El avance de las ciencias jurdicas: experiencias desde la administracin pblica

 

The advancement of legal sciences: experiences from the public administration

 

O avano das cincias jurdicas: experincias da administrao pblica

 

Nestor Ivan Ochoa-Soledispa I
ivan.ochoa.ecuador@gmail.com
https://orcid.org/0000-0002-7682-2698 

,Jose Eugenio Zambrano-Mendieta II
tigana14111269@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-9644-2377
Limber Leonidas Rivas-Cedeo III
limber1962@hotmail.es
https://orcid.org/0000-0001-7188-8789
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: ivan.ochoa.ecuador@gmail.com

 

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

* Recibido: 23 de septiembre de 2022 *Aceptado: 18 de octubre de 2022 * Publicado: 29 de noviembre de 2022

 

 

        I.            Abogado, Magster en Derecho Civil y Procesal Civil, Ecuador.

     II.            Abogado de los Juzgados y Tribunales, Ecuador.

   III.            Magster en Docencia: Mencin y Gestin del Currculo, Ecuador.

 

 

 

 


 

Resumen

El objetivo de este artculo tipo ensayo es analizar el Avance de las Ciencias Jurdicas: Experiencias Desde la Administracin Pblica. Al realizar una revisin de publicaciones inherentes a la materia se tiene que la historia del Derecho resulta ser un campo apasionante, que nos permite comprender cmo se han ido configurando las regulaciones e instituciones jurdicas desde la antigedad hasta el presente. Sin embargo, no es posible hablar en abstracto de una historia del Derecho o de las ciencias jurdicas de forma universal, pues el fenmeno jurdico, aunque presente en todas las sociedades, es propio y caracterstico de cada una de ellas. As, cada pas, cada cultura, cada gran imperio o pequea civilizacin ha tenido, tiene y tendr su propio Derecho, que se construye, perfecciona y modifica constantemente Se concluye que los avances de las instituciones jurdicas estn direccionados a la prestacin de un servicio jurdico ms adecuado, justo, equitativo e imparcial. En este entendimiento Ecuador ha hecho avances importantes a travs del establecimiento de un marco regulatorio integrado, en cuya cspide se ubica la Carta Magna, sin embargo, an falta mucho por hacer para eliminar los actos inconstitucionales e infractores de la Ley, tal como es deseable en todos los estamentos nacionales y en especial por los ciudadanos ecuatorianos para lograr el pleno desarrollo del pas.

Palabras clave: administracin pblica; ciencias jurdicas, derecho.

 

Abstract

The objective of this essay type article is to analyze the Advancement of Legal Sciences: Experiences from the Public Administration. When carrying out a review of publications inherent to the subject, the history of Law turns out to be an exciting field, which allows us to understand how regulations and legal institutions have been configured from antiquity to the present. However, it is not possible to speak in the abstract of a history of Law or legal sciences in a universal way, since the legal phenomenon, although present in all societies, is proper and characteristic of each one of them. Thus, each country, each culture, each great empire or small civilization has had, has and will have its own Law, which is constantly being built, perfected and modified. It is concluded that the advances of legal institutions are aimed at providing a legal service most appropriate, just, equitable and impartial. In this understanding, Ecuador has made important advances through the establishment of an integrated regulatory framework, at the top of which is the Magna Carta, however, there is still much to be done to eliminate unconstitutional acts and violations of the Law, as is desirable. in all national levels and especially by Ecuadorian citizens to achieve the full development of the country.

Keywords: public administration; legal sciences, law.

 

Resumo

O objetivo deste artigo do tipo ensaio analisar o Avano das Cincias Jurdicas: Experincias da Administrao Pblica. Ao realizar uma reviso das publicaes inerentes ao tema, a histria do Direito revela-se um campo instigante, que permite compreender como as normativas e os institutos jurdicos se configuraram desde a antiguidade at a atualidade. No entanto, no possvel falar em abstrato de uma histria do Direito ou das cincias jurdicas de forma universal, pois o fenmeno jurdico, embora presente em todas as sociedades, prprio e caracterstico de cada uma delas. Assim, cada pas, cada cultura, cada grande imprio ou pequena civilizao teve, tem e ter seu prprio Direito, que est em constante construo, aperfeioamento e modificao. servio mais adequado, justo, equitativo e imparcial. Nesse entendimento, o Equador fez importantes avanos por meio do estabelecimento de um marco regulatrio integrado, cujo pice est a Carta Magna, porm, ainda h muito a ser feito para eliminar atos inconstitucionais e violaes da Lei, como desejvel .em todos os nveis nacionais e especialmente pelos cidados equatorianos para alcanar o pleno desenvolvimento do pas.

