La proteccin de la imagen de nios, nias y adolescentes en instituciones educativas del Ecuador: un anlisis exhaustivo de los desafos jurdicos, ticos y sociales en la era digital

 

The protection of the image of children and adolescents in educational institutions in Ecuador: a comprehensive analysis of the legal, ethical, and social challenges in the digital age

 

A proteo da imagem de crianas e adolescentes em instituies educacionais no Equador: uma anlise integral dos desafios legais, ticos e sociais na era digital

Lissette Esperanza Robles-Riera I
Lissette.robles.riera@gmail.com
https://orcid.org/0000-0001-6404-6196

,Zaida Elizabeth Rovira-Jurado II
zaidarovira@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0001-5242-3919
Jean Alberto Castillo-Mndez III
jean.castillo1985@gmail.com
https://orcid.org/0009-0003-3279-3105
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Correspondencia: Lissette.robles.riera@gmail.com

 

Ciencias Sociales y Polticas

Artculo de Investigacin

 

 

* Recibido: 13 de mayo de 2025 *Aceptado: 12 de junio de 2025 * Publicado: 31 de julio de 2025

 

        I.            Investigador Independiente, Ecuador.

      II.            Investigador Independiente, Ecuador.

   III.            Investigador Independiente, Ecuador.


Resumen

La integracin cada vez mayor de tecnologas digitales en el mbito educativo ha puesto en relieve la compleja problemtica del uso de la imagen de nios, nias y adolescentes (NNA) en las instituciones educativas del Ecuador. Esta prctica, si bien puede tener propsitos legtimos como la documentacin pedaggica o la promocin institucional, plantea serios cuestionamientos legales, ticos y sociales. A pesar de que la mayora de escuelas y colegios solicitan algn tipo de autorizacin para el uso de imgenes, la realidad observada es un uso a menudo indiscriminado, que expone a los NNA a riesgos significativos, incluyendo el uso indebido en redes sociales, la suplantacin de identidad, el ciberacoso y la posible instrumentalizacin para fines ilcitos. El presente artculo cientfico se propone realizar un anlisis exhaustivo de la normativa vigente en el Ecuador, identificar los vacos persistentes en su aplicacin prctica y detallar los peligros inherentes al tratamiento inadecuado de la imagen de la niez y adolescencia ecuatoriana. Fundamentado en un enfoque de derechos humanos y la primaca del inters superior del nio, se elaboran recomendaciones concretas y estratgicas dirigidas a fortalecer los mecanismos de proteccin de la intimidad, la dignidad y la seguridad de los menores en el entorno escolar, promoviendo una cultura de responsabilidad digital.

Palabras clave: imagen de nios; educacin; consentimiento informado; redes sociales; derechos de la niez; proteccin de datos; ciberseguridad escolar; tica digital.

 

Abstract

The increasing integration of digital technologies in education has highlighted the complex problem of the use of images of children and adolescents (CHI) in Ecuadorian educational institutions. This practice, while it may serve legitimate purposes such as pedagogical documentation or institutional promotion, raises serious legal, ethical, and social questions. Although most schools and colleges request some form of authorization for the use of images, the observed reality is that use is often indiscriminate, exposing children and adolescents to significant risks, including misuse on social media, identity theft, cyberbullying, and possible exploitation for illicit purposes. This scientific article aims to conduct a comprehensive analysis of current regulations in Ecuador, identify persistent gaps in their practical application, and detail the dangers inherent in the inappropriate handling of the image of Ecuadorian children and adolescents. Based on a human rights approach and the primacy of the best interests of the child, concrete and strategic recommendations are developed aimed at strengthening mechanisms for protecting the privacy, dignity, and safety of minors in the school environment, promoting a culture of digital responsibility.

Keywords: image of children; education; informed consent; social media; children's rights; data protection; school cybersecurity; digital ethics.

