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El derecho de educaci�n durante el covid-19 para ni�os, ni�as y adolescentes en el Ecuador
The right to education for children and adolescents in times of covid-19 in Ecuador
El derecho de educaci�n durante el covid-19 para ni�os, ni�as y adolescentes en el Equador
Dayana Stefany Franco-C�rdova I
dfranco@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-9571-2697
Ronald Raul Palma-Labanda II
rpalma2@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-9413-3669
Armando Rogelio Duran-Ocampo III
aduran@utmachala.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-0111-0669
Correspondencia: dfranco@utmachala.edu.ec
Ciencias sociales y politicas ���
Art�culos de investigaci�n
*Recibido: 18 de junio de 2021 *Aceptado: 15 de julio de 2021 * Publicado: 10 de agosto de 2021
I. Universidad T�cnica de Machala, Facultad de Ciencias Sociales, Jurisprudencia, Machala, Ecuador.
II. Licenciado en Psicolog�a, Universidad T�cnica de Machala, Facultad de Ciencias Sociales, Jurisprudencia, Machala, Ecuador.
III. Doctor en Jurisprudencia, Magister en Derecho e Investigaci�n Jur�dica, Abogado, Universidad T�cnica de Machala, Facultad de Ciencias Sociales, Jurisprudencia, Machala, Ecuador.
Resumen
La pandemia suscitada como consecuencia del Covid-19, provoc� que el mundo sufriera transformaciones en su normal modus vivendi, emergencia que oblig� a muchos de los Estados; en los que se incluye a Ecuador, a tomar medidas pertinentes para tratar de mitigar el n�mero de contagios; cambios que a su vez impidieron que ni�os, ni�as y adolescentes ejerzan sus derechos educativos de forma plena, lo cual agrav� los �ndices de desigualdad antes existentes, y la cual se agrav� como resultado de la crisis econ�mica producto de la pandemia. Los objetivos de la investigaci�n han sido el establecer que derechos mantienen mayor relaci�n con el Derecho a la Educaci�n en ni�os, ni�as y adolescentes del Ecuador, adem�s de determinar las medidas implementadas por parte del Estado para garantizar el Derecho a la Educaci�n en ni�os, ni�as y adolescentes del Ecuador. El tipo de investigaci�n aplicada es la documental de tipo cualitativo, mientras que los m�todos utilizados en la presente investigaci�n han sido el m�todo descriptivo, sint�tico, anal�tico, as� como el exeg�tico. Identificando de la misma que las acciones por parte del Estado no han estado acordes con uno de los principales deberes de este con respecto al derecho a la educaci�n, esto debido a que en lugar de disminuir los �ndices de desigualdad y aumentar el efectivo acceso a este derecho, ha provocado que la antes mencionada aumente, y menos ni�os, ni�as y adolescentes puedan acceder al derecho de la educaci�n.
Palabras clave: Educaci�n; ni�os; internet; recursos; familia; derechos.
Abstract
The pandemic occurred as consequence of covid-19 made the world suffer transformations in its normal modus vivendi, emergency that obligated many States, including Ecuador, to take pertinent measures to mitigate the number of contagions, changes which, simultaneously, avoided children and teenagers to exercise their rights completely, which also generated an aggravation of inequality indices provoked by the economic crisis produced by pandemic. The objectives of the investigation have been stablishing which rights keep a finer relation with the Right to Education for children and teenagers of Ecuador, as well as determining the measures implemented by the State to guarantee the Right to Education for children and teenagers of Ecuador. The kind of investigation applied is documentary of qualitative type, while the other methods used during this investigation have been the descriptive, synthetic, analytical method, as well as exergetic method; meanwhile about the main technique was observation and as secondary the documentary in qualitative order.
Keywords: Educaci�n; ni�os; internet; recursos; familia; derechos.
Resumo
La pandemia suscitada como consecuencia del Covid-19, provoc� que el mundo sufriera transformaciones en su normal modus vivendi, emergencia que oblig� a muchos de los Estados; en los que se incluy a Ecuador, themeded important to tratate of mitigar el number of contagios; cambios que a su vez impidieron que ni�os, ni�as y adolescentes ejerzan sus derechos educativos de forma plena, lo cual agrav� los �ndices de desigualdad antes existentes, y la cual se agrav� como resultado da crise econ�mica producto de la pandemia. Los objetivos da investiga��o foi o estabelecimento que derechos mantienen prefeito relaci�n con el Derecho a la Educaci�n en Ni�os, Ni�as y adolescentes del Equador, adem�s de determinar las medidas implementadas por parte do Estado para garantir el Derecho a la Educaci�n en Ni�os, Ni�as y adolescentes del Equador. El tipo de investiga��o aplicada es la documental de tipo cualitativo, mientras que los m�todos utilizados na presente investiga��o han sido el m�todo descriptivo, sint�tico, anal�tico, as� como el exeg�tico. Identificando de la misma que las acciones por parte del Estado no han estado acordes con uno de los principaises deberes de este con respecto al derecho a la educaci�n, esto debido a que en lugar de disminuir los �ndices de desigualdade e aumentar o efeito de acesso a este derecho, ha provocado que la antes mencionada aumente, y menos ni�os, ni�as y adolescentes puedan acceder al derecho de la educaci�n.
