Los derechos humanos para la residencia legal de las personas extranjeras

 

Human rights for the legal residence of foreigners

 

Direitos humanos para a residncia legal de estrangeiros

 

Cristel Brigitte Jarro Snchez I
cjarro2@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0001-9097-1924
Gabriela Judith Muoz Romero II
gmunoz3@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-5455-4661
Wilson Exson Vilela Pincay III
wvilela@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002- 0786-7622
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: cjarro2@utmachala.edu.ec

 

 

Ciencias Tcnicas y Aplicadas

Artculo de Investigacin

* Recibido: 23 de junio de 2022 *Aceptado: 12 de julio de 2022 * Publicado: 18 de agosto de 2022

 

 

 

  1. Estudiante de la Universidad Tcnica de Machala, Ecuador.
  2. Estudiante de la Universidad Tcnica de Machala, Ecuador.
  3. Docente de la Universidad Tcnica de Machala, Ecuador.

Resumen

El presente artculo investigativo demuestra como el Estado Ecuatoriano respeta los derechos humanos de los inmigrantes en el proceso para obtener una residencia legal, en base a los instrumentos internacionales, la constitucin y leyes especiales en el mbito de la movilidad humana y residencia, con el fin de atender a sus necesidades bsicas de encontrar un lugar como hogar permanente para desarrollarse personal y socialmente. Uno de los problemas que enfrenta este proceso de residencia es encontrarse con un estado de derechos desequilibrado en sus poderes pblicos que no pueden poner en funcionalidad los derechos y leyes existentes para contrarrestar ese problema desde el enfoque de los derechos humanos, y un claro ejemplo de ello se evidencia en el accionar errneo por parte del gobierno en la gran avalancha migratoria venezolana del ao 2018 en Ecuador. Este trabajo fue desarrollado mediante una metodologa analtica, documental, terica, descriptiva, explicativa e heurstica y con las tcnicas de investigacin de la observacin y de lectura jurdica que nos lleva a la reflexin de las polticas implementadas por el Estado con respecto al enfoque investigativo planteado, dndonos como resultado la vulneracin de derechos humanos debido a las trabas en el proceso de obtener una residencia por parte de un colectivo inmigrante que busca nuevos proyectos personales con la decisin de vivir en el pas. Para corregir este problema se debe establecer una conexin directa entre las instituciones gubernamentales en concordancia a la Constitucin 2008, y los instrumentos internacionales en cuanto a materia de movilidad humana y migracin.

Palabras Clave: Derechos Humanos; residencia legal; personas extranjeras; instrumentos internacionales; constitucin.

 

Abstract

This investigative article demonstrates how the Ecuadorian State respects the human rights of immigrants in the process to obtain legal residence, based on international instruments, the constitution and special laws in the field of human mobility and residence, in order to attend to their basic needs to find a place as a permanent home to develop personally and socially. One of the problems that this residency process faces is encountering an unbalanced rule of law in its public powers that cannot put existing rights and laws into operation to counteract this problem from a human rights perspective, and a clear example of This is evidenced in the erroneous actions by the government in the great Venezuelan migratory avalanche of 2018 in Ecuador. This work was developed through an analytical, documentary, theoretical, descriptive, explanatory and heuristic methodology and with the research techniques of observation and legal reading that leads us to reflect on the policies implemented by the State with respect to the investigative approach proposed. , giving us as a result the violation of human rights due to the obstacles in the process of obtaining a residence by an immigrant group that seeks new personal projects with the decision to live in the country. To correct this problem, a direct connection must be established between government institutions in accordance with the 2008 Constitution, and international instruments regarding human mobility and migration.

Keywords: Human rights; legal residence; foreign people; international instruments; Constitution.

 