 

Resumo

A crescente integrao das tecnologias digitais na educao tem destacado o complexo problema do uso de imagens de crianas e adolescentes (CHI) em instituies educacionais equatorianas. Essa prtica, embora possa servir a propsitos legtimos, como documentao pedaggica ou promoo institucional, levanta srias questes legais, ticas e sociais. Embora a maioria das escolas e faculdades solicite alguma forma de autorizao para o uso de imagens, a realidade observada que o uso frequentemente indiscriminado, expondo crianas e adolescentes a riscos significativos, incluindo uso indevido em mdias sociais, roubo de identidade, cyberbullying e possvel explorao para fins ilcitos. Este artigo cientfico tem como objetivo realizar uma anlise abrangente das regulamentaes atuais no Equador, identificar lacunas persistentes em sua aplicao prtica e detalhar os perigos inerentes ao tratamento inadequado da imagem de crianas e adolescentes equatorianos. Com base na abordagem dos direitos humanos e na primazia do interesse superior da criana, so desenvolvidas recomendaes concretas e estratgicas com o objetivo de fortalecer os mecanismos de proteo da privacidade, da dignidade e da segurana de menores no ambiente escolar, promovendo uma cultura de responsabilidade digital.

Palavras-chave: imagem da criana; educao; consentimento informado; mdias sociais; direitos da criana; proteo de dados; segurana ciberntica escolar; tica digital.

 

Introduccin

La Imagen del Menor en el Crisol Digital del mbito Educativo

La ltima dcada ha sido testigo de una transformacin sin precedentes en la interaccin humana, impulsada por la ubicuidad de los entornos digitales. En este panorama, la presencia de nios, nias y adolescentes (NNA) se ha vuelto no solo activa, sino tambin pasiva, en el sentido de que sus imgenes circulan profusamente en internet y medios impresos, a menudo con una regulacin y un control deficientes. Esta realidad se agudiza en el mbito de las instituciones educativas, entidades que, por su naturaleza formativa y social, se encuentran en una posicin dual: por un lado, son espacios para la innovacin pedaggica que integra herramientas digitales; por otro, son custodios de la integridad y los derechos de los menores.

Tradicionalmente, las escuelas y colegios han documentado sus actividades mediante fotografas y videos, con fines pedaggicos, culturales, de promocin institucional o de rendicin de cuentas. Sin embargo, la migracin de estas prcticas al entorno digital, especialmente a travs de redes sociales y sitios web pblicos, ha introducido nuevas complejidades y riesgos. Si bien la intencin detrs de la difusin de logros acadmicos o el fortalecimiento del vnculo comunitario puede ser loable , la realizacin de estas actividades sin un consentimiento informado adecuado o sin adherencia a criterios tcnicos y ticos rigurosos, puede desencadenar la vulneracin de derechos fundamentales de los menores.

En el contexto especfico del sistema educativo ecuatoriano, una prctica generalizada es la solicitud de una autorizacin de uso de imagen al inicio del ao lectivo. Sin embargo, esta autorizacin suele ser genrica y, en ocasiones, su ausencia no disuade la difusin de las imgenes. Esta omisin puede atribuirse a la normalizacin cultural de la exposicin de nios en actos pblicos una arraigada costumbre social que prioriza la visibilidad sobre la privacidad o, simplemente, al desconocimiento de la normativa legal vigente por parte de las autoridades y el personal educativo.

La trascendencia de la proteccin de la imagen de los NNA radica en su interconexin directa con un cmulo de derechos fundamentales: la intimidad, la honra, la integridad personal y, de manera crucial en la era digital, la proteccin de datos personales. Estos derechos no son meras prerrogativas; estn consagrados en la Carta Magna de la Repblica del Ecuador y en instrumentos legales especficos como el Cdigo Orgnico de la Niez y la Adolescencia (CONA). A nivel internacional, la Convencin sobre los Derechos del Nio (CDN) enfatiza la obligacin de los Estados de garantizar que ningn nio, nia o adolescente sea objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y a su reputacin. Estas normativas establecen un marco jurdico robusto que debera salvaguardar a los menores de los riesgos asociados a la exposicin digital.

