, es que certifica que la firma electrnica corresponde a determinada persona, la fecha y hora de suscripcin del documento, ms no la voluntad de la persona, la libertad y conocimiento de los efectos jurdicos del acto o contrato suscrito con firma electrnica.

La firma electrnica por lo general tiene una validez de dos aos, por lo que un documento electrnico firmado electrnicamente que pase de ese tiempo (2 aos desde la emisin de la firma) ya no podr validarse la firma electrnica, ya que la entidad de certificacin indicar que el certificado de firma electrnica se encuentra caducado; por lo que esta firma debera tener una validez perenne en el tiempo que permita validarla de aqu en cien aos, lo que ya ocurre en Europa.

Respecto a la seguridad La firma digital goza de un grado de seguridad que permite identificar al titular de un documento, como un contrato electrnico, sin embargo, este grado de seguridad no es suficiente ya que al basarse la misma en un intercambio de claves puede suplantarse la identidad de un sujeto; asimismo, este tipo de firma no puede sujetarse a un peritaje en caso fuese necesario

Los contratos inteligentes son contratos tpicos de adhesin, no se pueden modificar las clusulas o condiciones de los mismos, es decir es unilateral, como es el caso simple de una mquina dispensadora de agua en la que se ingresa una moneda y la mquina responde a esa orden con la botella de agua, es decir no interviene otra persona, que pueda realizar la accin, y si la mquina se traba y no expende el producto, o simplemente entrega otro del que fue solicitado, provoca la vulneracin de los derechos del consumidor y por ende viola el principio de la seguridad jurdica.

Los actos, contratos o acuerdos realizados mediante mensajes de datos no cuentan con un proceso de almacenamiento que permita su perdurabilidad, ya que pueden ser adulterados, modificados, o eliminados, como es el caso de los correos electrnicos, que son eliminados con facilidad, como es el caso de correos institucionales que cuando el trabajador es despedido, o simplemente deja de trabajar para la empresa pblica o privada son eliminados, bloqueadas las claves de acceso, o simplemente ya no se encuentran en la web .

La intervencin del Notario en la actualidad permite la adecuada individualizacin de los intervinientes, la apreciacin del discernimiento, intencin y libertad, el asesoramiento al consumidor de los efectos y resultados del contrato, lo que no ocurre en la contratacin electrnica.

La prestacin del servicio notarial telemtico podra ser una alternativa a este problema, sin embargo, queda por analizar si la inmediacin va telemtica podr reemplazar a la inmediacin presencial especialmente con los llamados vulnerables digitales o personas con discapacidad que no tiene acceso a la tecnologa o no tienen cobertura del servicio de internet.

 

Conclusiones

La necesaria intervencin del Estado en la contratacin por medios telemticos, no solo se refiere a la regulacin mediante la actualizacin permanente de la legislacin, o el establecer polticas pblicas para evitar la exclusin tecnolgica, sino tambin de dotar de seguridad jurdica a esta nueva modalidad de contratacin, en la que el Servicio Pblico Notarial puede de alguna manera dotar de certeza y seguridad jurdica como lo hace en la contratacin fsica o presencial, salvaguardando los derechos constitucionales de los ms vulnerables como analfabetos, analfabetos digitales, personas de la tercera edad o personas con discapacidad.

La calificacin y definicin de que el servicio notarial constituye un rgano auxiliar de la justicia convirtindose en servicios pblicos centrales en el proceso de reforma de la Funcin Judicial implica ello un nuevo paradigma en la actividad notarial, formacin de talento humano, procedimientos y sistemas de informacin y tecnologa que pasan a estar regulados por el derecho pblico, superando el papel cuasi privado de las notaras que pasan a formar parte de la administracin pblica.

Es necesario, por tanto, modular y encuadrar los instrumentos prcticos y tericos, para actualizar y armonizar sus procesos con la nueva normativa notarial y en especial en lo que se refiere a los mecanismos para garantizar la seguridad jurdica, como uno de los principios, pero a la vez objetivos de la Justicia en el Ecuador. El notario se ha visto abocado, desde dcadas pasadas, a marchar acorde a la revolucin tcnico-informtica provocando una globalizacin, que incluye al comercio electrnico como elemento que aparece y en la que la figura del notario toma formas preponderantes para dar certeza, seguridad jurdica, originalidad, conservacin del documento que contiene las operaciones que realizan por la va electrnica, entre otras.

La intervencin del notario en la contratacin por medios telemticos en el Ecuador, sin duda que contribuir a la seguridad jurdica y al apoyo de los ms vulnerables de la implementacin de la contratacin electrnica, sin embargo, queda por investigar y analizar la manera de incorporacin obligatoria o facultativa de las personas para acceder al servicio notarial por medios telemticos, ya que su implementacin se encuentra en proceso de incorporacin prctica.

 

Referencias

1.      Asamblea Nacional (2008). Constitucin de la Repblica del Ecuador. Registro Oficial 449 de 20 de octubre de 2008.

2.      Asamblea Nacional. (2020). Ley Orgnica de Apoyo Humanitario. Registro Oficial Suplemento 22. Quito. Ecuador.

3.      El Instituto Nacional de Estadsticas y Censos de Ecuador (INEC, 2021). Indicadores de Tecnologa de la informacin y Comunicacin. Encuesta multipropsito de Hogares (seguimiento al plan Nacional de Desarrollo). https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Estadisticas_Sociales/TIC/2020/202012_Boletin_Multiproposito_Tics.pdf

4.      INEC (2021). Indicadores de tecnologa de la informacin y comunicacin. Boletn Tcnico https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Estadisticas_Sociales/TIC/2020/202012_Boletin_Multiproposito_Tics

5.      Lucas-Baque, Stalin (2019 ) Los principios notariales como aporte a la justicia preventiva y a la seguridad jurdica. Polo del Conocimiento: Revista cientfico - profesional, ISSN-e 2550-682X, Vol. 4, N. 11. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7164381

6.      Pazmio, Marcelo, El derecho notarial y la formacin en el posgrado Quito, 2017, Tesis maestra Universidad Andina Simn Bolvar Sede Ecuador

7.      Rivoir A. (2019). Personas mayores y tecnologas digitales. Tecnologas digitales: miradas crticas de apropiacin en Amrica Latina / Oscar Grillo Ciudad Autnoma de Buenos Aires: CLACSO; Montevideo: RIAT, 2019.

8.      Rivoir, A., Morales, M. J., & Casamayou, A. (2019). Usos y percepciones de las tecnologas digitales en personas mayores. Limitaciones y beneficios para su calidad de vida. Revista Austral De Ciencias Sociales, (36), 295313. https://doi.org/10.4206/rev.austral.cienc.soc.2019.n36-15

9.      Salamanca Serrano, A. (2015). La Investigacin Jurdica Intercultural e Interdisciplinar. Metodologa, epistemologa, gnoseologa y ontologa. Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales 8(14). http://www.derecho.uaslp.mx/Documents/Revista%20REDHES/N%C3%BAmero%2014/Redhes14-03.pdf

10.  Salierno, K. (2020). Derecho y Tecnologa. Universidad Notarial Argentina. Argentina

11.  Sobern, Mainero (2012). Aplicacin no judicial del derecho internacional privado. Mxico DF: Porra.

12.  Villela Corts, F., y Contreras Islas, D. (2021). La brecha digital como una nueva capa de vulnerabilidad que afecta el acceso a la educacin en Mxico. Academia y Virtualidad 14(1), 169-187. https://doi.org/10.18359/ravi.5395Ottazi Pasino, G. (2014). Apuntes del curso Anlisis Estructural I.

 

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