El habeas corpus preventivo y correctivo en la legislacin ecuatoriana
El habeas corpus preventivo y correctivo en la legislacin ecuatoriana
O habeas corpus preventivo e corretivo na legislao equatoriana
Correspondencia: Mtinoco4@utmachala.edu.ec
Ciencias Sociales y Polticas
Artculo de Investigacin
* Recibido: 23 de diciembre de 2022 *Aceptado: 12 de enero de 2023 * Publicado: 10 de febrero de 2023
- Universidad Tcnica de Machala-Machala, Ecuador, Ecuador.
- Universidad Tcnica de Machala-Machala, Ecuador, Ecuador.
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Resumen
El presente trabajo tuvo por objeto llevar a cabo el anlisis de las normas, jurisprudencia y doctrina respecto a la garanta jurisdiccional del hbeas corpus, su definicin, as como su clasificacin, enfocndonos especficamente en el habeas corpus de tipo preventivo y correctivo. Para este fin, hemos utilizado el mtodo inductivo, partiendo de lo general a lo particular. Desde la definicin de la accin de habeas corpus, se ha realizado un anlisis histrico de la evolucin del habeas corpus en nuestra legislacin, para posteriormente determinar cules son los tipos de habeas corpus en el Ecuador, y concluir si efectivamente existe el habeas corpus preventivo y correctivo en nuestro pas. En la actualidad concurre una gran discusin a nivel nacional respecto de las finalidades de la figura del habeas corpus en nuestro pas, pues, son diferentes los criterios que son manejados a nivel acadmico respecto a la matiz que posee el habeas corpus en nuestra legislacin, por lo que el presente trabajo ha tenido por objeto ofrecer respuestas frente a esta discusin. Los mtodos empleados dentro del presente trabajo investigativo fueron en base a enfoques documentales, con el mtodo analtico-sinttico, y mtodos de investigacin jurdica como el mtodo exegtico-analtico, mtodo deductivo partiendo desde conceptos generales hacia lo particular, enfocndonos principalmente en el anlisis de la legislacin nacional, as como aportes doctrinarios y jurisprudenciales (nacionales y comparados).
Palabras Clave: Habeas Corpus; Garanta Jurisdiccional; Derecho a la libertad; Derecho a la vida, Derecho a la integridad; Derecho a salud.
Abstract
The present work is intended to carry out the analysis of norms, jurisprudence and doctrine regarding the jurisdictional guarantee of habeas corpus, its definition, as well as its classification, focusing specifically on habeas corpus of a preventive and corrective type. For this purpose, we have used the inductive method, starting from the general to the particular. Since the definition of the action of habeas corpus, a historical analysis of the evolution of habeas corpus in our legislation has been carried out, in order to later determine which are the types of habeas corpus in Ecuador, and to conclude whether preventive habeas corpus and corrective in our country. At present, there is a great discussion at the national level regarding the purposes of the figure of habeas corpus in our country, because the criteria that are managed at an academic level are different with regard to the hue that habeas corpus poses in our legislation, for what the present work has been intended to offer responses to this discussion. The methods employed within the present investigative work were based on documentary approaches, with the analytical-synthetic method, and legal research methods such as the exegetical-analytical method, deductive method starting from general concepts to the particular, focusing mainly on the analysis of national legislation, as well as doctrinal and jurisprudential contributions (national and comparative).
Keywords: Habeas Corpus; Jurisdictional Guarantee; I deserve freedom; I deserve life, I deserve integrity; I deserve health.
Resumo
O presente trabalho teve por objeto levar a cabo a anlise das normas, jurisprudncia e doutrina respeitadas garantia jurisdicional de hbeas corpus, sua definio, assim como sua classificao, enfocndonos especificamente no habeas corpus de tipo preventivo e corretivo. Para isso, utilizamos o mtodo indutivo, partindo do geral ao particular. Desde a definio da ao de habeas corpus, se realizou uma anlise histrica da evoluo do habeas corpus em nossa legislao, para posteriormente determinar quais so os tipos de habeas corpus no Equador, e concluiu se efetivamente existe o habeas corpus preventivo e corretivo em nosso pas. Na atualidade concorrem uma grande discusso a nvel nacional respeitando as finalidades da figura de habeas corpus em nosso pas, pues, so diferentes os critrios que so geridos a nvel acadmico respeitando a matiz que apresenta o habeas corpus em nossa legislao, por lo que o presente trabalho tem tido por objeto oferecer respostas frente a esta discusso. Os mtodos empregados no presente trabalho investigativo so baseados em abordagens documentais, com o mtodo analtico-sinttico, e mtodos de investigao jurdica como o mtodo exegtico-analtico, mtodo dedutivo partindo de conceitos gerais para o particular, focando-nos principalmente na anlise de la legislacin nacional, assim como aportes doctrinarios y jurisprudenciales (nacionales y comparados).