Palavras-chave: administrao pblica; cincias jurdicas, direito.

 

Introduccin

Nos referimos cuando hablamos de ciencia jurdica. Pese a ser una discusin que dura ya varios siglos o tal vez precisamente por ello lo cierto es que no disponemos de una terminologa unvoca ni compartida. En este sentido, resulta especialmente ilustrativo el experimento de introducir en los buscadores de nuestras bibliotecas expresiones como ciencia del derecho o dogmtica jurdica, y constatar el ingente nmero de ttulos que el sistema nos devuelve(Samuel, 2003).

El problema no consiste nicamente en la enorme cantidad de literatura que se ha generado sobre el tema sino, y sobre todo, en la heterogeneidad de la misma. Bajo etiquetas como ciencia jurdica, dogmtica jurdica o mtodo jurdico se encuentran estudios y monografas que en muchas ocasiones poco tienen que ver entre s: mientras que algunas se preguntan por el significado y alcance de las diferentes directivas metodolgicas, o del concepto mismo de metodologa, otras se dedican a esclarecer cul es el punto de vista de lo jurdico (punto de vista interno), a la VALIDEZ del derecho, a la interpretacin, o a la ponderacin judicial(Atienza, 1986).

Pese a su heterogeneidad, y con el fin de proponer un mnimo orden en la literatura, podemos agrupar dicha bibliografa en diferentes gneros: (i) un primer grupo de obras constituye reconstrucciones histricas acerca de los diferentes movimientos terico-jurdicos que han tratado de responder a preguntas tales como qu es el derecho y qu deben hacer los estudiosos del derecho; (ii) un segundo grupo de trabajos analiza las tesis sostenidas por algunos autores normalmente Kelsen, Hart y Ross, ms algn otro, de- pendiendo de las preferencias de los autores sobre qu es o debe ser la ciencia del derecho; (iii) adems de la ordenacin por escuelas histricas y autores, algunos pocos estudios presentan diferentes modelos metodolgicos para abordar el estudio del derecho; (iv) un cuarto grupo versa sobre las condiciones de verdad de los enunciados que describen el contenido del derecho, o sobre algunas de las actividades supuestamente desarrolladas por los cientficos del derecho; (iv) finalmente, existe un grupo de trabajos que afronta cuestiones ms especficas como en qu sentido el estudio del derecho sera una disciplina dogmtica, normativa, tcnica, o incluso cientfica.

Ahora bien , el Derecho se caracteriza por ser una ciencia social que tiene por objeto al ser humano y, por lo tanto, no es medible ni cuantificable. Siempre ser objeto de una actitud crtica que pretenda perfeccionarlo a travs de su enjuiciamiento y refutacin. Dichas crticas pretenden encontrar el contenido de justicia en el Derecho para lo cual el jurista, en primer lugar, debe individualizar un problema que primar por sobre el mtodo, normas, contratos, resoluciones o principios generales empleados para la investigacin. Estos ltimos podrn ser modificados, quebrados o adecuados; no as el problema, el cual conservar su primaca a lo largo del trabajo.

El Derecho es esencialmente debatible mediante la argumentacin, pero requiere que se base en un razonamiento terico lgico que permita sostener y convencer acerca de su contribucin a la ciencia jurdica.

