����������������������������������������������������������������������������������
El habeas corpus preventivo y correctivo en la legislaci�n ecuatoriana
El habeas corpus preventivo y correctivo en la legislaci�n ecuatoriana
O habeas corpus preventivo e corretivo na legisla��o equatoriana
![]() |
|||
![]() |
Correspondencia: Mtinoco4@utmachala.edu.ec
Ciencias Sociales y Pol�ticas ���
Art�culo de Investigaci�n
��
* Recibido: 23 de diciembre de 2022 *Aceptado: 12 de enero de 2023 * Publicado: 10 de febrero de 2023
- Universidad T�cnica de Machala-Machala, Ecuador, Ecuador.
- Universidad T�cnica de Machala-Machala, Ecuador, Ecuador.�������
- Universidad T�cnica de Machala-Machala, Ecuador, Ecuador.
Resumen
El presente trabajo tuvo por objeto llevar a cabo el an�lisis de las normas, jurisprudencia y doctrina respecto a la garant�a jurisdiccional del h�beas corpus, su definici�n, as� como su clasificaci�n, enfoc�ndonos espec�ficamente en el habeas corpus de tipo preventivo y correctivo. Para este fin, hemos utilizado el m�todo inductivo, partiendo de lo general a lo particular. Desde la definici�n de la acci�n de habeas corpus, se ha realizado un an�lisis hist�rico de la evoluci�n del habeas corpus en nuestra legislaci�n, para posteriormente determinar cu�les son los tipos de habeas corpus en el Ecuador, y concluir si efectivamente existe el habeas corpus preventivo y correctivo en nuestro pa�s. En la actualidad concurre una gran discusi�n a nivel nacional respecto de las finalidades de la figura del habeas corpus en nuestro pa�s, pues, son diferentes los criterios que son manejados a nivel acad�mico respecto a la matiz que posee el habeas corpus en nuestra legislaci�n, por lo que el presente trabajo ha tenido por objeto ofrecer respuestas frente a esta discusi�n. Los m�todos empleados dentro del presente trabajo investigativo fueron en base a enfoques documentales, con el m�todo anal�tico-sint�tico, y m�todos de investigaci�n jur�dica como el m�todo exeg�tico-anal�tico, m�todo deductivo partiendo desde conceptos generales hacia lo particular, enfoc�ndonos principalmente en el an�lisis de la legislaci�n nacional, as� como aportes doctrinarios y jurisprudenciales (nacionales y comparados).
Palabras Clave: Habeas Corpus; Garant�a Jurisdiccional; Derecho a la libertad; Derecho a la vida, Derecho a la integridad; Derecho a salud.
Abstract
The present work is intended to carry out the analysis of norms, jurisprudence and doctrine regarding the jurisdictional guarantee of habeas corpus, its definition, as well as its classification, focusing specifically on habeas corpus of a preventive and corrective type. For this purpose, we have used the inductive method, starting from the general to the particular. Since the definition of the action of habeas corpus, a historical analysis of the evolution of habeas corpus in our legislation has been carried out, in order to later determine which are the types of habeas corpus in Ecuador, and to conclude whether preventive habeas corpus and corrective in our country. At present, there is a great discussion at the national level regarding the purposes of the figure of habeas corpus in our country, because the criteria that are managed at an academic level are different with regard to the hue that habeas corpus poses in our legislation, for what the present work has been intended to offer responses to this discussion. The methods employed within the present investigative work were based on documentary approaches, with the analytical-synthetic method, and legal research methods such as the exegetical-analytical method, deductive method starting from general concepts to the particular, focusing mainly on the analysis of national legislation, as well as doctrinal and jurisprudential contributions (national and comparative).
Keywords: Habeas Corpus; Jurisdictional Guarantee; I deserve freedom; I deserve life, I deserve integrity; I deserve health.
Resumo
O presente trabalho teve por objeto levar a cabo a an�lise das normas, jurisprud�ncia e doutrina respeitadas � garantia jurisdicional de h�beas corpus, sua defini��o, assim como sua classifica��o, enfoc�ndonos especificamente no habeas corpus de tipo preventivo e corretivo. Para isso, utilizamos o m�todo indutivo, partindo do geral ao particular. Desde a defini��o da a��o de habeas corpus, se realizou uma an�lise hist�rica da evolu��o do habeas corpus em nossa legisla��o, para posteriormente determinar quais s�o os tipos de habeas corpus no Equador, e concluiu se efetivamente existe o habeas corpus preventivo e corretivo em nosso pa�s. Na atualidade concorrem uma grande discuss�o a n�vel nacional respeitando as finalidades da figura de habeas corpus em nosso pa�s, pues, s�o diferentes os crit�rios que s�o geridos a n�vel acad�mico respeitando a matiz que apresenta o habeas corpus em nossa legisla��o, por lo que o presente trabalho tem tido por objeto oferecer respostas frente a esta discuss�o. Os m�todos empregados no presente trabalho investigativo s�o baseados em abordagens documentais, com o m�todo anal�tico-sint�tico, e m�todos de investiga��o jur�dica como o m�todo exeg�tico-anal�tico, m�todo dedutivo partindo de conceitos gerais para o particular, focando-nos principalmente na an�lise de la legislaci�n nacional, assim como aportes doctrinarios y jurisprudenciales (nacionales y comparados).