Palavras-chave: Habeas corpus; Garantia Jurisdicional; Derecho a la libertad; Derecho a la vida, Derecho a la integridad; Derecho a saude.
OJBETIVO GENERAL:
Realizar un anlisis doctrinario y jurisprudencial de la garanta jurisdiccional del hbeas corpus, para definir la utilidad del hbeas corpus correctivo y preventivo en la legislacin ecuatoriana.
OBJETIVOS ESPECFICOS:
- Determinar los tipos de habeas corpus que existen en nuestro pas, conforme las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador.
- Definir y clasificar los distintos tipos de habeas corpus en nuestro pas para poder comprender cada una de las finalidades del hbeas corpus.
INTRODUCCIN
La accin de Habeas Corpus es una garanta jurisdiccional que tiene por objeto tutelar los derechos constitucionales a la libertad, a la vida, a la integridad fsica y otros derechos conexos. Esta garanta se encuentra reconocida en el artculo 89 de nuestra Constitucin, norma que prev que esta accin tiene la finalidad de recuperar la libertad de aquella persona que haya sido privada de la misma de forma ilegal, arbitraria y/o ilegtima.
En el presente trabajo se desarroll un anlisis de la figura del habeas corpus, partiendo de lo general a lo particular, para posteriormente enfocarnos en las finalidades correctiva y preventiva del hbeas corpus en nuestro pas. A su vez, se hizo un anlisis comparado a efectos de poder arribar a conclusiones y establecer recomendaciones respecto de este importante debate acadmico.
Cabe mencionar que la accin de Hbeas Corpus no es una figura nueva, sino que su origen data desde la publicacin de la reconocida Carta Magna de 1215, documento en dnde el Rey Juan I de Inglaterra -tambin conocido como Juan sin Tierra- prometa entre otras cosas, la proteccin de los derechos de los barones ante una detencin ilegal.
A lo largo de la historia, la figura del Habeas Corpus ha venido evolucionando hasta lo que conocemos hoy en da en nuestro pas como una garanta jurisdiccional que se presenta ante un juez constitucional, sin embargo, aquello no ha sido siempre as, pues, hace un tiempo atrs eran los alcaldes quienes posean la competencia para resolver las acciones de Habeas Corpus.
Es precisamente la evolucin del Habeas Corpus lo que ha trado consigo un nuevo debate respecto a las finalidades y sus diferentes tipos; al respecto existen aportes doctrinarios y jurisprudenciales, que ameritan ser analizados a fin de poder arribar a conclusiones acerca del Hbeas Corpus nuestra legislacin.
DESARROLL
Definicin de Hbeas Corpus
El Hbeas Corpus posee mltiples definiciones las cuales varan segn el pas, sin embargo, para efectos de llevar a cabo un anlisis ambientado a la legislacin ecuatoriana podemos tomar dos definiciones, una genrica y una propia de nuestro ordenamiento jurdico.
La Fundacin Regional de Asesora en Derechos Humanos (2022) expone que el hbeas corpus al ser garanta constitucional de proteccin a los derechos humanos, su regulacin debe constituir un compromiso de los poderes pblicos ante los ciudadanos y, por lo tanto, un proceso especial y preferente, por el que se debe solicitar del rgano judicial competente el restablecimiento del derecho constitucional a la libertad, vulnerado por la comisin de cualquier detencin ilegal que pueda ser dispuesta por persona no encuadrada dentro del poder judicial. Esto implica que toda persona que fuere objeto de privacin o restriccin de su libertad, y se viere amenazada en su seguridad personal, tiene derecho a que un juez competente con jurisdiccin en el lugar donde se hubiese ejecutado el acto causante de la solicitud, o donde se encuentre la persona agraviada, presente una accin de hbeas corpus, a fin de restituir el derecho vulnerado. (pg. 8).
De esta forma, encontramos una definicin gnerica de la figura del Hbeas Corpus, mientras que cundo nos referimos al Habeas Corpus en nuestro pas, lo definimos como una garanta jurisdiccional que tutela derechos fundamentales como la libertad, la vida, la integridad y la salud.