Resumo

Este artigo investigativo demonstra como o Estado equatoriano respeita os direitos humanos dos imigrantes no processo de obteno de residncia legal, com base nos instrumentos internacionais, na constituio e nas leis especiais em matria de mobilidade e residncia humana, a fim de atender suas necessidades bsicas para encontrar um lugar como um lar permanente para se desenvolver pessoal e socialmente. Um dos problemas que esse processo de residncia enfrenta encontrar um estado de direito desequilibrado em seus poderes pblicos que no consegue colocar em prtica os direitos e leis existentes para contrariar esse problema do ponto de vista dos direitos humanos, e um exemplo claro disso evidenciado na errnea aes do governo na grande avalanche migratria venezuelana de 2018 no Equador. Este trabalho foi desenvolvido por meio de uma metodologia analtica, documental, terica, descritiva, explicativa e heurstica e com as tcnicas de pesquisa de observao e leitura jurdica que nos leva a refletir sobre as polticas implementadas pelo Estado no que diz respeito abordagem investigativa proposta. , dando temos como resultado a violao dos direitos humanos devido aos entraves no processo de obteno de residncia por parte de um grupo de imigrantes que busca novos projetos pessoais com a deciso de morar no pas. Para corrigir esse problema, deve-se estabelecer uma conexo direta entre as instituies governamentais, de acordo com a Constituio de 2008, e os instrumentos internacionais de mobilidade humana e migrao.

Palavras-chave: Direitos humanos; residncia legal; estrangeiros; instrumentos internacionais; Constituio.

Introduccin

Las personas extranjeras ven a Ecuador, como el pas paraso para residir legalmente en l, por ser un Estado garantista de Derechos desde su Constitucin del ao 2008 con el fin de proteger las vulneraciones de las personas y de la naturaleza. Adems, adopt en su ordenamiento jurdico los instrumentos internacionales e incluso creo leyes especiales para que trabajen especficamente en el rea de Movilidad Humana y Residencia. Enfocado en proteger y atender las necesidades bsicas de las personas y sus familias migrantes dentro de un pas en donde empiezan desde cero, pero firmes en su meta de residir legalmente, obtener el mismo derecho que un habitante ecuatoriano para poder integrarse de manera exitosa y puedan desarrollarse socialmente.

Para los autores (Jaramillo Fonnegra, Vernica, & Santi Pereyra, Silvana Estefana, 2021) la idea de crear el Derecho Migratorio es producto de millones de personas que han decidido cambiar de pas por una mejor oportunidad, y es as como el derecho a migrar es reconocido como el derecho humano, pero se ha visto vulnerado por vaivenes polticos.

La migracin de las personas alrededor del mundo es causada por factores sociales y econmicos que derivan a que se d que el flujo de emigrantes aumente en todos los pases del mundo. Dichas migraciones han causado que sean transigidos o expresados dentro de los derechos humanos reconocidos por los diferentes tratados internacionales que existen, lo cual ha derivado que en nuestra Constitucin tambin se los reconozca, beneficiando de esta forma a las personas que por cualquier razn han tenido que salir de su pas de origen para aventurarse a otro totalmente nuevo con nuevas costumbres y polticas a las cuales deben de adaptarse.

En cuanto al problema que enfrenta el proceso de residencia legal en Ecuador, citamos a los autores (Hugo Burbano ; Abraham Rodrguez; Mnica Vera , 2019) quienes manifestaron una crtica al estado Ecuatoriano sobre las polticas pblicas migratorias utilizadas especialmente en el caso de la gran avalancha migratoria venezolana que llego a Ecuador en el mes de agosto del ao 2018. El evidente problema de estas polticas se debe a que no iban en concordancia con la normativa constitucional vigente y ni a los Derechos Humanos reconocidos en Instrumentos Internacionales.

Para realizar esta investigacin se utiliza una metodologa analtica, documental, terica, descriptiva, explicativa e heurstica y con las tcnicas de investigacin de la observacin y de lectura jurdica que nos lleva a la reflexin de las polticas implementadas por el Estado con respecto al enfoque investigativo planteado.

Desarrollo

Los derechos humanos

En la actualidad, existen un sin fin de denominaciones referente a los derechos humanos, entre ellos podemos encontrar tales como : derechos del hombre, garantas sociales, garantas individuales, derechos innatos, derechos naturales, libertades pblicas, derechos esenciales, derechos pblicos subjetivos, y derechos de la persona humana (Lotero-Echeverri, Gabriel, & Prez Rodrguez, M. Amor., 2019)

Todos estos derechos se dan debido a la evolucin doctrinal que utilizan para poder fundamentar cada una de estas denominaciones, las cuales conllevan de igual forma a un mismo significado. Los derechos humanos expresan la existencia propia de la persona, y al conocerse que los mismos en cada Estado deben ser promovidos y respetados, es un punto a favor para que las personas logren su movilizacin con total libertad logrando de esta forma vivir de forma digna y segura.

