El reconocimiento del derecho a suceder de las parejas conformadas en Unión de Hecho, en la legislación Ecuatoriana

Freddy Gustavo Nieves Deleg, Victor Manuel Citelli Zari

Resumen


Nuestro proyecto abarca un análisis normativo en todo lo referente a la situación legal del conviviente supérstite y su derecho a suceder, debido a que, en el artículo 1023 del Código Civil no forma parte de los órdenes de sucesión intestada. Nuestros objetivos comprenden el estudio de conceptos teóricos y jurídicos de la unión de hecho y el derecho sucesorio, el análisis a los grados de sucesión intestada en parejas de hecho no formalizadas, determinando soluciones que garanticen su derecho a suceder. Utilizamos el método cualitativo inductivo y comparativo, con el que profundizamos los vacíos legales existentes en la normativa ecuatoriana y como otros países han solucionado con la promulgación de leyes claras y específicas. Los resultados demuestran la contradicción existente entre normas, generando así una transgresión a los derechos del conviviente sobreviviente al no ser considerado como sucesor.


Palabras clave


Unión de hecho; sucesión intestada; derecho sucesorio.

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DOI: https://doi.org/10.23857/pc.v8i8.5959

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