Palavras-chave: Habeas corpus; Garantia Jurisdicional; Derecho a la libertad; Derecho a la vida, Derecho a la integridad; Derecho a saude.
����������������������������������������������������������������������������������������������
OJBETIVO GENERAL:
Realizar un an�lisis doctrinario y jurisprudencial de la garant�a jurisdiccional del h�beas corpus, para definir la utilidad del h�beas corpus correctivo y preventivo en la legislaci�n ecuatoriana.
OBJETIVOS ESPEC�FICOS:
- Determinar los tipos de habeas corpus que existen en nuestro pa�s, conforme las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador.
- Definir y clasificar los distintos tipos de habeas corpus en nuestro pa�s para poder comprender cada una de las finalidades del h�beas corpus.�
INTRODUCCI�N
La acci�n de Habeas Corpus es una garant�a jurisdiccional que tiene por objeto tutelar los derechos constitucionales a la libertad, a la vida, a la integridad f�sica y otros derechos conexos. Esta garant�a se encuentra reconocida en el art�culo 89 de nuestra Constituci�n, norma que prev� que esta acci�n tiene la finalidad de recuperar la libertad de aquella persona que haya sido privada de la misma de forma ilegal, arbitraria y/o ileg�tima.
En el presente trabajo se desarroll� un an�lisis de la figura del habeas corpus, partiendo de lo general a lo particular, para posteriormente enfocarnos en las finalidades correctiva y preventiva del h�beas corpus en nuestro pa�s. A su vez, se hizo un an�lisis comparado a efectos de poder arribar a conclusiones y establecer recomendaciones respecto de este importante debate acad�mico.
Cabe mencionar que la acci�n de H�beas Corpus no es una figura nueva, sino que su origen data desde la publicaci�n de la reconocida Carta Magna de 1215, documento en d�nde el Rey Juan I de Inglaterra -tambi�n conocido como Juan sin Tierra- promet�a entre otras cosas, la protecci�n de los derechos de los barones ante una detenci�n ilegal.
A lo largo de la historia, la figura del Habeas Corpus ha venido evolucionando hasta lo que conocemos hoy en d�a en nuestro pa�s como una garant�a jurisdiccional que se presenta ante un juez constitucional, sin embargo, aquello no ha sido siempre as�, pues, hace un tiempo atr�s eran los alcaldes quienes pose�an la competencia para resolver las acciones de Habeas Corpus.
Es precisamente la evoluci�n del Habeas Corpus lo que ha tra�do consigo un nuevo debate respecto a las finalidades y sus diferentes tipos; al respecto existen aportes doctrinarios y jurisprudenciales, que ameritan ser analizados a fin de poder arribar a conclusiones acerca del H�beas Corpus nuestra legislaci�n.
DESARROLL
Definici�n de H�beas Corpus
El H�beas Corpus posee m�ltiples definiciones las cuales var�an seg�n el pa�s, sin embargo, para efectos de llevar a cabo un an�lisis ambientado a la legislaci�n ecuatoriana podemos tomar dos definiciones, una gen�rica y una propia de nuestro ordenamiento jur�dico.�
La Fundaci�n Regional de Asesor�a en Derechos Humanos (2022) expone que el h�beas corpus al ser garant�a constitucional de protecci�n a los derechos humanos, su regulaci�n debe constituir un compromiso de los poderes p�blicos ante los ciudadanos y, por lo tanto, un proceso especial y preferente, por el que se debe solicitar del �rgano judicial competente el restablecimiento del derecho constitucional a la libertad, vulnerado por la comisi�n de cualquier detenci�n ilegal que pueda ser dispuesta por persona no encuadrada dentro del poder judicial. Esto implica que toda persona que fuere objeto de privaci�n o restricci�n de su libertad, y se viere amenazada en su seguridad personal, tiene derecho a que un juez competente con jurisdicci�n en el lugar donde se hubiese ejecutado el acto causante de la solicitud, o donde se encuentre la persona agraviada, presente una acci�n de h�beas corpus, a fin de restituir el derecho vulnerado.� (p�g. 8).
De esta forma, encontramos una definici�n g�nerica de la figura del H�beas Corpus, mientras que cu�ndo nos referimos al Habeas Corpus en nuestro pa�s, lo definimos como una garant�a jurisdiccional que tutela derechos fundamentales como la libertad, la vida, la integridad y la salud.
La garant�a constitucional del h�beas corpus es un proceso caracterizado por su sumariedad y sencillez, justamente para ejercer la protecci�n r�pida y efectiva de la libertad personal. Es necesario que a trav�s del ejercicio del habeas corpus se consiga una protecci�n adecuada; dispositivo primordial que ha sido reconocido y desarrollado en el derecho internacional, a trav�s de las normas y la jurisprudencia, respecto del significado del acceder a un recurso efectivo (COMISION ANDINA DE JURISTAS, 2000, p�g. 110).
El Ecuador en la actualidad es un estado consitutucional garantista de los derechos de los ciudadanos, siendo que ha existido un gran avance en materia de garant�as constitucionales a partir de la Constituci�n de 2008.