En relacin con los derechos humanos, los autores (Rodrguez, L. y Soriano, J., 2019) manifiesta que son atributos, facultades y libertades que poseen todas las personas por el mismo hecho de poseer su condicin de humanos. Estos derechos logran que se pueda desarrollar una vida digna entre las personas direccionando el poder que se posee, al igual que cualquier derecho su desarrollo va en constante evolucin dentro de cada sociedad, constituyndose como una de las normas legales con mayor respeto, proteccin y deber de cada Estado.

Toda persona posee derechos que se encuentran reconocidos como Derechos Humanos Internacionales, los cuales son inherentes a cada uno de nosotros ya si mismo permiten que se forme una dignidad, igualdad y libertad entre los seres humanos y la sociedad en la que se vive, los mismos que deben de estar dentro del ordenamiento jurdica de un pas y de igual forma visto de forma internacional, lo cual dar un mayor respeto a nivel internacional.

Para los autores (Vera Viteri, Leonardo Vicente, Zambrano Acosta, Jimmy Manuel, & Deroy Domnguez, Dania. , 2019), los derechos se encuentran en el sistema puesto jerrquico en el mundo, lo que permite que los estados los traten o los empleen de forma justa e indeterminada, con igual nfasis que cualquier otro tipo de derechos. Todos los pases poseen las mismas obligaciones para asumir y proteger a los derechos humanos, sin que se tema porque el sistema poltico, econmico o cultural llegue a perjudicar.

Esto significa que los derechos humanos son magnnimos con respecto a los seres humanos y admisibles para su uso y su desarrollo de acuerdo con el tipo de casos que puedan presentarse en el cual se vean afectados los mismos, exigiendo de esta forma una recuperacin y proteccin de los mismos con mayores oportunidades frente a la desigualdad social que se pueda presentar.

Los derechos humanos poseen caractersticas que los hacen diferente a los dems derechos existentes en cada ordenamiento jurdico de un Estado, es as como encontramos las siguientes caractersticas tales como que la universalidad, la historicidad, la progresividad, el aspecto protector, la indivisibilidad y la eficacia directa (Guerrero, S. H. & Hinestroza, L, 2017)

Se puede confirmar que histricamente hablando sobre los derechos humanos, son respetados y consagrados en las diferentes cartas constitucionales que posea cada Estado, ya que esto es el resultado de revoluciones y de luchas que han conllevado para que se den origen a los mismos, tomando las palabras de (Ramrez, 2020) empezando desde la libertad de la conciencia humana hasta las diferentes libertades que se puedan llegar a tener frente a cualquier situacin, as mismo han sido los principales promotores para que gremios de cualquier tipo exijan un reconocimiento en los Estados en los cuales llegasen a participar.

 

La declaracin universal de los derechos humanos

La Declaracin Universal de Derechos Humanos, fue inscrita como un documento de tipo global, que se encontraba encargado de proteger los derechos de las personas alrededor del mundo, y es as, que las Naciones Unidas lo adopta el 10 de diciembre de 1948 debido a la falta de sensibilidad y la crueldad con la que se cometieron sucesos que marcaron la historia del mundo, tales como la Segunda Guerra Mundial y los cuales forman parte de la conciencia de la humanidad, su reconocimiento daba sentido a las bases de libertad, paz y justicia de la sociedad (Gonzalez, 2017)

La Declaracin de los Derechos Humanos agrupa en general a 30 derechos, los cuales son exclusivos de las personas, sin que nadie se los pueda arrebatar por nada del mundo, son la base principal con la cual se han venido constituyndose diversos derechos internacionales. Estos 30 derechos inscritos por las Naciones Unidas deben ser respetados por los pases los cuales apoyaron y firmaron dicho documento, el mismo que sigue en vigencia en la actualidad y que muy probablemente lo seguir estando hasta cuando se decida declarar nuevos derechos humanos internacionales.

En total son 30 los derechos y libertades que se encuentran dentro de la DUDH entre los cuales estn: el derecho a no ser sometido a la tortura, el derecho a la educacin, a la libertad de expresin, a buscar asilo. (Rodrguez, 2018) Dentro de esta declaracin tambin existen derechos polticos y civiles tales como el derecho a la vida, a la vida privada, a la libertad; o los derechos econmicos, culturales y sociales entre los cuales estn los de seguridad social, el derecho a una vivienda adecuada y el derecho a la salud.