La garanta constitucional del hbeas corpus es un proceso caracterizado por su sumariedad y sencillez, justamente para ejercer la proteccin rpida y efectiva de la libertad personal. Es necesario que a travs del ejercicio del habeas corpus se consiga una proteccin adecuada; dispositivo primordial que ha sido reconocido y desarrollado en el derecho internacional, a travs de las normas y la jurisprudencia, respecto del significado del acceder a un recurso efectivo (COMISION ANDINA DE JURISTAS, 2000, pg. 110).
El Ecuador en la actualidad es un estado consitutucional garantista de los derechos de los ciudadanos, siendo que ha existido un gran avance en materia de garantas constitucionales a partir de la Constitucin de 2008.
La accin de Hbeas corpus busca recuperar la libertad de quien se encuentra privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegtima, ya sea por orden de autoridad pblica o cualquier otra persona, adems se pretende proteger la vida y la integridad fsica de las personas privadas de la libertad. La autoridad competente para resolver sobre esta accin es un juez de primera instancia, quien convocar a una audiencia que una vez presentado la demanda debe llamar en las 24 horas siguientes (Asamblea Nacional Constituyente, 2008)
Por lo que cabe afirmar que el Habeas Corpus es una garanta constitucional que tiene por objeto tutelar fundamentalmente el derecho a la libertad de quien ha sido privada de sta de manera ilegal, arbitraria o ilegtima; a su vez, tambin protege derechos como la salud, la vida, la integridad fsica y otros derechos conexos. Siendo que esta garanta posee un procedimiento sumarsimo, sencillo y eficaz, dada la naturaleza de nuestro Estado constitucional de derechos.
Antecedentes histricos del Hbeas Corpus
El antecedente ms remotamente conocido del hbeas corpus, fue la carta magna de 1215 otorgada por el rey Juan sin tierra de Inglaterra, La Carta Magna de Juan Sin Tierra es una serie de concesiones otorgadas el 15 de junio de 1215 a los nobles ingleses en el cual se comprometa a respetar los fueros e inmunidades de los mismos. (Machicado, 2008, pg. 2).
Respecto a los antecedentes histricos del hbeas corpus, el autor Garca Belaunde (2001), mencion:
El Habeas Corpus apareci a mediados del siglo XIII y de ah se extendi a las colonias inglesas, como lo prueba en forma palpable el constitucionalismo norteamericano. Y fue creado precisamente para combatir las detenciones arbitrarias hechas por las autoridades e incluso por los particulares, en pocas de autoritarismo y excesos notorios (pg.7).
En el caso ecuatoriano la Constitucin del ao 1929 introduce al habeas corpus como mecanismo de proteccin del derecho de libertad, pero el mismo no fue funcional sino hasta el ao 1933 en que mediante decreto ley por primera vez se defini la autoridad competente para hacerlo efectivo, potestad encargada a los presidentes de Consejos Municipales, naciendo as como una garanta ms bien de orden administrativa y sin lugar a dudas con un fondo poltico y de clases (Campoverde Nivicela, Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela , 2018, pg. 12)
Desde 1945, debido al carcter progresivo del avance de los derechos consagrados en el ejercicio constitucional ecuatoriano, ha estado presente en todas las Constituciones posteriores, ya que se ha respetado esta garanta por su efectividad para defender la libertad (INREDH, 2022)
En la Constitucin de 1998, la persona que poda acogerse a este recurso eran quienes consideraran encontrarse ilegalmente privada de la libertad, mientras que en la Constitucin del 2008 existe un gran avance al respecto al disponer que el Hbeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quienes se encuentren privados de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegtima por orden de autoridad pblica o de cualquier persona, as como de proteger la vida y la integridad fsica de las personas privadas de la libertad (INREDH, 2022).
Es evidente el cambio de paradigma que ha sufrido la figura del hbeas corpus en nuestro pas a partir de la Constitucin de Montecristi. El hbeas corpus en la Constitucin del 2008, se ha constitucionalizado, a partir de un cambio paradigmtico respecto de la naturaleza del Estado y a lo estatal: el Estado constitucional de derechos y justicia. (Parra Martnez , 2012, pg. 34) .
Mientras que en dcadas anteriores esta garanta se utilizaba nicamente frente a dentenciones ilegales, ahora tutela otros derechos, adems del derecho a la libertad, siendo que protege el derecho a la vida, a la salud y a la integridad.