Este artculo cientfico se propone ir ms all de la mera descripcin de la problemtica. Busca evidenciar de manera sistemtica y argumentada los riesgos inherentes al uso indebido o escasamente regulado de la imagen de menores en los entornos escolares ecuatorianos, contrastando estas prcticas con el plexo normativo legal existente. Desde una perspectiva multidisciplinaria que abarca lo jurdico, lo tico y lo social, se analizarn en profundidad las implicaciones de estas acciones, se identificarn las lagunas crticas en la implementacin normativa y se presentarn propuestas concretas y viables para la utilizacin responsable de la imagen de NNA, buscando salvaguardar de manera efectiva su bienestar integral y fomentar una cultura de respeto digital en la comunidad educativa.

 

Metodologa: Un Enfoque Cualitativo y Descriptivo-Documental

La presente investigacin se enmarca en un enfoque cualitativo, adoptando una tipologa descriptiva documental. Este diseo metodolgico se considera idneo para explorar la complejidad de la interaccin entre la prctica institucional, el marco legal y los derechos fundamentales de los NNA en relacin con su imagen.

Las tcnicas de recoleccin de informacin empleadas fueron la observacin descriptiva y la revisin exhaustiva de literatura publicada. La

observacin descriptiva implic un examen detallado de las prcticas comunes en instituciones educativas del Ecuador respecto a la captura y difusin de imgenes de sus estudiantes, identificando patrones, recurrencias y variaciones en los procedimientos. Esta observacin no se limit a un estudio de caso especfico, sino a una comprensin generalizada de las dinmicas operativas en el sistema educativo.

Paralelamente, se llev a cabo una revisin sistemtica de literatura publicada, abarcando un espectro amplio de fuentes. Estas incluyeron:

         Legislacin nacional: Constitucin de la Repblica del Ecuador , Cdigo Orgnico de la Niez y la Adolescencia , y la Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales (LOPDP). Se analiz la jurisprudencia relevante, como sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador que aborden derechos de la niez y datos personales.

         Normativa secundaria y guas: Documentos emitidos por el Ministerio de Educacin del Ecuador, como los "Lineamientos para el uso responsable de redes sociales en instituciones educativas".

         Instrumentos internacionales: La Convencin sobre los Derechos del Nio y otros tratados internacionales ratificados por Ecuador que abordan la privacidad y proteccin de los menores.

         Literatura acadmica y cientfica: Artculos de investigacin, tesis, libros y publicaciones de organismos internacionales (como UNICEF ) que analizan temas de acceso a la informacin, proteccin de datos personales, derechos digitales de la niez y adolescencia, ciberseguridad, y tica en el uso de la tecnologa en contextos educativos.

La sntesis de la informacin obtenida a travs de estas tcnicas permiti construir un panorama comprehensivo de la situacin, evidenciando no solo el estado de la aplicacin normativa sino tambin la evolucin tanto en la conducta ciudadana frente a la exposicin digital de los menores como en la emergencia de patrones delictivos relacionados con el uso indebido de su imagen. Este enfoque metodolgico permiti una comprensin profunda de las dimensiones jurdicas, ticas y sociales del problema.

La Imagen del NNA como Dato Personal Sensible: Implicaciones Legales y Necesidades de Proteccin Reforzada

Uno de los pilares conceptuales de esta investigacin radica en la comprensin de la naturaleza jurdica de la imagen de nios, nias y adolescentes. La legislacin ecuatoriana es explcita al respecto: la imagen de NNA constituye un dato personal sensible. Esta categorizacin no es meramente tcnica; conlleva implicaciones legales profundas y exige un nivel de proteccin y cautela significativamente mayor en su tratamiento.

Segn el Artculo 4 de la Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales (2021), se define como dato personal a "toda informacin que identifica o hace identificable a una persona natural, directa o indirectamente". Esta definicin engloba una vasta gama de informacin, desde el nombre hasta registros biomtricos. La LOPDP clasifica los datos personales en dos grandes categoras, diferenciando sus requisitos de tratamiento:

         Datos personales generales: Incluyen informacin de identificacin bsica como el nombre completo, la edad, la fecha de nacimiento, el nmero de cdula, la direccin de domicilio, el nmero de telfono, el correo electrnico, entre otros. Si bien estos datos requieren proteccin y un consentimiento para su tratamiento, los requisitos suelen ser menos estrictos que para los datos sensibles.