La Declaracin de los derechos humanos es considerado como un acto histrico y de gran importancia en el mundo, debido a que por fin se obtuvo un documento acordado globalmente en donde se seala que los seres humanos son totalmente libres y poseen las mismas igualdades con independencia del color, creencia, sexo, religin o dems caractersticas. Al poseer caracterstica de universalidad se da a entender que los derechos deben ser como ya se ha manifestado con anterioridad reconocidos en cualquier parte del mundo y podrn ser usados por cualquier persona alrededor del mundo, siendo vinculante con los ordenamientos jurdicos que puedan poseer cualquier Estado.

 

Constitucin ecuatoriana del 2008

Dentro de nuestra Constitucin de 2008, se reconocen los derechos de movilidad humana y principios relacionados a los migrantes, reconociendo la plurinacionalidad y la interculturalidad, transformando su visin y enfoque hacia los derechos humanos (Serrano, 2019).

Hablando sobre la migracin podemos ver que esta palabra va ligada al Derecho de libre movilidad humana que se encuentra reconocido en nuestra Constitucin, el mismo que tambin est relacionada con respecto al principio de la ciudadana universal, lo que da paso a que se forme un proceso de liberalizacin entre las fronteras, siendo esta vista como una garanta frente al flujo migratorio terrestre que se puedan llegar a dar por parte de las personas, las cuales por lo general siempre buscan salir de su pas de origen hacia otro con el fin de poder progresar y tener una mejor calidad de vida.

Segn el artculo 9 de la (Constitucin de la Repblica del Ecuador, 2008), ser el Estado Ecuatoriano quien se asegure de proteger los derechos de las personas extranjeras como si fueran ciudadanos ecuatorianos, gozando as de los mismos derechos y deberes que un ecuatoriano, y de esta forma evitar la vulneracin de sus derechos inherentes a su condicin de humano.

 

Segn el artculo 40 sobre la movilidad humana de la (Constitucin de la Repblica del Ecuador, 2008) manifiesta que el Estado reconoce el Derecho a migrar sin importar su condicin migratoria por lo que no se le considerar como persona ilegal por el hecho de querer empezar desde cero en un nuevo pas. Y en palabras de (Paladines, 2018) las instituciones pblicas especializadas del gobierno son las encargadas en atender y brindar el servicio a los migrantes y a sus familias, haciendo que su integracin sea bajo el amparo de los Derechos Humanos.

Es decir, que el Estado Ecuatoriano reconoce el Derecho a la libre movilidad, otorgado derechos y obligaciones a todas las personas sean ecuatorianas o no que se encuentren dentro del pas, de esta forma se est precautelando los Derechos Humanos de las personas, debido a que en la Constitucin del 2008 el Ecuador reconoce derechos a los extranjeros y dentro de sus normas establece que deben de ser tratados con igualdad dentro de la sociedad.

Los autores (Lauro Aquilino Chacn-Jara; Cecilia Ivonne Narvez-Zurita; Juan Carlos Erazo-lvarez; Diego Fernando Trelles-Vicua, 2020) manifiestan que la migracin en Ecuador, en base a su constitucin y conforme a los Convenios Internacionales de Derechos Humanos se encuentra regido por los principios de ciudadana universal, principio de igualdad y no discriminacin, y por los Derechos de movilidad humana los cuales son el resultado de los Derechos Humanos.

 

Ley orgnica de movilidad humana

En febrero del 2017, durante el mandato del presidente Correa se aprueba la (Ley Orgnica de Movilidad Humana., 2017) en concordancia con la normativa del pas, la Constitucin Ecuatoriana y a los instrumentos internacionales. En base a los principios de ciudadana universal, libre movilidad humana, igualdad ante la ley y no discriminacin como un Estado garantista de derechos.

Pero Qu derechos reconoce esta ley?, para los autores (Atencio Gonzlez, Rously Eedyah, Coronel Piloso, Johanna Emperatriz, & Torres Castillo, Tanya Roxana) legalizarse en el pas de la ciudana universal es fcil, gracias a la normativa del Ecuador y los Derechos humanos que varios pases integraron en sus constituciones. Los derechos reconocidos en por esta ley empieza desde el derecho de libre movilidad y migracin segura en donde sus derechos a solicitar su condicin migratoria, a la integracin, trabajo, salud, acceso a la justicia, participacin poltica y registro de ttulos son respetados y garantizados. La evidencia jurdica de estos derechos se encuentra respaldados en la Ley Orgnica de Movilidad Humana en el captulo tercero, del cual engloba a los derechos y obligaciones de las personas extranjeras en Ecuador.