Alcance de la garanta de Habeas Corpus en la legislacin ecuatoriana
En resumen, normalmente se define al habeas corpus como una garanta para recuperar la libertad de quin haya sido privado ilegal, arbitraria o ilegtimamente de sta, sin embargo, debemos tener en cuenta que actualmente en nuestro pas, esta garanta tutela otros derechos constitucionales.
El autor Castro Del Pozo (2017), refiere lo siguiente:
Pero el Hbeas Corpus no solo posee un alcance en la garanta de la libertad, sino que tambin est destinada a proteger la vida e integridad fsica de los privados de ella, de forma tal que puede ser considerada como una garanta que proteger la libertad ante las detenciones ilegales, arbitrarias e ilegtimas, pero tambin, una vez que dicha detencin ha sido realizada por no caracterizarse de ninguna de los tres elementos que la afectan, entonces extiende su contenido para proteger el bienestar fsico y la vida mismo del detenido. (pg. 85) .
Segn los autores Hernandez & Contreras (2021):
Los derechos que protege esta garanta (libertad, vida, integridad, fsica y otros derechos conexos) hacen necesario que los jueces analicen la totalidad de detencin y las condiciones actuales de la persona privada de libertad.
Cuando los jueces no se limitan a analizar el momento de la detencin, sino que efectan el anlisis ms amplio de todo el proceso de privacin de libertad, que no se agota en la orden. (pg. 194)
El Habeas Corpus ha sido integrada a la legislacin como un mecanismo garantista para evitar las irregularidades que suelen darse en la privacion de libertad de las personas, esto la convierte en un medio eficaz para la correccin de ciertas arbitrariedades o vulneracion de derechos en cuanto a la libertad personal, con la finalidad de proteger derechos humanos. Son, los derechos humanos, valores que dimanan en ese macro-valor que se llama dignidad (Zavala Egas, Zavala Luque, & Acosta Zavala, 2012).
Este mecanismo procede cuando se presentan arbitrariedades dentro del sistema de privacion de libertad en donde deben existir recursos adecuados dentro de este proceso y si estos no se encuentran bajo los princios y valores constitucionales el Estado debe tener los recursos necesarios y reparar los daos causados mediante procesos agiles y sencillos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos manifiesta que:
Las garantas sirven para proteger, asegurar o hacer valer la titularidad o el ejercicio de un derecho. Como los Estados Partes tienen la obligacin de reconocer y respetar los derechos y libertades de la persona, tambin tienen la de proteger y asegurar su ejercicio a travs de las respectivas garantas (Art. 1 (1), vale decir, de los medios idneos para que los derechos y libertades sean efectivos en toda circunstancia. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, pg. 64)
La Constitucion del Ecuador enmarca a la Accion de Habeas Corpus como una garantia jurisdiccional, que es caracteristica por los siguientes principios: rapidez, informalidad, inmediacion, bilateralidad. Lo que la hace una herramienta que sera cumplida de forma inmediata, adecuada y efectiva, que determina la necesidad adecuada de ambas partes como lo son la autoridad y el detenido; que adems activa una verdadera accion constitucional y que tendra supremaca frente a normas inferiores.
Tipos de Hbeas Corpus en el Ecuador
La Corte Constitucional del Ecuador como mximo rgano de interpretacin y administracin de justicia constitucional en nuestro pas, ha establecido las diferentes clases de Habeas Corpus que son aplicados en el Ecuador, dentro de la sentencia 253-20-JH/22 en el reconocido y clebre caso mona chorongo.
Dentro de la sentencia No. 253-20-JH/22 se establecen los tipos de Habeas Corpus que existen en el Ecuador, y se hace mencin a cinco tipos de habeas corpus: restaurativo, correctivo, traslativo, instructivo, conexo; es preciso destacar que en esta sentencia la Corte Constitucional no hace mencin al habeas corpus preventivo.
Como podemos apreciar la Corte Constitucional ofrece criterios para poder clasificar a los distintos tipos de hbeas corpus y poder identificarlos segn el caso concreto, de este modo observamos que el habeas corpus en nuestra legislacin posee varios matices, tutela varios derechos, y se puede proponer en diferentes circunstancias conforme lo expuesto por la Corte Constitucional en la sentencia Nro. 253-20-JH/22.