         Datos sensibles: Esta categora abarca informacin que, por su naturaleza, se considera parte de la esfera ms ntima del individuo y cuyo tratamiento indebido podra dar lugar a discriminacin o generar un perjuicio grave. La Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales (Art. 4) enumera explcitamente la imagen como un dato sensible. Otros ejemplos incluyen la condicin de salud (fsica o mental), la filiacin ideolgica, poltica o religiosa, la orientacin sexual, el origen tnico o racial, y datos biomtricos y genticos.

La inclusin de la imagen como dato sensible subraya la necesidad de una proteccin especial. Esto se debe a que una imagen puede revelar una gran cantidad de informacin sobre una persona (su identidad, su estado emocional, su ubicacin, su entorno social), y su difusin no autorizada puede tener consecuencias irreparables. En el caso de los NNA, cuya capacidad de discernimiento y autoproteccin es limitada, esta vulnerabilidad se magnifica exponencialmente.

Por lo tanto, las instituciones educativas, en su rol de responsables del tratamiento de estos datos, tienen la obligacin legal y tica de garantizar que el manejo de la imagen de los NNA cumpla con los ms altos estndares de seguridad y legalidad. Esto implica, fundamentalmente, que cualquier tratamiento de la imagen (captura, almacenamiento, difusin, reproduccin) debe estar precedido por una

autorizacin previa y un consentimiento informado explcito de los representantes legales de los menores. Este consentimiento no puede ser tcito, ni genrico; debe ser especfico, libre, inequvoco y revocable. La ausencia de este consentimiento o un consentimiento deficiente representa una grave violacin de los derechos fundamentales de la niez y adolescencia.

 

Discusin de Resultados: La Brecha entre la Norma y la Realidad en el Tratamiento de la Imagen de NNA

La investigacin ha puesto de manifiesto una preocupante disonancia entre el marco jurdico ecuatoriano, robusto en su formulacin de derechos, y la realidad prctica en las instituciones educativas respecto al manejo de la imagen de NNA. Esta brecha genera un escenario de vulnerabilidad para los menores.

Prcticas Institucionales Recurrentes y Vacos Crticos en la Aplicacin Normativa

A pesar de la existencia de normativas claras, las instituciones educativas a menudo incurren en prcticas que, por omisin o desconocimiento, debilitan la proteccin de la imagen de sus estudiantes. Los problemas ms recurrentes son:

         Ausencia o Deficiencia de Autorizacin Formal: Es alarmante la frecuencia con la que las instituciones no disponen de un documento de autorizacin para el uso de imagen que cumpla con los requisitos de un consentimiento informado. En muchos casos, se incluye una clusula mnima en el formulario de matrcula, que es insuficiente para detallar los usos y riesgos. Peor an, se observan situaciones donde se difunden imgenes sin ningn tipo de autorizacin escrita, asumiendo un consentimiento tcito o justificndose en la "normalizacin" de la prctica. Esto contraviene directamente el principio de consentimiento explcito que exige la LOPDP para datos sensibles.

         Falta de Criterios Tcnicos y Protocolos Internos: Las instituciones educativas rara vez cuentan con manuales de procedimiento o criterios tcnicos claros para la gestin de las imgenes. Cmo se capturan las fotografas para evitar revelar informacin adicional sensible? Quin tiene acceso a la galera de imgenes? Cmo se almacenan para garantizar su seguridad y confidencialidad? Por cunto tiempo se conservan y cmo se eliminan de forma segura? La ausencia de estas directrices propicia la discrecionalidad del personal, la dispersin incontrolada de archivos y la falta de trazabilidad en el uso de las imgenes.

         El Consentimiento Genrico e Inadecuado como Norma: Aun cuando se solicita una autorizacin, esta peca de ser excesivamente general. Por ejemplo, se autoriza el "uso de la imagen del estudiante para fines educativos y promocionales". Este tipo de consentimiento no especifica los medios de difusin (redes sociales, televisin local, peridicos?), el alcance geogrfico, la duracin del uso, ni la posibilidad de revocacin. Un consentimiento verdaderamente informado debe ser especfico, libre, previo e inequvoco. Debe detallar con claridad:

-          Propsitos especficos: Para qu se usar la imagen (ej. boletn escolar, redes sociales institucionales, material publicitario para matrculas)?