Las personas extranjeras que quieran seguir el proceso de residencia legal primero deben obtener su condicin migratoria residente para conseguir una cedula de identidad como ciudadano/a ecuatoriano/a (Orellana, 2017). En cuanto a este proceso, la ley vigente es clara en catalogar la definicin de residente y como una persona extranjera se convierte en residente permanente en Ecuador, para ello las condiciones estn establecidos en el artculo 63, el cual manifiesta que la primera condicin para llegar a ser residente permanente se debe cumplir con los veintin meses como requisito mnimo de la residencia temporal; la segunda opcin aplica para aquellos extranjeros que contrajeron matrimonio o unin de hecho con una persona de nacionalidad ecuatoriana; la tercera condicin se refiere para los menores de edad o aquellos discapacitados que estn a cargo de una persona ecuatoriana o de un extranjero que se convirti en residente en el pas y por ltimo, la residencia permanente aplica para las personas que poseen el segundo grado de consanguinidad o de afinidad, es decir, ser parientes de una persona ecuatoriana o extranjera que ya es residente permanente.

En cuanto a los requisitos para obtener la residencia permanente segn el artculo 64 de la misma ley, en total son seis. La primera es en referencia al artculo 63 puesto que la persona extranjera debe pertenecer a una de las condiciones para obtener la residencia permanente; el segundo es tener un pasaporte vigente, como tercer requisito es el certificado de antecedentes penales en Ecuador; cuarto, ser una persona que no tenga registros de amenaza contra el estado ecuatoriano y por seguridad social; quinto, contar con los medios suficientes lcitos para la subsistencia en el pas, por ejemplo con un trabajo, y en el caso de las personas menores de edad y discapacitados le corresponder a la persona solicitante de su residencia demostrar los medios de vida necesarios para sobrevivir, y por ltimo, realizar el pago de la tarifa emitida por la autoridad del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (MREMH). Actualmente la autoridad ha fijado la tarifa en $50 la solicitud de visa y el otorgamiento de la visa $400, en total $450. Aplica los descuentos del 50% para las personas de la tercera edad consideradas desde los 65 aos en adelante y el 100% de descuento para las personas discapacitadas con el 30% que presenten el certificado emitido por el Ministerio de Salud Pblica del Ecuador.

 

En referencia a los artculos anteriormente explicados, los autores (Lotero-Echeverri, Gabriel, & Prez Rodrguez, M. Amor, 2019) dan una crtica sobre las instituciones del Estado Ecuatoriano encargadas de llevar el proceso de la residencia legal y la movilidad humana de los inmigrantes extranjeros en el Ecuador, puesto que se evidencia una falta de organizacin dentro de la institucin y de cooperacin con otras instituciones pblicas encargadas del proceso, es decir, un trabajo mal coordinado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana encargados de emitir la visa de residencia permanente, y el Registro Civil quien se encarga de entregar el documento fsico de la cdula de identidad.

 

La migracin

Actualmente, alrededor del mundo existen 150 millones de personas que deciden vivir en otro pas el cual no es suyo de nacimiento, esto quiere decir que aproximadamente el 2,4% de toda la poblacin del mundo son migrantes (Gonzlez Martnez, E., & Velez Arteaga, M. F., 2019). Con el pasar del tiempo los flujos migratorios se han sido modificados debido a los cambios sufridos dentro de las sociedades, las transformaciones dentro de la economa y el desarrollo de las nuevas tecnologas y comunicaciones.

Al momento en que se da el flujo migratorio se producen consecuencias tanto en el pas de origen como en el pas receptor, es as como tenemos que en el pas de origen se disminuye el conflicto social y poltico, ayudando de esta forma que los ndices de descontento social debido a la falta de desocupacin y competencia dentro del pas de origen logren disminuir. Y en los pases receptores permiten que aumente la poblacin productiva dentro del mismo, en donde el inmigrante logre alcanzar mejoras dentro de sus condiciones sociales y laborales que las que podra tener en su pas de origen. Es cierto en este sentido que el inmigrante ilegal nicamente se lo ve como un inters social dentro del pas receptor, en donde dicho pas no invierte en el sujeto, sino que ms bien se est beneficiando del potencial del sujeto debido a la mano de obra que emplea.