Modalidades de Habeas Corpus en la jurisprudencia peruana (derecho comparado)
Una vez que hemos analizado los tipos de habeas corpus en nuestra legislacin, conviene hacer un estudio comparado a fin de poder distinguir diferencias y similitudes del habeas corpus en otros pases con nuestro ordenamiento jurdico.
El Tribunal Constitucional Peruano dentro de la sentencia No. STC 2663-2003-PHC, ha establecido una tipologa de hbeas corpus, por lo conviene citar el contenido de esta sentencia para poder comprender similitudes y diferencias con nuestra legislacin.
El Tribunal Constitucional de Per, (2003), manifest lo siguiente:
En funcin a este ensanchamiento del carcter y contenido del hbeas corpus, la doctrina ha elaborado una tipologa, de la cual resumidamente damos cuenta:
a) El hbeas corpus reparador.
b) El hbeas corpus restringido.
c) El hbeas corpus correctivo.
d) El hbeas corpus preventivo.
e) El hbeas corpus traslativo.
f) El hbeas corpus instructivo.
g) El hbeas corpus innovativo.
h) El hbeas corpus conexo. (pgs. 3-8).
De esta manera evienciamos cmo en Per, el Tribunal Constitucional ha establecido que existen 8 tipos de habeas corpus, mientras que la Corte Constitucional del Ecuador ha determinado que existen 5 tipos de habeas corpus en nuestro pas.
Reparacin integral dentro del Habeas Corpu
Podemos empezar a definir la Reparacin Integral y su alcance como la restitucin de las cosas a su estado inicial antes de hacerse efectiva la accin u omisin de determino la violacin de un derecho, que, en ciertas ocasiones, dependiendo del caso en concreto, donde debido al tiempo de privacin de libertad si se extiende mucho, es materialmente irrecuperable.
En s, las medidas de reparacin integral dentro de la garanta jurisdiccional del habeas corpus, varan segn el tipo de hbeas corpus que se haya propuesto, ya que si se alega una vulneracin del derecho a la salud debido a la ausencia de un tratamiento mdico, no se podra disponer como reparacin que la persona recupere su libertad de inmediato.
Frente a la vulneracin de derechos constitucionales, la reparacin integral: 1) Es un mecanismo de proteccin 2) Tiene como objetivo dictar medidas que procuren ubicar a la persona en situacin similar o igual a la que tena previo a la vulneracin de derechos. 3) No consiste nicamente en declarar sin efecto el fallo impugnado, sino que deber referirse a la situacin jurdica que esto ha ocasionado al justiciable; y, 4) Las medidas deben ser consecuentes con el dao material e inmaterial generado. (Hernandez & Contreras, 2021, pg. 77) .
Debemos tener en cuenta que los mecanismos de reparacin integral, varan segn la garanta jurisdiccional. Por lo que en el presente trabajo nos corresponde enfocarnos exclusivamente en la reparacin integral dentro de la garanta de habeas corpus.
La conceptualizacin de la reparacin integral por la violacin de derechos debe contener alcances profundos en los casos de habeas corpus, respecto al proyecto de vida de las personas a las que se les afect sus derechos, debiendo ser comprendida como la enmienda total del dao causado con la afectacin a la libertad personal.
Esta reparacin debe considerar cuatro parmetros para que sea realmente integral, la restitucin; la indemnizacin; el proyecto de vida; la satisfaccin y las garantas de no repeticin. (Campoverde Nivicela, Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela , 2018, pg. 24) .
Una vez que se declara la vulneracin de derechos, se deber declarar en sentencia por un juez la valoracin de daos materiales e inmateriales para ordenar la reparacin integral a la vctima, pero teniendo en cuenta que esto se limita solo en cuanto al perjuicio ocasionado.
Por lo que depende de la modalidad de habeas corpus, los derechos que hayan sido vulnerados lo que determinar los mecanismos de reparacin integral que debern ser dispuestos por los administradores de justicia. Siendo que frente a una detencin ilegal, arbitraria o ilegtima se deber disponer la inmediata libertad de la persona agraviada, mientras que frente a una vulneracin del derecho a la salud se deber disponer la atencin mdica requerida como mecanismo de reparacin, de este modo evidenciamos que las medidas de reparacin integral dependern del tipo de hbeas corpus propuesto, y, del anlisis del juzgador, quin deber observar principios constitucionales como el iura novit curia, por ejemplo.
