La violencia de gnero en el contexto de la pandemia Covid 19 en Ecuador
Gender violence in the context of the Covid 19 pandemic in Ecuador
Violncia de gnero no contexto da pandemia de Covid 19 no Equador
Correspondencia: franciscocevallosortega@hotmail.com
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 23 de febrero de 2023 *Aceptado: 12 de marzo de 2023 * Publicado: 11 de abril de 2023
- Licenciado en Ciencias Polticas Jurdicas y Econmicas, Abogada de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador por la Universidad Nacional de Loja, Doctor en Jurisprudencia, Master en Derechos Humanos y Sistemas de Proteccin por la Universidad de la Rioja-Espaa, Magster en Derecho mencin Derecho Procesal por la Universidad Tcnica Particular de Loja, Ecuador.
- Licenciada en Jurisprudencia, Abogada de los Tribunales y Juzgados de la Repblica del Ecuador por la Universidad Nacional de Loja, Magster en Derecho Constitucional por la Universidad Equinoccial de Guayaquil, Ecuador.
Resumen
La importancia de esta investigacin radica en que la violencia de gnero ha estado presente en todas las pocas y en todas las culturas, sin embargo es preciso conocer con datos reales la situacin de la mujer ecuatoriana en la poca de la pandemia, para tener conocimiento sobre las cifras de violencia de gnero que ubica a las mujeres y a las nias en situaciones de desventaja, en planos de inferioridad e inseguridad, lo cual atenta contra los derechos humanos y vulnera el principio de igualdad que es un elemento fundamental sobre el cual debe cimentarse cualquier sociedad sana y justa.
La violencia de gnero en el Ecuador coloca a las mujeres en una situacin de desigualdad en diferentes mbitos, en el Ecuador 6 de cada 10 mujeres han sido vctimas de algn tipo de violencia de gnero y estas cifras han aumentado considerablemente en el marco de la pandemia del Covid 19, que provoc el confinamiento de todas las personas, por lo que en ese entorno de la convivencia cotidiana se intensific la violencia de gnero vulnerndose los derechos de las mujeres y coartando su desarrollo personal.
La violencia de gnero abarca otros tipos de violencia que se ejercen sobre las mujeres y las nias: la psicolgica caracterizada por la amenaza e intimidacin; la emocional que opera en detrimento de la autoestima de la vctima y que se sirve de insultos; la fsica que se manifiesta a travs de agresiones fsicas; la violencia sexual que se relaciona con las relaciones sexuales no consentidas o cualquier tipo de abuso o de expresiones que denigren la sexualidad de las personas; finalmente otro tipo de violencia de gnero es el feminismo en la cual el agresor suele ser la pareja o expareja de la vctima que terminan con la vida de la mujer, por el hecho de ser mujer.
Palabras Clave: genero; violencia; pandemia.
Abstract
The importance of this research lies in the fact that gender violence has been present at all times and in all cultures, however it is necessary to know with real data the situation of Ecuadorian women at the time of the pandemic, in order to have knowledge about the figures of gender violence that places women and girls in disadvantaged situations, on levels of inferiority and insecurity, which violates human rights and violates the principle of equality, which is a fundamental element on which any healthy and just society.
Gender violence in Ecuador places women in a situation of inequality in different areas, in Ecuador 6 out of 10 women have been victims of some type of gender violence and these figures have increased considerably within the framework of the pandemic of Covid 19, which caused the confinement of all people, so that in this environment of daily coexistence, gender violence intensified, violating the rights of women and limiting their personal development.
Gender violence encompasses other types of violence that are exerted on women and girls: psychological violence characterized by threats and intimidation; the emotional one that operates to the detriment of the victim's self-esteem and that uses insults; the physics that manifests itself through physical aggressions; sexual violence that is related to non-consensual sexual relations or any type of abuse or expressions that denigrate the sexuality of people; Finally, another type of gender violence is feminism in which the aggressor is usually the partner or ex-partner of the victim who ends the life of the woman, due to the fact of being a woman.
Keywords: gender; violence; pandemic.