-          Medios de difusin: Se publicar en la pgina web, Facebook, Instagram, un folleto impreso, un video institucional?

-          Duracin del uso: Por un ao, por la duracin de la matrcula, de forma indefinida?

-          Derecho de revocacin: Informacin clara sobre cmo los padres o tutores pueden revocar el consentimiento en cualquier momento. La falta de estos elementos transforma el consentimiento en una mera formalidad sin valor legal ni tico.

-          Difusin Masiva y Descontrolada en Redes Sociales: Este es uno de los puntos ms crticos. Existe una tendencia preocupante por parte de las instituciones y, a menudo, del personal docente, a publicar de forma masiva fotografas y videos de NNA en redes sociales pblicas (Facebook, Instagram, TikTok, etc.) sin una evaluacin de riesgos previa. La naturaleza viral y el alcance global de estas plataformas implican que, una vez que una imagen es publicada, pierde prcticamente cualquier control sobre ella. El algoritmo de las redes sociales puede sugerirla a usuarios no deseados, la imagen puede ser descargada y republicada por terceros, y la informacin contextual (uniformes, logos, ubicacin) puede ser utilizada para identificar al menor. Esta prctica va en contra de las recomendaciones de seguridad digital para menores y la propia normativa de proteccin de datos.

Riesgos Derivados del Uso Inadecuado y sin Control de la Imagen de NNA

La laxitud en la aplicacin de la normativa y las prcticas inadecuadas no son inocuas; por el contrario, exponen a los NNA a una serie de riesgos graves que comprometen su seguridad, dignidad, intimidad y desarrollo integral.

         Exposicin a Redes de Trata y Pornografa Infantil: Este es, sin duda, el riesgo ms devastador. La difusin indiscriminada de imgenes de NNA en entornos pblicos, especialmente en redes sociales, crea un repositorio de acceso fcil para depredadores sexuales y redes criminales. Estos individuos pueden descargar las imgenes, utilizarlas para producir material de explotacin sexual infantil, o incluso perfilar y localizar a los menores basndose en informacin contextual visible (uniformes, insignias escolares, caractersticas del entorno, etiquetas de ubicacin). La facilidad con la que una imagen puede ser manipulada o descontextualizada agrava este peligro.

         Suplantacin de Identidad y Fraude: Las imgenes de NNA, junto con otros datos fcilmente accesibles en lnea (nombre de la escuela, edad inferida, etc.), pueden ser utilizadas por ciberdelincuentes para crear perfiles falsos en redes sociales o foros. Estos perfiles pueden ser usados para cometer fraudes, extorsionar a las familias, o incluso para acosar a otros usuarios hacindose pasar por el menor. La suplantacin puede tener consecuencias psicolgicas y sociales duraderas para el NNA afectado y su entorno familiar.

         Ciberacoso (Cyberbullying) y Acoso Digital: Las fotografas y videos, especialmente aquellos tomados en momentos de vulnerabilidad o que revelan aspectos sensibles de la vida del NNA, pueden ser descargados, manipulados y difundidos por otros estudiantes o terceros con intenciones maliciosas. El ciberacoso puede manifestarse a travs de burlas, humillaciones pblicas, difusin de rumores o la creacin de memes ofensivos, generando un profundo impacto psicolgico y emocional en la vctima, afectando su autoestima, rendimiento acadmico y relaciones sociales. A diferencia del acoso tradicional, el ciberacoso puede ocurrir en cualquier momento y lugar, dificultando el escape de la vctima.

         Afectacin a la Dignidad, Intimidad y Reputacin: La exposicin excesiva, la difusin de imgenes en contextos inapropiados (por ejemplo, fuera del entorno escolar y sin relevancia pedaggica), o la falta de control sobre quin ve y utiliza la imagen, vulnera directamente el derecho a la intimidad y la dignidad del NNA. Esto puede generar sentimientos de vergenza, invasin de la privacidad, prdida de control sobre su propia narrativa y, en ltima instancia, un dao a su reputacin presente y futura. Es importante recordar que la imagen digital tiene una "memoria" casi permanente.

