Recepción: 10 / 02 / 2019
Aceptación: 21/ 04 / 2019
Publicación: 05 / 06 / 2019
Ciencias sociales y políticas Artículo de revisión

 

 

 

Un acercamiento al abuso sexual infantil. La pornografía

 

An approach to child sexual abuse. Pornography Uma abordagem ao abuso sexual infantil. Pornografia

 

 

José Eugenio Zambrano-Mendieta I

tigana14111269@hotmail.com

 

Kelvin Iván Dueñas-Zambrano II

kelvin_ivan@hotmail.es

 

 

Correspondencia: tigana14111269@hotmail.com

 

 

 

I.                           Magíster en Derecho Civil y Procesal Civil, Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República, Profesor de Educación Primaria - Nivel Técnico Superior, Docente de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí Extensión Chone, Chone, Ecuador.

 

II.                            Magíster en Periodismo, Diplomado Superior en Derecho Procesal Penal , Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República, Licenciado en Ciencias de la Comunicación Esp. Periodismo, Docente de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí Extensión Chone, Chone, Ecuador.


 

Resumen

El abuso sexual en menores de edad es uno de los tipos de maltrato infantil con peores repercusiones en sus víctimas y que usualmente coexiste con otros tipos de violencia. A tales efectos, de acuerdo a la transcendencia de la temática se realizó revisión documental con el fin de mostrar la importancia del tema de abuso sexual en menores de edad, sus aspectos generales, consecuencias y medida preventivas. Concluyendo que el abuso sexual infantil es un problema universal con efectos graves para toda la vida, es necesario mayor información acerca del abuso sexual y la aplicación de las medidas de promoción y prevención por parte de la familia y los gobiernos.

Palabras claves: abuso sexual; pornografía; generalidades; consecuencias.

 

Abstract

 

Sexual abuse in minors is one of the types of child abuse with the worst repercussions on its victims and which usually coexists with other types of violence. To such effects, according to the transcendence of the subject, a documentary review was carried out in order to show the importance of the subject of sexual abuse in minors, its general aspects, consequences and preventive measures. Concluding that child sexual abuse is a universal problem with serious life-long effects, more information is needed about sexual abuse and the application of promotion and prevention measures by family and governments.

Keys words: sexual abuse; pornography; generalities; consequences.

 

Resumo

 

O abuso sexual em menores é um dos tipos de abuso infantil com as piores repercussões em suas vítimas e que geralmente coexiste com outros tipos de violência. Para tais efeitos, de acordo com a transcendência do assunto, foi realizada uma revisão documental com o objetivo de mostrar a importância do tema abuso sexual em menores, seus aspectos gerais, consequências e medidas preventivas. Concluindo que o abuso sexual infantil é um problema universal com efeitos sérios ao longo da vida, mais informações são necessárias sobre o abuso sexual e a aplicação de medidas de promoção e prevenção por parte da família e dos governos.

Palavras chaves: abuso sexual; pornografia generalidades; consequências.


 

 

 

Introducción

 

Se han creado iniciativas tanto a nivel internacional como nacional, en el reconocimiento de las problemáticas hacia las niñas y los niños, con base en la detección sobre el hecho que los menores son objeto de malos tratos, abusos sexuales, explotación laboral y sexual, de ser víctimas de cualquier tipo de delito. Ante ello, las Naciones Unidas (1989) firma la Convención de los Derechos del Niño [CDN] en la que incorpora los avances para la defensa de sus derechos. Lo anterior revela que se trata de un fenómeno social a nivel mundial, nacional y local, por lo tanto, es una problemática prioritaria de atención por parte del Estado, como la instancia formal responsable de implementar políticas públicas al respecto. De acuerdo con la CDN, en uno de sus apartados menciona que están protegidos de cualquier forma de violencia, por lo que cada Estado tiene obligación de adoptar medidas que contribuyan a su protección. (Velázquez Velázquez M, Delgadillo Guzmán G, González Villanueva L.2016).

 

En literaturas consultadas refieren que hace apenas tres décadas atrás se iniciaron investigaciones de maltrato infantil específicamente el abuso sexual en menores de edad, a pesar de ser un tema conocido desde siglos atrás, el hecho de que la violencia sexual se haya convertido en un problema de carácter mundial, que se trate de una transgresión a los derechos humanos fundamentales y que es la forma de maltrato más traumática en los niños con repercusiones a corto y largo plazo tanto para la víctima, su familia y la sociedad, se ha llegado a posicionar como uno de los principales problemas de salud pública. Es pues un tema que le concierne no sólo a todo el personal de salud, sino también a maestros, policía, trabajadores en el ámbito penal y todo aquel que tenga contacto con los menores de edad de alguna u otra manera. (Symes, L. 2011), (Núñez, A.; Tortolero, Y.; Verschuur, A.; Camacaro, M. y Mendoza, S. 2008).