Palabras clave: Educaci�n; ni�os; Internet; recursos; familia; derechos..
Introducci�n
Las dificultades para acceder en su totalidad al derecho a la educaci�n durante el covid-19, por parte de los ni�os, ni�as y adolescentes del Ecuador, se ha convertido en un problema de bastante preocupaci�n a nivel de todo el pa�s y por ende tambi�n en torno al principio de la titularidad de este derecho fundamental, es por ello que el objeto de estudio de esta investigaci�n es el de identificar si durante la presencia del coviv-19 se ha aplicado o vulnerado el derecho a la educaci�n de ni�os, ni�as y adolescentes, adem�s de que el objetivo general es el analizar la existencia o no de vulneraci�n de los derechos de educaci�n durante la pandemia del covid-19, por lo que, se eligi� el presente tema, primeramente porque abarca un derecho sumamente importante para la sociedad, para el futuro, adem�s de su estudio y an�lisis desde una perspectiva jur�dica, adem�s de como se ve afectado este derecho por parte del covid-19 siendo un tema de nuestra realidad y sumamente actual.
En marzo del 2020, ya hace un a�o, Ecuador vivi� uno de los momentos hist�ricos m�s fuerte, y una noticia que, aunque ya se ten�a informaci�n de la misma, desde noviembre, diciembre del 2019, la cual era el virus Covid- 19, cuyo origen se remonta a China, a la provincia de Wuahan, situaci�n que preocup� y asusto a toda la poblaci�n a nivel mundial.
Sobre el virus poco se conoc�a, y sin duda no era tan grande la preocupaci�n, por parte de otros pa�ses, acerca de la letalidad de este virus, y si iba a expandirse a nivel mundial, m�s a�n que tanto afectar�a y acrecentar�a la brecha y desniveles en la sociedad, al no estar todos los sistemas educativos preparados en una modalidad de educaci�n a distancia online. (Jorge et al., 2020, p. 8)
Para personas de escasos recursos econ�micos, sin empleo, o que incluso llegaron a perder aquel ingreso durante la pandemia, la crisis se hizo a�n m�s grande, no solo de salud si no a su vez de migraci�n; resaltando a�n m�s la diferencia en la calidad de vida asociada a un nivel econ�mico.
Por lo tanto, el encargado de ofrecer una respuesta es el Estado, mediante diferentes medidas que resguarden la seguridad de los habitantes del pa�s, y buscando una cooperaci�n a nivel internacional, esto mediante medidas, como fueron el cierre de los aeropuertos para evitar contagios, aunque claro una medida realizada demasiado tarde.
El virus puso en una balanza la poca o amplia capacidad de un pa�s para hacer frente a una crisis de salud, y en b�squeda del actuar de los sistemas de protecci�n social dirigidos bajo la pol�tica del pa�s; tomando en cuenta la falta de rapidez necesaria para enfrentar una crisis de esta magnitud
Esta crisis no es ni la primera ni la �ltima, que enfrentan los diferentes pa�ses, para Ecuador primeramente una larga trayectoria de inestabilidad pol�tica y corrupci�n; una crisis econ�mica a finales de los noventa y finalmente una crisis migratoria a inicios del 2000, para presenciar fuertemente una nueva crisis ahora de inmigraci�n al pa�s desde el 2014 hasta la actualidad por la gran cantidad de migrantes venezolanos que entran al pa�s, ya sea como ruta de paso, en direcci�n a Per�, o como pa�s para el desarrollo de su vida, y llegando al 2020 con una crisis de salud, de corrupci�n y econ�mica a raz�n del Covid-19.
Frente a toda la situaci�n descrita anteriormente y a la crisis, sin duda alguna la lucha persiste, y no solo por mantenerse a flote, si no por mantener los derechos, que se cumplan cabalmente y se mantengan; lo que conlleva un gran esfuerzo por hacer valer aquello que la ley establece.
Entre varios derechos que se pueden ver limitados durante la pandemia, como el derecho a la salud, el derecho al trabajo, por la propia situaci�n del virus, existe un derecho tan o m�s importantes que los anteriores, y que tambi�n conlleva una gran dificultad darle cumplimiento.
La educaci�n como derecho humano e inter�s superior de ni�os, ni�as y adolescentes
A trav�s de la historia la configuraci�n del derecho de educaci�n como tal, signific� un hito hist�rico para la humanidad, �apareciendo a partir de la conformaci�n del derecho internacional, y la finalizaci�n de la segunda guerra mundial� (Ram�n, 2020, p. 47), siendo este parte de los derechos econ�micos, sociales y culturales; derechos humanos que son necesarios para lograr una vida digna y libre, mismos que fueron plasmados en la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos y otros tratados, los cuales son universalmente reconocidos, d�ndoseles ese car�cter como tal, adem�s de ser inalienables, interdependientes e indivisibles; y por lo cual los Estados que se han suscrito y ratificado estos, se ven en la obligaci�n de adaptar su normativa correspondiente con respecto al desarrollo progresivo de estos derechos, mismos que han sido catalogados como derechos humanos fundamentales para el progreso de las sociedades, por lo que los Estados por medio de nuevos preceptos constitucionales han plasmado y ampliado el desarrollo de los mismos, actuando el Estado por medio de la implementaci�n de pol�ticas p�blicas, en un marco de respecto, promotor y gu�a para el cumplimiento de los derechos constitucionales, siendo espec�fico para el desarrollo del presente trabajo; los derechos econ�micos, sociales y culturales, en este caso el derecho a la educaci�n, y de la misma manera ha obligado a que eviten ciertas acciones que puedan producir posibles vulneraciones de estos derechos.