La acci�n de H�beas corpus busca recuperar la libertad de quien se encuentra privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ileg�tima, ya sea por orden de autoridad p�blica o cualquier otra persona, adem�s se pretende proteger la vida y la integridad f�sica de las personas privadas de la libertad. La autoridad competente para resolver sobre esta acci�n es un juez de primera instancia, quien convocar� a una audiencia que una vez presentado la demanda debe llamar en las 24 horas siguientes (Asamblea Nacional Constituyente, 2008) �
Por lo que cabe afirmar que el Habeas Corpus es una garant�a constitucional que tiene por objeto tutelar fundamentalmente el derecho a la libertad de quien ha sido privada de �sta de manera ilegal, arbitraria o ileg�tima; a su vez, tambi�n protege derechos como la salud, la vida, la integridad f�sica y otros derechos conexos. Siendo que esta garant�a posee un procedimiento sumar�simo, sencillo y eficaz, dada la naturaleza de nuestro Estado constitucional de derechos.
Antecedentes hist�ricos del H�beas Corpus
El antecedente m�s remotamente conocido del h�beas corpus, fue la carta magna de 1215 otorgada por el rey Juan �sin tierra� de Inglaterra, �La Carta Magna de Juan Sin Tierra es una serie de concesiones otorgadas el 15 de junio de 1215 a los nobles ingleses en el cual se compromet�a a respetar los fueros e inmunidades de los mismos.� (Machicado, 2008, p�g. 2).
Respecto a los antecedentes hist�ricos del h�beas corpus, el autor Garc�a Belaunde (2001), mencion�:
El Habeas Corpus apareci� a mediados del siglo XIII y de ah� se extendi� a las colonias inglesas, como lo prueba en forma palpable el constitucionalismo norteamericano. Y fue creado precisamente para combatir las detenciones arbitrarias hechas por las autoridades e incluso por los particulares, en �pocas de autoritarismo y excesos notorios (p�g.7).
En el caso ecuatoriano la Constituci�n del a�o 1929 introduce al habeas corpus como mecanismo de protecci�n del derecho de libertad, pero el mismo no fue funcional sino hasta el a�o 1933 en que mediante decreto ley por primera vez se defini� la autoridad competente para hacerlo efectivo, potestad encargada a los presidentes de Consejos Municipales, naciendo as� como una garant�a m�s bien de orden administrativa y sin lugar a dudas con un fondo pol�tico y de clases (Campoverde Nivicela, Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela , 2018, p�g. 12) �
�Desde 1945, debido al car�cter progresivo del avance de los derechos consagrados en el ejercicio constitucional ecuatoriano, ha estado presente en todas las Constituciones posteriores, ya que se ha respetado esta garant�a por su efectividad para defender la libertad� (INREDH, 2022)
En la Constituci�n de 1998, la persona que pod�a acogerse a este recurso eran quienes consideraran encontrarse ilegalmente privada de la libertad, mientras que en la Constituci�n del 2008 existe un gran avance al respecto al disponer que el H�beas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quienes se encuentren privados de ella de forma ilegal, arbitraria o ileg�tima por orden de autoridad p�blica o de cualquier persona, as� como de proteger la vida y la integridad f�sica de las personas privadas de la libertad (INREDH, 2022).
Es evidente el cambio de paradigma que ha sufrido la figura del h�beas corpus en nuestro pa�s a partir de la Constituci�n de Montecristi. �El h�beas corpus en la Constituci�n del 2008, se ha constitucionalizado, a partir de un cambio paradigm�tico respecto de la naturaleza del Estado y a lo estatal: el Estado constitucional de derechos y justicia.� �(Parra Mart�nez , 2012, p�g. 34) .
Mientras que en d�cadas anteriores esta garant�a se utilizaba �nicamente frente a �dentenciones ilegales�, ahora tutela otros derechos, adem�s del derecho a la libertad, siendo que protege el derecho a la vida, a la salud y a la integridad.
Alcance de la garant�a de Habeas Corpus en la legislaci�n ecuatoriana
En resumen, normalmente se define al habeas corpus como una garant�a para recuperar la libertad de qui�n haya sido privado ilegal, arbitraria o ileg�timamente de �sta, sin embargo, debemos tener en cuenta que actualmente en nuestro pa�s, esta garant�a tutela otros derechos constitucionales.
El autor Castro Del Pozo (2017), refiere lo siguiente:
Pero el H�beas Corpus no solo posee un alcance en la garant�a de la libertad, sino que tambi�n est� destinada a proteger la vida e integridad f�sica de los privados de ella, de forma tal que puede ser considerada como una garant�a que proteger la libertad ante las detenciones ilegales, arbitrarias e ileg�timas, pero tambi�n, una vez que dicha detenci�n ha sido realizada por no caracterizarse de ninguna de los tres elementos que la afectan, entonces extiende su contenido para proteger el bienestar f�sico y la vida mismo del detenido. (p�g. 85) .
Seg�n los autores Hernandez & Contreras (2021):
Los derechos que protege esta garant�a (libertad, vida, integridad, f�sica y otros derechos conexos) hacen necesario que los jueces analicen �la totalidad de detenci�n� y las �condiciones actuales� de la persona privada de libertad.