 

La violencia no consiste únicamente en daño físico, psicológico o emocional, sino que incluye también la violencia sexual, se define como aquella conducta que amenace o violente el derecho de cada persona a decidir y ejercer de manera voluntaria todo lo que respecte a su sexualidad. Propiamente hablando  de  maltrato  infantil,   el   abuso   sexual   conforma   uno   de   sus   principales   subtipos, junto con el abuso físico y emocional, la exposición a violencia intrafamiliar y la negligencia. Se debe aclarar desde un inicio que estos subtipos de maltrato no son excluyentes entre sí, por lo que


 

el abuso sexual en menores se acompaña con mucha frecuencia de otros tipos de violencia; aspecto que se retomará más adelante en este escrito. (Symes, L. 2011), (Núñez, A.; Tortolero, Y.; Verschuur, A.; Camacaro, M. y Mendoza, S. 2008).

 

Abundan en la literatura las definiciones de abuso sexual encontrándose desde algunas muy escuetas hasta otras más amplias. Se puede decir entonces que el abuso sexual en menores de edad comprende toda la amplia gama de crímenes, interacciones y ofensas sexuales que implique a menores de 18 años como víctimas y a adultos como abusadores; o bien a dos menores de edad con una diferencia de 5 años12 entre sí. Éste incluye desde agravios sin contacto físico como el exhibicionismo, la producción de pornografía infantil, el voyerismo y la exposición del niño a la pornografía; hasta aquellos casos en los que media contacto físico, ya sea tocamientos inapropiados (de partes genitales o sexuales) por parte del abusador o la víctima, el jugueteo sexual o la violación. (Acuña Navas M 2014).

 

Otro aspecto de la definición de abuso sexual es el involucramiento de un niño en actividades sexuales que no está en capacidad de comprender, para las cuales no tiene el desarrollo suficiente y que no está preparado para consentir. Se trata de una relación de abuso, es decir que existe un desequilibrio de poder; el agresor se encuentra en una posición superior de control sobre la víctima, lo que le brinda a esta última una condición desventajosa. Todo lo anteriormente expuesto, el hecho de que se trate de una problemática que no se ha esclarecido por completo, la falta del reporte de la totalidad de casos de abuso sexual en menores y la ausencia de medidas preventivas claras cuya eficacia haya sido comprobada por medio de estudios, impulsó la redacción de dicho artículo. Se estableció entonces como objetivo general el exponer la importancia del tema de abuso sexual en menores de edad, sus aspectos generales, consecuencias y medida preventivas. Y a su vez se propuso tres objetivos específicos: primero el repasar los aspectos claves y más generales en torno al abuso sexual en menores; segundo, revisar las consecuencias, tanto a corto como a largo plazo, observadas en los menores de edad víctimas de abuso sexual; y tercero, estudiar las medidas preventivas contra el abuso sexual en menores de edad propuestas en la literatura disponible. (Seldes, J.J.; Ziperovich, V.; Viota,

A. y Leiva, F. 2008), (Cortés, M.R.; Cantón, J. y Cantón, D. 2011).

 

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan


 

causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil. (OMS. Maltrato infantil. Nota de prensa No. 150 Diciembre de 2014).

 

Gonçalves y Ferreira, (2002) expresan que el Abuso Sexual Infantil (ASI) es sin duda una de las formas de maltrato más devastadoras infringidas por los adultos en contra de los menores, y por tanto, el de mayores consecuencias generalizadas en la persona del niño/a.

 

Consecuencias en las víctimas de abuso sexual menores de edad

 

El abuso sexual en menores de edad es una experiencia traumática que deja secuelas importantes de una amplia gama de variedad. En general no se puede hablar de un síndrome como tal, ya que la sintomatología siempre variará según los diversos factores que puede influir la manifestación de un síntoma específico, desde aspectos genéticos hasta sociales, familiares y otras experiencias vividas posteriormente. Además, la víctima puede tener secuelas en una o varias áreas, o no presentar consecuencias del todo. Incluso la edad del niño puede evidenciar diferencias en el predominio de un tipo de secuela. (Pereda, N. y Gallardo-Pujol, D. 2011).