Resumo
A importncia desta pesquisa reside no fato de que a violncia de gnero esteve presente em todos os tempos e em todas as culturas, porm necessrio conhecer com dados reais a situao das mulheres equatorianas no momento da pandemia, a fim de ter conhecimento sobre as figuras da violncia de gnero que colocam mulheres e meninas em situaes de desvantagem, em nveis de inferioridade e insegurana, o que viola os direitos humanos e viola o princpio da igualdade, que um elemento fundamental sobre o qual qualquer sociedade saudvel e justa.
A violncia de gnero no Equador coloca as mulheres em situao de desigualdade em diferentes reas, no Equador 6 em cada 10 mulheres foram vtimas de algum tipo de violncia de gnero e esses nmeros aumentaram consideravelmente no mbito da pandemia de Covid 19, que causou o confinamento de todas as pessoas, para que neste ambiente de convivncia diria, a violncia de gnero se intensifique, violando os direitos das mulheres e limitando seu desenvolvimento pessoal.
A violncia de gnero engloba outros tipos de violncia exercida sobre mulheres e meninas: violncia psicolgica caracterizada por ameaas e intimidaes; a emocional que opera em detrimento da auto-estima da vtima e que usa insultos; a fsica que se manifesta por meio de agresses fsicas; violncia sexual relacionada a relaes sexuais no consensuais ou qualquer tipo de abuso ou expresses que denigram a sexualidade das pessoas; Por fim, outro tipo de violncia de gnero o feminismo em que o agressor geralmente o companheiro ou ex-companheiro da vtima que acaba com a vida da mulher, pelo fato de ser mulher.
Palavras-chave: gnero; violncia; pandemia.
Introduccin
En el Ecuador como en gran parte de los pases latinoamericanos, por diversas situaciones culturales y sociales, el tema de la violencia alcanza altos niveles y ms an cuando se trata de la violencia de gnero en donde persisten los estereotipos formados a comportamientos que minimizan y denigran a la mujer. La Pandemia causada por el Covid 19, segn algunos estudios, trajo como consecuencia que a partir de la convivencia de las vctimas con el agresor y por el confinamiento obligatorio, la violencia se intensificara de manera alarmante.
A partir de lo expuesto, es de vital importancia realizar una investigacin que profundice en el estudio del tema de la violencia de gnero en el contexto en el Ecuador, para a partir de la misma visibilizar la realidad de las mujeres vctimas de este tipo de violencia y viabilizar una transformacin que permita la disminucin o eliminacin de la violencia, la dirigida a las mujeres y a las nias por el hecho de ser mujeres.
El presente trabajo de investigacin es importante porque permite analizar jurdicamente la violencia de gnero en Ecuador, en el contexto de la pandemia Covid 19 y para la consecucin del mismo se ha estructurado la investigacin en tres captulos en donde consta la etimologa y definicin de la violencia de gnero, tipos de violencia y el marco legal y metodolgico de la investigacin que tiene un enfoque cualitativo, con alcance descriptivo y un diseo de investigacin etnogrfico, el tipo de investigacin socio-jurdica y los mtodos histrico- lgico y analtico- sinttico.
En la realizacin del presente trabajo, se utiliz la investigacin documental y analtica, en cuanto a la documental fue a travs de la revisin bibliogrfica de la legislacin, pactos, convenciones, libros, revistas, tesis y documentos; y, cuanto a la investigacin analtica se bas en el estudio objetivo de forma separada los elementos de la Violencia de Genero, partiendo de conceptos, caractersticas, entre otros.
Problema
La presente investigacin pretende brindar una visin general basada en la realidad sobre la violencia de gnero en el entorno del Ecuador, en el marco de la reciente pandemia, para ello se plantea responder a la interrogante:
Cmo se analiza jurdicamente la violencia de gnero en Ecuador, en el contexto de la pandemia COVID 19?
- La sistematizacin del problema:
- A travs del presente estudio se presentar una perspectiva real en torno a la problemtica de la violencia de gnero en el contexto de la pandemia del Covid 19, dando respuesta a la interrogante:
La violencia de gnero se increment durante la pandemia Covid 19 en el Ecuador?
Por otra parte, esta investigacin revisar el marco legal existente en el Ecuador, respecto a la violencia de gnero a fin de dar respuesta a la interrogante:
El marco jurdico ecuatoriano es funcional en cuanto a la disminucin de la violencia de gnero?