Los derechos econ�micos, sociales y culturales o DESCA, como tambi�n se los ha catalogado, incluyendo tambi�n en ello los derechos ambientales, se diferencian de los derechos civiles y pol�ticos, en que es deber fundamental del Estado para efectivizar el cumplimiento pleno de estos el de garantizar todos los medios y mecanismos necesarios para satisfacer estos derechos, y el desarrollo de la sociedad, sin embargo el Estado no es espec�ficamente el �nico obligado directo, ya que, para lograr la aplicaci�n y el goce pleno de todos estos derechos, es fundamental que tambi�n intervenga la comunidad internacional, los gobiernos aut�nomos, la sociedad como tal y el propio Estado.
Los derechos a nivel mundial como resultado de la transformaci�n de la sociedad, la aparici�n de nuevas tecnolog�as y por ende de nuevas necesidades, ha generado que los derechos se ampl�en, es as� que nuevas generaciones de derechos se han implementado, y ha generado que los sistemas jur�dicos se vayan adaptando a estos, tanto en el �mbito del derecho internacional como en el Estado, los mismos que a trav�s de sentencias u opiniones consultivas, se han visto en la obligaci�n de ampliarlos, todo ello en base a los principios de pro ser humano, clausula abierta, de no restricci�n de derechos, y aplicaci�n directa, esto seg�n lo establecido en el art�culo 417 de la Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador.
El derecho a la educaci�n por su parte, y por el hecho de ser un derecho econ�mico, social y cultural, pertenece a los derechos de segunda generaci�n, siendo en este caso los de primera generaci�n los civiles y pol�ticos, los cuales se caracterizan por ser individuales y el Estado est� obligado a no realizar ning�n acto u omisi�n que pueda llegar a producir vulneraciones de los mismo. Es a partir de esto que se ha llegado a producir un debate, en cuesti�n a los derechos de segunda generaci�n, siendo el caso del derecho de la educaci�n, con respecto de la universalidad de este derecho, ya que si bien la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos, establece que todas las personas deben gozar de este, mismo que cuenta con la caracter�stica de ser un derecho universal, el cual seg�n Dalli (2017) establece que, �la universalidad para el caso de los derechos sociales adem�s de su definici�n antes mencionada, su articulaci�n debe darse para determinados casos� (p. 55). Es decir, adem�s de buscar que se logre en su totalidad y que todas las personas gocen de este deben especificarse y darse prioridad a determinados casos, los cuales sean de mayor necesidad, �correspondi�ndole de esta manera al Estado ejercer la protecci�n fundamental para que sin distinci�n alguna en cualquier parte del mundo le sea reconocido este derecho� (Aldana & Isea, 2018, p. 15).
La disparidad de opiniones en cuanto si de verdad la educaci�n es un derecho universal, del cual gozan todas las personas sin distinsi�n alguna, es con respecto de la �educaci�n privada, se�alando que su atenci�n no es la misma que en el ambito privado� (Garc�a, 2018, p. 161), sin embargo estas opiniones han ido quedando a un lado mediante los diferentes hechos hist�ricos sucitados, la transformaci�n de la sociedad con ello y la progresi�n de los derechos al nivel en los diferentes preseptos constitucionales, siendo para el caso del ambito privado regulado por la Ley Org�nica de Educaci�n Intercultural y el reglamento de esta , los cuales establecen prohibiciones con respecto de cobros de pensiones y normas que deben de cumplir las instituciones particulares y fiscomisionales con el fin de que se respete el derecho a la educaci�n de los estudiantes de educaci�n b�sica y bachillerato que esten cursando sus estudios en estas, con el fin de que no se impida su libre acceso a esta.
Para definir entonces lo que consiste el derecho a la educaci�n hay que primero dejar en claro de que trata la educaci�n y porque su importacia como derecho para las personas, y de la cual el Estado est� en la obligaci�n de garanizarla no solo con el objetivo del desarrollo de estas, sino que a la larga tambi�n es de beneficio para el propio Estado. La educaci�n entonces se caracteriza por centrarse en el desarrollo de la capacidad itelectual, as� como, �de la formaci�n y desarrollodo de la personalidad de ni�os, ni�as, adolescentes y adultos� (Parra et al., 2018, p. 256), todo ello bajo las normas y principios de la sociedad, as� como de la influencia de la cultura de esa sociedad.