 

Los efectos del abuso pueden ser a corto y a largo plazo, llegando incluso hasta la vida adulta. Se habla de efectos a corto plazo cuando estos aparecen dentro de los dos años posteriores al abuso. Los efectos a largo plazo aparecen transcurridos pasados esos dos años del abuso. Nombramos:

 

Cognitivos: retrasos en el desarrollo, retraso en el aprendizaje, déficit atencional...

 

ü  Físicos: dificultad para caminar y sentarse; alteración en área anogenital como dolores, picores, hemorragias, desgarros, hematomas; infecciones genitales y del tracto urinario; enfermedades de transmisión sexual; embarazo; etc.

ü  Conductuales: el menor presenta conductas sexuales tales como masturbación compulsiva, conductas sexualizadas con otros niños, conocimientos sobre sexualidad que no son frecuentes a esa edad, negativas a ir con una determinada persona, cambios bruscos de conducta... Un indicador muy poderoso de abuso es el testimonio del niño, es decir, cuando el menor relata lo que le ha ocurrido, porque cuando un niño dice que ha sido víctima de abuso no miente casi


 

nunca. Otra conducta que puede presentar es la retractación: el menor afirma que ha sido víctima de abuso y después lo niega. La retractación es un indicador de abuso. Los menores se retractan ante las amenazas y presiones del abusador, al comprobar el sufrimiento de su madre al enterarse o el peregrinaje al que se les somete de profesional en profesional.

ü  Psicológicos: alteraciones del sueño y de la alimentación, enuresis, encopresis, depresión, conductas autolíticas, ansiedad, trastorno obsesivo-compulsivo, trastorno por estrés postraumático, sentimientos de culpa...

ü  Sociales: aislamiento social, abuso de otros menores, desconfianza, consumo de tóxicos... (de Manuel Vicente, C. 2017).

 

En el orden de las ideas anteriores no existe un síndrome específico en el abuso debido a que no todos los niños reaccionan de la misma manera ante esta experiencia, ni tiene el mismo impacto en ellos, ni son las mismas circunstancias. Son frecuentes las alteraciones en la esfera sexual, la depresión y el trastorno por estrés postraumático. (De Manuel Vicente, C. 2017).

 

En un estudio llevado a cabo por Zierler y colegas, obtuvieron que aquellos sobrevivientes de abuso sexual tenían una predisposición 4 veces mayor de laborar como trabajador del sexo en algún momento de su vida, en comparación con aquellos que no fueron abusados.

 

Se estima que del total de casos de maltrato infantil reportados anualmente, alrededor del 26% son exclusivamente de abuso sexual. Datos de prevalencia varían mucho en la literatura, y pueden ir desde bajos hasta realmente alarmantes. Se estima que 1 de cada 12 niños han experimentado algún tipo de abuso sexual o bien que cada año 1% de los niños serán víctimas de abuso sexual. En general se ha observado que aproximadamente el 7-36% de las mujeres y el 3-29 % de los hombres han sido víctimas de alguna forma de abuso sexual durante su infancia. (Greydanus, D.E. y Omar, H.A. 2008).

 

En América Latina hay algunos avances en la consolidación de la democracia, pero aún existen debilidades para garantizar los Derechos Humanos fundamentales en especial de la infancia, uno de los grupos más afectados, lo documentó Unicef en 2017: cerca de 1,1 millones de niños, niñas y adolescentes en América Latina han sido víctimas de violencia sexual en algún momento de su vida, manifestándose en el aumento de casos de transgresiones contra menores de edad a manos de personas


 

que aprovechan su vulnerabilidad. (Niños sin protección: los abusos sexuales en América Latina. 2017).

 

En su escrito Durán Ponce A (2017) expone que en Ecuador: diariamente se presentan tres denuncias de violaciones de menores de 14 años. Además que en el año 2013 se presentaron 634 denuncias de abuso sexual; y, en el año 2014, 271 denuncias.

 

En los últimos dos años mustiamente en el Ecuador se han dado casos de abuso infantil que ha conmocionado a todo el país. El contexto es alarmante y grave, aun cuando involucra el sector educativo, ya que se han dado hechos aberrantes en planteles educativos, sin embargo, el problema puede ser mucho más profundo en resolver, ya que sin duda se visualiza un problema estructural social y familiar, que desencadena actitudes fuera de razón o coherencia, por parte de algunas personas que utilizan a sus víctimas menores de edad para llevar a cabo acciones desatinadas y fuera de todo orden natural y social; los organismos e instituciones competentes se han pronunciado a fin de iniciar acciones y medidas que contribuyan a erradicar este tipo de delitos en la sociedad ecuatoriana. (Campozano Villacres C M 2018).