El Hbeas Corpus correctivo en la legislacin ecuatoriana
Para efectos de poder abordar al habeas corpus correctivo en nuestra legislacin, es preciso en primer lugar definir a esta categora de Habeas corpus. Sobre este tipo de habeas corpus, el Tribunal Constitucional de Per, (2003), estableci la siguiente definicin:
Procede ante la amenaza o acto lesivo del derecho a la vida, la integridad fsica y psicolgica, o del derecho a la salud de los reclusos o personas que se encuentran bajo una especial relacin de sujecin internados en establecimientos de tratamiento pblicos o privados (tal el caso de personas internadas en centros de rehabilitacin y de menores, en internados estudiantiles, etc.). Igualmente, es idneo en los casos en que, por accin u omisin, importen violacin o amenaza del derecho al trato digno o se produzcan tratos inhumanos o degradantes. ().
Dicha modalidad, a su vez, es usada cuando se producen actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la libertad. Por ende, su fin es resguardar a la persona de tratamientos carentes de razonabilidad y proporcionalidad, cuando se ha determinado cumplir un mandato de detencin o de pena. (pg. 5).
Segn esta definicin, la finalidad correctiva del habeas corpus radica en la necesidad de corregir situaciones irregulares en las que produce un menoscabo a derechos como la salud, integridad, entre otros., teniendo como base fundamental la dignidad humana.
Segn el autor Freire Cruz (2021):
La modalidad correctiva del Hbeas Corpus le orienta al resguardo de las garantas constitucionales en el marco de esas privaciones ilegtimas, es decir, que se concibe como una herramienta jurdica que tutela la dignidad del trato carcelario. De acuerdo a la doctrina, esta modalidad aplica en situaciones en que las personas que se encuentran legalmente privadas de su libertad, pero de alguna manera sufren agravio por las condiciones degradantes en que se cumple su detencin, en menoscabo de sus derechos esenciales. Por tanto, la modalidad correctiva del hbeas corpus es una herramienta constitucional que resulta fundamental para garantizar adems el efectivo acceso a la justicia de las personas privadas de su libertad entendiendo que tienen una mayor condicin de vulnerabilidad. (pg. 19) .
As, concluimos que el habeas corpus correctivo tiene por objeto la tutela de derechos fundamentales de la persona privada de libertad, cundo existe una situacin que afecte su dignidad y derechos fundamentales dentro de su periodo de reclusin.
La Corte dice que el objetivo del Habeas Corpus correctivo son los derechos de privacion de libertad y la finalidad es garantizar los derechos conexos (ejemplo: vida familiar, libre desarrollo de la personalidad, autonoma) que se vulnera gravemente durante la misma. Sentencia No. 365-15-JH/21. (Hernandez & Contreras, 2021, pg. 142)
Es importante recalcar que las personas privadas de libertad tienen el derecho de declarar sobre el trato que se recibe dentro de los centros penitenciarios ya que dentro del Habeas corpus correctivo corresponde a una de sus garantias y que el Estado debe ser el principal encargado de hacer cumplir estos derechos de los reclusos, en donde ellos tengan la libertad de poder acercarse al estado para poder exponer su situacion y que esta sea corregida.
La accin de habeas corpus en el Ecuador ha superado la clsica legitimacin activa de los casos en que exista una detencin arbitraria, ilegal o ilegitima, sino que se han abierto muchas ms posibilidades fcticas que podran motivar una accin de esta naturaleza, como los casos de desaparicin forzada de personas; incluso el objeto mismo de la garanta es mucho ms amplio, extendindose que alcanza la proteccin de la vida, la integridad y derechos conexos de las personas privadas de libertad. (Campoverde Nivicela , Moscoso Parra, & Campoverde Nivicela, 2018) .
Dentro de lo mencionado anteriormente sobre la situacin que viven las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios no es solamente que exponga sobre el trato que reciben dentro de los mismos, sino que tambien se cumplan con otros puntos importantes en cuanto a la garantia de sus derechos como lo son: la salud, la educacion, el acceso a la recreacin dentros de los mismos centros, etc. Asi como lo establece el Art. 51 de la Constitucion del Ecuador.
La Corte Constitucional del Ecuador (2021) hace nfasis en que toda autoridad pblica, administrativa o judicial tiene la obligacin de actuar dentro del mbito de sus competencias para impedir o hacer cesar amenazas o vulneraciones a la integridad personal, independientemente de la caracterizacin de la vejacin, es decir, sea que se trate de tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes.