El derecho a la educaci�n de esta manera permite el desarrollo y mejoramiento de la capacidad intectectual del ser humano, derecho el cual las personas deben recbir en respuesta a su condici�n, adem�s del ejercicio de su dignidad como perona, as� como el Estado de la misma manera se encuentra en la obligaci�n sustancial de �garantizarlo, resptarlo, cumplirlo, realizarlo y protegerlo� (Ram�n, 2020, p. 47), todo reflejado por medio de los preseptos constitucionales y normativos dentro del sistema jur�dico, que refleje procedimientos sesn estos administrativos o judiciales, que garanticen el acceso a este derecho, as� como de la garant�a de su exigibilidad a trav�s a trav�s de estos, en caso de que este se vea vulnerado.
Al hablar del derecho a la educaci�n no se hace referencia a un derecho del cual solo gozan ni�os, ni�as y adolescentes, sino como se menciono anteriormente, este al ser un derecho universal, es dirigido para todas las personas sean de la edad que sean, sin embargo como se mencion� anteriormente, esta universalidad de la misma manera implica que a su vez el Estado deba centrarse en garantizar de que este derecho sea igualitario, y para ello cumplir con el principio de igualdad material, no solo formal; a su vez centrandose a trav�s de acciones y destinaci�n de recursos en aquellos sectores en que las personas tuvieran dificultad para el acceso a este derecho, logrando de esta manera, que a nivel nacional se logre un acceso de forma masiva, logrando el objetivo del desarrllo cognituvo y de la personalidad de las personas, dandole la oportunidad de tener una visi�n diferente del mundo y la capacidad de plasmar sus ideas en el.
�Al hacer menci�n de la igualdad como principio contitucional, es importante hacer menci�n que engloba esto, y porque es necesario que en la normativa constitucional se cumpla con la igualdad formal y material para el efectivo goce de los derechos, siendo en este caso el derecho a la educaci�n, es as� entonces que, la igualdad es por tanto, primero el reconocimiento de la indvidualizaci�n de las personas como tal, y segundo la identificaci�n de las desigualdades de las condiciones de vida que deben ser reducidas (Ferrajoli, 2018). De esta principio se desprende la igualdad formal, misma que seg�n Mor�n & Abundis (2017) implica practicamente la igualdad ante la ley, y el reconocimiento de desigualdades, para en base de ellas dar un trato igualitario, y aceso para todas las personas sin distici�n alguna. Para D�az (2017), en cambio la encierra practicamente en, �la igualdad ante la ley, y la prohibici�n de discriminaci�n� (p. 28). La igualdad material por su parte implica a diferecia de la formal, que el Estado aplique mediante acciones afirmativas y aplicando el derecho de prohibici�n de discriminaci�n el goce pleno y efectivo de los derechos (Mor�n & Abundis , 2017).
�El derecho a la educaci�n como se la venido mencionado no es un derecho aislado, ha a trav�s de la historia, desde su reconocimiento; al igual que todos los derechos huamanos y fundamentales, han venido en un constante desarrollo y ampliaci�n de los mismos todo ello desde los tratados y convennios internacionales, hasta las normas constituciones, jurisprudencia y opiniones consultivas. El derecho a la educaci�n entonces aparace por primera vez, y da paso a su reconocimiento por parte de los pa�ses que la suscribieron en la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos de 1948 en su art�culo 26, la cual establece primero que es un derecho el cual es para todas las personas, sin ning�n tipo de distincis�n para el acceso a la misma, adem�s de que debe ser gratuita, y obligatoria al menos hasta el bachillerato, es decir, el Estado est� en la obligaci�n de invertir recursos para asegurar de que todos tengan libre acceso a esta, sea de car�cter p�blica y mediante acciones afirmativas asegurar que todos puedan acceder a la misma. En este mismo art�culo de la misma manera da un direccionamiento de la finalidad del derecho a la educaci�n, y� establece que, el objeto de este derecho es en si, �el desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento de los derehos humanos y las libertades fundamentales� (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948).
Si bien en la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos (DUDH), establec�a los derechos funadamentales, mismos que se conocen como derechos de primera generaci�n, por medio del Pacto Internacional de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales, o como ta,bi�n se lo conoce por sus siglas PIDESC; y de la cual Ecuador es trambi�n parte, desarrolla mas este derecho, y ubica como tal el derecho a la educaci�n como un derecho social, es decir, como se ha mencionado; que por las diferecias identificadas el Estado tiene que centrarse en lograr disminuir las mismas para lograr que este derecho sea efectivo y alcanzable para todos. En el art�culo 13 entonces de este pacto internacional definine al derecho de educaci�n de la misma manera que la Declaraci�n Universal de Derehos Humanos, con la particularidad de que amplia en cuesti�n de su garant�a y las acciones a las que los Estados quedan obligados para garantizar el pleno jercicio de este derecho, siendo una partcicular y la cual se considera de importancia para efectos de este trabajo, es que, tanto �la educaci�n primaria como la secundaria deben ser gratuitas, en el caso de primaria obligatoria, y ambas accesibles para todos por cuantos medios sean apropiados� (Pacto Internacional de Derechos Econ�micos, Sociales y Culturales, 1976), es entonces partiendo de esto surge la pregunta de si los Estados, en este caso el Estado Ecuatoriano, en el transcurso de la pandemia ha cumpido con respecto del acceso gratuito, y ha brindado los medios necesarios para que todos los ni�os, ni�as y adolescentes puedan hacer ejercicio de su derecho a la educaci�n, el cual es reconocido por los intrumentos internacionales y la propia Constituci�n de la Rep�blica.