La migracin es un tema de carcter universal puesto que concierne a todos los pases del mundo. La experiencia recolectada durante todos estos aos por Organismos Internacionales como la ONU y la OIT, demuestran que los factores determinantes de la migracin son econmicos, polticos y sociales. Los autores (Bltica Cabieses,Piedad Glvez,Nassim Ajraz, 2018) amplan estos factores dando ejemplos sobre cada uno de ellos, con respecto al econmico es evidente que en su pas de origen sufri una crisis que declino su fuente monetaria y produjo un golpe fuertemente a su calidad de vida puesto que se le hace ms difcil conseguir trabajo para sobrevivir. En el mbito poltico, en algunos casos se produce por la arraigada ideologa poltica que se mantienen los gobernantes como ser extremadamente comunistas como el caso de Cuba llevndolos a un control totalmente complicado para sobrevivir. Y por ltimo el social, esta suma tanto la crisis econmica ms las acciones polticas para convertirse en un pas con poca probabilidad de obtener una vida digna que garantice los Derechos Humanos de las personas.

Ecuador en su crisis del ao 1999 -2000, miles de sus habitantes emigraron en busca de nuevas oportunidades tanto para ellos como para sus familias. Ahogados en una crisis econmica se vieron obligados a dejar su pas de origen, sus culturas, sus amigos, familia y todo lo que amaban de su tierra para partir a otro destino con nuevas metas y poder generar los ingresos para sobrevivir. Los autores (Umpierrez de Reguero, Sebastin, Dandoy, Rgis y Palma, Tatiana, 2017) en su articulo realizan una critica sobre el mal manejo poltico que genero esta crisis y prcticamente obligo a su poblacin a salir urgentemente en busca de desarrollo personal.

Es claro que el manejo poltico desencaden una crisis econmica hace 22 aos en el Ecuador, dejando un pas inestable en materia poltica, econmica y social. La mayor parte de los compatriotas ecuatorianos emigraron hacia Espaa en el cual vieron como el pas que les abrira las puertas para cumplir sus metas.

 

Necesidades bsicas de los inmigrantes

Bajo el amparo de los Derechos Humanos, las personas extranjeras escogen el pas que mejor les gustes para vivir nuevas experiencias, conocer culturas, desarrollarse personal y socialmente. Para ello, los autores (Valle Franco; Alex Ivn, 2017) comentan que la cifra de los inmigrantes profesionales que cuentan con conocimientos suficientes para aportar en el pas ha aumentado en estos ltimos 10 aos a nivel global.

Tener inmigrantes especializados en distintas reas de conocimiento significa tener como pas receptor un alto recurso humano que llega a sumar socialmente y en todos los aspectos, puesto que contribuira al Estado y no sera una carga. Pero esto no aplica para todos los casos, puesto que no todos tienen ttulo profesional por diferentes razones personales, por ello, al momento de llegar a otro pas sufren de explotacin laboral y discriminacin.

 

Para los autores (Oroza Rebeca; Puente Yoannis, 2017) es claro que las necesidades bsicas de los inmigrantes son las mismas que se encuentran reconocidas en los derechos bsicos como lo son los Derechos Humanos. Para dejar claro estos, son el Derecho a la libertad, justicia, paz salud, trabajo, educacin, vivienda y ms que eso que el pas receptor lo integre socialmente sin discriminacin por religin o cultura.

A pesar de que el gobierno ecuatoriano tenga tantas medidas pblicas y derechos reconocidos en su normativa, existe una desigualdad de trato para los inmigrantes desde el nivel ejecutivo hasta la discriminacin de los habitantes, pese a que Organismos Internacionales cada da impulsan el respeto de Derechos Humanos y que todas las personas son iguales en cualquier lugar que escojan para vivir, en Ecuador esto se ve vulnerado.

 

La migracin en el ecuador: caso de inmigrantes venezolanos

Para entender el problema de Venezuela, los autores (Figuera Sorily; Robles Johana., 2019) analizan el tema poltico, econmico y social del gobierno venezolano, motivo que hace que sus habitantes salgan desesperadamente huyendo de la inseguridad, violencia y la imposibilidad de acceder a los servicios bsicos y medicina.

Entonces, cuando llegan a otros pases huyendo de su pas de origen se convierten en vctimas de un sistema que no les protege sus Derechos Humanos y no pueden acceder a los servicios bsicos, convirtindolos vulnerables para ser discriminados, explotados laboral y sexual; en algunos casos son vctimas de trata de personas cayendo en manos de estas redes peligrosas.