 

Investigación realizada por Romero Viamonte K. y colaboradores (2016), en la escuela Manuela Espejo del cantón Ambato, provincia Tungurahua, Ecuador arrojo que la violencia infantil, continúa siendo un problema a nivel internacional. La asistencia continua a las víctimas del maltrato y a sus familias puede ayudar a reducirlo y a paliar sus consecuencias, 5 niños tenían maltrato infantil de tipo sexual.

 

De la misma manera Barredo Ibáñez D (2014) realizo una investigación relacionado con el abuso sexual infantil en Manta: un estudio a partir del hospital Rafael Rodríguez Zambrano (2011 – 2014), como resultados, marco que casi ocho de cada diez víctimas están entre los 1 y los 15 años, son en general mujeres, y sus agresores pertenecen al ámbito familiar o al entorno social. La pobreza extrema, con el consiguiente hacinamiento familiar, caracterizan a buena parte de la capital manteña: esos mismos factores explican buena parte de la periferia de la agresión, junto a otros factores simbólicos que inciden en una mayor indefensión de las víctimas.

 

Alistamos algunos elementos a tener en cuenta en la atención a menores de víctimas de abuso sexual.


 

ü  Creer al niño cuando relata su experiencia traumática, y decírselo. No poner en duda lo que cuenta a riesgo de que calle para siempre.

ü  Animarle a que hable de lo que le ha pasado, pero sin forzarle jamás ni sugerirle las respuestas para no contaminar su testimonio. Y sin culpabilizarle por lo ocurrido.

ü  Poner en marcha de manera inmediata y urgente las medidas de protección necesarias que garanticen la detención del abuso y la interrupción de todo contacto con el abusador para protegerle de las conductas sexuales y de la dinámica relacional abusiva.

ü  Aceptar los sentimientos del niño y recuadrarlos como que "es normal que se sienta así, pero que llegará a sentirse mejor".

ü  El profesional controlará las propias emociones que le despertará el relato del menor.

ü  Se realizará la exploración física y/o psicológica que se estime necesaria y en las condiciones óptimas para evitar una revictimización secundaria.

ü  Notificar los hechos en el Juzgado. (de Manuel Vicente, C. 2017).

La promoción de la salud y la prevención de la enfermedad son todas aquellas acciones, procedimientos e intervenciones integrales, orientadas a que la población, como individuos y como familias, mejore sus condiciones para vivir y disfrutar de una vida saludable y para mantenerse sanos.

 

Medidas preventivas

En nuestra revisión bibliográfica no se encontró literatura específica de medidas preventivas de abuso sexual, relacionaremos medidas que se ajustan al tema tratado, podemos decir que es un campo que aún se debe estudiar.

Prevención primaria.

 

Medidas educativas dirigidas a escolares, pero también a sus padres, maestros, comunidades o cualquiera que trabaje con niños o adolescentes; pero también existen disposiciones judiciales. (Acuña Navas M 2014).

 

La finalidad de los programas educativos es brindarles a los niños las herramientas necesarias para que aprendan a identificar situaciones de peligro, transgresión de límites, tocamientos inapropiados o tácticas que el abusador pueda implementar para llevar a cabo su cometido. Se cree que los niños más pequeños son incapaces de diferenciar el contacto sexual inapropiado de una relación de cariño, por lo que estos programas funcionarían modificando dicha situación. También hacen evidente la


 

problemática del abuso sexual y consisten en enseñarles a los niños sus derechos, cómo oponerse a esos contactos y cómo buscar ayuda; de esta manera también se estarían reportando más los casos de abuso sexual, aminorando la gravedad de las consecuencias, disminuyendo los sentimientos de culpa y vergüenza y mitigando la estigmatización. (Acuña Navas M 2014)

 

Prevención secundaria.

 

Es prevención secundaria porque no está evitando el abuso sexual, sino que ya habiendo ocurrido, se trabaja con el abusador para impedir un segundo agravio por el mismo sujeto, entre otras médicas (Acuña Navas M 2014)

 

Delito de pornografía infantil.