Cuando los jueces no se limitan a analizar el momento de la detenci�n, sino que efect�an el an�lisis m�s amplio de �todo� el proceso de privaci�n de libertad, que no se agota en la orden. (p�g. 194)
El Habeas Corpus ha sido integrada a la legislaci�n como un mecanismo garantista para evitar las irregularidades que suelen darse en la privacion de libertad de las personas, esto la convierte en un medio eficaz para la correcci�n de ciertas arbitrariedades o vulneracion de derechos en cuanto a la libertad personal, con la finalidad de proteger derechos humanos. �Son, los derechos humanos, valores que dimanan en ese macro-valor que se llama dignidad� (Zavala Egas, Zavala Luque, & Acosta Zavala, 2012).
Este mecanismo procede cuando se presentan arbitrariedades dentro del sistema de privacion de libertad en donde deben existir recursos adecuados dentro de este proceso y si estos no se encuentran bajo los princios y valores constitucionales el Estado debe tener los recursos necesarios y reparar los da�os causados mediante procesos agiles y sencillos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos manifiesta que:
Las garant�as sirven para proteger, asegurar o hacer valer la titularidad o el ejercicio de un derecho. Como los Estados Partes tienen la obligaci�n de reconocer y respetar los derechos y libertades de la persona, tambi�n tienen la de proteger y asegurar su ejercicio a trav�s de las respectivas garant�as (Art. 1 (1), vale decir, de los medios id�neos para que los derechos y libertades sean efectivos en toda circunstancia. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, p�g. 64)
La Constitucion del Ecuador enmarca a la Accion de Habeas Corpus como una garantia jurisdiccional, que es caracteristica por los siguientes principios: rapidez, informalidad, inmediacion, bilateralidad. Lo que la hace una herramienta que sera cumplida de forma inmediata, adecuada y efectiva, que determina la necesidad adecuada de ambas partes como lo son la autoridad y el detenido; que adem�s activa una verdadera accion constitucional y que tendra supremac�a frente a normas inferiores.
Tipos de H�beas Corpus en el Ecuador
La Corte Constitucional del Ecuador como m�ximo �rgano de interpretaci�n y administraci�n de justicia constitucional en nuestro pa�s, ha establecido las diferentes clases de Habeas Corpus que son aplicados en el Ecuador, dentro de la sentencia 253-20-JH/22 en el reconocido y c�lebre �caso �mona chorongo�.
Dentro de la sentencia No. 253-20-JH/22 se establecen los tipos de Habeas Corpus que existen en el Ecuador, y se hace menci�n a cinco tipos de habeas corpus: restaurativo, correctivo, traslativo, instructivo, conexo; es preciso destacar que en esta sentencia la Corte Constitucional no hace menci�n al habeas corpus preventivo.
Como podemos apreciar la Corte Constitucional ofrece criterios para poder clasificar a los distintos tipos de h�beas corpus y poder identificarlos seg�n el caso concreto, de este modo observamos que el habeas corpus en nuestra legislaci�n posee varios matices, tutela varios derechos, y se puede proponer en diferentes circunstancias conforme lo expuesto por la Corte Constitucional en la sentencia Nro. 253-20-JH/22.
Modalidades de Habeas Corpus en la jurisprudencia peruana (derecho comparado)
Una vez que hemos analizado los tipos de habeas corpus en nuestra legislaci�n, conviene hacer un estudio comparado a fin de poder distinguir diferencias y similitudes del habeas corpus en otros pa�ses con nuestro ordenamiento jur�dico.
El Tribunal Constitucional Peruano dentro de la sentencia No. STC 2663-2003-PHC, ha establecido una tipolog�a de h�beas corpus, por lo conviene citar el contenido de esta sentencia para poder comprender similitudes y diferencias con nuestra legislaci�n.
El Tribunal Constitucional de Per�, (2003), manifest� lo siguiente:
En funci�n a este ensanchamiento del car�cter y contenido del h�beas corpus, la doctrina ha elaborado una tipolog�a, de la cual resumidamente damos cuenta:
�a) El h�beas corpus reparador.
b) El h�beas corpus restringido.
c) El h�beas corpus correctivo.
d) El h�beas corpus preventivo.
e) El h�beas corpus traslativo.
f) El h�beas corpus instructivo.
g) El h�beas corpus innovativo.
h) El h�beas corpus conexo. (p�gs. 3-8).
De esta manera evienciamos c�mo en Per�, el Tribunal Constitucional ha establecido que existen 8 tipos de habeas corpus, mientras que la Corte Constitucional del Ecuador ha determinado que existen 5 tipos de habeas corpus en nuestro pa�s.
Reparaci�n integral dentro del Habeas Corpu
Podemos empezar a definir la Reparaci�n Integral y su alcance como la restituci�n de las cosas a su estado inicial antes de hacerse efectiva la acci�n u omisi�n de determino la violaci�n de un derecho, que, en ciertas ocasiones, dependiendo del caso en concreto, donde debido al tiempo de privaci�n de libertad si se extiende mucho, es materialmente irrecuperable.