         Prdida Irreversible de Control sobre el Uso de la Imagen: Una de las consecuencias ms crticas de la difusin digital es la casi imposibilidad de eliminar una imagen de la red una vez que ha sido publicada. Aunque la institucin la elimine de su perfil, si ha sido descargada o compartida por terceros, el control se pierde por completo. Esta "persistencia digital" significa que una imagen, tomada en la infancia o adolescencia, puede reaparecer en el futuro en contextos no deseados, afectando la vida adulta del individuo.

 

Conclusiones y Propuestas Estratgicas para la Proteccin Integral

El anlisis pormenorizado de la situacin en Ecuador revela una conclusin ineludible: el uso de la imagen de nios, nias y adolescentes en contextos escolares no puede, bajo ninguna circunstancia, continuar siendo una prctica informal ni ser dejada a la discrecionalidad institucional. La normativa ecuatoriana, con la Constitucin, el Cdigo de la Niez y la Adolescencia, y la Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales, es explcita y contundente en cuanto a la necesidad imperativa de proteger la intimidad, la dignidad y la seguridad de los menores. No obstante, la investigacin demuestra que existen fallas estructurales y operativas significativas en su aplicacin efectiva, creando un entorno de vulnerabilidad para la niez y adolescencia en la era digital.

Es fundamental comprender que la proteccin de los derechos digitales de los NNA en el mbito educativo es una responsabilidad compartida. Solo una accin corresponsable, coordinada y proactiva entre el Estado (a travs de sus rganos reguladores y fiscalizadores), las instituciones educativas (como actores directos en el tratamiento de los datos de los menores) y las familias (como garantes primarios de los derechos de sus hijos), puede garantizar que los derechos de la niez no se vean comprometidos en entornos digitales cada vez ms complejos y expuestos.

Para transitar de la situacin actual a un modelo de gestin responsable y protector de la imagen de los NNA, se proponen las siguientes recomendaciones estratgicas y de implementacin:

Fortalecimiento Integral del Marco Normativo y su Aplicacin Efectiva

1.      Desarrollo y Obligatoriedad de Protocolos Nacionales Detallados: El Ministerio de Educacin, en estrecha colaboracin con la Autoridad de Proteccin de Datos Personales, debe emitir urgentemente lineamientos, instructivos y protocolos de carcter obligatorio para todas las instituciones educativas del pas. Estos documentos deben ser exhaustivos y abordar:

         Procesos de Captura: Criterios sobre la calidad, el encuadre (evitar planos que revelen vulnerabilidades o datos sensibles), el entorno y el propsito claro de la captura.

         Almacenamiento Seguro: Directrices para el almacenamiento digital (servidores seguros, cifrado de datos, control de acceso) y fsico (archivos protegidos).

         Gestin de Acceso: Definicin de roles y permisos para el acceso a las imgenes (quin puede verlas, descargarlas, editarlas).

         Medios de Difusin Permitidos: Restricciones claras sobre el uso de redes sociales pblicas, priorizando plataformas privadas y seguras.

         Mecanismos de Eliminacin: Procedimientos para la eliminacin segura y definitiva de las imgenes una vez que su propsito ha finalizado o el consentimiento ha sido revocado.

         Manejo de Incidentes de Seguridad: Protocolos para la deteccin, notificacin y gestin de violaciones de datos relacionadas con imgenes de NNA.

2.      Rgimen Sancionatorio Claro y Aplicable: Es crucial que la normativa establezca un rgimen de sanciones claras, proporcionales y efectivas para las instituciones educativas y el personal que incurra en el incumplimiento de las disposiciones sobre proteccin de datos y derechos de imagen de NNA. Estas sanciones deben ser disuasorias y aplicarse de manera consistente para fomentar el cumplimiento.