En el Derecho el conocimiento se acumula y no se sustituye, pues el avance cientfico requiere de la contribucin de las ideas y elaboraciones intelectuales previas para configurar nuevas crticas que permitan continuar con su desarrollo. Finalmente, el investigador debe saber que es necesaria una precomprensin del lenguaje y del objeto de estudio para lograr entender y realizar juicios pertinentes en la materia a la que dedica sus esfuerzos(CORRAL, 2009)

Ahora bien, como forma de comprender el avance de las Ciencias Jurdicas en Ecuador, es importante partir de que la Repblica del Ecuador, como Estado unitario, se organiza en provincias, cantones y parroquias rurales; y por razones de conservacin ambiental, tnico-culturales o de poblacin pueden constituirse regmenes especiales, al amparo del texto constitucional de 2008. En esta nacin, la participacin ciudadana constituye uno de los ejes fundamentales de la democracia, es un derecho de la ciudadana, que en forma individual y colectiva est llamada a ejercer un rol protagnico en la toma de decisiones, planificacin y gestin de los asuntos pblicos y en el control popular de las instituciones del Estado y de la sociedad en un proceso permanente de construccin del poder ciudadano.

El artculo 141, de la Carta magna, seala que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los rganos de la funcin judicial y por los dems rganos y funciones establecidos en la ley de leyes. Se reconoce la Justicia indgena, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su mbito territorial, con garanta de participacin y decisin de las mujeres. El Estado, garante de las decisiones de la jurisdiccin indgena, para que sean respetadas por las instituciones y autoridades pblicas, sujetas al control de constitucionalidad a travs de la Corte Constitucional. La Ley establecer los mecanismos de coordinacin y cooperacin entre la jurisdiccin indgena y la jurisdiccin ordinaria, reconocido en el artculo 175, de la Ley suprema -ausente en el ordenamiento jurdico.

En otra aportacin (Cevallos, E; Castillo, C, 2019) mencionan como un avance en materia de ordenanzas jurdico-administrativas en el pas: la introduccin de la descentralizacin en el Ecuador como una medida administrativa dentro del proceso de reforma del Estado. El proceso de descentralizacin, es un medio de acercar la gestin administrativa al ciudadano, y proveer un mayor control democrtico de la gestin. Si bien se han dado pasos importantes, se requiere seguir avanzando en materia de descentralizacin de la administracin pblica en la nacin ecuatoriana.

Todos estos aspectos evidencian la posibilidad de realizar una bsqueda de informacin que favorezca el anlisis del avance de las Ciencias Jurdicas , todo lo cual permitir clarificar posiciones, teoras y fundamentos de esta ciencia, particularmente en Ecuador

 

Desarrollo

Las ciencias jurdicas se pueden definir como dinmicas y no estticas ya que estn en constante cambio conforme a la evolucin de una sociedad determinada o global, para poder precisar y ajustar las normas jurdicas al individuo(Mendoza, 2020). Eso es as, debido a que, tal como seala (de Castro Cid, s/f) el Derecho, a diferencia del objeto de las ciencias naturales es una creacin particular y esencialmente mudable de cada pueblo en cada poca, es tambin irreductible a conocimiento cientfico, puesto que l mismo cambia y se transforma constantemente en su ncleo central: las leyes.

As que, dado que la pretendida ciencia del Derecho trabaja sobre todo en descubrir el sentido que tienen estas leyes y en formular los principios que permiten resolver las lagunas y contradicciones que las mismas contienen, sus conclusiones estn condenadas a servir solamente para las concretas normas a las que se refieren y a perder su propia validez en el momento mismo en que sean modificadas o sustituidas dichas leyes (de Castro Cid, s/f).

De este modo, los avances de las instituciones jurdicas estn direccionados a la prestacin de un servicio jurdico ms adecuado, justo, equitativo e imparcial, tal como refiere (Muoz, 2013) una institucin jurdica es moderna si, al igual que ocurre en el mundo de la tecnologa, su diseo y operacin le hacen la vida ms razonable al ciudadano en vista de la situacin que le hace acudir al auxilio del derecho.