El Protocolo adicional a la Convensi�n americana sobre derechos humanos en materia de derechos econ�micos, sociales y culturales �Proticolo de San Salvador�, de la misma manera en su art�culo 13 establece practicamente los mismos lineamienntos que el PIDESC, con la particularidad de que se�ala lineamientos con respecto de las personas con discacidad y las que no han logrado culminar su educaci�n b�sica, la misma que se�alan como obligatoria.
La Constituci�n de la Rep�blica del Ecuador en su art�culo 3, establece cuales son los deberes primordiales del Estado, siendo uno de ellos y de particular importancia, la educaci�n, al cual deber� garantizar el efectivo goce, sin discriminaci�n alguna, haciendo enfasis en que la misma deber� ser de igual acceso para todos, esto lo desarrolla en mayor profundida con respecto de su acceso en su art�culo 26 hasta el 29, en los que se�ala que este derecho es indispensable, no solo para el desarrollo del conocimiento de los individuos, sino que a su vez es de inter�s p�blico para el desarrollo estrat�gico de un pa�s, y el Estado deber� garantizar que sea gratuita hasta el tercer nivel, dandole adem�s el car�cter de universal y la cual debe de ser de prioridad inversi�n para el Estado, deber del cual no deber� excusarse.
El art�culo 32 de la norma antes se�alada de misma forma estabece que el derecho a la educaci�n siendo uno de prioridad importancia para el Estado se relaciona con el derecho a la salud, siendo que para poder llegar al ejercicio de este deber� primero haberse garantizado de forma efectiva el ejercicio del mismo. Este derecho a su vez se relaciona como se ha mostrado con el derecho de libertad, seg�n el art�culo 29, ya que da la facultad de escoger el tipo de educaci�n que los padres de los menores deban de recibir, como del derecho a las personas en general que escojan el tipo de educaci�n en base a su ambito cultural e incluso su propia lengua. Este derecho a su vez viene de la mano con el derecho de igualdad o no discriminaci�n, ya que como se menciona, se�ala que todas las personas sin distici�n alguna pueda acceder a la misma.
El derecho a la educaci�n a su vez en la Constituci�n se ha establecido como un derecho obligatorio y que el Estadado deber� garantizar su ejercicio a trav�s de pol�ticas p�blicas, come beneficiarios principales a los j�venes, ni�os, ni�as y adolescentes, siendo los de prioridad estos �ltimos, esto en base al principio del inter�s superior del ni�o, el cual significa que en caso de encontrarse en discusi�n con respecto de la aplicabilidad de derechos que son de igual jerarqu�a, los derechos de los ni�os, ni�as y adolescentes, prevaleceran sobre todos los de las dem�s personas. Esto se refuerza a su vez con lo que establece el art�culo 37 del C�digo Org�nico de la Ni�ez y Adolescia, normativa que desarrolla en cuesti�n de los derechos de los ni�os, ni�as y adolescentes, misma que se�ala que estos tienen derecho a una educaci�n de calidad, y en su numeral 4 establece que el sistema educativo deber� �garantizar que todos los ni�os, ni�as y adolescentes (..) cuenten con los materiales, instalaciones y recursos adecuados para el aprendizaje� (Registro Oficial 737, 2014, p. 9), lo cual se ha visto complicado para un gran porcentajes de familias, ya que no cuentan con los recursos necesarios para poder accder a la educaci�n virtual que en la actualidad est� regiendo como consecuencia de la pandemia del Covid-19, y de lo que muchos menores de edad se han visto en la dif�cil cituaci�n de abandonar el sistema educativo.
En el art�culo 347 de la Constituci�n de la misma manera se se�ala que unas de las responsabilidades del estado seg�n el numeral 1 es que se de el �fortalecimiento de la educaaci�n p�blica, mediante ampliaci�n de su cobertura y el equipamiento necesario de las instituciones educativas� (Asamblea Nacional Constituyente , 2008, p. 161), as� como del numeral 3 el cual establece que el Estado deber� garantizar tanto la modalida de ense�anza fornal, como la no formal, lo cual ha sufrido una transformaci�n actualmente, ya que lo que se consideraba antes como educaci�n no formal, se ha transformado en educaci�n formal, teniendo que ir de la mano de la utilizaci�n de las TIC (Tecnolog�as de la informaci�n y comunicaci�n) (Pereira et al., 2019), provocada por la educaci�n a distancia, y la b�squeda de cualquier medio por parte de los padres y los estudiantes para poder acceder a la educaci�n de los ni�os y adolescentes, destacando que muchos de ellos no lo han logrado.
La suspensi�n de la educaci�n presencial como medida de control de la pandemia
El derecho a la educaci�n, el derecho de acceder al conocimiento, un derecho fundamental para el desarrollo de una sociedad y es que el encargado del cumplimiento de este derecho es el Estado, sobre todo al dar cumplimiento a los derechos establecidos en la Constituci�n y en los instrumentos internacionales.