En s�, las medidas de reparaci�n integral dentro de la garant�a jurisdiccional del habeas corpus, var�an seg�n el tipo de h�beas corpus que se haya propuesto, ya que si se alega una vulneraci�n del derecho a la salud debido a la ausencia de un tratamiento m�dico, no se podr�a disponer como reparaci�n que la persona recupere su libertad de inmediato.�
Frente a la vulneraci�n de derechos constitucionales, la reparaci�n integral: 1) Es un mecanismo de protecci�n 2) Tiene como objetivo dictar medidas que procuren ubicar a la persona en situaci�n similar o igual a la que ten�a previo a la vulneraci�n de derechos. 3) No consiste �nicamente en declarar sin efecto el fallo impugnado, sino que deber� referirse a la situaci�n jur�dica que esto ha ocasionado al justiciable; y, 4) Las medidas deben ser consecuentes con el da�o material e inmaterial generado. (Hernandez & Contreras, 2021, p�g. 77) .
Debemos tener en cuenta que los mecanismos de reparaci�n integral, var�an seg�n la garant�a jurisdiccional. Por lo que en el presente trabajo nos corresponde enfocarnos exclusivamente en la reparaci�n integral dentro de la garant�a de habeas corpus.
La conceptualizaci�n de la reparaci�n integral por la violaci�n de derechos debe contener alcances profundos en los casos de habeas corpus, respecto al proyecto de vida de las personas a las que se les afect� sus derechos, debiendo ser comprendida como la enmienda total del da�o causado con la afectaci�n a la libertad personal.
Esta reparaci�n debe considerar cuatro par�metros para que sea realmente integral, la restituci�n; la indemnizaci�n; el proyecto de vida; la satisfacci�n y las garant�as de no repetici�n. (Campoverde Nivicela, Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela , 2018, p�g. 24) .
Una vez que se declara la vulneraci�n de derechos, se deber� declarar en sentencia por un juez la valoraci�n de da�os materiales e inmateriales para ordenar la reparaci�n integral a la v�ctima, pero teniendo en cuenta que esto se limita solo en cuanto al perjuicio ocasionado.
Por lo que depende de la modalidad de habeas corpus, los derechos que hayan sido vulnerados lo que determinar� los mecanismos de reparaci�n integral que deber�n ser dispuestos por los administradores de justicia. Siendo que frente a una detenci�n ilegal, arbitraria o ileg�tima se deber� disponer la inmediata libertad de la persona agraviada, mientras que frente a una vulneraci�n del derecho a la salud se deber� disponer la atenci�n m�dica requerida como mecanismo de reparaci�n, de este modo evidenciamos que las medidas de reparaci�n integral depender�n del tipo de h�beas corpus propuesto, y, del an�lisis del juzgador, qui�n deber� observar principios constitucionales como el iura novit curia, por ejemplo.
El H�beas Corpus correctivo en la legislaci�n ecuatoriana
Para efectos de poder abordar al habeas corpus correctivo en nuestra legislaci�n, es preciso en primer lugar definir a esta categor�a de Habeas corpus. Sobre este tipo de habeas corpus, el Tribunal Constitucional de Per�, (2003), estableci� la siguiente definici�n:
Procede ante la amenaza o acto lesivo del derecho a la vida, la integridad f�sica y psicol�gica, o del derecho a la salud de los reclusos o personas que se encuentran bajo una especial relaci�n de sujeci�n internados en establecimientos de tratamiento p�blicos o privados (tal el caso de personas internadas en centros de rehabilitaci�n y de menores, en internados estudiantiles, etc.). Igualmente, es id�neo en los casos en que, por acci�n u omisi�n, importen violaci�n o amenaza del derecho al trato digno o se produzcan tratos inhumanos o degradantes. (�).
Dicha modalidad, a su vez, es usada cuando se producen actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la libertad. Por ende, su fin es resguardar a la persona de tratamientos carentes de razonabilidad y proporcionalidad, cuando se ha determinado cumplir un mandato de detenci�n o de pena. (p�g. 5).
Seg�n esta definici�n, la finalidad correctiva del habeas corpus radica en la necesidad de corregir situaciones irregulares en las que produce un menoscabo a derechos como la salud, integridad, entre otros., teniendo como base fundamental la dignidad humana.
Seg�n el autor Freire Cruz (2021):
La modalidad correctiva del H�beas Corpus le orienta al resguardo de las garant�as constitucionales en el marco de esas privaciones ileg�timas, es decir, que se concibe como una herramienta jur�dica que tutela la dignidad del trato carcelario. De acuerdo a la doctrina, esta modalidad aplica en situaciones en que las personas que se encuentran legalmente privadas de su libertad, pero de alguna manera sufren agravio por las condiciones degradantes en que se cumple su detenci�n, en menoscabo de sus derechos esenciales. Por tanto, la modalidad correctiva del h�beas corpus es una herramienta constitucional que resulta fundamental para garantizar adem�s el efectivo acceso a la justicia de las personas privadas de su libertad entendiendo que tienen una mayor condici�n de vulnerabilidad. (p�g. 19) .
As�, concluimos que el habeas corpus correctivo tiene por objeto la tutela de derechos fundamentales de la persona privada de libertad, cu�ndo existe una situaci�n que afecte su dignidad y derechos fundamentales dentro de su periodo de reclusi�n.