3.      Programas Permanentes de Educacin Legal y tica: El Ministerio de Educacin debe implementar programas de capacitacin obligatorios y peridicos dirigidos a directivos, docentes, personal administrativo y de apoyo en todas las instituciones educativas. Estas capacitaciones deben abordar en profundidad:

a.       La Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales y su reglamento.

b.      El Cdigo de la Niez y la Adolescencia, con nfasis en el derecho a la intimidad, la imagen y la vida privada.

c.       Principios de tica digital y responsabilidad profesional en el manejo de informacin de menores.

d.      Buenas prcticas en ciberseguridad para entornos educativos.

Optimizacin del Proceso de Consentimiento Informado: Hacia una Eleccin Libre y Consciente

1.      Formularios de Consentimiento Especficos y Revocables: Se deben disear y estandarizar formularios de consentimiento que sean especficos, claros y detallados. Estos deben incluir:

         La enumeracin exhaustiva de los propsitos para los cuales se utilizar la imagen (ej., solo para el anuario, para la web interna de la institucin, para publicaciones especficas en redes sociales, para medios de comunicacin externos).

         Los medios de difusin exactos donde se publicar (URL de la pgina web, nombres de perfiles especficos de redes sociales).

         La duracin del consentimiento (ej., por un ao lectivo, hasta la graduacin, con posibilidad de renovacin).

         Una seccin explcita que informe sobre los riesgos inherentes a la difusin de imgenes en el entorno digital.

         Un apartado claro sobre el derecho de revocacin del consentimiento en cualquier momento, y el procedimiento para hacerlo.

2.      Lenguaje Claro, Sencillo y Adaptado: Los formularios y la informacin asociada deben redactarse en un lenguaje que sea fcilmente comprensible para padres, madres y tutores legales, evitando la jerga legal o tcnica excesiva. Idealmente, se deben ofrecer explicaciones verbales y oportunidades para preguntas.

3.      Consideracin de la Capacidad Progresiva del Menor: Aunque la autorizacin recae en los representantes legales, se debe fomentar la opinin del NNA, especialmente a medida que crecen y desarrollan su autonoma. A partir de cierta edad (por ejemplo, 12 o 14 aos, siguiendo criterios de madurez progresiva), su asentimiento, junto con el consentimiento de sus padres, debera ser un requisito tico.

4.      Renovacin Peridica del Consentimiento: Para asegurar que el consentimiento se mantenga informado y actualizado con el tiempo, se recomienda que las autorizaciones sean renovadas al inicio de cada ao lectivo o ante cualquier cambio significativo en las polticas de uso de imagen de la institucin.

Implementacin de Criterios Tcnicos y ticos para la Gestin Diaria de Imgenes

1.      Principio de Minimizacin y Proporcionalidad: Las instituciones deben adoptar el principio de minimizacin de datos: solo capturar y difundir las imgenes estrictamente necesarias para el propsito definido y que sean proporcionales a dicho fin. Evitar la captura masiva y descontextualizada.

2.      Evaluacin de Contexto y Contenido: Antes de capturar o publicar una imagen, el personal debe evaluar cuidadosamente el contexto para asegurar que no se revelen datos sensibles adicionales del NNA (ej., signos de enfermedad, vulnerabilidad emocional) o de su entorno familiar. Se debe priorizar el bienestar emocional y la dignidad del menor.

3.      Uso de Plataformas Seguras y Controladas: Promover y, donde sea posible, implementar plataformas de comunicacin y gestin de contenidos internas, seguras y protegidas con contraseas, para el intercambio de imgenes entre la institucin y los padres. Si el uso de redes sociales pblicas es inevitable, deben configurarse las opciones de privacidad al mximo, limitando la audiencia y evitando la identificacin facial automtica.

4.      Anonimizacin y Pseudonimizacin: Para fines de documentacin general, informes de actividades o promocin sin necesidad de identificar al individuo, se debe priorizar el uso de imgenes donde los rostros de los NNA no sean claramente identificables (ej., tomas de espaldas, enfoque en grupos sin primeros planos faciales) o la utilizacin de imgenes genricas que representen la actividad sin mostrar estudiantes especficos.