La Constituci�n del Ecuador, reformada en el a�o del 2008, establece dentro de su art�culo 26, a la educaci�n como un derecho de las personas a lo largo de toda su vida, y que es un deber tanto ineludible como inexcusable del Estado, que representa un �rea prioritaria dentro de la pol�tica p�blica, de la inversi�n estatal.
Al ser un derecho cuyo cumplimiento recae sobre las manos del Estado, y que abarca a toda una poblaci�n, y un eje primordial para el desarrollo del pa�s, el derecho del acceso a la educaci�n se encuentra establecido como un derecho gratuito y garantizado a todos los ciudadanos sin discriminaci�n alguna.
Y aunque la gratuidad va desde el nivel inicial hasta el tercer nivel de educaci�n superior o educaci�n universitaria, en esta �ltima hay una limitante, como son las pruebas de ingresos en base a los conocimientos, y la perdida de gratuidad al repetir una materia cancelando un valor predeterminado sobre aquella materia que se est� estudiando nuevamente.
En base a la delicada situaci�n del pa�s, y en vista de la necesidad del cumplimiento de los derechos, el estado tomo medidas, para de alguna forma dar cumplimiento al derecho de la educaci�n, inicialmente, el gobierno decidi� cerrar todas las escuelas, colegios y universidades del pa�s.
El cierre de las instituciones, afecta de forma considerable a la infancia del ni�o o adolescente, en varios aspectos de su desarrollo, lo que abarca el desarrollo cognitivo, afectivo, social y asi mismo emocional, ademas de desarrollar habilidades sociales, como son la empatia y poder regular la propia conducta. (Espinosa, 2020, p. 4)
En Ecuador la zona la zona de la costera , donde estan ubicadas algunas de las ciudades con clima m�s tropical, no existi� problema alguno, en cuanto el cierre o suspensi�n de las clases se dio en el mes de marzo, y ya el ciclo acad�mico hab�a concluido, por lo tanto los estudiantes no tuvieron un cambio brusco de la presencialidad a la virtualidad.
El verdadero problema surgi� en la zona alta del territorio nacional, siendo la sierra del pa�s, es decir en aquellas ciudades que, por la ubicaci�n geogr�fica especial del Ecuador, constan de un clima con temperaturas mucho m�s bajas que la costa, estando alrededor de los 10 a 22 grados cent�grados.
En la sierra tambi�n se dio la suspensi�n de clases, lo que perjudic� en su momento a los estudiantes en cuanto perd�an y se atrasaban con los conocimientos que deb�an adquirir para su rango de edad. Debido a la situaci�n de la continuidad de las clases en especial en la regi�n sierra, esto permiti� que las ciudades ubicadas en tal regi�n, se incorporen primeramente a las clases virtuales, lo que requer�a terminar un ciclo que ya inicio.
Es necesario recalcar, que el cierre de las instituciones educativas, lo cual a�n sigue vigente en el pa�s aun despu�s de un a�o, con excepciones de pocas instituciones educativas, principalmente de pago que hace ya algunos meses iniciaron clases, es asi que frente a la situacion de la pandemia, surge la adaptabilidad curricular y flexibilidad para adaptar el contenido academico a la nueva modalidad de estudiodebido a que aunque se dio la flexibilidad curricular. (Cu�llar, 2020, p. 7)
El no poder asistir a una instituci�n educativa de forma presencial, limita de diferentes formas a los estudiantes, partiendo desde el punto que, al ser ahora las clases virtuales, los estudiantes requieren de acceso a internet,� un Smartphone, una laptop, es decir un medio tecnologico que les permita el acceso a la educacion y el cual cumpla con los requisitos necesarios para gestionar las plataformas virtuales educativas; siendo asi la educacion a distancia una quimera en su totalidad. (Murillo & Duk, 2020, p.5)
Lamentablemente muchas familias no cuentan con los medios para sustentar el costo de un tel�fono inteligente, cuyo costo va de los doscientos a los cuatrocientos dolares americanos, mientras que el costo actual de una computadora va de cuatrocientos a mil dolares americanos en promedio, y el servicio de internet tiene un costo promedio mensual de veinte a 40 dolares americanos, y mas relevante la situacion de sectores rurales del pais, donde aun no cuentan con el servicio de internet.
Fuera de los costos mencionados anteriormente, existe otro problema a nivel mundial, y es que muchas personas perdieron su trabajo debido a la pandemia, en especial, trabajos que se volvieron imposibles, como algunos restaurantes, discotecas, gimnasios, y aunque posteriormente pudieron reabrir con un aforo del 50% o del 30%, esto sin duda afecto primeramente cuando no recibieron un ingreso, y ahora en la actualidad que ese ingreso se ve disminuido y algunos casos ausentes, debido al temor por parte de la poblaci�n al virus.
Algunos lugares aun no abren sus puertas por falta de autorizaci�n de las autoridades competentes como una medida de resguardo a la salud de la poblaci�n, al considerar que no son fundamentales, en la actualidad, las discotecas aun no pueden abrir, debido a la proximidad de la gente dentro del lugar, e inclusive el contacto, algunos bares pudieron reabrir siempre y cuando respeten las medidas de bioseguridad.