Los autores (Hugo Burbano ; Abraham Rodrguez; Mnica Vera , 2019) en su artculo titulado La Poltica Pblica migratoria ecuatoriana en el caso de la crisis migratoria venezolana, realizan una dura crtica el accionar del gobierno de Ecuador y sus instituciones pblicas con respecto al tema migratorio puesto tomaron una postura de peligro para la seguridad nacional por causa de la crisis migratoria venezolana. El primer paso que dio el Estado argumentando que lo hace en base a la proteccin de los migrantes fue mediante el Acuerdo Ministerial Nro.242 de fecha 16 de agosto del 2018 emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en el cual estableci pedir pasaporte a los inmigrantes venezolanos como requisito para entrar al pas sin tomar en cuenta lo que estipula el art. 84 de la Ley de Movilidad Humana que manifiesta que los ciudadanos suramericanos para ingresar al Ecuador deben presentar solo como requisito su documento de identificacin nacional, por lo que claramente este acuerdo violo la ley Orgnica.

El Acuerdo Ministerial Nro.242 viol los Derechos Humanos de la libertad de movilidad, el trato de igualdad ante la ley y el Derecho a la ciudadana universal. Adems, neg la proteccin de los Derechos Humanos reconocidos por instrumentos internacionales, la propia Constitucin Ecuatoriana y leyes creadas en relacin con la materia de migracin. Sin duda, este acuerdo imposibilit que los inmigrantes venezolanos puedan obtener un pasaporte y el mismo les sirva para pedir una residencia temporal en el pas, para despus de 21 meses tramitar la visa permanente, y as cumplir sus sueos en un nuevo territorio que sea capaz de garantizarle los derechos bsicos y no los obstruya como en su pas de origen.

Segn el autor (lvarez, 2020) para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana pedir el pasaporte a los inmigrantes venezolanos fue una solucin rpida con la finalidad de controlar el flujo migratorio, pero en realidad, desde la visin de Derechos Humanos fue una violacin principalmente a los Instrumentos Internacionales ratificados en Ecuador, por no ser concordante a la Constitucin y a las leyes especiales en materia migratoria.

Continuando con la crtica emitida por los autores sobre la Poltica pblica migratoria ecuatoriana en el caso de la crisis migratoria venezolana, el segundo mal paso dado por el Estado Ecuatoriano bajo el accionar de los Ministerios encargados de materia migratoria fue emitir el Acuerdo Interministerial 001 de fecha enero del 2019 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio del Interior el cual en base de garantizar la seguridad de los ciudadanos ecuatorianos, se estableci que los inmigrantes venezolanos adems de presentar el documento de identificacin nacional deban sacar el certificado de antecedentes penales.

Los autores (Jacqueline Coromoto; Menndez, Fabian ; Moreira, Tatiana, 2019) enfatizan que la medida tomada en el Acuerdo Interministerial 001 fue una ms de las malas acciones por parte del sistema migratorio del Estado Ecuatoriano ya que pretendieron obstaculizar la residencia temporal de los inmigrantes venezolanos en el pas.

Los problemas migratorios que tuvieron los venezolanos en Ecuador traspaso fronteras, llegando a tener conocimiento la Organizacin de los Estados Americanos (OEA, 2019) quien emiti el 27 de febrero del 2019 un comunicado de prensa a travs de su Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresando su preocupacin por el accionar del Estado Ecuatoriano en cuanto a implementar rigurosos controles policiales en los puntos fronterizos del pas con el fin de expulsar a los inmigrantes sin considerar los casos especiales que ameritaban la proteccin de sus Derechos Humanos y se vieron vulnerados porque deban los inmigrantes recurrir a otras rutas clandestinas que desencadeno una migracin irregular por la va martima y terrestre.

La actuacin del gobierno ecuatoriano ante la gran avalancha de inmigrantes venezolanos se vio reflejada en acciones regresivas de Derechos humanos de los venezolanos que huyeron masivamente de su pas en busca de nuevas oportunidades para vivir. Es por ello, que intervino la Corte Constitucional para suspender temporalmente los acuerdos emitidos anteriormente, esto fue gracias a la demanda que se present sobre la inconstitucionalidad de las medidas migratorias con carcter discriminador emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio del Interior. Finalmente fue el 3 de junio del 2019 en la audiencia se visualiz la postura del gobierno tapando sus errores con el dilema que todo se realiz pensando en la seguridad de los ciudadanos ecuatorianos.