5.      Control de Acceso y Responsabilidad Individual: Establecer un sistema claro de quin tiene autorizacin para tomar fotografas, quin puede acceder a los archivos de imgenes y quin est autorizado para publicarlas. Cada persona con acceso debe ser consciente de su responsabilidad y de las implicaciones legales y ticas.

Educacin y Concientizacin Continua de la Comunidad Educativa

1.      Talleres Interactivos para Padres y Tutores: Desarrollar e implementar talleres dinmicos y participativos dirigidos a padres, madres y tutores legales. Estos talleres deben ir ms all de la normativa, abordando los riesgos especficos de la difusin de imgenes en lnea, las mejores prcticas para proteger la privacidad digital de sus hijos, y cmo ejercer su derecho de revocacin del consentimiento.

2.      Programas de Alfabetizacin Digital para NNA: Incorporar en el currculo o como actividades extracurriculares, programas de alfabetizacin digital adaptados a la edad de los estudiantes, que les enseen sobre el derecho a la privacidad, la importancia de proteger su propia imagen y la de sus compaeros, los riesgos del ciberacoso y cmo denunciar situaciones de abuso.

3.      Sensibilizacin y Responsabilidad Docente: Capacitar a los docentes no solo en los aspectos legales, sino tambin en la pedagoga de la privacidad digital. Incentivar que los docentes sean modelos de conducta en el manejo de imgenes, desincentivando la difusin personal e informal de fotos de sus estudiantes en sus redes sociales personales.

4.      Campaas de Concientizacin Pblica: El Ministerio de Educacin, en conjunto con otras entidades, debera lanzar campaas de concientizacin a nivel nacional sobre la importancia de la proteccin de la imagen de NNA en todos los mbitos, incluyendo el escolar.

Fomento de la Corresponsabilidad y Mecanismos de Supervisin

1.      Canales de Denuncia Accesibles y Seguros: Las instituciones educativas deben establecer y publicitar canales claros, accesibles y confidenciales para que padres, NNA (con el apoyo de un adulto) y personal educativo puedan reportar usos indebidos de imgenes o posibles violaciones de datos, garantizando la ausencia de represalias.

2.      Supervisin y Fiscalizacin Continua: Los organismos estatales competentes (Autoridad de Proteccin de Datos Personales, Defensora del Pueblo, Ministerio de Educacin) deben fortalecer sus capacidades de supervisin, fiscalizacin y auditora en las instituciones educativas, para verificar el cumplimiento efectivo de la normativa.

3.      Colaboracin Interinstitucional: Fomentar una colaboracin activa y efectiva entre el Ministerio de Educacin, la Autoridad de Proteccin de Datos Personales, la Defensora del Pueblo, la Fiscala General del Estado (en casos de delitos) y organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la proteccin de la niez. Esta sinergia es clave para una respuesta integral ante las vulneraciones.

La proteccin de la imagen de los NNA en el mbito educativo es un desafo complejo que demanda una respuesta multifactica y un compromiso sostenido. Al implementar estas recomendaciones de manera sistemtica, Ecuador puede avanzar significativamente hacia la construccin de un ecosistema educativo donde la promocin de logros acadmicos y la comunicacin institucional convivan en plena armona con el respeto irrestricto de la intimidad, la dignidad, la seguridad y, en ltima instancia, el inters superior de los nios, nias y adolescentes.

 

Referencias

1.      Asamblea Nacional del Ecuador. (2008). Constitucin de la Repblica del Ecuador.

2.      Asamblea Nacional del Ecuador. (2003). Cdigo de la Niez y Adolescencia.

3.      Asamblea Nacional del Ecuador. (2021). Ley Orgnica de Proteccin de Datos Personales.

4.      Ministerio de Educacin del Ecuador. (2022). Lineamientos para el uso responsable de redes sociales en instituciones educativas.

5.      UNICEF. (2021). Proteccin de la imagen y privacidad de los nios en entornos digitales.

6.      Corte Constitucional del Ecuador. Sentencia No. 11-16-EP/17.

 

 

 

2025 por los autores. Este artculo es de acceso abierto y distribuido segn los trminos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)

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