La realidad vigente en el pa�s, no ha permitido obtener la totalidad de informaci�n, m�s por lo contrario cierto grado de desinformaci�n y temor frente a toda la situaci�n del cierre de las escuelas, y un miedo vigente a que en caso de darse la apertura de las mismas exista un riesgo de salud para los estudiantes.
Por lo tanto, un an�lisis frente al derecho de la educaci�n, resalta encontrar la desigualdad para recibir el aprendizaje, a nivel social, debido a la crisis, es decir que sucede con los alumnos m�s vulnerables, no solo por el nivel econ�mico ya mencionado con anterioridad, sino en el caso de estudiantes que requieren un tipo de ense�anza personalizado debido a alguna dificultad de aprendizaje.
Ciertamente el objetivo de la educaci�n es llegar al desarrollo integral de los estudiantes, lo que se puede diferenciar mediante diferentes tipos de educaci�n, es decir escuelas de aprendizaje especial, escuelas deportivas, escuelas art�sticas como son los conservatorios, que Ecuador se encuentran separados de las escuelas ordinarias, es decir el estudio acad�mico con el estudio de un instrumento musical se dan en instituciones diferentes, en diferentes horarios y una no suplanta a la otra.
Siendo as� que el estudiante que desee estudiar m�sica a temprana edad, tendr� que desarrollar y cumplir con sus estudios acad�micos como cualquier estudiante, y terminada esa jornada de estudios, proceder con el estudio de un instrumento musical.
Y en �ltimo punto la separaci�n de la educaci�n gratuita ofrecida por el estado, y la educaci�n particular o de pago, referente a instituciones privadas, siendo importante resaltar algunas de las posibles �reas de estudios en edades tempranas para determinar c�mo se afect� al estudiante debido al Covid - 19.
Partiendo de un caso de un estudiante promedio, debe lidiar con el acceso a internet y una computadora, aunque muchos dicen que basta un celular inteligente para recibir clases, hay que tomar en cuenta que el celular permite ingresar y escuchar las clases, incluso participar, m�s un celular no permite desarrollar todas las tareas con la misma facilidad y del mismo modo que una computadora, algunos celulares no cuentan con la memoria suficiente para almacenar toda la informaci�n de documentos de estudio, tareas y aplicaciones para el desarrollo de tareas.
Otro tipo de trabajo que se han hecho populares para los estudiantes, es grabar videos de exposiciones, lo que requiere una computadora con c�mara, o tener a su vez ambos medios de tecnolog�a, siendo as� tener un celular y una computadora, para poder desarrollar la tarea solicitada.
Haciendo un salto de la educaci�n acad�mica b�sica, que se da de forma obligatoria a todos los estudiantes, ya sea en una instituci�n p�blica, o particular, donde sin duda influyen los recursos econ�micos, y sociales, siendo as� que los padres deben asistir a los hijos, o en su defecto requerir de alg�n familiar para su cuidado o contratar a alguien para el desempe�o de dicha funci�n, seg�n la edad del estudiante y el tipo de actividades que deben desarrollar.
Tomando en cuenta esto, la educaci�n deportiva y educaci�n musical, las cuales no son obligatorias al hacer referencia a academias externas, como cursos o escuelas de futbol, baile, m�sica; pero que, aunque no son obligatorias mejoran el desempe�o del estudiante, adem�s de que muchos gustan y lo buscan de forma propia con el apoyo de sus progenitores.
El acceso a esta educaci�n en un �rea especial, es mal dif�cil en cuanto la importancia de un lugar f�sico es fundamental, que el docente pueda ver el desempe�o del estudiante f�sicamente, desempe�ar actividades motoras para los deportes, y poder escuchar adem�s de ver las posturas en el caso de un estudiante de m�sica. (Aldeguer, 2014)
Que sin duda se ve afectada por los medios telem�ticos, lo que equivale a que muchos renuncien debido al estr�s que puede ocasionar, un mal desempe�o, que las habilidades no incrementen, y el estar en un lugar inadecuado para el desarrollo de la actividad que se busca, en especial aquellas actividades fisicas, que benefician al cuerpo humano, es asi que para que se pueda replicar en la virtualidad se requiere de enfoques direccionados a la inclusion y contextualizacion de las necesidades del alumno y de su entorno (Posso et al., 2020, p. 4)
El otro tipo de educaci�n que mencionamos es, aquella educaci�n individualizada a necesidades espec�ficas de un estudiante, cada estudiante es diferente, ning�n estudiante tendr� el mismo desempe�o que otro en todas las �reas de aprendizaje, y aqu� surge la habilidad del docente de identificar que estudiante no est� teniendo el desarrollo requerido para la asignatura.
Primeramente, al distinguir, que las tareas dejadas para casa las desarrolle el estudiante y no los padres, lo que es muy com�n, actualmente, y que tipos de refuerzos necesita el estudiante, hablando en t�rminos generales, en aquellas situaciones donde el estudiante tiene problemas de conexi�n, econ�micos, sociales.