 

La concepción de pornografía está en función de las costumbres y pensamiento social, distinto en cada época, cambiante, y conectado con los usos sociales de cada momento histórico. La STS 5 febrero 199 1 (RJ 199 1, 755), llegó a enfatizar que se trataba en suma de material capaz de perturbar, en los aspectos sexuales, el normal curso de la personalidad en formación de los menores o adolescentes. La pornografía, es aquello que desborda los límites de lo ético, de lo erótico y de lo estético, con finalidad de provocación sexual, constituyendo por tanto imágenes obscenas o situaciones impúdicas, todo ello sin perjuicio de que, en esta materia, como ya se apuntó, las normas deben ser interpretadas de acuerdo con la realidad social. (García Hernández, G. 2013).

La Unicef Cito (…) “comprende toda representación de un niño, niña y/o adolescente realizando actividades sexuales explícitas, toda representación de las partes genitales de un niño con fines predominantemente sexuales, toda organización de espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en el que participaren niños, niñas y adolescentes”.

La Directiva 201 1/92/UE, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil; Define la pornografía infantil:

ü  todo material que represente de manera visual a un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada,

ü  toda representación de los órganos sexuales de un menor con fines principalmente sexuales,


 

ü  todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser un menor, con fines principalmente sexuales, o

ü  imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales. ((García Hernández, G. 2013).

En la actualidad la pornografía infantil es un problema de dimensión internacional que se ha ramificado con el avance de las nuevas tecnologías, que permiten y facilitan la comisión de esta conducta delictiva. Sin duda alguna los delitos de pornografía infantil, son de los que más repulsa causa a la sociedad. Ya sean por posesión o difusión de ese tipo de material ilegal. La sociedad no puede entender que sus conciudadanos sean partícipes de estos delitos de pornografía infantil. Que los menores estén en riesgo de caer en las redes de estos delincuentes, es algo que como sociedad no se acepta. La infancia precisa de una mayor protección. Por la vulnerabilidad de su naturaleza.

 

Los delitos de pornografía infantil son cometidos por el que capta o utiliza a menores de edad para fines pornográficos. Se cometen contra menores de edad, o contra personas necesitadas de especial protección por sus capacidades. Se les usa para elaborar material pornográfico o para ser mostrados en espectáculos pornográficos. Da igual en que formato se guarde o graben esos actos. Del mismo modo se persigue a quien se lucra de estas actividades o no. Y por supuesto a quien las financie. Por medio del Código Penal se persigue tanto al que posee como al que difunde este tipo de material. (Romero Hernández, Mauricio. 2017).

 

El temor por el desarrollo de la pornografía infantil ha inquietado a investigadores, autoridades y padres de familia, quienes argumentan que en los últimos años su incremento, en parte, está estrechamente relacionado con la utilización de las TIC. (Romero Hernández, Mauricio. 2017).

 

Señala Solom Cloquet (…) Cierto es que la conducta de pornografía infantil, en sus formas de elaboración, tenencia, venta y distribución de contenidos, existía desde antes de que apareciera la red de redes, pero ha sido tal el impulso que le ha proporcionado Internet que, hoy por hoy, no cabe otra forma de realización de estas conductas si no es en la red. (García Hernández, G. 2013).


 

La revolución de las TIC específicamente Internet ha revelado y facilitado el mercado de la pornografía infantil por varias razones:

ü  Disponibilidad económica de los usuarios para acceder a los equipos informáticos que posibilitan la captación y obtención de material de pornografía infantil.

ü  Abundancia de material pornográfico infantil que circula por la red, que facilita la interrelación entre el enorme número de aficionados y permite un intercambio constante de las fotografías, videos, películas, producciones, etc.

ü  Facilidad para descargar y compartir archivos con cero costos económicos, pues las técnicas de producción e introducción de dicho material en la red se ha multiplicado; comunicaciones y conversaciones interactivas por chat, por ejemplo, que permiten fácilmente poner a disposición videos y fotografías.

ü  La ventaja de permanecer en el anonimato. Intercambiar material de pornografía infantil detrás de la pantalla fomenta altamente el intercambio, la facilitación y la distribución del material, pues se desconoce el origen de la transmisión de los datos. El usuario puede enmascararse en identidades ficticias o de imposible identificación y difundir contenidos a otro país, dificultando rastrear el origen desde donde se subió efectivamente el material pornográfico infantil.

ü  La posibilidad de acceder con mayor facilidad a los niños menores de edad a través de Internet, pues hoy las redes sociales representan una herramienta de comunicación natural y permanente para niños y adolescentes.

ü  La existencia de manuales de ayuda a pedófilos que permiten ayudarse mutuamente tanto para acceder al material que no encuentran, como así también para intercambiar consejos y advertencias para permanecer en el anonimato y no ser descubiertos por la justicia.  (Dupuy D 2019).