La Corte dice que el objetivo del Habeas Corpus correctivo son los derechos de privacion de libertad y la finalidad es garantizar los derechos conexos (ejemplo: vida familiar, libre desarrollo de la personalidad, autonom�a) que se vulnera gravemente durante la misma. Sentencia No. 365-15-JH/21. (Hernandez & Contreras, 2021, p�g. 142)
Es importante recalcar que las personas privadas de libertad tienen el derecho de declarar sobre el trato que se recibe dentro de los centros penitenciarios ya que dentro del Habeas corpus correctivo corresponde a una de sus garantias y que el Estado debe ser el principal encargado de hacer cumplir estos derechos de los reclusos, en donde ellos tengan la libertad de poder acercarse al estado para poder exponer su situacion y que esta sea corregida.
La acci�n de habeas corpus en el Ecuador ha superado la cl�sica legitimaci�n activa de los casos en que exista una detenci�n arbitraria, ilegal o ilegitima, sino que se han abierto muchas m�s posibilidades f�cticas que podr�an motivar una acci�n de esta naturaleza, como los casos de desaparici�n forzada de personas; incluso el objeto mismo de la garant�a es mucho m�s amplio, extendi�ndose que alcanza la protecci�n de la vida, la integridad y derechos conexos de las personas privadas de libertad. (Campoverde Nivicela , Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela, 2018) .
Dentro de lo mencionado anteriormente sobre la situaci�n que viven las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios no es solamente que exponga sobre el trato que reciben dentro de los mismos, sino que tambien se cumplan con otros puntos importantes en cuanto a la garantia de sus derechos como lo son: la salud, la educacion, el acceso a la recreaci�n dentros de los mismos centros, etc. Asi como lo establece el Art. 51 de la Constitucion del Ecuador.
La Corte Constitucional del Ecuador (2021) hace �nfasis en que toda autoridad p�blica, administrativa o judicial tiene la obligaci�n de actuar dentro del �mbito de sus competencias para impedir o hacer cesar amenazas o vulneraciones a la integridad personal, independientemente de la caracterizaci�n de la vejaci�n, es decir, sea que se trate de tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes.
En conclusion, la Corte reitera que las normas constitucionales o legales que protegen el derecho a la integridad personal no son susceptibles de suspensi�n bajo ninguna circunstancia, as� como tampoco se puede suspender o impedir la posibilidad de presentar la acci�n de h�beas corpus para proteger este derecho y hacer efectiva la prohibici�n de tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes. Como se ha indicado, la acci�n de h�beas corpus tiene fines correctivos. (p�g. 26).
En s�ntesis, el habeas corpus tambi�n tiene por finaldiad corregir eventos irregulares que menoscaben derechos relacionados con la dignidad humana, como la salud, la vida, entre otros. En eso consiste su finalidad correctiva.
El H�beas Corpus preventivo en la legislaci�n ecuatoriana
El habeas corpus preventivo es una figura controvertida dentro de nuestra legislaci�n, el debate radica en determinar si efectivamente este tipo de habeas corpus es aplicable dentro de nuestra legislaci�n.
De lo expuesto en el presente trabajo, concluimos que no existe un pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional ecuatoriana respecto del habeas corpus preventivo, lo cual nos genera muchas interrogantes sobre la finalidad preventiva de esta garant�a jurisdiccional, en ese contexto conviene citar a la sentencia No. STC 2663-2003-PHC emitida por el Tribunal Constitucional de Per�.
El Tribunal Constitucional de Per� (2003), dentro de la sentencia No. STC 2663-2003-PHC, refiri� lo siguiente respecto del habeas corpus preventivo:
�ste podr� ser utilizado en los casos en que, no habi�ndose concretado la privaci�n de la libertad, existe empero la amenaza cierta e inminente de que ello ocurra, con vulneraci�n de la Constituci�n o la ley de la materia. Al respecto, es requisito sine qua non de esta modalidad que los actos destinados a la privaci�n de la libertad se encuentran en proceso de ejecuci�n; por ende, la amenaza no debe ser conjetural ni presunta. (p�gs. 5-6).
La funci�n preventiva existe �nicamente cu�ndo no se ha materializado la privaci�n de libertdad, sin este requisito, no podemos afirmar que estamos ante un h�beas corpus preventivo.
El H�beas Corpus Preventivo es una instituci�n que permite evitar o prevenir el hecho de que una persona pueda ser privada arbitraria, ilegal e ileg�timamente de la libertad, el fin de esta figura no es la libertad del procesado evadiendo as� su condena, es el garantizar que la persona procesada en ninguna de sus etapas llegue a sufrir vulneraci�n alguna a sus derechos constitucionales, respetando as� su dignidad como persona procesada, sin embargo, esta figura no est� contemplada en las leyes ecuatorianas. (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, p�g. 45).
De esta forma apreciamos que la finalidad preventiva del habeas corpus, surgir�a para impedir que se produzca una vulneraci�n de derechos constitucionales, pero sin que exista una privaci�n de libertad ambulatoria.
Con la incorporaci�n de la figura del Habeas Corpus Preventivo se podr�a evitar la vulneraci�n de los derechos a la libertad ambulatoria, la integridad f�sica y la vida de los seres humanos, haciendo valer esta figura preventiva antes que se llegase a vulnerar estos derechos, sin que exista la posibilidad de que la persona procesada tenga que estar privada de su libertad para que pueda activar esta garant�a constitucional (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, p�g. 34).