Pero cuando el aprendizaje esta en otro rango, es decir no por medios externos si no en el caso de la educaci�n especial, para estudiantes con alg�n rango de discapacidad, pudiendo ser auditiva, f�sica o intelectual, donde hay que resaltar que los padres pueden dar todo el apoyo y la ayuda; y tener cierto dominio al tratar todos los d�as con sus hijos.
Mas el aprendizaje requiere de otras habilidades m�s aun en estos casos, donde la labor la suelen desempe�ar un profesor con un psic�logo, es decir la necesidad de dos profesionales, para logar que el estudiante adquiera las habilidades suficientes para avanzar y mejorar su aprendizaje.
La educaci�n a este nivel, requiere m�s esfuerzo y m�s trabajo adem�s de supervisi�n y constante evaluaci�n, para saber si el nivel de ense�anza para el alumno es suficiente, debe ser incrementado, reforzado, o disminuido en determinada �rea, motora, del lenguaje, matem�ticas, siendo cada caso especial y particular a su medida.
M�todos o metodolog�a
El tipo de investigaci�n aplicado es documental de tipo cualitativo, siendo los m�todos aplicados el m�todo descriptivo, m�todo deductivo, m�todo sint�tico, m�todo anal�tico, exeg�tico, y m�todo comparado.
Discusi�n
La educaci�n, tuvo un cambio, necesario para poder enfrentar la adversidad del coronavirus, mediante la modalidad de estudio virtual, lo que implico el resquebrajamiento de lo tradicional, minimizando el contacto humano y generando una transformaci�n en el aprendizaje. (Argando�a et al., 2020, p.5).
La crisis que genera la pandemia ha afectado principalmente a los ni�os, adolescentes y a la poblaci�n ind�gena la cual tiene una 2,7 veces mayor probabilidad de vivir en extrema pobreza (Gallano, 2020, p. 9) y teniendo que lidiar con formas de acceder a la educaci�n traslad�ndose por varios kil�metros para llegar a un punto de internet.
Una ventaja de la educaci�n a distancia es el crecimiento intelectual y personal del estudiante lo que le genera independencia, y nuevas habilidades que lo beneficien en su crecimiento intelectual, igualdad e inclusi�n social (Ant�nez et al., 2017, p. 8), es decir llegando a la evoluci�n o actualizaci�n del derecho a la educaci�n siendo un derecho completo, en el cual se toma en cuenta no solo el aprendizaje, si no el aprendizaje en base a las tendencias globales.
El derecho a la educaci�n debe ser completo, es decir tomar en cuenta la salud del estudiante, si los conocimientos que adquirir� ser�n adecuados, si van a ser progresivos y si el estudiante podr� asimilarlos, con independencia y autogesti�n (Mera -Mosquera & Mercado-Bautista, 2019, p. 364), adem�s de poseer todos los medios para acceder a estos.
Conclusiones
Las medidas tomadas por Estado no han sido suficientes para garantizar el pleno desarrollo del derecho a la Educaci�n de una considerable parte de la poblaci�n educativa de los niveles de educaci�n b�sica y bachillerato de la cual son beneficiarios ni�os, ni�as y adolescentes.
Durante la pandemia del Covid-19 el Estado, a trav�s del Ministerio de Educaci�n ha vulnerado el derecho a la educaci�n ya que las medidas que han implementado con respecto de la educaci�n a distancia, no ha alcanzo para cubrir toda la poblaci�n educativa al nivel nacional, siendo de esta manera que, en lugar de disminuir las desigualdades existentes con respecto del acceso de esta, han aumentado, siendo agravada incluso por la crisis econ�mica generada por la pandemia.
El derecho a la educaci�n, no es un derecho aislado ya que para que se de su ejercicio pleno es necesario que vaya de la mano de otros derechos fundamentales como Constitucionales, como el derecho a la salud, siendo el objetivo de las medidas tomadas por Estado la protecci�n del mismo, as� mismo de se relaciona con el derecho de igualdad y no discriminaci�n, los cuales fundamentan que todas las personas sin distinci�n alguna pueden acceder y ejercer el derecho a la educaci�n, as� como los de los derechos de los j�venes y de los ni�os, ni�as y adolescentes, todo ello en base del inter�s superior del ni�o.
Entre las medidas que tom� Estado por medio del Ministerio de Educaci�n fue el remplazo de la educaci�n presencial a la educaci�n a distancia, a trav�s de la utilizaci�n de medios electr�nicos, plataformas educativas, y gu�as para los estudiantes, lo que gener� que estudiantes que no contaban con los recursos ni los medios para poder acceder a la educaci�n a distancia se retiraran de las instituciones educativas, de la misma manera el Estado no cumpli� con uno de los deberes fundamentales que se establece en la Constituci�n, como es el desarrollo intelectual de las personas y del Estado en si, adem�s del mejoramiento y desarrollo de los mecanismos educativos, siendo as� que gener� en su lugar condiciones de desigualdad m�s graves de las que ya exist�an, aumentando con ello adem�s los problemas de desarrollo social para los menores de edad, e impedimento una educaci�n efectiva y garantista.
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� 2020 por los autores. Este art�culo es de acceso abierto y distribuido seg�n los t�rminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribuci�n-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)
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