Analizar jurdicamente la violencia de gnero en Ecuador, en el contexto de la pandemia COVID 19.
Revisar el marco jurdico referencial en torno a la violencia de gnero en Ecuador
Describir la situacin actual de las mujeres vctima de violencia de gnero en el contexto de la pandemia COVID 19 en Ecuador.
Elaborar una propuesta de pliego de recomendaciones jurdicas en relacin a la violencia de gnero en el contexto de la pandemia COVID 19 en el Ecuador.
Mtodos
Esta investigacin utiliz varios mtodos y tcnicas de investigacin: Los mtodos histrico y descriptivo, con las tcnicas de revisin documental, legislativa y doctrinal permitieron profundizar en los orgenes de la violencia de gnero por pandemia, su evolucin.
Los mtodos sistemtico y exegtico permitieron por una parte fundamentar la normativa relacionada con la violencia de gnero enfocndonos en disposiciones legales que se presentan como el medio que permite dar solucin a la realidad de la violencia de gnero y conjuntamente con el conocimiento de las cifras y tipos de violencia de gnero que se producido en base a los Informes del INEC en el Ecuador, se lograr adquirir informacin relevante que permitir analizar en su conjunto la violencia de gnero y en base a la misma se elaborar un pliego de recomendaciones jurdicas que pueden ser de inters para los mbitos jurdicos y sociales y para nuevas investigaciones.
Violencia de gnero
Etimologa y definicin
La violencia ha estado presente en todos los momentos de la historia desde el principio de la humanidad, en todas las culturas y los pueblos. En cuanto a la conceptualizacin de violencia tenemos la mencionada por Rojas (1995) citado por Espinar, La violencia hace referencia al uso intencionado de la fuerza fsica en contra de un semejante con el propsito de herir, abusar, robar, humillar, dominar, ultrajar, torturar, destruir o causar la muerte. Sin embargo, esta definicin deja de lado otros tipos de violencia como la psicolgica o la emocional.
En la bsqueda de una definicin ms completa, se menciona la que refiere la Organizacin Panamericana de la Salud (OPS) (2003) en donde se define a la violencia como el uso intencional de la fuerza o el poder fsico, de hecho, o como amenaza contra uno mismo, otra persona, o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daos psicolgicos, trastornos del desarrollo o privaciones (p. 5).
Gnero
El trmino gnero se utiliza para referirse a la identidad sexual de la persona, es decir, al rol con el que se identifica a partir de la experiencia de su sexualidad (Imaginario, 2013- 2022). Una definicin ms amplia sobre este trmino es el que expresa:
Gnero no es un concepto para referirse a las mujeres ni una nocin que haga referencia a la simple comparacin estadstica entre hombres y mujeres. Es, en cambio, una categora que ilumina una de las formas fundamentales de la desigualdad en los sistemas sociales: aquella que se produce histricamente (es decir, con variaciones temporales, estructurales y culturales) en las relaciones entre los individuos, las instituciones y el Estado, mediante la arbitraria instauracin y reproduccin de la dominacin de los varones y lo masculino sobre las mujeres y lo femenino (Castro , 2017).
Violencia de gnero
Una de las formas en las que se evidencia la desigualdad social y las relaciones de poder en donde el hombre ejerce el control sobre la mujer es la denominada violencia de gnero, la cual ha sido perpetrada histricamente, influyendo en ella factores sociales, econmicos y sociales. Por lo mencionado es importante conocer lo que a nivel mundial se conoce como violencia de gnero, para ello se recurre a conceptualizarla.
La ONU entiende por violencia de gnero todo acto de violencia basado en el gnero que tiene como resultado posible o real un dao fsico, sexual o psicolgico, incluidas las amenazas, la coercin o la privacin arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pblica o en la vida privada (ONU, 1994). Esta definicin ha sido utilizada mundialmente y es la que se usa para propiciar para las mujeres una vida libre de violencia.