Siguiendo esta misma orientacin, el derecho administrativo considerado como una rama del derecho pblico, que atiende a regular, las relaciones del Estado como tal y los gobernados(Vsquez, 2013) en los tiempos actuales, intenta apoyarse en el conocimiento del presente para el cumplimiento de sus deberes en el estudio de la actividad estatal y de gobierno. Por su propia naturaleza, el derecho administrativo es abundante en cuanto a reglamentos y leyes que requieren de una constante adecuacin en base a los avances tecnolgicos que se van dando da con da en la sociedad contempornea (Vsquez, 2013).

El derecho administrativo, a decir de (Bernal, 2008) es el conjunto de normas jurdicas que organizan la prestacin y el control de los servicios, tiene como objetivo la regulacin de la Administracin pblica, de esta forma norma: a) la estructura y organizacin del poder normalmente encargado de realizar la funcin administrativa, b) los recursos patrimoniales y financieros que la administracin pblica necesita para su sostenimiento y a fin de garantizar la regularidad de su actuacin, c) el ejercicio de las actividades que el poder debe realizar bajo la forma administrativa y, d) la situacin de los ciudadanos respecto de la administracin.

 

El Objeto del Derecho Administrativo

Desde el punto de vista jurdico, la Administracin Pblica puede considerarse como el objeto de regulacin por excelencia del derecho administrativo, en donde se puede enunciar dos significados esenciales: por una parte, con ella se identifica a un conjunto de rganos del Estado, o ms propiamente de las personas jurdicas estatales que como sujetos de derecho actan en el mundo de las relaciones jurdicas; y por la otra, con dicha nocin se identifica tambin a un conjunto de actividades que resultan de la gestin del inters general (actividad administrativa) realizada generalmente por esos mismos rganos. Hay, por tanto, al menos un concepto orgnico y un concepto material de la Administracin Pblica; y ambos interesan al derecho administrativo(Rincon, 2017).

El derecho administrativo, representa el conjunto de normas y principios de derecho pblico interno, que tiene por objeto la organizacin y el funcionamiento de la Administracin Publica, as como tambin la regulacin de las relaciones inter orgnicas, inter administrativas y la de las entidades administrativas con los administrados(Vsquez, 2013).

 

Transformaciones de la Administracin Pblica en el Ecuador

La estructuracin, ordenacin, funcionamiento y funcionalidad de la Administracin Pblica contempornea ha transitado por sucesivas transformaciones en pos de su perfeccionamiento y en la bsqueda de una Administracin que sea capaz de responder a los requerimientos de una ciudadana paulatinamente empoderada. Los mecanismos para el logro de este fin han sido de diversa naturaleza, desde sus instituciones, sus tcnicas de control, el desarrollo de principios de actuacin, hasta la depuracin de las normas jurdicas que la regulan(Cevallos, 2016).

El Ecuador, no ha escapado a esta realidad, y los cambios normativos sostenidos por la entrada en vigor de la Constitucin de 2008, han servido de soporte para la creacin de un sinnmero considerable de disposiciones normativas que hagan viable la aplicacin de la Carta Magna(Cevallos, 2016).

En este orden,(Barba, 2021) seala que las administraciones pblicas no pueden alejarse del avance cientfico de las teoras administrativistas contemporneas, pero, a su vez, tampoco deben desviarse de su naturaleza y finalidades propias, ya que su razn de ser y su fin es la procuracin del bien comn y consecuentemente la garanta de la vida plena y dignidad humana, desde las concepciones de utopa social convenidas en las constituciones estatales.

En la(Constitucin de la Repblica del Ecuador , 2008) en el Articulo. 227, se menciona que la administracin pblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarqua, desconcentracin, descentralizacin, coordinacin, participacin, planificacin, transparencia y evaluacin (p. 79).

La administracin pblica como proceso consiste el lograr los propsitos bsicos del gobierno para que se cumplan las leyes aceptadas por los poderes: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, la Funcin Electoral y la Funcin de participacin ciudadana(Cevallos, 2016). Dentro de los objetivos a cumplir por la admiracin pblica, se encuentra la organizacin personal, el control y cumplimiento de las tcnicas desarrolladas por los diversos departamentos gubernamentales para que las actividades se lleven a cabo con responsabilidad y honestidad(Cevallos, 2016). En el marco de la concepcin de una Nueva Administracin Pblica, se debe poner nfasis en los resultados y en la mayor preocupacin por un buen desempeo institucional que garantice la eficiencia, la calidad, la eficacia y efectividad de la administracin pblica(Cevallos, 2016).