En conclusion, la Corte reitera que las normas constitucionales o legales que protegen el derecho a la integridad personal no son susceptibles de suspensin bajo ninguna circunstancia, as como tampoco se puede suspender o impedir la posibilidad de presentar la accin de hbeas corpus para proteger este derecho y hacer efectiva la prohibicin de tortura y de los tratos crueles, inhumanos o degradantes. Como se ha indicado, la accin de hbeas corpus tiene fines correctivos. (pg. 26).
En sntesis, el habeas corpus tambin tiene por finaldiad corregir eventos irregulares que menoscaben derechos relacionados con la dignidad humana, como la salud, la vida, entre otros. En eso consiste su finalidad correctiva.
El Hbeas Corpus preventivo en la legislacin ecuatoriana
El habeas corpus preventivo es una figura controvertida dentro de nuestra legislacin, el debate radica en determinar si efectivamente este tipo de habeas corpus es aplicable dentro de nuestra legislacin.
De lo expuesto en el presente trabajo, concluimos que no existe un pronunciamiento por parte de la Corte Constitucional ecuatoriana respecto del habeas corpus preventivo, lo cual nos genera muchas interrogantes sobre la finalidad preventiva de esta garanta jurisdiccional, en ese contexto conviene citar a la sentencia No. STC 2663-2003-PHC emitida por el Tribunal Constitucional de Per.
El Tribunal Constitucional de Per (2003), dentro de la sentencia No. STC 2663-2003-PHC, refiri lo siguiente respecto del habeas corpus preventivo:
ste podr ser utilizado en los casos en que, no habindose concretado la privacin de la libertad, existe empero la amenaza cierta e inminente de que ello ocurra, con vulneracin de la Constitucin o la ley de la materia. Al respecto, es requisito sine qua non de esta modalidad que los actos destinados a la privacin de la libertad se encuentran en proceso de ejecucin; por ende, la amenaza no debe ser conjetural ni presunta. (pgs. 5-6).
La funcin preventiva existe nicamente cundo no se ha materializado la privacin de libertdad, sin este requisito, no podemos afirmar que estamos ante un hbeas corpus preventivo.
El Hbeas Corpus Preventivo es una institucin que permite evitar o prevenir el hecho de que una persona pueda ser privada arbitraria, ilegal e ilegtimamente de la libertad, el fin de esta figura no es la libertad del procesado evadiendo as su condena, es el garantizar que la persona procesada en ninguna de sus etapas llegue a sufrir vulneracin alguna a sus derechos constitucionales, respetando as su dignidad como persona procesada, sin embargo, esta figura no est contemplada en las leyes ecuatorianas. (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, pg. 45).
De esta forma apreciamos que la finalidad preventiva del habeas corpus, surgira para impedir que se produzca una vulneracin de derechos constitucionales, pero sin que exista una privacin de libertad ambulatoria.
Con la incorporacin de la figura del Habeas Corpus Preventivo se podra evitar la vulneracin de los derechos a la libertad ambulatoria, la integridad fsica y la vida de los seres humanos, haciendo valer esta figura preventiva antes que se llegase a vulnerar estos derechos, sin que exista la posibilidad de que la persona procesada tenga que estar privada de su libertad para que pueda activar esta garanta constitucional (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, pg. 34).
En el ao 2019 con el caso Filanbanco de los hermanos Isaas, fue presentado el recurso de Habeas Corpus preventivo por su procurador judicial de este entonces Dr. Jorge Zavala en donde se argumento que la finalidad de este sera la libertad de trnsito y el libre ejercicio del derecho y fue aceptado por la Corte de Justicia del Guayas, sin embargo, posteriormente la Corte Nacional de Justicia notific al Consejo de la Judicatura que se lleve a cabo una investigacin por el cual el tribunal Provincial del Guayas otorg dicha figura inexistente en la legislacin ecuatoriana y luego de verificar que la argumentacin de hechos y de derecho carecan de motivacin decidi destituir a los jueces que haban aceptado el Habeas Corpus preventivo ya que ste no se encontraba normado.
Esta figura no ha sido procedente de aplicacin dentro del rgimen ecuatoriano, pues no se encuentra normado en ningn cuerpo legal y mientras la Corte Constitucional no se pronuncie al respecto o esta se incorpore dentro de nuestra jurisprudencia, existirn dudas y debates sobre ste temtica.