 

Estos planteamientos exponen el fuerte incremento en la distribución e intercambio de material pornográfico, que no se reduce a una finalidad comercial o de lucro sino con el objetivo de satisfacer las inclinaciones sexuales de los consumidores, con la consiguiente creación de redes internacionales de intercambio de pornografía infantil, que genera espacios que facilitan e incrementan la colección de fotografías y videos que los delincuentes suelen seleccionar y archivar en diferentes carpetas


 

relacionadas con la edad, el sexo, el color de pelo de niños y niñas, desde una edad muy temprana - bebes de meses- hasta la adolescencia. (Dupuy D 2019).

 

Resulta oportuno putear, que se estimó en el 2015 que en el mundo habría 3.366 millones de personas usuarias de internet, equivalente al 46,4 % del total de la población mundial, de las cuales 345 millones corresponderían a América Latina y el Caribe, con una tasa de penetración de 56 % (Internet World Stats

[IWS], 2016). También se estimó que para la misma fecha habría 24 millones de usuarios de Facebook, con una tasa de penetración de 49,8 % (IWS, 2016). (Romero Hernández, Mauricio. 2017).

En Ecuador, hasta julio del 2012, los usuarios de Internet fueron 7.320.206, un total del 50,5% de la población, según cifras estadísticas de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT). (Punín, M., Martínez, A, Rencoret, N. 2014).

El EXPRESO refleja en su estudio que en el Ecuador el 77. 0 % de la población hacen uso de Internet. (EXPRESO. 2018)

 

El material pornográfico se puede presentar en las siguientes modalidades (Londoño, Palacio, Pinto, 2004):

 

1.               Acceso carnal: es la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, o la penetración vaginal de cualquier otra parte del cuerpo

2.               Actos sexuales abusivos, siendo la acción sexual diversa del acceso carnal.

3.               Representación de las partes genitales de un menor de edad con fines sexuales o en contexto de página pornográfica o como parte de una escena sexual.

4.               Escenas sexuales, que corresponden a la actuación real o simulada, con animales o figuras virtuales, digitalizadas o creadas.

5.               Escenas sexuales que tengan tortura, sometimiento o violencia.

6.               Niños, niñas que aparecen en contextos utilizados por adultos para representaciones pornográficas.

 

En los marcos de las observaciones anteriores se establecen dos clasificaciones de pornografía infantil; la primera relacionada con el material o contenido: a) pornografía leve o suave; donde no hay


 

actividad sexual explícita, pero sí tiene imágenes desnudas o en posturas eróticas; b) participación dura o fuerte: caracterizada por la exhibición de acceso carnal, acto sexual explícito o ambos, donde participan menores de 18 años. La segunda clasificación se basa en el fin de la producción de la mencionada pornografía, así: a) fines de lucro; b) circulación o intercambio; c) fines delictivos, como chantaje o trata, y d) para consumo personal, entre otros (Londoño, Palacio & Pinto, 2004).

 

La explotación sexual comercial es un fenómeno multicausal, no se trata de un problema representativo de países en desarrollo; por el contrario es un fenómeno que se vive en todos los lugares del mundo, más frecuente en jóvenes que viven en la extrema pobreza, a menudo sin apoyo familiar importante y que se encuentran viviendo “la vida en las calles” como un joven sin hogar, fugitivos o tirado. (Londoño N, Valencia D. García M, Restrepo C. 2015).

En la Constitución del Ecuador existen leyes específicas con respecto a la pornografía infantil.

 

Art. 46.-El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: 2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil.

En el Código Orgánico Integral Penal: Artículo 103.-Pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes.

La persona que fotografíe, filme, grabe, produzca, transmita o edite materiales visuales, audiovisuales, informáticos, electrónicos o de cualquier otro soporte físico o formato que contenga la representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de niñas, niños o adolescentes en actitud sexual; será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

Si la víctima, además, sufre algún tipo de discapacidad o enfermedad grave o incurable, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.

Cuando la persona infractora sea el padre, la madre, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tutor, representante legal, curador o pertenezca al entorno íntimo de la familia; ministro de culto, profesor, maestro, o persona que por su profesión o actividad haya abusado de la víctima, será sancionada con pen a privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (Campozano Villacres C M 208).


 

Concluyendo que el abuso sexual infantil es un problema universal con efectos graves para toda la vida, es necesario mayor información acerca del abuso sexual y la aplicación de las medidas de promoción y prevención por parte de la familia y los gobiernos.

Referencias Bibliográficas

 

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