El Derecho Administrativo enriquece la actuacin de la administracin pblica y, a la vez, se innova transformando postulados devenidos de la ciencia administrativa en principios jurdicos que enmarcan la gestin pblica, as como crea y resignifica principios propios a ser actuado en la gestin pblica y en la justicia administrativa(Barba, 2021).

 

Avances de las Ciencias Jurdicas desde la Administracin Pblica en el Ecuador

En este acpite se sealan algunos trabajos que dan cuenta de algunos avances de las Ciencias Jurdicas, en concreto del derecho administrativo y su objeto la Administracin Pblica, a fin de mejorar este campo del Derecho en el Ecuador. En primera instancia(Argello , 2018) indag sobre la idea de la configuracin jurdica del derecho a la buena administracin pblica, de esta forma indica que la buena administracin pblica aporta con una visin diferente respecto a la caduca concepcin de la administracin pblica, ya que permite la concrecin de una nueva relacin entre la administracin pblica y el administrado, en la cual los individuos adquieren mayor protagonismo, pues gira en torno a stos (...) (p. 114).

As tambin(Argello , 2018) recalca sobre el hecho de que la buena administracin pblica se consagra en el Ecuador como un derecho fundamental cuya titularidad le corresponde a las personas, en virtud de lo sealado en el artculo 31 del Cdigo Orgnico Administrativo, por ello consider que este derecho permite fortalecer las herramientas jurdicas del ciudadano, para defenderse del ejercicio arbitrario del poder del Estado. La buena administracin pblica es un derecho subjetivo de los ciudadanos encaminado a obtener de la administracin la satisfaccin de sus pretensiones en cuanto stas sean legtimas, no contravengan el inters pblico o se contrapongan a norma expresa(Argello , 2018).

Es as como se constitucionaliza el derecho que tienen los ciudadanos ecuatorianos de gozar de una administracin pblica honesta, transparente y decente, en beneficio del buen uso de los recursos del pas.

Por su parte, (Castro, Masache, & Durn, La aplicacin del Derecho Pblico en el Ecuador, 2019) consideran que existe voluntad poltica por garantizar la aplicacin del Derecho Pblico en el Ecuador, reflejado marco legal integrado por la Constitucin de la Repblica, los tratados y convenios internacionales, las leyes orgnicas, las leyes ordinarias, las normativas en el ordenamiento jurdico (regionales, metropolitanas), los decretos y reglamentos expedidos por las funciones ejecutiva y legislativa, las ordenanzas promulgadas por los gobiernos municipales de cada cantn, los acuerdos y resoluciones ministeriales en cada rama y los dems actos y decisiones de los poderes pblicos. Todo ello, en aras de eliminar los actos inconstitucionales e infractores de la Ley.

As tambin, (Barba, 2021) recalca sobre el principio de calidad, establecido en el Cdigo Orgnico Administrativo del Ecuador (COA) dentro de su captulo primero, que debe prevalecer en el derecho administrativo. En su disertacin el mencionado autor concluye que la calidad es un mandato, que involucra el cumplimiento obligatorio por parte de las administraciones; defiendo a la eficiencia y eficacia como consustanciales para materializarla en la funcin pblica y as satisfacer las necesidades de los ciudadanos; sin embargo, la medicin de su alcance y consiguiente garanta, son an incipientes en el derecho administrativo. Es as que, aunque en su gnesis el principio de calidad el principio de calidad est establecido en el ordenamiento jurdico ecuatoriano como un elemento de avance garantizador a nivel orgnico de una excelente administracin pblica para los ciudadanos ecuatorianos.

 

Conclusiones

En una sociedad dinmica, cambiante y globalizada, las ciencias jurdicas no pueden permanecer estticas, ya que deben transformarse conforme evoluciona el entorno del ciudadano y, en este entendido la Administracin Pblica como objeto del Derecho Administrativo en los tiempos actuales, intenta apoyarse en el conocimiento del presente para el cumplimiento de sus deberes en el estudio de la actividad estatal y de gobierno, sin que esto constituya desviarse de su naturaleza y finalidades propias como es la procuracin del bien comn y consecuentemente la garanta de la vida plena y dignidad humana.