Se debera pronunciar la Corte Constitucional sobre la aplicabilidad en el territorio ecuatoriano de la figura del Hbeas Corpus Preventivo, dando a conocer si es procedente o no aplicar esta figura, casos en lo que se debera invocar, con la finalidad de que los jueces ordinarios, provinciales puedan concederla o negarla de forma motivada, as como para los abogados que consideraran til esta figura para precautelar los derechos vulnerados de sus representados, con los antecedentes que se han dado existe duda de la utilizacin de la misma, los jueces estn yendo ms all del texto normativo, de la definicin del articulo ochenta y nueve de la Constitucin de la repblica del Ecuador, la cual establece que la garanta jurisdiccional tiene por objeto principal la recuperacin de la libertad de las personas que se encuentren privadas de ella, por lo tanto es de carcter reparador, al ser utilizada esta figura inexistente en dos casos de peculado, nos deja la duda de posible presencia de corrupcin en la justicia ecuatoriana, con el pronunciamiento de la Corte Constitucional, se asegurara la transparencia dentro de este tipo de procesos que suelen ser de gran conmocin social y con altos valores de dinero. (Padilla Balarezo & Vazquez Calle , 2020, pg. 25).
En virtud de lo expuesto, corresponde analizar los argumentos segn los cuales podemos arribar a la conclusin de que en nuestro pas no cabe la aplicacin del habeas corpus preventivo, en ese sentido, el sustento para dicha afirmacin radica en que no se puede prevenir a travs de un hbeas corpus una vulneracin del derecho a la libertad, pues, si como en el caso de los hermanos Isaas se alega una restriccin de circular libremente por el territorio ecuatoriano, se entiende ya se ha producido una afectacin al derecho a la libertad ambulatoria, por lo que la finalidad del hbeas corpus dejara de ser preventiva, pues, no previene sino que repara la vulneracin de este derecho.
CONCLUSIN
En virtud de la evolucin de nuestro sistema de garantas jurisdiccionales, la Corte Constitucional ecuatoriana ha decidido calisifcar los distintos tipos de habeas corpus que son aplicables en nuestro pas: restaurativo, correctivo, traslativo, instructivo, conexo (sentencia No. sentencia 253-20-JH/22 mona chorongo). Empero, la Corte no hace referencia a que en nuestro pas exista el habeas corpus preventivo, lo cual ha generado un inmenso debate a nivel nacional sobre este tema. E incluso se ha generado una gran problemtica a nivel nacional ocasionada por la mala interpretacin de las reglas jurisprudenciales de la Corte, ya que a diario se suscitan problemas prcticos dentro de las causas de hbeas corpus por el desconocimiento de parte de abogados y jueces acerca de las distintas finalidades de habeas corpus.
En este trabajo concluimos que las finalidades correctiva y preventiva, han sido establecidas por la doctrina y jurisprudencia internacional. Es indudable que el habeas corpus correctivo es aplicable en nuestro pas, y funge como una figura para remediar o corregir situaciones en las que una persona privada de libertad padezca situaciones que ameriten ser corridas como maltratos tratos degradantes, etc., a efectos de garantizar el respeto a la dignidad humana. No obstante, existen dudas sobre la aplicacin del habeas corpus preventivo. Pues, para esta finalidad se requiere que an no exista una afectacin al derecho a la libertad ambulatoria.
De los aportes doctrinarios y jurisprudenciales revisados, concluimos que en nuestro pas no es aplicable el habeas corpus preventivo, pues, ste no ha sido reconocido por la Corte Constitucional, y, en base al anlisis que realizan varios juristas, no cabe la aplicacin del habeas corpus preventivo debido a que en el momento en que exista una restriccin de circular libremente por el territorio nacional ya se estara vulnerando el derecho a la libertad ambulatoria, por lo que no cabra afirmar que el habeas corpus sea preventivo, pues, ya existi una vulneracin de este derecho.
Es precisamente esta omisin por parte de la Corte Constitucional, lo que genera que al da de hoy existan muchas dudas sobre la aplicacin del habeas corpus preventivo en nuestro pas. Debido a ello, conviene recomendar que se exija al mximo rgano de administracin e interpretacin de justicia constitucional de nuestro pas, que emita un pronunciamiento respecto a la finalidad preventiva del hbeas corpus, de esta manera, lograremos ofrecer a los administradores justicia una visin ms adecuada y clara acerca de cmo resolver las causas de habeas corpus, para lograr establecer ese garantismo constitucional ligado a la tutela judicial efectiva que todos anhelamos.
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