Una definicin ms sinttica es la que dice que la violencia de gnero hace referencia a aquella violencia que hunde sus races en las definiciones y relaciones de gnero dominantes en una sociedad (Espinar , 2017). En definitiva, la violencia de gnero se refiere a todos aquellos actos encaminados a daar a una mujer por el simple hecho de ser mujer, por lo que es conveniente tener en cuenta que la violencia de gnero hace relacin directa al hecho de que una persona pertenece al gnero femenino y esta es la razn de que se la discrimina, agrede, daa o incluso mata.
Clases de violencia de gnero
El Psiclogo clnico Castillero Mimenza (2004 -2022) en su pgina web denominada psicologa y mente realiza una interesante y completa recopilacin de los tipos de violencia que se desprenden de la violencia de gnero, a continuacin se detallan:
1.-Violencia fsica
La ms visible y reconocida como violencia de gnero, se considera violencia fsica todo aquel acto en que se inflige un dao fsico a la vctima que a travs de la agresin directa. Dicho dao puede ser temporal o permanente.
2.- Violencia psicolgica
Este tipo de violencia se caracteriza porque, si bien a nivel fsico puede no existir una agresin, la vctima se ve humillada, minusvalorada y atacada psicolgicamente.
3.- Violencia sexual
Se refiere concretamente a aquel tipo de situaciones en que una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo actividades de ndole sexual en contra de su voluntad, o bien en que la sexualidad es limitada o impuesta por otra persona.
4.- Violencia econmica
Se basa en la reduccin y privacin de recursos econmicos a la pareja o su prole como medida de coaccin, manipulacin o con la intencin de daar su integridad. Tambin se considera como tal el hecho de obligar a depender econmicamente del agresor, impidiendo el acceso de la vctima al mercado laboral mediante amenaza, coaccin o restriccin fsica.
5.- Violencia patrimonial
Se refiere a la usurpacin o destruccin de objetos, bienes y propiedades de la persona vctima de violencia con intencin de dominarla o producirle un dao psicolgico. En muchos sentidos, estos bienes son el fruto de dcadas de trabajo, y destruirlos es una manera de hacer ver que todos esos esfuerzos no han servido de nada. Sin embargo, hay que sealar que este tipo de agresiones pueden afectar a la vez a otras personas, especialmente a los vecinos.
6.- Violencia social
Se basa en la limitacin, control y la induccin al aislamiento social de la persona. Se separa a la vctima de familia y amigos, privndola de apoyo social y alejndola de su entorno habitual. En ocasiones se pone a la vctima en contra de su entorno, produciendo que o vctima o entorno decidan desvincularse.
7.- Violencia vicaria
Un gran nmero de parejas en las que se produce violencia de gnero tienen hijos. En muchas ocasiones el agresor decide amenazar, agredir e incluso matar a dichos hijos con el propsito de daar a su pareja o ex-pareja.
Marco legal
Qu tipo de marco legal existe
Desde la norma jurdica suprema vigente; La Constitucin de la Repblica del Ecuador (2008) con el objetivo de proteger y garantizar los derechos de la mujer y ratificando su compromiso con los convenios internacionales, se incorporaron los siguientes artculos (Consejo de la Judicatura, 2020):
Articulo 11.- a travs del cual se garantiza los derechos a no ser discriminadas por razn alguna y obliga al Estado a realizar acciones afirmativas para promover una igualdad real, en favor de titulares de derechos que se hallen en situacin de desigualdad, como es el caso de las mujeres, los nios, nias, adolescentes, personas de la tercera edad y personas con discapacidad.
Artculo 66.- Este artculo garantiza el derecho a la integridad fsica, psquica, moral y sexual y a que disfrute de una vida libre de violencia en el mbito pblico y privado. El Estado est en la obligacin de proteger y brindar todas las facilidades.
Articulo 155.- a travs de este artculo cual se define a la violencia (est basado en las conceptualizaciones de la CEDAW y del Convenio Belem Do Para) como toda accin que consista en maltrato, fsico, psicolgico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o dems integrantes del ncleo familiar. Se consideran miembros del ncleo familiar a la o al cnyuge, a la pareja en unin de hecho o unin libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vnculos familiares, ntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitacin. para que pueda exigir, por la va legal, el respeto ntegro a aquellos derechos que han sido violentados.