En el a�o 2019 con el caso Filanbanco de los hermanos Isa�as, fue presentado el recurso de Habeas Corpus preventivo por su procurador judicial de este entonces Dr. Jorge Zavala en donde se argumento que la finalidad de este ser�a la libertad de tr�nsito y el libre ejercicio del derecho y fue aceptado por la Corte de Justicia del Guayas, sin embargo, posteriormente la Corte Nacional de Justicia notific� al Consejo de la Judicatura que se lleve a cabo una investigaci�n por el cual el tribunal Provincial del Guayas otorg� dicha figura inexistente en la legislaci�n ecuatoriana y luego de verificar que la argumentaci�n de hechos y de derecho carec�an de motivaci�n decidi� destituir a los jueces que hab�an aceptado el Habeas Corpus preventivo ya que �ste no se encontraba �normado.
Esta figura no ha sido procedente de aplicaci�n dentro del r�gimen ecuatoriano, pues no se encuentra normado en ning�n cuerpo legal y mientras la Corte Constitucional no se pronuncie al respecto o esta se incorpore dentro de nuestra jurisprudencia, existir�n dudas y debates sobre �ste tem�tica.
Se deber�a pronunciar la Corte Constitucional sobre la aplicabilidad en el territorio ecuatoriano de la figura del H�beas Corpus Preventivo, dando a conocer si es procedente o no aplicar esta figura, casos en lo que se deber�a invocar, con la finalidad de que los jueces ordinarios, provinciales puedan concederla o negarla de forma motivada, as� como para los abogados que consideraran �til esta figura para precautelar los derechos vulnerados de sus representados, con los antecedentes que se han dado existe duda de la utilizaci�n de la misma, los jueces est�n yendo m�s all� del texto normativo, de la definici�n del articulo ochenta y nueve de la Constituci�n de la rep�blica del Ecuador, la cual establece que la garant�a jurisdiccional tiene por objeto principal la recuperaci�n de la libertad de las personas que se encuentren privadas de ella, por lo tanto es de car�cter reparador, al ser utilizada esta figura inexistente en dos casos de peculado, nos deja la duda de posible presencia de corrupci�n en la justicia ecuatoriana, con el pronunciamiento de la Corte Constitucional, se asegurar�a la transparencia dentro de este tipo de procesos que suelen ser de gran conmoci�n social y con altos valores de dinero. (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, p�g. 25).
En virtud de lo expuesto, corresponde analizar los argumentos seg�n los cuales podemos arribar a la conclusi�n de que en nuestro pa�s no cabe la aplicaci�n del habeas corpus preventivo, en ese sentido, el sustento para dicha afirmaci�n radica en que no se puede prevenir a trav�s de un h�beas corpus una vulneraci�n del derecho a la libertad, pues, si como en el caso de los hermanos Isa�as se alega una restricci�n de circular libremente por el territorio ecuatoriano, se entiende ya se ha producido una afectaci�n al derecho a la libertad ambulatoria, por lo que la finalidad del h�beas corpus dejar�a de ser preventiva, pues, no previene sino que repara la vulneraci�n de este derecho.�
CONCLUSI�N
En virtud de la evoluci�n de nuestro sistema de garant�as jurisdiccionales, la Corte Constitucional ecuatoriana ha decidido calisifcar los distintos tipos de habeas corpus que son aplicables en� nuestro pa�s: restaurativo, correctivo, traslativo, instructivo, conexo (sentencia No. sentencia 253-20-JH/22 �mona chorongo�). Empero, la Corte no hace referencia a que en nuestro pa�s exista el habeas corpus preventivo, lo cual ha generado un inmenso debate a nivel nacional sobre este tema. E incluso se ha generado una gran problem�tica a nivel nacional ocasionada por la mala interpretaci�n de las reglas jurisprudenciales de la Corte, ya que a diario se suscitan problemas pr�cticos dentro de las causas de h�beas corpus por el desconocimiento de parte de abogados y jueces acerca de las distintas finalidades de habeas corpus. �
En este trabajo concluimos que las finalidades correctiva y preventiva, han sido establecidas por la doctrina y jurisprudencia internacional. Es indudable que el habeas corpus correctivo es aplicable en nuestro pa�s, y funge como una figura para remediar o corregir situaciones en las que una persona privada de libertad padezca situaciones que ameriten ser corridas como maltratos tratos degradantes, etc., a efectos de garantizar el respeto a la dignidad humana. �No obstante, existen dudas sobre la aplicaci�n del habeas corpus preventivo. Pues, para esta finalidad se requiere que a�n no exista una afectaci�n al derecho a la libertad ambulatoria.
De los aportes doctrinarios y jurisprudenciales revisados, concluimos que en nuestro pa�s no es aplicable el habeas corpus preventivo, pues, �ste no ha sido reconocido por la Corte Constitucional, y, en base al an�lisis que realizan varios juristas, no cabe la aplicaci�n del habeas corpus preventivo debido a que en el momento en que exista una restricci�n de circular libremente por el territorio nacional ya se estar�a vulnerando el derecho a la libertad ambulatoria, por lo que no cabr�a afirmar que el habeas corpus sea preventivo, pues, ya existi� una vulneraci�n de este derecho.