En Ecuador en su afn por avanzar a la par de los nuevos tiempos y de acuerdo con las necesidades de los ciudadanos del pas, ha establecido un marco legal, en cuya cspide est ubicada la Constitucin de la Repblica, para enmarcar las Ciencias Jurdicas en la finalidad de optimizar el ejercicio pleno de la Administracin Pblica, bajo los criterios de honestidad, transparencia, tica y calidad.

Aunque se han logrado avances importantes evidenciados en cuestiones como la configuracin jurdica del derecho para la buena administracin pblica; existencia de un marco legal integrado por la Constitucin de la Repblica, los tratados y convenios internacionales, las leyes orgnicas, las leyes ordinarias, decretos y reglamentos, ordenanzas, acuerdos y resoluciones; la introduccin de la descentralizacin de la administracin pblica y, los postulados del principio de calidad en el derecho administrativo, entre otros, sin duda alguna an falta mucho por hacer para eliminar los actos inconstitucionales e infractores de la Ley, tal como es deseable en todos los estamentos nacionales y en especial por los ciudadanos ecuatorianos para lograr el pleno desarrollo del pas.

 

Referencias

1.      Argello , L. (2018). La configuracin jurdica del derecho a la buena administracin pblica. Universidad Andina Simn Bolvar Sede Ecuador. Quito. Trabajo de Maestra. https://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/6366/1/T2712-MDACP-Arguello-La%20configuracion.pdf, pp.121.

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3.      Barba, E. (2021). El Principio de Calidad: Sus Desafos Desde el Derecho Administrativo en el Ecuador. KAIRS, revista de ciencias econmicas, jurdicas y administrativas, Vol. (4). No. 7. ISSN 2631-2743. DOI: 10.37135/kai.03.07.01, pp. 9-24.

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5.      Castro, J., Masache, C., & Durn, A. (2019). La aplicacin del Derecho Pblico en el Ecuador. Revista Universidad y Sociedad; Vol.11. No.4. Cienfuegos, Cuba. Versin On-line ISSN 2218-3620. http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202019000400350.

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7.      Cevallos, E; Castillo, C. (2019). El Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo en el Ecuador. Revista: Caribea de Ciencias Sociales. ISSN: 2254-7630. https://www.eumed.net/rev/caribe/2019/03/derecho-constitucional-ecuador.html.

8.      Constitucin de la Repblica del Ecuador . (2008). Decreto Legislativo 0. Registro Oficial 449 de 20-oct-2008. Asamblea Nacional. https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf, pp.136.

9.      CORRAL, H. (2009). Cmo hacer una tesis en Derecho, Curso de metodologa de la investigacin jurdica,. Santiago,: Editorial Jurdica de Chile.

10.  de Castro Cid, B. (s/f). La ciencia del derecho de la actualidad. Principales manifestaciones. Unidad Didctica VI. El Derecho como Objeto de Conocimiento. La Ciencia Del Derecho. Informacin Jurdica Inteligente. https://vlex.es/vid/ciencia-principales-manifestaciones-269169.

11.  Mendoza, O. (2020). Las ciencias jurdicas y su evolucin tecnolgica . HYPATIA. Revista de Divulgacin Cientfico-Tecnolgica del Gobierno del Estado de Morelos. Nro. 63. Universidad Aztln. Mxico. https://revistahypatia.org/ciencias-juridicas-rev63.html.

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13.  Rincon, C. (2017). La Administracin pblica Venezolana, una retrospectiva del periodo democrtico. https://red.novagob.org/la-administracion-publica-venezolana-una-retrospectiva-del-periodo-democratico/.

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15.  Vsquez, S. (2013). Derecho administrativo con relacin a la ciencia de la administracin. https://www.gestiopolis.com/derecho-administrativo-relacion-ciencia-administracion/.

 

 

 

 

 

 

 

 

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