Artculo 75.- a travs de este artculo el Estado garantiza el derecho a acceder gratuitamente a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita.
Artculo 78.- en el cual se determina la adopcin de mecanismos para la reparacin integral del derecho que ha sido violentado lo que incluye el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitucin, indemnizacin, rehabilitacin, garanta de no repeticin y satisfaccin del derecho violado.
Por otra parte, es importante mencionar que en el ao 2018, con el objetivo de alcanzar una vida sin violencia para las mujeres , afrentando las diversas aristas, se cre la Ley Orgnica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres, la cual atiende a cuatro aspectos de la debida diligencia: previniendo, investigando, reparando y sancionando los delitos sobre violencia de gnero y, se encuentra vinculada con El Plan Nacional de Desarrollo 2017-2020 Toda una Vida siendo coherente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y con el Plan Nacional para la Erradicacin de la Violencia de gnero hacia la niez. Adolescencia y Mujeres (Miranda , 2020)
A pesar de que existe el marco legal, en el Ecuador la violencia de gnero ha alcanzado niveles alarmantes, debido a los siguientes aspectos: Primero porque en el pas existen patrones socio culturales y relaciones de poder con la prevalencia de yo masculino, en donde las mujeres histricamente han sido subordinadas, por lo que gran parte de las situaciones de violencia son tomadas como normales sin permitir que se enfoque de manera real el problema. Un segundo aspecto es que en los ltimos aos la poltica pblica se ha debilitado debido a que el monto destinado desde el Presupuesto General del Estado se ha reducido significativamente (MINISTERIO DE FINANZAS , 2020) Otro aspecto es la eliminacin del Ministerio de Justicia y Derechos humanos que fue remplazado por la Secretara de Derechos Humanos por lo que las labores normativas son insuficientes. Todos estos aspectos han contribuido a descontinuar el trabajo en pro de alcanzar el objetivo de erradicar la violencia de gnero.
Qu anlisis de cifras se desprende de la realidad de este pas
Para una mejor apreciacin se presenta un cuadro resumen sobre los tipos de violencia y sus porcentajes en el Ecuador.
INDICADORES NACIONALES (% DE TIPO DE VIOLENCIA OCURRIDOS A LO LARGO DE LA VIDA |
Urbano |
Rural |
Nacional |
Violencia Psicolgica: toda aquella agresin manifestada de forma verbal como: descalificativos, humillaciones, desvalorizaciones, menosprecios, a fin de daar a la mujer. |
56.7 % |
57-4% |
56.9% |
Violencia fsica: Todo acto que busca hacer dao fsico a la mujer |
34.4% |
38.2% |
35.4% |
Violencia sexual: Se refiere a la coaccin o amenaza hacia la mujer con el objetivo de que lleve a cabo una determinada conducta sexual, |
36.6% |
22.9% |
32.7% |
Violencia econmica y patrimonial: aquella que ocasiona dao a los bienes tanto muebles como inmuebles con la intensin de menoscabar el patrimonio de las mujeres vctima de violencia |
17.0% |
14.9% |
16.4% |
Violencia Obsttrica: es el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, humillada o lastimada fsica y psicolgicamente en las diferentes esferas de la sociedad, pero sobre todo en los lugares que prestan servicios mdicos. |
44.7% |
54.8% |
47.5% |
Violencia Total: incluye todos los tipos de violencia |
695.7% |
62.8 % |
64.9% |
Elaborado por Cevallos Francisco 2020, en base a Encuesta INEC (2019).