Es precisamente esta omisi�n por parte de la Corte Constitucional, lo que genera que al d�a de hoy existan muchas dudas sobre la aplicaci�n del habeas corpus preventivo en nuestro pa�s. Debido a ello, conviene recomendar que se exija al m�ximo �rgano de administraci�n e interpretaci�n de justicia constitucional de nuestro pa�s, que emita un pronunciamiento respecto a la finalidad preventiva del h�beas corpus, de esta manera, lograremos ofrecer a los administradores justicia una visi�n m�s adecuada y clara acerca de c�mo resolver las causas de habeas corpus, para lograr establecer ese garantismo constitucional ligado a la tutela judicial efectiva que todos anhelamos.
Referencias
1. Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador. Montecristi.
2. Bucheli, M. E. (25 de junio de 2015). Derecho ecuador. Obtenido de https://www.derechoecuador.com/estructura-del-tipo-penal-una-resena-de-los-elementos-que-componen-el-delito
3. Campoverde Nivicela , L., Moscoso Parra, R., & Campoverde Nivicela, A. (febrero de 2018). Scielo. Obtenido de http://scielo.sld.cu/pdf/rus/v10n2/2218-3620-rus-10-02-335.pdf
4. Campoverde Nivicela, J., Moscoso Parra, R., & Campoverde Nivicela , A. (2018). El derecho a la reparaci�n integral y la garant�a jurisdiccional de habeas corpus. Scielo, 12.
5. Castro Del Pozo, J. (2017). El Habeas Corpus como mecanismo de protecci�n de la libertad personal. Universidad Central del Ecuador, 85.
6. COMISION ANDINA DE JURISTAS. (2000). Los Procesos de Amparo y H�beas Corpus. Lima.
7. C�rdova, A. C. (2015). El garantismo en el constitucionalismo ecuatoriano. . Universidad Andina Sim�n Bol�var, 11.
8. Corte Constitucional del Ecuador. (24 de marzo de 2021). corteconstitucional.gob.ec. Obtenido de http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/e2NhcnBldGE6J3RyYW1pdGUnLCB1dWlkOidmNzM1YWFmYi01ZWZiLTRlOWEtYmY1NC00MWU2ZjhmZWYwZjAucGRmJ30=
9. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). Segundo Informe Sobre la Situaci�n de los Derechos Humanos en Per� CIDH. LIma.
10. Freire Cruz , M. (2021). Universidad Cat�lica de Santiago de Guayaquil. Obtenido de http://201.159.223.180/bitstream/3317/17724/1/T-UCSG-POS-MDC-251.pdf
11. Fundaci�n Regional de Asesor�a en Derechos Humanos. (07 de Mayo de 2022). inredh.org. Obtenido de https://inredh.org/avance-del-habeas-corpus-en-el-ecuador/
12. Garc�a Belaunde, D. (2001). El Habeas Corpus en Am�rica Latina: antecedentes, desarrollo y perspectivas. Universidad San Francisco de Quito, 7.
13. Hernandez, V., & Contreras, A. (2021). La Corte dice, 500 criterios jurisprudenciales- A�o 1. Guayaquil: Imprent: Imprenta y Offset "Victor".
14. INREDH. (07 de Mayo de 2022). inredh.org. Obtenido de https://inredh.org/avance-del-habeas-corpus-en-el-ecuador/#:~:text=El%20h%C3%A1beas%20corpus%20es%20una,la%20detenci%C3%B3n%20determinando%20si%20esta
15. Machicado, J. (2008). Carta Magna de Juan sin Tierra. CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO.
16. Moreno, L. R. (2014). La bipolaridad del derecho penal. Quito: Cevallos.
17. Padilla Balarezo, L., & Vazquez Calle , J. (27 de Julio de 2020). Revista Cientifica FIPCAEC. Obtenido de file:///C:/Users/LEALTAD/Downloads/244-Texto%20del%20art%C3%ADculo-447-1-10-20200727.pdf
18. Parra Mart�nez , G. (2012). Repositorio Institucional de la Universidad del Azuay. Obtenido de https://dspace.uazuay.edu.ec/bitstream/datos/5329/1/08714.pdf
19. Tribunal Constitucional de Per�. (2003). Cuadernos de Jurisprudencia . Obtenido de https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2004/02663-2003-HC.pdf
20. Valencia, Y. P. (2006). Existencia del Derecho Penal del Enemigo en el Derecho Internacional. . Revista Latinoamericana de Derechos Humanos, 22.
� 2023 por los autores. Este art�culo es de acceso abierto y distribuido seg�n los t�rminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribuci�n-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
(https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/).
Enlaces de Referencia
- Por el momento, no existen enlaces de referencia
Polo del Conocimiento
Revista Científico-Académica Multidisciplinaria
ISSN: 2550-682X
Casa Editora del Polo
Manta - Ecuador
Dirección: Ciudadela El Palmar, II Etapa, Manta - Manabí - Ecuador.
Código Postal: 130801
Teléfonos: 056051775/0991871420
Email: polodelconocimientorevista@gmail.com / director@polodelconocimiento.com
URL: https://www.polodelconocimiento.com/