Con ello, se evidenci unas polticas pblicas que vulneraron los Derechos Humanos de los inmigrantes venezolanos en el Ecuador, pas que ellos vieron como apoyo humanitario para hacer realidad sus sueos. Sin dudas estos hechos demuestran la poca habilidad que tiene el Estado Ecuatoriano a travs de los Ministerios encargados el ejercer la garanta de los Derechos humanos. Por lo tanto, se debera mejorar estas acciones con alternativas ms solventes que efectivicen una regulacin rpida y segura en el pas receptor, pudiendo as el inmigrante conseguir su residencia permanente si as lo desea y no obtener como resultado una deportacin.

 

Metodologa

Dentro del presente trabajo investigativo se ha utilizado una metodologa analtica, documental, terica, descriptiva, explicativa e heurstica, en donde se ha trabajado una investigacin crtica con respecto a cada uno de los temas abordados, as mismo, hemos podido lograr que se desarrolle un lenguaje analtico-descriptivo enfocado en cada una de las obras ledas y analizadas por los autores del trabajo investigativo. Hemos podido plasmar dentro de nuestra investigacin un punto de vista ms concreto con respecto al tema central de la investigacin, para que sirva de mayor comprensin hacia el lector.

Gracias a ello, nos lleva a la reflexin de las polticas implementadas por el Estado con respecto al enfoque investigativo planteado, dndonos como resultado la vulneracin de Derechos Humanos debido a las trabas en el proceso de obtener una residencia por parte de un colectivo inmigrante que busca nuevos proyectos personales con la decisin de vivir en l.

Conclusiones

Una vez analizado toda la normativa legal del Ecuador desde su Constitucin, Instrumentos Internacionales y la Ley Orgnica de Movilidad Humana, se evidencia el respeto de los Derechos Humanos en cada letra de estos cuerpos fundados en principios de ciudadana universal, de igualdad y no discriminacin, y por los derechos de movilidad humana, esto le ha llevado a Ecuador a ser aplaudido a nivel internacional por acoger a personas inmigrantes en su territorio. Sin duda, el aumento del flujo migratorio y la afectacin de los Derechos Humanos a constituido como una preocupacin ms de la sociedad actual, dndole a algunos pases una visin centrada en los Derechos Humanos.

Para obtener la residencia legal permanente siendo un inmigrante en Ecuador, la Ley Orgnica de Movilidad Humana es clara en sus artculos 63 y 64 puesto que las personas debern cumplir con las condiciones y requisitos expuestas en esta normativa para que el proceso de residencia se considere de forma legal y sea el estado ecuatoriano quien les garantice sus Derechos Humanos en el territorio con la misma igualdad que tienen los ciudadanos ecuatorianos.

Se pudo demostrar, que las instituciones pblicas del Estado Ecuatoriano encargadas de la materia de migracin como lo es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio del Interior actuaron con medidas fuera de lo que establece las leyes internas del pas y de los instrumentos internacional puesto que emitieron Acuerdos Ministeriales y los Acuerdos Interministerial bajo los trminos de discriminacin y vulneracin de Derechos Humanos hacia los inmigrantes venezolanos. Por ello, este proceso de residencia se enfrenta a un estado de derechos desequilibrado en sus poderes pblicos que no pueden poner en funcionalidad los derechos y leyes existentes para contrarrestar ese problema desde el enfoque de los derechos humanos, y un claro ejemplo de ello, se evidencia en el accionar errneo por parte del gobierno en la gran avalancha migratoria venezolana del ao 2018 en Ecuador.

Por ltimo, el Ecuador dej ver sus errores en cuanto a la vulneracin de Derechos Humanos debido a las trabas en el proceso de obtener una residencia por parte de un colectivo inmigrante que busca nuevos proyectos personales con la decisin de vivir en el pas. Para corregir este problema se debe establecer una conexin directa entre las instituciones gubernamentales en concordancia a la Constitucin 2008, y los instrumentos internacionales en cuanto a materia de movilidad humana y migracin. Adems, debe superarse la condicin de irregularidad de los inmigrantes con alternativas apropiadas para una correcta legalizacin y no optar por la deportacin que perjudica al migrante que se encuentra en el pas receptor, realizando actividades lcitas y trabajando para su futuro.

 

Referencias

  1. lvarez, S. (2020). Ilegalizados en Ecuador, el pas de la ciudadana universal. Revista: Sociologias., pp. 138-170. doi:https://doi.org/10.1590/15174522-101815
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