Fuente: Fiscala General del Estado, Denuncia en Lnea Violencia contra la Mujer. Disponible: https://www.fiscalia.gob.ec/denuncia-en-linea-violencia-contra-la-mujer/ Fiscala
En el Ecuador, 6 de cada 10 mujeres mayores de 15 aos, han sufrido algn tipo de violencia de gnero durante sus vidas y la mayora de las mujeres que son maltratadas durante el matrimonio, vivieron violencia durante el noviazgo (CIH, 2019) Adems, el COE de Quito al 2018, report que 9 de cada 10 mujeres que sufrieron violencia de gnero no la reportan debido a que consideran que los daos son menores. Un fenmeno alarmante en el Ecuador es el femicidio, expresado como una de las manifestaciones de violencia de gnero ms graves, en el pas; en los ltimos 16 aos fueron asesinadas ms de 3200 mujeres sin respetar aspectos como su condicin social, color de piel, edad, estado civil, etc. (Enriquez Vzquez W. , 2019)
Qu mecanismos existen para erradicar la violencia contra la mujer
De acuerdo a los datos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas Para los Derechos Humanos (2020) desde el ao 2008 la Funcin Ejecutiva del Estado Ecuatoriano cuenta con mecanismos de coordinacin interinstitucional para proteccin a mujeres vctimas de violencia, los cuales estn enmarcados en el Plan Nacional para Erradicar la Violencia de Gnero hacia la Niez, Adolescencia y Mujeres teniendo como ejes, la atencin y proteccin integral a vctimas de violencia de gnero. Entre las entidades creadas para el ejercicio de estos ejes estn: las Unidades Judiciales de Violencia contra la Mujer, las Fiscalas Especializadas en Violencia de Gnero y la Defensora Pbica que incluy entre sus servicios la defensa a vctimas de violencia. El Consejo Nacional para la Igualdad de Gnero ha instaurado instrumentos y mecanismos para la erradicacin de la violencia de gnero, en cuanto a los mecanismos, son los siguientes:
- La elaboracin de una Gua Bsica para la incorporacin del enfoque de gnero e interseccionalidad en los Gobiernos Autnomos Descentralizados. La gua pretende fortalecer las capacidades de las y los servidoras/es pblicos de los GAD para el desarrollo de su trabajo diario, esta gua se publica y difunde con el apoyo de CARE.
- En busca de la ciudadana tenga clara la forma de actuacin en el caso de ser vctimas o conocer a alguien que sufra violencia de gnero, se ha elaborado una versin ejecutiva de la LOIPEVM y su Reglamento, con el apoyo de ONU Mujeres. Esta versin tiene un lenguaje sencillo y comprensible a fin de que sirva a todos los miembros de la sociedad.
- Con el apoyo de CARE se ha producido y publicado videos animados explicativos cobre el contenido de la ley.
- Por otra parte, los servicios implementados son las Casas de Acogida; Centros de Atencin, gestionadas por sociedad civil y financiados por el Estado; un bono (a travs del MIES) para los hijos/as de vctimas de femicidio, como parte de la responsabilidad el Estado y como medida de reparacin (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas Para los Derechos Humanos , 2020)
Lamentablemente en el Ecuador, aunque , la Agenda Nacional para la Igualdad de Gnero 2018- 2021, contempla una poltica especfica para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y en coherencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 se pretende Reducir la tasa de violencia de gnero, especialmente por femicidios de 0,85 a 0,82 por cada 100.000, actualmente de acuerdo a lo que se ha revisado no existen otros mecanismos instaurados para la erradicacin de la violencia de gnero, lo que existe actualmente son propuestas de ordenanzas, protocolos, reformas y actualizaciones, que resultan insuficientes al momento de afrontar la realidad preocupante del pas.
Declaracin de autores
Francisco Javier Cevallos Ortega y Paulina Leticia Mena Manzanillas, estructuramos el presente artculo y lo desarrollamos en base al problema socio-jurdico. La importancia de esta investigacin radica en que a la violencia de gnero ha estado presente en todas las pocas y en todas las culturas, sin embargo es preciso conocer con datos reales la situacin de la mujer ecuatoriana en la poca de la pandemia, para tener conocimiento sobre las cifras de violencia de gnero que ubica a las mujeres y a las nias en situaciones de desventaja, en planos de inferioridad e inseguridad, lo cual atenta contra los derechos humanos y vulnera el principio de igualdad que es un elemento fundamental sobre el cual debe cimentarse cualquier sociedad sana y justa.
Conclusiones
El Ecuador no ha logrado avances significativos en la erradicacin de la violencia de gnero por lo que es necesario abordar las siguientes temticas:
Primera
En primer lugar como se mencion anteriormente, el pas tiene una serie de estereotipos formados a partir del machismo predominante, que se sustenta en las creencias e ideas de determinados comportamientos que minimizan y denigran a la mujer y lamentablemente el Cdigo Orgnico Integral Penal ecuatoriano acta como un reflejo de esos estereotipos de gnero, en donde se culpabiliza a la mujer, as lo sustenta la literatura en torno a este tema, que nos refiere adems de los porcentajes presentados anteriormente, a los testimonios de mujeres que por denunciar un hecho de violencia son tildadas de no reaccionar como se debe, se las culpabiliza, se las somete a juicios de valor y se subestima el impacto sufrido justificando a los agresores. Ante esta situacin en la que la legislacin y administracin de justicia no protege ni vela por la reparacin del dao causado, a la mujer sino que el sistema perpeta su dolor, las anula, las condena al silencio y, otras tantas veces, las precipita a quitarse la vida (Miranda , 2020), se considera de vital importancia una transformacin en la normativa, que se enfoque en la desestructuracin sistemtica de estos estereotipos de gnero, desarraigando todo vestigio de violencia dirigida a las mujeres y a las nias.
Segundo
Por otra parte, se requiere un mantenimiento e incremento en el presupuesto destinado a la Prevencin y erradicacin de la violencia de Gnero, para un efectivo accionar y finalmente es necesario el mantenimiento de los diferentes estamentos pblicos encargados de prevenir, garantizar, proteger y reparar la violencia de gnero, a fin de que se d continuidad a las acciones, para de esta manera cumplir con el objetivo de reducir la violencia hacia las mujeres y las nias.
Tercero
En el Ecuador, aunque , la Agenda Nacional para la Igualdad de Gnero 2018- 2021, contempla una poltica especfica para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y en coherencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 se pretende Reducir la tasa de violencia de gnero, especialmente por femicidios de 0,85 a 0,82 por cada 100.000, actualmente de acuerdo a lo que se ha revisado no existen otros mecanismos instaurados para la erradicacin de la violencia de gnero, lo que existe actualmente son propuestas de ordenanzas, protocolos, reformas y actualizaciones, que resultan insuficientes al momento de afrontar la realidad preocupante del pas.
Recomendaciones
Primera
La Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer requiere que los Estados adopten todas las medidas necesarias para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminacin de los prejuicios y las prcticas consuetudinarias y de cualquier otra ndole que estn basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Latinoamrica es una regin que avanza en materia de legislacin, con leyes que poco a poco abordan los componentes fsicos, psicolgicos, sexuales, econmicos y patrimoniales de la violencia; pero de lo cual esta normativa, en la prctica, la implementacin de dichas legislaciones tendr que tener una efectividad por un lado para que las mujeres que son vctimas de violencia, puedan presentar sus denuncias con la confianza de que los funcionarios que van a recibirlas (fiscalas- policas) gocen de un perfil o capacitacin necesario, con el fin de que no se conlleve a una posible revictimizacin en el momento de la atencin, es decir en caso de una denuncia por violencia sexual, psicolgica o verbal el departamento social, el cual est integrado por una psicloga- medido entre otros, en un margen de capacidad interinstitucional.
Segunda
Es necesario polticas integrales de atencin a la violencia, que deben iniciar por la prevencin, que debe incluir el cambio de los paradigmas patriarcales y el combate a los patrones e instituciones culturales que normalizan y naturalizan esta violencia. En este sentido, la prevencin de la violencia contra las mujeres y la violencia de gnero implica una transformacin cultural de las sociedades latinoamericanas, por lo que el involucramiento de los sistemas educativos que existen en los pases de la regin es vital para que el trabajo de prevencin y de construccin de patrones socioculturales se inicie con nias, nios y adolescentes.
Tercera
En el mbito de la prevencin, las propuestas normativas que se realicen debern contemplar una coordinacin institucional eficiente, de tal forma que se comprenda el dao causado a las mujeres vctimas de la violencia y el dao a la sociedad en la que habita, medidas de reparacin integral para la mujer vctima de violencia y mecanismos de atencin para las personas agresoras. En los casos en los que el acto de violencia amerite una sancin, mejorar los procesos de justicia, de tal forma que se reduzca la impunidad que comnmente acompaa a la justicia en nuestra regin.
Referencias
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